CONFERENCIA
HERRAMIENTAS TÉCNICAS-LEGALES PARA IMPORTAR Y EXPORTAR Lic. César Eduardo Soto Ramos Abogado y Notario
José Eduardo Soto C. Gerente de Logística
IMPORTACIร N: RTU Actualizado (Dto. 25-71 del CRDG) Adhesiรณn a BancaSAT Inscripciรณn en el Registro de Importadores (Acdo. 368-2003 SAT)
RTU Actualizado
Contrato de Adhesiรณn a BancaSAT
Inscripción en el Registro de Importadores: Transmitir el Formulario SAT-0101 Registrar Usuario en Agencia Virtual SAT Registrar Dirección de cualquier edificación donde almacene mercaderías que importa. (Art. 26 Ley Nacional de Aduanas)
Inscripciรณn en el Registro de Importadores:
Inscripciรณn en el Registro de Importadores:
Inscripciรณn en el Registro de Importadores:
Inscripción en el Registro de Importadores: Transmitir el Formulario SAT-0101 Registrar Usuario en Agencia Virtual SAT Registrar Dirección de cualquier edificación donde almacene mercaderías que importa. (Art. 26 Ley Nacional de Aduanas)
Registro de Usuario en Agencia Virtual SAT
Registro de Usuario en Agencia Virtual SAT Llenar solicitud en la página web, registrando datos de identificación personal y correo electrónico Imprimir el Formulario enviado por SAT al correo electrónico. Presentar en Agencias de SAT, el formulario firmado. El Usuario será activado inmediatamente. El sistema enviará un mensaje al correo electrónico registrado, como confirmación.
Inscripción en el Registro de Importadores: Transmitir el Formulario SAT-0101 Registrar Usuario en Agencia Virtual SAT Registrar Dirección de cualquier edificación donde almacene mercaderías que importa. (Art. 26 Ley Nacional de Aduanas)
Registro de Direcciones Adicionales
Registro de Direcciones Adicionales
Registro de Direcciones Adicionales
EXPORTACIÓN Requisitos Mínimos (Art. 372 del RECAUCA) Los exportadores registrados deberán presentar o transmitir en forma electrónica, previo a la exportación, la declaración de mercancías con la información mínima necesaria que establezca el Servicio Aduanero, mediante disposiciones administrativas, la cual será sometida al sistema de análisis de riesgo.
Registro de Exportadores: Código de Exportador - AGEXPORT • A través de la plataforma SEADEX WEB, descargar el Formato de Registro de Firmas y Sello • Adjuntar documentos dependiendo del tipo de Empresa • Tiempo de Revisión y Verificación (2-3hrs hábiles) • Agexport realiza verificación al teléfono y correo electrónico registrado. • Pagar Q92.00 a Agexport en Banrural.
SISTEMA ADUANERO Arto. 5 -CAUCAEl Sistema Aduanero está constituido por: El Servicio Aduanero y Los Auxiliares de la Función Pública Aduanera
SERVICIO ADUANERO Arto. 6 -CAUCAEl Servicio Aduanero está constituido por los órganos de la administración pública de los Estados Parte, facultado para aplicar la normativa sobre la materia, comprobar su correcta aplicación, así como facilitar y controlar el comercio internacional en lo que le corresponde y recaudar los tributos a que esté sujeto el ingreso o la salida de mercancías, de acuerdo con los distintos regímenes que se establezcan.
AUXILIARES DE LA FUNCIÓN PÚBLICA ADUANERA Arto. 18 -CAUCASe consideran auxiliares de la función pública aduanera, las personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, que participan ante el Servicio Aduanero en nombre propio o de terceros, en la gestión aduanera.
AUXILIARES DE LA FUNCIÓN PÚBLICA ADUANERA Arto. 19 -CAUCA-
Son auxiliares: a) Los agentes aduaneros; b) Los depositarios aduaneros; c) Los transportistas aduaneros; y d) Los demás que establezca el Reglamento
GRACIAS!
CONFERENCIA
HERRAMIENTAS TÉCNICAS-LEGALES PARA IMPORTAR Y EXPORTAR Lic. César Eduardo Soto Ramos Abogado y Notario
José Eduardo Soto C. Gerente de Logística
DECLARACIÓN DE MERCANCÍAS Art. 4 - CAUCA El acto efectuado en la forma prescrita por el Servicio Aduanero, mediante el cual los interesados expresan libre y voluntariamente el régimen al cual se someten las mercancías y se aceptan las obligaciones que éste impone.
DECLARACIÓN DE MERCANCÍAS Art. 317 - RECAUCA Toda mercancía para ser destinada a un régimen aduanero, deberá estar amparada en una declaración de mercancías. La obligación de declarar incluye también a las mercancías libres de derechos arancelarios y a las que de cualquier forma gocen de exención o franquicia.
DECLARACIÓN DE MERCANCÍAS Art. 318 - RECAUCA La declaración de mercancías se presentará mediante transmisión electrónica o en los formularios o formatos autorizados por el Servicio Aduanero, previo cumplimiento de las formalidades aduaneras y pago anticipado de los derechos e impuestos por la vía electrónica cuando corresponda.
DECLARACIÓN DE MERCANCÍAS DUCA (Acuerdo entre C.A. y UE / 1-4-19 7-5-19) • DUCA-D (Reemplaza DUA-GT) • DUCA-F (Reemplaza FAUCA) • DUCA-T (Reemplaza DUT) FYDUCA (Unión Aduanera GT-HN)
DUCA-D
DUCA-D Resumida
Documentos que sustentan la Declaración de Mercancías Art. 321 – RECAUCA: •
Factura Comercial;
•
Documento de Transporte (BL / AWB / CP);
•
Declaración del Valor (DVA);
•
Certificado de Origen, cuando proceda;
•
Licencias, Permisos, Certificados u otros documentos referidos al cumplimiento de las restricciones y regulaciones no arancelarias;
•
Garantías exigibles en razón de la naturaleza de las mercancías y del régimen aduanero;
•
Documento que ampare la exención o franquicia, en su caso.
Factura Comercial
Conocimiento de Embarque
Defensa Fiscal Tributaria En Materia Aduanera: POR AJUSTES DE DAI+IVA EN IMPORTACIONES: •
VALOR
•
CLASIFICACIÓN
•
ORIGEN
GRACIAS!
Contáctenos Dirección:
6a. Avenida 0-60 Zona 4. Gran Centro Comercial Zona 4. Torre 2 - Tercer Nivel - Oficina 307
Guatemala, C.A. Teléfonos:
PBX: (502) 2313-0898 y 2313-0899 Correo Electrónico:
info@ajasotoramos.com