Regulación de los Valores Máximos Admisibles

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Regulaci贸n de los Valores M谩ximos Admisibles


MARCO LEGAL  VMA: Decreto Supremo Nº 021-2009-VIVIENDA.  Reglamento de VMA: Decreto Supremo Nº 003-2011-VIVIENDA.  Directiva sobre VMA: Resolución de Consejo Directivo Nº 044-2012SUNASS-CD.  Metodología para determinar el pago adicional por exceso de concentración de parámetros: Resolución de Consejo Directivo Nº 025-2011-SUNASS-CD.  Ley General de Servicio de Saneamiento (Ley 26338) y su Reglamento (TUO 023-2005-VIVIENDA).

2


RECOLECCIÓN Y TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES 3

RED DE COLECTORES

3

3


DEFINICIÓN DE VMA

Aquel valor de la concentración de elementos, sustancias o parámetros físicos y/o químicos, que caracterizan a un efluente no doméstico que va a ser descargado a la red de alcantarillado sanitario, que al ser excedido causa daño inmediato o progresivo a las instalaciones, infraestructura sanitaria, maquinarias y equipos de los sistemas de alcantarillado y tratamiento de aguas residuales, y tiene influencias negativas en los procesos de tratamiento de las aguas residuales.

4 4


DEFINICION DE ARND

Las aguas residuales no domésticas son las descargas de líquidos producidos por actividades económicas, comerciales e industriales distintas a las generadas como producto de la preparación de alimentos, del aseo personal y de desechos fisiológicos.

5


JUSTIFICACIÓN DE LA NORMA Actualmente las descargas de aguas residuales no domésticas contienen concentraciones elevadas de sustancias contaminantes y/o tóxicas que pasarán a ser reguladas, controladas y fiscalizadas para evitar el deterioro de los sistemas de infraestructura sanitaria y del Tratamiento de Aguas Residuales.

6


APROBACIÓN DE VMA Anexo Nº 1 D.S. Nº 021-2009-VIVIENDA PARÁMETRO

UNIDAD

EXPRESIÓN

VMA

Demanda Bioquímica de Oxígeno

mg/L

DBO5

500

Demanda Química de Oxígeno

mg/L

DQO

1000

SST

500

AyG

100

Sólidos Suspendidos Totales

mg/L

Aceites y Grasas

mg/L

7


APROBACIÓN DE VMA

Anexo Nº 2 D.S. Nº 021-2009-VIVIENDA

UNIDAD

EXPRESIÓN

VMA

Níquel

mg/L

Ni

4

Plomo

mg/L

Pb

0.5

4

Sulfatos

mg/L

SO4-2

300

Cd

0.2

Sulfuros

mg/L

S-2

5

mg/L

CN-

1

Zinc

mg/L

Zn

10

Cobre

mg/L

Cu

3

Nitrógeno Amoniacal

mg/L

NH+4

80

Cromo hexavalente

mg/L

Cr+6

0.5

pH*

Unidad

pH

6-9

Cromo total

mg/L

Cr

10

Solidos Sedimentables*

mg/L/h

S.D.

8.5

Manganeso

mg/L

Mn

4

Temperatura*

oC

To

<85

Mercurio

mg/L

Hg

0.02

mg/L

S-2

5

PARÁMETRO

UNIDAD

EXPRESIÓN

VMA

Aluminio

mg/L

Al

10

Arsénico

mg/L

As

0.5

Boro

mg/L

B

Cadmio

mg/L

Cianuro

PARÁMETRO

Sulfuros

(*) Estos parámetros, serán tomados de muestras puntuales. El valor de los demás parámetros, serán determinados a partir del análisis de una muestra compuesta. 8


¿QUÉ BUSCA LA NORMA?

Restringir los excesos del valor de concentración de VMA en las descargas de aguas residuales no domésticas. UND traten sus aguas residuales

Reducir los costos en operación y mantenimiento ocasionados por el exceso del valor de concentración de VMA en las redes de alcantarillado.

Garantizar la sostenibilidad de la infraestructura de alcantarillado y de tratamiento AR.

9


TRATAMIENTO DE LAS DESCARGAS NO DOMESTICAS Descargas permitidas: Son aquellas que no exceden los VMA establecidos en los Anexos 1 Y 2. No originan pago adicional o sanci贸n.

