Alerta laboral 77 pdf

Page 1

Publicación del Centro de Estudios para el Desarrollo Laboral y Agrario Tercera época - Año VI - La Paz, octubre de 2016

Nº 77

Desaceleración económica y empleo ENATEX y la violación de los derechos laborales Desempleo e incertidumbre laboral La afectación a los fondos de jubilación de los trabajadores El trabajo de los jóvenes en las cooperativas mineras Testimonios de lucha

Cae la economía, empeora el empleo


2 - OPINIÓN Octubre de 2016

LA DESACELERACIÓN ECONÓMICA Y LOS TRABAJADORES

H

La precariedad laboral, la alta informalidad, el desempleo y la vulneración constante de derechos laborales, caracterizan al mercado de trabajo urbano en el país. En el escenario actual de desaceleración del crecimiento, estos rasgos tienden a empeorar.

ace algunos días, el Ministro de Economía y Finanzas Públicas señaló a los medios de prensa que, según sus cálculos, “hay un 50 por ciento de probabilidades de que haya el segundo aguinaldo, pero hay otro 50 por ciento de proba­ bilidades de que no haya”, y que se debe esperar el dato final del INE sobre el crecimiento del PIB para definir el pago. No es casual esta aseveración porque coincide con otras referencias expresadas por voceros del gobierno, para ocultar la situación actual de la economía, especialmente a la población trabajadora. En esta línea convergen los informes de entidades inter­ nacionales (Banco Mundial, Corporación Andina de Fomento, entre otros) que no ahorran conceptos para elogiar la buena salud de la economía boliviana y a calificar al país como un modelo a seguir. Obviamente, esas apreciaciones solo con­ sideran el efecto que podría tener la inversión pública, financiada en parte por sus instituciones, mientras dejan a un lado aspectos críticos de la realidad del país como son la profundización de la dependencia económica del extractivismo y de la exportación de materias primas, el debilitamiento de las actividades pro­ ductivas e industriales y la terciarización creciente, asentada en rubros tradicionales de muy baja productividad. La desaceleración del crecimiento, más allá del deseo político del gobierno de imaginar una economía sólida capaz de soportar los embates de la crisis capitalista mundial, podría llevar a una crisis económica difícil de afrontar. Los efectos de la disminución significativa de los precios de minerales e hidrocarburos en el mercado mundial causada por el menor crecimiento de China y la recesión de vecinos como Brasil y Argentina, son innegables. Como el país no es una isla, sino una economía integrada al comercio internacional, cualquier

cambio adverso en ese escenario indefectiblemente lo impac­ tará, como viene sucediendo con el aumento de las importa­ ciones de bienes de consumo básico sobre la producción nacional. La desaceleración se tradujo rápidamente en una reducción drástica de los ingresos fiscales, afectando el gasto corriente y la inversión pública. Nuevamente, el gobierno de Evo Morales apostó por el mayor endeudamiento para paliar la disminución de los ingresos por las exportaciones de materias primas, sin una visión de largo plazo ni una estrategia de desarrollo productivo dirigida a diversificar la economía, a mejorar la productividad y a potenciar la capacidad de generación de más y mejores empleos. Mientras tanto, se hace más visible la crisis del trabajo que arrastra largamente el país. Esta se manifiesta en el aumento del desempleo, de la precariedad laboral y de la informalidad. Los trabajadores asalariados, entre éstos las mujeres, los jóvenes, los menos calificados y los que pertenecen a los grupos de bajos ingresos, vienen soportando despidos masivos por la pérdida constante de puestos de trabajo (ENATEX, cooperativas mineras, micro y pequeñas empresas, además de entidades públicas y privadas), como también a formas de contratación temporal que los conduce a una gran incertidum­ bre laboral, a la reducción del poder adquisitivo de los salarios, al incremento e intensificación de las jornadas de trabajo y, en general, a la vulneración de sus derechos laborales. Javier Gómez Aguilar DIRECTOR EJECUTIVO CEDLA

Director Ejecutivo

Javier Gómez Aguilar Escriben:

Silvia Escóbar de Pabón, Carlos Arze, Bruno Rojas. Edición, diseño y armado:

Unidad de Comunicación y Gestión de Información Ilustraciones:

Gonzalo Llanos Fotografías:

Cortesía: La Razón, Página Siete, CEDLA La suscripción al Boletín Alerta Laboral puede realizarse gratuitamente en las oficinas del CEDLA o puede escribirnos a:

alertalaboral@cedla.org

Síguenos en: CEDLABolivia @CEDLAbo

Visita también el Observatorio Boliviano de Empleo y Seguridad Social

http://cedla.org/obess

Visitanos

cedla.org

www.

Achumani, Calle 11, Nº 100 entre García Lanza y Alexander Tel. 279-4740, Fax 279-9848 279-1075 / E-mail: info@cedla.org La Paz - Bolivia


ECONOMÍA - 3 Octubre de 2016

La economía boliviana disminuyó su crecimiento en dos puntos porcentuales en el año 2015 y mostró cambios importantes en su composición, como la caída de la incidencia de los sectores productivos en el PIB. Esto viene provocando un mayor desempleo y precariedad laboral. a dinámica del proceso de L crecimiento económico latinoamericano al inicio de esta

década siguió asociada, por un lado, a factores externos entre los que destacan el aumento de la demanda y los precios de los productos de exportación, la disponibilidad de liquidez y financiamiento, e incluso las remesas. Por otro, a factores internos como la expansión del consumo privado sostenido por el aumento del gasto público, el aumento del empleo, los salarios y la expansión del crédito al sector privado. Sin embargo, estos determinantes comenzaron a deteriorarse rápidamente en los últimos años a causa de la desaceleración de la economía china y del bajo crecimiento del mundo desarrollado, provocando una importante caída de los precios de los bienes primarios y la creciente volatilidad en los mercados financieros (CEPAL, 2015a). En Bolivia, fueron estas mismas causas externas e internas las que contribuyeron a la expansión del Producto Interno Bruto (PIB) hasta 2013, cuando se logró alcanzar un crecimiento inédito del orden del 6,8%. Desde entonces, como en otros países, los menores ingresos por la exportación de materias primas con escaso valor agregado —principalmente gas, minerales y derivados de soya— y el aumento de las importaciones baratas desde China y de los países limítrofes, repercutieron en desequilibrios macroeconómicos (déficit fiscal, comercial y de la cuenta de capital), que amenazan con dejar atrás la continuidad del crecimiento experimentado durante los últimos 10 años. LA DESACELERACIÓN Y SUS EFECTOS EN EL EMPLEO La desaceleración económica re c i e nt e s e r e f l e j a e n l a

