Listado del caracol rosado bajo la ESA: Audiencia pública
Commerce
Atmospheric
Fisheries
21 de noviembre
2022 Audiencia virtual NOAAFisheries - Oficina
U.S. Department of
| National Oceanic and
Administration | National Marine
Service
de
Regional del Sudeste
Palabras de bienvenida (5:30 – 5:40 pm EST)
Presentación (5:40 – 6:10 pm EST)
Proceso de listado de la ESA y regla propuesta Sesión de preguntas y respuestas (6:10 – 6:45 pm EST)
*Tenga en cuenta que la sesión de preguntas y respuestas estará restringida a aclaraciones sobre el proceso de listado y la regla propuesta Comentarios públicos (6:45 – 8:00 pm EST)
Tenga en cuenta que los comentarios tendrán un límite de tiempo para garantizar que todos tengan la oportunidad de comentar Tiempos están en la hora estándar del Este (EST)
Por
tenga en cuenta que esta reunión se está grabando para garantizar que capturemos todos los comentarios públicos.
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Regístrese para hacer un comentario público Para hacer un comentario público oral, debe inscribirse aquí*: https://forms.gle/TqaGHCYcEk2N4Pc28 *Use este formulario solo si tiene la intención de hacer un comentario oral hoy. Envíe comentarios por escrito aquí: https://www.regulations.gov/commenton/NOA A-NMFS-2019-0141-0013
favor
¿Cómo se protegen las especies bajo la Ley de Especies en Peligro de Extinción?
Los científicos de la NOAA utilizan la mejor información científica y comercial disponible como base para sus decisiones de inclusión en la lista. Los científicos pueden no considerar el impacto económico de incluir una especie en particular.
Una especie debe incluirse en la lista si está amenazada o en peligro de extinción debido a cualquiera de los siguientes cinco factores:
A. Destrucción, modificación o reducción actual o amenazada de su hábitat o área de distribución;
B. Sobreutilización con fines comerciales, recreativos, científicos o educativos;
C. Enfermedad o depredación;
D. Insuficiencia de los mecanismos regulatorios existentes; y
E. Otros factores naturales o antropogénicos que afectan su existencia continua.
La ESA requiere que las determinaciones de listado se basen únicamente en la mejor información científica y comercial disponible; los impactos económicos no se consideran al hacer determinaciones de listado de especies y están prohibidos bajo la ESA.
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¿Qué es una especie en peligro de extinción o amenazada?
En peligro: una especie se considera “en peligro” si está en peligro de extinción en toda su área de distribución o en una parte importante de ella.
● Se interpreta que una “especie en peligro” está actualmente en peligro de extinción.
● Las especies en peligro de extinción están automáticamente protegidas por prohibiciones de varios tipos de "captura", incluido el daño, el acoso, la recolección o la matanza, según la Sección 9 de la ESA.
Amenazada: definida como "cualquier especie que probablemente se convierta en una especie en peligro de extinción en un futuro previsible en toda su área de distribución o en una parte importante de ella".
● Una “especie amenazada” se interpreta como una especie que actualmente no está en peligro de extinción, pero que es probable que lo esté en un futuro previsible.
● Las especies amenazadas pueden recibir protección a través de regulaciones separadas emitidas bajo la Sección 4(d) de la ESA. Estas regulaciones ocurren por separado del listado. También llamadas reglas 4(d), pueden incluir las mismas prohibiciones bajo la Sección 9 de la ESA.
○ Las reglas 4(d) nos permiten personalizar las prohibiciones y regular las actividades para garantizar la conservación de las especies amenazadas.
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Proceso de inclusión en la lista de la ESA - Cronología
El siguiente diagrama muestra los pasos que tomamos para evaluar una petición para incluir, eliminar o reclasificar una especie.
● Después de recibir una petición, dentro de los 90 días (en la mayor medida posible), debemos publicar un hallazgo que establezca nuestra decisión de aceptar o no la petición.
● Después de que publicamos un hallazgo positivo dentro de los 90 días, comenzamos una revisión del estado de la especie (es decir, revisión del estado).
● Dentro de un año, si, después de realizar la revisión del estado de la especie y considerando los esfuerzos de conservación en curso, determinamos que la acción solicitada...
