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Universidad Salvadoreña Alberto Masferrer Facultad de Ciencias Empresariales
Temas de clase Comunicación Política Unidad 1 Docente: Lic. Carlos Domínguez
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Universidad Salvadoreña Alberto Masferrer Facultad de Ciencias Empresariales Comunicación Política Teoría Política Concepto de teoría política Es el análisis de cada una de las teorías expuestas por los diversos pensadores en relación a la ciencia política, la Teoría Política trata diversos temas, como la determinación de la naturaleza del Estado, estudio de su organización y funcionamiento, determinación de sus fines, función social así como la propia justificación para su existencia. En El Salvador puede verse reflejada esta definición en el contenido del artículo 1 de la Constitución. Art. 1.- El Salvador reconoce a la persona humana como el origen y el fin de la actividad del Estado, que está organizado para la consecución de la justicia, de la seguridad jurídica y del bien común. Asimismo reconoce como persona humana a todo ser humano desde el instante de la concepción. En consecuencia, es obligación del Estado asegurar a los habitantes de la República, el goce de la libertad, la salud, la cultura, el bienestar económico y la justicia social. Una forma de comprender el contenido de esa disposición es la siguiente: El fin primordial del Estado es y debe ser la persona, y por tanto está organizado con instituciones que están obligadas por ley a lograr la justicia, seguridad y bien común- bienestar social- a todas las personas. Entendemos que el Estado es el responsable de que exista o no justicia, alimentación, educación, trabajo, vivienda digna, respeto a los derechos fundamentales de todas las personas sin discriminación. Se reconoce el derecho a la vida desde el momento de la concepción y debe asegurar la libertad, la cultura, la salud, el empleo y la justicia con políticas de Estado, no de partidos políticos, políticas sociales, de salud, educativas. Relación con otras Disciplinas. Filosofía política. Su función es el estudio del fenómeno político para obtener un conocimiento filosófico del mismo. Esta disciplina trata de trascender al conocimiento de los hechos políticos y para ello investigan las causas primeras y últimas del fenómeno político.
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Historia Política. Realiza un análisis de todas las aportaciones a la materia de la política que se han dado a través del tiempo y que nos ayudaron a la construcción del sistema político actual. Ciencia Política. Estudia el conocimiento unitario del fenómeno político en todos sus aspectos, de manera total, ya que ésta ciencia busca una explicación causal y un enjuiciamiento valorativo de los fenómenos políticos. Se trata de disciplinas independientes que en un momento dado pueden complementarse en función de explicar un fenómeno, por ejemplo, un golpe de Estado, una reforma constitucional.
Sociedad La ciencia política se nutre de diversas ciencias y disciplinas que le auxilian en su labor de crear las condiciones necesarias para el desarrollo y fortalecimiento de las personas que habitan un Estado. La sociedad es el conjunto de personas que se encuentran sometidas a un poder común, es el punto de partida para la política. El estudio de esta sociedad, con sus cualidades distintivas, su historia, sus costumbres y tradiciones son punto de encuentro para la creación de las políticas públicas en cada uno de los Estados. El Estado El concepto de Estado nace a partir de la necesidad de tener que distinguir la totalidad de las comunidades políticas en que se encontraba dividida u territorio soberano. Los elementos que constituyen un estado son: Población: Es un grupo de personas que vive en un área o espacio geográfico y se someten juntos ante la jurisdicción de un estado. Territorio: Es la delimitación geográfica en la cual se encuentra asentada la población. Dentro de este concepto político, es componente esencial para la conformación de un Estado. Finalidad del Estado: El fin específico del estado es el Bien Común, el bien Común, consiste en la paz y seguridad de las cuales las familias y cada uno de individuos pueden disfrutar en el ejercicio de sus derechos. Autoridad o Poder Público: La autoridad está capacitada para dar órdenes y tiene que definir las actividades positivas y negativas susceptibles de llegar al propio fin del Estado. La Soberanía: Es la cualidad específica del poder del Estado y consiste en el derecho de mandar en última instancia en forma inapelable, o de hacerse
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obedecer en el territorio estatal, fijando las normas a las cuales circunscribe su actuación. Los órganos del Estado son independientes, pero tienen las funciones de colaboración entre sí. Ejemplo: la Asamblea Legislativa aprueba una ley, el presidente de la República la sanciona y la manda a publicar en el Diario Oficial, todo de acuerdo a un procedimiento establecido en la Constitución.
Repaso: ¿Qué es la Teoría Política? ¿Cuáles son los elementos del Estado? ¿Cómo se relaciona la Teoría Política con otras ciencias? Escriba un caso concreto de violación a un derecho constitucional ¿Cuáles son las opciones que tiene la presidencia de la República cuando una ley es aprobada por la Asamblea Legislativa?