MÁS DEPENDENCIA, MENOS DESARROLLO

Desaceleración económica y empleo disminución de dos puntos por­ centuales en el crecimiento del PIB en 2015 (4,8%), y en un cam­ bio trascendente en su composición. Por segundo año consecutivo se redujo la incidencia de los sectores productivos —hidrocarburos, minería, industria manufacturera y agropecuaria— en la variación del PIB (1,4%), mientras que los sectores de ser­ vicios —administración pública, financieros, empresariales, trans­ porte, comunicaciones y servicios básicos— pasaron a liderar el cre­ cimiento económico con un aporte del 2,5% al incremento anual. Esto revela el carácter dis­ cursivo de las políticas y planes gubernamentales para avanzar en los procesos de diversificación de la matriz productiva e industrialización en la última década. Dos aspectos destacan en esta evolución. Por un lado, el sector de la administración pública pasó a liderar el crecimiento del PIB en 2015, con una incidencia cercana a un punto porcentual. Esto significa que el desempeño de la economía tiene una mayor dependencia del comportamiento del gasto corriente en el Sector Público No Financiero (SPNF), destinado a servicios personales y no personales, beneficios sociales, aportes patronales, adquisición de bienes de consumo intermedio y bienes de consumo final, etc. Po r o t r o, l a i n d u s t r i a manufacturera primero y la construcción después —sectores intensivos en mano de obra y generadoras de valor agregado— disminuyeron su incidencia conjunta en el PIB a menos de un punto porcentual ese mismo año, debido a la ausencia de cambios

1

Como en otros contextos de desaceleración económica, los resultados están a la vista: un aumento del desempleo y de la precariedad laboral estructurales y de políticas sectoriales con un alcance suficiente para asegurar su sostenibilidad en este nuevo contexto, como se puede apreciar en el gráfico 1. Esta recomposición del crecimiento tiene efectos directos e indirectos sobre el empleo y las condiciones de trabajo, pues con una misma unidad porcentual del PIB en actividades productivas o de servicios pueden lograrse impactos muy diferentes en el mercado laboral. Por su naturaleza, los servicios tienen límites en la generación de nuevos empleos, sobre todo cuando mantienen una escasa relación con actividades de apoyo a la producción y se concentran en los servicios al consumidor final, en los cuales la productividad crece lentamente o definitivamente no crece y la demanda laboral se estanca. En cambio las actividades productivas tienen mayor potencial de generación de puestos de trabajo —directos e indirectos— por su eslabonamiento con el resto de la economía para la provisión de materia prima y la circulación de bienes, lo que se verifica aún en contextos caracterizados por un débil tejido industrial. Por una parte, los productos intensivos en trabajo de las cadenas textil y prendas de vestir, cuero y calzados, madera y muebles e incluso los productos


4 - ECONOMÍA Octubre de 2016

metalmecánicos, exhiben las tasas más bajas de crecimiento, a pesar de un leve repunte reciente que parece ser solamente temporal. Po r o t r a , l o s p r o d u c t o s alimenticios, bebidas y tabaco, que son más intensivos en capital y contribuyen con la mitad de PIB sectorial, presentan un crecimiento extremadamente volátil y muy por debajo del registrado hasta 2012. Si bien ambos grupos industriales han perdido mercados externos, tienen en las importaciones una competencia cada vez mayor, lo que lleva a la pérdida de empleos, en particular en las principales ciudades del país. Al parecer, los factores que ex plic aba n e l cre cimie nto económico hasta 2012, no se vinculaban necesariamente con la demanda interna como se venía sosteniendo desde el discurso oficial, sino con la demanda y los precios internacionales de las materias primas que el país exporta (hidrocarburos y minería). De otro modo, la desaceleración industrial en los tres últimos años habría sido más atenuada. La Organización Internacional del Trabajo y la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (OIT/CEPAL 2016)

estima que por cada décima de punto porcentual que no crece la región, se deja de generar unos 100 mil empleos. Entre aumentos y caídas en el país se han perdido varias décimas en los últimos años y, sin duda, esto afecta el comportamiento del mercado laboral. Cuando se escribe este artículo, los datos oficiales muestran que ya hubo una caída en la ocupación y un aumento en el desempleo (UDAPE, 2015); pero las evidencias sobre los efectos de la desaceleración económica en el mercado laboral aumentan día tras día y, se manifiestan en los comunicados públicos empresariales2 , en los conflictos laborales que tienen lugar en diferentes sectores de actividad económica y en los testimonios sobre los despidos o la insuficiencia de los ingresos laborales que reflejan los medios de comunicación3. Todo esto apunta a que la falta de políticas estatales para impulsar la producción de bienes con mayor valor agregado y diversificar la producción, continuará en el corto y mediano plazos; los planes de i n ve r s i ó n p ú b l i c a s i g u e n priorizando sectores extractivos intensivos en capital

(hidrocarburos, energía, minerales) con proyectos de lenta maduración hasta 2020, lo que llevará a reproducir un modelo económico que ha dejado atrás el imperativo de generación de empleos y la mejora de su calidad. Como en otros contextos de desaceleración económica, los resultados están a la vista: un aume nto de l desempleo y de la precariedad laboral. NOTAS

1. El artículo está basado en Escobar, S., et. al. Jóvenes asalariados y precariedad laboral. Situación de los derechos laborales en Bolivia 2012 – 2015; CEDLA, 2016. Para mayor información visite la página www.cedla.org 2. La Cámara Nacional de industrias, entre otras, informó que el crecimiento del sector manufacturero en el primer cuatrimestre del año (2016) ha sido menor a cuatro por ciento, por lo que advirtieron una disminución en el dinamismo de las actividades productivas y de servicios en el país. http://www.enlacesbolivia.net/ 7748-13/07/2016. 3. Alerta Laboral No.75, CEDLA: La Paz, mayo 2015; OBESSwww.cedla.org, 2016.

Gráfico 1 Crecimiento e incidencia en el PIB por sectores de actividad económica 2015 ( En porcentaje) 0,9

Servicios Administración Pública

9,4

0,1

Servicios básicos

6,3 0,7

Servicios financieros y empresas

6,1

0,2

Construcción

5,4

Transporte y comunicaciones

0,6

Agropecuaria

0,6

5,3 5,1

0,7

Industria manufacturera

4,6

0,4

Comercio, restaurantes y hoteles

4,3

0,1

Servicios sociales Petróleo y gas

-1,4

Minería

-1,4 -3

3,8

-0,1 -0,1 0

3 Incidencia

Fuente: INE, Cuentas Nacionales, 2015. Elaboración propia.

6 Crecimiento

9

12


DERECHOS LABORALES - 5 Octubre de 2016

"Nos han sacado de las plantas con el pretexto de que iban a fumigar y desratizar, pero al final las ratas parecen haberse quedado y a los que sacaron fue a nosotros” (Página Siete, 19/05/16).

