Noticias del CFMC (febrero 2025)

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DEL CFMC NOTICIAS

FEBRERO

2025

En el boletín del Consejo de Administración Pesquera del Caribe (CFMC, en inglés) encontrarás anuncios de actividades, datos sobre distintas especies marinas y valiosa información sobre la pesca y las regulaciones que rigen esta actividad en las aguas federales alrededor de Puerto Rico y las Islas Vírgenes Estadounidenses.

UN POCO SOBRE UN POCO SOBRE LOS MEROS LOS MEROS

Los meros junto con los pargos están entre los peces más solicitados en las pescaderías y restaurantes del Caribe. Para alcanzar la sostenibilidad pesquera de los meros y la protección de sus agregaciones de desove, tienen vedas que prohíben su pesca durante la época pico de reproducción. Para aquellos meros cuyos números se han reducido significativamente, hoy en día se prohíbe pescarlos permanentemente, como es el caso del mero batata o Goliath (Epinephelus itajara) y el mero cherna o Nassau (Epinephelus striatus).

Según la publicación Una mirada al mundo de los pescadores, “durante los años 1950 a 1980, el mero cherna era la principal especie desembarcada en libras y en cantidad de individuos en Puerto Rico. La cherna era, en 1970, la cuarta especie con el mayor volumen de desembarcos, y cerca de quince años más tarde, en 1986, se consideraba comercialmente extinta, ya que sus capturas eran una

fracción mínima del total de capturas locales”. Muchos de estos animales provenían de otras jurisdicciones del Caribe ya que las embarcaciones salían de Puerto Rico hacia islas vecinas. En las Islas Vírgenes se documentó la exterminación de la agregación al sur de St. Thomas durante 1979 cuando el 85% de la captura provenía de la misma (véase el trabajo “A study of a Virgin Islands Grouper Fishery Based on a Breeding Aggregation” de Olsen and La Place).

Los meros regresan todos los años a las mismas áreas a agregarse para desovar en grupo. Esto los hace sumamente vulnerables a la pesca, aunque sea incidental. Históricamente, los pescadores utilizaban este conocimiento tradicional para capturar grandes cantidades de peces en unas semanas. La pesca durante las agregaciones, junto a la contaminación marina, la destrucción de hábitat, las artes de pesca perdidas y el cambio climático, entre otros factores, causaron una disminución significativa en algunas de estas poblaciones

Las poblaciones del mero cherna disminuyeron a tal punto que desde 1991, bajo el Plan de Manejo de Pesca del CFMC, se prohibió la pesca de esta especie en las aguas de la ZEE del Caribe. Cinco años después, en 1996, el mero cherna fue incluido en la lista roja de la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza y hoy está clasificado como en peligro crítico de extinción a nivel mundial Más recientemente, en el 2016 se designó como amenazado de extinción bajo la Ley Federal de Especies en Peligro de Extinción.

¡¡REPORTA REPORTA

LAS CHERNAS! LAS CHERNAS!

Si estás realizando alguna actividad en el mar y ves un mero cherna, repórtalo en MerosPR.com. Tu reporte contribuye a los esfuerzos de recuperación de esta especie. Aunque sea pescado incidentalmente, es importante soltarlo y reportarlo para así ayudar a documentar su estado actual en nuestras aguas.

Reportarlo es fácil Utiliza el formulario Meros PR para reportarlo en cualquier buscador (‘browser’). No necesita contraseña. Lo encuentras en https://es merospr com/

Meros PR es un proyecto que investiga los hábitats que necesitan los juveniles del mero cherna para crecer Estos deben ser cuidados para asegurar que se complete esta primera fase del ciclo de vida del mero cherna y varias otras especies de importancia comercial, tales como el carrucho y la langosta.