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Universidad Salvadoreña Alberto Masferrer Facultad de Ciencias Empresariales Comunicación Política Sistema Político El sistema político hace referencia a un conjunto de operaciones y relaciones entre las partes que hacen que el todo (es decir el sistema en sí) sea mucho más que la simple suma de cada parte por separado. Se habla por ejemplo de sistema de partidos políticos, cuando se describe si existe un solo partido político (sistema de partido único) o dos partidos (bipartidismo) o varios (sistema multipartidario) o cuando uno solo gana siempre las elecciones (sistema de partido hegemónico) o cuando uno es más fuerte que él. Pero no es solo el sistema de partidos lo que da su estructura al sistema político, el que es mucho más amplio. Intervienen en el sistema político otros actores de la realidad social, como los sindicatos, las organizaciones de la sociedad civil, las iglesias, en algunos casos el ejército, la opinión pública, la prensa, y otros. El sistema político suele ser una realidad muy compleja a investigar y evaluar, con múltiples relaciones, donde cada parte del mismo interactúa con las demás. Estas interacciones, a los fines de su estudio, se dividen en inputs (que es lo que cada parte recibe de las demás) y outputs (que es lo que genera hacia las otras). Dentro de cada parte se procesan los diversos inputs y de este proceso surge una salida u output, que a su vez se convierte en input de alguna otra parte.
Sistemas políticos: características del sistema político Las cuatro funciones que deben ser realizadas por un sistema y que se hacen requisitos imprescindibles para atribuir efectivamente la conceptualización de sistema político a un ente determinado: • La adaptación, que se configura por la relación del sistema con el medio exterior, dentro del cual se encuentra y a su vez, interactúa. Lic. Carlos Domínguez | COMUNICACIÓN POLÍTICA CICLOI-2018
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• La persecución de objetivos, que consiste en la movilización de las energías del sistema hacia las metas que se han propuesto. • La de integración, que se define por las acciones que permiten mantener la coherencia del sistema. • Lo que se denomina «latencia», que es la capacidad de motivación del sistema para alcanzar los objetivos señalados. Sistemas políticos democráticos Sistemas parlamentarios y sistemas presidencialistas Sistemas democráticos parlamentaristas Los Estados democráticos desarrollan un sistema de democracia parlamentaria en la que el papel predominante de la vida política lo desempeña la Asamblea de diputados o Parlamento, elegida por sufragio universal. Esta asamblea ejerce el poder legislativo y elige al presidente del Gobierno, que tiene el poder ejecutivo y es responsable ante ella, de tal manera que, cuando pierde el apoyo mayoritario, el gobierno se ve obligado a dimitir. El jefe del Estado puede ser un soberano hereditario (rey) o un presidente electo, pero en ambos casos sólo asume la representación oficial del Estado. Sus poderes vienen fijados por la Constitución, que varía según los diferentes Estados. En general, el jefe del Estado es el encargado de nombrar como presidente del Gobierno al líder del partido que ha obtenido la mayoría de los votos en las elecciones a la Asamblea de diputados. La preponderancia del parlamento otorga a los partidos políticos un papel de primer orden en la vida política del país. Ellos elaboran las candidaturas a las elecciones y organizan los grupos parlamentarios entre los diputados electos de cada partido. Ejemplos: Albania, Alemania, Austria, Croacia, República Checa, Dominica, Eslovaquia, Eslovenia, Finlandia, Grecia, Hungría, Iraq, Líbano, Libia, Macedonia, Montenegro, Polonia, Sudáfrica, Túnez, Turquía. Sistemas democráticos presidencialistas Estados Unidos, y Francia en menor medida, presenta un tipo de democracia también parlamentaria, pero presidencialista. En la democracia de Estados Unidos el poder ejecutivo está en manos de un presidente elegido directamente por sufragio universal y que es a la vez jefe del Estado y presidente del Gobierno.
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Asume grandes poderes y nombra una administración formada por secretarios (ministros) que sólo son responsables ante él y que sólo él puede destituir. El poder legislativo está en manos de un Congreso con dos cámaras: la de Representantes, que cuenta con un número de delegados de cada Estado escogidos proporcionalmente entre la población, y el Senado, que cuenta con dos senadores por Estado. Los dos poderes, ejecutivo y legislativo, se necesitan mutuamente para poder gobernar y, en la práctica cotidiana, el Congreso controla la política del presidente mediante la votación anual del presupuesto. El Presidente puede vetar una ley propuesta por el Congreso, pero no tiene la facultad de disolverlo. El Congreso no puede destituir al Presidente y sólo en casos de extrema gravedad puede aplicar el procedimiento de impeachment y destituirlo. Sistemas bipartidistas y sistemas multipartidistas La mayoría de los sistemas democráticos europeos (Francia, España e Italia) se basan en el multipartidismo. En el espectro de partidos democráticos predominantes, podemos distinguir tres grandes familias ideológicas: los conservadores, defensores de los derechos individuales y partidarios de mantener el orden social y de reducir la intervención del Estado; los demócrata cristianos, confesionales de carácter conservador, pero con mayor sensibilidad por los temas de justicia social; y los socialistas, que otorgan al Estado un papel importante como redistribuidor de la riqueza a partir de la política fiscal.