BALANCE DE UNA MASACRE BLANCA

mayo del presente año se E nprodujo un hecho histórico

funesto para la clase obrera boliviana: el despido intempestivo de casi mil trabajadores de la E m p r e sa N a c i o n a l Te x t i l (ENATEX). Esta acción ejecutada por el gobierno de Evo Morales a través del DS 27651 recordó los tiempos de la “relocalización” masiva de mineros, empleados públicos y fabriles acaecida en los años 80 del pasado siglo que puso en marcha el proce so de flexibilización laboral en el país. Justamente, los trabajadores afectados por el cierre de la empresa coincidieron en calificar a la medida como una “copia” del funesto decreto 21060 aprobado en 1985, por atentar al mejor estilo neoliberal contra los derechos de los obreros de la empresa y favorecer la libre contratación laboral en el sector público como en el privado. En efecto, el decreto en cuestión conculcó el derecho a la estabilidad laboral, el principio de continuidad laboral, la inamovilidad laboral de madres gestantes y padres trabajadores con hijos menores de un año, el derecho al fuero sindical que prohíbe el despido de dirigentes y, en general, vulneró el derecho al trabajo establecido ampliamente por la Constitución Política del Estado boliviana y por la legislación laboral nacional e internacional. Los obreros de ENATEX se movilizaron por varias semanas demandando la abrogatoria del decreto 2765, el respeto de la estabilidad laboral, la reincorporación de los obreros cesantes, y otras reivindicaciones laborales. En el proceso de lucha, los trabajadores fabriles y de otros sectores laborales constataron una

ENATEX y la violación de los derechos laborales

Trabajadores de ENATEX en huelga de hambre exigiendo la restitución de sus fuentes de trabajo

vez más el carácter anti obrero del actual régimen y frente al cual se imponía la acción directa a la cabeza de las organizaciones y trabajadores de base. UNA MEDIDA A LA MEDIDA DEL MAS Desde la perspectiva de los derechos laborales, la masacre blanca en ENATEX amerita varias puntualizaciones: 1. Los argumentos de “quiebra”, o “baja productividad y rentabilidad” aludidas en el decreto 2765 para justificar el cierre de ENATEX, no son causales de despido según lo establecido por la Ley General del Trabajo (Art. 16)2 y sus disposiciones conexas. En consecuencia, los trabajadores tuvieron sobrada razón para calificar a la medida como una violación del derecho a la estabilidad laboral y por ende del derecho al trabajo, además de otros derechos inherentes a la estabilidad. 2. El despido masivo afectó a padres y madres trabajadoras gestantes, con ello se vulneró

la estabilidad laboral de estas personas que, según la legislación laboral nacional, gozan de inamovilidad hasta que sus hijos cumplan un año (DS 12, 19/02/2009). 3. Asimismo, el despido incluyó a dirigentes sindicales, lo que conculcó el derecho al fuero sindical que establece que estos directivos no pueden ser desti­ tuidos ni despedidos hasta “un año después de la finalización de su gestión” (Art. 51.VI, Constitución Política del Esta­ do,) y “sin previo proceso” (Art. 1, DL 38 de 07/02/1944) en caso de existir una de las causales establecidas por la Ley General del Trabajo (Art. 16). Con esta vulneración se afectó tam­ bién el derecho a la libertad de sindicalización y de formación de sindicatos de los trabaja­ dores de la empresa al imponerse la disolución forzada del sindicato dejando en el limbo aspectos importantes como el patrimonio de la organización que según la Constitución Política del Estado es “inviolable, inembargable e indelegable” (Art. 51.I).


6 - DERECHOS LABORALES Octubre de 2016

4. El Decreto Supremo 28223, aprobado como complementario al decreto 2765, que prohíbe al sector privado aplicar “los conceptos y disposiciones” de esta norma, “por ningún motivo y bajo ninguna justificación (…) para el cierre de empresas y/o el despido de trabajadores” (Art. 2), reveló justamente que las razones expuestas por el gobierno para el despido masivo, son ilegales y arbitrarias. Además, este decreto emite un mensaje claro: el Estado puede despedir por insolvencia económica u otras razones similares, el sector privado, no. Por otra parte, esperar que en el sector privado y en el propio ámbito público, las empresas no recurran a estos argumentos es poco menos que ilusorio dado que la acción del gobierno sentó jurisprudencia afianzando las prácticas de flexibilización laboral vigentes en el mercado que implican contratar y despedir por cualquier razón fuera de la ley. Asimismo, es probable que en el futuro, el gobierno utilice los mismos argumentos de “cierre” u otros parecidos para definir la suerte de otras empresas públicas que, según e l o f i c i a l i s m o, v i e n e n mostrando cifras deficitarias. 5. Leyendo con atención el decreto 2765, la empresa ENATEX no se disolvió o liquidó, ni nada por el estilo. Esta nor ma dispone la modificación de la “naturaleza jurídica” de la estatal a una “Institución Pública Descentralizada” con la denominación de “Servicio Nacional Textil” (SENATEX) bajo otro marco legal, por lo que existe continuidad de funcionamiento bajo una nueva razón social y, en parte, en el ¿Por qué no se liquidó ENATEX? ¿Por qué no se determinaron responsabilidades por el manejo de recursos públicos millonarios?

mismo giro de actividad, vale decir, en la producción textil. De acuerdo a los preceptos del derecho laboral internacional, el cambio de razón social no implica que los trabajadores pierdan estabilidad laboral y los derechos individuales y co le ctivos e sta ble ci dos. 6. En tal sentido, el argumento del gobierno de que el pago del finiquito implicó automáticamente la ruptura de la relación laboral o la desvinculación de los trabajadores, es cuestionable. Si bien el gobierno canceló los finiquitos a gran parte de los trabajadores de la empresa, la continuidad de la misma bajo otra razón social pone en duda la ruptura definitiva de la relación laboral. 7. Además, en el marco de la Ley de Empresa Pública 4664, el cambio de la “naturaleza jurídica” de ENATEX a SENATEX habría considerado una “nueva tipología de empresa” no especificada en esta norma, la que le obliga a asumir “todos los derechos y obligaciones emergentes de las actividades realizadas por su antecesora” al igual que el resguardo de “la propiedad, administración y mantenimiento de bienes muebles e inmuebles” de la anterior empresa (Art. transitorio 7). Esta figura ratifica que la estatal no se disolvió o algo parecido. 8. Ahora bien, forzando la figura de que ENATEX dejó de existir tal como

insistió el gobierno, acudiendo nuevamente a la ley 466, la “disolución no se aplica a la empresa estatal, debiendo procederse directamente a su liquidación” y que la misma, obliga al “establecimiento de responsabilidades por la administración de recursos públicos, si correspondiese, en el marco de esta norma, la Ley Nº 004 de 31/03/2010 de Lucha Contra la Cor rupción, E n r i q u e c i m i e n t o Il í c i t o e Investigación de Fortunas "Marcelo Quiroga Santa Cruz", Código Penal y otras normas aplicables” (Art. 66, III y IV). ¿Por qué no se liquidó ENATEX? ¿Por qué no se d e t e r m i n a r o n responsabilidades por el manejo de recursos públicos millonarios? Estas interrogantes conducen a pensar que la no liquidación de ENATEX busca eludir el establecimiento de responsabilidades por el manejo de ingentes recursos públicos por parte del gobierno de Evo Morales. 9. El decreto 2765 incurrió también en otras violaciones. E n efec to, esta nor ma determina la “desvinculación de los trabajadores (de ENATEX) que estén bajo el régimen laboral de la Ley General del Trabajo a fin de aplicarse la Ley 2027" del Estatuto del Funcionario Público, lo que fue asumido por el gobierno como la contratación de trabajadores


