CPC. Sergio Gonzรกles Romero
Contabilidad II
PROESAD
Programa de Educaciรณn Superior a Distancia
Título :
CONTABILIDAD II
Autor: CPC. Sergio González Romero Diseño interior: Doris Sudario Diseño de tapa: Eduardo Grados Responsables de edición: Edwin Sucapuca Sucapuca, Christian Vallejos Angulo, Sinforiano Martínez Huisa, Lizardo Vásquez Villanueva, Rosa Cuadros Zvietcovich, Mariela Malazquez Marín. Primera edición, febrero 2012 El contenido de esta publicación (texto, imágenes y diseño), no podrá reproducirse total ni parcialmente por ningún medio mecánico, fotográfico, electrónico (escáner y/o fotocopia) sin la autorización escrita del autor. Universidad Peruana Unión - Facultad de Ciencias Empresariales Programa de Educación Superior a Distancia PROESAD Centro de Producción de Materiales Académicos CEPMA Sede Central - UPeU Carretera Central km. 19.5 Lima-Ñaña/ Telf. (01) 618-6336 / 618-6300 / Anexo: 3084 www.upeu.edu.pe e-mail proesad@upeu.edu.pe http://proesad.upeu.edu.pe Este libro se terminó de imprimir en los talleres gráficos del Centro de Aplicación Editorial Imprenta Unión de la Universidad Peruana Unión, Km. 19 Carretera Central, Ñaña, Lima-Perú Telf.: 618-6301, Telefax: 618-6339 JOB 13873-11 UNIÓN® E-mail: union@imprentaunion.com Hecho el depósito legal en la Biblioteca Nacional del Perú Nº 2011-09234 IMPRESO EN EL PERÚ PRINTED IN PERU
Presentación La presente asignatura pertenece al área de formación profesional especializada. Responde a la articulación del plan de estudios con la misión institucional. Comprende el conocimiento y el uso de las herramientas del proceso de la contabilización, con el propósito de que el discente sea capaz de registrar las operaciones contables y su secuencia cronológica, en concordancia con la normativa contable y tributaria vigente, alineándose con las normas y principios ético-cristianos de la institución.
íNDICE UNIDAD I REGISTRO CONTABLE SESIÓN Nº 1: EL PROCESO DEL REGISTRO CONTABLE................................................................... 17. 1. Criterios y procedimientos para el registro contable....................................... 17 2. Presentación de los estados financieros - Nic 1................................................. 18 2.1. Propósito de los estados financieros........................................................................ 18 2.2. Componentes de los estados financieros............................................................... 19 2.3. Presentación razonable y cumplimiento de las normas internacionales de contabilidad...................................................................................................................... 19 2.4. Políticas contables............................................................................................................... 20 2.5. Empresa en marcha............................................................................................................ 20 2.6. Base contable del devengado...................................................................................... 20 2.7. Uniformidad en la presentación.................................................................................. 21 2.8. Importancia relativa (materialidad) y agrupación............................................ 21 3. El registro de las operaciones y su relación con las Nic’s............................. 21 3.1. Registro contable del ciclo de ingresos................................................................... 22 3.2. Registro contable del ciclo de compras................................................................... 25 3.2.1. Compra de mercaderías................................................................................................... 25 3.2.2. Compra del activo fijo........................................................................................................ 27 SESIÓN Nº 2: LIBRO BANCO...................................................................................................................... 31 1. Antecedentes......................................................................................................................... 31 2. Definición.................................................................................................................................. 31 3. Finalidad.................................................................................................................................... 31 4. Rayado....................................................................................................................................... 32 5. Modelo....................................................................................................................................... 33 6. Caso práctico - libro bancos............................................................................................ 34 SESIÓN Nº 3: LIBRO CAJA CHICA............................................................................................................. 39 1. Definición.................................................................................................................................. 39 2. Rayado....................................................................................................................................... 40 3. Caso práctico – caja chica................................................................................................ 40 4. Arqueo de caja...................................................................................................................... 41 4.1. Caso práctico – arqueo de caja..................................................................................... 42 AUTOEVALUACIÓN.................................................................................................................................. 45
UNIDAD II REGISTRO DE COMPRAS, VENTAS Y LETRAS POR COBRAR Y PAGAR SESIÓN Nº 4: REGISTRO DE VENTAS...................................................................................................... 49 1. Antecedentes......................................................................................................................... 49 2. Definición.................................................................................................................................. 49 3. Aspecto legal.......................................................................................................................... 49 4. Información mínima del registro................................................................................ 50 5. Información adicional para el caso de documentos que modifican el valor de las operaciones.................................................................................................. 51 6. Registro de las operaciones........................................................................................... 51 7. Plazo máximo de atraso.................................................................................................. 52 8. Modelo del rayado o formato....................................................................................... 52 9. Ingreso y su relación con el registro de ventas (Nic 18).............................. 56 10. Caso práctico – registro ventas..................................................................................... 58 11. Centralización del registro de ventas....................................................................... 63 12. Registro en el libro banco y libro diario.................................................................. 65 SESIÓN Nº 5: REGISTRO DE COMPRAS................................................................................................. 67 1. Antecedentes......................................................................................................................... 67 2. Definición.................................................................................................................................. 67 3. Aspecto legal.......................................................................................................................... 67 4. Información mínima del registro................................................................................ 68 5. Información adicional para el caso de documentos que modifican el valor de las operaciones............................................................................................ 70 6. Registro de las operaciones........................................................................................... 70 7. Plazo máximo de atraso.................................................................................................. 71 8. Modelo del rayado o formato....................................................................................... 72 9. Caso práctico – registro compras................................................................................. 73 10. Centralización del registro de compras - libro caja al libro diario............ 77 11. Registro en el libro banco y libro diario.................................................................. 79 SESIÓN Nº 6: REGISTRO DE LETRAS POR COBRAR.......................................................................... 81 1. Antecedentes......................................................................................................................... 81 2. Definición.................................................................................................................................. 81 3. Finalidad.................................................................................................................................... 81 4. Registro de las operaciones........................................................................................... 82 5. Rayado del registro............................................................................................................. 82 6. Modelo....................................................................................................................................... 82 7. Caso práctico - registro letras por cobrar.............................................................. 83 8. Registro de letras por cobrar......................................................................................... 84 9. Centralización en el libro diario................................................................................... 85
SESIÓN Nº 7: REGISTRO DE LETRAS POR PAGAR............................................................................ 87 1. Antecedentes......................................................................................................................... 87 2. Definición.................................................................................................................................. 87 3. Finalidad.................................................................................................................................... 87 4. Rayado del registro............................................................................................................. 87 5. Modelo....................................................................................................................................... 88 6. Caso práctico - registro de letras por pagar.......................................................... 89 7. Registro de letras por pagar.......................................................................................... 90 8. Centralización en el libro diario................................................................................... 91 AUTOEVALUACIÓN.................................................................................................................................. 92
UNIDAD III LIBROS Y REGISTROS LABORALES SESIÓN Nº 8: LIBRO DE PLANILLA DE REMUNERACIONES........................................................ 97 1. Concepto.................................................................................................................................... 97 2. Obligatoriedad....................................................................................................................... 97 3. Base legal – Síntesis de la legislación laboral (R.M. N° 136-2001-tr)... 97 3.1. Obligaciones previas al inicio de actividades...................................................... 97 3.2. De la obligación de llevar planilla de pago.......................................................... 98 3.3. Del contenido de las planillas....................................................................................... 99 3.4. Del pago de la remuneración y entrega de boleta de pago....................101 3.5. De la obligación de conservar las boletas de pago........................................101 4. Remuneraciones.................................................................................................................103 4.1. Concepto de remuneración..........................................................................................103 4.2. Conceptos no remunerativos.......................................................................................103 4.3. Alimentación principal y refrigerio..........................................................................104 4.4. Pago en dinero y pago en especie..........................................................................105 4.5. Prestaciones alimentarias.............................................................................................105 4.6. Remuneración mínima vital........................................................................................105 4.7. Asignación familiar...........................................................................................................106 4.8. Gratificaciones......................................................................................................................106 4.9. Vacaciones..............................................................................................................................107 4.10. Compensación por tiempo de servicios - CTS....................................................107 5. Descuentos al trabajador que deben consignarse en la planilla............107 5.1. Impuesto a la renta de 5ta categoría.....................................................................107 5.2. Sistema nacional de pensiones (SNP)...................................................................110 5.3. Sistema privado de administración de fondos de pensiones (SPP).....110 5.4. Descuentos judiciales (alimentos)...........................................................................112 5.5. Conafovicer............................................................................................................................112 5.6. EsSalud vida..........................................................................................................................113
5.7. Descuentos laborales de acuerdo común............................................................113 6. Contribuciones del empleador que deben consignarse en las planillas...................................................................................................................................113 6.1. Régimen contributivo de la seguridad social en salud (RCSSS)..............113 6.2. Seguro complementario de trabajo de riesgo (SCTR)...................................115 6.3. Servicio nacional de adiestramiento en trabajo industrial (SENATI)....116 6.4. Contribución al servicio nacional de capacitación para la industria y construcción (SENCICO)...................................................................................................117 6.5. Seguros de vida..................................................................................................................117 SESIÓN Nº 9: PROGRAMAS DE DECLARACIÓN TEMÁTICA........................................................119. 1. Programa de declaración telemática......................................................................119 2. Definición de la planilla electrónica........................................................................121 SESIÓN Nº 10: PLANILLA DE REMUNERACIONES..........................................................................125 1. Caso práctico: Planilla de remuneraciones..........................................................125 2. Centralización de la planilla de sueldos................................................................129 3. Registro en el libro caja.................................................................................................130 AUTOEVALUACIÓN................................................................................................................................132
UNIDAD IV REGISTRO DE ALMACÉN Y CONTROL DE ACTIVOS SESIÓN Nº 11: VALUACIÓN DE EXISTENCIAS (NIC 2)..................................................................137 1. Introducción...........................................................................................................................137 2. Objetivo...................................................................................................................................137 3. Alcance.....................................................................................................................................138 4. Definiciones...........................................................................................................................138 5. Generalidades de las existencias..............................................................................139 5.1. Características de las existencias..............................................................................139 5.2. Clasificación...........................................................................................................................139 5.3. Activos que deben ser incluidos en existencias...............................................140 6. Métodos de valuación tributariamente.................................................................140 6.1. Primeras entradas primeras salidas - (PEPS).....................................................141 6.2. Últimas entradas primeras salidas...........................................................................144 6.3. Promedio móvil...................................................................................................................146 6.4. Promedio ponderado: diario, mensual o anual................................................147 6.5. Identificación específica.................................................................................................148 6.6. Inventario al detalle o al por menor......................................................................148 6.7. Existencias básicas.............................................................................................................149 7. Inventarios: históricos, ajustados, diferencias y mermas...........................150
7.1. 7.2. 7.3. 8. 8.1. 8.2. 8.3.
Inventarios históricos.......................................................................................................150 Inventarios ajustados.......................................................................................................150 Diferencias de inventario..............................................................................................151 Determinación del costo de ventas.........................................................................151 Empresas comerciales.....................................................................................................151 Empresas industriales......................................................................................................151 Empresas de servicios.....................................................................................................152
SESIÓN Nº 12: DEPRECIACIÓN............................................................................................................153 1. Inmueble, maquinaria y equipo - Nic 16.............................................................153 1.1. Objetivo...................................................................................................................................153 1.2. Alcance.....................................................................................................................................153 1.3. Definiciones...........................................................................................................................153 2. Depreciación.........................................................................................................................154 2.1. Introducción...........................................................................................................................154 2.2. Definiciones...........................................................................................................................155 2.3. Causas de la depreciación.............................................................................................155 3. Atribución de la cuota de la depreciación...........................................................156 4. Momento en que opera la depreciación..............................................................156 5. Elementos que rigen la depreciación.....................................................................157 5.1. Base de la depreciación.................................................................................................157 5.2. Valor residual........................................................................................................................157 5.3. La vida útil o de servicio................................................................................................158 6. Métodos de depreciación..............................................................................................158 6.1. Método de línea recta.....................................................................................................159 6.2. Método de unidades producidas...............................................................................160 6.3. Métodos de disminución de saldos.........................................................................161 SESIÓN Nº 13: AMORTIZACIÓN.............................................................................................................165 1. Concepto ................................................................................................................................165 2. Activos intangibles de duración ilimitada sujetos a amortización........165 3. Activos intangibles de duración limitada sujetos a amortización..........166 4. Amortización de intangibles aportados................................................................166 4.1. Agotamiento.........................................................................................................................166 AUTOEVALUACIÓN................................................................................................................................167
BIBLIOGRAFÍA..........................................................................................................................168
SUMILLA La elaboración y presentación de los estados financieros requiere previamente del conocimiento y manejo especializado de ciertas herramientas que en el presente módulo damos a conocer: El proceso contable implica el conocimiento pormenorizado de los libros auxiliares que finalmente sirven de soporte para la centralización de las operaciones en el libro diario, dentro de los cuales estudiaremos el libro de banco, caja chica y su tratamiento contable. El registro de compras y ventas, registro de las letras que maneja la empresa como resultado de sus operaciones, así como la preparación de las planillas de remuneraciones y los asientos de diario. Finalmente veremos cómo se procede a la valuación de las existencias y sus diferentes métodos, la depreciación y la amortización con su correspondiente tratamiento contable.
ORIEnTACIOnES METODOlÓGICAS CÓMO ESTUDIAR LOS MÓDULOS DIDÁCTICOS O TEXTOS AUTOINSTRUCTIVOS MéTODO A2D El método A2D para autodidactas, de Raúl Paredes Morales, es un método de fácil aplicación para la mayoría de los estudiantes, inclusive para los no autodidactas. Si el estudiante aplica este método, su trabajo intelectual será más rápido y eficaz. A2D responde a las letras iniciales de los 3 pasos que se propone para la lectura de un módulo didáctico o cualquier otro texto.
Antes de la lectura
A2D
Durante la lectura Después de la lectura
AnTES DE lA lECTURA Consiste en la exploración preliminar y se debe: ÂÂEchar un vistazo general empezando por el índice, reconociendo unidades y lecciones que se van explicando en el módulo didáctico. ÂÂAnotar tus dudas que van surgiendo durante el vistazo general, para esclarecerlas durante la lectura o después de ella. ÂÂAdoptar una actitud psicológica positiva.
DURAnTE lA lECTURA Ésta es la fase más importante del método, el ritmo de lectura lo pone cada lector. Debes tener presente los siguientes aspectos: ÂÂMantén la actitud psicológica positiva. ÂÂParticipa activamente en la lectura: Tomando apuntes, subrayando, resumiendo y esquematizando. ÂÂSi no entiendes lo que lees o encuentras una palabra desconocida, consulta con tu profesor tutor o un diccionario.
DESpUéS DE lA lECTURA Esta fase va a afianzar tu lectura, mejorando tu comprensión lectora, para ello debes tener en cuenta lo siguiente: ÂÂRepasa los apuntes tomados durante la lectura. ÂÂOrganiza el trabajo y planifica el horario de estudio. Trata de que sea siempre a la misma hora. ÂÂRealiza los trabajos diariamente. No dejes que se te acumulen las tareas. ÂÂProcura ampliar las lecciones con lecturas complementarias. ÂÂAl final de cada capítulo, haz tu cuadro sinóptico o mapa conceptual. ÂÂElabora tu propio resumen.
Enriquece tu vocabulario para entender mejor las próximas lecturas.
UNIDAD I UNIDAD I Registro contable Sesiรณn Nยบ 1: El proceso del registro contable
COMPETENCIAS CONCEPTUAL El discente conoce detalladamente los criterios y procedimientos del proceso contable y el cumplimiento de las NIC, referente a los registros contables.
PROCEDIMENTAL Identifica los procedimientos y resuelve los casos prรกcticos planteados en el mรณdulo a fin de poner en prรกctica los conocimientos previamente aprendidos.
ACTITUDINAL Con los conocimientos adquiridos y la prรกctica de los mismos, el discente valora la normativa vigente respecto a los registros del proceso contable.
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EL PROCESO DEL REGISTRO CONTABLE
Sesión
1. CRITERIOS Y PROCEDIMIENTOS PARA EL REGISTRO CONTABLE La práctica de la contabilidad constituye un todo en el que se enlaza los documentos contables con los balances, los hechos económicos con las cuentas; por esto es necesario estudiar el enlace que existe entre el hecho administrativo que por cierto queda reflejado en los documentos, y con las anotaciones que dan lugar a las cuentas que conforman el balance, que es la suma y compendio del trabajo contable que luego ha de completarse con el análisis de los datos y resultados. Este es el proceso del registro contable, que está constituido por las sucesivas labores administrativas que se requiere en la contabilidad. Entonces, la contabilidad, como hemos dicho, facilita los datos para guiar la correcta gestión empresarial. Pero, para esto, no es suficiente la labor de síntesis que confluye en el balance general sino que debe completarse con una labor de análisis, desglosando y clasificando con las partidas de las cuentas con arreglo a criterios adecuados, basándonos en principios de contabilidad y normas contables a efecto de poder estudiar con el detalle preciso las operaciones. La labor de síntesis está confiada a las cuentas y al balance, la de análisis a los libros auxiliares y a las estadísticas, ambas se completan con informes críticos y estudios comparativos. Existen varios criterios de la finalidad de la contabilidad auxiliar. El criterio más antiguo supone que el objetivo de la contabilidad era sólo presentar el balance al final de cada ejercicio y así conocer los deudores y acreedores así como también la situación patrimonial. Si seguimos este criterio, los libros auxiliares son una preparación del libro diario encargado de recopilar los datos de las distintas operaciones económicas que luego pasarían a constituir asientos contables en aquel libro principal, el libro diario. Existe un criterio moderno que reconoce que todos los libros constituyen el conjunto unitario de la contabilidad, así los libros y estados numéricos auxiliares cumplirían varios objetivos. Podemos mencionar: a) Rendir los datos de operaciones homogéneas para permitir luego realizar una síntesis y formular los asientos en los libros principales.
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b) Constituir por sí mismos instrumentos contables de análisis de los hechos registrados. Con este fin, entonces, se les dota a los libros de un rayado adecuado que permita con facilidad la clasificación de las cuentas. A continuación, en este módulo trataremos en forma más detallada sobre los libros de contabilidad, en especial la integración contable a través de los libros de contabilidad y las NIIF’s. Debemos enfatizar que se denomina nociones internacionales de información financiera a los enunciados o afirmaciones del más amplio grado de generalización respecto a determinados aspectos de una realidad u objeto del conocimiento científico. Y la Norma Internacional de Contabilidad vendrían a ser las normas contables y las interpretaciones emitidas por la profesión como la Federación Internacional de Contadores (IFAC) a nivel mundial; la Asociación Internacional de Contabilidad (AIC) a nivel internacional y regional.
2. PRESENTACIÓN DE LOS ESTADOS FINANCIEROS (NIC 1) Nos enfoca la necesidad de aplicar consistentemente las NIC’s en el registro de las operaciones para poder ofrecer a los usuarios una mejor calidad de los estados financieros que se presenten, y asegurar que los estados financieros se expresen de conformidad con las NIC’s y cumplan con cada norma aplicable. Por lo que el objetivo de la presente norma es establecer las bases para la presentación de estados financieros para propósitos generales, a fin de asegurar la comparabilidad tanto entre los estados financieros de diferentes períodos de una misma empresa, así como entre los estados financieros de diferentes empresas. Para alcanzar dicho objetivo esta norma establece las consideraciones generales necesarias para la presentación de los estados financieros, las guías para su estructuración y los requisitos mínimos para su contenido. El reconocimiento, valuación y revelación de las transacciones y hechos específicos se tratan en otras Normas Internacionales de Contabilidad.
2.1. Propósito de los estados financieros Los estados financieros constituyen una representación financiera estructurada, de la situación financiera y de las transacciones efectuadas por una empresa. El objetivo de los estados financieros para propósitos generales es proporcionar información sobre la situación financiera, resultado de las operaciones y los flujos de efectivo de una empresa, la cual es útil para una amplia gama de usuarios en la toma de sus decisiones económicas. Los estados financieros muestran también los resultados de la dedicación y cuidado de la administración de la gerencia sobre los recursos que le han sido confiados. Para alcanzar su objetivo, los estados financieros proporcionan información de la empresa respecto a sus: (a) Activos (b) Pasivos (c) Patrimonio neto (d) Ingresos y gastos, incluyendo ganancias y pérdidas, y, (e) Flujos de efectivo
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2.2. Componentes de los estados financieros Un conjunto completo de estados financieros incluye los siguientes: (a) Estado de Situación Financiera - Balance general (b) Estado de Gestión Integral - Estado de ganancias y pérdidas (c) Un estado que muestre una de las siguientes opciones: (i) Todos los cambios en el patrimonio neto, o (ii) Los cambios en el patrimonio neto, que no sean aquellos provenientes de transacciones de capital con propietarios y distribución a propietarios (d) Un estado de flujos de efectivo, y (e) Notas sobre políticas contables y otras revelaciones Las empresas son alentadas a presentar, además de los estados financieros, un análisis financiero efectuado por la gerencia, que describa y explique las principales características de la situación financiera de la empresa, su desempeño financiero y las principales incertidumbres que ésta enfrenta.
2.3. Presentación razonable y cumplimiento de las normas internacionales de contabilidad
Una empresa cuyos estados financieros hayan cumplido con las Normas Internacionales de Contabilidad, deben revelar tal hecho. Los estados financieros no deben revelar que cumplen con las Normas Internacionales de Contabilidad, a menos que ellos cumplan con todos los requerimientos de las Normas y de cada Interpretación aplicable emitidas, estas últimas, por el Comité Permanente de Interpretaciones (SIC). Para asegurar que los estados financieros expresen el cumplimiento de las Normas Internacionales de Información Financiera y alcancen los niveles estándar requeridos por los usuarios internacionalmente, es requerimiento general que los estados financieros proporcionen una presentación razonable y que se indique la forma en que se cumple con dicha presentación y adicionalmente la forma de determinar las remotas circunstancias en que una desviación sea necesaria. Debido a que es presumible que las circunstancias que hacen necesaria una desviación sean extremadamente raras y la necesidad de una desviación se vuelve materia de amplio debate y juicio subjetivo, es importante que, cuando ella ocurra, los usuarios de los estados financieros tomen conocimiento de que la empresa no ha cumplido en todos los aspectos importantes o materiales con las Normas Internacionales de Contabilidad. También es importante que a estos usuarios se les proporcione suficiente información que les permita formarse un juicio informado acerca de la necesidad de la desviación y puedan calcular los ajustes que se hubiera requerido hacer para cumplir con la norma. El IASC comprobará los casos de incumplimiento que lleguen a su conocimiento (por conducto de las empresas, sus auditores y entes reguladores, por ejemplo) y tomará en consideración las necesidades de aclaración a través de interpretaciones o modificaciones a las normas, según sea apropiado, para asegurar que las desviaciones sólo sean necesarias en extremadamente raras circunstancias.
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2.4. Políticas contables Las políticas contables comprenden los principios, bases, convencionalismos, reglas y prácticas específicas adoptados por una empresa para la preparación y presentación de sus estados financieros. La gerencia de la empresa debe seleccionar y aplicar sus políticas contables, de modo que sus estados financieros cumplan con todos los requerimientos de cada Norma Internacional de Contabilidad aplicable y con las interpretaciones emitidas por el Comité Permanente de Interpretaciones. De no haber requerimientos específicos, la gerencia debe desarrollar las políticas necesarias para asegurar que los estados financieros proporcionen información que sea: (a) Relevante a las necesidades de los usuarios para la toma de decisiones, y (b) Confiable en cuanto ellos: (i) Presenten de manera fidedigna, los resultados y la situación financiera de la empresa, (ii) Reflejen la esencia económica de los hechos y transacciones y no meramente su forma legal (iii) Sean neutrales, es decir, libre de predisposiciones (iv) Sean prudentes, y (v) Sean completos en todos los aspectos importantes
2.5. Empresa en marcha Al preparar los estados financieros, la gerencia debe hacer una evaluación de la capacidad de la empresa para continuar como empresa en marcha. Los estados financieros deben prepararse en base a la asunción de empresa en marcha, salvo que la gerencia tenga el propósito de liquidar la empresa o de suspender sus operaciones, o que no cuente con otras alternativas reales aparte de éstas. Cuando la gerencia tiene conocimiento, al hacer su evaluación, de que existe una incertidumbre importante sobre hechos o condiciones que pueden arrojar dudas significativas sobre la capacidad de la empresa para continuar como empresa en marcha, esta incertidumbre debe ser revelada. Si los estados financieros no se han preparado en base a la asunción de empresa en marcha, este hecho debe revelarse junto con la base que ha servido para prepararlos y la razón por la cual no se considera a la empresa como una empresa en marcha. Al evaluar si la aplicación de la asunción de empresa en marcha es procedente, la gerencia debe tomar en cuenta toda la información disponible respecto al futuro previsible, el mismo que debe referirse como mínimo, pero no limitarse a doce meses contados desde la fecha del balance general. El grado de consideración que deba darse a dicha información depende de los hechos en cada caso. Cuando la empresa tiene un historial de operaciones rentables y rápido acceso a recursos financieros, se puede llegar, sin demasiado análisis, a la conclusión de que, en su caso, es procedente la aplicación de la asunción contable de empresa en marcha. En otros casos, antes de que pueda satisfacerse acerca de la pertinencia de esa asunción, la gerencia debe considerar un amplio rango de factores alrededor de la rentabilidad corriente y previsible de la empresa, sus programas de pagos de deudas y las fuentes potenciales de refinanciamiento.
2.6. Base contable del devengado De acuerdo con la base contable de lo devengado, las transacciones y hechos se reconocen cuando Unidad I
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ocurren (y no cuando se cobra o paga el efectivo o su equivalente), y se muestran en los libros contables y se expresan en los estados financieros de los ejercicios a los cuales corresponden. Los gastos se reconocen en el estado de ganancias y pérdidas en base a una asociación directa entre los costos incurridos y las partidas específicas de ingreso obtenidas (concepto de asociación). Sin embargo, la aplicación del concepto de asociación no admite el reconocimiento, en el balance general, de partidas que no llenen la definición de activos o de pasivos. Una empresa debe preparar sus estados financieros sobre la base contable del devengado excepto por la información sobre sus flujos de efectivo.
2.7. Uniformidad en la presentación Debe mantenerse la presentación y clasificación de partidas en los estados financieros, de un ejercicio al siguiente, salvo que: (a) El cambio resultante de una variación significativa en la naturaleza de las operaciones de la empresa o una revisión de la presentación de sus estados financieros, demuestre que dará lugar a una presentación más apropiada de los hechos o transacciones, o que (b) El cambio de presentación sea requerido por una Norma Internacional de Contabilidad o una Interpretación del Comité Permanente de Interpretaciones.
2.8. Importancia relativa (materialidad) y agrupación Cada partida importante debe presentarse separadamente en los estados financieros. Los importes poco significativos deben agruparse con los importes de naturaleza o función similar, no siendo necesario presentarlos separadamente. Los estados financieros son el resultado de procesar gran cantidad de transacciones, las cuales son ordenadas mediante su agrupación por naturaleza o función. La etapa final del proceso de agrupación y clasificación consiste en la presentación de la información resumida y clasificada que conforman las partidas de los estados financieros o en las notas. Si una partida no es individualmente importante, se le agrupa con otras partidas en el estado financiero o en las notas. Una partida que no sea suficientemente importante para justificar su presentación por separado en el estado financiero, puede, no obstante, ser suficientemente importante para su presentación por separado en las notas.
3. EL REGISTRO DE LAS OPERACIONES Y SU RELACIÓN CON LAS NIC’s El registro de las operaciones contables aparece teniendo un esquema, pues cada hecho económico deberá ser registrado ya sea en medios magnéticos o en un libro manual legalizado, para lo cual aplicaremos el principio de la dualidad. Pero básicamente al registrar los hechos tenemos que hacer uso de criterios contables preestablecidos. Como ya sabemos, estos criterios se denominan principios de contabilidad generalmente aceptados y que han sido adoptados a nivel internacional a través de las Normas Internacionales de Contabilidad (NIC’s) y sus correspondientes interpretaciones a través de las SIC por lo que para esquematizar su uso en la empresa se dan los siguientes ciclos:
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3.1. Registro contable del ciclo de ingresos El ciclo de ingresos comprende el flujo de las operaciones relacionadas con las funciones de generación de ingresos y de cobranzas así como con los controles de actividades tales como pedidos, remisiones y cobros. Como ejemplo mencionaremos una venta donde se observa el siguiente esquema: VENTAS
CUENTAS POR COBRAR
CAJA INGRESOS
Donde observamos que se da la siguiente secuencia: a) El hecho económico: La venta. b) El sustento de la operación a través de la documentación mercantil que avala el hecho económico e interviene una serie de documentos internos y externos. c) La necesidad de registrar este hecho económico en libros contables pero antes de este registro se tiene que tener en cuenta lo siguiente: 1) La Norma Internacional de Contabilidad aplicable a este hecho económico que para el caso sería la siguiente: La NIC 1: Presentación de los estados financieros. La NIC 18: Ingresos. 2) La aplicación tributaria vigente aplicable a la operación. 3) La codificación del hecho económico a través del plan contable general empresarial. 4) El registro, ya sea manual o computarizado, de las operaciones que de acuerdo a la clasificación legal, es: Libros obligatorios: Registro de Ventas Libros voluntarios: Cuenta corriente de clientes Kárdex físico de almacén Kárdex físico valorado Ejemplo: LA EMPRESA EL PACÍFICO SAC 1. El día 20 de marzo de 2011, se vende 12 TV a color c/u S/. 600.00 otorgándose un descuento del 5% a Julio Rojas con RUC 20138122256, la factura es a 30 días fecha.
COSTO DE VENTAS TV Color c/u 200 x 12 TV = S/. 2 400 según kárdex físico valorado
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CONTABLE NIC 1 PRESENTACIÓN FINANCIEROS
TRIBUTARIO DE
ESTADOS LEY DE IMPUESTO A LA RENTA
REGISTRO Libros obligatorios Registro de ventas
Ingresos de personas jurídicas son rentas de 3ra categoría, criterio Libros voluntarios de imputación, bajo criterio de Cta. Cte. Clientes Empresa en marcha devengado. Kardex físico (Almacén) La empresa tiene existencia plena vigente Kardex físico valorizado y proyectada al futuro. Artículo 14˚ (Contabilidad) Son contribuyentes del impuesto las Uniformidad personas naturales, las sucesiones Los principios contables se aplican indivisas, las asociaciones de consistentemente de un período a otro. hecho de profesionales y similares y las personas jurídicas. También Devengamiento se considerarán contribuyentes a Los ingresos y/o gastos se reconocen en las sociedades conyugales que el ejercicio en que se incurren. ejercieran la opción prevista en el artículo 16˚ de esta Ley. De no seguirse algún postulado fundamental este hecho en los Estados Para los efectos de esta Ley, se Financieros. considerarán personas jurídicas, a las siguientes: NIC 18 INGRESOS a) Las sociedades anónimas, en Los ingresos a registrarse son los comandita, colectivas, civiles, provenientes de las siguientes comerciales de responsabilidad transacciones: limitada, constituidas en el país. Cuyos postulados fundamentales son:
a) La venta de productos b) La prestación de servicios c) El uso por terceros de activos de la empresa que, genera en intereses, regalías o dividendos.
LEY IMPUESTO GENERAL A LAS VENTAS Artículo 1˚ TUO Operación Gravada
Donde ingresos es el flujo de beneficios a) La venta en el país de bienes económicos durante el período muebles. proveniente del curso de las actividades ordinarias de la empresa, que originan un incremento del patrimonio diferente a ellos que surgen como aporte de los accionistas. Cabe aclarar que los ingresos recibidos o por cobrar son por su propia cuenta, por lo tanto, los montos cobrados tales como impuestos a las ventas, etc. Valor razonable: Es el monto por el cual un activo puede ser liquidado confiablemente en una libre transacción. Valuación de ingresos: Los ingresos deberán ser medidos a valor razonable del valor del activo recibido o por recibir.
Contabilidad II
23
Universidad Peruana Unión
Asiento contable PCGE -------------------- X -------------------12 Cuentas por cobrar comerciales – terceros 8,071.20 121 Facturas, boletas y otros comprobantes por cobrar 1212 Emitidas en cartera 40 Tributos, contraprest. y aportes al sist. de pensiones y de salud por pagar 1,231.20 401 Gobierno central 4011 IGV 40111 IGV - Cuenta propia 70 A Ventas 6,840.00 701 Mercaderías 7011 Mercaderías manufacturadas 70111 Terceros Por la venta a Mario Rojas -------------------- X -------------------69 Costo de Ventas 2,400.00 691 Mercaderías 6911 Mercaderías manufacturadas 69111 Terceros 20 Mercaderías 2,400.00 201 Mercaderías manufacturadas 2011 Mercaderías manufacturadas 20111 Costo Por el costo de la mercadería vendida
FORMATO 13.1: “REGISTRO DE INVENTARIO PERMANENTE VALORIZADO - DETALLE DEL INVENTARIO VALORIZADO” PERIODO: 2011 RUC: 20123456789 APELLIDOS Y NOMBRES, DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL: “EL PACÍFICO SAC” ESTABLECIMIENTO (1): CÓDIGO DE LA EXISTENCIA: TIPO (TABLA 5): 01 - MERCADERÍA DESCRIPCIÓN: TELEVISOR A COLOR CÓDIGO DE LA UNIDAD DE MEDIDA (TABLA 06): 07 - UNIDADES MÉTODO DE VALUACIÓN: PROMEDIO MÓVIL DOCUMENTO DE TRASLADO, COMPROBANTE DE PAGO, DOCUMENTO INTERNO O SIMILAR FECHA
TIPO (TABLA 10)
SERIE
NÚMERO
ENTRADAS TIPO DE OPERACIÓN (TABLA 12)
CANTIDAD
COSTO UNITARIO
SALIDAS COSTO TOTAL
CANTIDAD
COSTO UNITARIO
SALDO FINAL COSTO TOTAL
CANTIDAD
COSTO UNITARIO
COSTO TOTAL
200.00
10,000.00
50
200.00
10,000.00
38
200.00
7,600.00
FEBRERO 05/02/2011
16
50
MARZO 16 20/03/2011
1
1
11
1
12 COSTO DE VENTA
Unidad I
24
12
200.00
2,400.00 2,400.00
PROESAD
3.2. Registro contable del ciclo de compras El ciclo de compras es el flujo de operaciones relacionadas con las compras, pagos y con los controles de (entre otras actividades) las órdenes de compra y la recepción de mercancías, las cuentas por pagar, el pago de sueldos y los desembolsos en efectivo. Como ejemplo mencionaremos una compra donde se observa el siguiente esquema: COMPRAS
CUENTAS POR PAGAR
CAJA EGRESOS
Donde observamos que se da la siguiente secuencia:
3.2.1. Compra de mercaderías a) El hecho económico: La compra. b) El sustento de la operación a través de la documentación mercantil que avala el hecho económico e intervienen una serie de documentos internos y externos. c) La necesidad de registrar este hecho económico en libros y registros contables, pero, antes de este registro, se tiene que tener en cuenta lo siguiente: 1) La Norma Internacional de Contabilidad aplicable a este hecho económico que para el caso sería la siguiente: La NIC 1: Presentación de los estados financieros La NIC 2: Existencias 2) La aplicación tributaria vigente aplicable a la operación. 3) La codificación del hecho económico a través del plan contable general revisado. 4) El registro, ya sea manual o computarizado de las operaciones que, de acuerdo a la clasificación legal, éstos son: Libros obligatorios: Registro de compras Libros voluntarios: Cuenta corriente de proveedores Kárdex físico de almacén Kárdex físico valorado 2. La empresa “El Pacífico SAC” el 15 de marzo de 2011, compra 20 refrigeradoras FAEDA con factura de ELECTROLUX S.A. RUC 20557788991 al precio de S/. 250.00 c/u. Asimismo, se hace un descuento de S/. 500.00 dentro de factura.
Contabilidad II
25
Universidad Peruana Unión
CONTABLE NIC 2 INVENTARIOS
TRIBUTARIO LEY DE IMPUESTO A LA RENTA
REGISTRO Libros obligatorios Registro de compras
Método de Valuación: De acuerdo al Art. 62˚, se señala Libros voluntarios que los contribuyentes, empresas Cta. Cte. Proveedores o sociedades que, en razón de la Kardex físico (Almacén) actividad que desarrollen, deben Kardex físico valorizado practicar inventario, valuarán (Contabilidad) sus existencias por su costo de adquisición o producción adoptando Por principio de prudencia la empresa: de los métodos VNR = Precio Estimado de Venta – Costos cualquiera Estimados de Terminación – Costos señalados, allí encontramos el Promedio Ponderado Diario. Estimados necesarios para la venta Valor Neto Realizable El valor estimado de venta en el curso normal de las operaciones menos los costos estimados de terminación y menos los costos estimados necesarios para efectuar la venta.
