Proyecto ‘Fomento de la conciencia crítica y constructiva de la ciudadanía en la Comunitat Valenciana a través de las actividades de sensibilización, comunicación y debate público sobre las políticas sociales’
FORMACIÓN DE CONTABILIDAD BÁSICA PARA ASOCIACIONES PROGRAMA 1.
Utilidad de la contabilidad, y de la contabilidad analítica
2.
Nociones básicas de fiscalidad (impuestos que se presentan, períodos, etc.)
3. Aspectos a tener en cuenta en la formulación y justificación económica de subvenciones (confinanciación, aportaciones propias, etc.) 4.
Dudas y cuestiones del alumnado.
1. Utilidad de la contabilidad, y de la contabilidad analítica. Podéis encontrar un resumen de lo expuesto en estas dos entradas de blog que escribí hace un tiempo:
https://trencadisesr.wordpress.com/tag/contabilidad/ Este sobre comisiones también os puede ser útil:
https://trencadisesr.wordpress.com/2013/07/12/evita-las-comisiones/ 2. Nociones básicas de fiscalidad (impuestos que se presentan, períodos, etc.)
Impuestos trimestrales que SI suelen presentarse:
MODELO 111. Retenciones del trabajo y/o económicas Con este modelo se declaran las retenciones que se practican a los trabajadores en nómina y/o las que se practican a profesionales autónomas (asesoramiento, formación, etc.) Se presenta cada trimestre (plazos 20/04, 20/07, 20/10, 20/01 junto con el modelo anual 190. El modelo anual recoge la información de todas las personas (físicas y/o jurídicas) a las que se les ha practicado retención.
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Cuando hagáis el modelo anual, hay que declarar en la clave A) las facturas que os presenten por formación, ya que normalmente las personas que las emiten no suelen estar dadas de alta por esta actividad, pero si pueden declararlas como rentas de trabajo. Importante, hoy en día todos estos modelos se presentan ya por medio de la sede electrónica de Agencia Tributaria. MODELO 115. Retenciones por alquileres. En el caso de que paguemos alquiler a una persona física tendremos que practicar la retención correspondiente, y presentar el modelo 115. Tiene los mismos plazos que el 111 y el modelo anual es el 180. MODELO 347. Operaciones de más de 3.005,06 € Cada año hay que declarar todas aquellas compras y/o ventas que hayamos hecho por un importe superior a 3.005,06 € (iva incluido) Y además todas las subvenciones que se reciban por el importe concedido exactamente. Se cumplimenta con un programa de ayuda de la Agencia tributaria, y se presenta telemáticamente. Plazo: 28 Febrero MODELO 303. IVA. Sólo en el caso de que se realicen actividades económicas. En este enlace tenéis un resumen bastante adecuado sobre el tema
http://www.notariosyregistradores.com/doctrina/ongs.htm Consejo: ante la duda consultar siempre con una asesoría fiscal. Si existe actividad económica, se realizará el modelo aplicando la regla de prorrata, es decir:
todos los gastos que se relacionen directamente con la operación económica
un porcentaje del resto de gastos de la entidad proporcional al porcentaje que representen las actividades económicas de todas las operaciones que realiza la entidad
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No es fácil, y en caso de estar en este supuesto, yo recomiendo el apoyo de asesoramiento. MODELO 200. IMPUESTO DE SOCIEDADES. El Impuesto de Sociedades es la Renta de las personas jurídicas. Y como tal se presenta con fecha tope 25/07 de cada año. Y como es de personas jurídicas, quiere decir que las Asociaciones podrían estar obligadas a presentarla. En qué casos NO se presenta: a) Que los ingresos totales no superen 50.000 euros anuales. (incluidas las subvenciones …) b) Que los ingresos correspondientes a rentas no exentas no superen 2.000 euros anuales (actividades económicas, alquiler de locales, ingresos financieros, etc.) c) Que todas las rentas no exentas que obtengan estén sometidas a retención. Es decir, si tenemos menos de 50.000 € de ingresos anuales por ingresos exentos (cuotas, subvenciones, donaciones, etc.) , y no tenemos rentas no exentas. NO lo presentaremos. Si estamos en esa situación y tenemos ingresos no exentos por menos de 2.000 € que estén sometidos a retención, tampoco lo presentaremos. Pero en el caso de que algunos de esos ingresos no exentos no esté sujeto a retención, SI que lo presentaremos. En la práctica, casi todas están obligadas, y por extensión a llevar la contabilidad de acuerdo al Plan General Contable de ONGs.
Aquí tenéis una copia: http://www.boe.es/boe/dias/2013/04/09/pdfs/BOE-A-2013-
3736.pdf ¿Significa que vamos a pagar por hacerlo? Pues no, pues sólo se pagará en el caso de que se realicen actividades económicas y se obtengan beneficios. Ya que son los únicos
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ingresos que computaran para calcular el impuesto. En la mayoría de casos va a ser un modelo informativo. Complica más la gestión, pero también ganamos en transparencia y en visibilidad. Podrá conocerse mejor, por ejemplo, el volumen de operaciones que realizan las asociaciones sin ánimo de lucro. Otro dato a tener en cuenta. El 01/01/15 todas las asociaciones estaban obligadas, pero el gobierno se vio obligado a rectificar y meses más tarde, sólo las que he señalado más arriba. Por eso tener una asesoría que esté pendiente de todas estas modificaciones es muy recomendable, ya que la fiscalidad es cada vez más compleja. 1. 3. Aspectos a tener en cuenta en la formulación y justificación económica de subvenciones (confinanciación, aportaciones propias, etc.) En primer lugar conocerse al dedillo las bases de la convocatoria, y ante cualquier duda tratar que el técnico o la técnica responsable responda por escrito la solución (si lo conseguís decírmelo ;) ) Cada vez más, o por lo menos en algunas Administraciones Públicas … , existe una amplia arbitrariedad en cuanto a las normas para justificar. Las bases no son suficientemente claras, los técnicos dependen de lo que finalmente diga personal de un nivel más alto, o los auditores. Así que paciencia, e intentar que todo quede muy claro. Entre otras cosas: -
Cada factura con su pago correspondiente, y con todos los datos identificativos.
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En el caso de facturas pagadas por caja, con todos los sellos posibles e inclusive el ticket de la caja registradora.
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Los documentos en los que no aparezcan claros los datos identificativos del emisor y receptor, serán normalmente rechazados. Así como aquellos que no sean facturas, y no servirán albaranes, pedidos o tickets.
La cofinanciación. Hoy en día la mayor parte de financiadores exigen un porcentaje de cofinanciación. A la hora de formular, hay que ser prudentes. Si pecamos de optimistas y no la conseguimos toda, el proyecto general se verá afectado en cuanto a resultados, acciones,
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etc. y puede deslucir la justificación final, y comprometer la continuidad del proyecto. Llevar una contabilidad analítica nos permitirá conocer los costes reales de cada programa, y preparar tablas precisas de cofinanciación, diferenciando financiadores. Aportaciones propias. La mayoría de organizaciones imputan el valor del trabajo realizado por el voluntariado. Esta es una buena opción, pero existen otras. Por ejemplo la parte proporcional de costes que se pagan con ingresos propios (auditorías, comisiones bancarias, material publicitario, personal laboral no afecto a subvenciones, etc.)
Laura Cremades @cregarla cregarla@gmail.com