DERECHOS LABORALES - 7 Octubre de 2016

La masacre blanca fue impuesta por el gobierno en complicidad con la dirigencia de la COB.. El “cuarto intermedio” y las reuniones posteriores de negociación fueron un simple protocolo para la empresa reorganizada bajo la norma para servidores públicos que restringe el ejercicio de los derechos laborales individuales y elimina los derechos colectivos (derecho a formar sindicatos, fuero sindical, derecho a la huelga, etc.). Si la estatal no se disolvió, significa que, los trabajadores continúan amparados por la Ley General del Trabajo y todas sus normas conexas y que, cualquier otra contratación debe realizarse en este marco. Tanto el DS 1253 qu e crea la EN ATE X (Disposición adicional única) así como la Ley de Empresa Pública 466 (Art. Adicional 5°,I) establecen la obligación de sujeción de las empresas estatales a la Ley General del Trabajo, por lo tanto, fue arbitrario pretender imponer la contratación de trabajadores en el marco del Estatuto señalado. 10. Entre otras cuestiones, la oferta del gobierno de contratar a aproximadamente 200 de los trabajadores despedidos para la nueva empresa resultó un engaño, un ardid político para desmovilizar a los trabajadores. Precisamente, las declaraciones últimas de autoridades del Ministerio de Desar rollo Productivo 5 , y del propio presidente Morales, así como el inic io de a ctivida de s d e SENATEX con 50 empleados6, sepultaron toda posibilidad de contratar a este número de trabajadores. 11. Finalmente, la nueva institución denominada Servicio Nacional Textil (SENATEX), no tiene un norte claro ya que su creación no responde a una necesidad o a un proyecto de promoción productiva o de desarrollo económico, lo que en el futuro, podría nuevamente tener efectos

nocivos en el empleo y en los derechos laborales. El decreto de creación (DS 2765) establece una “competencia” muy pretenciosa e inalcanzable: el SENATEX “está destinado a impulsar el cambio de la matriz productiva nacional a través del incremento de la agregación de valor a la producción primaria, transformación tecnológica, alza de la productividad, diversificación productiva y mayor generación de excedentes e ingresos en la producción textil, participando en la creación, consolidación, modernización y tecnificación de los emprendimientos productivos textiles del país” (Art. 3). Está claro que “el cambio de la matriz productiva” que no se logró en diez años de gobierno, no pasa por crear una institución como la propuesta que apunta a ser una entidad de servicios. ¿LA LUCHA CONTINÚA? La masacre blanca fue finalmente impuesta por el gobierno en complicidad con la dirigencia de la Central Obrera Boliviana. El “cuarto inter medio” y las reuniones posteriores de negociación fueron un simple protocolo. Los ex obreros de ENATEX al levantar la huelga de hambre que duró más de 65 días y luego de algunas asambleas, reiteraron continuar luchando por sus derechos laborales exigiendo a la entidad matriz nacional, romper el pacto político con el gobierno del MAS que significó para los trabajadores la conculcación y postergación de sus derechos y necesidades. Sin embargo, los pocos ex trabajadores de la estatal movilizados están debilitados en un escenario sindical y político adverso donde la defensa de los derechos

laborales pasó a un último plano. La lucha de los ex obreros de ENATEX permitió articular, así sea temporalmente, las protestas y demandas de varios sectores laborales preocupados por la estabilidad laboral y el respeto de sus derechos laborales y, ratificar la urgencia de enarbolar el principio de independencia política e ideológica en las luchas de los trabajadores y de sus sindicatos. NOTAS

1. Decreto Supremo 2765 de 14 de mayo de 2016 2. Ley General de Trabajo de 8 de diciembre de 1942 3. Decreto Supremo 2822 de 6 de julio de 2016 4. Gaceta Oficial de Bolivia. Ley de Empresa Pública N° 466, promulgado el 27 de diciembre de 2013 5. La Prensa, 09/06/16. http://ibce.org.bo/principalesnoticias-bolivia/noticias-nacionalesdetalle.php?id=66206&idPeriodic o=6&fecha=2016-06-09 6. ANF, 13/06/16. http://www.noticiasfides.com/ec onomia/gobierno-evalua-lista-deextrabajadores-de-enatex-para-suposible-recontratacion-366910/ El Viceministro de la Micro y Pequeña Empresa señaló categóricamente: “No está sobre la mesa ninguna renegociación para recontratar un paquete ni de 200 ni de 100 ni ningún número de ex trabajadores (…) No hay posibilidad de recontratar a esos trabajadores (…) para el Servicio Nacional Textil” ANF, 1 de agosto de 2016. http://www.noticiasfides.com/ec onomia/senatex-arranca-con-50trabajadores-y-el-gobierno-advierteque-priorizara-la-cualificaciontecnica-368670/

Cientos de trabajadores marchan después del cierre de ENATEX en La Paz



10 - ANÁLISIS Octubre de 2016

La posibilidad de generar más empleos y mejorar los existentes se hace cada vez más lejana. Sus efectos, como siempre recaerán sobre las espaldas de los trabajadores

Gráfico 2 Ciudades capitales:Asalariados por sector del mercado de trabajo, 2012 - 2014 (En porcentaje) 25,6 23,6

Estatal

43,3

Empresarial

interna y extender el apoyo político al gobierno, con un mayor gasto corriente. A pesar de ello, la creación de nuevos empleos en el sector público pronto alcanzó su límite, impuesto por la gran disminución de los ingresos en el gobierno central, las gobernaciones y en los municipios; siendo muy probable que sean los trabajadores estatales los que pasen a engrosar el desempleo en las ciudades, como ya sucedió con el caso de ENATEX. En el servicio doméstico, el deterioro de la capacidad de consumo de los hogares ocasionó la caída del empleo, siguiendo el proceso que se inició en la década pasada debido a los bajos salarios

46,7 25,5 22,9

Semiempresarial 5,6 6,8

Serv. doméstico 0

10

20

30

40

50

Fuente: UDAPE, 2015. Elaboración propia.

y a la reorientación de la oferta laboral (en su mayoría mujeres) hacia otras actividades como el comercio y los servicios. En definitiva, si con un crecimiento promedio superior al 5% y con una importante incidencia de los sectores productivos, no fue posible impulsar el aumento sostenido de

la ocupación y de la participación del empleo asalariado, con la actual desaceleración y recomposición del PIB centrado en los servicios, la posibilidad de generar más empleos y mejorar los existentes se hace cada vez más lejana. Sus efectos, como siempre recaerán sobre las espaldas de los trabajadores (Gráfico 2).

LAS VOCES DE LOS TRABAJADORES “Estamos en emergencia debido a la crisis de la empresa. Vamos a seguir en vigilia hasta que nos paguen los 4 millones de dólares que nos deben. Nos han retirado sorpresivamente en junio, pero nos adeudan seis meses de sueldo, bonos y los beneficios sociales que nos corresponden por ley. Estamos movilizados 300 trabajadores. 131 trabajadores hemos iniciado un proceso legal y vamos a ir hasta las últimas consecuencias. El caso está en el Ministerio de Trabajo” (El Deber, 08/07/2016). “No puede ser que un empresario privado venga a vulnerar los derechos laborales y las normativas legales del país y a título de crisis esté dando las cartas de preaviso o de retiro. Otra situación que están haciendo es que ofrecen duplicar y triplicar los beneficios sociales de los trabajadores con tal de que se vayan” (Dirigente de la Federación Sindical de Trabajadores Mineros de Bolivia, La Razón, 22/03/2016). “(…) En vez de abrir nuevas empresas para seguir creciendo, muchas se están cerrando (…) la carencia de tecnología y condiciones adecuadas pone en clara desventaja al sector frente a países fronterizos como Brasil y Argentina que con la devaluación de sus monedas han afectado a las pequeñas empresas (…) además, esos países tienen tecnología y gran capacidad para producir materia prima, entonces pueden abaratar mucho los costos, así ya no podemos ser competitivos en precio y calidad (…). Empresas que contrataban hasta 10 trabajadores tuvieron que reducir su personal a la mitad para poder subsistir… si los pequeños productores todavía mantienen abiertas sus empresas pese a su precaria situación, es porque es lo único que saben hacer… la mayoría de los que se han quedado sin trabajo son costureros, carpinteros, metalmecánicos (…)”. (Javier Challapa, Presidente de FEDEMYPE -Santa Cruz. El Día, 05/01/2016).