Técnicas de valuación Utilizaremos el tratamiento referencial: Costo Promedio Ponderado Diario. Donde el costo de cada partida se determina a partir del promedio ponderado del costo de partidas similares, adquiridas o producidas durante el período. Asiento contable PCGE -------------------- X -------------------60 Compras 4,500.00 601 Mercaderías 6011 Mercaderías manufacturadas 40 Tributos, contraprest. y aportes al sist. de pensiones y de salud por pagar 401 Gobierno central 4011 IGV 40111 IGV - Cuenta propia 42 Cuentas por pagar comerciales - terceros 421 Facturas, boletas y otros comprobantes por pagar 4212 Emitidas Por la compra a Electrolux SAC -------------------- X -------------------20 Mercaderías 4,500.00 201 Mercaderías manufacturadas 2011 Mercaderías manufacturadas 20111 Costo 61 Variación de existencias 611 Mercaderías 6111 Mercaderías manufacturadas Por el ingreso a almacén de la mercadería comprada
810.00
5,310.00
4,500.00
FORMATO 13.1: “REGISTRO DE INVENTARIO PERMANENTE VALORIZADO - DETALLE DEL INVENTARIO VALORIZADO” PERIODO: 2011 RUC: 20123456789 APELLIDOS Y NOMBRES, DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL: “EL PACÍFICO SAC” ESTABLECIMIENTO (1): CÓDIGO DE LA EXISTENCIA: TIPO (TABLA 5): 01 - MERCADERÍA DESCRIPCIÓN: REFRIGERADORA FAEDA CÓDIGO DE LA UNIDAD DE MEDIDA (TABLA 06): 07 - UNIDADES MÉTODO DE VALUACIÓN: PROMEDIO PONDERADO
Unidad I
26
PROESAD DOCUMENTO DE TRASLADO, COMPROBANTE DE PAGO, DOCUMENTO INTERNO O SIMILAR TIPO ( TA B L A 10)
FECHA
SERIE
NÚMERO
ENTRADAS TIPO DE OPERACIÓN (TABLA 12)
CANTIDAD
COSTO UNITARIO
SALIDAS COSTO TOTAL
CANTIDAD
COSTO UNITARIO
SALDO FINAL COSTO TOTAL
CANTIDAD
COSTO UNITARIO
COSTO TOTAL
100
300.00
30,000.00
FEBRERO 05/02/2011
16
MARZO 16 15/03/2011
1
1
10
2
20
225
4,500
0.00
100
300.00
30,000.00
120
287.50
34,500.00
3.2.2. Compra del activo fijo Donde observamos que se da la siguiente secuencia: a) El hecho económico: La compra del activo fijo. b) El sustento de la operación a través de la documentación mercantil que avala el hecho económico e interviene una serie de documentos internos y externos. c) La necesidad de registrar este hecho económico en libros y registros contables, pero, antes de este registro, se tiene que tener en cuenta lo siguiente: 1) La norma Internacional de Contabilidad aplicable a este hecho económico que para el caso sería la siguiente: La NIC 1: Presentación de los estados financieros. La NIC 16: Inmuebles Maquinaria y Equipo. 2) La aplicación tributaria vigente aplicable a la operación. 3) La codificación del hecho económico a través del plan contable general revisado. 4) El registro, ya sea manual o computarizado, de las operaciones que, de acuerdo a la clasificación legal, son:
Libros obligatorios:
Registro de Compras Registro de Activos Fijos Libros voluntarios: Cuenta corriente de cuentas por pagar diversas Tarjeta de Control del Activo Fijo 3. La empresa “El Pacífico SAC” adquiere una computadora Core i7 de PC Lin S.A. con fecha 20/05/2011 a un valor de S/. 3,000.00
Contabilidad II
27
Universidad Peruana Unión CONTABLE
TRIBUTARIO
REGISTRO
NIC 16 INMUEBLE, MAQUINARIA Y LEY DE IMPUESTO GENERAL A LAS Libros obligatorios EQUIPO VENTAS Registro de Compras Registro de Activos Fijos Son los activos que posee una empresa La adquisición de inmuebles, para ser utilizados en la producción, maquinaria y equipo están gravadas Libros voluntarios alquiler o propósitos administrativos, se al IGV. Cta. Cte. de Ctas. por pagar. espera usarlos más de un período. Tarjeta de control de activo LEY DE IMPUESTO A LA RENTA fijo Una partida de inmuebles, maquinaria y equipo debe ser reconocida como activo Establece en su Art. 23 que la cuando: inversión en bienes de uso cuyo a) Sea probable que los futuros costo por unidad no sobrepase beneficios económicos asociados con de un cuarto de UIT, a opción el activo fluirán a la empresa. del contribuyente, podrá ser b) El costo del activo de la empresa considerado como gasto en el puede ser valorado confiablemente. ejercicio en que se efectúe. Esta opción no será de aplicación cuando Deben ser valuados a su costo. Los los referidos bienes de uso formen componentes del costo son: parte de un conjunto o equipo - Precio de compra. necesario para su funcionamiento. - Costos directamente atribuibles para poner el activo en las condiciones de Método de Depreciación operación necesarias para su uso. Para efectos tributarios solamente - Cualquier descuento comercial y es aceptado el Método de la línea rebaja se deducen al determinar el Recta. Este método supone su precio de compra. aplicación en forma uniforme en el tiempo de vida útil determinada En cuanto a la depreciación, el monto por la Ley de renta. La depreciación depreciable es el costo de un activo mediante este método se obtiene menos su valor residual, que viene a ser dividiendo el valor inicial entre el el monto neto que la empresa espera número de años de vida útil. No se obtener por un activo al término de su considera el valor residual. En el Art. vida útil después de deducir los costos 22 se dan las tasas de depreciación esperados de la venta. aplicables a inmuebles, maquinaria y equipo. Allí también se regula el Métodos de depreciación. cambio de vida útil y el método de - Método de Línea Recta. depreciación. - Método de Disminución del Saldo. - Método de Unidades Producidas. Para el año 2000 se puede utilizar cualquier método pero no el que es de depreciación acelerada. En el caso de nuestro activo será la tasa del 25%. Asiento contable PCGE -------------------- X -------------------33 Inmueble , maquinaria y equipo 3,000.00 336 Equipos diversos 3361 Equipo para procesamiento de información (de cómputo) 33611 Costo 40 Tributos y aportes al sistema de pensiones y de salud por pagar 540.00 401 Gobierno central 4011 IGV 40111 IGV - Cuenta propia 46 Cuentas por pagar diversas - terceros 3,540.00 465 Pasivos por compra de activo inmovilizador Por la compra de la computadora
Unidad I
28
336
CUENTA
29
3,000.00
15/05/2011
FECHA
336
CUENTA
3,000.00
VALORES DE ADQUISICIÓN
Fecha de adquisición: 15/04/2011
Computadora Core i7
DEPRECIACIÓN: TRIBUTARIA
15/05/2011
FECHA
VALORES DE ADQUISICIÓN
Fecha de adquisición: 15/04/2011
Computadora Core i7
DEPRECIACIÓN: CONTABLE
25
Tasa %
675.00
Monto Anual
750.00
Monto Anual 62.50
8
M
56.25
Monto Mes
Monto Mes
DEPRECIACIÓN
Tasa %
DEPRECIACIÓN
500.00
Monto
450.00
Monto
2012
2012
8
M
12
M
675.00
Monto
2013
750.00
Monto
2013
12
M
12
M
12
M
750.00
Monto
2014
675.00
Monto
2014
12
M
12
M
750.00
Monto
2015
675.00
Monto
2015
4
M
4
M
225.00
Monto
2016
225.00
Monto
2016
3,000.00
Total Depreciación
2,700.00
Total Depreciación
0.00
Valor Residual
300.00
Valor Residual
PROESAD
Contabilidad II
Universidad Peruana Uniรณn
Unidad I
30
2
PROESAD
Sesión
LIBRO BANCO
1. ANTECEDENTES Antes de comenzar a tratar sobre el Libro Banco, es importante conocer el Libro Caja (Tabular o Italiana). Este último libro en el presente texto no está desarrollado, porque ya está tratado en el Texto de Contabilidad Básica, por lo que se entiende que todos los que han estudiado esta asignatura, conocen el manejo de dicho libro. Lo que, más bien se hace, es analizar la relación del Libro Caja vs el Libro Banco, tema que después de conocer el Libro Banco lo trataremos ampliamente.
2. DEFINICIÓN El Libro Banco es tan antiguo como la aparición de los bancos mismos, haciendo expansivo su uso a medida que las empresas hacían uso de los servicios bancarios. A medida que la empresa depositaba y retiraba dinero del banco, era necesario implementar un control dentro de la contabilidad para custodiar los fondos de la empresa. Es un libro auxiliar voluntario contablemente, que no necesita legalizar, y es utilizado de acuerdo a la necesidad propia de cada empresa. Tributariamente es un libro vinculado a asuntos tributarios y por eso es obligatorio.
2.3. FINALIDAD Una de las finalidades principales es controlar en forma ordenada, clara, precisa y cronológica los Depósitos en Cuenta Corriente, los Cheques Girados, las Notas de Cargo, Notas de Abono. También es importante para controlar las relaciones transaccionales que existen entre una Empresa que tiene Cuenta Corriente con la Entidad Bancaria.
Contabilidad II
31
Universidad Peruana Unión
4. RAYADO CONTABLE Aunque el rayado queda en la necesidad de cada empresa, el siguiente es el más usado: a. La primera columna para registrar la fecha de la operación (día, mes, año). b. La segunda columna para el número de los cheques girados, número de operación de depósitos, N/A, N/C, N/D, etc. c. La tercera columna para detallar clara y ordenadamente las operaciones en que exactamente se realizan. d. Columnas de las sumas: la cuarta y quinta columna. Para la columna del Debe: Columna para el saldo inicial o llamado también apertura de cuenta corriente. Columna también para los depósitos en efectivo o con cheque ya sea del mismo Banco o Cheques de otros Bancos. Así mismo, Notas de Abono por Letras cobradas por cuenta de la Empresa, intereses ganados, etc. Para la columna del Haber: Columna para registrar los cheques girados, que significa retiro de dinero de cuenta corriente y genera automáticamente la disminución del saldo actual. También para Notas de Cargo por mantenimiento de Cuenta Corriente, Comisiones Bancarias, Chequeras, etc. e. Columna de los Saldos: Sexta y Séptima Para la columna del Deudor: En esta columna se registran los saldos deudores, es decir, los saldos que la empresa tiene a favor en la cuenta bancaria. Inmediatamente, cuando la empresa no disponga de fondos en la cuenta bancaria, se registra en la columna del Acreedor. Para la columna del Acreedor: En esta columna se registran los saldos acreedores, es decir, los saldos que la empresa debe al banco, o simplemente está sobregirada. Inmediatamente, cuando la empresa disponga de fondos en la cuenta bancaria, se registra en la columna del Deudor.
Unidad I
32
PROESAD
5. MODELO FEC.
LIBRO BANCOS DEL MES DE _______________________ DE 20_____ CH. CONCEPTO SUMAS SALDOS O N DEBE HABER DEUDOR ACREEDOR
FORMATO 1.2: “LIBRO CAJA Y BANCOS - DETALLE DE LOS MOVIMIENTOS DE LA CUENTA CORRIENTE” PERÍODO: RUC: APELLIDOS Y NOMBRES, DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL: ENTIDAD FINANCIERA: CÓDIGO DE LA CUENTA CORRIENTE: OPERACIONES BANCARIAS NÚMERO CORRELATIVO DEL REGISTRO O CÓDIGO ÚNICO DE LA OPERACIÓN
FECHA DE LA OPERACIÓN
MEDIO DE PAGO (TABLA 1)
DESCRIPCIÓN DE LA OPERACIÓN
APELLIDOS Y NOMBRES, DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL
NÚMERO DE TRANSACCIÓN BANCARIA, DE DOCUMENTO SUSTENTATORIO O DE CONTROL INTERNO DE LA OPERACIÓN
CUENTA CONTABLE ASOCIADA
CÓDIGO
DENOMINACIÓN
SALDOS Y MOVIMIENTOS
DEUDOR
ACREEDOR
TOTALES SALDO TOTAL GENERAL
Contabilidad II
33
Universidad Peruana Unión
TABLA 1: TIPO DE MEDIO DE PAGO N°
DESCRIPCIÓN 1 DEPÓSITO EN CUENTA 2 GIRO 3 TRANSFERENCIA DE FONDOS 4 ORDEN DE PAGO 5 TARJETA DE DÉBITO 6 TARJETA DE CRÉDITO 7 CHEQUES CON LA CLÁUSULA DE “NO NEGOCIABLE” ,”NO A LA ORDEN” U OTRA EQUIVALENTE, A QUE SE REFIERE EL INCISO F) DEL ARTÍCULO 5° DEL DECRETO LEGISLATIVO. 8 EFECTIVO, POR OPERACIONES EN LAS QUE NO EXISTE OBLIGACIÓN DE UTILIZAR MEDIOS DE PAGO 9 EFECTIVO, EN LOS DEMÁS CASOS
10 MEDIOS DE PAGO DE COMERCIO EXTERIOR 11 LETRAS DE CAMBIO 101 TRANSFERENCIAS - COMERCIO EXTERIOR 102 CHEQUES BANCARIOS - COMERCIO EXTERIOR 103 ORDEN DE PAGO SIMPLE - COMERCIO EXTERIOR 104 ORDEN DE PAGO DOCUMENTARIO - COMERCIO EXTERIOR 105 REMESA SIMPLE - COMERCIO EXTERIOR 106 REMESA DOCUMENTARIA - COMERCIO EXTERIOR 107 CARTA DE CRÉDITO SIMPLE - COMERCIO EXTERIOR 108 CARTA DE CRÉDITO DOCUMENTARIO - COMERCIO EXTERIOR 999 OTROS MEDIOS DE PAGO (ESPECIFICAR)
6. CASO PRÁCTICO – LIBRO BANCOS La Empresa Comercial FENIX S.A. con RUC 20123456789 realiza las siguientes operaciones, que afectan el Libro Bancos, al 31 de marzo de 20__, y le solicita hacer el Libro Banco, la Conciliación Bancaria y Asientos Contables. N° 01/03 Apertura de cuenta corriente, Banco Continental por S/. 11,500.00, según papeleta Nº 171076 ITF por depósito 02/03 Giro de cheque Nº 001, a la orden de Secof por, S/. 300.00 05/03 Depósito según papeleta Nº 12435, en efectivo por S/. 225.00 ITF por depósito 07/03 Giro de cheque Nº 002, a la orden de Lau Chun por, S/. 485.00 08/03 Depósito según papeleta Nº 02342, cheque otro banco por S/. 860.00 ITF por depósito 10/03 Giro de cheque Nº 003, a la orden de Distribuidora SA por, S/. 1,320.00 14/03 Giro de cheque Nº 004, a la orden de Sedapal por, S/. 125.00 18/03 Giro de cheque Nº 005, a la orden de Edelnor por, S/. 328.50 19/03 Depósito según papeleta Nº 12476, en efectivo por S/. 307.50 ITF por depósito 20/03 Giro de cheque Nº 006, a la orden de Telefónica por, S/. 532.00 25/03 Depósito según papeleta Nº 00247, cheque mismo banco por S/. 110.00 ITF por depósito 26/03 Giro de cheque Nº 007, a la orden de Inmobiliaria Lima - Recibo de alquiler por, S/. 900.00 30/03 Giro de cheque Nº 008, a la orden de Roberto Yataco, sueldo del mes por, S/. 3,779.00 31/03 Depósito según papeleta Nº 00445, en efectivo por S/. 2,275.00 ITF por depósito
Unidad I
34
PROESAD
Nota: El banco nos envía el extracto bancario y nos adjunta Nota de cargo por: Portes 15.00 Chequeras 90.00 Mantem. de Cta. Cte. 30.00 Total 135.00
MARZO - 2010
AV. ALFONSO UGARTE 289 - BREÑA
ESTADO DE CUENTA CORRIENTE FENIX S.A. JR. LAS MAGNOLIAS 729-LIMA
182 - 1 - 035755 Nuevos Soles
N° Cuenta Moneda SALDO ANTERIOR S/.
0,00
MOVIMIENTOS FECHA
CONCEPTO
01-mar 02-mar 05-mar 07-mar 08-mar 10-mar 14-mar 18-mar 19-mar 20-mar 25-mar 26-mar 30-mar 31-mar
Apertura de Cuenta Corriente Giro de Cheque N° 001 Depósito en efectivo papeleta N° 12435 Giro de Cheque N° 002 Depósito Chq. otro Banco papeleta N° 02342 Giro de Cheque N° 003 Giro de Cheque N° 004 Giro de Cheque N° 005 Depósito en efectivo papeleta N° 12476 Giro de Cheque N° 006 Depósito chq. mismo Bco. papeleta N° 00247 Giro de Cheque N° 007 Giro de Cheque N° 008 Depósito en efectivo papeleta N° 00445 Nota de Cargo por: Portes Chequeras Mantenimiento de cuenta
CARGOS
SALDOS
ABONOS 11,500.00
300.00 225.00 485.00 860.00 1,320.00 125.00 328.50 307.50 532.00 110.00 900.00 3,779.00 2,275.00
ITF
DEUDOR
ACREEDOR
-
11,493.10 11,192.92 11,417.79 10,932.49 11,791.98 10,471.19 10,346.11 10,017.41 10,324.73 9,792.41 9,902,34 9,001,80 5,220.54 7,494.17 7,494.17 7,494.17 7,389.17 7,356.17
6.90 0.18 0.14 0.29 0.52 0.79 0.08 0.20 0.18 0.32 0.07 0.54 2.27 1.37
15.00 90.00 30.00 Saldo Inicial
Abonos
0.00
15,277.50
ITF 13.83
Cargos 7,904.50
Saldo Final 7,359.17
Contabilidad II
35
NÚMERO CORRELATIVO DEL REGISTRO O CÓDIGO ÚNICO DE LA OPERACIÓN
Unidad I
36
DEPÓSITO DE CUENTA
TRANSFERENCIA DE FONDOS
7
1
3
18/03/2009
19/03/2009
DEPÓSITO DE CUENTA
TRANSFERENCIA DE FONDOS
1
3
31/03/2009
CHEQUES CON LA CLÁUSULA DE “NO NEGOCIABLE”
7
30/03/2009
CHEQUES CON LA CLÁUSULA DE “NO NEGOCIABLE”
7
3
26/03/2009
DEPÓSITO DE CUENTA
TRANSFERENCIA DE FONDOS
1
25/03/2009
CHEQUES CON LA CLÁUSULA DE “NO NEGOCIABLE”
7
20/03/2009
CHEQUES CON LA CLÁUSULA DE “NO NEGOCIABLE”
CHEQUES CON LA CLÁUSULA DE “NO NEGOCIABLE”
7
14/03/2009
CHEQUES CON LA CLÁUSULA DE “NO NEGOCIABLE”
3
7
DEPÓSITO DE CUENTA
TRANSFERENCIA DE FONDOS
1
10/03/2009
08/03/2009
CHEQUES CON LA CLÁUSULA DE “NO NEGOCIABLE”
TRANSFERENCIA DE FONDOS
7
3
07/03/2009
DEPÓSITO EN CUENTA
1
CHEQUE CON LA CLÁUSULA DE “NO NEGOCIABLE”
7
05/03/2009
TRANSFERENCIA DE FONDOS
3
02/03/2009
DEPÓSITO DE CUENTA
1
01/03/2009
DESCRIPCIÓN DE LA OPERACIÓN
MEDIO DE PAGO (TABLA 1)
FECHA DE LA OPERACIÓN
ROBERTO YATACO
INMOBILIARIA LIMA
TELEFÓNICA
EDELNOR
SEDAPAL
DISTRIBUIDORA SA
LAU CHUN
SECOF
APELLIDOS Y NOMBRES, DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL
OPERACIONES BANCARIAS
FORMATO 1.2: “LIBRO CAJA Y BANCOS. DETALLE DE LOS MOVIMIENTOS DE LA CUENTA CORRIENTE” PERÍODO: MARZO - 2010 RUC: 20123456789 FENIX S.A. ENTIDAD FINANCIERA: CONTINENTAL - SOLES CÓDIGO DE LA CUENTA CORRIENTE: 182 - 1 - 035755
Utilizando el PCGE
BD 00445
BD 00445
CHQ N° 8
CHQ N° 7
BD 00247
BD 00247
CHQ N° 6
BD 12476
BD 12476
CHQ N° 5
CHQ N° 4
CHQ N° 3
BD 02342
BD 02342
CHQ N° 2
BD 12435
BD 12435
CHQ N° 1
BD 171076
BD 171076
NÚMERO DE TRANSACCIÓN BANCARIA, DE DOCUMENTO SUSTENTATORIO O DE CONTROL INTERNO DE LA OPERACIÓN
649
101
4111
4699
649
101
4212
649
101
4212
4212
4699
649
101
4699
649
101
4212
649
101
CÓDIGO
Otros Tributos
Caja
TOTALES
Sueldos y salarios por pagar
Otras Cuentas por pagar diversas
Otros Tributos
Caja
Facturas - Emitidas
Otros Tributos
Caja
Facturas - Emitidas
Facturas - Emitidas
Otras Cuentas por pagar diversas
Otros Tributos
Caja
Otras Cuentas por pagar diversas
Otros Tributos
Caja
Facturas - Emitidas
Otros Tributos
Caja
DENOMINACIÓN
CUENTA CONTABLE ASOCIADA
15,277.50
2,275.00
110.00
307.50
860.00
225.00
11,500.00
DEUDOR
7,778.67
1.37
3,779.00
900.00
0.07
532.00
0.18
328.50
125.00
1,320.00
0.52
485.00
0.14
300.00
6.90
ACREEDOR
SALDOS Y MOVIMIENTOS
Universidad Peruana Unión
PROESAD
CONCILIACIÓN BANCARIA MES DE MARZO DEL 2010
Saldo según Libro Banco 7,498.83 ( - ) Depósitos no Abonados ( + ) Cheques no Cobrados ( - ) Nota de Cargo no consider. En Libro Banco -139.66 SALDO EXTRACTO BANCARIO 7,359.17 Saldo según Extracto Bancario ( - ) Depósitos no Abonados ( + ) Cheques no Cobrados ( - ) Nota de Abono no consider. En Libro Banco ( - ) Nota de Cargo no consider. En Libro Banco SALDO LIBRO BANCO
7,359.83 139.66 7,498.83
Contabilidad II
37
NÚMERO CORRELATIVO DEL ASIENTO O CÓDIGO ÚNICO DE LA OPERACIÓN
1 1 1 1 1 1 1 1 1
Centralización del libro bancos Egresos Centralización del libro bancos Egresos Centralización del libro bancos Egresos Centralización del libro bancos Egresos Centralización del libro bancos Egresos
Destino de egresos banco Destino de egresos banco
Centralización del libro bancos Egresos - Conciliación Centralización del libro bancos Egresos - Conciliación Centralización del libro bancos Egresos - Conciliación
Destino de egresos banco - Conciliación Destino de egresos banco - Conciliación
31/03/2010 31/03/2010 31/03/2010 31/03/2010 31/03/2010
31/03/2010 31/03/2010
31/03/2010 31/03/2010 31/03/2010
31/03/2010 31/03/2010
NÚMERO CORRELATIVO
NÚMERO DEL DOCUMENTO SUSTENTATORIO
REFERENCIA DE LA OPERACIÓN CÓDIGO DEL LIBRO O REGISTRO (TABLA 8)
Centralización del libro bancos Ingresos Centralización del libro bancos Ingresos
GLOSA DE DESCRIPCIÓN DE LA OPERACIÓN
31/03/2010 31/03/2010
FECHA DE LA OPERACIÓN
LIBRO DIARIO FENIX S.A. PERÍODO: MARZO - 2010 RUC: 20123456789
Con el PCGE
ASIENTO EN EL LIBRO DIARIO
DENOMINACIÓN
DEBE
Unidad I
38
139.66
139.66
9.17
7,778.67
15,277.00
HABER
MOVIMIENTO
------------------------------------- X ------------------------------------1041 Cuentas corrientes operativas 15,277.00 101 Caja ------------------------------------- X ------------------------------------4111 Sueldos y salarios por pagar 3,799.00 4212 Sueldos y salarios por pagar 1,285.50 4699 Otras Cuentas por pagar diversas 2,705.00 649 Otros Tributos 9.17 1041 Cuentas corrientes operativas ------------------------------------- X ------------------------------------94 Gastos administrativos 9.17 791 Carga imputable a cuentas de costos y gastos ------------------------------------- X ------------------------------------649 Otros Tributos 4.66 6391 Gastos bancarios 135.00 1041 Cuentas corrientes operativas ------------------------------------- X ------------------------------------94 Gastos administrativos 139.66 791 Carga imputable a cuentas de costos y gastos
CÓDIGO
CUENTA CONTABLE ASOCIADA A LA OPERACIÓN
Universidad Peruana Unión
3
PROESAD
Sesión
LIBRO caja chica
1. DEFINICIÓN Se denomina así a un fondo fijo designado para los gastos menudos y diarios en una empresa. Entre algunas partidas comunes tenemos: Movilidad, Útiles de escritorio, Medicina, Diarios, Revistas, Correos, Viáticos, Imprevistos, etc. Para su control se puede usar un libro contable o también voucher, conjuntamente con los documentos sustentatorios que dieron origen a los egresos de caja chica. Este fondo es renovable, esto significa que consiste en hacer liquidación de todos los gastos ascendentes al monto determinado y luego reponer el monto fijo designado; este fondo estará a cargo del cajero quien deberá llevar y tener al día dicho libro. Cuando el fondo fijo se agota, inmediatamente se hará una liquidación (rendir cuentas con los documentos que dieron origen a los egresos de cheque a la orden del cajero de caja chica), por la misma cantidad designada para el fondo fijo, manteniendo la liquidez. Este fondo debe ser celosamente cuidado en su desembolso; debiendo ser gastado en los fines y propósitos de la empresa, debiendo ser arqueados por el contador, gerente o administrador, auditor interno, etc. en cualquier momento que se lo requiera. La transferencia depende de las políticas de contabilidad, pero es costumbre cada quincena o fin de mes.
Contabilidad II
39
Universidad Peruana Unión
2. RAYADO CAJA CHICA DEL MES DE _____ DE 20 ___ FECHA
DETALLE
N° DE COMP. INTERNO
MOVIMIENTOS DEBE
HABER
DIVISIONARIAS
EGRESOS
SUB TOTAL SALDO PARA TOTALES
3. CASO PRÁCTICO – CAJA CHICA La Empresa Comercial Tesoros S.A. con RUC 20123456789 gira el cheque N° 001 Banco de Crédito a la orden de la cajera por S/. 2,000.00, creando de esa manera un fondo fijo para la caja chica y luego ha realizado las siguientes operaciones: ENUNCIADO: 04.03 06.03 09.03 12.03 13.03 15.03 19.03 23.03 28.03 31.03
Compras en efectivo útiles de escritorio Fact. 001 – 1234 por Se paga luz Rec. 003 – 92845 por Se paga intereses según Nota de Cargo de SAGA Compra lapiceros Parker sin comprobante por Según pedido interno se otorga refrigerio para el personal B.V. 001 – 345 Pago de Diarios y Revistas según B.V. 003 - 38495 Pago de comisiones a los vendedores de planta Pago a cuenta del impuesto a la renta Pago de la Letra N° 0344 por Pago de licencia municipal de funcionamiento Rec. 0293845
SE PIDE: Confeccionar el libro de Caja Chica Contabilizar las operaciones Reintegrar con cheque N° 0445 en fondo fijo asignado a la cajera inicialmente
Unidad I
40
40.00 55.00 43.00 348.00 50.00 70.00 350.00 160.00 270.00 450.00
PROESAD
Con el PCGE CAJA CHICA MARZO - 2010 Fecha
Detalle
Comprobante
Movimientos Debe
Divisionaria
Haber
02-mar
Reposición de caja chica
Chq.0001
04-mar
Útiles de escritorio
F.001 - 1234
40.00
4699
06-mar
Consumo de Luz
R.003 - 92845
55.00
4212
09-mar
Intereses SAGA
N/Cargo
12-mar
Lapicero
13-mar
Refrigerio
B.V. 001 - 345
15-mar
Diarios y Revistas
B.V. 003 - 83495
19-mar
Comisión vendedores
42
46
43.00
45539
43.00
4699
348.00
50.00
4699
50.00
70.00
4212
350.00
4112
Pago a cta. Impuesto a la renta
160.00
40171
Letra por pagar
Let. 344
270.00
423
31-mar
Licencia de funcionamiento
Rec.0293845
450.00
40631
2,000.00
1,836.00
2,000.00
2,000.00
SALDO
40.00 55.00
348.00
28-mar
TOTALES
41
2,000.00
23-mar
SUBTOTAL
CUENTAS 40
70.00 350.00 160.00 270.00 450.00 610.00
350.00
395.00
481.00
-
-
164.00
LIBRO DIARIO Comercial Tesoros S.A. PERÍODO: MARZO - 2010 RUC: 20123456789 NÚMERO CORRELATIVO DEL ASIENTO O CÓDIGO ÚNICO DE LA OPERACIÓN
FECHA DE LA OPERACIÓN
REFERENCIA DE LA OPERACIÓN
GLOSA DE DESCRIPCIÓN DE LA OPERACIÓN
02/03/2010 02/03/2010
Reposición de caja chica Marzo 2010 Reposición de caja chica Marzo 2010
31/03/2010 31/03/2010 31/03/2010 31/03/2010 31/03/2010 31/03/2010 31/03/2010 31/03/2010
Egresos de caja chica Marzo 2010 Egresos de caja chica Marzo 2010 Egresos de caja chica Marzo 2010 Egresos de caja chica Marzo 2010 Egresos de caja chica Marzo 2010 Egresos de caja chica Marzo 2010 Egresos de caja chica Marzo 2010 Egresos de caja chica Marzo 2010
01/04/2010 01/04/2010
Reposición de caja chica Abril 2010 Reposición de caja chica Abril 2010
CÓDIGO DEL LIBRO O REGISTRO (TABLA 8)
NÚMERO CORRELATIVO
NÚMERO DEL DOCUMENTO SUSTENTATORIO
CUENTA CONTABLE ASOCIADA A LA OPERACIÓN CÓDIGO
DENOMINACIÓN
MOVIMIENTO DEBE
------------------------------------- X ------------------------------------102 Fondos fijo 2,000.00 1041 Cuentas corrientes operativas ------------------------------------- X ------------------------------------40171 Impuesto de 3ra. Categoría 160.00 40631 Sueldos y salarios por pagar 450.00 4112 Comisiones por pagar 350.00 4212 Facturas - Emitidas 125.00 423 Letras por pagar 270.00 45539 Otras obligaciones financieras 43.00 4699 Otras Cuentas por pagar diversas 438.00 102 Fondos fijos ------------------------------------- X ------------------------------------102 Fondos fijos 1,836.00 1041 Cuentas corrientes operativas
HABER
2,000.00
1,836.00 1,836.00
4. ARQUEO DE CAJA Se denomina así porque es una técnica anticipada, mediante el cual comprobamos si el dinero existente es conforme o no, para lo cual se efectúa un recuento de dinero y de los elementos que lo conforman ya sean vales, recibos, tickets, etc. La finalidad del arqueo es constatar el movimiento del dinero y la determinación de su saldo, de esta forma se evita los fraudes y malos manejos, cuidando así su integridad. El arqueo de caja se realiza en cualquier momento y puede ser efectuado por el Contador, Administrador, Gerente o cualquier otra persona que tenga la capacidad de hacerlo de acuerdo a un conducto regular.
Contabilidad II
41
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4.1. CASO PRÁCTICO – ARQUEO DE CAJA En el restaurante “El Buen Gusto”, se practica un arqueo de caja a Roy Arzubialde Aguirre, cajero de turno entre las 13:00 a 19:00 horas, el día 30 de abril de 2010, hallando lo siguiente: Fondo Fijo para compras y gastos Ventas del día según facturas Otros ingresos, propina a mozos, en tarjetas TOTAL
2,800.00 8,320.00 1,920.30 13,040.30
DETALLE: Tarjetas de crédito de credibank 590.00 a) Orden de Crédito N° 0134 por 270.00 b) Orden de Crédito N° 0135 por 320.00 Tarjetas de crédito diners club a) Orden de Crédito N° L-235 por b) Orden de Crédito N° L-236 por c) Orden de Crédito N° L-237 por
1,326.00 489.00 510.00 327.00
Tarjetas de crédito conticard 925.00 a) Orden de Crédito N° 0138 por 235.00 b) Orden de Crédito N° 0139 por 690.00 Boleta de ventas, facturas y tickets a) Santa Isabel – Compra de Abarrotes b) Metro – Compra de Carne y Pollo c) Panadería Ebony, Panes de Yema d) Orfebrería Dicoz, Placas y Pines e) Farmacia DEZA, medicamentos, F/.
1,350.00 490.00 130.00 1,324.00 420.00
Cheques a nuestra orden a) Cheque N° 001 Banco de Crédito b) Cheque N° 013 Banco Continental c) Cheque N° 234 Banco Latino d) Conticheque N° 7234
3,714.00
Efectivo a) 08 Billetes de 200.00 = b) 14 Billetes de 100.00 = c) 18 Billetes de 50.00 = d) 21 Billetes de 20.00 = e) 25 Billetes de 10.00 = f) 53 Monedas de 5.00 = g) 80 Monedas de 1.00 = h) 36 Monedas de 0.50 = i) 23 Monedas de 0.10 =
Unidad I
42
1,550.00 400.00 385.00 279.50 485.50 4,935.30 1,600.00 1,400.00 900.00 420.00 250.00 265.00 80.00 18.00 2.30
PROESAD
SOLUCIÓN: RESTAURANTE “EL BUEN GUSTO” ARQUEO DE CAJA 30 de abril de 20__ a las 19:30 INGRESOS Fondo Fijo Ventas Otros TOTAL
2,800.00 8,320.00 1,920.30 13,040.30
COMPROBANTES DE CAJA Tarjetas de crédito Credibank 590.00 Orden de Crédito N° 0134 por 270.00 Orden de Crédito N° 0135 por 320.00 Diners club Orden de Crédito N° L-235 por 489.00 Orden de Crédito N° L-236 por 510.00 Orden de Crédito N° L-237 por 327.00 Conticard Orden de Crédito N° 0138 por 235.00 Orden de Crédito N° 0139 por 690.00
1,326.00
925.00
Boleta de ventas, facturas y tickets Santa Isabel 1,350.00 Metro 490.00 Panadería Ebony 130.00 Orfebrería Dicoz 1,324.00 Farmacia DEZA 420.00
3,714.00
Cheques a nuestra orden Cheque N° 001 Banco de Crédito Cheque N° 013 Banco Continental Cheque N° 234 Banco Latino Conticheque N° 7234
1,550.00
400.00 385.00 279.50 485.50
Efectivo 08 Billetes de 200.00 = 1,600.00 14 Billetes de 100.00 = 1,400.00 18 Billetes de 50.00 = 900.00 21 Billetes de 20.00 = 420.00 25 Billetes de 10.00 = 250.00
4,935.30
Contabilidad II
43
Universidad Peruana Unión
53 Monedas 80 Monedas 36 Monedas 23 Monedas
de de de de
5.00 1.00 0.50 0.10
= = = =
265.00 80.00 18.00 2.30
RESUMEN GENERAL ORIGEN 1° Fondo Fijo 2,800.00 2° Ventas 8,320.00 3° Otros 1,920.30 13,040.30 DISTRIBUCIÓN 1° Tarjetas de Crédito 2,841.00 2° Boletas de Ventas, Facturas, Tickets 3,714.00 3° Cheques a la Orden 1,550.00 4° Efectivo 4,935.30 13,040.30
Lima, 30 de abril de 20__
Gerente General
Contador
Unidad I
44
Cajero
PROESAD
AUTOEVALUACIÓN
REFUERZA LAS COMPETENCIAS A LOGRAR
Tú decides si ser el mejor o el peor.