10


TRATAMIENTO DE LAS DESCARGAS NO DOMESTICAS • Descargas no permitidas: Son aquellas que sobrepasan los VMA establecidos en el Anexo 2. • Descargas prohibidas: – Residuos sólidos, líquidos o gaseosos, que puedan causar daño. – Material orgánico – Mezclas inflamables, radioactivas, explosivas, corrosivas, tóxicas o venenosas. – Todas aquellas que puedan causar obstrucciones físicas, interferencias, perturbaciones, sedimentos y/o incrustaciones que impidan el flujo de las aguas residuales. – Otros.

11

11


¿Qué sucede si los resultados superan los VMA establecidos en el Anexo Nº 1 ?

La EPS efectúa el cobro del pago adicional por exceso de concentración de parámetros.

El usuario deberá: Adecuar sus Presentar nuevos descargas análisis Si cumplen con los VMA se suspende el cobro del pago adicional.

12


La EPS debe suspender el servicio de alcantarillado sanitario.

¿Qué sucede si los resultados superan los VMA establecidos en el Anexo Nº 2 ?

El usuario deberá:

Adecuar sus descargas

Presentar nuevos análisis

Si se cumplen con los VMA se repone el servicio.

13


OBLIGACIONES DE LOS UND  Presentar anualmente la Declaración Jurada de UND, a la EPS.  Implementar un sistema de tratamiento de aguas residuales, cuando sus descargas excedan o puedan exceder los VMA del Anexo 2.  Efectuar el pago adicional por exceso de concentración de los parámetros fijados en el Anexo 1.  Pagar el importe correspondiente a la toma de muestra inopinada, análisis y cualquier otro gasto relacionado a la labor realizada por el laboratorio acreditado, siempre que los valores del parámetro analizado sobrepase los VMA.  Implementar los mecanismos o dispositivo especiales para la toma de muestra inopinada. 14


DERECHOS DE LOS UND  Solicitar directamente a cualquier laboratorio acreditado ante el INDECOPI, la toma de muestra y análisis de los parámetros de los VMA en sus descargas para la presentación de la Declaración Jurada.  Presenciar la toma de muestra inopinada, a participar de dicho acto y a suscribir el Acta de Toma de Muestra Inopinada.  Presentar reclamos, si consideran que ha sido vulnerado alguno de sus derechos.  Recibir información sobre la normatividad, las modificaciones y actualizaciones respecto a los VMA. 15


OBLIGACIONES DE LAS EPS  Vigilancia y cumplimiento de las disposiciones contenidas en los D.S. Nº 021-2009-VIVIENDA y 003-2011-VIVIENDA.  Solicitar a los UND la presentación de la Declaración Jurada.  Mantener actualizado el Registro de UND, debiendo entregar a éstos un código de registro.  Monitoreo y Control de los VMA de las descargas de las ARND.  Realizar pruebas de ensayo inopinadas como mínimo al 5% de los UND inscritos en el Registro, seleccionados en forma aleatoria.  Realizar un estudio del efecto que causan las descargas de los parámetros que superan los VMA a su infraestructura de alcantarillado y a los procesos en las PTARs. 16


REGISTRO DE UND Es la base de datos de la EPS donde se incluye a todos aquellos UND que cumplen los requisitos de las normativas. La EPS otorga el Código de Registro de Usuarios. Plazo de EPS para solicitar DDJJ: UND nuevos: 3 meses UND en actividad: 6 meses (a partir del 5 de setiembre de 2013) Plazo de UND para presentar los Requisitos  Cómo máximo 30 días hábiles (a partir del requerimiento efectuado por la EPS) 17


REGISTRO DE UND Requisitos para registrarse: (D.S. 003-2011-VIVIENDA)  Declaración Jurada de Usuario no Doméstico, de acuerdo al Anexo I, que deberá contener los resultados de los análisis efectuados por un Laboratorio Acreditado por INDECOPI para cada uno de los parámetros establecidos en los Anexos Nº 1 y 2 del D.S. Nº 021-2009-VIVIENDA, los cuales hayan sido muestreados por dicho laboratorio.  Copia legalizada de la licencia de funcionamiento vigente  Copia legalizada de la vigencia de poder del representante legal.  Ficha Registro Único de Contribuyente – Acreditación del inicio de actividades.  Copia de factibilidad de servicios, otorgado por la EPS o autorización de conexión del servicio de agua y saneamiento emitido por un prestador distinto de la EPS. 18


PROCEDIMIENTO PARA EL REGISTRO DE UND

EPS requiere presentación de DECLARACIÓN JURADA. La EPS debe mantener actualizado registro

Los usuarios deben cumplir los requisitos que exige el Reglamento.

