Boletín Pesquerías del Caribe
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FECHA EMISION BOLETÍN DE PESCA: 8 de octubre de 2024
CONTACTO: Maria Lopez-Mercer, 727-824-5305, maria.lopez@noaa.gov
Solicitud de comentarios: Cambios propuestos a las reglas sobre artes de pesca de red y requisitos para los dispositivos de descenso para la pesca de peces de arrecife en las aguas federales del Caribe estadounidense
Mensaje Principal:
NOAA Fisheries solicita sus comentarios sobre una regla propuesta para implementar la Enmienda 2 a cada uno de los cada uno de los Planes de Manejo de Pesquerías de Puerto Rico, Santa Cruz y St. Thomas y St. John (Enmienda 2). La Enmienda 2 y la regla propuesta modificarían el uso de redes de arrastre (trawls), trasmallos (conocidos también como filete; red con un paño, gillnet), mallorquín (trasmallo con tres paños de redes; trammel net) y redes de cerco (purse seines) en las pesquerías ubicadas en aguas federales alrededor de Puerto Rico, St. Croix, St. Thomas y St. John. La regla propuesta también exigiría que haya un dispositivo de descenso disponible y listo para usar cuando se pesquen especies de peces de arrecife administradas por el Consejo de Administración Pesquera del Caribe (Consejo) en aguas federales alrededor de Puerto Rico, St. Croix, St. Thomas y St. John.
Los comentarios a esta enmienda deben presentarse antes del 30 de octubre de 2024.
Resumen de los cambios propuestos:
Cambios a las reglas de artes de pesca de red en las aguas federales alrededor de Puerto Rico y las Islas Vírgenes estadounidenses:
• Prohibiría el uso de redes de arrastre, mallorquín (trammel net) y redes de cerco para todo tipo de pesca (comercial y recreativa, todas las especies);
• Prohibiría el uso de trasmallos (gillnets) en pesquerías administradas por el Consejo, que incluyen peces de arrecife, langostas espinosas y especies pelágicas;
• Restringiría el uso de trasmallos (gillnets) en pesquerías no administradas por el Consejo a trasmallos que cumplan con los siguientes requisitos: (1) el tamaño de la malla debe ser de 0.75 pulgadas (1.9 cm) cuadradas o 1.5 pulgadas (3.8 cm) estiradas; (2) se permitiría solo un trasmallo de hasta 600 pies (182.9 m) de largo por embarcación; (3) el trasmallo debe usarse a 20 pies (6.1 m) o más por encima del fondo; y (4) el trasmallo debe estar vigilado en todo momento.
Requisito de dispositivos de descenso en las aguas federales alrededor de Puerto Rico y las Islas Vírgenes estadounidenses:
• Requeriría que haya un dispositivo de descenso disponible y listo para usar en cada embarcación pesquera cuando se pesquen especies de peces de arrecife administradas por el Consejo.
• Un dispositivo de descenso es un instrumento capaz de liberar un pez a la profundidad de la que fue capturado.
• La regla propuesta exigiría un peso mínimo de 16 onzas y una longitud mínima de 60 pies (18,3 metros) de línea atada al dispositivo de descenso.
El propósito de la Enmienda 2 y la regla propuesta es prevenir futuros impactos negativos potenciales asociados con el uso de estos tipos de artes de pesca en hábitats sensibles presentes en las aguas federales del Caribe estadounidense, eliminar el potencial de captura incidental asociado con cada uno de estos tipos de artes de pesca y mejorar la capacidad de supervivencia de los peces de arrecife administrados por el Consejo que hayan sido liberados que muestran signos de barotrauma.
Cómo comentar sobre la regla propuesta:
El período de comentarios está abierto desde ahora hasta el 30 de octubre de 2024. Puede enviar comentarios por correo electrónico o por correo postal. Los comentarios enviados por cualquier otro método (como el correo electrónico), a cualquier otra dirección o individuo, o recibidos después del final del período de comentarios, pueden no ser considerados por NOAA Fisheries.
Nombre/número de registro federal formal: 89 FR 79492, publicado el 30 de septiembre de 2024.
Envíos electrónicos: Envíe todos los comentarios públicos electrónicos a través del portal federal de reglamentación electrónica.
1. Vaya a https://www.regulations.gov e ingrese “NOAA–NMFS–2024–0084” en el cuadro de búsqueda.
2. Haga clic en el ícono "¡Comentar!", complete los campos requeridos.
3. Introduzca o adjunte sus comentarios.
Correo: Envíe sus comentarios por escrito a Maria Lopez-Mercer, Southeast Regional Office, NMFS, 263 13th Avenue South, St. Petersburg, FL 33701.
Preguntas Frecuentes (FAQ)
¿Qué anuncia NOAA Fisheries hoy?
• NOAA Fisheries solicita sus comentarios sobre la regla propuesta que implementaría la Enmienda 2 a cada uno de los Planes de Manejo de Pesquerías de Puerto Rico, St. Croix y St. Thomas y St. John (Enmienda 2).
• La Enmienda 2 y su regla proponen cambios al manejo de las redes de pesca y establecerían requerimientos de dispositivos de descenso cuando se pescan peces de arrecife manejados por el Consejo de Administración Pesquera (Consejo) en aguas federales alrededor del Caribe estadounidense.
• El período de comentarios sobre la regla propuesta está abierto desde el 30 de septiembre de 2024 hasta el 30 de octubre de 2024.
• Los comentarios sobre la Enmienda 2 y la regla propuesta se considerarán en la regla final.
