Alberdi y “El crimen de la guerra” Por Carlos Duguech para El Nuevo Herald En Tucumán, Argentina, nace en el mismo año de la Revolución de Mayo (1810) que proclama el Primer Gobierno Patrio, quien fuera con sus escritos (“Bases…”) y su intensa labor por la democracia y la libertad, la columna sobre la que se edificó la Constitución Argentina en 1853. En este tiempo de guerras y amenazas y armamentismo sin pausa es saludable y esclarecedor traer al conocimiento textos del pensador Juan Bautista Alberdi relacionados con la guerra, ese crimen. Frente a la doctrina perversa de la mutual destruction assured (MDA) donde ambas partes (tiempos de la Guerra Fría) se aseguraban la destrucción del enemigo asociada a la propia, aún en estos tiempos las ideas de Juan Bautista Alberdi expresadas -casi 140 años después- en “El crimen de la Guerra” (1869-1870) adquieren notoria validez, en tanto doctrina pacifista y de política internacional. En uno de los párrafos del capítulo IV (DEBER DE PREVENIR LA GUERRA) de esa obra compilada con sus vastos escritos sobre la cuestión que abordó con empeño y dedicación, el autor dice, claramente: “Todo Estado que no pueda dar diez pruebas auténticas de diez tentativas hechas para prevenir una guerra como último medio de hacer respetar su derecho, debe ser responsable del crimen de la guerra ante la opinión del mundo civilizado, si quiere figurar en él como pueblo honesto y respetable”. En esta contemporaneidad de convivencia con guerras y violencia de todo tipo, con fundamentalismos excluyentes –de eso se trata, excluir a los diferentes, cercanos o distantes – podríamos aplicar esta casi regla de oro rotundamente expresada por Alberdi. En oposición filosófica y ética a la doctrina de la “guerra preventiva” de la que tanto conocen (y les duele) los ciudadanos de Estados Unidos. Sufrieron en carne propia el impacto de los muertos en combate en Irak, de sus veteranos y familias y hasta en la propia economía lacerada profundamente por los impresionantes presupuestos guerreros de Bush que le llevó a Joseph Stiglitz (Nobel de Economía 2001 estadounidense) a escribir si libro “The Tree Tillion Dólar War” (2008) donde da cuenta del impacto negativo de la guerra de Irak en la economía del país. Considerado el derecho de la guerra como la justicia penal del crimen de la guerra admitido, que la guerra puede ser un derecho como puede ser un crimen, así como el homicidio es un acto de justicia o es un crimen según que lo ejecuta el juez o el asesino: ¿cuál es el juez encargado de discernir el caso en que la guerra es un derecho y no un crimen? ¿Quién es ese juez? Ese juez es el mismo contendor o litigante. De modo que la guerra es una manera de administrar justicia en que cada parte interesada es la víctima, el fiscal, el testigo, el juez y el criminal al mismo tiempo. En el estado de barbarie, es decir, en la ausencia total de todo orden social, este es el único medio posible de administrar justicia, es decir, que es la justicia de la barbarie, o más bien un expediente supletorio de la justicia civilizada. Pero, en todo estado de civilización, esta manera de hacer justicia es calificada como crimen, perseguida y castigada como tal. Del prefacio a la edición inglesa del escrito de ese extraordinario hombre de leyes y de paz que es Alberdi, se lee:”Con razón se ha dicho de El crimen de la guerra que "si en lugar de haber aparecido en la América española hubiese sido publicado en francés en París, Londres o Berlín habría producido sensación, circulado profusamente en numerosas ediciones y, a estas fechas, se hubiera conquistado el subtítulo de EI Evangelio de la paz”.