Adicionalmente deben adjuntar croquis de sus procesos unitarios y diagrama del flujo de tipo de tratamiento

Verificado el cumplimiento de los requisitos, la EPS procederá a registrar al UND. 19

19


SUPERVISIÓN Y FISCALIZACION A LAS EPS • Que cumplan con efectuar el monitoreo y control de la concentración de parámetros de descargas de ARND en el alcantarillado sanitario. • Que solicite a los UND la presentación de la Declaración Jurada. • Que mantenga actualizado el Registro de UND, debiendo entregar a éstos un código de registro. • Que realice pruebas de ensayo como mínimo al 5% de los UND. • Que realice un estudio del efecto que causan las descargas de parámetros que superan los VMA a su infraestructura y a los procesos en las PTARs. 20


ALGUNAS INFRACCIONES

Leves

• Presentación extemporánea de la documentación solicitada por la EPS, excepto para el caso de D.J. de UND. • • • •

Graves

Muy Graves

Exceder los VMA del Anexo 2. No presentar los requisitos para registrarse o presentarlos fuera de plazo Falsedad de la D.J. del usuario No cumplir con efectuar el pago adicional por exceso de concentración de los VMA, por 2 periodos consecutivos o por 2 periodos no consecutivos en un periodo de 4 meses • Retrasar y/o impedir cualquier forma de toma de muestra o toma de muestra inopinada.

• a) Reponer el servicio de alcantarillado cerrado por la EPS, b) Cometer 2 faltas graves, en un periodo de 6 meses. 21


ALGUNAS SANCIONES

Amonestaci ón Escrita • Implica una llamada de atención escrita emitida por la EPS en caso de cometer infracciones leves.

Suspensión Temporal • Interrupción temporal del servicio de alcantarillado. Se aplica en caso de cometer las infracciones graves.

Suspensión Definitiva • Implica la interrupción definitiva del servicio de alcantarillado en caso de infracciones muy graves.

22


MetodologĂ­a de calculo del pago por exceso a los VMA de las descargas de aguas residuales de usuarios no domĂŠsticos.

23


APROBACIÓN DE VMA Anexo Nº 1 D.S. Nº 021-2009-VIVIENDA PARÁMETRO

UNIDAD

EXPRESIÓN

VMA

Demanda Bioquímica de Oxígeno

mg/L

DBO5

500

Demanda Química de Oxígeno

mg/L

DQO

1000

SST

500

AyG

100

Sólidos Suspendidos Totales

mg/L

Aceites y Grasas

mg/L

24


APROBACIÓN DE VMA

Anexo Nº 2 D.S. Nº 021-2009-VIVIENDA

UNIDAD

EXPRESIÓN

VMA

Níquel

mg/L

Ni

4

Plomo

mg/L

Pb

0.5

4

Sulfatos

mg/L

SO4-2

300

Cd

0.2

Sulfuros

mg/L

S-2

5

mg/L

CN-

1

Zinc

mg/L

Zn

10

Cobre

mg/L

Cu

3

Nitrógeno Amoniacal

mg/L

NH+4

80

Cromo hexavalente

mg/L

Cr+6

0.5

pH*

Unidad

pH

6-9

Cromo total

mg/L

Cr

10

Solidos Sedimentables*

mg/L/h

S.D.

8.5

Manganeso

mg/L

Mn

4

Temperatura*

oC

To

<85

Mercurio

mg/L

Hg

0.02

mg/L

S-2

5

PARÁMETRO

UNIDAD

EXPRESIÓN

VMA

Aluminio

mg/L

Al

10

Arsénico

mg/L

As

0.5

Boro

mg/L

B

Cadmio

mg/L

Cianuro

PARÁMETRO

Sulfuros

(*) Estos parámetros, serán tomados de muestras puntuales. El valor de los demás parámetros, serán determinados a partir del análisis de una muestra compuesta. 25


PUNTOS DE TOMA DE MUESTRAS DE ANALISIS DE VMA Toma de Muestra VMA

26

RED DE COLECTORES

26

Toma de Muestra VMA

USUARIOS NO DOMESTICOS 26


Pago adicional por exceder los VMA

Ejemplo 1: Industria de alimentos

Volumen de agua potable consumido = 3000 m3/mes Importe facturado de alcantarillado = S/. 6.135 (sin IGV) Concentración de aguas residuales crudas: Parámetro