2014 2012


PENSIONES - 11 Octubre de 2016

Un poco más de dieciocho millones y medio de dólares de deudas de la quebrada empresa AMETEX con las AFP, es decir, con todos los trabajadores aportantes, corren el serio riesgo de esfumarse. Estas deudas fueron castigadas y eliminadas arbitrariamente de la Cartera de Inversiones y de las Cuentas por Cobrar de las AFP, afectando a los dividendos del fondo de jubilaciones.

LO QUE NO SE DICE DEL CASO ENATEX

se mencionó en el C omo transcurso del último

conflicto fabril, la empresa privada América Textil S.A. (AMETEX), cuya quiebra dio lugar a la creación de la Empresa Pública Nacional Textil (ENATEX), presentó graves problemas de sostenibilidad financiera durante muchos años, al punto que en 2004 se acogió a un proceso de Reestructuración Voluntaria. Una de las medidas adoptadas en 2007 para revertir esa situación fue una nueva emisión de bonos en la Bolsa Boliviana de Valores (BBV). Esos valores, denominados Bonos Ametex II, sustituyeron los bonos emitidos en 2001 y que no f u e r o n p a g a d o s. Po r e l incontenible deterioro de la empresa nacieron con calificaciones de B3 y C 1 que reflejaban un elevado riesgo. Empero su calidad fue cayendo de manera sostenida: en marzo de 2011, Fitch Ratings las calificó con D y C y, finalmente, en diciembre de 2013 con una calificación de E, que corresponde a “instrumentos que no tienen información suficiente”; en otras palabras, ya no representaban una deuda factible de ser cobrada. En 2012 AMETEX decidió la paralización de actividades y se acogió a la Liquidación Voluntaria en acuerdo con la Junta de Acreedores (JA). Esta significaba que debía deshacerse de sus activos para pagar sus deudas financieras, entre ellas las que mantenía con los tenedores de sus bonos. La BBV canceló la cotización de las emisiones de bonos de AMETEX 2 en julio de 2013, debido al incumplimiento en el pa g o de l ca pi ta l y “a la

La afectación a los fondos de jubilación de los trabajadores determinación de pagar el capital cuando se vendan las unidades productivas”, según lo dispuesto por el Acuerdo de Liquidación Vo l u n t a r i a . A s i m i sm o, l a Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI) canceló de manera definitiva de su autorización e inscripción como emisor. Las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP), AFP Futuro de Bolivia y BBVA Previsión, eran dos de los acreedores más importantes de AM ETE X que invir tie ron recursos del Fondo de Pensiones en la adquisición de bonos 3 . Después participaron de las decisiones de la JA autorizando la emisión de nuevos bonos y, posteriormente, la venta de los activos de la empresa textil. El deterioro en la calificación de los Bonos Ametex II significaba que la empresa no estaba cumpliendo con el pago de los mismos: la AFP Futuro de Bolivia en su Memoria 2013 señala que “a partir de fecha 21 de marzo de 2013 AMETEX S.A. no honró en su totalidad los pagos correspondientes a los vencimientos de capital e intereses”, mientras que BBVA Previsión en su Memoria 2014

Las AFP, Futuro de Bolivia y BBVA Previsión, eran dos de los acreedores más importantes de AMETEX que invirtieron recursos del Fondo de Pensiones en la adquisición de bonos informaba que desde 2007 sólo “registró la cancelación de un total de 13 cupones”. Consecuentemente, el capital invertido en los bo no s y no p a g a do, fu e acumulándose en las cuentas de i n v e r s i ó n d e l Fo n d o d e Capitalización Individual (FCI) que administran las AFP, causando un desequilibrio en la proporción de inversiones por emisor o por instrumento permitida legamente y sobrepasando los límites legalmente establecidos4. Además, las Cuentas por Cobrar de las AFP presentaban montos crecientes de deudas correspondiente a los intereses devengados. En 2014 la Autoridad de Pensiones y Seguros (APS) emitió dos resoluciones administrativas: la primera de 17 de abril dispuso que las AFP procedieran con el castigo de los “excesos de inversión invo lun tarios” correspondientes a los Bonos

Cuadro 1 Excesos de Inversión al 31 de diciembre (En dólares) 2013

2014

AFP Futuro

7.838.070

224.328

AFP Previsión

7.449.398

231.582

15.287.468

455.910

Fuente: Elaboración propia con base en memorias institucionales de las AFP.


12 - PENSIONES Octubre de 2016

Ametex II contabilizándolos en una cuenta de castigo y su retiro de la Cartera de Inversiones, en el plazo de 44 semanas desde el 9 de mayo de 2014; como las AFP pidieron aclaraciones, complementaciones y enmiendas a esa resolución, la APS emitió otra el 7 de mayo de 2014 que, al mo me nto de de n eg ar la s complementaciones y enmiendas solicitadas, ratificó la anterior resolución5 y añadió como objeto de castig o a los “valores pendientes de cobro” que corresponden a los intereses no percibidos (Cuadros 1 y 2). De esa manera, poco más de dieciocho (18) millones y medio de dólares de deudas incobrables, correspondientes a la quebrada AMETEX, fueron castigados y eliminados de la Cartera de Inversiones y de las Cuentas por Cobrar de las AFP, afectando a los dividendos del fondo de jubilaciones. La única acción estatal fue recomendar que se hagan “las gestiones necesarias” para recuperarlos, pues el castigo “no implica la condonación de las obligaciones, ni la renuncia, afectación o extinción de los derechos de cobro de las Administradoras de Fondos de Pensiones en procesos de liquidación forzosa o voluntaria”6. Varios aspectos de este proceso de castigo llaman la atención: i) Curiosamente, todo el proceso se llevó a cabo poco antes de la oferta gubernamental por la compra de los activos de AMETEX (junio de 2014), facilitando la transacción de compra-venta (octubre de 2014), pues la deuda —de la que los activos productivos constituían garantía— había empezado a ser castigada, ii) La entidad de regulación —la Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros (SPVS, hoy APS, Autoridad de Pensiones y Seguros)—, deslindó responsabilidades sobre la emisión de títulos. En la resolución de 29 de enero de 2007 que autoriza la

Cuadro 2 Valores Pendientes de Cobro al 31 de diciembre (En dólares) 2013

2014

AFP Futuro

1.645.115

1.797.277

AFP Previsión

1.697.404

1.842.362

3.342.520

3.639.638

Fuente: Elaboración propia con base en memorias institucionales de las AFP.