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Repaso: ¿Qué es el sistema político? Enumere las funciones de un sistema político ¿Qué caracteriza a una democracia parlamentaria? ¿Qué características tienen los partidos conservadores, los demócratas cristianos y los socialistas? ¿Qué caracteriza a la democracia parlamentaria? ¿Qué actores intervienen en el sistema político?
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El Totalitarismo Los totalitarismos, o regímenes totalitarios, se diferencian de otros regímenes autocráticos por ser dirigidos por un partido político que pretende ser o se comporta en la práctica como partido único y se funde con las instituciones del Estado. Estos regímenes, por lo general exaltan la figura de un personaje que tiene un poder ilimitado que alcanza todos los ámbitos y se manifiesta a través de la autoridad ejercida jerárquicamente. Impulsan un movimiento de masas en el que se pretende encuadrar a toda la sociedad (con el propósito de formar un hombre nuevo en una sociedad perfecta), y hacen uso intenso de la propaganda y de distintos mecanismos de control social y de represión como la policía secreta. Los gobiernos totalitarios fueron caracterizados por sus ideologías y formas de gobiernos basados en guerras armadas e ideológicas las cuales los llevaron a dominar grandes extensiones territoriales y otras naciones. Según el Diccionario de Política de Norberto Bobbio, el totalitarismo se define como un régimen que tienen una ideología oficial, un partido único guiado generalmente por un dictador, un sistema policial represivo que apoya y controla el partido, control sobre medios de comunicación social, monopolio de todos los medios de lucha armada y control de la economía y medios de producción. Existieron 5 grandes gobiernos totalitarios los cuales fueron protagonistas de la Segunda Guerra Mundial: Fascismo, Estalinismo, Nazismo, Franquismo y el militarismo Japonés. El Fascismo Italiano, dirigido por Benito Mussolini llego a tomar el control de casi toda su nación y aliarse con la Alemania Nazi, cuyo líder era Adolf Hitler, para
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obtener más poder y dominar grandes extensiones de Europa, y también lograron obtener el apoyo del Franquismo español, dirigidos por Francisco Franco, y el militarismo japonés, dirigidos por el general Hideki Tōjō. El Estalinismo, dirigido por Josef Stalin, por su parte no quiso ser parte de eso ya que su régimen de gobierno se basaba en la instauración de sus bases ideológicas sin necesidad de llegar a la guerra. Pero en sí de forma directa o indirecta estos gobiernos fueron protagonistas y partidarios de la segunda guerra mundial y llegaron a convertirse en grandes potencias a nivel mundial. Pero la caída de estas potencias fue surgiendo de manera en que sus gobiernos fueron evolucionando y derrocando estos tipos de gobierno por medio de nuevos gobiernos más diplomáticos y liberales.
Repaso: Lic. Carlos Domínguez | COMUNICACIÓN POLÍTICA CICLOI-2018
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¿Qué es el totalitarismo? Ganar elecciones, contar con apoyo popular, llegar al poder sin un golpe de Estado, ¿es una práctica totalitaria? Si_ No_ ¿ por qué? Escriba dos diferencias entre democracia y totalitarismo ¿Cuáles han sido los regímenes totalitarios? Identifíquelos por país.