CONCEPTUAL 1. ¿Cuál es el propósito de los Estados Financieros? Respuesta. ______________________________________________________________ _______________________________________________________________________ _______________________________________________________________________ 2. Explique. ¿Cuáles son los componentes de los estados financieros? Respuesta. ______________________________________________________________ _______________________________________________________________________ _______________________________________________________________________ 3. Explique y defina el principio de Empresa en Marcha. Respuesta. ______________________________________________________________ _______________________________________________________________________ _______________________________________________________________________ 4. ¿Qué es un extracto bancario y cuál es su utilidad? Respuesta. ______________________________________________________________ _______________________________________________________________________ _______________________________________________________________________ 5. Escribe (V) si es verdadero y (F) si es falso en las siguientes oraciones: a) ( b) ( c) (
) El libro banco tributariamente se considera obligatorio. ) El libro banco es un libro principal, por lo tanto es necesaria su legalización. ) Es prerrogativa de cada empresa preparar un formato del libro banco.
PROCEDIMENTAL 1. Elabora un cuadro sinóptico del proceso contable.
ACTITUDINAL 2. Frente al hecho económico de los ingresos por concepto de una venta, ¿qué NIC(s) aplicarías? _______________________________________________________________________ _______________________________________________________________________ _______________________________________________________________________ 3. Frente al hecho económico de los egresos de una compra, ¿qué NIC(s) aplicarías? _______________________________________________________________________ _______________________________________________________________________ _______________________________________________________________________
Contabilidad II
45
COMPETENCIAS CONCEPTUAL El discente conoce los criterios y procedimientos sobre el manejo de los registros de compras, ventas, letras por cobrar y pagar según la normativa establecida.
PROCEDIMENTAL Identifica las disposiciones legales para el registro de los libros y resuelve los casos prácticos planteados en el módulo con el fin de poner en práctica los conocimientos aprendidos.
ACTITUDINAL El discente, con la preparación recibida materializa sus conocimientos con el registro adecuado de los libros.
UNIDAD II UNIDAD II Registros de compras, ventas y letras por cobrar y pagar Sesión Nº 4: Sesión Nº 5: Sesión Nº 6: Sesión Nº 7:
Registro de ventas Registro de compras Registro de letras por cobrar Registro de letras por pagar
4
PROESAD
Sesión
registro de ventas
1. ANTECEDENTES El registro de ventas tiene un origen bastante remoto, habiendo adoptado modalidades desde un simple copiador, legajo o duplicación de facturas hasta nuestros días convirtiéndose en un verdadero libro de foliación y empastado o una impresión encuadernada del listado de la base de datos de la computadora, cumple un rol preponderante en la marcha de la empresa y el control de ingresos para fines tributarios.
2. DEFINICIÓN Es un libro auxiliar obligatorio que puede ser de foliación simple o doble, en el cual se registran las ventas de bienes o servicios que constituyen la actividad principal de los ingresos, así como, las provenientes de las operaciones muy ajenas al giro del negocio y que se realizan muy esporádicamente (venta de activos fijos, por ejemplo); registro de los comprobantes de pagos emitidos en forma detallada, ordenada, cronológica y correlativa. Teniendo como principal elemento de juicio sustentatorio las facturas emitidas y las notas de débito o crédito generadas por devoluciones, anulaciones, descuentos.
3. ASPECTO LEGAL Según Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC), Decreto Legislativo N° 821, aprobado por Decreto Supremo N° 05599-EF, Reglamento de la Ley del IGV e ISC, Decreto Supremo N° 136-96-EF, modificado por el D.S. N° 064-2000-EF. En principio, están obligados a llevar este registro, los contribuyentes del IGV, establecido en el artículo 37 de la Ley del IGV. Esta obligación alcanza también a los sujetos del Impuesto a la Renta, independientemente que se encuentren en el Régimen General o en el Régimen Especial.
Contabilidad II
49
Universidad Peruana Unión
El artículo 65 de la Ley del impuesto a la renta, dice: los perceptores de rentas de tercera categoría cuyos ingresos brutos anuales no superan las 150 UIT deberán llevar como mínimo un Registro de Ventas, un Registro de Compras y Libro Diario de Formato Simplificado de acuerdo con las normas sobre la materia. Y agrega que los demás perceptores de rentas de tercera categoría están obligados a llevar contabilidad completa. El artículo 124 de la Ley del impuesto a la renta, dice: los sujetos del Régimen Especial del Impuesto a la Renta están obligados a llevar un Registro de Compras y un Registro de Ventas de acuerdo con las normas vigentes sobre la materia. La SUNAT, mediante la Resolución de Superintendencia N° 234-2006/SUNAT y modificatorias, estableció las disposiciones relacionadas con los libros y registros vinculados a asuntos tributarios, las cuales están vigentes desde del 1 de enero de 2007, integrando así en un solo cuerpo legislativo las normas sobre la materia. La contabilidad completa, disposición vigente a partir del 2009 de acuerdo a lo dispuesto por la Resolución de Superintendencia N° 239-2008/SUNAT. La información mínima contenida en los libros y registros vinculados a asuntos tributarios, así como los formatos que la integran, disposición que entrará en vigencia a partir del 2010, excepto para el Libro Diario de Formato Simplificado, de acuerdo a lo dispuesto por la Resolución de Superintendencia N° 017-2009/SUNAT.
4. INFORMACIÓN MÍNIMA DEL REGISTRO a. Número correlativo del registro o código único de la operación de venta. b. Fecha de emisión del comprobante de pago o documento. c. En los casos de empresas de servicios públicos, adicionalmente deberá registrar la fecha de vencimiento y/o pago del servicio. d. Tipo de comprobante de pago o documento (según tabla 10). e. Número de serie del comprobante de pago, documento o de la máquina registradora, según corresponda. f. Número del comprobante de pago o documento, en forma correlativa por serie o por número de la máquina registradora, según corresponda. g. Tipo de documento de identidad del cliente (según tabla 2). h. Número de RUC del cliente, cuando cuente con éste, o número de documento de identidad, según corresponda. i. Apellidos y Nombres, denominación o razón social del cliente. En caso de personas naturales se debe consignar los datos en el siguiente orden: apellido paterno, apellido materno y nombre completo. j. Valor de la exportación, de acuerdo al monto total facturado. k. Base imponible de la operación gravada. En caso de ser una operación gravada con el Impuesto Selectivo al Consumo, no debe incluir el monto de dicho impuesto. l. Importe total de las operaciones exoneradas o inafectas. m. Impuesto Selectivo al Consumo, de ser el caso. n. Impuesto General a las Ventas y/o Impuesto de Promoción Municipal, de ser el caso. o. Otros tributos y cargos que no forman parte de la base imponible. p. Importe total del comprobante de pago. q. Tipo de cambio utilizado conforme lo dispuesto en las normas sobre la materia.
Unidad II
50
PROESAD
r. En el caso de las notas de débito o las notas de crédito, adicionalmente, se hará referencia al comprobante de pago que se modifica, para lo cual se deberá registrar la siguiente información: i. Fecha de emisión del comprobante de pago que se modifica. ii. Tipo de comprobante de pago que se modifica (según tabla 10). iii. Número de serie del comprobante de pago que se modifica. iv. Número del comprobante de pago que se modifica.
El monto ajustado de la base imponible y/o del impuesto o valor, según corresponda, señalado en las notas de crédito, se consignará respectivamente, en las columnas utilizadas para registrar los datos vinculados al valor facturado de la exportación, base imponible de la operación gravada e importe total de la operación exonerada o inafecta. El monto de la base imponible y/o impuesto o valor, según corresponda, señalados en las notas de débito, se consignarán respectivamente en las columnas indicadas en el párrafo anterior. s. Totales.
5. INFORMACIÓN ADICIONAL PARA EL CASO DE DOCUMENTOS QUE MODIFICAN EL VALOR DE LAS OPERACIONES Las notas de débito o de crédito emitidas por el sujeto deberán ser anotadas en el Registro de Ventas e Ingresos. Las notas de débito o de crédito recibidas, así como los documentos que modifican el valor de las operaciones consignadas en las Declaraciones Únicas de Importación, deben ser anotadas en el Registro de Compras. Adicionalmente a la información señalada en el numeral anterior, deberá incluirse en los registros de compras o de ventas según corresponda, los datos referentes al tipo, serie, número de comprobante de pago para respecto del cual se emitió la nota de débito o crédito, cuando corresponda a un solo comprobante de pago.
6. REGISTRO DE LAS OPERACIONES Para las anotaciones en los registros se deberá observar lo siguiente: a. Para determinar el valor mensual de las operaciones realizadas, los contribuyentes del Impuesto deberán anotar sus operaciones, así como las modificaciones al valor de las mismas, en el mes en que éstas se realicen. b. Los documentos emitidos por ADUANAS y aquellos que sustenten la utilización de servicios, deberán anotarse a partir de la fecha en que se efectuó el pago del Impuesto. c. Para efecto de los Registros de Ventas e Ingresos deberá totalizarse el importe correspondiente a cada columna final de cada página. El artículo 10 del Reglamento de la Ley del IGV ha establecido una serie de disposiciones respecto al llevado del Registro de Ventas:
Contabilidad II
51
Universidad Peruana Unión
Los sujetos del impuesto que lleven en forma manual el Registro de Ventas e Ingresos, podrán registrar un resumen diario de aquellas operaciones que no otorguen derecho a crédito fiscal, debiendo hacerse referencia a los documentos que acrediten las operaciones, siempre que lleven un sistema de control con el que se pueda efectuar la verificación individual de cada documento. Los sujetos del Impuesto que utilicen sistemas mecanizados o computarizados de contabilidad podrán anotar en el Registro de Ventas e Ingresos, el total de las operaciones diarias que no otorguen derecho a crédito fiscal en forma consolidada, siempre que lleven un sistema de control computarizado que mantenga la información detallada y que permita efectuar la verificación individual de cada documento. Los sistemas de control a que se refieren los párrafos anteriores, deben contener como mínimo la información exigida para el Registro de Ventas. No obstante, cuando exista obligación de identificar al adquiriente o usuario de acuerdo al Reglamento de Comprobante de Pago, se deberá consignar adicionalmente los siguientes datos: Número de documento de identidad del cliente. Apellido paterno, apellido materno y nombre completo.
7. PLAZO MÁXIMO DE ATRASO Diez (10) días, desde el primer día hábil del mes siguiente a aquél en que se emita el comprobante de pago respectivo. COMENTARIO Es bueno recordar que cuando se habla de comprobantes, según el reglamento de comprobantes de pago, relacionados con los comprobantes son: la factura, la boleta de venta, la liquidación de compra, los recibos por honorarios, y el ticket de las máquinas registradoras.
8. MODELO DEL RAYADO O FORMATO
Unidad II
52
NÚMERO CORRELATIVO DEL REGISTRO O CÓDIGO ÚNICO DE LA OPERACIÓN
FECHA DE EMISIÓN DEL COMPROBANTE DE PAGO O DOCUMENTO
FECHA DE VENCIMIENTO Y/O PAGO
TIPO (TABLA 10)
N° SERIE O N° DE SERIE DE LA MÁQUINA REGISTRADORA
NÚMERO
COMPROBANTE DE PAGO O DOCUMENTO
FORMATO 14.1: REGISTRO DE VENTAS E INGRESOS PERIODO: RUC: APELLIDO Y NOMBRES, DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL:
TIPO (TABLA 2)
NÚMERO
DOCUMENTO DE IDENTIDAD
TOTALES
APELLIDOS Y NOMBRES, DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL
INFORMACIÓN DEL CLIENTE VALOR FACTURADO DE LA EXPORTACIÓN
BASE IMPONIBLE DE LA OPERACIÓN GRAVADA EXONERADA
INAFECTA
IMPORTE DE LA OPERACIÓN EXONERADA O INAFECTA ISC
IGV Y/O IPM
OTROS TRIBUTOS Y CARGOS QUE NO FORMAN PARTE DE LA BASE IMPONIBLE D/C
IMPORTE TOTAL DEL COMPROBANTE DE PAGO TIPO DE CAMBIO FECHA
TIPO (TABLA 10)
SERIE
N° DEL COMPROBANTE DE PAGO O DOCUMENTO
REFERENCIA DEL COMPROBANTE DE PAGO O DOCUMENTO ORIGINAL QUE SE MODIFICA
PROESAD
Contabilidad II
53
Universidad Peruana Unión
TABLA 2: TIPO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD N° 0 1 4 6 7
DESCRIPCIÓN OTROS TIPOS DE DOCUMENTOS DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD CARNÉ DE EXTRANJERÍA REGISTRO ÚNICO DE CONTRIBUYENTES PASAPORTE
TABLA 10: TIPO DE COMPROBANTE DE PAGO O DOCUMENTO N°
DESCRIPCIÓN
00
Otros (especificar)
01
Factura
02
Recibo por Honorarios
03
Boleta de Venta
04
Liquidación de compra
05
Boleto de compañía de aviación comercial por el servicio de transporte aéreo de pasajero
06
Carta de porte aéreo por el servicio de transporte de carga aérea
07
Nota de crédito
08
Nota de débito
09
Guía de Remisión - Remitente
10
Recibo por Arrendamiento
11
Póliza emitida por las Bolsas de Valores, Bolsas de Producto o Agentes de Intermediación por operaciones realizadas en la Bolsa de Valores o Productos o fuera de las mismas, autorizadas por CONASEV
12
Ticket o cinta emitido por máquina registradora
13
Documento emitido por bancos, instituciones financieras, crediticias y de seguros que se encuentren bajo el control de la Superintendencia de Banca y Seguros
14
Recibo por servicios públicos de suministro de energía eléctrica, agua, teléfono, telex y telegráficos y otros servicios complementarios que se incluyan en el recibo de servicio público
15
Boleto emitido por las empresas de transporte público urbano de pasajeros
16
Boleto de viaje emitido por las empresas de transporte público interprovincial de pasajeros dentro del país
17
Documento emitido por la Iglesia Católica por el arrendamiento de bienes inmuebles
18
Documento emitido por las Administradoras Privadas de Fondo de Pensiones que se encuentran bajo la supervisión de la Superintendencia de Administradoras Privadas de Fondo de Pensiones
19
Boleto o entrada por atracciones y espectáculos públicos
20
Comprobante de Retención
21
Conocimiento de embarque por el servicio de transporte de carga marítima
22
Comprobante por Operaciones No Habituales
23
Póliza de Adjudicación emitidas con ocasiones del remate o adjudicación de bienes por venta forzada, por los martilleros o las entidades que rematen o subasten bienes por cuenta de terceros
24
Certificado de pago de regalías emitidas por PERUPETRO S.A.
Unidad II
54
PROESAD
TABLA 10: TIPO DE COMPROBANTE DE PAGO O DOCUMENTO N°
DESCRIPCIÓN
25
Documento de Atribución (Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, Art. 19°, último párrafo, R.S. N° 022-98-SUNAT)
26
Recibo por el Pago de la Tarifa por Uso de Agua Superficial con fines agrarios y por el pago de la Cuota para la ejecución de una determinada obra o actividad por la Asamblea General de la Comisión de Regantes o Resolución expedida por el Jefe de la Unidad de Aguas y de Riego (Decreto Supremo N° 003-90-AG, Arts. 28 y 48)
27
Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo
28
Tarifa Unificada de Uso de Aeropuerto
29
Documentos emitidos por la COFOPRI en calidad de oferta de venta de terrenos, los correspondientes a las subastas públicas y a la retribución de los servicios que presta
30
Documentos emitidos por las empresas que desempeñan el rol adquirente en los sistemas de pago mediante tarjetas de crédito y débito
31
Guía de Remisión - Transportista
32
Documentos emitidos por las empresas recaudadoras de la denominada Garantía de Red a la que hace referencia el numeral 7.6 del artículo 7° de la Ley N° 27133 - Ley de Promoción del Desarrollo de la Industria del Gas Natural
34
Documento del Operador
35
Documento del Partícipe
36
Recibo de Distribución de Gas Natural
37
Documentos que emitan los concesionarios del servicio de revisiones técnicas vehiculares, por la prestación de dicho servicio
50
Declaración Única de Aduanas - Importación definitiva
52
Despacho Simplificado - Importación Simplificada
53
Declaración de Mensajería o Courier
54
Liquidación de Cobranza
87
Nota de Crédito Especial
88
Nota de Débito Especial
91
Comprobante de No Domiciliado
96
Exceso de crédito fiscal por retiro de bienes
97
Nota de Crédito - No Domiciliado
98
Nota de Débito - No Domiciliado
99
Otros - Consolidado de Boletas de Venta
Contabilidad II
55
Universidad Peruana Unión
TABLA 2: CÓDIGO DE LA ADUANA N° 019 028 046 055 082 091 118 127 145 154 163 172 181 190 217 226 235 244 262 271 280 299 884 893 910 929 938 947 956 965
DESCRIPCIÓN TUMBES TALARA PAITA CHICLAYO SALAVERRY CHIMBOTE MARÍTIMA DEL CALLAO PISCO MOLLENDO MATARANI AREQUIPA ILO TACNA PUNO CUSCO PUCALLPA IQUITOS AÉREA DEL CALLAO POSTAL DE LIMA DESAGUADERO TARAPOTO PUERTO MALDONADO LATINA DEPENDENCIA FERROVIARIA TACNA DEPENDENCIA POSTAL TACNA DEPENDENCIA POSTAL AREQUIPA COMPLEJO FRONTERIZO STA ROSA TACNA TERMINAL TERRESTRE TACNA AEROPUERTO TACNA CETICOS TACNA DEPENDENCIA POSTAL DE SALAVERRY
9. LOS INGRESOS Y SU RELACIÓN CON EL REGISTRO DE VENTAS (NIC 18) OBJETIVO El objetivo de la Norma es establecer el tratamiento contable de los ingresos, identificando la oportunidad de su reconocimiento y el valor de los mismos, así como las revelaciones y presentaciones de este tipo de partidas. Se define el ingreso como el flujo bruto de beneficios económicos durante el período, proveniente del curso ordinario de la empresa, que origina un
Unidad II
56
PROESAD
incremento del patrimonio, diferente a aquellos relacionados a contribuciones provenientes de los aportantes patrimoniales. Revisa el tratamiento de los ingresos para una serie de categorías tales como: venta de productos, prestación de servicios intereses, regalías y dividendos presentando un apéndice ilustrativo para diferentes situaciones comerciales. Con respecto a las ventas de productos, éstas cuando se han transferido todos los riesgos y beneficios inherentes al bien, su administración o control no implica propiedad, por tanto, los ingresos y costos asociados pueden ser medidas confiablemente, y es probable que fluirán hacia la empresa en los beneficios económicos relacionados. Por su parte, los ingresos por prestación de servicios son reconocidos cuando los ingresos y costos asociados pueden ser medidos confiablemente. Es probable que los beneficios económicos relacionados fluirán hacia la empresa; y cuando el escenario de culminación de la transacción puede ser medido confiablemente. Los ingresos son reconocidos sobre la base del tiempo transcurrido a las tasas pactadas; las regalías lo son de acuerdo con las condiciones contractuales pactadas; y los dividendos cuando se reconoce el pago del derecho al accionista. En relación con los dividendos, éstos no deben ser confundidos con las participaciones que registra un inversor en sus asociadas, cuando sigue el método de participación patrimonial. En estos casos, se registran participaciones y no dividendos. Además, cuando son registrados estos últimos, el valor de la inversión debe ser corregido en el mismo monto. ALCANCE DE LA NORMA 1. Esta Norma debe ser aplicada por todas las empresas en el reconocimiento del ingreso que se origina de las transacciones y eventos siguientes: a) La venta de bienes o mercancías; b) La presentación de servicios, y c) El uso por parte de otros usuarios de activos de la empresa que rinden interés, regalías y dividendos. 2. Los bienes incluyen, los bienes producidos por la empresa con el propósito de venta y los bienes comprados para revender, como mercancía comprada por un detallista o terrenos u otras propiedades que se tiene para su reventa. 3. La prestación de servicios generalmente involucra la ejecución de tareas acordadas contractualmente, en un plazo. Los servicios pueden ser suministrados en sólo un período o en más de uno. Algunos contratos para la presentación de servicios están relacionados directamente con contratos de construcción, por ejemplo, aquellos para los servicios de gerencias de proyectos y arquitectos. 4. El uso por parte de otros de los activos de una empresa da lugar a ingresos en la forma de: a) Interés cargos por el uso de efectivo o equivalentes de efectivo por cantidades adecuados a la empresa. b) Regalías cargos por el uso de activos a largo plazo de la empresa, por ejemplo, patentes, marcas registradas, derechos de autor y programa de computadoras, y c) Dividendos y distribuciones de utilidades a los propietarios de inversiones de capital en proporción a su tenencia en una clase particular de capital. Contabilidad II
57
Universidad Peruana Unión
5. Esta Norma no trata del ingreso que se origina de las siguientes acciones: a) Convenios de arrendamiento; b) Dividendos que se originan de inversiones que son contabilizados bajo el método de capital; c) Contratos de seguros de compañías de seguros; d) Cambios en el valor justo de los activos y pasivos financieros o la disposición de los mismos; e) Cambios en el valor de otros activos circulantes; f) Aumentos naturales en la ganadería y en productos forestales y agrícolas; y g) La extracción de minerales. ASPECTOS RELEVANTES 6. Los siguientes términos se emplean en la presente Norma con el significado que aquí se les asigna:
Ingreso. Es la entrada bruta de beneficios económicos durante el período, que se originan en el curso de las actividades ordinarias de una empresa, cuando estas entradas dan como resultado aumento en capital distintos a la que se deriva de contribuciones de los propietarios del capital.
Valor justo. Es la cantidad por la que podría ser intercambiado un activo, o liquidado un pasivo, entre partes informadas y deseosas en una transacción de libre competencia.
7. El ingreso incluye sólo las entradas brutas de beneficios económicos recibidos y por recibir por la empresa en su propio beneficio. Las cantidades cobradas a favor de terceras partes tales como impuestos sobre ventas, impuestos sobre bienes y servicios y al valor agregado, no son beneficios económicos que fluyen a la empresa y no dan como resultado un aumento en el capital. Por lo tanto, se excluyen del ingreso. Similarmente en una relación de agencia o administración, las entradas brutas de beneficios económicos no dan como resultado aumentos en capital. Por lo tanto, no son considerados como ingresos. En cambio, la cantidad de comisión es un ingreso.
10. CASO PRACTICO – REGISTRO DE VENTAS SISTOLE S.A.C., con RUC 20342915435, ubicado en Jr. Moquegua Nro. 235 – Los Olivos, dedicado a la compra y venta de artículos farmacéuticos al por mayor y menor presenta las siguientes operaciones comerciales al mes de marzo del 2011. DATOS ADICIONALES: La empresa está acogida al Régimen General del Impuesto a la renta, y muestra los siguientes datos en el Registro de Compras: Total compras gravadas del mes 17,179.27 IGV retenido a los proveedores 3,092.27 El impuesto se declara vía el PDT y se paga girando cheque N° 01011347233 del Banco Continental.
Unidad II
58
PROESAD
OPERACIONES: 02.03 Se vende medicamentos según relación a la Farmacia Deza S.A. con RUC 20102586412, con Factura N° 002-022, con V.V. S/. 3,400.00 al contado. 09.03 Se vende mercaderías según relación a la Farmacia Vida Nueva S.A. con RUC 20220254652, por S/. 4,800.00 sin incluir el IGV, con 12% de descuento por pronto pago, Factura N° 002023. 16.03 Se vende mercaderías a Edgardo Zagaceta Corrales con RUC 10200398775, con V.V. S/. 1,200.00, 80% al contado y el saldo al crédito a 7 días, factura N° 002-024. 19.03 Se vende mercadería con destino a Piura, Farmacia Salud y Listo S.A. con RUC 20325682024, con V.V. S/. 3,700.00; 50% al contado y el saldo a crédito en 05 días, Factura N° 002-025. Fletes por S/. 15.00 23.03 Se vende según factura N° 002-026 a la Farmacia Incafarma SAC con RUC 20102201129 con V.V. S/. 2,350.00; 40% contra entrega y el saldo con 02 letras a 30 y 60 días vistas escalonadas en partes iguales. Fletes por S/. 40.00 27.03 Se vende según factura N° 002-027 a la Farmacia Farmatorres SAC con RUC 20201151810 con V.V. S/. 2,850.00, al crédito con 03 letras a 30, 60, y 90 días vistas escalonadas en partes iguales. 30.03 Se vende según factura N° 002-028 a la Farmacia El Pueblo EIRL con RUC 20469111200 por S/. 7,000.00, sin incluir I.G.V., totalmente al crédito, 04 letras a 30, 60, 90 y 120 días vistas escalonadas en partes iguales. DESARROLLO: Cálculo previo a cada operación Operación N° 1
FECHA 02/03/2011
DETALLE Venta
IMPORTE
IMPORTE
PCGE
3,400.00
70111
612.00
40111
Precio de venta
4,012.00
1212
Contado 100%
4,012.00
101
IGV 18%
Crédito
Operación N° 2 FECHA 09/03/2011
DETALLE Venta Descuento 12% Venta Descontada IGV 18%
IMPORTE
IMPORTE
PCGE
4,800.00
70111
-576.00
40111
4,224.00
1212
760.32
Precio de Venta
4,984.32
Contado 100%
4,984.32
101
Crédito
Contabilidad II
59
Universidad Peruana Unión
Operación N° 3 FECHA 16/03/2011
DETALLE Venta
IMPORTE
IMPORTE
PCGE
1,200.00
70111
216.00
40111
Precio de venta
1,416.00
1212
Contado 100%
1,132.00
101
IGV 18%
Crédito 20%
283.20
Operación N° 4 FECHA 19/03/2011
DETALLE Venta
IMPORTE
IMPORTE
PCGE
3,700.00
Flete
70111 15.00
7592
666.00
2.70
40111
Precio de Venta
4,366.00
17.70
1212/168
Contado 50%
2,183.00
17.70
101
Crédito 50%
2,183.00
IGV 18%
1231
Operación N° 5 FECHA 23/03/2011
DETALLE Venta
IMPORTE
IMPORTE
PCGE
2,350.00
Flete
70111 40.00
IGV 18%
7592
423.00
7.20
40111
Precio de Venta
2,773.00
47.20
1212/168
Contado 50%
1,109.20
47.20
101
Crédito 50%
1,663.80
Letra 001
831.90
Letra 002
831.90
1231
Operación N° 6 FECHA 27/03/2011
DETALLE Venta
IMPORTE
PCGE
2,850.00
70111
513.00
40111
3,363.00
1212
3,363.00
1231
IGV 18% Precio de Venta
IMPORTE
Contado 100% Crédito Letra 003
1,121.00
Letra 004
1,121.00
Letra 005
1,121.00
Unidad II
60
PROESAD
Operación N° 7 FECHA 30/03/2011
DETALLE
IMPORTE
IMPORTE
PCGE
Venta
7,000.00
70111
IGV 18%
1,260.00
40111
Precio de Venta
8,260.00
1212
8,260.00
1231
Contado 100% Crédito Letra 003
2,065.00
Letra 004
2,065.00
Letra 005
2,065.00
Letra 006
2,065.00
FORMATO: LIBRO CAJA Y BANCOS – DETALLE DE LOS MOVIMIENTOS DEL EFECTIVO Periodo: MARZO – 2011 RUC: 20342915435 SISTOLE SAC NÚMERO CORRELATIVO DEL REGISTRO O CÓDIGO ÚNICO DE LA OPERACIÓN
CUENTA CONTABLE ASOCIADA FECHA DE LA OPERACIÓN 02-Mar
SALDOS Y MOVIMIENTOS
DESCRIPCIÓN DE LA OPERACIÓN CODIGO
DENOMINACIÓN
DEUDOR
Cobro al contado Fact. 002-22
1212
Facturas - Emitidas
4,012.00
09-Mar
Cobro al contado Fact. 002-23
1212
Facturas - Emitidas
4,984.32
16-Mar
Cobro al contado Fact. 002-24 80%
1212
Facturas - Emitidas
1,132.80
19-Mar
Cobro al contado Fact. 002-25 50%
1212
Facturas - Emitidas
2,183.00
Cobro flete al contado Fact. 002-25
168
Cobro al contado Fact. 002-26 40%
1212
Cobro flete al contado Fact. 002-26
168
23-Mar
Otras Cuentas por Cobrar Diversas Facturas - Emitidas
ACREEDOR
17.70 1,109.20
Otras Cuentas por Cobrar Diversas
47.20
TOTALES
13,486.22
SALDO TOTAL GENERAL
13,486.22 13,486.22
13,486.22
Contabilidad II
61
16-Mar
19-Mar
23-Mar
27-Mar
30-Mar
3
4
5
6
7
02-Mar
09-Mar
1
2
FECHA DE EMISIÓN DEL COMPROBANTE DE PAGO O DOCUMENTO
NÚMERO CORRELATIVO DEL REGISTRO O CÓDIGO ÚNICO DE LA OPERACIÓN
FECHA DE VENCIMIENTO Y/O PAGO
PERIODO: MARZO - 2011 RUC: 20342915435 SISTOLE SAC
1
1
1
1
1
1
1
TIPO (TABLA 10)
2
2
2
2
2
2
2
N° SERIE O N° DE SERIE DE LA MÁQUINA REGISTRADORA
28
27
26
25
24
23
22
NÚMERO
COMPROBANTE DE PAGO O DOCUMENTO
6
6
6
6
6
6
6
TIPO (TABLA 2)
20469111200
20201121810
20102201129
20325682024
10200395775
20220254652
20102586412
NÚMERO
DOCUMENTO DE IDENTIDAD
Farmacia El Pueblo EIRL
Farmacia Farmatorre SAC
Farmacia Incafarma SAC
Farmacia Salud SAC
Edgardo Zagaceta C.
Farmacia Vida Nueva S.A.
Farmacia Deza S.A.
APELLIDOS Y NOMBRES, DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL
INFORMACIÓN DEL CLIENTE VALOR FACTURADO DE LA EXPORTACIÓN
Unidad II
62 24,779.00
7,000.00
2,850.00
2,390.00
3,715.00
1,200.00
4,224.00
3,400.00
BASE IMPONIBLE DE LA OPERACIÓN GRAVADA EXONERADA
INAFECTA
IMPORTE DE LA OPERACIÓN EXONERADA O INAFECTA
Registro de Ventas e Ingresos
ISC
4,460.22
1,260.00
513.00
430.20
668.70
216.00
760.32
612.00
IGV Y/O IPM
OTROS TRIBUTOS Y CARGOS QUE NO FORMAN PARTE DE LA BASE IMPONIBLE D/C
29,239.22
8,260.00
3,363.00
2,820.20
4,383.70
1,416.00
4,984.32
4,012.00
IMPORTE TOTAL DEL COMPROBANTE DE PAGO TIPO DE CAMBIO FECHA
TIPO (TABLA 10)
SERIE
N° DEL COMPROBANTE DE PAGO O DOCUMENTO
REFERENCIA DEL COMPROBANTE DE PAGO O DOCUMENTO ORIGINAL QUE SE MODIFICA
Universidad Peruana Unión
PROESAD
11. CENTRALIZACIÓN DEL REGISTRO DE VENTAS CENTRALIZACIÓN DEL REGISTRO DE VENTAS LIBRO CAJA AL LIBRO DIARIO LIBRO DIARIO SISTOLE SAC PERIODO: MARZO 2011 RUC: 20342915435 NÚMERO CORRELATIVO DEL REGISTRO O CÓDIGO ÚNICO DE LA OPERACIÓN
FECHA DE LA OPERACIÓN
GLOSA O DESCRIPCIÓN DE LA OPERACIÓN
REFERENCIA DE LA OPERACIÓN COD. DEL LIBRO O REG. (TABLA 8)
NÚMERO CORRELATIVO
NÚM. DEL DOC. SUSTENTATORIO
CUENTA CONTABLE ASOCIADA A LA OPERACIÓN CÓDIGO
MOVIMIENTO
DENOMINACIÓN DEBE
HABER
----------- X----------31/03/2011
Centralización del registro de ventas
14
1212
31/03/2011
Centralización del registro de ventas
14
168
31/03/2011
Centralización del registro de ventas
14
40111
IGV-Cuenta propia
31/03/2011
Centralización del registro de ventas
14
70111
Mercaderías-Terceros
24,724.00
31/03/2011
Centralización del registro de ventas
14
7592
Otros ingresos de Gestión
55.00
Facturas-Emitidas Otras cuentas por Cobrar Diversas
29,174.32 64.90 4,460.22
----------- X----------31/03/2011
Centralización de los ingresos a caja
1
101
Caja
31/03/2011
Centralización de los ingresos a caja
1
1212
31/03/2011
Centralización de los ingresos a caja
1
168
Otras cuentas por Cobrar Diversas
31/03/2011
Canje de facturas por letras
1231
Letras por cobrar- En cartera
31/03/2011
Canje de facturas por letras
1212
Facturas - Emitidas
13,486.22
Facturas -Emitidas
13,421.32 64.90
13,294.80 13,294.80
En este asiento de centralización también se presentan las letras aceptadas (RLxC), las cuales deben ser registradas en sus respectivos libros que corresponde, aquí ponemos sólo para visualizar la relación que tiene con los demás libros auxiliares contables. DETERMINACIÓN DEL IMPUESTO A PAGAR Ventas Gravadas del mes 24,779.00 Compras Gravadas del mes 17,179.27
IGV retenido a los clientes – Débito fiscal IGV pagado a los proveedores – Crédito fiscal IGV a pagar
4,460.22 3,092.27 1,367.95
Contabilidad II
63
Universidad Peruana Uniรณn
Declaraciรณn PDT 621 IGV Mensual
Unidad II
64
PROESAD
DETERMINACIÓN Y PAGO DE LA DEUDA
12. REGISTRO EN EL LIBRO BANCO Y LIBRO DIARIO FORMATO 1.2: “LIBRO CAJA Y BANCOS - DETALLE DE LOS MOVIMIENTOS DE LA CUENTA CORRIENTE” PERIODO: Abril 2011 RUC: 20342915435 SISTOLE SAC ENTIDAD FINANCIERA: CONTINENTAL CÓDIGO DE LA CUENTA CORRIENTE: 089-293847495-11-SOLES NÚMERO CORRELATIVO DEL REGISTRO O CÓDIGO ÚNICO DE LA OPERACIÓN
OPERACIONES BANCARIAS FECHA DE LA OPERACIÓN
MEDIO DE PAGO (TABLA 1)
999 7
DESCRIPCIÓN DE LA OPERACIÓN
CUENTA CONTABLE ASOCIADA
APELLIDOS Y NOMBRES, DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL
NÚMERO DE TRANSACCIÓN BANCARIA, DE DOCUMENTO SUSTENTATORIO DE CONTROL INTERNO DE LA OPERACIÓN
CÓDIGO
DENOMINACIÓN
Saldo inicial Cheques con la cláusula de
SALDOS Y MOVIMIENTOS
DEUDOR
ACREEDOR
2,000.00 SUNAT
Cheque 01011347233
40111
IGV Cta. Propia
1,367.95
6793
Ajuste por redondeo
0.05
TOTALES
2,000.00
1,368.00
2,000.00
2,000.00
SALDO TOTAL GENERAL
632.00
Contabilidad II
65
NÚMERO CORRELATIVO DEL REGISTRO O CÓDIGO ÚNICO DE LA OPERACIÓN
SISTOLE SAC PERIODO: ABRIL 2011 RUC: 20342915435
LIBRO DIARIO
GLOSA O DESCRIPCIÓN DE LA OPERACIÓN
Centralización del libro banco - egresos
Centralización del libro banco - egresos
Centralización del libro banco - egresos
FECHA DE LA OPERACIÓN
30/04/2011
30/04/2011
30/04/2011
1
1
1
COD. DEL LIBRO O REG. (TABLA 8)
NÚMERO CORRELATIVO
NÚM. DEL DOC. SUSTENTATORIO
REFERENCIA DE LA OPERACIÓN
7911
971
1041
5793
4011
CÓDIGO
Cargas imputables a cta. de costos y gastos
Gastos Financieros
----------------- X-----------------
Cuentas corrientes operativas
Ajuste por redondeo
IGV. Cuenta propia
----------------- X-----------------
DENOMINACIÓN
CUENTA CONTABLE ASOCIADA A LA OPERACIÓN
0.05
0.05
1,367.95
DEBE
0.05
1,368.00
HABER
MOVIMIENTO
Universidad Peruana Unión
Unidad II
66
5
PROESAD
Sesión
registro de COMPRAS
1. ANTECEDENTES La histórica legal nos recuerda que en el año 1973 adquiere relativa importancia al considerarse dentro de los alcances del D.L. N° 19620 su obligatoriedad por lo menos a nivel de fabricantes y mayoristas considerados sujetos de impuestos. Actualmente cumple una función tanto de control como para fines tributarios, debidamente normados.