○ No se justifica, publicamos un hallazgo negativo de 12 meses
○ Se justifica, publicamos un hallazgo de 12 meses/Regla Propuesta
● Después de publicar una regla propuesta para incluir una especie en la lista, consideramos los comentarios públicos y cualquier dato nuevo para tomar una decisión final. También podemos retirar la regla propuesta si encontramos que no hay suficiente evidencia para justificar la acción propuesta.
● La regla final generalmente se publica dentro de un año de la regla propuesta.
¡Estamos aquí!
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Historial de Información sobre el caracol rosado y la ESA
● 27 de febrero de 2012: Recibimos una petición de WildEarth Guardians para listar el caracol rosado como amenazado o en peligro de extinción en toda o una parte significativa de su área de distribución según la ESA.
● 27 de agosto de 2012: NOAA Fisheries determinó que la acción solicitada puede estar justificada y publicó un hallazgo positivo de 90 días en el Registro Federal y abrió un período de comentario público de 60 días (77 FR 51763).
● 5 de noviembre de 2014: NOAA Fisheries determinó que no se justificaba incluir el caracol rosado como amenazado o en peligro de extinción según la ESA y publicó la determinación en el Registro Federal (79 FR 65628).
● 27 de julio de 2016: WildEarth Guardians and Friends of Animals (demandantes) presentaron una demanda en el Tribunal de Distrito de EE. UU. para el Distrito de Columbia, impugnando la decisión de NOAA Fisheries de no incluir el caracol rosado bajo la ESA.
● 26 de agosto de 2019: el Tribunal anuló la determinación de NOAA Fisheries de que no se justificaba incluir el caracol rosado y devolvió la determinación a NOAA Fisheries.
● 6 de diciembre de 2019: NOAA Fisheries anunció el inicio de una revisión del estado del caracol rosado para determinar si se justifica incluir la especie como en peligro o amenazada según la ESA. En ese momento también abrimos un período de comentarios públicos de 60 días.
● Diciembre de 2019 a mayo de 2022: NOAA Fisheries reunió un equipo de revisión de estado que realizó una revisión integral de la información disponible para desarrollar un informe de revisión de estado.
● Mayo de 2022: NOAA Fisheries finalizó el Informe de revisión del estado del caracol rosado bajo la ESA.
● 8 de septiembre de 2022: NOAA Fisheries publicó una regla propuesta para incluir al caracol rosado como amenazado bajo la ESA y abrió un período de comentarios públicos de 60 días hasta el 7 de noviembre de 2022.
● 10 de noviembre de 2022: NOAA Fisheries anunció una audiencia pública y reabrió el período de comentario público.
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Revisión del estado del caracol rosado bajo la ESA
Equipo de revisión de estado: 7 científicos y expertos en políticas de NOAA Fisheries
(Oficina Regional del Sudeste, Oficina Regional de la Costa Oeste, Oficina de Recursos Protegidos, Centro de Ciencias Pesqueras del Sudeste).
Revisión de estado: Este informe resume la mejor información científica y comercial disponible sobre la especie y presenta una evaluación del estado y el riesgo de extinción del caracol rosado. Publicado como un Memorándum Técnico de la NOAA.
● Consideró información/datos de aproximadamente 39 jurisdicciones a través de todo el Caribe.
● Evaluó datos de desembarques provenientes de dos bases de datos internacionales (FAO FishStat, Sea Around Us)
● Consideró los mejores datos disponibles sobre reproducción, procesos depensatorios y umbrales de densidad reproductiva.
● Se desarrolló un modelo de conectividad de la población para dilucidar los impactos de las bajas densidades de adultos localizadas en los patrones de conectividad de toda la población.
● Se consideró la mejor información disponible sobre las medidas reglamentarias existentes, los regímenes de manejo pesquero y el cumplimiento y la aplicación de la ley por jurisdicción.
Revisión por pares independiente: La revisión del estado del caracol rosado se sometió a una revisión por pares independiente por parte de tres expertos externos; los comentarios de los revisores están disponibles públicamente.
Revisión de estado
Revisión por pares independiente
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Revisión del estado del caracol rosado: hallazgos clave
Sobreutilización: la amenaza más importante para el caracol rosado es la sobreutilización (a través de la pesca comercial, artesanal e ilegal, no declarada o no reglamentada).