emisión, se establece que “no se pronuncia sobre la calidad de los Valor es ofrecidos como inversión”; asimismo, en el Prospecto Marco de los Bonos Ametex II se lee que la SPVS y la BBV “no asumen ninguna responsabilidad ni podrán ser sujetos al pago de daños o perjuicios como consecuencia de los Bonos dentro del Programa de Emisiones ofrecidos como inversión, de la situación y solvencia de AMETEX o por cualquier efecto que pudiera alcanzar a los Tenedores o inversionistas y a los Bonos ofrecidos, en el hipotético caso de que una autoridad competente o cualquier otra instancia declarara que las condiciones del Acuerdo de Transacción se imponen sobre las condiciones de las Emisiones”, iii) Las AFP como miembros de la JA aceptaron resignadamente la venta de los activos al precio ofrecido por el gobierno de 104,4 millones de Bolivianos, conociendo que ese monto sólo alcanzaba para cubrir la deuda por beneficios sociales de los ex trabajadores7 y pese a que el Acuerdo de Liquidación Voluntaria de enero de 2013 —suscrito por ellas—, había determinado pagar el capital de los bonos emitidos por AMETEX “cuando se vendan las unidades productivas” 8 , iv) La falta de correspondencia entre las acciones de las entidades regulatorias es notable, pues la BBV canceló la cotización de las emisiones de AMETEX9 en julio de 2013 basándose —entre otras cosas— en el Acuerdo para la

Liquidación Voluntaria que fuera observado y no homologado por la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Empresas (AEMP) en 2012, por la supuesta existencia de una quiebra fraudulenta 10 . La situación actual de la empresa “legalmente disuelta” aumenta la incertidumbre sobre la posibilidad de recuperar los recursos del FCI pues: la liquidación voluntaria no habría sido homologada por la AEMP, la Auditoría de revisión de las observaciones no habría sido entregada y hasta fines de 2015 “las gestiones para el perfeccionamiento y suscripción de los contratos pendientes, por la venta del Complejo Industrial no presentaron avances y/o están pendientes de infor mar” 1 1 . Adicionalmente, el 12 de mayo de 2015 el gobierno promulgó la Ley 685 que dispuso el cierre de los procedimientos de Reestructuración y Liquidación Voluntaria de Empresas como los de AMETEX, declarando que los acuerdos no homolog ados “quedan sin efecto” y disponiendo que los acreedores “recuperan la facultad de cobrar sus acreencias de forma individual o conjunta por la vía que corresponda”12. ALERTA A LOS TRABAJADORES La evolución y quiebra final de la mayor empresa textil boliviana de las últimas décadas, nos permite observar algunos aspectos importantes relativos a las condiciones de funcionamiento del mercado a las que está expuesto el sistema de la seguridad


PENSIONES - 13 Octubre de 2016

social de largo plazo, debido a su carácter predominantemente financiero que proviene de la reforma neoliberal y que mantiene merced a la reforma de 2010 (Ley de Pensiones 065). La naturaleza privada e individualista del sistema de pensiones, en el que el acceso a la jubilación depende de la magnitud del ahorro personal del trabajador —sujeto en su vida activa a bajos salarios— y donde el Estado elude su responsabilidad sobre la suerte de los trabajadores retirados, impone a sus administradores la obligación de buscar los mayores re n di m ie n t os a t rav é s d e inversiones en el mercado financiero. En consecuencia, el ahorro de los trabajadores para su jubilación concurre al mercado en la misma calidad y bajo las mismas condiciones que los capitales privados, así sean industriales o especulativos, perdiendo todo vestigio de su carácter social. Además, en el caso boliviano las entidades regulatorias —como la APS, la ASFI o la AEMP—, no asumen responsabilidades sobre la solvencia de los emisores y menos sobre lo que ocurra con ellos en el futuro. Esa indefensión de los trabajadores se agrava, porque las AFP se limitan a administrar sus ahorros sin mayores responsabilidades por el destino de las inversiones, que pueden afectar negativamente al ahorro previsional. Como confesaba el Viceministro de Pensiones y Servicios Financieros en mayo de 2010 lo que el gobierno parecía prever: en “el tema de inversiones que hacen ellos no garantiza nada, o sea, si mañana ellos invierten equis monto en una empresa y si esa empresa quiebra, el riesgo es de los trabajadores, no es de la AFP”13; pese a ello, las AFP han obtenido la autorización para extender su presencia hasta el 2017, o sea seis años más después de la reforma del gobierno que creó la Gestora Pública de Seguridad Social de Largo Plazo (GPSS), obteniendo jugosas ganancias. Por eso, los acreedores durante la reestructuración y la posterior l iq u i da c i ó n d e AM E T E X ,

consideraron la deuda con las AFP —en realidad con los trabajadores afiliados— de manera indistinta a la deuda con bancos y entidades financieras. En consecuencia, el monto de dinero producto de la venta de los activos se destinó — por la primacía que le otorga la ley—, al pago de beneficios sociales de los trabajadores despedidos, mientras los ahorros de otros miles de trabajadores no obtuvieron la misma consideración —pese a tratarse también de ahorros provenientes del trabajo— , ni tuvieron compensación alguna. En conclusión, esta experiencia acrecienta la incertidumbre respecto a la administración del ahorro previsional en el marco de un sistema de largo plazo que, como hemos dicho, mantiene los principales rasgos de la reforma neoliberal y que la creación de la GPSS no modifica. El riesgo de pérdidas para el fondo de las pensiones a raíz de inversiones financieras no sólo persiste, sino que se puede agravar por dos razones específicas: la posibilidad de que la GPSS invierta hasta el 5% en valores de Pequeñas y Medianas Empresas, eximidas de certificar su calificación de riesgo, y de invertir hasta un 20% en empresas públicas con elevada calificación de riesgo. Si en este caso el gobierno no actuó para preservar una importante cantidad de recursos previsionales, dejando que el mercado actúe libremente y se llegue a procesos de liquidación donde se imponen otros intereses (incluidos los políticos), parece improbable que actúe en otra dirección en una situación que lo involucre como deudor. NOTAS

1. De acuerdo a la ASFI estas calificaciones corresponden: B3 a “Emisores que cuentan con una mínima calidad de crédito y el riesgo de incumplimiento tiene una variabilidad alta ante posibles cambios en las circunstancias o condiciones económicas” y C a “Emisores que no cuentan con calidad de crédito, existiendo alto riesgo de incumplimiento”. 2. APS, Resolución Administrativa APS/N° 309-2014 de 17 de abril de 2014. 3. De acuerdo al reglamento de

4.

5.

6. 7.

8. 9.

10. 11. 12.