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Sistema Político en El Salvador Art.83. El Salvador es un Estado soberano. La soberanía reside en el pueblo, que la ejerce en la forma prescrita y dentro de los límites de esta Constitución. Art. 84.- El territorio de la República sobre el cual El Salvador ejerce jurisdicción y soberanía es irreductible y además de la parte continental, comprende: El territorio insular integrado por las islas, islotes y cayos que enumera la Sentencia de la Corte de Justicia Centroamericana, pronunciada el 9 de marzo de 1917 y que además le corresponden, conforme a otras fuentes del Derecho Internacional; igualmente otras islas, islotes y cayos que también le corresponden conforme al derecho internacional. Las aguas territoriales y en comunidad del Golfo de Fonseca, el cual es una bahía histórica con caracteres de mar cerrado, cuyo régimen está determinado por el derecho internacional y por la sentencia mencionada en el inciso anterior. El espacio aéreo, el subsuelo y la plataforma continental e insular correspondiente; y además, El Salvador ejerce soberanía y jurisdicción sobre el mar, el subsuelo y el lecho marinos hasta una distancia de 200 millas marinas contadas desde la línea de más baja marea, todo de conformidad a las regulaciones del derecho internacional. Los límites del territorio nacional son los siguientes: AL PONIENTE, con la República de Guatemala, de conformidad a lo establecido en el Tratado de Límites Territoriales, celebrado en Guatemala, el 9 de abril de 1938. AL NORTE, y AL ORIENTE, en parte, con la República de Honduras, en las secciones delimitadas por el Tratado General de Paz, suscrito en Lima, Perú, el 30 de octubre de 1980. En cuanto a las secciones pendientes de delimitación los límites serán los que se establezcan de conformidad con el mismo Tratado, o en su caso, conforme a cualquiera de los medios de solución pacífica de las controversias internacionales. AL ORIENTE, en el resto, con las Repúblicas de Honduras y Nicaragua en las aguas del Golfo de Fonseca. Y AL SUR, con el Océano Pacífico. Art. 85.- El Gobierno es republicano, democrático y representativo. El sistema político es pluralista y se expresa por medio de los partidos políticos, que son el único instrumento para el ejercicio de la representación del pueblo dentro del Gobierno. Las normas, organización y funcionamiento se sujetarán a los principios de la democracia representativa. La existencia
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de un partido único oficial es incompatible con el sistema democrático y con la forma de gobierno establecidos en esta Constitución. Art. 86.- El poder público emana del pueblo. Los órganos del Gobierno lo ejercerán independientemente dentro de las respectivas atribuciones y competencias que establecen esta Constitución y las leyes. Las atribuciones de los órganos del Gobierno son indelegables, pero éstos colaborarán entre sí en el ejercicio de las funciones públicas. Los órganos fundamentales del Gobierno son el Legislativo, el Ejecutivo y el Judicial. Los funcionarios del Gobierno son delegados del pueblo y no tienen más facultades que las que expresamente les da la ley. Art. 87.- Se reconoce el derecho del pueblo a la insurrección, para el solo objeto de restablecer el orden constitucional alterado por la transgresión de las normas relativas a la forma de gobierno o al sistema político establecido, o por graves violaciones a los derechos consagrados en esta Constitución. El ejercicio de este derecho no producirá la abrogación ni la reforma de esta Constitución, y se limitará a separar en cuanto sea necesario a los funcionarios transgresores, reemplazándolos de manera transitoria hasta que sean sustituidos en la forma establecida por esta Constitución. Las atribuciones y competencias que corresponden a los órganos fundamentales establecidos por esta Constitución, no podrán ser ejercidas en ningún caso por una misma persona o por una sola institución. Art. 88.- La alternabilidad en el ejercicio de la Presidencia de la República es indispensable para el mantenimiento de la forma de gobierno y sistema político establecidos. La violación de esta norma obliga a la insurrección. La Constitución establece también la existencia de artículos en forma permanente. Son llamados “pétreos”, no pueden ser reformados. Art. 248.Inciso 5º: "No podrán reformarse en ningún caso los artículos de esta Constitución que se refieren a la forma y sistema de gobierno, al territorio de la República y a la alternabilidad en el ejercicio de la Presidencia de la República".
Estructura del Estado Salvadoreño Breves antecedentes de la Formación del Estado Salvadoreño Lic. Carlos Domínguez | COMUNICACIÓN POLÍTICA CICLOI-2018
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La proclamación de la Independencia absoluta de Centro América en 1821, dio paso a que la antigua Intendencia de San Salvador originara al Estado Salvadoreño, formando parte de la Federación de Centro América. Se organiza políticamente con las características de una corporación formada por un pueblo, dotado de un poder de mando originario y asentado en un determinado territorio.1 Este decreto dio origen al Estado Salvadoreño, y es considerado como la partida de nacimiento de El Salvador. “El 12 de junio de 1824 es decretada la primera Constitución de El Salvador, ello comienza a darle estructura a las instituciones del Estado de acuerdo a las ideas democráticas de libertad e igualdad y fraternidad. De esta manera y consecuentemente la Constitución es la ley fundamental de un Estado y que se define también como Carta Magna. Se anexan incisos de artículos de las Constituciones que han regido al país, en lo referente a la temática de la Evolución histórica de El salvador. Sistema Político El sistema político de la República de El Salvador se establece en el título tercero de la Constitución de la República. Contiene artículos que por ningún motivo pueden ser reformados, porque establecen la forma esencial bajo la cual El Salvador está organizado como Nación, son los llamados artículos pétreos. Artículo 83: “El Salvador es un Estado soberano. La soberanía reside en el pueblo, que la ejerce en la forma prescrita y dentro de los límites de esta Constitución”. Este artículo de la Constitución tiene su raíz constitucional desde la independencia del reino de España, nos otorga la facultad que tenemos como nación de organizarnos para establecer nuestro Estado, libres de toda injerencia foránea, dentro de los límites y preceptos establecidos en esta Constitución. Artículo 84: Define el espacio físico dentro del cual se ejerce la soberanía y determina que este espacio no puede ser reducido. El Artículo 85 de la Constitución establece que la forma de gobierno es republicana. Quiere decir que es un sistema institucional no compatible con tiranías y monarquías, y en el que tanto los gobernantes como los gobernados se someten por igual a un conjunto de principios fundamentales, establecidos en la Constitución. El gobierno es democrático, entendiéndose que el poder emana del pueblo. El gobierno es representativo es decir, que los cargos y roles políticos protagónicos, son cubiertos por personas que han sido elegidas por sus conciudadanos para que ejerzan en su representación, por medio de procesos de votación. 1 Gómez Rodríguez, Manuel Antonio, Orígen y Evolución del Estado Salvadoreño, monografía para optar al grado de Licenciado en Ciencias Jurídicas, Universidad de El Salvador, mayo 1994.