2. DEFINICIÓN El registro de compras, es un libro auxiliar obligatorio en el que se anotan las compras de bienes y servicios que constituyen la actividad principal del negocio y las otras conexas que también son objeto de aplicación del Impuesto General a las Ventas e Impuesto de Promoción Municipal. Las operaciones se deben registrar en forma detallada y cronológica teniendo como elementos sustentatorios los comprobantes de pago de los proveedores. Este libro se utiliza para registrar toda clase de compras, bien sea de mercaderías, muebles, materiales y enseres para tienda, oficina y propaganda, abarcando incluso la adquisición de servicios personales y los aprovechamientos de toda clase como por ejemplo, el alquiler de un edificio.
3. ASPECTO LEGAL Según Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley del Impuesto General a las Ventas (IGV) e impuesto selectivo al Consumo (ISC), Decreto Legislativo N° 821, aprobado por Decreto Supremo N° 05599-EF, Reglamento de la Ley del IGV e ISC, Decreto Supremo N° 136-96-EF, modificado por el D.S. N° 064-2000-EF. En principio, están obligados a llevar este registro, los contribuyentes del IGV, establecido en el artículo 37 de la Ley del IGV. Esta obligación alcanza también a los sujetos del Impuesto a la Renta, independientemente que se encuentren en el Régimen General o en el Régimen Especial. El artículo 65 de la Ley del Impuesto a la Renta, dice: los perceptores de rentas de tercera
Contabilidad II
67
Universidad Peruana Unión
categoría cuyos ingresos brutos anuales no superan las 150 UIT deberán llevar como mínimo un Registro de Ventas, un Registro de Compras y Libro Diario de Formato Simplificado de acuerdo con las normas sobre la materia. Y agrega que los demás perceptores de rentas de tercera categoría están obligados a llevar contabilidad completa. El artículo 124 de la Ley del Impuesto a la Renta, dice: los sujetos del Régimen Especial del Impuesto a la Renta están obligados a llevar un Registro de Compras y un Registro de Ventas de acuerdo con las normas vigentes sobre la materia. La SUNAT, mediante la Resolución de Superintendencia N° 234-2006/SUNAT y modificatorias, estableció las disposiciones relacionadas con los libros y registros vinculados a asuntos tributarios, las cuales están vigentes desde del 1 de enero de 2007, integrando así en un solo cuerpo legislativo las normas sobre la materia. La contabilidad completa, disposición vigente a partir del 2009 de acuerdo a lo dispuesto por la Resolución de Superintendencia N° 239-2008/SUNAT. La información mínima contenida en los libros y registros vinculados a asuntos tributarios, así como los formatos que la integran, disposición que entrará en vigencia a partir del 2010, excepto para el Libro Diario de Formato Simplificado, de acuerdo a lo dispuesto por la Resolución de Superintendencia N° 017-2009/SUNAT.
4. INFORMACIÓN MÍNIMA DEL REGISTRO a. Número correlativo del registro o código único de la operación de compra. b. Fecha de emisión del comprobante de pago o documento. c. Fecha de vencimiento o fecha de pago en los casos de servicios de suministros de energía eléctrica, agua potable y servicios telefónicos, télex y telegráficos, lo que ocurra primero. Fecha de pago del impuesto retenido por liquidaciones de compra. Fecha de pago del impuesto que grave la importación de bienes, utilización de servicios prestados por no domiciliados o la adquisición de intangibles provenientes del exterior, cuando corresponda. d. Tipo de comprobante de pago o documento, de acuerdo a la codificación que apruebe la SUNAT (según tabla 10). e. Serie del comprobante de pago o documento. En los casos de la Declaración Única de Aduanas o de la Declaración Simplificada de Importación se consignará el código de la dependencia aduanera (según tabla 11). f. Año de emisión de la Declaración Única de Aduanas o de la Declaración Simplificada de Importación. g. Número del comprobante de pago o documento o número de orden del formulario físico o formulario virtual donde conste el pago del impuesto, tratándose de liquidaciones de compra, utilización de servicios prestados por no domiciliados u otros, número de la Declaración Única de Aduanas, de la Declaración Simplificada de Importación, de la Liquidación de Cobranza u otros documentos emitidos por SUNAT que acrediten el crédito fiscal en la importación de bienes. h. Tipo de documento de identidad del proveedor (según tabla 2). i. Número de RUC del proveedor, o número de documento de identidad, según corresponda. j. Apellidos y Nombres, denominación o razón social del proveedor. En caso de personas naturales se debe consignar los datos en el siguiente orden: apellido paterno, apellido materno y nombre completo. k. Base imponible de las adquisiciones gravadas que dan derecho a crédito fiscal y/o saldo a favor por exportación, destinadas exclusivamente a operaciones gravadas y/o de exportación.
Unidad II
68
PROESAD
l. Monto del Impuesto General a las Ventas correspondiente a la adquisición registrada conforme lo dispuesto en el literal k). m. Base imponible de las adquisiciones gravadas que dan derecho a crédito fiscal y/o saldo a favor por exportación, destinadas a operaciones gravadas y/o de exportación y a operaciones no gravadas. n. Monto del Impuesto General a las Ventas correspondiente a la adquisición registrada conforme a lo dispuesto en el literal m). o. Base imponible de las adquisiciones gravadas que no dan derecho a crédito fiscal y/o saldo a favor por exportación, por no estar destinadas a operaciones gravadas y/o de exportación. p. Monto del Impuesto General a las Ventas correspondiente a la adquisición registrada conforme a lo dispuesto en el literal o). q. Valor de las adquisiciones no gravadas. r. Monto del Impuesto Selectivo al Consumo, en los casos en que el sujeto pueda utilizarlo como deducción. s. Otros tributos y cargos que no formen parte de la base imponible. t. Importe total de las adquisiciones registradas según comprobantes de pago. u. Número de comprobante de pago emitido por el sujeto no domiciliado en la utilización de servicios o adquisiciones de intangibles provenientes del exterior, cuando corresponda. Estos casos se deberá registrar la base imponible correspondiente al monto del impuesto pagado y el referido impuesto. Dicha información se consignará, según corresponda, en las columnas utilizadas para señalar los datos vinculados a las adquisiciones gravadas destinadas a operaciones gravadas y/o de exportación, y a operaciones no gravadas y adquisiciones gravadas destinadas a operaciones no gravadas. v. Número de la constancia de depósito de detracción, cuando corresponda. w. Fecha de emisión de la constancia de depósito de detracción, cuando corresponda. x. Tipo de cambio utilizado conforme lo dispuesto en las normas sobre la materia. y. En el caso de las notas de débito o las notas de crédito, adicionalmente, se hará referencia al comprobante de pago que se modifica, para lo cual se deberá registrar la siguiente información: i. Fecha de emisión del comprobante de pago que se modifica. ii. Tipo de comprobante de pago que se modifica (según tabla 10). iii. Número de serie del comprobante de pago que se modifica. iv. Número del comprobante de pago que se modifica.
El monto ajustado de la base imponible y/o del impuesto o valor, según corresponda, señalado en las notas de crédito, se consignará respectivamente, en las columnas utilizadas para registrar los datos vinculados a las adquisiciones gravadas destinadas a operaciones gravadas y/o de exportación, y a operaciones no gravadas y adquisiciones gravadas destinadas a operaciones no gravadas. El monto de la base imponible y/o impuesto o valor, según corresponda, señalados en las notas de débito, se consignarán respectivamente en las columnas indicadas en el párrafo anterior. z. Totales.
Contabilidad II
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Universidad Peruana Unión
5. INFORMACIÓN ADICIONAL PARA EL CASO DE DOCUMENTOS QUE MODIFICAN EL VALOR DE LAS OPERACIONES Las notas de débito o de crédito recibidas, así como los documentos que modifican el valor de las operaciones consignadas en las Declaraciones Únicas de Importación, deben ser anotadas en el registro de Compras. Adicionalmente, la información señalada en el numeral anterior, deberá incluirse en los registros de compras, los datos referentes al tipo, serie, número de comprobante de pago para respecto del cual se emitió la nota de débito o crédito, cuando corresponda a un solo comprobante de pago.
6. REGISTRO DE LAS OPERACIONES Para las anotaciones se deberá observar lo siguiente: a. Para determinar el valor mensual de las operaciones realizadas, los contribuyentes del Impuesto deberán anotar sus operaciones, así como las modificaciones al valor de las mismas, en el mes en que estas se realicen. Sobre el particular el Tribunal concluye que la anotación debe hacerse en el mes de emisión del comprobante o documento, o dentro de los 12 meses siguientes y que el ejercicio del derecho al crédito fiscal debe hacerse en el período tributario al que corresponda la hoja donde se ha anotado el comprobante o documento, de lo contrario, se perderá el citado derecho. b. Los documentos emitidos por ADUANAS y aquellos que sustenten la utilización de servicios, deberán anotarse a partir de la fecha en que se efectuó el pago del Impuesto. c. Los sujetos del Impuesto que lleven en forma manual los Registros de Compras, podrán registrar un resumen diario de aquellas operaciones que no otorguen derecho a crédito fiscal, debiendo hacerse referencia a los documentos que acrediten las operaciones, siempre que lleven un sistema de control con el que se pueda efectuar la verificación individual de cada documento. d. Los sujetos del impuesto que utilicen sistemas mecanizados o computarizados de contabilidad podrán anotar el total de las operaciones diarias, que no otorguen derecho a crédito fiscal, en forma consolidada en los libros auxiliares, siempre que en el sistema de enlace se mantenga la información requerida y se pueda efectuar la verificación individual de cada documento. e. Para efecto del Registro de Compras, deberá totalizarse el importe correspondiente a cada columna final de cada página. Comentario Es bueno recordar que cuando se habla de comprobantes, según el reglamento de comprobantes de pago, son: la factura, la boleta de venta, la liquidación de compra, los recibos por honorarios, y el ticket de las máquinas registradoras. De los cuales en el registro de Compras pueden figurar los que sean necesarios en la compra de bienes y servicios. Recomendaciones Es importante tener presente que el mecanismo del llenado del Registro de Compras y Ventas es
Unidad II
70
PROESAD
diferente, dependiendo del giro del negocio de la empresa. En este sentido todas las empresas sujetas o no al IGV, deben llevar el registro de compras (como el de ventas) de acuerdo a la presente base legal. Pero el llenado varía dependiendo de las ventas o ingresos de las empresas. Las formas de ingreso se presentan de la siguiente forma: a. Empresas cuyas ventas o ingresos sean netamente por la comercialización de bienes gravados al IGV. b. Empresas cuyas ventas o ingresos sean netamente por la comercialización de bienes no gravados al IGV. c. Empresas cuyas ventas o ingresos sean netamente por la comercialización de bienes gravados y no gravados al IGV.
7. PLAZO MÁXIMO DE ATRASO Diez (10) días, desde el primer día hábil del mes siguiente a aquel en que se recepcione el comprobante de pago respectivo.
Contabilidad II
71
NÚMERO CORRELATIVO DEL REGISTRO O CÓDIGO ÚNICO DE LA OPERACIÓN
FECHA DE EMISIÓN DEL COMPROBANTE DE PAGO O DOCUMENTO
FECHA DE VENCIMIENTO Y/O PAGO (1)
TIPO (TABLA 10)
N° SERIE O CÓDIGO DE LA DEPENDENCIA ADUANERA (TABLA 11)
AÑO DE EMISIÓN DE LA DUA O DSI
COMPROBANTE DE PAGO O DOCUMENTO
N° DE COMPROBANTE DE PAGO, DOCUMENTO, N° DE ORDEN DEL FORMULARIO FÍSICO O VIRTUAL, N° DE DUA, DSI LIQUIDACIÓN DE COBRANZA U OTROS DOCUMENTOS EMITIDOS POR SUNAT PARA ACREDITAR EL CRÉDITO FISCAL EN LA
PERIODO: RUC: APELLIDO Y NOMBRES, DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL:
FORMATO 8.1: REGISTRO DE COMPRAS
TIPO (TABLA 2)
NÚMERO
DOCUMENTO DE IDENTIDAD
TOTALES
APELLIDOS Y NOMBRES, DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL
INFORMACIÓN DEL PROVEEDOR
8. MODELO DEL RAYADO O FORMATO
BASE IMPONIBLE
IGV
ADQUISICIONES GRAVADAS DESTINADAS A OPERACIONES GRAVADAS Y/0 DE EXPORTACIÓN
BASE IMPONIBLE
IGV
ADQUISICIONES GRAVADAS DESTINADAS A OPERACIONES GRAVADAS Y/O DE EXPORTACIÓN Y A OPERACIONES NO GRAVADAS
BASE IMPONIBLE
IGV
ADQUISICIONES GRAVADAS DESTINADAS A OPERACIONES NO GRAVADAS VALOR DE LAS ADQUISICIONES NO GRAVADAS ISC
OTROS TRIBUTOS Y CARGOS D/C
IMPORTE TOTAL
N° DE COMPROBANTE DE PAGO EMITIDO POR SUJETO NO DOMICILIADO (2) NÚMERO
FECHA DE EMISIÓN
CONSTANCIA DE DEPÓSITO DE DETRACCIÓN (3) TIPO DE CAMBIO
FECHA
TIPO (TABLA 10)
SERIE
N° DEL COMPROBANTE DE PAGO O DOCUMENTO
REFERENCIA DEL COMPROBANTE DE PAGO O DOCUMENTO ORIGINAL QUE SE MODIFICA
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Unidad II
72
PROESAD
9. CASO PRÁCTICO – REGISTRO DE COMPRAS La Empresa FULL DRESS S.A. con RUC 20427239242 dedicada a la compra y ventas de ropa, nos proporciona la siguiente información para elaborar el registro de compras al 31 de marzo de 2011. DATOS ADICIONALES: La empresa está acogida al Régimen General del Impuesto a la Renta, y muestra los siguientes datos en el Registro de Ventas:
Total ventas gravadas del mes 24,061.69 IGV retenido a los clientes 4,331.10
El impuesto se declara vía el PDT 621 y se paga girando cheque N° 1003658 del Banco de Crédito. OPERACIONES: 1. 02.03 Se compra mercaderías a la Casa Kukurelo EIRL con RUC 20102586512, con V.C. S/. 2,000.00 al contado, según factura N° 004-016, Guía N° 001-0531. 2. 05.03 Se compra mercaderías a la Empresa San Miguel S.A. con RUC 20200398775 con V.C. S/. 2,500.00, 50% al contado y el saldo al crédito, según factura N° 009-012, Guía N° 0020721. 3. 10.03 Se compra mercaderías a la empresa Gamarra S.A. RUC 20521012001 con V.C. S/. 3,800.00, 60% contra entrega y el saldo al crédito con 2 letras a 30 y 60 fecha fija escalonada en partes iguales, factura N° 008-010, guía N° 001-0291. 4. 15.03 Se compra mercaderías a la Empresa Textil S.A. RUC 20502501209 por S/. 3,200.00 sin incluir IGV, se cancelará con 3 letras a 30, 60 y 90 fecha fija escalonada en partes iguales, factura N° 006-015, guía N° 001-0532. 5. 21.03 Se compra mercaderías a la empresa Lanificios del Perú S.A.C. con RUC 20152323774 con V.C. S/. 1,800.00 al crédito a 30 días sin intereses, factura N° 013-014, guía N° 001-0112. 6. 28.03 Se compra mercaderías a la empresa Telas S.R.L. con RUC 20565121001 por S/. 2,050.00 sin incluir IGV, con 7% de descuento por pronto pago, la factura N° 015-023 se cancela al contado, guía N° 001-1021. 7. 29.03 Se compra mercaderías a la Empresa La Pequeñita S.A. RUC 20502101151 por S/. 1,900.00 sin incluir IGV, más flete 15.00 que se pagó adicionalmente, cancelando al contado la factura N° 005-071, guía N° 001-0991. 8. 30.03 Se compra mercaderías a la Empresa La Sorbona S.A.C. con RUC 20521622012 por S/. 1,500.00 sin incluir IGV, flete 20.00 y seguro 15.00, al contado con factura N° 021-171, guía N° 0010216. DESARROLLO: Cálculo previo de cada operación
Contabilidad II
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Operación N° 1 FECHA 02/03/2011
DETALLE Compra
IMPORTE
IMPORTE
PCGE
2,000.00
6011
360.00
40111
Precio de Compra
2,360.00
4212
Contado 100%
2,360.00
101
IGV 18%
Crédito
Operación N° 2 FECHA 05/03/2011
DETALLE Compra IGV 18%
IMPORTE
IMPORTE
PCGE
2,500.00
6011
450.00
40111
Precio de Compra
2,950.00
4212
Contado 100%
1,475.00
101
Crédito
1,475.00
423
Operación N° 3 FECHA 10/03/2011
DETALLE Compra IGV 18%
15/03/2011
IMPORTE
PCGE
3,800.00
6011
684.00
40111
Precio de Compra
4,484.00
1212
Contado 80%
2,690.00
101
Crédito 20%
1,793.00
423
Operación N° 4 FECHA
IMPORTE
Letra 01-001
896.80
Letra 01-002
896.80
DETALLE Compra IGV 18% Precio de Compra
IMPORTE
IMPORTE
PCGE
3,200.00
6011
576.00
40111
3,776.00
4212
3,776.00
1231
Contado Crédito 100% Letra 123-001
1,258.66
Letra 123-002
1,258.67
Letra 123-003
1,258.67
Unidad II
74
PROESAD
Operación N° 5 FECHA 21/03/2011
DETALLE Compra
IMPORTE
PCGE
1,800.00
6011
324.00
40111
2,124.00
4212
2,124.00
423
IGV 18% Precio de Venta
IMPORTE
Contado Crédito 100%
Operación N° 6 FECHA 28/03/2011
DETALLE
IMPORTE
Compra
IMPORTE
PCGE
2,050.00
Descuento 7%
-143.50
Compra descontada
1,906.50
6011
343.17
40111
Precio de Compra
2,249.67
4212
Contado 100%
2,249.67
101
IGV 18%
Crédito
Operación N° 7 FECHA 29/03/2011
DETALLE
IMPORTE
Compra
IMPORTE
PCGE
1,900.00
6011
15.00
60911
344.70
40111
Precio de Venta
2,259.70
4212
Contado 100%
2,259.70
101
Flete IGV 18%
Crédito
Operación N° 8 FECHA 30/03/2011
DETALLE
IMPORTE
Compra
IMPORTE
PCGE
1,500.00
6011
Flete
20.00
60911
Seguro
15.00
60912
276.30
40111
Precio de Venta
1,811.30
4212
Contado 100%
1,811.30
101
IGV 18%
Crédito
Contabilidad II
75
Unidad II
76
1
1
1
20-Mar
20-Mar
7
1
1
21-Mar
1
23-Mar
15-Mar
1
1
TIPO (TABLA 10)
21
1
15
13
6
8
9
4
N° SERIE O CÓDIGO DE LA DEPENDENCIA ADUANERA (TABLA 11)
AÑO DE EMISIÓN DE LA DUA O DSI
COMPROBANTE DE PAGO O DOCUMENTO
5
10-Mar
3
4
FECHA DE VENCIMIENTO Y/O PAGO (1)
6
02-Mar
05-Mar
1
FECHA DE EMISIÓN DEL COMPROBANTE DE PAGO O DOCUMENTO
2
NÚMERO CORRELATIVO DEL REGISTRO O CÓDIGO ÚNICO DE LA OPERACIÓN
SISTOLE SAC
RUC: 20342915435
PERIODO: MARZO - 2011
171
991
23
14
15
10
12
16
N° DE COMPROBANTE DE PAGO, DOCUMENTO, N° DE ORDEN DEL FORMULARIO FÍSICO O VIRTUAL, N° DE DUA, DSI LIQUIDACIÓN DE COBRANZA U OTROS DOCUMENTOS EMITIDOS POR SUNAT PARA ACREDITAR EL CRÉDITO FISCAL EN LA
6
6
6
6
6
6
6
6
TIPO (TABLA 2)
20521622012
20502101151
20565121001
20152323774
20502501209
20521012001
20203987755
20102586512
NÚMERO
DOCUMENTO DE IDENTIDAD
TOTALES
La Sorbona SAC
La Pequeñita S.A.
Telas SRL
Larificio del Perú SAC
Textil S.A.
Gamarra S.A.A
San Miguel S.A.
Casa Kukurelo EIRL
APELLIDOS Y NOMBRES, DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL
INFORMACIÓN DEL PROVEEDOR
18,656.50
1,535.00
1,915.00
1,906.50
1,800.00
3,200.00
3,800.00
2,500.00
2,000.00
BASE IMPONIBLE
3,358.17
276.30
344.70
343.17
324.00
576.00
684.00
450.00
360.00
IGV
ADQUISICIONES GRAVADAS DESTINADAS A OPERACIONES GRAVADAS Y/0 DE EXPORTACIÓN
BASE IMPONIBLE
IGV
ADQUISICIONES GRAVADAS DESTINADAS A OPERACIONES GRAVADAS Y/O DE EXPORTACIÓN YA OPERACIONES NO GRAVADAS
REGISTRO DE COMPRAS
BASE IMPONIBLE
IGV
ADQUISICIONES GRAVADAS DESTINADAS A OPERACIONES NO GRAVADAS VALOR DE LAS ADQUISICIONES NO GRAVADAS ISC
OTROS TRIBUTOS Y CARGOS D/C
22,014.67
1,811.30
2,259.70
2,249.67
2,124.00
3,776.00
4,484.00
2,950.00
2,360.00
IMPORTE TOTAL
N° DE COMPROBANTE DE PAGO EMITIDO POR SUJETO NO DOMICILIADO (2) NÚMERO
FECHA DE EMISIÓN
CONSTANCIA DE DEPÓSITO DE DETRACCIÓN (3)
FECHA
TIPO (TABLA 10)
SERIE
N° DEL COMPROBANTE DE PAGO O DOCUMENTO
REFERENCIA DEL COMPROBANTE DE PAGO O DOCUMENTO ORIGINAL QUE SE MODIFICA
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PROESAD
10. CENTRALIZACIÓN DEL REGISTRO DE COMPRAS - LIBRO CAJA AL LIBRO DIARIO FORMATO 1.1: “LIBRO CAJA Y BANCOS - DETALLE DE LOS MOVIMIENTOS DEL EFECTIVO” PERIODO: MARZO 2011 RUC: 20427239242 FULL DRESS S.A. NÚMERO CORRELATIVO DEL REGISTRO O CÓDIGO ÚNICO DE LA OPERACIÓN
CUENTA CONTABLE ASOCIADA FECHA DE LA OPERACIÓN
SALDOS Y MOVIMIENTOS
DESCRIPCIÓN DE LA OPERACIÓN CÓDIGO
DENOMINACIÓN
Saldo inicial
DEUDOR
ACREEDOR
16,000.00
02-Mar
Cobro al contado Fact. 004-16
4212
Facturas - Enviadas
2,360.00
05-Mar
Cobro al contado Fact. 009-12 50%
4212
Facturas - Enviadas
1,475.00
10-Mar
Cobro al contado Fact. 008-10 60%
4212
Facturas - Enviadas
2,690.40
28-Mar
Cobro al contado Fact. 015-23 100%
4212
Facturas - Enviadas
2,249.67
29-Mar
Cobro al contado Fact. 001-991 100%
4212
Facturas - Enviadas
2,259.70
30-Mar
Cobro al contado Fact. 021-171 100%
4212
Facturas - Enviadas
1,811.30
TOTALES
16,000.00
12,846.07
SALDO TOTAL GENERAL
3,153.93 16,000.00
16,000.00
LIBRO DIARIO FULL DRESS S.A. PERIODO: MARZO - 2011 RUC: 20427239242 NÚMERO CORRELATIVO DEL REGISTRO O CÓDIGO ÚNICO DE LA OPERACIÓN
FECHA DE LA OPERACIÓN
GLOSA O DESCRIPCIÓN DE LA OPERACIÓN
REFERENCIA DE LA OPERACIÓN COD. DEL LIBRO O REG. (TABLA 8)
CUENTA CONTABLE ASOCIADA A LA OPERACIÓN
MOVIMIENTO
DENOMINACIÓN NÚMERO CORRELATIVO
NÚM. DEL DOC. SUSTENTATORIO
DEBE
HABER
CÓDIGO
----------- X----------31/04/2011
Centralización del registro de compras
8
6011
31/04/2011
Centralización del registro de compras
8
60911
Mercadería manufacturadas Transporte
18,606.50 35.00
31/04/2011
Centralización del registro de compras
8
60912
Seguros
15.00
31/04/2011
Centralización del registro de compras
8
40111
Inv. Cuenta propia
31/04/2011
Centralización del registro de compras
8
4212
Facturas- Emitidas
3,358.17 22,014.67
----------- X----------31/04/2011
Traslado a almacén
20111
31/04/2011
Traslado a almacén
6111
Mercadería - Costo
manufacturada
18,656.50
Mercadería manufacturada
18,656.50
----------- X---------31/04/2011
Centralización de los egresos de caja
1
4212
31/04/2011
Centralización de los egresos de caja
1
101
31/04/2011
Canje de facturas por letras
4212
31/04/2011
Canje de facturas por letras
423
Facturas-Emitidas
12,846.07
Caja
12,846.07
----------- X---------Facturas - Emitidas Letras por pagar
5,569.60 5,569.60
Contabilidad II
77
Universidad Peruana Unión
De la misma manera en este asiento de centralización, se presenta los asientos del destino de gastos (LD), canje de letras (RLxP) y pago en efectivo (LC), solamente para ver la relación con los demás libros auxiliares de contabilidad. DETERMINACIÓN DEL IMPUESTO A PAGAR Ventas Gravadas del mes 24,061.69 Compras Gravadas del mes 18,656.50
IGV retenido a los Clientes – Débito fiscal IGV pagado a los Proveedores – Crédito fiscal IGV a Pagar
Unidad II
78
4,331.10 3,358.17 972.93
PROESAD
DETERMINACIÓN Y PAGO DE LA DEUDA
11. REGISTRO EN EL LIBRO BANCO Y LIBRO DIARIO LIBRO DIARIO FULL DRESS S.A. PERIODO: MARZO - 2011 RUC: 20427239242 NÚMERO CORRELATIVO DEL REGISTRO O CÓDIGO ÚNICO DE LA OPERACIÓN
REFERENCIA DE LA OPERACIÓN COD. DEL LIBRO O REG. (TABLA 8)
NÚMERO CORRELATIVO
NÚM. DEL DOC. SUSTENTATORIO
CUENTA CONTABLE ASOCIADA A LA OPERACIÓN
FECHA DE LA OPERACIÓN
GLOSA O DESCRIPCIÓN DE LA OPERACIÓN
31/04/2011
Centralización del libro banco-egresos
1
40111
31/04/2011
Centralización del libro banco-egresos
1
6793
31/04/2011
Centralización del libro banco-egresos
1
60912
CODIGO
DENOMINACIÓN
MOVIMIENTO
DEBE
HABER
----------- X----------IGV-Cuenta propia Ajuste por redondeo
972.93 0.07
Cuenta corrientes operativas
973.00
----------- X----------31/04/2011
Destino del ajuste por redondedo
971
31/04/2011
Destino del ajuste por redondedo
7911
Gastos financieros Cargas Imput. Actas de costos y gastos
0.07 0.07
----------- X----------
Contabilidad II
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Universidad Peruana Uniรณn
Unidad II
80
6
PROESAD
Sesión
registro de letras por cobrar 1. ANTECEDENTES Actualmente, las empresas dedicadas al comercio, la industria y las de servicio, para realizar sus transacciones comerciales de compra–venta recurren a otorgar y solicitar créditos, respaldados por documentos con vencimientos futuros. Estos documentos pueden ser letras o efectos por cobrar y en la práctica inclusive pueden negociarse o ejecutarse en un plazo establecido por ambas partes, recurriendo a empresas financieras o entidades cuyo servicio sea de préstamo o financiación.
2. DEFINICIÓN Es un registro auxiliar obligatorio de foliación simple o doble denominado también Registro de Vencimientos, en el que se anota en forma cronológica y sistemática los pormenores de las letras o efectos que son aceptadas por terceros producto de operaciones de venta o prestación de servicios, anotación que se hace dando referencia al documento que les dio origen, esto es, la factura o contrato de compra – venta.
3. FINALIDAD El registro permite entre otros puntos, lo siguiente: a. El control de vencimientos, los importes y las personas que adeudan a la persona. b. El conocimiento exacto del grado de liquidez de endeudamiento. c. Mediante la división razonable y equilibrada del trabajo se consigue una mayor eficiencia en el control operacional. Se debe señalar que, aparentemente, este registro es de poca importancia, pero, según el criterio de muchos empresarios, cumple un papel muy importante dentro de las operaciones que significan derechos de cobro de la entidad, entre los que se encuentran las cuentas por cobrar: facturas, letras o efectos, que a su vez, significan un rubro muy importante del activo corriente de toda la empresa, teniendo una incidencia fundamental en la liquidez de la empresa, así como dentro del capital de trabajo (activo corriente – pasivo corriente).
Contabilidad II
81
Universidad Peruana Unión
4. REGISTRO DE LAS OPERACIONES Se registrará una a una, sustentadas con facturas que les dio origen. Especial cuidado se tendrá en consignar importes y vencimientos a plazo fijo, a días fecha o la vista, conceptos que no pueden ser ignorados por los responsables del registro y por quienes hacen labores de verificación y control. Estos libros deben cuadrarse, cerrarse y centralizarse.
5. RAYADO DEL REGISTRO El rayado es de acuerdo a las necesidades de cada empresa, pero se acostumbra a detallar los siguientes datos: 1. Fecha de emisión 2. Numeración de la letra 3. Serie y número del comprobante de pago 4. A favor de 5. Endoso a cargo de 6. Fecha de aceptación (día, mes y año) 7. Plazo 8. Fecha de vencimiento (de enero a diciembre) 9. Importe 10. Observación
6. MODELO
REGISTRO DE LETRAS POR COBRAR Fecha
Letra N°
Factura N°
(1)
(2)
(3)
A favor de
Endoso a cargo de
Aceptación
(4)
(5)
D
M
(6)
A
Vencimiento de las letras Plazo
E
(7)
F
M
A
M
J
J
(8)
Unidad II
82
A
S
O
N
D
Importe
Obs.
(9)
(10)
PROESAD
7. CASO PRÁCTICO – REGISTRO LETRAS POR COBRAR La empresa comercial MATSUSHITA S.A. con RUC 20423543401 domiciliada en Av. Inca Garcilazo de la Vega N° 205 Lima, realiza una venta de 6 Extractores de Aire AIRMAX el 15/03/20__, con valor de venta S/. 745.50 cada uno, se gira la Guía N° 001-0121 y la Factura N° 001-0215 a la orden del Jockey Club del Perú con RUC 20100251029 ubicado en Av. Próceres 1054 Surco. La venta se realiza totalmente al crédito emitiendo 04 letras de cambio sin intereses aceptadas y firmadas, de número 2007-021, 2007-022, 2007-23 y 2007-24 respectivamente a 30, 60, 90 y 120 fecha fija en partes iguales sin aval. Las letras se quedan en cartera y una vez canceladas las letras se entregará la factura al cliente. SE PIDE: Elaborar el Registro de Letras por Cobrar. Centralizar al Libro Diario los registros pertinentes. DESARROLLO: CÁLCULO DE LAS LETRAS Total ventas
5,322.87 / 4 Letras = 1,330.72
Letras N° 2007-0201 1,330.72 Letras N° 2007-0202 1,330.72 Letras N° 2007-0203 1,330.72 Letras N° 2007-0204 1,330.71 TOTAL 5,322.87
a 30 f/f a 60 f/f a 90 f/f a 120 f/f
Contabilidad II
83
2007-201
2007-202
2007-203
2007-204
15.03.07
15.03.07
15.03.07
LETRA N°
15.03.07
FECHA
001-125
001-215
001-215
001-215
FACTURA N°
Matsushita S.A.
Matsushita S.A.
Matsushita S.A.
Matsushita S.A.
A FAVOR DE
TOTALES
Jockey Club del Perú
Jockey Club del Perú
Jockey Club del Perú
Jockey Club del Perú
15
15
15
15
D
03
03
03
03
M
07
07
07
07
A
ACEPTACIÓN
120
90
60
30
PLAZO E
F
M
REGISTRO DE LETRAS POR COBRAR ENDOSO A CARGO DE
8. REGISTRO DE LETRAS POR COBRAR
14
A
14
M
13
J
13
J
A
VENCIMIENTO DE LAS LETRAS S
O
N
D
s/.5,322.87
S/.1,330.71
S/.1,330.72
S/.1,330.72
S/.1,330.72
IMPORTE
OBS.
Universidad Peruana Unión
Unidad II
84
NÚMERO CORRELATIVO DEL REGISTRO O CÓDIGO ÚNICO DE LA OPERACIÓN
Centralización del registro de ventas
Centralización del registro de ventas
Centralización del registro de ventas
Canje de facturas por letras
Canje de facturas por letras
31/03/2011
31/03/2011
31/03/2011
31/03/2011
GLOSA O DESCRIPCIÓN DE LA OPERACIÓN
31/03/2011
FECHA DE LA OPERACIÓN
MATSUSHITA S.A. PERIODO: MARZO - 2011 RUC: 20423543401
LIBRO DIARIO
9. CENTRALIZACIÓN EN EL LIBRO DIARIO
14
14
14
NÚMERO CORRELATIVO
NÚM. DEL DOC. SUSTENTATORIO
REFERENCIA DE LA OPERACIÓN COD. DEL LIBRO O REG. (TABLA 8)
85
1212
1231
70111
40111
1212
CÓDIGO
------------------- X--------------
Facturas - Emitidas
Letras por cobrar-En cartera
------------------- X--------------
Mercaderías-terceros
IGV-Cuenta propia
Facturas emitidas
------------------- X--------------
DENOMINACIÓN
CUENTA CONTABLE ASOCIADA A LA OPERACIÓN
5,322.87
5,322.87
DEBE
5,322.87
4,510.91
811.96
HABER
MOVIMIENTO
PROESAD
Contabilidad II
Universidad Peruana Uniรณn
Unidad II
86
7
PROESAD
Sesión
registro de letras por pagar 1. ANTECEDENTES El registro de Letras por Pagar es tan antiguo como las Letras por Cobrar, bastará recordar que cuando se realiza una operación utilizando una letra de cambio, origina para uno, derechos (para el que gira) y, obligaciones para otro (para el que acepta). Obviamente esto ahorra comentarios más profundos.
2. DEFINICIÓN Es un registro auxiliar en el que se anota en forma cronológica y sistemática los pormenores de las letras aceptadas a proveedores, relacionado al documento que dio origen a la operación.
3. FINALIDAD Se considera que tiene importancia significativa, ya que es una herramienta para una eficiente administración, principalmente en la financiación de las operaciones en el corto plazo y en el capital de trabajo, donde tiene una importante incidencia.
4. RAYADO DEL REGISTRO El rayado de este libro es variable, de acuerdo a las necesidades de la empresa, lo más usual, por ejemplo: 1. Fecha de emisión 2. Numeración de la letra 3. Serie y número del comprobante de pago 4. Endoso a cargo de 5. A favor de 6. Fecha de aceptación (día, mes y año) 7. Plazo Contabilidad II
87
Letra N°
(2)
Fecha
(1)
(3)
Factura N°
(4)
Endoso a cargo de
(5)
A favor de D
(6)
M
A
(7)
Plazo E
F
M
A
M
J
(8)
J
A
S
Vencimiento de las letras
REGISTRO DE LETRAS POR PAGAR Aceptación O
N D
(9)
Importe
(10)
Obs.
Universidad Peruana Unión
8. Vencimiento (de enero a diciembre) 9. Importe 10. Observación o cancelación
5. MODELO
Unidad II
88
PROESAD
6. CASO PRÁCTICO – REGISTRO DE LETRAS POR PAGAR La Empresa GÁLAX S.A. dedicada a la compra y venta de equipos de oficina, con RUC 20102110048 domiciliada en Jr. Camaná 345 Surquillo, compra 24 Máquinas Registradoras OLIMPIA el 21/03/20__, por S/. 2,045.00 cada una (no incluye IGV) a la empresa HIRAOKA S.A.C. con RUC 20222012058 domiciliada en Av. Abancay 498 Lima, el cual gira la Guía N° 002-0646 y la Factura N° 002-0878. Además, se pagó por flete un importe de S/. 263.00 y por seguro S/. 180.00. La compra es canjeado por 03 letras a 30, 60 y 90 fecha fija, enumerados como 2007-048, 2007-049 y 2007050, con un interés del 2% cada 30 días sin aval. SE PIDE: Realizar los cálculos para los intereses. Elaborar el Registro de Letras por Pagar. Centralizar al Libro Diario los registros pertinentes.