Siglas

Unidad

Valores Máximos Admisibles

Concentración de descarga

Estado

Demanda Bioquímica de Oxígeno (al día 5)

DBO5

mg/l

500

6600

Supera

Demanda Química de Oxígeno

DQO

mg/l

1.000

9800

Supera

Sólidos Suspendidos Totales

SST

mg/l

500

4652

Supera

Aceites y Grasas

AyG

mg/l

100

592

Supera

27


Pago adicional por exceder los VMA Definici贸n de Rangos de Par谩metros PARAMETROS RANGO DBO5

DQO

SST

A-G

VMA (mg/l)

500

1,000

500

100

Rango 1

500,1 - 550

1.000,1 - 1.100

500,1 - 550

100,1 - 150

Rango 2

550,1 - 600

1.100,1 - 1.200

550,1 - 600

150,1 - 200

Rango 3

600,1 - 1.000

1.200,1 - 2.500

600,1 - 1.000

200,1 - 450

Rango 4

1000,1 - 10.000 2.500,1 - 10.000 1.000,1 - 10.000

450,1 - 1.000

Rango 5

mayor a 10.000

mayor a 1.000

mayor a 10.000

mayor a 10.000

28


Pago adicional por exceder los VMA Definición de Factores Individuales (Fi) RANGO

FACTORES INDIVIDUALES DBO5

DQO

SST

A-G

ASIGNACION PORCENTUAL

25%

35%

20%

20%

Rango 1

6%

9%

5%

5%

25%

Rango 2

19%

26%

15%

15%

75%

Rango 3

25%

35%

20%

20%

100%

Rango 4

250%

350%

200%

200%

10 VECES MÁS

Rango 5

500%

700%

400%

400%

20 VECES MÁS

TOTAL

29


Pago adicional por exceder los VMA

¿Cuál es el FACTOR DE AJUSTE (F) para calcular el pago adicional? Aplicando la ecuación: 𝐹 = 𝐹𝐷𝐵𝑂5 + 𝐹𝐷𝑄𝑂 + 𝐹𝑆𝑆𝑇 + 𝐹𝐴𝑦𝐺

Factores Individuales:

250%

350% 200% 200%

F = 1000% 30


Pago adicional por exceder los VMA

¿Cuál es el PAGO ADICIONAL? Facturación Actual por el Servicio de Alcantarillado (sin VMA): S/. 6.135

𝑃𝑎𝑔𝑜 𝐴𝑑𝑖𝑐𝑖𝑜𝑛𝑎𝑙 (𝑃𝐴) = S/. 6.135 x 1000%

𝑷𝑨 = S/. 61.350

31


Pago adicional por exceder los VMA

Beneficio económico por tratar las aguas residuales •

Usuario no trata desechos y paga al operador el exceso de VMA:

Pago por superar V.M.A. = S/. 736.200 por año (gasto por exceso de VMA)

Usuario trata desechos y evita paga al operador el exceso de VMA: (Costo anual de PTAR Lodos Activados para 237.600 Kg DBO5/año) Costo de Inversión anualizado + Gastos Operativos con tratamiento = S/. 356.399 por año

Fuente: Metodología de cálculo para determinar la tarifa para descarga de alcantarillado de desagües industriales – GiZ. El costo no incluye costo de terreno. 32


Pago adicional por exceder los VMA Ejemplo 2: SERVICIOS DE ALIMENTACION Volumen de agua potable consumido = 4100 m3/mes

Importe facturado de alcantarillado = S/. 8436,2 (sin IGV) Concentración de aguas residuales crudas: Parámetro

Siglas

Unidad

Valores Máximos Admisibles

Concentración de descarga

Estado

Demanda Bioquímica de Oxígeno (al día 5)

DBO5

mg/l

500

5.500

Supera

Demanda Química de Oxígeno

DQO

mg/l

1.000

7056

Supera

Sólidos Suspendidos Totales

SST

mg/l

500

3310

Supera

Aceites y Grasas

AyG

mg/l

100

470

Supera 33


Pago adicional por exceder los VMA Definici贸n de Rangos de Par谩metros PARAMETROS RANGO DBO5

DQO

SST

A-G

VMA (mg/l)