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Al establecer que el sistema político es pluralista, se refiere a que deben existir más de dos partidos políticos, lo cuales reforzado con la prohibición expresa de la existencia de un partido único. Estructura del Gobierno en El Salvador La estructura del gobierno salvadoreño está compuesta por tres órganos, el Ejecutivo, Legislativo y Judicial. La base constitucional la establece el Art.86: “El poder público emana del pueblo. Los órganos del Gobierno lo ejercerán independientemente dentro de las respectivas atribuciones y competencias que establecen esta Constitución y las leyes. Las atribuciones de los órganos del Gobierno son indelegables, pero éstos colaborarán entre sí en el ejercicio de las funciones públicas. Los órganos fundamentales del Gobierno son el Legislativo, el Ejecutivo y el Judicial. Los funcionarios del Gobierno son delegados del pueblo y no tienen más facultades que las que expresamente les da la ley”.
Órgano Ejecutivo
Órgano Legislativo
Órgano Judicial
Miembro
El presidente de la
Formada por
15 Magistrados distribuidos en
s
República,
84 diputados
diferentes Salas
Vicepresidente, ministros
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y los viceministros Forma
Cada cinco años
Cada tres años
Períodos de 9 años, cada dos se
de
renueva la tercera parte de los
elección
Magistrados
El Órgano Ejecutivo En El Salvador es integrado por el presidente, vicepresidente de la República, los ministros y viceministros de Estado y sus funcionarios dependientes, de acuerdo al Art.150 de la Constitución. La autoridad del Estado es representado por el Poder Ejecutivo. El presidente también elige a su gabinete para cada ministerio. El sistema político de El Salvador es pluralista, y también de acuerdo a inciso dos del artículo 85 de la Constitución, “se expresa por medio de los partidos políticos, que son el único instrumento para el ejercicio de la representación del pueblo dentro del Gobierno.” El candidato a la presidencia de la República tiene que estar inscrito en un partido político, ser salvadoreño por nacimiento e hijo de padre o madre salvadoreño, tener más de 30 años, de moralidad e instrucción notorias, estar en el ejercicio de los derechos ciudadanos, haberlo estado en los seis años anteriores a la elección.
La presidencia de la República es de cinco años, no puede haber reelección en períodos consecutivos. El período presidencial inicia el día 1 de junio del año de elección, sin que la persona que la ocupe pueda continuar en sus funciones ni un día más. En caso ocurra, la Asamblea Legislativa está facultada para desconocerlo. (Art.131, numeral 16).
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Algunas de las funciones del presidente de la República son las siguientes, según el Art. 168 de la Constitución Cumplir y hacer cumplir la Constitución Conservar la paz y tranquilidad del país Celebrar tratados y convenciones internacionales Dirigir las relaciones exteriores Sancionar, promulgar, publicar leyes y hacerlas ejecutar Dirigir la guerra y hacer la paz, organizar, conducir y mantener la Policía Nacional Civil. El Órgano Legislativo Las funciones del órgano legislativo son desarrolladas por la Asamblea Legislativa, que es compuesta por 84 diputados que han sido electos en votación. La Asamblea Legislativa es unicameral. Los diputados representan a toda la población de nuestro territorio y no a zonas específicas ni a partidos políticos. Los requisitos constitucionales para ser diputado son los siguientes: mayor de 25 años, salvadoreños(as) por nacimiento, hijo de padre o madre salvadoreño y de evidente honradez e instrucción. “Los miembros de la Asamblea Legislativa se renovaran cada tres años, y podrán ser reelegidos. El período de funciones comenzará el primero de mayo del año de su elección”, según el Art.124 de la Constitución. Algunas de las Funciones de la Asamblea Legislativa son las siguientes, según el Art.131: Decretar Impuestos, Tasas y Contribuciones Ratificar tratados o pactos del Ejecutivo con otros organismos internaciones Decretar el presupuesto de la Nación Establecer y regular el sistema monetario del país Decretar la Guerra o Ratificar la Paz Elegir al presidente y magistrados de la Corte Suprema de Justicia, del Tribunal Supremo Electoral, de la Corte de Cuentas de la República, al fiscal general de la República, procurador general de la República, Procurador para la Defensa de los Derechos Humanos y miembros del Consejo Nacional de la Judicatura. El Órgano Judicial Artículo 176 de la Constitución, para ser elegido como Magistrado se requiere: Lic. Carlos Domínguez | COMUNICACIÓN POLÍTICA CICLOI-2018
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Ser salvadoreño.