DESARROLLO: CÁLCULO DE LAS LETRAS Total Compras sin IGV 49,523.00 / 3 Letras = 16,507.67
Valor
IGV
1
L
Valor Letra 16,507.67
2
330.15
16,837.82
3,030.81
19,868.63
2
16,507.67
4
660.31
17,167.98
3,090.24
20,258.22
3
16,507.66
6
990.46
17,498.12
3,149.66
20,647.78
1980.92
51,503.92
9,270.71
60,774.63
49.523.00
%
Interés
Importe
Contabilidad II
89
2007-048
2007-049
2007-050
21-Mar
21-Mar
LETRA N°
21-Mar
FECHA
002-0878
002-0878
002-0878
FACTURA N°
Hiraoka SAC
Hiraoka SAC
Hiraoka SAC
A FAVOR DE
TOTALES
Galax S.A.
Galax S.A.
Galax S.A.
ENDOSO A CARGO DE
7. REGISTRO DE LETRAS POR PAGAR
21
21
21
D
3
3
3
M
11
11
11
A
ACEPTACIÓN
90
60
30
PLAZO E
F
REGISTRO DE LETRAS POR PAGAR M 20
A
20
M
15
J
J
A
S
VENCIMIENTO DE LAS LETRAS O
N
D
60,774.63
20,647.78
20,258.22
19,868.63
IMPORTE
OBS.
Universidad Peruana Unión
Unidad II
90
NÚMERO CORRELATIVO DEL REGISTRO O CÓDIGO ÚNICO DE LA OPERACIÓN
GLOSA O DESCRIPCIÓN DE LA OPERACIÓN
Centralización del registro de compras
Centralización del registro de compras
Centralización del registro de compras
Centralización del registro de compras
Centralización del registro de compras
Traslado a almacén
Traslado a almacén
Canje de factura por letras
Canje de factura por letras
Canje de factura por letras
Canje de factura por letras
FECHA DE LA OPERACIÓN
31/03/2011
31/03/2011
31/03/2011
31/03/2011
31/03/2011
31/03/2011
31/03/2011
31/03/2011
31/03/2011
31/03/2011
31/03/2011
GALAX S.A. PERIODO: MARZO - 2011 RUC: 20102110048
LIBRO DIARIO
8. CENTRALIZACIÓN EN EL LIBRO DIARIO
91 8
8
8
8
8
COD. DEL LIBRO O REG. (TABLA 8) NÚMERO CORRELATIVO
REFERENCIA DE LA OPERACIÓN NÚM. DEL DOC. SUSTENTATORIO
423
40111
181
4212
6111
20111
4212
40111
60912
60911
6011
CODIGO
Letras por pagar
IGV- Cuenta propia
Intereses
Facturas - Emitidas
--------------------- X--------------------
Mercaderías manufacturadas
Mecaderías manufacturadas-Costo
--------------------- X--------------------
Facturas-Emitidas
IGV-Cuenta propia
Seguros
Transporte
Mercaderías manufacturadas
--------------------- X--------------------
DENOMINACIÓN
CUENTA CONTABLE ASOCIADA A LA OPERACIÓN
356.57
1,980.92
58,437.14
49,523.00
8,914.14
180.00
263.00
49,080.00
DEBE
60,774.63
49,523.00
58,437.14
HABER
MOVIMIENTO
PROESAD
Contabilidad II
Universidad Peruana Unión
AUTOEVALUACIÓN
REFUERZA LAS COMPETENCIAS A LOGRAR
Tú decides si ser el mejor o el peor.
CONCEPTUAL 1. Defina con claridad qué es un registro de ventas.
Respuesta. _______________________________________________________________
________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________ 2. Describa el marco legal del registro de ventas.
Respuesta. _______________________________________________________________
________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________ 3. Describa 6 tipos de comprobante o documento de pago.
Respuesta. _______________________________________________________________
________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________ 4. ¿Cuál es el marco legal del registro de compras?
Respuesta. _______________________________________________________________
________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________
PROCEDIMENTAL 1. Elabora un cuadro sinóptico del registro de almacén.
Unidad II
92
PROESAD
ACTITUDINAL 1. ¿Por qué establecerías un registro de letras por cobrar y otro por pagar en el quehacer contable de tu empresa?
________________________________________________________________________
________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________ 2. Establece las diferencias entre el PCGE, y el PCGR.
________________________________________________________________________
________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________
Contabilidad II
93
COMPETENCIAS CONCEPTUAL El participante conoce los procedimientos sobre el manejo de la planilla de remuneraciones, los impuestos que afectan las retenciones y contribuciones inmersas en este proceso, así como la operación por medios electrónicos.
PROCEDIMENTAL Aplica las disposiciones legales para el manejo de la planilla de remuneraciones y procede a su preparación y posterior registro a través de los medios electrónicos y manuales.
ACTITUDINAL El discente, con la instrucción recibida en materia de remuneraciones destaca y asume la importancia de los mismos.
UNIDAD III UNIDAD III Libros y registros laborales Sesión Nº 8: Libro de planilla de remuneraciones Sesión Nº 9: Programas de declaración temática Sesión Nº 10: Planilla de remuneraciones
8
PROESAD
Sesión
libro de planillas de remuneraciones 1. CONCEPTO Los Libros de Planillas son tratados en forma conjunta, porque, tanto las de sueldos como los de salarios, tienen las mismas características. En este sentido los dos tipos de planillas son tratados en forma general como planillas y luego se tratará independientemente las diferencias más importantes.
2. OBLIGATORIEDAD Es un registro de carácter obligatorio en el cual se incluye a todos los trabajadores y el pago de todas sus remuneraciones y otros beneficios sociales, complementándose, de esta manera, con los libros contables.
3. BASE LEGAL – SÍNTESIS DE LA LEGISLACIÓN LABORAL (R.M. N° 136-2001-TR) 3.1. Obligaciones previas al inicio de actividades Todo empleador que inicia una a más actividades comprendidas en el Artículo 1° de la Ley N° 26935 (Ley sobre Simplificación de Procedimientos para obtener Registros Administrativos y Autorizaciones Sectoriales para el inicio de actividades de empresas) que entró en vigencia el 1° de enero de 1999, por el sólo mérito de su inscripción en el Registro Único de Contribuyentes – RUC que otorga la Superintendencia de Administración Tributaria, obtendrá en forma automática su registro en los ministerios competentes, así como las autorizaciones y permisos o licencias sectoriales necesarias para iniciar sus actividades, además del registro correspondiente en EsSalud, sin perjuicio del trámite que deberá efectuar el empleador ante el Municipio respectivo donde se ubica el centro de trabajo, a efectos de obtener la licencia municipal de funcionamiento.
Contabilidad II
97
Universidad Peruana Unión
3.2. De la obligación de llevar planilla de pago En principio debemos tener presente que, mediante el Decreto Supremo N 001 – 98 – TR (22.01.1998) se expidieron las normas reglamentarias relativas a la obligación de los empleadores de llevar Planillas de Pago. El antecedente de esta norma estuvo en el Decreto Supremo N 015 – 72 – TR (28.09.1972), por el cual se estableció la obligación de los empleadores de llevar libro de planillas de pago de remuneraciones y otros derechos sociales de sus trabajadores. Asimismo, dicha norma sufrió sustanciales modificaciones con la dación del Decreto Supremo N 017 – 2001 – TR (07.06.2001) el cual introdujo importantes variantes. Por otro lado, como recordaremos, mediante el Decreto Supremo N 018 – 2007 – TR (28.08.2007), se dictaron disposiciones sobre el Registro de Trabajadores y Prestadores de Servicios – RTPS, llamadas también “Planillas Electrónicas”, cuya recepción se encargará a la SUNAT, que entre otras finalidades, reemplazará a las planillas llevadas a través de los medios convencionales. La norma citada establece que la vigencia del uso de las mencionadas Planillas Electrónicas rige a partir del 01 de enero de 2008. Pues bien, se encuentran obligados a llevar las Planillas Electrónicas, los empleadores que cumplan con alguno de los siguientes supuestos: Cuenten con más de 3 trabajadores. Cuenten con 1 o más prestadores de servicios. Cuenten con 1 o más trabajadores o pensionistas que sean asegurados obligatorios del Sistema Nacional de Pensiones. Cuando estén obligados a efectuar alguna retención del Impuesto a la Renta de cuarta o quinta categoría. Tengan a su cargo artistas, de acuerdo con lo previsto en la Ley N 28131. Hubieran contratado los servicios de una Entidad Prestadora de Salud – EPS. Hubieran suscrito con el Seguro Social de Salud – EsSalud un contrato por Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo. Gocen de estabilidad jurídica y/o tributaria. Cuenten con personas naturales que presten servicios bajo alguna modalidad formativa. Los empleadores obligados a llevar las Planillas Electrónicas deberán cerrar las planillas llevadas de acuerdo al Decreto Supremo N 001 – 98 – TR, mediante comunicación a la Autoridad Administrativa de Trabajo (a partir del 01 de enero de 2009), debiendo adjuntar copia de la última planilla utilizada indicando que el cierre se produce por el inicio de dichas Planillas Electrónicas. En consecuencia, de lo antes señalado, se mantiene la vigencia del Decreto Supremo N 001 – 98 – TR o las Planillas de Pago (manuales) respecto de lo siguiente: Las disposiciones referidas a planillas en el caso de los empleadores no incluidos en lo señalado líneas atrás, y que cuentan con por lo menos 1 trabajador sujeto al régimen laboral de la actividad privada. Si dichos empleadores hubieran optado por llevar las Planillas Electrónicas, se encontrarán obligados a seguir llevando y presentando este último registro. Las disposiciones referidas al pago de la remuneración, entrega y conservación de las boletas
Unidad III
98
PROESAD
de pago para todos los empleadores que cuenten con trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada. Los empleadores deberán registrar a sus trabajadores en las planillas, dentro de las setenta y dos horas (72) de ingresados a prestar sus servicios, independientemente de que se trate de un contrato por tiempo indeterminado, sujeto a modalidad o a tiempo parcial.
3.3. Del contenido de las planillas Las Planillas deben consignar: a. Nombre y apellidos del trabajador. b. Remuneraciones que se abonen al trabajador de acuerdo a los Artículos 6 y 7 del Decreto Supremo Nº 003 – 97 – TR (27.03.1997). c. Número de días y horas trabajadas. d. Número de horas trabajadas en sobretiempo. e. Deducciones de cargo del trabajador, por concepto de tributos. f. Aportes a los sistemas previsionales, cuotas sindicales, descuentos autorizados u órdenes por mandato judicial y otros conceptos similares. g. Los tributos y aportes de cargo del empleador. h. Cualquier otro pago que no tenga carácter remunerativo, según el artículo 7 del Decreto Supremo N 003 – 97 – TR. i. La fecha de salida y retorno de vacaciones, salvo que por naturaleza del trabajo o por el tiempo trabajado sólo hubiera lugar al pago de la remuneración vacacional. j. Cualquier información adicional que el empleador considere pertinente.
Contabilidad II
99
EsSalud Vida
Apellidos y Nombres
Código Único de Identific. SPP
Ocupación o Categoría
Unidad III
100
N°
N°
EsSalud Vida
Apellidos y Nombres
SNP
N° de Horas laboradas 25%
Nombre
F.P.
AFP
Código Único de Identific. SPP
Ocupación o Categoría
C.P.
N° de Días laborados
P.S.
25%
35%
SNP
Nombre
F.P.
AFP
P.S.
C.P.
5ta Catg. Adelan.
Desc. Judic. Otros
Total Descto.
Neto a Pagar
10.23%
Neto a Pagar
10.23%
EsSalud
3%
Asig. Fami.
Gratific.
Comis.
Vacac.
Horas Extras
REMUNERACIONES
A.Com.
AFP
Domini.
Salud
Pens.
SCTR
A.Com.
AFP A. Vol.
SENATI
Total
Horas Extras
SENATI
APORTACIONES DEL EMPLEADOR
Comis.
Vacac.
A. Vol.
REMUNERACIONES
Pens.
Gratific.
Salud
SCTR
Otros
Directo
Otros
Inicio
Conceptos no remuner.
Inicio
Retorno
Vacaciones
Otros
Retorno
Total Remunera.
Fecha de Cese
Total Remunera.
Fecha de Cese
Conceptos no remunerat.
Vacaciones
Indirecto
Prestaciones alimentarias
Total
Indirecto
Prestaciones alimentarias Directo
APORTACIONES DEL EMPLEADOR
Asig. Fami.
Bonific.
EsSalud
3%
Incremento por Incorporación SPP
Incremento por Incorporación SPP
Total Descto.
Remun. Básica
Destajo
Otros
Remun. Básica
Desc. Judic.
N° de Horas Extras
Adelan.
N° de Horas laboradas
5ta Catg.
35%
N° de Horas Extras
DESCUENTOS - APORTACIONES DEL TRABAJADOR
N° Documt. de Identid.
N° de Días laborados
DESCUENTOS - APORTACIONES DEL TRABAJADOR
N° Documt. de Identid.
PLANILLA DE PAGO SEMANAL
N°
N°
PLANILLA DE PAGO MENSUAL
Universidad Peruana Unión
PROESAD
Tratándose de trabajadores que perciban una remuneración integral cuyo abono sea pactado con periodicidad superior a un mes, el empleador deberá registrar mensualmente en la planilla, el importe de la alícuota proporcional correspondiente a cada mes de labores. La rectificación de cualquier otro error u omisión en las planillas se hará en la hoja siguiente a la última utilizada, debiendo expedirse una boleta que contenga la información rectificada, la misma que debe ser firmada por el trabajador.
3.4. Del pago de la remuneración y entrega de boleta de pago El pago de las remuneraciones se acredita con una Boleta de Pago, firmada por el trabajador o con una constancia respectiva, cuando aquel se haga a través de terceros sin perjuicio de la entrega de la boleta al trabajador a más tardar el tercer día hábil siguiente a la fecha de pago. La Boleta de Pago debe contener los mismos datos que figuran en las planillas y debe ser sellada y firmada por el empleador o representante legal. El duplicado de la boleta de pago quedará en poder del empleador, esta deberá ser firmada por el trabajador, o si el trabajador no supiera firmar, imprimirá su huella digital. Sin embargo, si el empleador lo considera conveniente, la firma de la boleta por el trabajador será opcional. En este caso corresponderá al empleador la carga de la prueba respecto al pago de la remuneración. La firma del trabajador en la boleta de pago no implicará renuncia por este a cobrar las sumas que considere le corresponden y no figuran en la boleta.
3.5. De la obligación de conservar las boletas de pago A efectos de promover el adecuado cumplimiento de la obligación de utilizar dicha Planilla Electrónica, con la Resolución Ministerial Nº 020 – 2008 – TR, de fecha 17 de enero de 2008 se dictaron normas complementarias que precisan sus alcances, estableciéndose las siguientes consideraciones. Aquellos empleadores obligados a utilizar la Planilla Electrónica deben entregar el original de la boleta de pago al trabajador, a más tardar, el tercer día hábil siguiente a la fecha de pago. Contenido de la Boleta de Pago: Información mínima referida al Empleador Apellidos y nombres, en caso de ser persona natural; o razón social o denominación, en caso de ser persona jurídica. Número de RUC. Información mínima referida al Trabajador Apellidos y Nombres. Período de pago. Tipo y número de documento de identificación. Tipo o categoría (tipo de trabajador, pensionista o prestador de servicios, de acuerdo a la Contabilidad II
101
Universidad Peruana Unión
Tabla 8 - del Anexo 2, aprobado por Resolución Ministerial N 250 – 2007 – TR; o la categoría propia utilizada por el empleador. Régimen pensionario. Código Único del Sistema Privado de Pensiones (CUSPP). Fecha de inicio de la relación laboral. Número de días efectivamente laborados. Número de días subsidiados. Número de días no laborados y no subsidiados. Número de horas ordinarias. Número de horas en sobretiempo. Remuneración que se abonen, tomando en consideración para este efecto lo previsto en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 003 – 97 – TR, TUO de la Ley de productividad y Competitividad laboral (LPCL). Cualquier otro pago que no tenga carácter remunerativo, según el artículo 7 del TUO de la LPCL. Descuentos. Tributos y aportes a cargo del trabajador. Tributos y aportes a cargo del empleador. Con relación al número de horas laboradas en el período, la boleta de pago deberá reflejar de manera exacta el contenido del Registro de Control y Asistencia. EMPRESA RUC:
Fecha: ............... /................/..........
REGISTRO PERMANENTE DE CONTROL DE ASISTENCIA Nombre del Trabajador
N° de DNI
Hoja de ingreso (1)
Hoja de salida (2)
(1) Registrar la hora y el minuto de la hora de ingreso. (2) Registrar la hora y el minuto de la hora de salida. (3) La firma del trabajador aunque no es exigida por la norma es recomendable colocar.
Unidad III
102
Tiempo de permanencia fuera de la jornada de trabajo
Firma (3)
PROESAD
Los empleadores están obligados a conservar el duplicado de las boletas y las constancias correspondientes, hasta cinco años (05) después de efectuado el pago. Luego de transcurrido el indicado plazo, la prueba de los derechos que se pudieran derivar del contenido de los citados documentos, será de cargo de quien alegue el derecho. Los empleadores están obligados a exhibir ante las autoridades competentes que lo requieran, las planillas, el duplicado de las boletas y las constancias de pago.
4. REMUNERACIONES 4.1. Concepto de Remuneración En principio, nuestra Constitución establece en su artículo 24 que, todo trabajador tiene derecho a una remuneración equitativa y suficiente que procure a él y su familia bienestar material y espiritual, otorgándole a su pago y al de los beneficios sociales prioridad sobre cualquier otra obligación del empleador. Las remuneraciones mínimas se regulan por el Estado con participación de las organizaciones representativas de los trabajadores y de los empleadores. Asimismo, en el artículo 6 del Decreto Supremo N 003 – 97 – TR (27.03.1997) del Texto Único Ordenado del D. Leg. N 728, Ley de Productividad y Competitividad laboral, se establece que, constituye remuneración para todo efecto legal e íntegro de lo que el trabajador recibe por sus servicios, en dinero o en especie, cualquiera sea la forma o denominación que tenga, siempre que sean de su libre disposición. Las sumas de dinero que se entreguen al trabajador directamente en calidad de alimentación principal, como desayuno, almuerzo o refrigerio que lo sustituya o cena, tienen naturaleza remunerativa. No constituye remuneración computable para efecto de cálculo de los aportes y contribuciones a la seguridad social así como para ningún derecho o beneficio de naturaleza laboral el valor de las prestaciones alimentarias otorgadas bajo la modalidad de suministro indirecto. Como apreciamos, el concepto del artículo 6 antes mencionado, es limitado por el artículo 7 de la misma norma, al establecer que no constituye remuneración para ningún efecto legal los conceptos previstos en los artículos 19 y 20 del Decreto Supremo Nº 001 – 97 – TR (01.03.1997), TUO del Decreto Legislativo N 650, Ley de Compensación por Tiempo de Servicios (CTS).
4.2. Conceptos no remunerativos Conforme lo señalado en el artículo 19 de la norma antes mencionada, no se consideran remuneraciones computables las siguientes: 1. Gratificaciones extraordinarias u otros pagos que perciba el trabajador ocasionalmente, a título de liberalidad del empleador o que hayan sido materia de convención colectiva, o aceptadas en los procedimientos de conciliación o mediación, o establecidas por resolución de la Autoridad Administrativa de Trabajo, o por laudo arbitral. Se incluye en este concepto a la bonificación por cierre de pliego.
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2. Cualquier forma de participación en las utilidades de la empresa. 3. El costo o valor de las condiciones de trabajo. 4. La canasta de navidad o similares. 5. El valor del transporte, siempre que esté supeditado a la asistencia al centro de trabajo y que razonablemente cubra el respectivo traslado. Se incluye en este concepto el monto fijo que el empleador otorgue por pacto individual o convención colectiva, siempre que cumpla con los requisitos antes mencionados. 6. La asignación o bonificación por educación, siempre que sea por un monto razonable y se encuentre debidamente sustentada. La asignación o bonificación por educación, comprende a las otorgadas con ocasión de los estudios del trabajador o de sus hijos, de ser el caso; sean estos preescolares, escolares, superiores, técnicos o universitarios e incluye todos aquellos gastos que se requieran para el desarrollo de los estudios respectivos, como uniformes, útiles educativos u otros de similar naturaleza, salvo convenio más favorable para el trabajador. 7. Las asignaciones o bonificaciones por cumpleaños, matrimonio, nacimiento de hijos, fallecimiento y aquellas de semejante naturaleza. Igualmente, las asignaciones que se abonen con motivo de determinadas festividades siempre que sean consecuencia de una negociación colectiva. 8. Los bienes que la empresa otorgue a sus trabajadores, de su propia producción, en cantidad razonable para su consumo directo y de su familia. 9. Todos aquellos montos que se otorgan al trabajador para el cabal desempeño de su labor o con ocasión de sus funciones, tales como movilidad, viáticos, gastos de representación, vestuario y en general todo lo que razonablemente cumpla tal objeto y no constituya beneficio o ventaja patrimonial para el trabajador. 10. La alimentación proporcionada directamente por el empleador que tenga la calidad de condición de trabajo por ser indispensable para la prestación de servicios, las prestaciones alimentarias otorgadas bajo la modalidad de suministro indirectos o de acuerdo a su ley correspondiente, o cuando se derive de mandato legal. Tampoco se incluirá en la remuneración computable la alimentación proporcionada directamente por el empleador que tenga la calidad de condición de trabajo por ser indispensable para la prestación de los servicios, o cuando se deriva de mandato legal.
4.3. Alimentación principal y refrigerio Mediante el Decreto Supremo Nº 006 – 2005 – TR de fecha 2 de setiembre del 2005 se modificó el artículo 5 del Reglamento de la Ley de Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) – Decreto Supremo Nº 004 – 97 – TR, quedando establecido lo siguiente: Artículo 5.- “La alimentación principal otorgada a los trabajadores en dinero o en especie, de conformidad con el Artículo 12 de la ley, con o sin rendición de cuenta, ingresa al cálculo de la compensación por tiempo de servicios”. Unidad III
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Precísase que el refrigerio que no constituye alimentación principal, conforme el Artículo 12 de la Ley, no será considerado como remuneración para ningún efecto legal”.
4.4. Pago en dinero y pago en especie La normatividad legal antes mencionada, establece que el pago de la remuneración puede ser en dinero o en especie, dándose preferencia al primero. Lo que se busca es limitar el pago por especie, para que este no se preste a abusos por parte de los empleadores. En caso que la estructura remunerativa sea mixta (en dinero y en especie), lo ideal es que el monto mayor del pago sea en efectivo y que el pago en especie sea el menor.
4.5. Prestaciones alimentarias La Ley Nº 28051 (02.08.2003), Ley de Prestaciones Alimentarias y su Reglamento el Decreto Supremo Nº 013 – 2003 – TR (28.10.2003), tiene como objetivo mejorar sus ingresos, mediante la adquisición de bienes de consumo alimentario suministrados por su empleador con la participación de terceros en condiciones adecuadas. a) Suministro Directo: El que otorga el empleador valiéndose de los servicios de comedor o concesionario provisto en el centro de trabajo. En los casos de otorgamiento de este beneficio por acto unilateral del empleador, costumbre o mediante convención colectiva, se mantiene su naturaleza de remuneración computable. b) Suministro Indirecto: Otorgado a través de Empresas Administradoras que tienen convenio con el empleador, mediante la entrega de cupones, vales, u otros análogos, para la adquisición exclusiva de alimentos en establecimientos afiliados. Otorgado en convenio con empresas proveedoras de alimentos debidamente inscritas en el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Constituyen remuneración no computable y por lo tanto no se tendrá en cuenta para la determinación de derechos o beneficios de naturaleza laboral, sea de origen legal o convencional, ni para los aportes y contribuciones a la Seguridad Social. El valor de las prestaciones no podrá exceder del veinte por ciento (20%) del monto de la remuneración ordinaria percibida por el trabajador. En tal sentido, se debe tener en claro que las prestaciones alimentarias otorgadas por el empleador, que tienen la calidad de condición de trabajo, no constituye remuneración computable.
4.6. Remuneración mínima Según el D.S. Nº 011 – 2011 – del MTPE (Agosto 2011) es el monto mínimo que debe recibir un trabajador como contraprestación a sus servicios.
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Si bien es cierto, el monto de la remuneración es fijado por mutuo acuerdo entre empleador y servidor, sin embargo cuando el trabajador haya cumplido efectivamente con la jornada ordinaria máxima legal o contractual, este tendrá derecho a percibir como mínimo la remuneración mínima (RM) establecida por ley. Con ese motivo, a partir del 15 de Agosto del 2011 la REMUNERACIÓN MÍNIMA se modifica a S/ 675.00 ó S/ 22.50 por día (Veintidos 50/100 Nuevos soles).
4.7. Asignación Familiar Todo trabajador que se encuentre sujeto al régimen laboral de la actividad privada cuyas remuneraciones no se regulan por negociación colectiva tienen derecho a percibir el equivalente al 10% de la Remuneración Mínima vigente en la oportunidad que corresponda percibir el beneficio por concepto de asignación familiar. En tal sentido, a partir del 15 de Agosto del 2011 en adelante la asignación familiar es de S/. 67.50 Nuevos Soles mensuales. A fin de obtener el derecho a percibir la asignación familiar, es requisito indispensable que los trabajadores (padre y/o madre) tengan a su cargo uno o más hijos menores de 18 años de edad. En el caso que el hijo cumpla mayoría de edad y se encuentre efectuando estudios superiores o universitarios, este beneficio se extenderá hasta que termine dichos estudios, hasta un máximo de 6 años posteriores al cumplimiento de dicha mayoría de edad.
4.8. Gratificaciones El monto de cada una de las gratificaciones – julio y diciembre – es equivalente a la remuneración que percibe el trabajador en la oportunidad que corresponde otorgar el beneficio, es decir en la primera quincena de julio o diciembre, respectivamente. La Ley Nº 29351, del primero de mayo de 2009, aprobó la inafectación de las gratificaciones y aguinaldos por Fiestas Patrias y Navidad, de los trabajadores del sector público como para los del sector privado, está vigente desde el 2 de mayo. Artículo 8-A.- Inafectación de las gratificaciones Las gratificaciones por Fiestas Patrias y Navidad no se encuentran afectas a aportaciones, contribuciones ni descuentos de índole alguna, excepto aquellos otros descuentos establecidos por ley o autorizados por el trabajador. Bonificación extraordinaria El monto que abonan los empleadores por concepto de aportación a EsSalud, con respecto a las gratificaciones de julio y diciembre, les será abonado a los trabajadores como bonificación extraordinaria. Esto será un beneficio para el trabajador. No tendrá carácter remunerativo ni pensionable y además se otorgará de manera temporal, durante dos años consecutivos.
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4.9. Vacaciones La remuneración vacacional es equivalente a la que el trabajador hubiere percibido habitual y regularmente en caso de continuar laborando.
4.10. Compensación por Tiempo de Servicios - CTS Los empleadores depositarán en los meses de mayo y noviembre de cada año tantos dozavos de la remuneración computable percibida por el trabajador en los meses de abril y octubre respectivamente, como meses completos haya laborado en el semestre respectivo. La fracción de mes se depositará por treintavos. La remuneración vigente a la fecha de cada depósito, comprende asimismo el sexto de la gratificación percibida durante el último año. Los depósitos semestrales que efectúe el empleador deben realizarse dentro de los primeros quince (15) días naturales de los meses de mayo y noviembre de cada año. Si el último día es inhábil, el depósito puede efectuarse el primer día hábil siguiente.
5. DESCUENTOS AL TRABAJADOR QUE DEBEN CONSIGNARSE EN LA PLANILLA El empleador es el responsable de retener las contribuciones del trabajador, por medio de la planilla. Estas contribuciones pueden aplicarse en la planilla de remuneraciones, aportes que a continuación detallamos:
5.1. Impuesto a la renta de 5ta categoría El Impuesto a la Renta de 5ta Categoría grava las rentas obtenidas por concepto de trabajo en relación de dependencia y, en general, toda retribución por servicios personales, con excepciones como las cantidades percibidas por el servidor por asuntos del servicio en lugar distinto al de su residencia habitual, tales como gastos de alimentación y hospedaje, gastos de movilidad y otros gastos exigidos por la naturaleza de sus labores, siempre que no constituyan sumas que por su monto revelen el propósito de evadir el impuesto; y los gastos y contribuciones realizados por la empresa con carácter general a favor del personal y los gastos destinados a prestar asistencia de salud de los servidores. Renta Bruta La Renta Bruta está constituida por la totalidad de los ingresos percibidos por concepto de prestaciones de servicios prestados en relación de dependencia, incluidos cargos públicos. Renta Neta A la Renta Bruta se le deduce el equivalente a siete (7) UIT, hasta el límite de dicha renta. Procedimiento de Retención de Rentas de Quinta Categoría Las personas naturales o jurídicas, entidades públicas o privadas que paguen rentas comprendidas en la quinta categoría, deberá retener mensualmente sobre las remuneraciones que abonen a
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sus servidores un doceavo del impuesto que, conforme a las normas de la Ley, les corresponda tributar sobre el total de las remuneraciones gravadas a percibir en el año, dicho total se disminuirá en el importe de las deducciones previstas en el rubro de la renta neta (7 UIT). Base Legal Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta aprobado por D.S. N° 054-99-EF.
a. Cuando se perciban remuneraciones fijas Proyección de Remuneraciones: (Remuneración mensual x N° de meses que faltan) + Gratificaciones ordinarias (G.O. – Julio y Diciembre) + otros ingresos adicionales en el mes. Renta Bruta: Proyección de Remuneraciones + Remuneraciones anteriores + G.O. + otros ingresos adicionales en los meses anteriores. Renta Neta: Renta Bruta – 7UIT Impuesto Anual: Renta Neta x 15%, 21% o 30% según escala. Saldo a Regularizar: Impuesto Anual – Créditos a favor (donaciones, impuesto a la renta del exterior, retenciones, saldo a favor del ejercicio anterior). Retención Mensual: El impuesto anual determinado de acuerdo al procedimiento antes descrito se fraccionará cada mes de acuerdo al siguiente procedimiento: En el mes de enero a marzo, el impuesto anual se dividirá entre doce (12). En el mes de abril, al impuesto anual se le deducirá las retenciones efectuadas de enero a marzo del mismo ejercicio. El resultado de esta operación se dividirá entre nueve (9). En los meses de mayo a julio, al impuesto anual se le deducirá las retenciones en los meses de enero a abril del mismo ejercicio. El resultado de esta se dividirá entre ocho (8). En el mes de agosto, al impuesto anual se le deducirá las retenciones efectuadas de enero a julio del mismo ejercicio. El resultado de esta operación se dividirá entre cinco (5). En los meses de setiembre a noviembre, al impuesto anual se le deducirá las retenciones en los meses de enero a agosto del mismo ejercicio. El resultado de esta se dividirá entre cuatro (4). En el mes de diciembre, con motivo de la regularización anual, al impuesto anual se le deducirá las retenciones efectuadas de enero a noviembre del mismo ejercicio. El monto obtenido por la aplicación del procedimiento antes indicado, será el impuesto a retener en cada mes. En los casos que la remuneración no se abone en forma mensual, sino semanal o quincenal, el impuesto a retener por dicho mes se fraccionará proporcionalmente en las fechas de pago. El
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empleador deberá incluir toda compensación en especie que constituya renta gravable y deberá computarla por el valor de mercado que corresponda atribuirles. RENTA NETA GLOBAL
TASA 15% 21% 30%
Hasta 27 UIT Por el exceso de las 27 UIT hasta 54 UIT Exceso de 54 UIT Esquema: 1. 2. 3. 4.
R.B. = R.M. R.A. = Ra + (R.B x m) + 2 gratificación + otras percibidas R.N. = R.A – 7UIT I.C = R.N x T.I
5. Retenciones =
I.C - r - otros n
Donde: R.B = Renta Bruta R.M = Remuneración Mensual R.A = Remuneración Anualizada R.N = Renta Neta Proyectada R. a = Remuneraciones anteriores acumuladas I.C = Impuesto calculado r = Monto retenido según reglamento m = Meses que faltan transcurrir n = Denominador, según reglamento
b. Cuando se perciban remuneraciones variables Cuando las remuneraciones mensuales pagadas al trabajador sean montos variables, se aplicará el mismo procedimiento previsto para las remuneraciones fijas. Sin embargo, para efectos de determinar la remuneración mensual, el empleador podrá optar por considerar como remuneración mensual el promedio de las remuneraciones pagadas en ese mes y en dos (2) meses inmediatos anteriores. Para el cálculo del promedio así como la remuneración anual proyectada, no se considerarán las gratificaciones ordinarias a que tiene derecho el trabajador. Al resultado obtenido se le agregará las gratificaciones tanto ordinarias como extraordinarias y en su caso las participaciones de los trabajadores, que hubieren sido puestas a disposición de los mismos en el mes de retención. La opción deberá formularse al practicar la retención correspondiente al primer mes del ejercicio gravable y deberá mantenerse durante el transcurso de dicho ejercicio. En el caso de trabajadores con remuneraciones de montos variables, que se incorporen con posterioridad al 1° de enero, el empleador practicará la retención sólo después de transcurrido un período de tres meses completos, a partir de la fecha de incorporación del trabajador.
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Los trabajadores que se incorporen con posterioridad al 1° de enero, el empleador tomará como base la remuneración que corresponda al mes de su incorporación. En los casos de trabajadores que hubieran percibido remuneraciones de más de un empleador en un mismo ejercicio, para efectos de retención, el nuevo empleador considerará las remuneraciones y retenciones acreditadas según el certificado de retenciones de quinta categoría. En el caso a que se refiere el párrafo precedente, el nuevo empleador podrá optar al practicar la primera retención, por el procedimiento que autoriza dicho inciso, computando a este efecto las retribuciones pagadas en el mismo ejercicio gravable, por los empleos anteriores. Plazo de Pago El Plazo de Pago depende del cronograma que fija la SUNAT y que está en función del último dígito del RUC del contribuyente o agente de retención.
5.2. Sistema nacional de pensiones (SNP) A partir del 01.06.1994 la Oficina Nacional de Normalización Previsional (ONP), tiene como función administrar el SNP y el Fondo de Pensiones a que se refiere el D. Ley N° 19990. Son contribuyentes de ésta, los trabajadores que prestan servicios bajo el régimen de la actividad privada a empleadores particulares, cualesquiera sea la duración del contrato de trabajo y/o el tiempo de trabajo por día por las remuneraciones mensuales, sin topes, teniendo en este caso el empleador el carácter de agente retenedor, debiendo abonarlas dentro del mes siguiente a aquel en que se prestó el trabajo. Aportan a él los trabajadores, en un porcentaje equivalente al 13% de la remuneración asegurable.