13.

inversiones del FCI, los recursos provenientes de esos fondos y administrados por las AFP sólo pueden invertirse en valores con calificación de riesgo de BB2 o mayores. Resolución Administrativa SPVS – IP N° 038/2002 de la SPVS de enero de 2002, que ratifica lo dispuesto por el DS 24469 de 1997. Esa situación es considerada por las normas financieras como un “exceso de inversión involuntaria” que debe ser eliminado contablemente, pues distorsionaría la expectativa de rendimientos de las inversiones para el FCI (SPVS, op.cit.). En uno de sus considerandos, la APS señala que a la solicitud de aclaración de BBVA Previsión AFP S.A., corresponde responder que la AFP “es la entidad responsable de la protección de los mismos [los recursos y valores del FCI], para lo cual le recae el deber de continuar realizando cuanta gestión sea necesaria y oportuna para la recuperación, como un buen padre de familia”. APS, R.A. 309-2014. Futuro de Bolivia S.A.-AFP señala en su Memoria 2014 que la JA aprobó la venta de los activos “puesto que Junta de Acreedores consideró que los mencionados Decretos Supremos y Resolución Ministerial corresponden a la decisión del Gobierno Nacional en cuanto al tratamiento de los adeudos sociales y financieros de AMETEX en general”, es decir, que consideró las decisiones gubernamentales como inapelables. APS, Resolución Administrativa APS/N° 309-2014. En https://www.bbv.com.bo/ Publicacionv3/View_Publicacion/R esumen_diario_Fecha.aspx?pfecha= 24/07/2013. Futuro de Bolivia S.A.-AFP, Memoria Institucional 2012. BBVA Previsión AFP S.A., Memoria Anual 2015. Ley 685 de 11 de mayo de 2015, Ley de cierre del Proceso de Reestructuración y Liquidación Voluntaria de Empresas y de atribuciones de la autoridad de Fiscalización de Empresas – AEMP. http://www.economiayfinanzas. gob.bo/index.php/index.php?opcio n=com_prensa&ver=prensa&id_ite m=124&id=1325&seccion=78&cat egoria=18

La naturaleza privada e individualista del sistema de pensiones, en el que el acceso a la jubilación depende de la magnitud del ahorro personal del trabajador —sujeto en su vida activa a bajos salarios— y donde el Estado elude su responsabilidad


14 - NO HAY DERECHO Octubre de 2016

Para nada es osado afirmar que en las cooperativas mineras existe un mundo sin derechos laborales, donde el Estado desapareció como garante de estos derechos y donde la única ley que rige es la del socio empresario. ¿Cambiará algún día esta situación?

EL ROSTRO OCULTO DEL EXTRACTIVISMO

asta los luctuosos hechos H recientes provocados por el El trabajo de los jóvenes conflicto entre cooperativistas mineros y el gobierno de Evo en las cooperativas mineras Morales, ambos actores coincidían en que las “cooperativas” eran tales y no empresas, ocultando la realidad de gran parte de estos establecimientos que se transformaron en su desarrollo en empresas capitalistas por, entre otras razones, explotar fuerza de trabajo. Una cooperativa es una forma particular de organización del trabajo y de la producción donde sus integrantes (socios) comparten equitativamente el trabajo y gozan de los mismos derechos y beneficios económicos bajo los principios de cooperación, control democrático y distribución igualitaria de beneficios y, pa r ticular mente, donde es inexistente la explotación de fuerza de trabajo. Como efecto del conflicto, el g ob i e r no p r omu l g ó c i n c o disposiciones legales orientadas, entre otros objetivos, al control y fiscalización de cooperativas mineras, la reversión al Estado de concesiones mineras inactivas y aquellas asociadas a empresas privadas y, a reconocer los derechos laborales de los trabajadores asalariados en estos establecimientos, que si bien pretenden establecer cierto control estatal en el sector, no buscan promover cambios sustanciales en la actividad “cooperativa” minera y en la minería en general. La realidad de las “cooperativas” mineras es inocultable y el desconocimiento del gobierno al respecto es palmaria. Además del alto grado de informalidad que las caracteriza y el insignificante aporte por concepto de impuestos y regalías, las cooperativas incumplen la legislación laboral habiendo instituido un mundo sin derechos en desmedro de los trabajadores y de los jóvenes asalariados.

CARACTERÍSTICAS PRINCIPALES DE LAS COOPERATIVAS MINERAS Las primeras cooperativas auríferas se remontan a 1954 y en el caso de la minería tradicional a los primeros años de la década del 60 con la tercerización de la producción por parte de la Corporación Minera de Bolivia (Comibol). Sin embargo, es desde el año 2004 que el cooperativismo minero se consolida como un subsector de la minería nacional en un contexto favorable de incremento de precios de minerales en el mercado mundial. En abril de 2015, existían 1.723 cooperativas más del doble existente en 2003 (800) (Zaconeta, A., 2015). Según un estudio realizado en 2010 por el Centro de Estudios para el Desarrollo Laboral y Agrario (CEDLA) sobre las cooperativas mineras de Potosí y Oruro (Nogales, N. CEDLA, 2010) existían tres formas de producción que eran la artesanal, manufactura y la maquinizada, con predominio de la segunda que concentraba a más del 95% de la fuerza laboral y a casi la totalidad de la producción (Nogales, 2010: 10). Todas son arrendatarias de COMIBOL pagando el 1% sobre el valor bruto de producción de cada cooperativa. En general, las cooperativas mineras se caracterizaban por desarrollarse en for mas de producción atrasadas debido al uso limitado de tecnología y al mayor despliegue de trabajo manual de modo individual o en pequeños grupos denominados cuadrillas, lideradas por socios llamados cabecillas (Nogales, 2010: 13). En l a c ome rci al iz ac ión, e stán

supeditadas al capital comercial vía precios, adelantos y alquiler de compresoras (Nogales, 2010: 29). Un rasgo central de las cooperativas es la creciente explotación de fuerza de trabajo. Tanto en Potosí como en Oruro un poco más del 50% eran asalariados, varios de ellos jóvenes estudiantes (Nogales, 2010: 22). Precisamente, por la mayor presencia de asalariados y porque la propiedad, la producción y la apropiación del producto no está basada en la cooperación, la solidaridad y la distribución equitativa, el estudio del CEDLA concluyó que “las cooperativas sólo sirven como personerías jurídicas que agrupan a pequeños productores mercantiles individuales y a empresarios capitalistas”, vale decir, son empresas y no propiamente cooperativas (Nogales, 2010: 11). El estudio destacó también el alto grado de diferenciación social existente en el cooperativismo minero, en especial en Potosí.

EMPLEO Y JÓVENES EN LAS “COOPERATIVAS” MINERAS

Según datos del INE, en 2014, año donde aún regían precios altos de los minerales, la población ocupada a nivel nacional en la minería, alcanzaba a 100.563 personas, de las cuales el 17,3% eran jóvenes de 15 a 24 años (17.455) mayormente en condición de peones. Extendiendo el rango de los jóvenes hasta los 29 años; la participación de esta población superaba el tercio (35,5%). Considerando el “tamaño de la empresa”, 55 de cada 100 jóvenes ocupados trabajaban en micro y


NO HAY DERECHO - 15 Octubre de 2016

pequeñas empresas mineras y 35% en medianas empresas. Gran parte (73,7%) eran asalariados. Otra fuente de información refiere que en el 2013, la población ocupada en las cooperativas mineras, alcanzaba a 114.520 personas, equivalente al 87,4% del total de ocupados en la actividad minera (130.932). Respecto del 2006, los ocupados se habrían duplicado (Arze, C. Fundación UNIR, 2014).