500

1,000

500

100

Rango 1

500,1 - 550

1.000,1 - 1.100

500,1 - 550

100,1 - 150

Rango 2

550,1 - 600

1.100,1 - 1.200

550,1 - 600

150,1 - 200

Rango 3

600,1 - 1.000

1.200,1 - 2.500

600,1 - 1.000

200,1 - 450

Rango 4

1000,1 - 10.000 2.500,1 - 10.000 1.000,1 - 10.000

450,1 - 1.000

Rango 5

mayor a 10.000

mayor a 1.000

mayor a 10.000

mayor a 10.000

34


Pago adicional por exceder los VMA Definición de Factores Individuales (Fi) RANGO

FACTORES INDIVIDUALES DBO5

DQO

SST

A-G

ASIGNACION PORCENTUAL

25%

35%

20%

20%

Rango 1

6%

9%

5%

5%

25%

Rango 2

19%

26%

15%

15%

75%

Rango 3

25%

35%

20%

20%

100%

Rango 4

250%

350%

200%

200%

10 VECES MÁS

Rango 5

500%

700%

400%

400%

20 VECES MÁS

TOTAL

35


Pago adicional por exceder los VMA

¿Cuál es el FACTOR DE AJUSTE (F) para calcular el pago adicional? Aplicando la ecuación: 𝐹 = 𝐹𝐷𝐵𝑂5 + 𝐹𝐷𝑄𝑂 + 𝐹𝑆𝑆𝑇 + 𝐹𝐴𝑦𝐺

Factores Individuales:

250% 350% 200% 200% F = 1000% 36


Pago adicional por exceder los VMA

¿Cuál es el PAGO ADICIONAL? Facturación Actual por el Servicio de Alcantarillado (sin VMA): S/. 8436

𝑃𝑎𝑔𝑜 𝐴𝑑𝑖𝑐𝑖𝑜𝑛𝑎𝑙 (𝑃𝐴) = S/. 8436 x 1.000%

𝑷𝑨 = S/. 84.360

37


Pago adicional por exceder los VMA

Beneficio económico por tratar las aguas residuales •

Usuario no trata desechos y paga al operador el exceso de VMA:

Pago por superar V.M.A. = S/. 1 012.344 por año (gasto por exceso de VMA)

Usuario trata desechos y evita paga al operador el exceso de VMA: (Costo anual de PTAR Lodos Activados para 270.600 Kg DBO5/año) Costo de Inversión anualizado + Gastos Operativos con tratamiento = S/. 405.900 por año

Fuente: Metodología de cálculo para determinar la tarifa para descarga de alcantarillado de desagües industriales – GiZ. El costo no incluye costo de terreno. 38


Pago adicional por exceder los VMA Ejemplo 3: INDUSTRIA DE ALIMENTOS Volumen de agua potable consumido = 1500 m3/mes Importe facturado de alcantarillado = S/. 2.997 (sin IGV) Concentración de aguas residuales crudas: Parámetro

Siglas

Unidad

Valores Máximos Admisibles

Concentración de descarga

Estado

Demanda Bioquímica de Oxígeno (al día 5)

DBO5

mg/l

500

1.690

Supera

Demanda Química de Oxígeno

DQO

mg/l

1.000

2.800

Supera

Sólidos Suspendidos Totales

SST

mg/l

500

381

No Supera

Aceites y Grasas

AyG

mg/l

100

240

Supera 39


Pago adicional por exceder los VMA Definici贸n de Rangos de Par谩metros RANGO

PARAMETROS

DBO5

DQO

SST

A-G

VMA (mg/l)

500

1,000

500

100

Rango 1

500,1 - 550

1.000,1 - 1.100

500,1 - 550

100,1 - 150

Rango 2

550,1 - 600

1.100,1 - 1.200

550,1 - 600

150,1 - 200

Rango 3

600,1 - 1.000

1.200,1 - 2.500

600,1 - 1.000

200,1 - 450

Rango 4

1000,1 - 10.000 2.500,1 - 10.000

1.001 - 10.000

451 - 1.000

Rango 5

mayor a 10.000 mayor a 10.000 mayor a 10.000

mayor a 1.000

40


Pago adicional por exceder los VMA Definición de Factores Individuales (Fi) FACTORES INDIVIDUALES RANGO