PARA LOS MEROS REPASO DE LAS VEDAS REPASO DE LAS VEDAS

Están en veda desde el 1 de febrero hasta el 30 de abril

Zona Económica Exclusiva (ZEE) del Caribe Estadounidense y aguas

Zona Económica Exclusiva (ZEE) del Caribe Estadounidense y aguas lo genes Estadounidenses lo genes Estadounidenses

de aleta amarilla Yellowfin Grouper (Mycteroperca venenosa)

Guajil

REPASO DE LAS VEDAS REPASO DE LAS VEDAS PARA LOS MEROS

Están en veda desde el 1 de febrero hasta el 30 de abril

ZEE del Caribe

ZEE del Caribe

Estadounidense y aguas locales de las

Estadounidense y aguas locales de las Islas Vírgenes Estadounidenses Islas Vírgenes Estadounidenses

uajil negro ack Grouper ycteroperca bonaci)

Mero tigre o diente de sable

Tiger Grouper (Mycteroperca tigris)

Mero rojo o cherna americana

Red Grouper (Epinephelus morio)

ZEE d y omas/St. John (STT/STJ) y l l d l l nes Estadounidenses y l l d l I l Ví nes Estadounidenses

ZEE d y omas/St. John (STT/STJ)

Guasa amarilla

Yellowedge Grouper (Hyporthodus flavolimbatus)

VEDAS VEDAS POR ÁREA POR ÁREA

Prohibición de pesca en el Banco Grammanik, Islas Vírgenes Estadounidenses

La veda a la pesca y posesión de cualquier especie de pez, excepto especies altamente migratorias (HMS, en inglés), dentro del área del Banco Grammanik, al sur de St. Thomas, en las Islas Vírgenes Estadounidenses comenzó el:

1 de febrero y se extiende hasta el 30 de abril.

NOTA: El término “pez” se refiere a peces, moluscos, crustáceos, y cualquier otro animal marino y planta marina viva, aparte de aves y mamíferos marinos.

El área de veda del Banco Grammanik está enmarcada dentro de los puntos y las siguientes coordenadas (véase mapa):

A 18°11.898' N 64°56.328' O

B 18°11.645' N 64°56.225' O

C 18°11.058' N 64°57.810' O

D 18°11.311' N 64°57.913' O

Veda en el Bajo de Sico

Ninguna persona puede pescar o poseer peces de arrecife manejados por el Consejo de Administración Pesquera del Caribe (Consejo) en o de las aguas federales del área de manejo del Bajo de Sico, en la costa oeste de Puerto Rico. La veda comenzó el

1 de octubre y se extiende hasta el 31 de marzo.

Esta regulación aplica exclusivamente a la porción del Bajo de Sico que se encuentra en aguas federales al oeste de Puerto Rico, que está dividida en dos por el límite de nueve millas náuticas entre las aguas de Puerto Rico y las aguas federales o lo que se conoce como Zona Económica Exclusiva (ZEE).

El área de manejo del Bajo de Sico está localizada en la costa oeste de Puerto Rico y está delimitada por las siguientes coordenadas (véase mapa):

IMPORTANTE:

Las prohibiciones de pesca y posesión se aplican a los peces de arrecife manejados por el Consejo en las áreas de Bajo de Sico que se encuentran en aguas federales.

Durante la veda se permite pescar langosta, especies pelágicas manejadas por el Consejo y aquellas especies que no son manejadas por el Consejo, incluyendo las especies altamente migratorias (HMS, en inglés).

Está prohibido daurante todo el año el uso de artes de pesca de fondo, incluyendo nasas, cajones, filetes, trasmallos y palangres de fondo. El anclaje también está prohibido durante todo el año.

Para ver una lista de las especies de peces de arrecife manejados por el Consejo, visita el boletín de enero 2025:

https://issuu.com/caribbeanfmc/docs/noticias del cfmc enero 2025

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Puerto Rico: Una perspectiva global

Puerto Rico: Una perspectiva global

EN:

https://issuu.com/seagrantpr/docs/prsg-mirada-al-mundo-de-los-pescadores

Las reglamentaciones, cierres por temporada y área, y restricciones que aparecen en este boletín son las existentes en el momento de su publicación. Estos pueden cambiar en cualquier momento. Para las leyes y los reglamentos oficiales, favor de consultar el Código de Regulaciones Federales (CFR) como recurso federal oficial, así como las oficinas pertinentes asociadas al Gobierno Estatal: DRNA-PR USVI DPNR El boletín fue creado para propósitos de educación y extensión Su lectura y repaso no sustituye las leyes, reglamentaciones y documentos de las agencias pertinentes

Créditos

Escrito por: Cristina D Olán Martínez (CFMC staff)

Revisado por: Dra Michelle T Schärer Umpierre (miembro SSC), Jannette Ramos García (Presidenta OEAP), Miguel Rolón (Director Ejecutivo CFMC)

Maquetado por: Rosana López Muñoz (contratista) / Ilustraciones meros: Puerto Rico Sea Grant

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