5.3. Sistema privado de administración de fondos de pensiones (SPP) Creación, Vigencia y Finalidad El Sistema Privado de Pensiones (SPP) fue creado por el Decreto Ley 25897 el 6 de diciembre de 1992, como una alternativa al Sistema Nacional de Pensiones (SNP). A diferencia del SNP, administrado por el Estado, el SPP está conformado por empresas privadas que administran fondos de capitalización individual y no un fondo común. Este sistema se encuentra regulado por el Decreto Supremo N° 054-97-EF (10.05.97), el cual inició sus actividades en nuestro país el 7 de mayo de 1993. El objetivo de este sistema es dar mayor dinamismo y eficiencia a la seguridad social del país en lo que a pensiones se refiere, asegurando una pensión justa para cada afiliado de acuerdo a los aportes realizados por este. Este sistema tiene la calidad de complementario respecto del Sistema Nacional de Pensiones a cargo de EsSalud y siendo de carácter voluntario el trabajador puede optar entre el Sistema Nacional o el Privado. El Sistema Privado es administrado por las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP), Unidad III
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bajo la modalidad de cuentas de capitalización individual. Prestan las pensiones de jubilación, invalidez, sobrevivencia y no incluye prestaciones de salud ni riesgos de accidentes de trabajo. Mediante la Ley N° 27328 se estableció que sería la Superintendencia de Banca y Seguros (SBS) la que se encargaría del control y supervisión de las AFPs, al haber absorbido ésta a la Superintendencia de Administradoras de Fondos de Pensiones (SAFP). Instituciones que conforman el SPP El Sistema Privado de Pensiones está conformado por empresas llamadas Administradoras Privadas de Fondo de Pensiones (AFP) quienes se encargan de administrar el dinero de sus afiliados en Cuentas Individuales de Capitalización (CIC), es decir, cuentas personales, para brindar a sus afiliados prestaciones de jubilación, invalidez, sobrevivencia y gastos de sepelio. El total de Cuentas Individuales de Capitalización conforman el Fondo de Pensiones que la AFP administra. Este fondo es invertido en distintos instrumentos financieros autorizados por ley, para aumentar la rentabilidad de la cuenta de cada afiliado. El trabajo de las AFP está regulado por la Superintendencia de Banca y Seguros (SBS). Afiliación a las AFP La incorporación al SPP se efectúa a través de la suscripción de un contrato de afiliación a una AFP, la cual es voluntaria para todos los trabajadores dependientes o independientes, cualquiera sea la modalidad de trabajo que realicen. Cuando un trabajador no afiliado al Sistema Privado de Pensiones ingrese a laborar a un centro de trabajo, el empleador deberá obligatoriamente afiliarlos en la AFP que aquel elija, salvo expresamente y por escrito, en un plazo improrrogable de 10 días hábiles manifieste su deseo de permanecer o incorporarse al SNP. La fecha de afiliación Es el primer día del mes siguiente a aquel en que se suscribe el contrato de afiliación, el primer aporte se devenga en ese mes y debe ser pagado al mes siguiente a aquel en que se devenga la primera remuneración en el nuevo sistema provisional. Efecto de la afiliación De acuerdo a lo establecido por el artículo 8° de la Ley N° 26504 los trabajadores que se afilien a una AFP después del 19.07.95 ya no tienen derecho a percibir los incrementos del 10.23% y 3%. Para el cálculo de CTS de los trabajadores afiliados antes del 19 de julio de 1995, se tomará en cuenta el aumento de 3% que prevé la ley por afiliación no así el 10.23%. TRIBUTO
INCREMENTOS 3% 10.23% Sí No No Sí Sí Sí Sí Sí
Remuneración para cálculo de CTS Impuesto a la Renta Aportes a la AFP ESSALUD (empleador)
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Aportes mensuales por estar afiliado al SPP Las tasas de descuento que se realiza a los trabajadores afiliados a una SPP se dividen en tres, siendo las dos últimas dependientes de cada una de las AFP’s: Aporte a la Cuenta Individual de Capitalización. Seguros para prestaciones de invalidez, sobrevivencia y gastos de sepelio. Pagos por servicios prestados por la AFP.
5.4. Descuentos judiciales (ALIMENTOS) Los descuentos judiciales son ordenanzas de carácter legal que los jueces en virtud de sus facultades ordena la retención de los haberes del trabajador, con destino de estas remuneraciones hacia terceras personas. Las retenciones pueden ser debido a alimentación de hijos menores, mantenimiento por invalidez, etc. La tasa de descuento al trabajador lo determina el juez que falle el caso. El pago se hará paralelamente al pago de las remuneraciones de los trabajadores.
5.5. Conafovicer Finalidad La creación del Comité Nacional de Administración del Fondo para la Construcción de Vivienda y Centros Recreacionales (CONAFOVICER), comprende a los trabajadores obreros de construcción civil, operarios, ayudantes u oficiales y peones, que realizan libremente y de manera temporal, una labor de construcción para otra persona, sea natural o jurídica, dedicada a la actividad de la construcción, con relación de dependencia y a cambio de una remuneración, en aquellas empresas de construcción clasificadas en la Gran División “F” del CIIU. Destino del Fondo El fondo se utilizará exclusivamente para: La construcción de viviendas de interés social para los trabajadores de la Construcción Civil a nivel nacional. La construcción de centros vacacionales de recreación para los trabajadores de Construcción Civil en todo el país. La cobertura de fines y objetivos de carácter educativo, social, asistencial y de capacitación. Base Imponible La tasa de aplicación de esta contribución es de dos por ciento (2%) y se aplica sobre el jornal básico del trabajador (retención semanal). El empleador deberá retener el aporte al momento de efectuar el pago al trabajador y depositarlo en el Banco de la Nación vía TELEPROCESO – Código 00035, y otros bancos, dentro de los quince (15) días naturales siguientes al mes de la retención.
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Tasa de aportación TRABAJADOR Obreros de construcción
TASA 2%
5.6. EsSalud Vida Es un seguro de vida por accidentes de acogimiento voluntario e independiente de cualquier otro que tenga el asegurado ya sea por Ley, bancos, AFP, particular o de otro índole. Personas con derecho Pueden asegurarse los trabajadores activos afiliados a EsSalud, ya sean dependientes o pertenecientes a regímenes especiales, que se ubiquen entre los 15 y 80 años de edad. No pueden escribirse los cesantes, jubilados y trabajadores con deficiencia física grave. Costo o pago del servicio El costo de S/. 5.00 Nuevos Soles mensuales como cuota fija, independientemente de cuanto perciba el trabajador por concepto de remuneración cada mes. Dicho monto, con la autorización del trabajador, será descontado por el empleador de su ingreso mensual, para luego ser pagado a EsSalud mediante el Certificado de Pago Regular o a través del Programa de Declaración Telemática.
5.7. Descuentos laborales de acuerdo común Particularmente de los descuentos ya mencionados, se pueden realizar otros descuentos de acuerdo común entre el trabajador y el empleador. En este tipo de descuentos se puede agrupar a los fondos sindicales, fondos sociales, etc.
6. CONTRIBUCIONES DEL EMPLEADOR QUE DEBEN CONSIGNARSE EN LAS PLANILLAS 6.1. Régimen contributivo de la seguridad social en salud (RCSSS) Base Legal La Ley N° 27056 (30.01.99) creó el Seguro Social de Salud (EsSalud), en reemplazo del Instituto Peruano de Seguridad Social (IPSS), como un organismo público descentralizado con personería jurídica de derecho público interno, cuya finalidad es brindar cobertura a los asegurados y sus derechohabientes a través de diversas prestaciones, que corresponden al Régimen Contributivo de la Seguridad Social en Salud (RCSSS), así como mediante otros seguros de riesgos humanos.
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Asegurados • Trabajadores activos que laboren bajo relación de dependencia • Pensionistas que perciben pensión de jubilación, incapacidad o de sobrevivencia • Los trabajadores del hogar, siempre que laboren en una jornada mínima de cuatro horas Afiliados • Trabajadores y profesionales independientes potestativos • Los que estuvieron en regímenes especiales • obligatorios • Los demás que no sean regulares Derecho • Cónyuge (esposa o esposo) habientes • Concubino (art.326 c.c.) • Hijos menores de edad y mayores Afiliados regulares
Afiliados regulares Son asegurados activos regulares los trabajadores activos que laboran bajo relación de dependencia o en calidad de socios de cooperativas de trabajadores, cualquiera sea el régimen laboral o modalidad a la que estén sujetos. Son asegurados los pensionistas quienes perciben pensión de jubilación, incapacidad o de sobrevivencia, cualquiera fuere su régimen legal. Los trabajadores del hogar, siempre que laboren en una jornada mínima de cuatro horas diarias. Asegurados potestativos Los trabajadores y profesionales independientes, incluidos los que estuvieron sujetos a regímenes especiales obligatorios, y demás personas que no reúnan los requisitos para una afiliación regular, así como todos aquellos que la ley determine; se pueden afiliar al seguro social bajo la modalidad de protestativos. Asegurados derechohabientes Para la Ley son derechos habientes los siguientes: El cónyuge El concubino, de acuerdo al artículo 326 del Código Civil. Los hijos menores de edad y los mayores incapacitados para el trabajo, siempre –en ambos casos– que no sean afiliados obligatorios. Aportaciones De acuerdo al artículo 6° y 7° de la Ley, y el artículo 33° del Reglamento (15.01.98) la contribución al Sistema de Prestaciones de Salud correspondiente a los trabajadores dependientes será íntegramente a cargo del empleador. SUJETOS Del empleador Del asegurado facultativo
TASAS 9% 9%
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Plazo para la declaración y el pago Para la declaración y el pago de las aportaciones se aplicará el cronograma aprobado por el pago de las obligaciones tributarias cuya recaudación está a cargo de la SUNAT. Por nota de prensa, EsSalud ha comunicado que el plazo para hacer los pagos del seguro independiente, será el último día hábil de cada mes.
6.2. Seguro complementario de trabajo de riesgo (SCTR) Es un seguro mediante el cual se brinda cobertura por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales a los afiliados regulares del EsSalud que desempeñan actividades de alto riesgo. Para estos efectos, se deberá entender por: Accidente de trabajo: toda lesión orgánica o perturbación funcional causada en el centro de trabajo o con ocasión del trabajo, por acción imprevista, fortuita u ocasional de una fuerza externa, repentina y violenta que obra súbitamente sobre la persona del trabajador o debida al esfuerzo del mismo. Enfermedad profesional: todo estado patológico permanente o temporal que sobreviene al trabajador como consecuencia directa de la clase de trabajo que desempeña o del medio en que está obligado a trabajar. Están obligadas a contratar el SCTR las entidades empleadoras que realizan actividades económicas consideradas como riesgosas, las cuales están señaladas en la Cuarta Disposición Final de las Normas Técnicas del Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo, aprobadas mediante D.S. Nº 003-98-SA, mediante el cual se modificó el Anexo 5 del D.S. Nº 009-97-SA. También deben contratar el SCTR las cooperativas de trabajadores, empresas de servicios especiales (temporales o complementarios), contratistas y subcontratistas, así como toda institución de intermediación o provisión de mano de obra que destaque trabajadores hacia centros de trabajo que desarrollen actividades de riesgo. Las entidades empleadoras que realicen actividades de riesgo, dentro de los quince (15) días de iniciadas estas, deberán inscribirse en un registro especial a cargo del Ministerio de Trabajo y Promoción Social, siguiendo para ello el procedimiento detallado en el trámite Nº 06 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del mismo ministerio, aprobado mediante D.S. N° 0072000-TR (17.10.2000).
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CONTRIBUCIONES AL SCTR Nivel de Riesgo
Tasa Básica
Tasa Adicional
Cotización total sin I.G.V.
Cotización total con I.G.V.
I
0.53%
0.00%
0.53%
0.63%
II
0.53%
0.51%
1.04%
1.24%
• Extracción de madera • Pesca • Construcción
III
0.53%
0.77%
1.30%
1.55%
• Explotación de minas y canteras
IV
0.53%
1.02%
1.55%
1.84%
Descripción de la Actividad Económica • Actividades de limpieza de edificio • Servicios sociales de salud • Eliminación de desperdicios y aguas residuales, saneamiento, actividades similares • Industrias manufactureras • Suministro de electricidad, gas y agua • Transporte aéreo, almacenamiento y comunicaciones • Actividad portuaria: manipuleo de carga
6.3. Servicio nacional de adiestramiento en trabajo industrial (SENATI) Base Legal Según lo establecido por la primera disposición transitoria del D.L. N° 25988 que modificó el inciso a) del artículo 2° del D.L. N° 25702, este tributo estaría vigente hasta el 31.12.93, por efecto de lo señalado en la Ley N° 26272 (01.01.94) dicha contribución volvió a cobrar plena vigencia, aunque con ciertas modificaciones en cuanto a su organización y régimen económico. Contribuyentes a. Las personas naturales o jurídicas que desarrollan actividades industriales, comprendidas en la Categoría D de la “Clasificación Industrial Internacional Uniforme (CIIU) de las actividades económicas de las Naciones Unidas (Revisión 3)”, están obligadas a contribuir con el SENATI pagando una contribución porcentual calculada sobre el total de las remuneraciones que paguen a sus trabajadores. b. Empresas que ejerzan otras actividades, además de la industrial, el pago de la contribución lo hará únicamente sobre el monto de las remuneraciones correspondiente al personal dedicado a la actividad industrial y a las labores de instalación, reparación y mantenimiento. c. Empresas no comprendidas en la Categoría D de la CIIU, pagarán la contribución sobre las remuneraciones del personal dedicado a las labores de instalación, reparación y mantenimiento realizadas tanto a favor de la propia empresa cuanto de terceros. No están obligadas al pago de esta contribución las empresas que se dediquen a la instalación, reparación y mantenimiento dentro de la actividad de la construcción, comprendidas en la Categoría F, División 45 de la CIIU (Revisión 3) y que están afectas a la contribución al SENCICO. Tasa AÑO A partir de 1997
TASA 0.75%
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Exonerados a la contribución Están exonerados de la Contribución al SENATI las empresas que durante el año anterior hubieran tenido un promedio de veinte trabajadores o menos dedicados a las actividades económicas indicadas en el punto de contribuyentes. Pago de contribución El pago se hará dentro de los 12 primeros días hábiles del siguiente a aquel en que se abonen las remuneraciones.
6.4. Contribución al servicio nacional de capacitación para la industria y construcción (SENCICO) Sujetos pasivos de la contribución Aportan al SENCICO las personas naturales o jurídicas que construyan para sí o para terceros dentro de las actividades comprendidas en la Gran División de la CIIU de las Naciones Unidas. Base Imponible La base de cálculo sobre la cual se aplica la tasa de la contribución está constituida por el total de los ingresos que perciban los sujetos pasivos de la contribución por concepto de materiales, mano de obra, gastos generales, dirección técnica, utilidad y cualquier otro elemento facturado al cliente, cualquiera sea el sistema de contratación de obras. En las obras ejecutadas a concesión o por cuenta propia destinadas a la venta, cualquiera que sea el sistema de contratación de obras, la base de cálculo estará constituida por el valor de la construcción según los avances de la obra. Tasa AÑO A partir de 1996
TASA Dos por mil
Plazo para el Pago El plazo para el pago depende del cronograma que fija la SUNAT y que está en función del último dígito del RUC del contribuyente o agente de retención.
6.5. Seguros de vida Base Legal El Decreto Legislativo N° 688 Ley de Consolidación de Beneficios Sociales desarrolla el beneficio del seguro de vida, que ha pasado a ser no sólo beneficio de los trabajadores empleados, sino también de los obreros. Este régimen tiene vigencia a partir del 05.11.91
Contabilidad II
117
Universidad Peruana Unión
Remuneraciones asegurables Las remuneraciones asegurables son las que figuran en planillas y boletas de pago, percibidas mensualmente por el trabajador. En consecuencia, están excluidas las gratificaciones, participaciones, compensación vacacional adicional y otras que por su naturaleza no se abonen mensualmente. Tratándose de trabajadores a comisión o destajo se considerará como remuneración asegurable el promedio de los últimos tres meses. Monto de la Prima Empleados Obreros
0.53% de la remuneración mensual correspondiente al mes inmediato anterior a la vigencia del seguro. 0.71% de la remuneración mensual correspondiente al mes inmediato anterior a la vigencia del seguro. 1.46% si desarrollan actividades de alto riesgo, en área de explosivos, minas, petróleo, fuegos artificiales, policías particulares, municiones y perforaciones de pozos.
Unidad III
118
9
PROESAD
Sesión
programas de declaración temática 1. PROGRAMA DE DECLARACIÓN TELEMÁTICA PDT Obligaciones Laborales Actuales
• Salud • Protección accidentes de trabajo
APORTES ESSALUD
Fondo de Pensiones
Recursos de Tesoro Público
APORTES PENSIONES
IMPUESTO A LA RENTA
Cautela derechos y condiciones laborales
CONDICIONES DE TRABAJO
Empresa / Trabajadores
Contabilidad II
119
Universidad Peruana Unión
Necesidades de Información MINISTERIO DE TRABAJO
SUNAT - ESSALUD - ONP
LIBRO PLANILLAS
LIBRO MODALIDADES FORMATIVAS
DDJJ ANUAL INFORMACIÓN PLANILLAS
REGISTRO DE RETENCIONES
inc e) y f) Art 34° LIR
PDT 600 REMUNERACIONES
Control de los Derechos Laborales de los Trabajadores
Control de las Modalidades formativas
Contar con Estadísticas confiables del empleo
Controlar las Retenciones Efectuadas: 4ta - 5ta
Asegurar la recaudación del Impto. a la Rta 5ta categoría
PDT 610 PDT 621 SEG. COMPLEM. RETENCIONES TRAB. RIESGO 4TA CATEGORÍA
Asegurar la recaudación del SCTR
Asegurar la recaudación Impto. a la Rta 4ta categoría
Obligaciones formales actuales MINISTERIO DE TRABAJO LIBRO PLANILLAS
LIBRO MODALIDADES FORMATIVAS
SUNAT - ESSALUD - ONP
DDJJ ANUAL INFORMACIÓN PLANILLAS
REGISTRO DE RETENCIONES
inc e) y f) Art 34° LIR
PDT 600 REMUNERACIONES
PDT
601
PLANILLA ELECTRÓNICA
PDT 601 - PLANILLA ELECTRÓNICA
Unidad III
120
PDT 610 PDT 621 SEG. COMPLEM. RETENCIONES TRAB. RIESGO 4TA CATEGORÍA
PROESAD
2. DEFINICIÓN DE LA PLANILLA ELECTRÓNICA Es el documento llevado a través de medios electrónicos, presentado mensualmente a través del medio informático desarrollado por la SUNAT, en el que se encuentra registrada la información de los trabajadores, pensionistas, prestadores de servicios, prestador de servicios-modalidad formativa, personal de terceros y derechohabientes. Es un nuevo soporte tecnológico para el registro de información de los pagos que realiza el Empleador a los Trabajadores, Prestadores de Servicios y Pensionistas. Es la información estandarizada del recurso humano: el más valioso de las empresas o entidades. Es el registro del empleo, además del registro tradicional del trabajo formal. Pues bien, se encuentran obligados a llevar las Planillas Electrónicas, los empleadores que cumplan con alguno de los siguientes supuestos: Cuenten con más de 3 trabajadores. ÂÂ Cuenten con 1 o más prestadores de servicios. ÂÂ Cuenten con 1 o más trabajadores o pensionistas que sean asegurados obligatorios del Sistema Nacional de Pensiones. ÂÂ Cuando estén obligados a efectuar alguna retención del Impuesto a la Renta de cuarta o quinta categoría. ÂÂ Tengan a su cargo artistas, de acuerdo con lo previsto en la Ley N 28131. ÂÂ Hubieran contratado los servicios de una Entidad Prestadora de Salud – EPS. ÂÂ Hubieran suscrito con el Seguro Social de Salud – EsSalud un contrato por Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo. ÂÂ Gocen de estabilidad jurídica y/o tributaria. ÂÂ Cuenten con personas naturales que presten servicios bajo alguna modalidad formativa. Esquema general de la Planilla Electrónica ÂÂ Se encarga a SUNAT la recepción de la Planilla Electrónica: Constancia laboral y Constancia Tributaria. ÂÂ Se pondrá la información a disposición del MTPE. ÂÂ Sustituye al Libro de Planilla, al Libro de Modalidades Formativas y a los PDTs de Remuneraciones, SCTR y Retenciones de IR de cuarta categoría (PDTs 600, 610 y 621). ÂÂ Se establece las definiciones generales y el universo de los obligados a usar la Planilla Electrónica. ÂÂ Siguen vigentes la entrega y conservación de las boletas de pago. Empleador: Toda persona natural, empresa unipersonal, persona jurídica, sociedad irregular o de hecho, cooperativa de trabajadores, institución privada, entidad del sector público nacional o cualquier otro ente colectivo, que remuneren a cambio de un servicio prestado bajo relación de subordinación. Adicionalmente, abarca a aquellos que: i) Paguen pensiones de jubilación, cesantía, invalidez y sobrevivencia u otra pensión. ii) Contrate a un prestador de servicios. iii) Contraten a un prestador de servicios –modalidad formativa. iv) Realicen las aportaciones de salud, por las personas incorporadas como asegurados regulares Contabilidad II
121
Universidad Peruana Unión
al Régimen Contributivo de la Seguridad Social en Salud. v) Reciben, por destaque o desplazamiento, los servicios del personal de terceros. Trabajador: Persona natural que presta servicios a un empleador bajo relación de subordinación, sujeto a cualquier régimen laboral, cualquiera sea la modalidad del contrato de trabajo. En el caso de sector público, abarca a todo trabajador, servidor o funcionario público, bajo cualquier régimen laboral. Está también comprendido en la presente definición el socio trabajador de una cooperativa de trabajadores. Pensionista: Quien percibe pensión de jubilación, cesantía, invalidez y sobrevivencia, u otra pensión, cualquiera fuere el régimen legal al cual se encuentre sujeto. Prestador de Servicios: Personas naturales que: Prestan servicios a un empleador sin relación de subordinación, que no califiquen como rentas de primera, segunda o tercera categoría, de acuerdo con la Ley del Impuesto a la Renta. Se encuentren incorporadas como asegurados regulares. Seguro Social por mandato de una ley especial por las que existe obligación de realizar aportaciones de salud. Prestador de servicios –modalidad formativa: Persona natural que presta servicios bajo alguna de las modalidades formativas reguladas por la Ley N°28518 o cualquier otra ley especial. Personal de terceros: Trabajador o prestador de servicios, que sea destacado o desplazado para prestar servicios en los centros de trabajo, establecimientos, unidades productivas u organización laboral de otro empleador, independientemente del hecho de que ambos mantengan un vínculo jurídico.
Unidad III
122
PROESAD
Anexo 1: Información de la Planilla Electrónica I. Datos del empleador II. Datos de trabajadores, pensionistas, derechohabientes, prestadores de servicios y personal de terceros III. Información mensual de los trabajadores, pensionistas, derechohabientes, prestadores de servicios y personal de terceros
Anexo 2: Tablas paramétricas de la Planilla Electrónica 1. Tipo de Actividad 2. Tipo de Establecimiento 3. Tipo de Documento De Identidad 4. Nacionalidad 5. Vía 6. Zona 7. Ubigeo 8. Tipo de Trabajador, Pensionista o Prestador de Servicios 9. Nivel Educativo 10. Ocupación 11. Régimen Pensionario 12. Tipo de Contrato de Trabajo 13. Periodicidad de La Remuneración o Retribución 14. Prestaciones de Salud-Entidades Prestadoras de Salud-Eps/Servicios Propios 15. Situación del Trabajador o Pensionista 16. Tipo de Pago 17. Motivo del Fin del Período 18. Tipo de Modalidad Formativa 19. Vínculo Familiar 20. Motivo de Baja como Derechohabiente 21. Tipo de Suspensión de la Relación Laboral 22. Ingresos, Tributos y Descuentos 23. Tipo de Comprobante
Anexo 3: Archivos de importación de la Planilla Electrónica 1. Datos de Establecimientos Propios 2. Datos de empresas a quienes destaco o desplazo personal 3. Datos de empresas que me destacan o desplazan personal 4. Datos principales del trabajador, pensionista, prestador de servicios-cuarta categoría, prestador de servicios-modalidades formativas y personal de terceros 5. Datos del trabajador 6. Datos del pensionista 7. Datos del prestador de servicios -cuarta categoría 8. Datos de suspensión de cuarta categoría 9. Datos del prestador de servicios -modalidad formativa 10. Datos del personal de terceros 11. Datos de períodos 12. Datos de otros empleadores
Contabilidad II
123
Universidad Peruana Unión
13. Importar Datos de derechohabientes 14. Importar Datos de la jornada laboral por trabajador 15. Datos de los días subsidiados del trabajador 16. Datos de los días no trabajados y no subsidiados del trabajador 17. Datos de los establecimientos donde labora el trabajador 18. Datos del detalle de la remuneración del trabajador 19. Datos del detalle de la remuneración del pensionista 20. Datos del detalle de comprobantes de prestadores de servicios -cuarta categoría 21. Datos del detalle de comprobantes de los prestadores de servicios -modalidad formativa 22. Datos del detalle de personal de terceros -SCTR INFORMACIÓN DE LA PLANILLA ELECTRÓNICA PADRONES Declarante (Empleador) Trabajadores Pensionistas
PLANILLA
DDJJ IES
Trabajadores
ONP RCSSS
Derechohabientes
Prestadores de Servicios Cuarta Categoría Prestadores de Servicios Modalidades Formativas Personal de Terceros
Pensionistas
Seg. Pescador Seg. Agrario
PS-Cuarta Categoría
Seg. Regular
PS-Mod. Formativas
Artistas
Personal de Terceros
SCTR EsSalud+Vida Ret. Rta 4ta Ret. Rta 5ta COSAP
Unidad III
124
10
PROESAD
Sesión
planilla de remuneraciones 1. CASO PRÁCTICO La empresa Camposanto S.A. con RUC 20459641166 desea confeccionar la planilla de remuneraciones correspondiente al mes de marzo de 20__, efectuando los cálculos de descuentos y aportaciones respectivos, de acuerdo a los siguientes datos: CASO PRÁCTICO - PLANILLA DE SUELDOS N°
Apellidos y Nombres
Cargo
Básico
Comisión
Horas Extras
Sistem. de Pens.
Bonific. Comput.
Asig. Fami.
1
César Delgado
Gerente
1,085.00
ONP
900.00
Sí
2
José Espinoza
Contador
1,050.00
ONP
700.00
No
3
Patricia Salazar
Secretaria
950.00
5
Horizonte
400.00
Sí
4
Edwin Calderón
Jefe de ventas
910.00
2
Integra
400.00
No
5
Gina Hurtado
Vendedor
870.00
ONP
180.00
Sí
300.00
Faltas
Tardanzas
EsSalud Vida
Desc. Judic.
Adelanto
Sí
01.02.2001 150.00
Sí
23.05.1999 20.10.2000
45 minut 2 días
Fecha de Ingreso
100.00 124.00
17.07.1999 21.01.1995
Datos adicionales El trabajador Edwin Calderón sale de vacaciones todo el mes de abril.
DESARROLLO: 1. Cesár Delgado Remuneración Mensual Sueldo básico 1,085.00 Bonificación 900.00 Asignación Familiar (SMV) 675.00 67.50 Total 2,052.50 Cálculo Quinta Categoría Remuneraciones Proyectada: 2,052.50 14.00 28,735.00 Deducción 7 UIT -3,600.00 -25,200.00 Renta Neta Imponible 3,535.00 Impuesto. Anual 15% Renta Neta Imposible: 3,535.00 15.00% 530.25 Impuesto Mensual: 44.19
Contabilidad II
125
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2. José Espinoza Remuneración Mensual Sueldo básico 1,050.00 Bonificación 700.00 Asignación Familiar (SMV) Total 1,750.00 Cálculo Quinta Categoría Remuneraciones Proyectada: 1,750.00 14.00 Deducción 7 UIT -3,600.00 Renta Neta Imponible
24,500.00 -25,200.00 -700.00
3. Patricia Salazar Remuneración Mensual Sueldo básico 950.00 Bonificación 400.00 Asignación Familiar (SMV) 675.00 67.50 Total 1,417.50 Cálculo Quinta Categoría Remuneraciones Proyectada: 1,417.50 14.00 Deducción 7 UIT -3,600.00 Renta Neta Imponible Cálculo de Hora Extras: Remuneración Diaria:1,417.50 / 30 Remuneración por hora: 47,25 / 8 Hora 25% 5.91 + (5.91 x 25%) Hora 35% 5.91 + (5.91 x 35%) Horas Extras Hora 25% 5 x 7.38 Hora 35% 0 x 7.97
19,845.00 -25,200.00 -5,355.00 47.25 5.91 7.38 7.97 36.92 0.00
4. Edwin Calderón Remuneración Mensual Sueldo básico 910.00 Bonificación 400.00 Asignación Familiar (SMV) Total 1,310.00 Cálculo de Hora Extras: Remuneración Diaria:1,310.00 / 30 43.67 Remuneración por hora: 43,67 / 8 5.46 Hora 25% 5.46 + (5.46 x 25%) 6.82 Hora 35% 5.46 + (5.46 x 35%) 7.37 Horas Extras Hora 25% 2 x 6.82 13.65 Hora 35% 0 x 7.37 0.00
Unidad III
126
PROESAD
Tardanzas: Remuneración Mensual: Remuneración Diaria Remuneración por Hora Remuneración por Minuto TOTAL 45 minutos al mes:
1,310.00 43.67 5.46 0.09 4.09
5. Gina Hurtado Remuneración Mensual Sueldo básico 870.00 Bonificación 180.00 Asignación Familiar (SMV) 675.00 67.50 Total 1,117.50 Faltas: Remuneraciones Proyectada: 1,117.50 Remuneraciones Diaria: 37.25 2 días en el mes: 74.50
Contabilidad II
127
Unidad III
128
Patricia Salazar
Edwin Calderón
Gina Hurtado
3
4
5
César Delgado
José Espinoza
Patricia Salazar
Edwin Calderón
Gina Hurtado
1
2
3
4
5
APELLIDOS Y NOMBRES
José Espinoza
2
N°
César Delgado
APELLIDOS Y NOMBRES
1
N°
CAMPO SANTO S.A. RUC: 20459641166 MARZO 20 ___
699.02
174.70
227.50
266.83
SNP
Vendedor
Jefe de ventas
Secretaria
Contador
Gerente
CARGO
522.85
335.27
187.58
AFP
44.19
44.19
232
247.25
248
248
248
124.00
124.00
2
5
N° DE HORAS EXTRA
250.00
100.00
150.00
ADELANTOS
TOTAL HORAS TRABAJADAS
DESCUENTO JUDICIAL
26.00
31.00
31.00
31.00
31.00
DÍAS TRABAJADOS
5ta CATEGORÍA
870.00
910.00
950.00
1,050.00
1,085.00
REMUNERC. BÁSICA
10.00
5.00
5.00
ESSALUD VIDA
1,620.06
298.70
435.27
192.58
377.50
316.01
TOTAL DESCUENTO
7,609.92
1,045.13
2,194.29
1,261.51
1,372.50
1,736.49
NETO A PAGAR
67.50 202.50
50.24
67.50
67.50
ASIGNACIÓN FAMILIAR
796.33
13.65
36.59
HORAS EXTRAS
4,787.24
905.91
950.00
1.050.00
1.085.00
REMUNERACIÓN MENSUAL
830.70
120.94
236.66
130.87
157.50
184.73
ESSALUD
2,580.00
180.00
400.00
400.00
700.00
900.00
BONIFICACIÓN
0.00
SCTR
0.00
OTROS
300.00
300.00
COMISIÓN
01/04/11
FECHA INICIO
1,310.00
1,310.00
VACACIONES
30/04/11
FECHA FINAL
0.0
OTROS
9,229.98
1,343.83
2,629.56
1,454.09
1,750.00
2,052.50
TOTAL REMUNERACIÓN
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NÚMERO CORRELATIVO DEL ASIENTO O CÓDIGO ÚNICO DE LA OPERACIÓN
GLOSA O DESCRIPCIÓN DE LA OPERACIÓN
Adelanto de remuneraciones Adelanto de remuneraciones
Planilla de remuneraciones Marzo 2011 Planilla de remuneraciones Marzo 2011 Planilla de remuneraciones Marzo 2011 Planilla de remuneraciones Marzo 2011 Planilla de remuneraciones Marzo 2011 Planilla de remuneraciones Marzo 2011 Planilla de remuneraciones Marzo 2011 Planilla de remuneraciones Marzo 2011 Planilla de remuneraciones Marzo 2011 Planilla de remuneraciones Marzo 2011 Planilla de remuneraciones Marzo 2011 Planilla de remuneraciones Marzo 2011 Planilla de remuneraciones Marzo 2011 Planilla de remuneraciones Marzo 2011 Planilla de remuneraciones Marzo 2011 Planilla de remuneraciones Marzo 2011 Planilla de remuneraciones Marzo 2011 Planilla de remuneraciones Marzo 2011
Traslado de la planilla a centro de costos Traslado de la planilla a centro de costos Traslado de la planilla a centro de costos
FECHA DE OPERACIÓN
31/03/2011 31/03/2011
31/03/2011 31/03/2011 31/03/2011 31/03/2011 31/03/2011 31/03/2011 31/03/2011 31/03/2011 31/03/2011 31/03/2011 31/03/2011 31/03/2011 31/03/2011 31/03/2011 31/03/2011 31/03/2011 31/03/2011 31/03/2011
31/03/2011 31/03/2011 31/03/2011
LIBRO DIARIO CAMPOSANTO S.A. PERIODO: MARZO 20__ RUC: 20459641166
PCGE
COD. DEL LIBRO O REG. (TABLA 8)
NÚMERO CORRELATIVO
NUM. DEL DOC. SUSTENTATORIO
REFERENCIA DE LA OPERACIÓN
2. CENTRALIZACIÓN DE LA PLANILLA DE SUELDOS
129 94 95 791
6211 6212 6215 6221 6222 6223 6271 10173 4031 4032 4035 457 141 4111 4112 4115 419 4699
1412 101
CÓDIGO
Gastos Administrativos Gastps de ventas Cargas imputables a cuentas de costos y gastos .......................... X ...........................
Sueldos y salarios Comisiones Vaciones Bonificaciones Asignación Familiar Horas Extras Régimen de Prestaciones de salud Renta de quinta categoría ESSALUD ONP EsSalud Vida Administradora de fondos de pensiones Adelanto de Remuneraciones Sueldos y salarios por pagar Comisiones por pagar Vaciones por pagar Otras remuneraciones y participaciones por pagar Otras cuentas por pagar diversas .......................... X ...........................
.......................... X ........................... Adelanto de Remuneraciones Caja .......................... X ...........................
DENOMINACIÓN
CUENTA CONTABLE A LA OPERACIÓN
5,702.43 4,317.37
4,787.24 300.00 1,310.00 2,580.00 202.50 50.24 830.70
250.00
DEBE
10,019.80
44.19 830.70 669.02 10.00 522.85 250.00 3,758.84 261.00 1,142.98 261.00 1,142.98 2,447.11 124.00
250.00
HABER
MOVIMIENTO
PROESAD
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3. REGISTRO EN EL LIBRO CAJA Cancelación de la Planilla de remuneraciones y pago de tributos según lo declarado en el PDT 601, ambos en efectivo. PCGE
FORMATO 1.1: “LIBRO CAJA Y BANCOS - DETALLE DE LOS MOVIMIENTOS DEL EFECTIVO” PERIODO: MARZO - 2010 RUC: 20459641166 Camposanto S.A. NÚMERO CORRELATIVO DE REGISTRO O CÓDIGO ÚNICO DE LA OPERACIÓN
FECHA DE LA OPERACIÓN
DESCRIPCIÓN DE LA OPERACIÓN
CUENTA CONTABLE ASOCIADA CÓDIGO
SALDOS Y MOVIMIENTOS
DENOMINACIÓN
DEUDOR
Saldo Inicial
ACREEDOR
16,000.00
01-abr
Planilla de remuneraciones marzo 2010
4111
Sueldos y salarios por pagar
01-abr
Planilla de remuneraciones marzo 2010
4112
Comisiones por pagar
3,737.74 261.00
01-abr
Planilla de remuneraciones marzo 2010
4115
Vacaciones por pagar
1,142.98
01-abr
Planilla de remuneraciones marzo 2010
419
Otras remuneraciones y participaciones por pagar
2,433.38
01-abr
Descuento Judicial
4699
Otras cuentas por pagar diversas
124.00
05-abr
Pago de AFPs
407
Administradoras de fondo de pensiones
521.23
15-abr
Pago de Renta de 5ta. Categoría Marzo 2010
40173
Renta de quinta categoría
Ajuste por redondeo
7793
Ajuste por redondedo
15-abr
Pago de EsSalud Marzo 2010
4032
EsSalud
Ajuste por redondeo
7793
Ajuste por redondeo
Pago de ONP Marzo 2010
4032
ONP
Ajuste por redondeo
6793
Ajuste por redondeo
Pago de EsSalud Vida Marzo 2010
4035
EsSalud Vida
15-abr
15-abr
46.38 0.38 827.32 0.32 665.77 0.23 10.00
TOTALES
Unidad III
130
16,000.70
9,770.03
SALDO
-
6,230.67
TOTAL GENERAL
16,000.70
16,000.70
NÚMERO CORRELATIVO DEL ASIENTO O CÓDIGO ÚNICO DE LA OPERACIÓN
131
40173 4031 4032 4035 407 4111 4112 4115 419 4699 6793 101
1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1
Centralización de caja egresos Centralización de caja egresos Centralización de caja egresos Centralización de caja egresos Centralización de caja egresos Centralización de caja egresos Centralización de caja egresos Centralización de caja egresos Centralización de caja egresos Centralización de caja egresos Centralización de caja egresos Centralización de caja egresos
Traslado a centro de costos Traslado a centro de costos
31/03/2010 31/03/2010 31/03/2010 31/03/2010 31/03/2010 31/03/2010 31/03/2010 31/03/2010 31/03/2010 31/03/2010 31/03/2010 31/03/2010
31/03/2010 31/03/2010
97 791
101 779
CÓDIGO
1 1
NUM. DEL DOC. SUSTENTATORIO
Centralización de caja ingresos Centralización de caja ingresos
NÚMERO CORRELATIVO
31/03/2010 31/03/2010
COD. DEL LIBRO O REG. (TABLA 8)
GLOSA O DESCRIPCIÓN DE LA OPERACIÓN
REFERENCIA DE LA OPERACIÓN
FECHA DE OPERACIÓN
LIBRO DIARIO CAMPOSANTO S.A. PERIODO: ABRIL - 2010 RUC: 20459641166
Gastos financieros Cargas imputables a cuentas de costos y gastos .......................... X ...........................