DBO5

DQO

SST

A-G TOTAL

ASIGNACION PORCENTUAL

25%

35%

20%

20%

Rango 1

6%

9%

5%

5%

25%

Rango 2

19%

26%

15%

15%

75%

Rango 3

25%

35%

20%

20%

100%

Rango 4

250%

350%

200%

200%

10 VECES MÁS

Rango 5

500%

700%

400%

400%

20 VECES MÁS

41


Pago adicional por exceder los VMA

¿Cuál es el FACTOR DE AJUSTE (F) para calcular el pago adicional? Aplicando la ecuación: 𝐹 = 𝐹𝐷𝐵𝑂5 + 𝐹𝐷𝑄𝑂 + 𝐹𝑆𝑆𝑇 + 𝐹𝐴𝑦𝐺

Factores Individuales:

250% 350%

0%

20%

F = 620% 42


Pago adicional por exceder los VMA

¿Cuál es el PAGO ADICIONAL? Facturación Actual por el Servicio de Alcantarillado (sin VMA): S/. 2.997

𝑃𝑎𝑔𝑜 𝐴𝑑𝑖𝑐𝑖𝑜𝑛𝑎𝑙 (𝑃𝐴) = S/. 2.997 x 620%

𝑷𝑨 = S/. 18.581

43


Pago adicional por exceder los VMA

Beneficio económico por tratar las aguas residuales •

Usuario no trata desechos y paga al operador el exceso de VMA:

Pago por superar V.M.A. = S/. 222.977 por año (gasto por exceso de VMA)

Usuario trata desechos y evita paga al operador el exceso de VMA: (Costo anual de PTAR Lodos Activados para 30.420 Kg DBO5/año) Costo de Inversión anualizado + Gastos Operativos con tratamiento = S/. 45.630 por año

Fuente: Metodología de cálculo para determinar la tarifa para descarga de alcantarillado de desagües industriales – GiZ. El costo no incluye costo de terreno. 44


Pago adicional por exceder los VMA Ejemplo 4: INDUSTRIA QUIMICA Volumen de agua potable consumido = 953 m3/mes

Importe facturado de alcantarillado = S/. 1.859,3 (sin IGV) Concentración de aguas residuales crudas: Parámetro

Siglas

Unidad

Valores Máximos Admisibles

Concentración de descarga

Estado

Demanda Bioquímica de Oxígeno (al día 5)

DBO5

mg/l

500

2.710

Supera

Demanda Química de Oxígeno

DQO

mg/l

1.000

2.218

Supera

Sólidos Suspendidos Totales

SST

mg/l

500

72

No Supera

Aceites y Grasas

AyG

mg/l

100

36

No supera 45


Pago adicional por exceder los VMA Definici贸n de Rangos de Par谩metros RANGO

PARAMETROS

DBO5

DQO

SST

A-G

VMA (mg/l)

500

1,000

500

100

Rango 1

500,1 - 550

1.000,1 - 1.100

500,1 - 550

100,1 - 150

Rango 2

550,1 - 600

1.100,1 - 1.200

550,1 - 600

150,1 - 200

Rango 3

600,1 - 1.000

1.200,1 - 2.500

600,1 - 1.000

200,1 - 450

Rango 4

1000,1 - 10.000 2.500,1 - 10.000

1.001 - 10.000

451 - 1.000

Rango 5

mayor a 10.000 mayor a 10.000 mayor a 10.000

mayor a 1.000

46


Pago adicional por exceder los VMA Definición de Factores Individuales (Fi) RANGO

FACTORES INDIVIDUALES DBO5

DQO

SST

A-G

ASIGNACION PORCENTUAL

25%

35%

20%

20%

Rango 1

6%

9%

5%

5%

25%

Rango 2

19%

26%

15%

15%

75%

Rango 3

25%

35%

20%

20%

100%

Rango 4

250%

350%

200%

200%

10 VECES MÁS

Rango 5

500%

700%

400%

400%

20 VECES MÁS

TOTAL

47


¿Cuál es el FACTOR DE AJUSTE (F) para calcular el pago adicional? Aplicando la ecuación: 𝐹 = 𝐹𝐷𝐵𝑂5 + 𝐹𝐷𝑄𝑂 + 𝐹𝑆𝑆𝑇 + 𝐹𝐴𝑦𝐺

Factores Individuales:

250%

35%

0%

0%

F = 285% 48


Pago adicional por exceder los VMA

¿Cuál es el PAGO ADICIONAL? Facturación Actual por el Servicio de Alcantarillado (sin VMA): S/. 1.859,3