COOPERATIVAS MINERAS: EL REINO DE LA PRECARIEDAD LABORAL

En general, los asalariados en las cooperativas mineras, trabajan en condiciones precarias y muy precarias. La temporalidad de los contratos, los salarios cambiantes en función del comportamiento de la demanda de minerales en el mercado mundial, la intensidad del trabajo que generalmente supera las ocho horas sin el pago de horas extraordinarias; la irregular cobertura de la seguridad social y el desconocimiento de derechos colectivos como el de sindicalización, retratan bien la precariedad en la que trabajan gran parte de los asalariados, entre ellos, los jóvenes. A la precariedad laboral, debe agregarse el alto riesgo que implica trabajar en el interior de las minas, mucho más sin los medios y medidas de seguridad industrial y ocupacional necesarias. Por la s re fe re nc ia s de trabajadores jóvenes entrevistados, los contratos escritos son inexistentes en las cooperativas mineras, apenas un atisbo de acuerdo verbal con el cabecilla de la cuadrilla. La jornada laboral diaria está totalmente flexibilizada, no siendo ya un parámetro de cumplimiento de derechos dejando sin efecto el pago por horas extraordinarias trabajadas y otros derechos derivados del trabajo nocturno. El trabajo por más ocho horas, la doble jornada (conocido como “doblas”) y el “venticuatreo” (trabajo por 24 horas), son modalidades que se impusieron y las que marcan el

ritmo de trabajo de los jóvenes y de su explotación a favor de los empresarios cooperativistas. En las cooperativas mineras rige el pago a destajo en función de la cantidad y valor del mineral sustraído, lo que hace variables los montos. En 2015, los jóvenes tenían un salario de alrededor de 4 mil bolivianos, sin ningún otro be nefic io c omo bonos y, eventualmente, el pago de alguna comida por parte del cabecilla. Si bien los salarios de los jóvenes están por encima del promedio salarial de la población joven ocupada, los montos no cubrían el costo de una canasta básica familiar estimada para el 2015 en 5.802 bolivianos. Por el contrario, los ingresos de los empresarios “cooperativistas” antiguos y que explotan fuerza de trabajo y parajes ricos en minerales eran muy superiores. Nogales re fe ría qu e e n 20 07, l os empresarios de Potosí tenían ingresos mensuales que bordeaban los 50 mil bolivianos y que, en A t o c h a d o n d e l a s ve t a s mineralógicas son más ricas, los montos alcanzaban los 60 mil bolivianos. Un dirigente sindical minero contaba que en 2011, algunos cooperativistas en Colquiri ganaban las astronómicas sumas de 500 a 600 mil bolivianos mensuales, como manifestación del alto grado de diferenciación social en esta región (Dirigente FSTMB, 2011). Más allá de las diferencias temporales, resalta claramente que los jóvenes asalariados, ocupan el último peldaño en la estructura de ingresos, por lo menos, en las cooperativas de Oruro y de Potosí. Los jóvenes asalariados carecían de seguro de salud y no aportaban al sistema de pensiones. El aporte a la Caja Nacional de Salud del sector cooperativo minero es obligatorio tanto para socios (1,8% sobre el valor de la producción entregada) como para los trabajadores dependientes, empero, su cumplimiento es irregular y hasta caótico, porque de pende de la s empre sa s comercializadoras con las cuales se puede negociar el no descuento

del porcentaje correspondiente para el seguro, en lugar de cumplirse indefectiblemente con esta obligación. Asimismo, el cumplimiento de aportes al sistema de pensiones es bastante ir regular (Michard, 2008). Tampoco contaban con la protección de medidas de seguridad ocupacional e industrial, al igual que los adultos asalariados, en un ambiente de alto riesgo como es el interior de la mina. Las cooperativas descentralizaron la responsabilidad a los socios cabecillas, quienes poco o nada asumieron esta oblig ación, dejando la protección de la salud e integridad física a los mismos trabajadores.

¿SINDICATO? CASI IMPENSABLE

En las cooperativas mineras tradicionales y auríferas no existen sindicatos obreros. No obstante la presencia de una proporción significativa de asalariados que, en el caso de los jóvenes ascendía al 73,7% en 2014, la conformación de organizaciones sindicales como un medio esencial para la defensa y conquista de derechos laborales, es casi impensable. Deberán suceder muchos y sustanciales cambios para que el reciente decreto aprobado por el gobierno que reconoce derechos a los asalariados de las cooperativas y sobre todo, la legislación laboral vigente, se hagan realidad.

UN MUNDO SIN DERECHOS LABORALES

Consiguientemente, para nada es osado afirmar que en las cooperativas mineras existe un mundo sin derechos laborales, donde el Estado desapareció como garante de estos derechos y donde la única ley que rige es la de l so ci o e mpre sa ri o. E l desconocimiento de los derechos laborales ante la ausencia estatal, revela que las “cooperativas” mineras gozan de privilegios otorgados o permitidos por el gobierno de Evo Morales en el marco de la alianza política existente entre estos actores.


16 - TESTIMONIO Octubre de 2016

RENÉ TICONA, DIRIGENTE DEL SINDICATO CENTRAL DE TRABAJADORES DE ENATEX

“Estamos muy molestos (contra) esos dirigentes traidores de la clase obrera” “Nosotros como trabajadores, (…) lamentablemente estamos en una situación bien crítica, porque en realidad teníamos la esperanza de que el ampliado nacional de la Central Obrera Boliviana, iba a radicalizar las medidas para que los trabajadores de Enatex, seamos reincorporados a la nueva empresa (SENATEX). (…) estamos muy molestos los trabajadores ¿Qué podemos hacer? (…) el ampliado nacional (de la COB) no ha determinado ninguna movilización, nosotros nos sentimos muy frustrados, sinceramente quiero hacer público esta molestia, aquellos dirigentes que se prestan al servicio del gobierno le hacen un flaco favor a los trabajadores. Mientras los dirigentes nacionales vayan predicando la misma religión del partido, seguro que la clase obrera vamos a seguir en las ca lles, bata llan do au nque abandonados por los dirigentes nacionales. Pero aquí está la fuerza de la clase obrera, no nos vamos a rendir, es por eso que, los trabajadores han manifestado de que primero, a la cabeza de la Central Obrera Boliviana y la comisión correspondiente, aclaren cuáles son los alcances al que va a llegar el planteamiento del gobierno, por eso en este momento todavía no se están tomando determinaciones finales (…). (…) Estamos muy molestos como trabajadores, una vez más recalco, por esos dirigentes traidores de la clase obrera que se han encaramado en el partido de gobierno. Porque el discurso de los dirigentes nacionales, deja mucho que desear, esos no son representantes de la clase obrera. Específicamente del magisterio, mineros, gremiales, campesinos y otros se cto res má s ; res cato las Co d es d e p a rt a m e n ta l es ( co m o ) l a C OD Cochabamba, COD Potosí, COD Sucre. (…) ¿Dónde está (…) el ejecutivo de la Central Obrera Departamental de La Paz? Ausente, qué desgracia, por eso los trabajadores estamos muy molestos. El ampliado departamental del sector fabril, ha (…) sacado una resolución de movilización (…) en repudio a las actitudes de aquellas organizaciones que son aliadas del gobierno. P. ¿Se sienten traicionados ustedes como trabajadores de ENATEX, por los dirigentes de la COB (y de otros) sectores?

(Los asistentes a la asamblea responden en coro, ¡Sí!) (…) No quisiéramos hablar de traición, pero el accionar de esos dirigentes nacionales, que conforman las confederaciones nacionales de los diferentes sectores, deja mucho que desear. Por eso nosotros como trabajadores fabriles, siempre hemos luchado solos y seguro pues, vamos a seguir batallando, como trabajadores de Enatex.” Asamblea de trabajadores fabriles de La Paz 26 de julio de 2016


Turn static files into dynamic content formats.

Create a flipbook
Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.