Regulaciones: problemas importantes con el cumplimiento y las regulaciones morfométricas, la aplicación y la caza furtiva (INDNR) en todo el Caribe.
Procesos depensatorios: se encontró que la mayoría de las jurisdicciones (69 %) estaban por debajo del umbral mínimo de densidad de adultos requerido para respaldar la búsqueda de pareja (p.ej., 100 caracoles adultos/hectárea). Estas poblaciones no son reproductivas y es poco probable que contribuyan al reclutamiento y al crecimiento de la población.
Conectividad rota: la especie actualmente sufre de bajas densidades de población y reclutamiento deficiente en la gran mayoría de su área de distribución y experimenta una dispersión de larvas limitada y una conectividad de población interrumpida.
Cambio climático: es probable que la región del Caribe se vea afectada por el cambio climático, y esos impactos adversos, aunque aún no se han concretado por completo, podrían tener consecuencias devastadoras para el caracol rosado durante el próximo siglo (2100).
Análisis del riesgo de extinción Una especie está en riesgo moderado de extinción si se encuentra en una trayectoria que la coloca en un alto nivel de riesgo de extinción en el futuro previsible.
Futuro Previsible = El horizonte de tiempo para evaluar si una especie es más probable que no esté en riesgo de extinción.
Futuro previsible del caracol rosado (todas las amenazas) = 30 años
Futuro previsible del caracol rosado (solo amenaza del cambio climático) = 2100 (~ 77 años)
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Desde
la revisión de estado a la regla
propuesta
● Se utilizaron los hallazgos clave de la revisión de estado para informar la determinación de listado propuesta ○ La revisión de estado encontró que el caracol rosado tiene un riesgo moderado de extinción en toda su área de distribución ● Se abordaron los comentarios de revisión externa por pares
Una especie debe incluirse en la lista si está amenazada o en peligro de extinción debido a cualquiera de los siguientes cinco factores:
A. Destrucción, modificación o reducción actual o amenazada de su hábitat o área de distribución;
B. Sobreutilización con fines comerciales, recreativos, científicos o educativos;
C. Enfermedad o depredación;
● La mejor ciencia disponible indica que el caracol rosado merece ser listado como especie "amenazada"
D. Inadecuación de los mecanismos regulatorios existentes; y
E. Otros factores naturales o antropogénicos que afectan su existencia continua.
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Propuesta para listar la especie como amenazada bajo la ESA
NOAA Fisheries concluyó, basándose en la mejor información científica y comercial disponible, incluido el informe de revisión de estado, y después de tomar en cuenta los esfuerzos realizados para proteger la especie, que el caracol rosado merece ser incluido como especie amenazada bajo la ESA.
Factores de la Sección 4(a)(1):
Factor B) Sobreutilización con fines comerciales, recreativos, científicos o educativos. La amenaza más importante para el caracol rosado es la sobreutilización con fines comerciales. La pesca ilegal, no declarada y no reglamentada (INDNR), en particular, es una amenaza que contribuye significativamente al riesgo de extinción de la especie en la actualidad y en el futuro previsible:
● Solo el 10% (4 jurisdicciones) de las 39 jurisdicciones evaluadas están pescando al nivel o por debajo de la tasa de explotación del 8% y tienen densidades de caracoles adultos que son capaces de soportar una reproducción exitosa (>100 caracoles/hectárea).
● El 41% de las jurisdicciones evaluadas superan la tasa de explotación del 8% y tienen densidades medias por debajo del umbral de 100 caracoles adultos/hectárea requerido para una actividad reproductiva exitosa.
● El 33% de las jurisdicciones evaluadas superan la tasa de explotación del 8% y tienen densidades medianas de caracoles por debajo del umbral mínimo requerido para soportar cualquier actividad reproductiva (<50 caracoles adultos/hectárea).
● La pesca INDNR del caracol rosado es un problema importante en toda la gama de la especie. Es muy probable que las mejores estimaciones de la pesca INDNR estén subestimadas y puedan representar una porción significativa (más del 15%) de la captura total.
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Propuesta para listar la especie como amenazada bajo la ESA
Factores de la Sección 4(a)(1): Continuación
Factor D) Inadecuación de los mecanismos regulatorios existentes. Existen problemas significativos con el cumplimiento normativo, la eficacia de las normas de tamaño mínimo para evitar la captura de juveniles, la aplicación limitada de las normas, el control de la población escaso e inconsistente y la caza furtiva sustancial.