Renta de quinta categoría ESSALUD ONP EsSalud Vida Administradoras de fondo de pensiones Sueldos y salarios por pagar Comisiones por pagar Vacaciones por pagar Otras remuneraciones y participaciones por pagar Otras cuentas por pagar diversas Ajuste por redondeo Caja .......................... X ...........................
.......................... X ........................... Caja Otros Ingresos Financieros .......................... X ...........................
DENOMINACIÓN
CUENTA CONTABLE A LA OPERACIÓN
0.23
46.38 827.32 665.77 10.00 521.23 3,737.74 261.00 1,142.98 2,433.38 124.00 0.23
0.70
DEBE
0.23
9,770.03
0.70
HABER
MOVIMIENTO
PROESAD
Contabilidad II
Universidad Peruana Unión
AUTOEVALUACIÓN
REFUERZA LAS COMPETENCIAS A LOGRAR
Tú decides si ser el mejor o el peor. CONCEPTUAL 1. Escriba el concepto de remuneración.
Respuesta. ______________________________________________________________
_______________________________________________________________________ _______________________________________________________________________ 2. Describa el marco legal de la planilla de remuneraciones.
Respuesta. ______________________________________________________________
_______________________________________________________________________ _______________________________________________________________________ 3. ¿Qué entiende por prestaciones alimentarias?
Respuesta. ______________________________________________________________
_______________________________________________________________________ _______________________________________________________________________ 4. Diga qué entiende por gratificación en el marco del tema de remuneraciones. _______________________________________________________________________
_______________________________________________________________________
_______________________________________________________________________
5. Defina con precisión en qué consiste la compensación por tiempo de servicios.
_______________________________________________________________________
_______________________________________________________________________ _______________________________________________________________________
Unidad III
132
PROESAD
PROCEDIMENTAL 1. Elabore un cuadro sinóptico sobre los impuestos y contribuciones, los cuales afectan a las remuneraciones que se abonan al trabajador dependiente. ACTITUDINAL 1. ¿Bajo qué sistema recomendaría afiliarse y por qué: Sistema Nacional de Pensiones o Sistema Privado de Pensiones?
_______________________________________________________________________
_______________________________________________________________________ _______________________________________________________________________ 2. ¿Cuál es su criterio respecto al uso de la planilla de remuneraciones?
_______________________________________________________________________
_______________________________________________________________________ _______________________________________________________________________
Contabilidad II
133
COMPETENCIAS CONCEPTUAL El participante conoce los procedimientos sobre el manejo de la planilla de remuneraciones, los impuestos que afectan, las retenciones y contribuciones inmersas en este proceso, así como la operación por medios electrónicos.
PROCEDIMENTAL Aplica las disposiciones legales para el manejo de la planilla de remuneraciones y procede a su preparación y posterior registro a través de los medios electrónicos y manuales.
ACTITUDINAL El discente, con la instrucción recibida en materia de remuneraciones destaca y asume la importancia de los mismos.
UNIDAD IV UNIDAD IV Registro de almacén y control de activos Sesión Nº 11: Valuación de existencias Sesión Nº 12: Depreciación Sesión Nº 13: Amortización
11
PROESAD
Sesión
VALUACIÓN DE EXISTENCIAS-nic 2 1. INTRODUCCIÓN El costo de existencias debe incluir todos los costos de compra, costos de transformación y otros costos en que se ha incurrido para poner las existencias en su ubicación y condición actual. Los costos de transformación de existencias comprenden los pagos directamente relacionados con las unidades de producción como la mano de obra directa, también incluyen, una asignación sistemática de gastos de producción indirecta fijos y variables. Esta Norma describe los conceptos de valor neto de realización. Cuando las existencias se mantienen para su venta o incorporación en un proceso productivo, su medida de mercado debe ser buscada en relación con los clientes, por lo tanto, el valor neto de realización debe ser utilizado como medida de comparación. También, la Norma incorpora mayores exigencias en las revelaciones que se deben efectuar en los estados financieros. Esta Norma Internacional de Contabilidad modificada rige para los estados financieros que cubran los períodos que comienzan el 1 de enero de 2005 o después de esa fecha, y reemplaza a la Norma Internacional de Contabilidad NIC 2; Valuación y Presentación de Existencias en el Contexto del Sistema de Costos Históricos.
2. OBJETIVO El objetivo de esta Norma es establecer el tratamiento contable adecuado para las existencias dentro del sistema de costos históricos. El problema primordial para el tratamiento contable de las existencias es el monto del costo que se ha de reconocer como activo y mantener hasta que sean reconocidos los correspondientes ingresos. Esta Norma proporciona pautas prácticas para la determinación del costo y su posterior reconocimiento como gasto, incluyendo los castigos para llegar al valor neto de realización. También proporciona los lineamientos básicos relacionados con las fórmulas de costeo utilizables para asignar los respectivos costos a las existencias.
Contabilidad II
137
Universidad Peruana Unión
3. ALCANCE Esta Norma debe aplicarse a los estados financieros preparados en el contexto del sistema de costos históricos, en relación con el tratamiento contable que debe darse a las existencias en casos que no sean los siguientes: a) Trabajos en curso originados por los contratos de construcción, incluidos los contratos de servicios directamente relacionados (ver NIC 11; Contratos de Construcción). b) Títulos financieros, y c) Existencias de ganado, productos agrícolas y forestales y depósitos de mineral, en la medida en que se valúen a su valor neto de realización, de conformidad con prácticas bien establecidas en determinadas actividades económicas. Esta Norma reemplaza a la Norma Internacional de Contabilidad NIC 2: Valuación y Presentación de Existencias en el Contexto del Sistema de Costos Históricos, aprobada en 1975. Las existencias a que se refiere el párrafo uno, inciso (c) son valuadas a su valor neto de realización en ciertas etapas de su producción. Esto ocurre, por ejemplo, en agricultura, cuando las cosechas han sido recogidas o, en minería, cuando los depósitos de mineral han sido extraídos y la venta está asegurada por un contrato a futuro o una garantía del gobierno, o cuando existe un mercado homogéneo y el riesgo de dejar de vender es insignificante. Este tipo de existencias está excluido del alcance de esta Norma.
4. DEFINICIONES Los siguientes términos se emplean en la presente Norma con el significado que aquí se les asigna: Las existencias son activos: a) Que se mantienen para su venta en el curso ordinario de los negocios. b) Que se hallan en proceso de producción para efectos de dicha venta. c) Que se encuentran en forma de materiales o suministros que serán consumidos en el proceso de producción o en la prestación de servicios. El valor neto de realización es el precio de venta estimado para el curso ordinario de los negocios, menos los costos estimados de terminación y los costos estimados necesarios para realizar la venta. Las existencias comprenden los bienes que se han adquirido y se mantienen para su venta; por ejemplo, la mercadería adquirida por un vendedor minorista y que éste mantiene para su venta, o los terrenos y otras propiedades que se mantienen, igualmente, para su venta. Las existencias también comprenden los bienes terminados o en proceso de producción, incluyen los materiales y suministros que se mantienen para su posterior uso en el proceso de producción.
Unidad IV
138
PROESAD
5. GENERALIDADES DE LAS EXISTENCIAS 5.1. Características de las existencias Cantidad: Es importante que los inventarios se expresen en una unidad de medida acorde con su naturaleza (kilos, toneladas, litros, etc.) Calidad: Las existencias deben encontrarse en buen estado; esto es, sin deterioros o desperfectos. Igualmente, deben ser productos vendibles; es decir, no ser obsoletos. Como se explica más adelante, en caso de que dentro de las existencias de una compañía se hallen estos tipos de bienes, deberá establecerse una provisión para obsolescencia o analizarse su castigo directo con cargo a resultados. Propiedad: Para tener la propiedad de los bienes no es necesario que una compañía tenga físicamente las existencias. Debe recordarse que los activos pasan a propiedad de una empresa cuando se le entrega el bien que ha comprado en el lugar que fuere o si se transfieren los riesgos y beneficios relacionados con la transacción, lo que ocurra primero. Por supuesto, hay que excluir de los inventarios aquellos bienes recibidos pero que no son de propiedad de la compañía (mercaderías en consignación). Especial atención deberá tenerse cuando se trate de mercaderías en tránsito, de las cuales se hablarán más adelante. Precio: Las existencias deben ser valuadas a su costo de adquisición o producción más los costos incidentales en que se haya ocurrido y que son directamente atribuibles a la adquisición.
5.2. Clasificación Dependiendo del tipo de negocio, los inventarios pueden ser clasificados de diversas maneras: a) Una compañía que compra productos para luego comercializarlos sin alterar su forma física, incluirá las existencias dentro del rubro mercaderías. b) En cambio, una compañía manufacturera realizará otro tipo de clasificación porque, de acuerdo a su actividad, adquiere diversos bienes que serán transformados antes de ser vendidos. En este caso, las existencias se clasifican en: Materias primas y materiales auxiliares: Son los bienes tangibles que se adquieren a fin de ser transformados mediante la adición de mano de obra y los gastos indirectos de fabricación en productos terminados para la venta. Las materias primas incluyen productos terminados para la venta. Las materias primas incluyen productos adquiridos de terceros, partes semiensambladas o bienes extraídos de la naturaleza como carbón de minerales. Los suministros diversos: Los materiales que son directamente transformados por el proceso productivo pero que son complementarios para lograr el proceso se incluyen generalmente en otras cuentas como Contabilidad II
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suministros o materiales de limpieza, envases y embalajes, entre otros. Productos en proceso: Son bienes en los que se ha iniciado pero aún no se ha concluido el proceso de transformación. Estos productos son normalmente valuados al costo de las materias primas más los costos por mano de obra directa (planillas) y los gastos indirectos de fabricación que se han incurrido (luz, teléfono, etc.) Productos terminados: Se refiere a los bienes que han complementado el proceso productivo y se encuentran disponibles para la venta. Su valor incluye el costo de la materia prima, mano de obra y costos indirectos de fabricación.
5.3. Activos que deben ser incluidos en existencias El criterio principal para determinar si un bien debe ser o no incluido en existencias es el de propiedad legal y no si el bien se encuentra físicamente en la compañía. Por ejemplo, un artículo vendido debe ser incluido en los inventarios de la compañía vendedora si la transferencia de la propiedad no se ha producido aún cuando el bien no se halle físicamente en poder de esta. Normalmente la determinación de la propiedad no representa mayor problema. Sin embargo, debemos dar especial atención a las mercaderías en tránsito y en consignación. Es necesario insistir en que la mercadería facturada pero que aún no ha sido despachada al cliente por decisión de la compañía vendedora constituye una venta no realizada, por lo tanto, dicha mercadería debe ser incluida dentro de los inventarios de la empresa vendedora. En cambio, si se trata de ventas tipo “facturar y retener”, modalidad por la cual la mercadería es retenida en los almacenes del vendedor a solicitud del comprador, quien tiene el título y aceptado que se le facture, deben ser reconocidas como mercaderías vendidas, que las mercaderías no deben ser consideradas dentro de los inventarios de la empresa. Existencias en tránsito: Son los bienes de propiedad de una compañía pero que ésta aún no ha recibido. Generalmente la mercadería es despachada bajo una de las siguientes modalidades: FOB (free on board) punto de embarque, que en cuyo caso el título de propiedad pasa del vendedor al comprador en el punto de embarque; FOB punto de destino, en el que la propiedad pasa al comprador únicamente cuando la mercadería llega a su lugar de destino; o CIF (cost, insurance & freight), en cuyo caso la mercadería es responsabilidad del vendedor hasta el punto especificado como lugar de entrega del bien.
6. MÉTODOS DE VALUACIÓN TRIBUTARIAMENTE En las empresas existen, en algunas circunstancias, dificultades para determinar el precio de costo de las mercaderías o materiales en almacén y, asimismo, resulta difícil identificar la factura o documento que las ampara. Esto significa que cuando los precios han fluctuado durante un período cualquiera, debe hacerse frente a un problema más o menos difícil de la estimación del costo de las mercaderías o materiales en existencia. En este sentido, debido a la fluctuación de los precios, el costo unitario de los materiales comprados puede variar con el tiempo, por lo cual el inventario puede contener artículos idénticos adquiridos a distintos precios.
Unidad IV
140
PROESAD
Asimismo, la Ley del Impuesto a la Renta señala que los contribuyentes, empresas o sociedades que, en razón de la actividad que desarrollen, deban practicar inventario, valuarán sus existencias por su costo de adquisición o producción adoptando cualquiera de los siguientes métodos (excepto el 2° UEPS), siempre que se apliquen uniformemente en el ejercicio: ÂÂ ÂÂ ÂÂ ÂÂ ÂÂ ÂÂ ÂÂ
Primeras Entradas Primeras Salidas (PEPS) Últimas Entradas Primeras Salidas (UEPS)* Promedio móvil Promedio ponderado: diario, mensual y anual Identificación específica Inventario al Detalle o al por Menor Existencias Básicas
6.1. Primeras Entradas Primeras Salidas - (PEPS) Este método se basa en la presunción de los primeros materiales o mercaderías adquiridos que están todavía en inventario, son los que primeros se consumen o se venden, respectivamente. Así se obtiene que los artículos que permanecen en el inventario correspondan a las últimas compras. Este método, es el más generalizado por su practicidad para registrar y asignar a las salidas de materiales un mismo precio unitario, es decir, con el ingreso al almacén. La utilización de este método, tiene las siguientes ventajas: ÂÂ Se basa en el costo original. ÂÂ Se basa en registros reales y se efectúa de una manera ordenada y coherente, sin la necesidad de hacer cálculos aproximados. ÂÂ El saldo de inventario al final del período se encuentra a valores corrientes. ÂÂ En cuanto al movimiento de existencias en el almacén existe una adecuada clasificación de las mismas. Se puede mencionar como desventaja de este método (PEPS) que, los saldos que reflejan las tarjetas de control de materiales, es engorroso en el caso de tratarse de controlar los materiales de las mismas características pero de diferentes precios. CASO PRÁCTICO La empresa HAMMER S.A. identificado con RUC 20123456789, dedicada a la comercialización de maletas le pide que le lleve el control de sus mercaderías utilizando los Métodos de Valuación de Existencias sgtes. ÂÂ ÂÂ ÂÂ ÂÂ ÂÂ ÂÂ ÂÂ
PEPS UEPS PROMEDIO MÓVIL PROMEDIO PONDERADO (DIARIO , MENSUAL O ANUAL) IDENTIFICACIÓN ESPECÍFICA AL DETALLE O AL POR MENOR EXISTENCIAS BÁSICAS
El 02.01.10 tiene en su almacén de mercaderías 2000 maletas c/u a S/.45.00 Contabilidad II
141
Universidad Peruana Unión
Mes
Detalle
Cantidad
Mes
Cost. Unit.
2000
18 compra F. 002-467
3000
29 vende F. 001-893
2500
3 compra F. 010-255
50.00 50.00
Cost. Unit.
2200
55.00
12 vende F. 001-894
4800
22 compra F. 001-564
1100
60.00
Abril
Marzo 6 compra F. 001-831
Cantidad
Febrero
Enero 5 compra F. 001-234
Detalle
900
60.00
2 compra F. 003-604
500
65.00
2000
70.00
3000
11 vende F. 001-895
1000
20 compra F. 001-482
30 vende F. 001-896
1600
29 vende F. 001-897
ÂÂ Para aplicación del Método de Identificación Específica, vamos a suponer que al final de los meses quedaron en el almacén las compras de maletas del 18.01.10, el 22.02.10 y 20.01.04 y 20.04.10; 200, 250 y 350 respectivamente. ÂÂ Para la aplicación del Método al Detalle o al por Menor, considerar que todos los productos del almacén (Del inventario inicial y los comprados), serán vendidos con el 30% de utilidad, más el IGV. Las ventas de enero a abril ascienden a S/.1,081,578.56 incluido IGV, según registro de ventas. ÂÂ Para la aplicación del Método de Existencias Básicas, la empresa mantiene siempre 500 maletas como mínimo en su almacén de mercaderías, y que los excedentes se valúan según el método PEPS. Las existencias básicas se valúan al costo del 02.01.10. FORMATO 13.1: “REGISTRO DE INVENTARIO PERMANENTE VALORIZADO-DETALLE DEL INVENTARIO VALORIZADO” PERÍODO: 2010 RUC: 20123456789 APELLIDOS Y NOMBRES, DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL: HAMMER S.A. ESTABLECIMIENTO (1): CÓDIGO DE LA EXISTENCIA: TIPO(TABLA5): 01-MERCADERÍA DESCRIPCIÓN: MALETAS CÓDIGO DE LA UNIDAD DE MEDIDA (TABLA 6): 07 - UNIDADES MÉTODO DE VALUACIÓN: PEPS (PRIMEROS EN ENTRAR, PRIMEROS EN SALIR)
Unidad IV
142
PROESAD DOCUMENTO DE TRASLADO, COMPROBANTE DE PAGO, DOCUMENTO INTERNO O SIMILAR FECHA
TIPO (TABLA 10)
SERIE
NÚMERO
TIPO DE OPERACIÓN (TABLA 12)
ENTRADAS CANTIDAD
COSTO UNITARIO
SALIDAS COSTO TOTAL
ENERO
18-ene
29-ene
1
1
1
2
234
467
2
2
20.00
30.00
50.00
50.00
CANTIDAD
COSTO UNITARIO
COSTO TOTAL
-
20.00
45.00
90.000.00
100.000.00
-
20.00
50.00
100.000.00
-
-
40.00
150.00.00
-
20.00
45.00
90.000.00
-
-
20.00
50.00
100.000.00
-
-
30.00
50.00
150.000.00
-
-
70.00
90.000.00
15.00
50.00
75.000.00
25.000.00
30.00
50.00
150.000.00
115.000.00
45.00
1
893
1
-
1
1
893
1
FEBRERO 16 16 55.00
COSTO TOTAL
-
1
2200
COSTO UNITARIO
16
05-ene
CANTIDAD
SALDO FINAL
2000
45.00
-
500
50.00
-
2500
-
-
-
-
-
190.000.00
340.000.00
225.000.00 -
15.00
50.00
75.000.00
-
-
30.00
50.00
150.000.00
121.000.00
-
22.00
55.00
121.000.00
-
67.00
03-feb
1
10
255
2
12-feb
1
1
894
1
-
1500
50.00
75.000.00
-
1
1
894
1
-
3000
50.00
150.000.00
-
1
1
894
1
-
300
55.00
16.500.00
-
4800
-
22-feb
1
1
564
2
1100
60.00
1900
55.000
66.000.00
-
1100
60.000
-
-
3000
-
-
-
-
1900
-
-
1100
60.000
66.000.00
54.000.00
-
900
60.000
54.000.00
16 16 1
1
831
2
11-mar
1
1
895
1
900
60.00
-
30-mar
-
241.500.00
MARZO
06-mar
346.000.00
-
55.00
66.000.00 170.500.00 -
55.000
3900 1000
104.500.00
104.500.00
224.500.00
55.000.00
900
55.000
49.500.00
-
-
1100
60.000
66.000.00
-
-
900
60.000
-
-
2900
54.000.00 169.500.00
1
1
896
1
-
900
55.00
49.500.00
400
60.000
24.000.00
1
1
896
1
-
700
60.00
42.000.00
900
60.000
54.000.00
-
1600
91.500.00
1300
ABRIL 16 16
-
-
-
-
78.000.00 -
400
60.000
24.000.00
-
-
900
60.000
54.000.00
02-abr
1
3
604
2
500
65.00
32.500.00
-
500
65.000
32.500.00
-
-
1800
20-abr
1
1
482
2
2000
70.00
140.000.00
-
400
60.000
24.000.00
-
-
900
60.000
54.000.00
-
-
500
65.000
32.500.00
-
-
2000
70.000
140.000.00
-
3800
29-abr
110.500.00
250.500.00
1
1
897
1
-
400
60.00
24.000.00
-
1
1
897
1
-
900
60.00
54.000.00
-
1
1
897
1
-
500
65.00
32.500.00
-
1
1
897
1
-
1200
70.00
84.000.00
-
-
3000
COSTO DE VENTAS -
12900
194.500.00
800
70.00
56.000.00
-
-
697.500.00
-
-
-
Contabilidad II
143
Universidad Peruana Unión
6.2. Últimas Entradas Primeras Salidas Este método se basa en la presunción de los últimos materiales o mercaderías adquiridos que están todavía en inventario, son los que primeros se consumen o se venden, respectivamente. Así se obtiene que los artículos que permanecen en el inventario correspondan a las primeras adquisiciones. Este método, en muchas empresas sobre todo las comercializadoras, puede tener practicidad, porque normalmente los clientes prefieren las existencias más recientes, nuevas, frescas, etc. La utilización de este método, tiene las siguientes ventajas: ÂÂ De aplicarse el caso, refleja la realidad del costo vendido. ÂÂ Se basa en el costo original. ÂÂ Se basa en registros reales y se efectúa de una manera ordenada y coherente, sin la necesidad de hacer cálculos aproximados. ÂÂ El saldo de inventario al final del período se encuentra a valores corrientes. ÂÂ En cuanto al movimiento de existencias en el almacén existe una adecuada clasificación de las mismas. Se puede mencionar como desventaja de este método (UEPS) que, los saldos que reflejan las tarjetas de control de materiales, es engorroso en el caso de tratarse de controlar los materiales de las mismas características pero de diferentes precios.
FORMATO 13.1: “REGISTRO DE INVENTARIO PERMANENTE VALORIZADO-DETALLE DEL INVENTARIO VALORIZADO” PERÍODO: 2010 RUC: 20123456789 APELLIDOS Y NOMBRES, DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL: HAMMER S.A. ESTABLECIMIENTO (1): CÓDIGO DE LA EXISTENCIA: TIPO(TABLA5): 01-MERCADERÍA DESCRIPCIÓN: MALETAS CÓDIGO DE LA UNIDAD DE MEDIDA (TABLA 6): 07 - UNIDADES MÉTODO DE VALUACIÓN: UEPS (ÚLTIMOS EN ENTRAR, PRIMEROS EN SALIR)
Unidad IV
144
PROESAD DOCUMENTO DE TRASLADO, COMPROBANTE DE PAGO, DOCUMENTO INTERNO O SIMILAR FECHA
TIPO (TABLA 10)
SERIE
NÚMERO
TIPO DE OPERACIÓN (TABLA 12)
ENTRADAS CANTIDAD
COSTO UNITARIO
SALIDAS COSTO TOTAL
ENERO
18-ene
29-ene
1
1
1
1
2
1
234
467
893
2
2
2000
3000
50.00
50.00
COSTO UNITARIO
COSTO TOTAL
CANTIDAD
COSTO UNITARIO
COSTO TOTAL
-
-
-
-
2000
45.000
90.000.00
100.000.00
-
2000
50.000
100.000.00
-
-
4000
150.00.00
-
2000
45.000
90.000.00
-
-
2000
50.000
100.000.00
-
-
3000
50.000
150.000.00
-
-
7000
125.000.00
2000
45.000
90.000.00
-
-
2000
50.000
100.000.00
-
-
500
50.000
-
-
4500
16 05-ene
CANTIDAD
SALDO FINAL
1
-
FEBRERO
2500
50.00
-
190.000.00
340.000.00
25.000.00 215.000.00
-
-
16
-
-
2000
45.000
90.000.00
16
-
-
2000
50.000
100.000.00
500
50.000
25.000.00
-
2200
55.000
121.000.00
-
6700
2200
55.00
121.000.00
-
03-feb
1
10
255
2
12-feb
1
1
894
1
-
2200
55.00
121.000.00
1
1
894
1
-
500
50.00
25.000.00
-
1
1
894
1
-
2000
50.00
100.000.00
-
1
1
894
1
-
100
45.00
-
4800
-
22-feb
1
1
564
336.000.00 -
4.500.00
-
250.500.00
1900
45.000
66.000.00
-
1100
60.000
-
-
3000
-
-
16
-
-
1900
45,000
16
-
-
1100
60.000
66.000.00
54.000.00
-
900
60.000
54.000.00
2
1100
60.00
MARZO
900
60.00
-
1
1
831
2
-
3900
11-mar
1
1
895
1
-
900
60.00
54.000.00
1900
45.000
1
1
895
1
-
100
60.00
6.000.00
1000
60.000
-
1000
60.000.00
2900
30-mar
1
1
896
1
-
1000
60.00
60.000.00
1
1
896
1
-
600
45.00
27.000.00
1300
-
1600
87.000.00
1300
ABRIL
-
-
-
-
32.500.00 -
16 02-abr
20-abr
29-abr
1
1
3
1
604
482
2
2
500
2000
65.00
70.00
66.000.00 151.500.00
06-mar
-
85.500.00
85.500.00
205.500.00 85.500.00 60.000.00 145.500.00 45.000
58.500.00 58.500.00 -
1300
45.000
58.500.00
-
500
65.000
32.500.00
-
1800
140.000.00
-
1300
45.000
58.500.00
-
-
500
65.000
32.500.00
-
-
2000
70.000
140.000.00
-
-
3800
91.000.00
231.000.00
1
1
897
1
-
2000
70.00
140.000.00
-
1
1
897
1
-
500
65.00
32.500.00
-
1
1
897
1
-
500
45.00
22.500.00
-
3000
195.000.00 -
-
12900
717.500.00
-
-
-
COSTO DE VENTAS -
800
45.000
36.000.00
Contabilidad II
145
Universidad Peruana Unión
6.3. Promedio Móvil Bajo este método de valuación de las existencias, se determina con un nuevo costo unitario después de cada adquisición. La salida de las existencias se valúan posteriormente según el costo unitario promedio. Este método puede usarse solamente con el sistema de inventario permanente. El costo por unidad se vuelve a calcular cada que entran nuevas unidades al inventario.
FORMATO 13.1: “REGISTRO DE INVENTARIO PERMANENTE VALORIZADO-DETALLE DEL INVENTARIO VALORIZADO” PERÍODO: 2010 RUC: 20123456789 APELLIDOS Y NOMBRES, DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL: HAMMER S.A. ESTABLECIMIENTO (1): CÓDIGO DE LA EXISTENCIA: TIPO(TABLA5): 01-MERCADERÍA DESCRIPCIÓN: MALETAS CÓDIGO DE LA UNIDAD DE MEDIDA (TABLA 6): 07 - UNIDADES MÉTODO DE VALUACIÓN: PROMEDIO MÓVIL
DOCUMENTO DE TRASLADO, COMPROBANTE DE PAGO, DOCUMENTO INTERNO O SIMILAR FECHA
TIPO (TABLA 10)
SERIE
NÚMERO
TIPO DE OPERACIÓN (TABLA 12)
ENTRADAS CANTIDAD
COSTO UNITARIO
SALIDAS COSTO TOTAL
ENERO 16
CANTIDAD
COSTO UNITARIO
SALDO FINAL COSTO TOTAL
CANTIDAD
COSTO UNITARIO
COSTO TOTAL
-
-
-
-
2000
45.0000
90.000.00
-
190.000.00
05-ene
1
1
234
2
2000
50.00
100.000.00
-
4000
47.5000
18-ene
1
2
467
2
3000
50.00
150.000.00
-
7000
48.5714
340.000.00
29-ene
1
1
893
1
121.428.57
4500
48.5714
218.571.43
-
FEBRERO
48.5714
16
03-feb
1
10
255
2
12-feb
1
1
894
1
22-feb
1
1
564
2
2200
55.00
-
4500
48.5714
218.571.43
121.000.00
-
6700
50.6823
339.571.43
243.275.05
1900
50.6823
96.296.38
66.000.00
-
3000
54.0988
162.296.38
-
-
-
-
1100
60.00
16 1
1
831
2
900
60.00
-
-
MARZO
06-mar
2500
4800
50.6823
-
-
3000
54.0988
162.296.38
54.000.00
-
3900
55.4606
216.296.38
11-mar
1
1
895
1
-
1000
55.4606
55.460.61
2900
55.4606
160.835.77
30-mar
1
1
896
1
-
1600
55.4606
88.736.97
1300
55.4606
72.098.79
ABRIL
-
-
-
-
1300
55.4606
72.098.79
-
1800
58.1104
104.598.79
-
3800
64.3681
244.598.79
193.104.31
800
64.3681
51.494.48
16 02-abr
1
3
604
2
500
65.00
32.500.00
2000
70.00
140.000.00
20-abr
1
1
482
2
29-abr
1
1
897
1
-
3000
COSTO DE VENTAS -
Unidad IV
146
64.3681
12900
702.005.52 -
-
PROESAD
6.4. Promedio Ponderado: Diario, Mensual o Anual El costo de los artículos disponibles para una venta o consumo se divide entre el total de unidades disponibles también para la venta o consumo. El promedio resultante se emplea, entonces para valorizar el inventario al final de todo el día, mes, año (o cualquier otro período de tiempo, pero respetando el principio de uniformidad). El método promedio ponderado sirve para aproximarse al costo de los inventarios en existencia según factura, cuando no se puede obtener el costo real, partida por partida. Este método es preciso y, en general, razonable, para calcular el costo de inventario. Es decir, se basa en la suposición de que los materiales consumidos y que las mercaderías vendidas se toman en cada caso de las existencias en proporción exacta con las cantidades físicas de los diversos bienes que componen la existencia en ese momento. FORMATO 13.1: “REGISTRO DE INVENTARIO PERMANENTE VALORIZADO-DETALLE DEL INVENTARIO VALORIZADO” PERÍODO: 2010 RUC: 20123456789 APELLIDOS Y NOMBRES, DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL: HAMMER S.A. ESTABLECIMIENTO (1): CÓDIGO DE LA EXISTENCIA: TIPO(TABLA5): 01-MERCADERÍA DESCRIPCIÓN: MALETAS CÓDIGO DE LA UNIDAD DE MEDIDA (TABLA 6): 07 - UNIDADES MÉTODO DE VALUACIÓN: PROMEDIO PONDERADO DOCUMENTO DE TRASLADO, COMPROBANTE DE PAGO, DOCUMENTO INTERNO O SIMILAR FECHA
TIPO (TABLA 10)
SERIE
NÚMERO
TIPO DE OPERACIÓN (TABLA 12)
ENTRADAS CANTIDAD
COSTO UNITARIO
SALIDAS COSTO TOTAL
ENERO 16
CANTIDAD
COSTO UNITARIO
SALDO FINAL COSTO TOTAL
CANTIDAD
COSTO UNITARIO
COSTO TOTAL
-
-
-
-
2000
45.0000
90.000.00
-
05-ene
1
1
234
2
2000
50.00
100.000.00
-
2000
50.0000
100.000.00
18-ene
1
2
467
2
3000
50.00
150.000.00
-
3000
50.0000
150.000.00
7000
48.5714
340.000.00
4500
48.5714
218.571.43
29-ene
1
1
893
1
-
FEBRERO
2500
48.5714
16
-
4500
48.5714
218.571.43
03-feb
1
10
255
2
2200
55.00
121.000.00
-
2200
55.0000
121.000.00
22-feb
1
1
564
2
1100
60.00
66.000.00
-
12-feb
1
1
894
1
-
MARZO 16 06-mar
1
1
831
2
-
121.428.57
900
60.00
4800
51.9963
249.582.42
-
-
-
-
1100
60.0000
66.000.00
7800
51.9963
405.571.43
3000
51.9963
155.989.01
155.989.01
-
-
3000
51.9963
54.000.00
-
900
60.0000
54.000.00
3900
53.8433
209.989.01
11-mar
1
1
895
1
-
1000
53.8433
53.843.34
2900
53.8433
156.145.67
30-mar
1
1
896
1
-
1600
53.8433
86.149.34
1300
53.8433
69.996.34
ABRIL 16
-
-
-
-
-
-
1300
53.8433
69.996.34
02-abr
1
3
604
2
500
65.00
32.500.00
-
500
65.000
32.500.00
20-abr
1
1
482
2
2000
70.00
140.000.00
-
2000
70.000
140.000.00
-
3800
63.8148
242.496.34
191.444.48
800
63.8148
51.051.86
29-abr
1
1
897
1
-
3000
COSTO DE VENTAS -
63.8148
12900
-
702.448.14 -
-
Contabilidad II
147
Universidad Peruana Unión
El costo unitario promedio ponderado, es calculado con todos los decimales; para el ejercicio se redondea a céntimos.
6.5. Identificación Específica De acuerdo con lo señalado en la NIC N° 2: “Inventarios”, método de valuación de identificación específica, significa que se asignen costos específicos a partidas identificadas de inventarios. La aplicación de este método permite identificar a qué adquisiciones pertenecen las existencias del inventario final, tomando el costo de cada una de ellas para efectuar la respectiva valuación de dichas existencias al final de un ejercicio o período determinado. La aplicación de este método no es apropiado cuando existen grandes cantidades de partidas de inventario que no son comúnmente intercambiables. MÉTODO DE IDENTIFICACIÓN ESPECÍFICA 1. Determinación del Inventario Final (al 30 de abril del 2010) Fecha 18-ene 22-feb 20-abr
Cantidad 200 250 350 800
C.U. 50.00 60.00 70.00
Costo Total 10,000.00 15,000.00 24,500.00 49,500.00
2. Determinación del Costo de Ventas (de enero a abril del 2010)
Inventario Inicial al 01.01.2010 Compras de enero a abril 05-ene 18-ene 03-feb 22-feb 06-mar 02-abr 20-abr Inventario Final al 30.04.2010
Cantidad 2000
C.U. 45.00
Costo Total 90,000.00
2000 3000 2200 1100 900 500 2000 11700 -800 12900
50.00 50.00 55.00 60.00 60.00 65.00 70.00
100,000.00 150,000.00 121,000.00 66,000.00 54,000.00 32,500.00 140,000.00 663,500.00 -49,500.00 704,000.00
6.6. Inventario al detalle o al por menor En este método, el importe de los inventarios se obtiene valuando las existencias a precios de venta. Luego de encontrar el precio de las existencias, se deduce el IGV y el margen de utilidad bruta, para obtener el costo por grupo de artículos. Comúnmente las empresas que se dedican a la venta al menudeo (bodegas, tiendas por secciones de ropas, etc.), son las que utilizan este método, por la facilidad que existe para determinar su costo de venta y su saldo de inventario. Unidad IV
148
PROESAD
Para tener un adecuado control del método detallista, deben establecerse grupos homogéneos de artículos, a los cuales se le asigna su precio de venta tomando en consideración el costo de compra y el margen de utilidad. Para la aplicación de este método es necesario tener en cuenta los siguientes aspectos: ÂÂ ÂÂ ÂÂ ÂÂ
Control y revisión de los márgenes de utilidad bruta. Agrupación de artículos homogéneos. Control de los traspasos de artículos entre departamentos o grupos. Efectuar inventarios físicos periódicos para verificar el saldo de las cuentas y, en su caso, hacer los ajustes que correspondan.
Para la aplicación de este método se mantendrá un registro de las compras a su costo de adquisición y al precio de venta, asimismo, otro de ventas al precio de ventas, de tal forma que se pueda calcular la relación porcentual entre ambos. MÉTODO DE INVENTARIO AL DETALLE AL POR MENOR 1. Determinación del Inventario Final (al 30 de abril del 2010) Costo
Marg. de Utilidad
Valor de Vta.
I.G.V.
Precio Vta.