Del estado seglar
Mayor de 35 años de edad
Abogado de la República
De moralidad y competencia notorias
Haber servido una judicatura de Primera Instancia durante seis años o haber obtenido la autorización para ejercer la profesión de Abogado por lo menos ocho años antes de su elección.
Estar en el goce de los derechos de ciudadano y;
Haberlo estado en los seis años anteriores al desempeño de su cargo.
El Órgano judicial lo constituye la Corte Suprema de Justicia, los tribunales y juzgados. Los cargos de la Corte Suprema de Justicia son la máxima autoridad sobre la justicia en el país. Los magistrados son elegidos por terceras partes cada tres años, por períodos de nueve. La Asamblea Legislativa puede destituirlos por causas establecidas por la ley cuando lo aprueben más de dos tercios de la Asamblea. El presidente de la Corte es elegido cada tres años, es también es el presidente del órgano judicial. La Corte Suprema de Justicia tiene diferentes secciones llamadas “salas”. Sala de lo Constitucional: Está Integrada por cinco magistrados y es dirigida por el Presidente de la Corte Suprema. Tiene la función de conocer las Demandas de Inconstitucionalidad de las Leyes, Decretos y Reglamentos, los Procesos de Amparos, el Habeas Corpus y las controversias entre el Órgano Legislativo y el Órgano Ejecutivo. Por ejemplo puede decidir si una ley es constitucional o no. Sala de lo Civil: Es integrada por 3 Magistrados. Sala de lo Contencioso Administrativo: Está compuesta por 4 Magistrados. Entre las atribuciones de la Corte Suprema de Justicia están las siguientes, según el artículo 182.
Solucionar conflictos entre tribunales Decidir si las leyes son Constitucionales o no Autorizar el cumplimiento de sentencias dictadas
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Vigilar a Magistrados y Jueces Nombrar magistrados Conceder Licencias a médicos forenses y abogados
Bibliografía Asamblea Legislativa de El Salvador Constitución de la República de El Salvador Gómez Rodríguez, Manuel Antonio, Origen y Evolución del Estado Salvadoreño http://www.jurisprudencia.gob.sv/nacional.html
Repaso ¿Qué significa que el gobierno se declare republicano? ¿Qué es un artículo pétreo? ¿Cómo se aplica en la Constitución? Escriba un ejemplo de colaboración entre Órganos del Estado ¿Qué cargo dentro de los órganos del Estado requiere más requisitos constitucionales? Explique. ¿A qué Órgano del Estado pertenece el director del Instituto Salvadoreño del Seguro Social? ¿Quién lo elige? ¿Qué instituciones integran el Ministerio Público? ¿Cuáles son los cargos de elección popular? Año de primera Constitución de El Salvador. ¿Golpes de Estado en el país durante el siglo XX? Explique dos temas que le dan relevancia a la Constitución de 1950 ¿Quién fue el mentor del presidente Arturo Araujo y fue clave para que ganara la elección de 1931?
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Sistema Electoral en El Salvador Conjunto de normas jurídicas jerarquizadas constituido por disposiciones constitucionales, leyes secundarias, como el Código Electoral, leyes administrativas, reglamentación como la de propaganda, organismos electorales, la junta de Vigilancia, observación internacional, acuerdos emanados de la autoridad electoral. Instituciones Rango Constitucional Cuerpo Electoral: Todos los ciudadanos capaces de emitir el voto (art.76 Cn.) Se relaciona con el Art. 71: la ciudadanía se obtiene al cumplir los dieciocho años. Partidos Políticos: El sistema político es pluralista y se expresa por medio de los partidos políticos, que son el único instrumento para el ejercicio de la representación del pueblo dentro del Gobierno. (Art.85 Cn.) Registro Electoral: para el ejercicio del sufragio es condición indispensable estar inscrito en el registro electoral elaborado por el Tribunal Supremo Electoral. (Art. 77 Cn.) Tribunal Supremo Electoral: ... el Tribunal Supremo Electoral será la autoridad máxima en esta materia, sin perjuicio de los recursos que establece esta Constitución, por violación de la misma. (Último inciso, Art. 208 Cn). Surgidas del Código Electoral Junta de Vigilancia: es de carácter permanente, integrado por un delegado propietario y un suplente de cada uno de los partidos políticos legalmente inscritos. Está facultado para fiscalizar las actividades y funcionamiento de las dependencias del Tribunal. (Art.139 C.E). Es un organismo de carácter consultivo o de verificación de proyectos trascendentales y de importancia en el proceso electoral, cuando el Tribunal lo convoque para ese efecto. (Art.141 C.E.).