● Las regulaciones sobre el peso mínimo de la carne, la longitud de la concha y el labio ensanchado indican que el caracol rosado inmaduro se está capturando legalmente en 20 jurisdicciones.
● La mayoría de las pesquerías de caracol rosado no tienen requisitos para desembarcar caracol rosado en la concha, lo que socava la aplicación y el cumplimiento de las reglamentaciones sobre una longitud mínima de la concha, el grosor del borde de la concha y el borde de la concha ensanchado.
● 15 jurisdicciones no cuentan con regulaciones que incluyan una veda estacional, la cual es fundamental para evitar la cosecha de adultos reproductores. La evidencia sugiere que, en algunos casos, las temporadas de veda para el caracol rosado se deciden con respecto a las fechas de veda para otras especies (p. ej., langosta).
● 21 jurisdicciones no tienen regulaciones que prohíban el uso de equipos de buceo, lo que podría ayudar a proteger las poblaciones putativas de aguas profundas.
● Solo una fracción de las jurisdicciones está realizando estudios periódicos para recopilar información relevante sobre el estado de las poblaciones de caracol rosado para informar sus regímenes nacionales de gestión.
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Propuesta para listar la especie como amenazada bajo la ESA
Factores de la Sección 4(a)(1):
Continuación
Factor E) Otros factores naturales o creados por el hombre que afectan la existencia de la especie.
Cambio climático: la información disponible indica que el cambio climático, específicamente las temperaturas de la superficie del mar, la acidificación de los océanos y los posibles cambios en los patrones de circulación, probablemente afectarán la reproducción, el crecimiento y la supervivencia del caracol rosado en el futuro previsible (por ejemplo, para 2100).
● Es probable que los niveles de dióxido de carbono (CO2) esperados para el año 2100 tengan un impacto negativo en la formación de caparazones, ya que las condiciones del agua serán más ácidas y potencialmente disolverán los caparazones de muchos moluscos.
● Una temperatura media de la superficie del mar en el Mar Caribe por encima de los 31 °C puede tener implicaciones negativas para las etapas tempranas de la vida y la reproducción del caracol rosado.
● Los posibles cambios en los patrones de circulación del Mar Caribe tendrían implicaciones significativas para los procesos de reclutamiento y reproducción del caracol rosado, pero el alcance de los impactos de los cambios en los patrones de circulación del caracol rosado no se entienden bien.
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Oceanic and
Propuesta para listar la especie como amenazada bajo la ESA
Factores de la Sección 4(a)(1): Continuación
Factor A: Destrucción, modificación o reducción actual o amenazada de su hábitat o área de distribución.
● La estabilidad, la calidad y la resiliencia del hábitat están disminuyendo en muchas partes del Caribe debido a las actividades antropogénicas que han provocado impactos directos e indirectos en los pastos marinos y el sustrato que son importantes para el caracol rosado, y el aumento de la polución, los contaminantes y los microplásticos están afectando al caracol a través de sus hábitats. En este momento, la mejor información disponible indica que la pérdida y degradación del hábitat no contribuyen significativamente al riesgo de extinción de la especie.
Factor C: Enfermedad o Depredación..
● Se necesita más información para entender completamente los impactos de las enfermedades (p. ej., parásitos) en las poblaciones de caracoles. No hay información que sugiera que las tasas de depredación hayan aumentado hasta el punto en que la depredación ahora se considera una amenaza que contribuye significativamente al riesgo de extinción de la especie.
● No se cree que la depredación sea actualmente un factor que influya en el estado del caracol rosado.
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Photo: Alexander Tewfik, Wildlife Conservation Society
¿Creará creará nuevas prohibiciones la inclusion del caracol rosado bajo la ESA?
Las especies amenazadas no reciben automáticamente regulaciones protectoras.
● La inclusión del caracol rosado como especie amenazada no crea ninguna prohibición adicional o más específica sobre el comercio o la captura del caracol rosado.
Cualquier nueva regulación de protección que se considere necesaria y aconsejable para la conservación de las especies amenazadas, se emitirá bajo la Sección 4(d) de la ESA, como se denomina regla 4(d).