¿Qué cambiaría?
• Actualmente existen algunas reglas que limitan el uso de redes de arrastre (trawls), mallorquines (trammel nets), trasmallos (gillnets) y redes de cerco (purse seines) en pesquerías de aguas federales alrededor de Puerto Rico y las Islas Vírgenes estadounidenses:
o Por ejemplo, el uso de mallorquines y trasmallos está prohibido desde 2005 para la pesca de peces de arrecife y langosta espinosa en aguas federales. Aunque los mallorquines no están en la lista de artes de pesca autorizadas para ninguna pesquería en aguas federales (ya sea manejada o no manejada), los trasmallos están autorizados para otras pesquerías comerciales de especies manejadas (como por ejemplo, peces pelágicos) y no manejadas por el Consejo en aguas federales del Caribe estadounidense.
o Aunque no son utilizadas actualmente, la red de arrastre está listada como un arte de pesca autorizada para la pesca comercial de especies no maneadas por el Consejo, con excepción de especies pelágicas.
o La red de cerco no está listada como un arte de pesca autorizado para ninguna pesquería, ya sea manejada o no manejada en aguas federales del Caribe estadounidense y tampoco se utilizan en la actualidad.
• Para evitar futuros efectos negativos de estos tipos de artes de pesca sobre especies y hábitats importantes, la Enmienda 2 y la regla propuesta extenderían o aplicarían restricciones a TODA la pesca (comercial y recreativa) con algunas excepciones para los trasmallos (gillnets) para dar cabida a los pescadores que utilizan trasmallos en la superficie para capturar peces carnada:
o Los trasmallos no se podrían usar para pescar ninguna especie manejada por el Consejo, pero podrían usarse para pescar peces no manejadas tales como peces carnada, siempre y cuando los trasmallos cumplan con los siguientes requisitos y especificaciones:
1. el tamaño de la malla debe ser de 0.75 pulgadas (1.9 cm) cuadradas o 1.5 pulgadas (3.8 cm) estiradas;
2. se permitiría solo un trasmallo de hasta 600 pies (182.9 m) de largo por embarcación;
3. el trasmallo debe usarse a 20 pies (6.1 m) o más por encima del fondo; y
4. el trasmallo debe estar vigilado en todo momento.
¿Se proponen nuevos requisitos para la pesca de peces de arrecife?
• Para mejorar la supervivencia de los peces de arrecife liberados, la Enmienda 2 y la regla propuesta también exigirían que cada embarcación pesquera disponga de un dispositivo de descenso listo para usar cuando se pesquen peces de arrecife manejados por el Consejo en aguas federales alrededor de Puerto Rico y las Islas Vírgenes estadounidenses que presenten signos de barotrauma.
¿Qué es el barotrauma en los peces de arrecife?
• El barotrauma en los peces es una lesión causada por la expansión de gas dentro de un pez debido a la rápida disminución de presión que se produce cuando se recupera el pez del fondo.
• El barotrauma generalmente ocurre cuando se recupera un pez de profundidades de 90 pies o más, pero puede ocurrir en aguas tan poco profundas como 33 pies de profundidad.
• El barotrauma es el resultado de gases internos que llenan el abdomen y el pez puede ser incapaz de nadar de regreso a la profundidad de captura. Los peces que experimentan barotrauma a menudo tienen dificultad para nadar hacia aguas más profundas o flotan en la superficie, lo que los hace vulnerables a la depredación de delfines, tiburones y otros peces, y aves marinas.
• Los signos de barotrauma en los peces incluyen un abdomen distendido, ojos saltones, un estómago evertido y burbujas debajo de las escamas.
¿Qué son los dispositivos de descenso?
• Los dispositivos de descenso son instrumentos con peso que ayudan a los peces a superar la flotabilidad liberándolos en profundidad, donde tienen mayores posibilidades de sobrevivir.
• Los dispositivos de descenso solo se pueden utilizar cuando un pez puede estar sufriendo un barotrauma (por ejemplo, atrapado en aguas profundas, estómago protuberante, etc.).
• Los pescadores pueden utilizar un dispositivo de descenso para bajar al pez a la profundidad donde los gases se recomprimen y el pez puede ser liberado.
¿Dónde puedo encontrar más información sobre los dispositivos de descenso?
Hay una variedad de artículos y videos disponibles en línea que hablan sobre los dispositivos de descenso.
• NOAA Fisheries tiene una página web sobre las mejores prácticas de captura y liberación en https://www.fisheries.noaa.gov/national/resources-fishing/catch-and-release-best-practices.
• Actualizaciones del Consejo de Administración Pesquera del Caribe: https://issuu.com/caribbeanfmc/docs/cfmc_updates_nov_2022
• Return Em’Right: https://returnemright.org.
• The Big Fish Initiative: https://bigfishinitiative.com/es/fisherfolk/#descendingdevice.
¿Dónde puedo encontrar más información sobre la Enmienda 2 y la regla propuesta?
• Comuníquese con NOAA Fisheries, Oficina Regional del Sudeste
Por correo: Maria Lopez-Mercer
NOAA Fisheries, Southeast Regional Office
Sustainable Fisheries Division 263 13th Avenue South St. Petersburg, Florida 33701-5505
Por Teléfono: (727) 824-5305
● Las Enmienda 2 se puede encontrar en línea en el sitio web de la Oficina Regional del Sudeste de NOAA Fisheries en: https://www.fisheries.noaa.gov/action/amendment-2-puerto-rico-st-croixand-st-thomas-and-st-john-fishery-management-plans-trawl
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