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Fiscal Electoral: es nombrado de acuerdo a la Ley Orgánica del Ministerio Público y depende de la Fiscalía General de la República. El Tribunal mandará a oír su opinión ante todo recurso que se presente a los organismos electorales, ya sea por partidos políticos o coaliciones debidamente inscritas o por personas particulares en su calidad de ciudadanos; así como pr toda solicitud de inscripción que representantes de un partido político en organización presenten al TSE. Presentará al Tribunal los proyectos de reforma que sean necesarios y nombrará sus delegados ante las JED Y las JEM en todo el país el día de las votaciones, y ante el Tribunal para el escrutinio preliminar y final. Firmará las actas de escrutinio final conjuntamente con los magistrados, el Fiscal General de la República y el Secretario General del Tribunal. Organismos electorales no permanentes Juntas Electorales Departamentales: llevan el registro de inscripción de candidatos a Concejos Municipales, certificar las nóminas de los inscritos y enviar al TSE los libros de inscripción a más tardar 45 días antes de las elecciones. Tienen bajo su jurisdicción a las Juntas Electorales Municipales, a las que deben asistir en sus funciones administrativas, como selecciona los centros de votación, entregarles a tiempo el paquete electoral (papeletas, formulario de actas, tinta indeleble, sellos). Pueden también conocer las resoluciones de las Juntas Electorales Municipales, y en casos necesarios, requerir el auxilio y asistencia de la fuerza pública para garantizar el orden y pureza del proceso electoral. Juntas Electorales Municipales: funcionan en cada uno de los 262 municipios del país. Entre sus atribuciones figuran recibir la protesta y darles posesión de sus cargos a los miembros de las Juntas Receptoras de Votos, a quienes deberán asistir para el mejor desempeño de sus actividades, brindándoles el material electoral necesario para el día del evento electoral. Juntas Receptoras de Votos: deben ser nombradas por el TSE a más tardar treinta días antes de las elecciones. Las actas que éstas elaboran son la base legal para establecer el resultado final de la contienda y legitimar a los ganadores.
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El proceso electoral Conjunto de etapas que se suceden ordenadamente por ley a partir de la convocatoria al cuerpo electoral, que hace el Tribunal Supremo Electoral y que finaliza con la entrega de credenciales a las personas electas en sesión pública efectuada dentro de los seis días siguientes a la fecha del Decreto en el cual se declaran firmes los resultados de la elección. Etapas Preparatoria: inicia con la convocatoria a las elecciones. Comprende la inscripción de los partidos y candidatos y la campaña política. Constitutiva: es en la cual se desarrollan las actividades decisivas del proceso electoral, como la manifestación de la voluntad soberana del cuerpo electoral, el sufragio. Cuantificación y valoración de esa voluntad por parte del Tribunal Supremo Electoral, para traducirla en resultados concretos, contenido en una declaración formal. Integrativa: actividades de comunicación social que efectúa la autoridad electoral. El proceso electoral incluye los plazos, que son fechas importantes para contar actividades definidas. Uno es el día de la convocatoria a elecciones, y otro la fecha de las elecciones. Ej. El plazo para que los partidos políticos envíen propuestas para integrar las Juntas Electorales Departamentales es de diez días contados a partir de la fecha de la convocatoria a elecciones. Art. 109 C.E. El plazo para cerrar el Registro Electoral es de 90 días antes de la elección.
El evento electoral •
Fecha en que se celebran las elecciones.
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7. 00 a 17: 00 horas (Artículo 198,Código Electoral)
Preparativos Juntas Receptoras de Votos •
Levantar el acta de instalación, revisar el paquete electoral, acreditar a los vigilantes. Hora de instalación: 6: 00 a.m .( Art.192. C.E.)
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Escrutinio parcial •
Una vez cerrado el centro de votación (5:00 p. m.) en presencia de los vigilantes de los partidos políticos y/o coaliciones independientes levanten el acta de cierre y escrutinio.
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Contar las papeletas sobrantes e inutilizadas si las hubiere
•
Abrir el depósito de los votos (urnas) separando y contando los votos a favor de cada partido o coalición contendientes, los impugnados, nulos y abstenciones.
•
Levantar el acta en el formulario correspondiente. Se hace constar el número de papeletas recibidas, el número de votos impugnados, nulos, abstenciones; además de las papeletas inutilizadas, sobrantes y faltantes.
•
Levantar el acta en el formulario correspondiente. Se hace constar el número de papeletas recibidas, el número de votos impugnados, nulos, abstenciones; además de las papeletas inutilizadas, sobrantes y faltantes
•
En la misma acta se harán constar las incidencias de la votación y las impugnaciones.
•
Impugnación: reclamación de la validez o invalidez de un voto cuando tampoco ha sido declarado como nulo o abstención.