○ Las reglas 4(d) nos permiten personalizar las prohibiciones y regular las actividades para garantizar la conservación de las especies amenazadas.
○
Cualquier futura regla 4(d) pasaría por un aviso y comentario por separado para el público.
Puerto Rico y las Islas Vírgenes de los EE. UU. tienen pesquerías de caracol rosado en aguas territoriales. También hay una pesquería federal de caracol rosado en St. Croix dentro de las Islas Vírgenes de EE.UU. La regla propuesta no establece ninguna prohibición nueva sobre la recolección de caracoles para estas u otras jurisdicciones. Actualmente, la recolección de caracol rosado está prohibida en Florida.
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¿Qué sigue?
Regla propuesta - COMENTARIO PÚBLICO EXTENDIDO (los comentarios deben recibirse antes del 15 de diciembre de 2022).
La información nueva o actualizada sobre cualquiera de los siguientes es de particular interés:
1. Información sobre los desembarques de caracol rosado y la pesca INDNR;
2. Datos dependientes o independientes de las pesquerías de caracol rosado, incluidas las evaluaciones de las poblaciones;
3. Información sobre el estado de la especie, incluidos estudios, densidad e información sobre abundancia;
4. Información sobre la estructura de la población, la estructura de edades y la conectividad del caracol rosado;
5. Información sobre el área de distribución, el uso del hábitat y la distribución del caracol rosado;
6. Datos sobre cualquier amenaza para el caracol rosado;
7. Información sobre los esfuerzos que se están realizando para proteger la especie en toda su área de distribución;
8. Medidas de manejo de pesquerías de caracol rosado; o otra información pertinente sobre la especie.
Hábitat crítico: También estamos solicitando información sobre características físicas y biológicas que puedan respaldar la designación de hábitat crítico para el caracol rosado dentro de la jurisdicción de los EE. UU.
Regulaciones protectoras bajo la Sección 4(d) de la ESA: Para informar nuestra consideración de las regulaciones protectoras apropiadas para la especie, buscaremos información del público sobre las posibles medidas para su conservación.
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¿Qué sigue?
1. Determinación de listado final/Regla final: Consideraremos los comentarios públicos y tomaremos la decisión de completar o retirar el listado. Si la decisión es incluir la especie en la lista, la regla final se publicará (dentro de 1 año de la regla propuesta - Septiembre de 2023) ○
La regla final considerará y abordará los comentarios públicos. ○ No se pueden considerar factores económicos al determinar el estado de ESA de una especie. ○ Especificará cuándo entrará en vigencia la cotización (generalmente 30 días después).
2. Hábitat crítico: en la medida máxima prudente y determinable, publicaremos una propuesta de designación de hábitat crítico para el caracol rosado en una regla separada (septiembre de 2024). El hábitat crítico no puede ser designado dentro de naciones extranjeras. ○ Buscamos información sobre las características físicas o biológicas esenciales para la conservación de la especie que se encuentran dentro de la jurisdicción de los EE. UU.
3. Los reglamentos de protección 4(d): No estamos proponiendo dichos reglamentos en este momento, pero podemos considerar promulgar reglamentos de protección de conformidad con la sección 4(d) para el caracol rosado en una reglamentación futura (es decir, después de septiembre de 2023). ○
Buscamos información del público sobre posibles medidas para su conservación.
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Enviar comentario público (cierra el 15 de diciembre de 2022)
Puede enviar comentarios, información o datos sobre este documento, identificado por el código NOAA-NMFS-2019-0141 mediante cualquiera de los siguientes métodos:
● Envíos electrónicos: comentarios a través de Federal eRulemaking Portal. Vaya a www.regulations.gov e ingrese NOAA-NMFS-2019-0141 en el cuadro de búsqueda. Haga clic en el ícono "Comentario", complete los campos obligatorios e ingrese o adjunte sus comentarios.
● Correo: NMFS, Oficina Regional del Sudeste, ℅ Calusa Horn, 263 13th Avenue South, St. Petersburg, FL 33701;
Los comentarios enviados por cualquier otro método, a cualquier otra dirección o individuo, o recibidos después del final del período de comentarios, podrían no ser considerados por NOAA Fisheries.
Todos los comentarios recibidos forman parte del registro público y, por lo general, se publicarán para que el público los vea en www.regulations.gov sin cambios.
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