Inventario Inicial al 01.01.2010 (+) Compra de enero a abril Inventario Disponible
90,000.00 663.500.00
30% 30%
117,000.00 862,550.00
22,230.00 163,884.50
139,230.00 1,026,434.50
753,500.00
30%
979,550.00
186,114.50
1,165,664.50
Menos Ventas de enero a abril Inventario final al 30.04.201
699,145.00
30%
908.889.55
172,689.01
1,081,578.56
54,354.20
30%
70,660.45
13,425.49
84,085.94
2. Determinación del Costo de Ventas (de enero a abril del 2010) Inventario Inicial
Compra
90,000.00
Inventario Final
663,500.00
Costo Venta
-54,354.20
699,145.80
6.7. Existencias Básicas Este método supone que toda empresa debe tener de manera permanente una cantidad mínima de existencias, que le permita afrontar la producción y/o comprar, así como cubrir las necesidades de sus clientes. Este método da mayor facilidad para la valuación del inventario final ya que los valores de existencias básicas son fijos; asimismo, la ganancia resulta más estable. MÉTODO DE EXISTENCIAS BÁSICAS Cantidad Inventario Inicial al 01.01.2010 Compras de enero a abril
2000 11700
Menos Inventario Final al 30.04.2010 Existencia mínima 500 x 45.00 Excedente 300 x 70.00 Costo de Ventas
C.U.
Costo Total 45.00
90,000.00 663,500.00
800
43,500.00
12900
710,000.00 Contabilidad II
149
Universidad Peruana Unión
DIFERENCIA DE COSTOS DE VENTAS COSTO DE VENTAS MÉTODO
CANTIDADES
- PEPS - UEPS - PROMEDIO MÓVIL - PROMEDIO PONDERADO (DIARIO, MENSUAL O ANUAL) - IDENTIFICACIÓN ESPECÍFICA - AL DETALLE O AL POR MENOR - EXISTENCIAS BÁSICAS
12900 12900 12900 12900 12900 12900 12900
IMPORTES 697,500.00 717,500.00 702,005.52 702,448.14 704,000.00 699,145.80 710,000.00
7. INVENTARIOS: HISTÓRICOS, AJUSTADOS, DIFERENCIAS Y MERMAS 7.1. Inventarios Históricos El rubro de Inventarios o Existencias constituyen uno de los más importantes del Balance General, en especial, para las empresas de carácter productivo. En razón de la actual situación económica del país, el mantener inventarios a niveles razonables y austeros se convierte en una necesidad. Estas acciones permitirán deducir costos, tanto operativos como financieros.
7.2. Inventarios Ajustados A partir del ejercicio 1992 el manejo y registro contable de los inventarios tiene como connotación especial, en razón a la vigencia de “Principio de Ajuste de los Estados Financieros por Efectos de la Inflación”. Esto es así porque la valuación de los inventarios llevada, sobre la base del costo histórico (adquisición o producción), ya no es más el concepto básico en aplicación sino que, además, este valor deberá corregirse por efectos de la inflación. Así, los valores serán los denominados “Valores Reexpresados” o “Valores Actualizados” teniendo como índice de actualización, el que resulte más bajo entre el valor reexpresado (con actualización del Índice de Precios al por Mayor) y el valor de mercado. Los ajustes por efectos de la inflación tienen vigencia contable a partir del ejercicio económico 1990 pero, para efectos tributarios su vigencia es a partir del ejercicio gravable 1992. Sin embargo, los efectos por inflación tuvieron vigencia para efectos tributarios hasta el 31 de diciembre de 2004. Desde el punto de vista del control contable interno, y al margen de las normas tributarias, es correcto que las empresas controlen sus inventarios adecuadamente. Con este fin debe implementarse los registros de almacén y contables mínimos. Este control, además de ser permanente, permitirá a la empresa a acceder a la composición de sus costos y llegar a determinar los índices necesarios para fijar valores de reposición y rentabilidad en las operaciones de venta. No obstante la obligación de carácter contable y financiera de llevar un control permanente de los Inventarios, el Impuesto a la Renta señala las pautas sobre el llevado de un control permanente de los inventarios e incluso de llevar un sistema de costos, incluyendo los métodos de valuación permitidos. En esta oportunidad sólo se comentará las incidencias provenientes de un inadecuado control y manejo contable de los inventarios. Unidad IV
150
PROESAD
7.3. Diferencias de Inventario En los casos que la Administración Tributaria tenga elementos de juicio, previa comprobación que la empresa no factura ventas o ingresos y/o omite registrar y en general que las liquidaciones y declaraciones no son fehacientes puede establecer de oficio el monto del impuesto utilizando las diferencias de inventario, promedios de ventas estimados en forma presunta, valores de mercados u otros procedimientos. En el caso de diferencias de inventarios, salvo prueba en contrario, producto de una comparación entre los registros y los inventarios físicos comprobados por la propia administración ésta puede presumir lo siguiente: ÂÂ En el caso de faltantes: representan bienes transferidos cuyas ventas han sido omitidas de registrar en el año o en el período inmediato anterior. ÂÂ En el caso de sobrantes: bienes cuya compra–venta ha sido omitida de registrar durante el término de prescripción.
8. DETERMINACIÓN DEL COSTO DE VENTAS Comentar sobre la determinación del costo de ventas implica la concepción de tres tipos de empresas: comerciales, de servicios e industriales (temas estudiados en capítulos anteriores). Para estos casos, el concepto básico a considerar para formar su costo es el denominado histórico, es decir, principalmente el costo de adquisición o valor de ingreso al patrimonio (no tratamos el ajuste por afiliación).
8.1. Empresas Comerciales Estas empresas llámese minoristas, mayoristas, distribuidores u otros, se dedican a la venta de bienes en la misma forma física en la que se adquiere. En este grupo el costo de ventas de las mercaderías estará representado por el costo de adquisición de aquellas que compran. En el Balance General el rubro de mercaderías muestra el costo de las mercaderías adquiridas, pero aún no vendidas a la fecha del cierre del ejercicio. La determinación del costo de ventas es como sigue: COSTO DE VENTAS Inventario Inicial de Mercaderías (+) Compra de Mercaderías (-) Inventario Final de Mercaderías Costo de Ventas
xxx xxx (xxx) xxx
8.2. Empresas Industriales Para el caso de empresas productivas o transformadoras es común el llevado de las siguientes cuentas de existencias: productos terminados, productos en proceso, materias primas y auxiliares, envases y embalajes y otros. La determinación del costo de ventas fluirá del sistema que hubiera optado para la determinación de su costo de producción. La determinación es como sigue:
Contabilidad II
151
Universidad Peruana Unión
COSTO DE VENTAS Inventario Inicial de Productos Terminados (+) Costo de Producción de Productos Terminados (-) Inventario Final de Productos Terminados Costo de Ventas
xxx xxx (xxx) xxx
8.3. Empresas de Servicios Puesto que este tipo de empresas no vende bienes tangibles, en el Estado de Resultados no figurará el rubro de costos de mercaderías vendidas. Por el contrario, los costos operativos relacionados directamente con la generación de estos servicios figurarán conjuntamente con los gastos operativos. Creemos que lo correcto será la utilización de cuentas especiales dentro de los gastos operativos para un mejor control.
Unidad IV
152
12
PROESAD
Sesión
depreciación 1. INMUEBLE, MAQUINARIA Y EQUIPO – NIC 16 1.1. Objetivo El objetivo de esta norma es establecer el tratamiento contable de los inmuebles, maquinaria y equipo. Los principales problemas que presenta la contabilidad de los inmuebles, maquinaria y equipo son el momento de activación de las adquisiciones, la determinación del valor en libros y los cargos por depreciación del mismo que deben ser llevados a resultados. Esta norma exige que un elemento correspondiente a los inmuebles, maquinaria y equipo sea reconocido como un activo, cuando satisfaga los criterios de definición y reconocimiento de activos contenidos en el Marco Conceptual para la Preparación y Presentación de los Estados Financieros.
1.2. Alcance Esta norma debe ser aplicada en la contabilización de los elementos componentes de los inmuebles, maquinaria y equipo, salvo cuando otra Norma Internacional de Contabilidad exija o permita otro tratamiento contable. Esta norma no es de aplicación a los siguientes activos: a) Bosques y recursos naturales renovables similares, así como a las b) Inversiones en derechos mineros, exploración y extracción de minerales, petróleo, gas natural u otros recursos no renovables similares.
1.3. Definiciones Los siguientes términos se emplean en la presente norma, con el significado que a continuación se especifica: Los inmuebles, maquinaria y equipo son los activos tangibles que: a) Posee una empresa para su uso en la producción o suministro de bienes y servicios, para arrendarlos a terceros o para propósitos administrativos, y b) Se esperan usar durante más de un período económico. Contabilidad II
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Universidad Peruana Unión
Depreciación: es la distribución sistemática del importe depreciable de un activo a lo largo de su vida útil. Importe depreciable: es el costo histórico del activo o la cantidad que lo sustituya en los estados financieros, una vez que se ha deducido el valor residual. Vida útil es: a) El período durante el cual se espera utilizar el activo depreciable por parte de la empresa, o bien. b) El número de unidades de producción o similares que se espera obtener del mismo por parte de la empresa. Costo es el importe de efectivo o equivalente de efectivo, o bien el valor razonable de la contraprestación entregada, para comprar un activo en el momento de su adquisición o construcción por parte de la empresa. Valor residual es la cantidad neta que la empresa espera obtener de un activo al final de su vida útil, después de haber deducido los eventuales costos derivados de la enajenación. Valor razonable es la cantidad por la cual puede ser intercambiado un activo entre un comprador y un vendedor debidamente informados, en una transacción libre. Pérdida por deterioro es la cantidad en que excede, el valor en libros de un activo, a su importe recuperable. Valor en libros de un activo es el importe por el que tal elemento aparece en el balance general, una vez deducidas la depreciación acumulada y las pérdidas de valor por deterioro que eventualmente le correspondan.
2. DEPRECIACIÓN 2.1. Introducción Las empresas con el interés de desarrollar sus actividades con mayor eficiencia, reducir costos, producir o servir con excelencia, etc., adquieren activos fijos de diversos tamaños y modelos entre otros, son susceptibles a la depreciación. En general, en mayor o menor medida toda la empresa ya sea comercial, industrial o de servicios, necesita de una reserva para la depreciación, debido a que sus propiedades en activo fijo se acercan gradualmente a un punto en el que su utilidad o beneficio se extinga, debiendo esta reserva limitarse y referirse a esa propiedad específica que le genera ingreso. Contablemente y tributariamente, la deducción por depreciación se limita a la propiedad o activo fijo que el contribuyente emplea en su comercio o industria, no permitiéndose ninguna asignación en el caso de bienes usados solamente para placer u otros fines ajenos al negocio, como edificios que se empleen únicamente para residencia, incluyendo los bienes muebles de los mismos, efectos personales o ropa. Asimismo, la reserva de depreciación no debe aplicarse a los activos fijos en tránsito, a los terrenos ni a los minerales. Unidad IV
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Actualmente, la contabilidad de la depreciación no ha llegado a establecerse en un grado de perfección; sin embargo, existe un acuerdo casi universal en lo que respecta al significado general de la depreciación y de la importancia que significa reconocerla de alguna manera o forma razonable. Las cuentas del PCGE que están sujetas a la depreciación son la cuenta 33 Inmueble Maquinaria y Equipo (con algunas excepciones tratadas en adelante, como los terrenos), y la provisión se controla en la subcuenta 393 Depreciación inmuebles, maquinaria y equipos. En cuanto a las Normas Internacionales de Contabilidad (NIC) se trata en la NIC N° 16, que a continuación se escribe el pronunciamiento:
2.2. Definiciones Para algunos autores la depreciación no es más que la pérdida en valor de servicios de un activo, no restaurado por el mantenimiento, y producida en relación con el uso o consumo de la propiedad en el curso de un ejercicio contable, debida a causas por las que el propietario no está amparado por un seguro, causas que siguen su camino cuyo efecto puede preverse con bastante aproximación. La depreciación, también, se define como, la pérdida en valor que resulta del uso y desgaste y del efecto de otras fuerzas físicas, traducidas en una disminución de valor económico. El contador desde un punto de vista más amplio, entienda la depreciación como una cuestión relacionada con el valor (es decir, a la inversión en el activo), más que con las condiciones físicas, por lo tanto, en el término depreciación no debe confundirse con el deterioro, decadencia, agotamiento, etc. Este criterio se confirma en la NIC 16, señalando que es la asignación sistemática de la cantidad depreciable de un activo sobre su vida útil estimada. La depreciación correspondiente al período contable se carga a la ganancia o pérdida neta del período, directa o indirectamente. Según la Ley del Impuesto a la Renta Tributariamente, de conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el D.S N° 054-99-EF, la depreciación se reconoce como: “El desgaste o agotamiento que sufran los bienes del activo fijo que los contribuyentes utilicen en negocio, industria, profesión, u otras actividades productoras de rentas gravadas de rentas de Tercera, se compensará mediante la deducción en su costo”.
2.3. Causas de la Depreciación Un cargo a depreciaciones, se puede deber a diferentes causas, teniendo en cuenta la clasificación que a continuación se detalla: a. Causas Físicas o Internas.- Quiere decir cuando los bienes de una determinada empresa están sujetos a un desgaste motivado por el uso o explotación o el funcionamiento normal y/o daños extraordinarios. b. Causas Fundamentales o Externas.- Son causas que abarcan el envejecimiento o la obsolescencia resultante del declive técnico y todas las demás condiciones o circunstancias no físicas que afectan la vida útil de los bienes de uso.
Según Mario Biondi, analiza y sistematiza las causas de la depreciación, de la siguiente manera:
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c. Factores de Carácter Físico.- Dentro de estos factores se encuentran los siguientes: La depreciación o desgaste por su uso normal del bien. En este rubro depende de la intensidad con que se emplee el bien; es decir, por fricción, vibración, tensión y otros procesos inherentes a la operación. Además, se suma la oxidación, cristalización y otros aspectos naturales que son inevitables en el transcurso del tiempo. Agotamiento. Es el agotamiento atribuible a los recursos naturales, tales como árboles, animales, frutales, fertilidad de la tierra en la actividad agraria (lo que hace posible imaginar que en un terreno en casos especiales puede depreciarse), minas, canteras, etc. Deterioro o daño extraordinario. Incluye los accidentes y las roturas en varias formas, que son más o menos inevitables. d. Factores de Carácter Económico.- Dentro de estos factores se encuentran los siguientes: Obsolescencia o envejecimiento técnico. Se refiere a la pérdida de utilidad comparándola con nuevos inventos o elementos que la tecnología proporciona en los métodos de producción, administración y ventas, ocasionando un sobre costo en relación con los más modernos. Envejecimiento económico. Cuando se produce una marcada reducción de la demanda de los productos terminados fabricados por la empresa. Bienes inadecuados. Debido al avance de la calidad del producto, surgen los bienes que, en vez de ser productivos, resultan inadecuados, ocupan lugar sin justificación, etc.
3. ATRIBUCIÓN DE LA CUOTA DE LA DEPRECIACIÓN De acuerdo con la NIC 16: Inmueble, Maquinaria y Equipo, en su párrafo 43°, el monto depreciable de una partida del activo fijo debe ser asignado en forma sistemática sobre su vida útil. En este sentido, el cargo de depreciación en cada período debe ser reconocido y atribuido como un gasto (en el estado de pérdidas y ganancias) a menos que esté incluido en el valor contabilizado de otro activo (cuando se trate de determinar el costo de producción de los productos terminados o en proceso fabricados por la empresa). Esta atribución de la cuota de depreciación será tratada más adelante.
4. MOMENTO EN QUE OPERA LA DEPRECIACIÓN Para efectos contables, la depreciación deberá efectuarse, de acuerdo con lo señalado en el párrafo 44° de la NIC 16; es decir, a medida que los beneficios económicos involucrados en un activo son consumidos por la empresa, el valor contabilizado debe reducir para reflejar este consumo, normalmente cargando un gasto por depreciación. Por lo tanto, el cargo por depreciación se efectuará a medida que la empresa empiece a usar sus activos fijos y, aún cuando no lo use, también cuando se presentan los factores analizados en el numeral 3 del presente capítulo. Tributariamente, el Impuesto a la Renta en su Reglamento, D. S N° 122-94-EF, artículo 22°, inciso c), establece que las depreciaciones que resulten por la aplicación de las tasas de depreciación se computarán a partir del mes en que los bienes sean utilizados en la generación de rentas gravadas. Supongamos que una empresa industrial adquiere una máquina centrífuga por S/. 100,000.00 con fecha 07.01.20__ y que es puesta en operación el 10 de dicho mes. De aplicar textualmente Unidad IV
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PROESAD
la disposición tributaria la depreciación del período sería S/. 100 000.00 x 20% = S/. 20,000.00, lo cual coincidiría con la política del mes completo más próximo.
5. ELEMENTOS QUE RIGEN LA DEPRECIACIÓN Estos elementos que teóricamente han de tomarse en cuenta para la estimación de los montos que deben cargarse periódicamente a gastos por expiración del costo de los bienes del activo fijo, son los siguientes:
5.1. Base de la Depreciación Con respecto a este elemento, las empresas deberán considerar que tanto contable como tributariamente se establecen los mismos criterios para determinar la base sobre la cual calculará la depreciación de los bienes del activo fijo. a. Aspectos Contables La NIC 16: Inmueble, Maquinaria y Equipo establece en su párrafo 16° que el costo de los bienes de uso comprende su precio de compra, incluyendo los derechos de importación y los impuestos no reembolsables correspondientes a la compra, y cualquier otro costo atribuible a poner el activo en las condiciones de operación necesarias para su uso; como por ejemplo, el costo de preparación del lugar, costo de instalación, honorarios profesionales de los arquitectos e ingenieros. b. Aspectos Tributarios La Ley del Impuesto a la Renta establece en su artículo 41° que las depreciaciones se calcularán sobre el valor de adquisición o producción de los bienes o sobre los valores que resulten de ajuste integral por inflación del balance general efectuado conforme a las disposiciones legales en vigencia. A dicho valor, se le agregará, en su caso, el de las mejoras incorporadas con carácter permanente. El valor computable incluye los gastos incurridos con motivo de su compra, tales como: fletes, seguros, comisiones normales y otros similares que resulten necesarios para colocar a los bienes en condiciones de ser usados, excluidos los intereses. En los casos de los bienes importados no se admitirá, salvo prueba en contrario, un costo superior al que resulte de adicionar el precio exfábrica vigente en el lugar de origen, los gastos especificados en el párrafo anterior. No conformarán parte del valor depreciable las comisiones reconocidas a entidades que integran el mismo conjunto económico que hubiera actuado como intermediarios en la operación de compra, a menos que se pruebe la efectiva prestación de los servicios y la comisión no exceda de la que usualmente se hubiera reconocido a terceros no vinculados al adquiriente.
5.2. Valor Residual Es el monto neto que la empresa espera obtener por un activo al término de su vida útil después de deducir los costos previstos en la enajenación o baja. Teóricamente los contadores deben deducir del valor depreciable el valor residual realizable, en el supuesto que se trate de una depreciación según el método lineal de la siguiente manera:
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Valor de adquisición – valor residual o desecho Depreciación = -------------------------------------------------------------------- Vida estimada Esta exigencia se encuentra prevista en la misma NIC 16°, donde se precisa que en la práctica, el valor residual de un activo es a menudo insignificante y, por lo tanto, es inmaterial en el cálculo del importe depreciable.
5.3. La Vida Útil o de Servicio En este punto debemos observar tanto el tratamiento contable como el tributario como sigue: a. Aspectos Contables De acuerdo con los lineamientos establecidos en la NIC: 16° Inmueble, Maquinaria y Equipo, se precisa que la vida útil tiene los siguientes conceptos, basados en estimaciones: El período durante el cual se espera que un activo depreciable sea usado por la empresa. El número de unidades de producción o unidades similares que la empresa espera obtener del activo. Importe depreciable es un activo depreciable en su costo histórico u otra forma que sustituya al costo histórico en los estados financieros, menos el valor residual estimado. La vida útil de un bien deberá estimarse después de considerar los siguientes factores: El uso y desgaste físico que se espera del activo. Su obsolescencia. Las limitaciones legales o de otro tipo que afecte su uso. b. Aspectos Tributarios En la parte correspondiente al Impuesto a la Renta, la vida útil se determina en base a un criterio totalmente arbitrario y sin ningún sustento técnico; sin embargo, existe la posibilidad de que las empresas puedan modificar el porcentaje según la naturaleza de la actividad realizada, cumpliendo con los requisitos establecidos en el Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta. La SUNAT podrá autorizar lo siguiente: Cambio del porcentaje de depreciación, siempre que se demuestre fehacientemente que, en virtud de la naturaleza y características de la actividad realizada, la vida útil es distinta a la fijada por la Administración Tributaria. Utilización de métodos de depreciación distintos al lineal, como pueden ser el de horas máquina y unidades producidas. En los dos casos el contribuyente deberá sustentar dichos cambios con informe técnico y que a juicio de la SUNAT sea suficiente para estimar la vida útil de los bienes materia de depreciación.
6. MÉTODOS DE DEPRECIACIÓN Existen diferentes métodos de depreciación para asignar los importes de la depreciación a cada período contable durante la vida útil del activo. En este sentido, cualquier método de depreciación escogido por la empresa, es necesario que se aplique de manera uniforme, independientemente Unidad IV
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de las consideraciones hechas por la administración tributaria o aspectos sobre los niveles de rentabilidad de la empresa, a fin de que sea posible comparar con un grado de razonabilidad suficiente los resultados de las operaciones de la empresa de un período a otro. Por otro lado, cuando se señala que una empresa puede aplicar, contablemente cualquier método de depreciación, se debe entender que éstos se aplicarán uniformemente para cada una de las partidas del activo fijo, es decir, una empresa podría aplicar el ejemplo, el método de línea recta para las construcciones o edificios, y el método de unidades producidas para las maquinarias utilizadas en la planta de producción. Estos métodos de depreciación, de acuerdo con lo establecido en el párrafo 50° de la NIC 16°, son los siguientes:
6.1. Método de Línea Recta Este método de distribución se ha constituido como uno de los métodos más generalizados entre las empresas, supone que la depreciación es una función uniforme del tiempo; se considera como un cargo constante sobre la vida útil del activo. No es irrazonable y por su simplicidad de concepto y aplicación es recomendable en diferentes negocios. Es por ello, que para efectos tributarios es considerado como el único método de depreciación aceptado. La depreciación en línea recta se calcula de acuerdo a la siguiente fórmula: Valor de adquisición – valor residual o desecho Depreciación Anual = ---------------------------------------------------------------- Vida útil estimado (años) CASO PRÁCTICO ¿Cuál será la depreciación de una maquinaria que se adquirió el 05 de enero del presente año, cuyo costo histórico es de 12,500.00? Procedimientos: D =
C - VR ---------P
Donde: Datos: D = Depreciación en % C = Costo (valor en libros) VR = Valor residual o de desecho P = Vida útil estimada
Costo : 12,500.00 Vida útil: 5 años Dep. Anual: 20%
Solución: 12,500.00 D = -------------- = 2,500.00 5 años o también: 12,500.00 x 20% = 2,500.00 Contabilidad II
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El procedimiento por los 5 años tomando el valor de adquisición sin ajuste por corrección monetaria sería: Primer año
12,500.00 : D = ------------ 5 años
12,500.00 – 2,500.00 10,000.00 Segundo año : D = ------------------------ = -----------4 años 4 años
= 2,500.00
= 2,500.00
Tercer año
10,000.00 – 2,500.00 : D = ------------------------ = 3 años
7,500.00 -----------3 años
= 2,500.00
Cuarto año
7,500.00 – 2,500.00 : D = ------------------------ = 2 años
5,000.00 -----------2 años
= 2,500.00
Quinto año
5,000.00 – 2,500.00 : D = ------------------------ = 1 año
2,500.00 -----------1 año
= 2,500.00
Total Depreciación
12,500.00
LIBRO DIARIO EMPRESA PERIODO: 2011 RUC: NÚMERO CORRELATIVO DEL ASIENTO O CÓDIGO ÚNICO DE LA OPERACIÓN
REFERENCIA DE LA OPERACIÓN FECHA DE LA OPERACIÓN
GLOSA O DESCRIPCIÓN DE LA OPERACIÓN
COD. DEL LIBRO O REG. (TABLA 8)
NÚMERO CORRELATIVO
NUM. DEL DOC. SUSTENTATORIO
CUENTA CONTABLE ASOCIADA A LA OPERACIÓN
CÓDIGO
DENOMINACIÓN
MOVIMIENTO
DEBE
HABER
_______________ X _____________ Depreciación del periodo Depreciación del periodo
68142 39132
Maquinaria y equipo de explotación Maquinaria y equipo de explotación
2,500.00 2,500.00
_______________ X _____________ Traslado a centro de costos Traslado a centro de costos
94 791
Gastos Administrativos Cargas imputables a cta. de cost. y gastos
2,500.00 2,500.00
6.2. Método de Unidades Producidas Siempre que pueda estimarse con cierto grado de precisión el número total de unidades de producción u horas estimadas que puedan esperarse de una máquina en particular o de otra unidad de producción, sería adecuada la utilización de este método para la distribución de los cargos por depreciación. Este método relaciona la depreciación con la capacidad productiva estimada del activo y se expresa en una tasa por unidad, siendo la fórmula la siguiente: Tasa por unidad u hora =
Costo de adquisición – valor residual realizable Unidades u horas estimadas
Unidad IV
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PROESAD
Depreciación anual
=
Tasa x Unidades Producidas Anual
Ejemplo: ÂÂ Se compra una maquinaria en S/. 120,000.00, tiene un valor residual de S/. 15,000.00 ÂÂ Se estima que la maquinaria tiene una vida útil de 22,000 horas. ÂÂ Hallar la depreciación por hora Procedimiento: Tasa por hora
120,000.00-15,000.00 = --------------------------- = S/. 4.7727273 22 000 horas
depreciación por hora
ÂÂ La empresa ha estimado que las horas se van a distribuir de la siguiente manera: (le quedan sólo tres años para el término de su vida útil). Entonces:
1° año : 6 890 horas 2° año : 7 010 horas 3° año : 8 100 horas VIDA ÚTIL EN SALDO
1° año 2° año 3° año
HORAS TRABAJ.
6890 7010 8100 22000
DEPRECIAC. POR HORA
4.7727273
CARGO A DEPRECIAC.
ABONO A DEPRECIAC. ACUMULADA
32,884.09 33,456.82 38,659.09
32,884.09 33,456.82 38,659.09
105,000.00
105,000.00
TOTAL DEPRECIAC. ACUMULADA
32,884.09(*) 66,340.91(*1) 105,000.00(*2)
VALOR EN LIBROS
(*3) 120,000.00 (*4) 87,115.91 (*5) 53,659.09 (*6) 15,000.00
ACLARACIONES: (*) Transfiero para tomar como base, de la columna anterior = 32,884.09 (*1) 32,884.09 + 33,456.82 = 66,340.91 (*2) 66,340.91 + 38,659.09 = 105,000.00 (*3) 120,000.00 es el valor de compra de la maquinaria (*4) 120,000.00 - 32,884.09 = 87,115.91 (*5) 87,115.91 - 33,456.82 = 53,659.09 (*6) 53,659.09 - 38,659.00 = 15,000.00 (Resultado igual al valor residual)
6.3. Métodos de Disminución de Saldos Estos métodos a su vez pueden incluir a otros métodos, dependiendo de la forma de cálculo que en definitiva nos llevará a determinar un cargo decreciente sobre la vida útil del activo, de acuerdo con lo estipulado en la NIC 16°. Entre los métodos más importantes de disminución de saldos, tenemos: a. Método de Saldo Decreciente (o Depreciación Acelerada) Con este método se aplica una tasa fina o uniforme al valor en libros del activo. Es denominado también como método del porcentaje fijo del valor en libros, siendo el más comúnmente usado. Contabilidad II
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Pasos: ÂÂ En primer lugar debemos determinar el porcentaje fijo a aplicar de la siguiente manera: ÂÂ Luego de calculada, esta tasa será aplicada al costo final del primer ejercicio, y de ahí en adelante al valor en libros al principio de cada ejercicio sucesivo.
Depreciación anual = % x Costo de Adquisición Año Costo - Valor Residual Vida útil estimada en años
% 1 2 3 4 5
Costo del activo S/.20,000.00 Vida útil 5 años
40% 40% 40% 40% 40%
Valor Residual
Valor Libros 20,000.00 12,000.00 7,200.00 4,320.00 2,592.00
Depreciación 8,000.00 4,800.00 2,880.00 1,728.00 1,036.80
Depreciación Acumulada 8,000.00 12,800.00 15,680.00 17.408.00 18,444.80
1,555.20
20,000.00 = 4,000.00 5
18,444.80
= 20 % x 2 = 40%
b. Método de la Suma de los Dígitos El método de la suma de los dígitos es uno de los métodos de la depreciación acelerada que permite registrar una depreciación más alta en los primeros ejercicios de la vida útil del activo y una depreciación más baja en los años finales. La manera de calcular la suma de los dígitos, se realiza asignando a cada año de vida útil su digno correspondiente y luego éstos se suman. Pasos: ÂÂ Es decir, se suman los dígitos que representan los ejercicios o años de vida útil. ÂÂ El resultado se considera como denominador ÂÂ Los numeradores están constituidos por los números que forman parte de la sumatoria realizada, pero en orden inverso:
Costo del activo S/.22,000.00 Vida útil 4 años Valor residual S/.2,000.00 22,000.00 - 2,000.00 = 20,000.00 4 + 3 + 2 + 1 = 15
Año
1 2 3 4
Depreciación
4/10 3/10 2/10 1/10
8,000.00 6,000.00 4,000.00 2,000.00
Depreciación Acumulada 8,000.00 14,000.00 18,000.00 20,000.00
Valor Libros 20,000.000 12,000.00 6,000.00 2,000.00 -
20,000.00
Aspecto Legal Este método tiene similares resultados que el método anteriormente tratado, por lo que para fines tributarios, no es aceptado. Tasas de depreciación
Unidad IV
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PROESAD Ejercicios 2009 - 2011 Porcentaje máximo anual (1)
Tipo de Bien
Edificaciones y construcciones
5% (2)
Ganado de trabajo y reproducción, redes de pesca
25%
Vehículos de transporte terrestre (excepto ferrocarriles), hornos en general
20%
Maquinaria y equipo utilizados por las actividades minera, petrolera y de construcción, excepto muebles, enseres y equipos de oficina
20%
Equipos de procesamiento de datos
25%
Maquinaria y equipo adquirido a partir del 01.01.91
10%
Otros bienes del activo fijo
10%
Aves reproductoras
75% (3)
10.1. Literal b) del Artículo 22 del Reglamento de la ley del Impuesto a la Renta. 10.2. En el caso específico de edificios y construcciones se mantiene la tasa de depreciación del 3% anual, no siendo un porcentaje máximo como en el caso de los demás activos fijos. 10.3. Artículos 1 y 2, D. S. N 037 – 2000 – EF (21.04.2000) y Res. N 018 – 2001/SUNAT (31.01.01) aplicable a partir del ejercicio, cabe señalar que por períodos anteriores se deberá acreditar la tasa aplicada.
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13
PROESAD
Sesión
AMORTIZACIÓN 1. CONCEPTO La amortización representa el proceso de asignar el costo de un activo a través de su vida, de poder enfrentar el costo respecto de los ingresos generados por el activo. De acuerdo con su naturaleza de vida limitada de los tangibles, pueden presentarse las siguientes situaciones:
2. ACTIVOS INTANGIBLES DE DURACIÓN ILIMITADA SUJETOS A AMORTIZACIÓN a. Concesión o franquicias indefinidas Privilegio que se otorga a un ente económico para el uso de una determinada propiedad o para desarrollar cierto tipo de negocios en un área geográfica específica (franquicia). Un ejemplo de concesiones sería el derecho exclusivo que se otorgue a una empresa de servicios públicos para vender electricidad, gas o agua a todos los consumidores finales dentro de una zona determinada. b. Marcas Divisa o símbolo peculiar y distinto que un fabricante, comerciante, adhiere a sus mercaderías con el fin de identificarlas como propias y, para distinguirlas de otras mercaderías manufactureras. c. Patentes Derecho o privilegio exclusivo que se encuentra protegido por la Ley (ante el INDECOPI, por ejemplo) que asegura al propietario o poseedor disponer (usar, vender, ceder, etc.) de algún invento de producto, máquina o proceso por un tiempo determinado. d. Derecho de llave Considerado como el más importante de los intangibles que recibe muchos nombres como goodwill, crédito mercantil, plusvalía, fondo de comercio o valor intrínseco que definido sencillamente sería el valor actual de las utilidades futuras esperadas. Los factores que coadyuvan a la formación del valor de llave son los siguientes:
Contabilidad II
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ÂÂ Ubicación inmejorable, personal atento, facilidades de crédito, bajo alquileres, hábito de la clientela. ÂÂ Precio del producto acorde con su calidad, clase de servicio ÂÂ Empleo de marcas y etiquetas conocidas o popularizadas, reputación comercial. Todos estos factores forman parte de un valor extrínseco que podemos decir que es comercial. e. Goodwill Diferencia entre el costo de adquisición sobre el interés del comprador en el valor razonable de los activos y pasivos identificables adquiridos en la fecha de la transacción de intercambio.
3. ACTIVOS INTANGIBLES DE DURACIÓN LIMITADA SUJETOS A AMORTIZACIÓN Contablemente son intangibles, cuya vida útil está limitada por ley, por algún contrato o por la naturaleza del activo, siendo su vida útil el período de tiempo más corto entre el período de utilidad y el período máximo de vida señalado por ley o contrato. Para efectos tributarios el inciso a) del artículo 25 del D.S 122-94-EF, Reglamento del Impuesto a la Renta, establece que se considera activos intangibles de duración ilimitada aquellos de vida limitada por ley o por su propia naturaleza, tales como patentes, modelos de utilidad, derechos de autor, derechos de llave, diseños o modelos, planos procesos o secretas u programas de instrucciones de computadora (software). El inciso g) del artículo 44 de la Ley del Impuesto a la Renta permite a la empresa optar por alguna de las siguientes alternativas: 1° Amortizar proporcionalmente en el plazo de 10 años, o 2° Considerar como gasto el precio pagado por la adquisición (cesión definitiva) en un solo ejercicio. Fijado el plazo de la amortización, éste no podrá ser variado sin la autorización previa y expresa por la SUNAT.
4. AMORTIZACIÓN DE INTANGIBLES APORTADOS Como se ha señalado anteriormente, sólo en el caso de intangibles de duración limitada se permite al contribuyente deducir como gasto en un solo período o amortizar en un lapso de 10 años al costo del intangible; sin embargo, en el caso de contribuyente aportados a la empresa, el inciso g) del artículo 44 de la Ley del Impuesto a la Renta señala que no le será aplicable este tratamiento y, por lo tanto, será reparada cualquier amortización que se realice sobre el mismo.
4.1. Agotamiento El agotamiento es el consumo de los recursos naturales en el proceso de explotación. La contabilización del agotamiento, es el proceso de asignar los costos de consumo de los recursos naturales durante la vida de dichos recursos. La vida estimada de los recursos naturales varía de acuerdo al contrato de uso que se le dé al recurso. Este tema de recurso natural está orientado a empresas de giros de negocios especiales, tales como las petroleras, madereras, pesca, etc. Por lo que dejamos el estudio para la asignatura de Contabilidad Aplicada. Unidad IV
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PROESAD
AUTOEVALUACIÓN
REFUERZA LAS COMPETENCIAS A LOGRAR
Tú decides si ser el mejor o el peor.
CONCEPTUAL 1. Explique un sistema de valuación (el que mejor conozca) Respuesta. ______________________________________________________________ _______________________________________________________________________ 2. Tributariamente, ¿cómo se valúan las existencias? Respuesta. ______________________________________________________________ _______________________________________________________________________ 3. Comente brevemente sobre los inventarios históricos, ajustados, diferencias y mermas. Respuesta. ______________________________________________________________ _______________________________________________________________________ 4. ¿Qué sistema de valuación implementarías para tu empresa? Respuesta. ______________________________________________________________ _______________________________________________________________________ 5. ¿Establecerías las tarjetas de almacén KARDEX para el control de tus existencias? ¿Por qué? Respuesta. ______________________________________________________________ _______________________________________________________________________ 6. Escribe (V) si es verdadero y (F) si es falso en las siguientes oraciones: a) ( ) Amortización es asignar el costo de un activo a través de su vida útil. b) ( ) Patente es el acto de promover inclusión de un producto en el mercado. c) ( ) Marca es el símbolo peculiar que el fabricante adhiere en su producto.
PROCEDIMENTAL 1. Diseñe un modelo de control visible de almacén.
ACTITUDINAL 1. ¿Qué sistema de valuación implementarías para tu empresa? Respuesta. ______________________________________________________________ _______________________________________________________________________ 2. ¿Establecerías las tarjetas de almacén KARDEX para el control de tus existencias? Respuesta. ______________________________________________________________ _______________________________________________________________________
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Universidad Peruana Unión
BIBLIOGRAFÍA
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Unidad IV
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