•
Causales: Cuando no es posible determinar la intención de voto del ciudadano, porque marcó más de un abandera en la misma papeleta o porque al marcar una abarcó la de otro partido o coalición sin que se pueda establecer sobre cuál recae su intención
•
Cuando no coincide el orden de la numeración de la papeleta con la numeración de las recibidas por las JRV
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Cuando en la papeleta no aparezca el sello de la JRV o la firma de su presidente
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Cuando la papeleta no se haya entregado al votante por su correspondiente JRV
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Cuando la papeleta esté mutilada en lo esencial de su contenido
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Cuando la papeleta contenga palabras o figuras obscenas
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Escrutinio final
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Inicia a más tardar 48 horas después de concluida la votación.
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Comienza según el TSE vaya recibiendo las actas y demás documentación, pudiendo ordenar, para un mayor control, que se vaya realizando por municipio por departamento recibido, previo señalamiento de día y hora, lo que será notificado a los partidos políticos, coaliciones o candidatos no partidarios.
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Este lo efectúa la Junta Electoral Departamental.
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El TSE solo podrá ordenar la revisión de papeletas de votación de una o más JRV siempre y cuando con la suma de los votos impugnados el resultado final de la votación del municipio o departamento pueda cambiar de ganador.
Repaso ¿Qué tipo de instituciones surgen del sistema electoral? ¿Cuáles son las fechas importantes del proceso electoral? ¿Cuál es la importancia de las Juntas Receptoras de Votos? ¿Qué es la impugnación? ¿Quiénes integran el cuerpo electoral? ¿Qué es el proceso electoral?
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Universidad Salvadoreña Alberto Masferrer Facultad de Ciencias Empresariales Comunicación Política La Autoridad Electoral en El Salvador Con la idea de garantizar el proceso electoral, la Constitución de 1950 establece un Consejo Central de Elecciones como autoridad suprema en materia electoral, modificando el sistema de 1886 en el cual las Juntas Departamentales conocían de la elección de Diputados a la Asamblea Legislativa en la elección de Presidente y Vice-Presidente de la República. El Consejo Central de Elecciones era elegido por la Asamblea Legislativa. El Poder Ejecutivo y la Corte Suprema de Justicia presentaban una terna a la Asamblea, escogiendo un propietario y un suplente de cada una de las ternas y se elegía directamente el otro propietario el otro suplente, quedando formado por tres miembros propietarios y tres suplentes.
y
El Consejo Central de Elecciones nació en 1950, funcionó hasta el 15 de diciembre de 1993, fecha en que se le dio vida al Tribunal Supremo Electoral.
El TSE es la autoridad máxima en materia
electoral, sin perjuicio de los recursos establecidos en la Constitución por violación de la misma. Tiene su sede en la capital de la República con jurisdicción en todo el territorio nacional. El Tribunal Supremo Electoral es un organismo con plena autonomía jurisdiccional, administrativa y financiera en materia electoral y de consiguiente, no supeditado a organismo alguno de Estado. Las resoluciones que el Tribunal Supremo Electoral pronuncie, en el ejercicio de sus atribuciones, serán de acatamiento forzoso para las autoridades civiles, Lic. Carlos Domínguez | COMUNICACIÓN POLÍTICA CICLOI-2018
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militares, partidos políticos y ciudadanos a quienes se dirijan y su incumplimiento les hará incurrir en responsabilidad.
La creación del TSE tiene sus antecedentes en el proceso de negociación de los acuerdos de paz entre el Gobierno y el FMLN, ya que el documento firmado en México, el 27 de abril de 1991, dice textualmente en la parte III, numeral 1 sobre las Reformas Constitucionales: “Creación del Tribunal Supremo Electoral en sustitución del Consejo Central de Elecciones.
Funciones del TSE
En términos generales, el TSE tiene dos funciones básicas:
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Función administrativa, que consiste en planear, organizar, dirigir y ejecutar los procesos electorales en El Salvador para la elección de las autoridades relativas a los cargos de elección popular. a) Presidente y Vicepresidente de la República b) Diputados al Parlamento Centroamericano c) Diputados a la Asamblea Legislativa d) Concejos Municipales. Función Jurisdiccional, que consiste en impartir justicia electoral, para garantizar el cumplimiento del estado de derecho, en casos como las demandas de los ciudadanos ante la violación de sus derechos electorales o dirimir conflictos de su competencia.
• Las operaciones materiales del proceso son Lic. Carlos Domínguez | COMUNICACIÓN POLÍTICA CICLOI-2018
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La campaña electoral Votación Escrutinio Publicación de resultados Entrega de credenciales
Fuentes: Constitución de la República, Código Electoral
Repaso Explique los antecedentes del Tribunal Supremo Electoral. ¿Cuál es la diferencia del TSE con el organismo existente antes de su creación? Escriba dos ejemplos de resoluciones que ha hecho cumplir el TSE. ¿En qué consiste la función administrativa del TSE? Enumere las operaciones materiales del proceso electoral ¿Con cuál acto termina el proceso electoral? Nombre quienes son los magistrados del TSE
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