𝑃𝑎𝑔𝑜 𝐴𝑑𝑖𝑐𝑖𝑜𝑛𝑎𝑙 (𝑃𝐴) = S/. 1.859,3 x 285%

𝑷𝑨 = S/. 5.299

49


Pago adicional por exceder los VMA

Beneficio económico por tratar las aguas residuales •

Usuario no trata desechos y paga al operador el exceso de VMA:

Pago por superar V.M.A. = S/. 63.588 por año (gasto por exceso de VMA)

Usuario trata desechos y evita paga al operador el exceso de VMA: (Costo anual de PTAR Lodos Activados para 30.992 Kg DBO5/año) Costo de Inversión anualizado + Gastos Operativos con tratamiento = S/. 46.488 por año

Fuente: Metodología de cálculo para determinar la tarifa para descarga de alcantarillado de desagües industriales – GiZ. El costo no incluye costo de terreno. 50


Pago adicional por exceder los VMA Ejemplo 5: INDUSTRIA QUIMICA Volumen de agua potable consumido = 240 m3/mes

Importe facturado de alcantarillado = S/. 468,2 (sin IGV) Concentración de aguas residuales crudas: Parámetro

Siglas

Unidad

Valores Máximos Admisibles

Concentración de descarga

Estado

Demanda Bioquímica de Oxígeno (al día 5)

DBO5

mg/l

500

630

Supera

Demanda Química de Oxígeno

DQO

mg/l

1.000

1.411

Supera

Sólidos Suspendidos Totales

SST

mg/l

500

409

No Supera

Aceites y Grasas

AyG

mg/l

100

187

Supera 51


Pago adicional por exceder los VMA Definici贸n de Rangos de Par谩metros RANGO

PARAMETROS

DBO5

DQO

SST

A-G

VMA (mg/l)

500

1,000

500

100

Rango 1

500,1 - 550

1.000,1 - 1.100

500,1 - 550

100,1 - 150

Rango 2

550,1 - 600

1.100,1 - 1.200

550,1 - 600

150,1 - 200

Rango 3

600,1 - 1.000

1.200,1 - 2.500

600,1 - 1.000

200,1 - 450

Rango 4

1000,1 - 10.000 2.500,1 - 10.000

1.001 - 10.000

451 - 1.000

Rango 5

mayor a 10.000 mayor a 10.000 mayor a 10.000

mayor a 1.000

52


Pago adicional por exceder los VMA Definición de Factores Individuales (Fi) RANGO

FACTORES INDIVIDUALES DBO5

DQO

SST

A-G

ASIGNACION PORCENTUAL

25%

35%

20%

20%

Rango 1

6%

9%

5%

5%

25%

Rango 2

19%

26%

15%

15%

75%

Rango 3

25%

35%

20%

20%

100%

Rango 4

250%

350%

200%

200%

10 VECES MÁS

Rango 5

500%

700%

400%

400%

20 VECES MÁS

TOTAL

53


¿Cuál es el FACTOR DE AJUSTE (F) para calcular el pago adicional? Aplicando la ecuación: 𝐹 = 𝐹𝐷𝐵𝑂5 + 𝐹𝐷𝑄𝑂 + 𝐹𝑆𝑆𝑇 + 𝐹𝐴𝑦𝐺

Factores Individuales:

25%

35%

0%

15%

F = 75% 54


Pago adicional por exceder los VMA

¿Cuál es el PAGO ADICIONAL? Facturación Actual por el Servicio de Alcantarillado (sin VMA): S/. 468,2

𝑃𝑎𝑔𝑜 𝐴𝑑𝑖𝑐𝑖𝑜𝑛𝑎𝑙 (𝑃𝐴) = S/. 468,2 x 75%

𝑷𝑨 = S/. 351

55


Pago adicional por exceder los VMA

Beneficio económico por tratar las aguas residuales •

Usuario no trata desechos y paga al operador el exceso de VMA:

Pago por superar V.M.A. = S/. 4.214 por año (gasto por exceso de VMA)

Usuario trata desechos y evita paga al operador el exceso de VMA: (Costo anual de PTAR Lodos Activados para 1.814 Kg DBO5/año) Costo de Inversión anualizado + Gastos Operativos con tratamiento = S/. 2.721 por año

Fuente: Metodología de cálculo para determinar la tarifa para descarga de alcantarillado de desagües industriales – GiZ. El costo no incluye costo de terreno. 56


GRACIAS POR SU ATENCIÓN.

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