CONTRATACIÓN PÚBLICA
EXAMEN COMPLEXIVO ACOMPAÑAMIENTO
Dr. Francisco Ortiz, M.Sc. Noviembre 22 - 2015
EL CONTRATO CIVIL VS. EL CONTRATO ADMINISTRATIVO
CONTRATO CIVIL Es el acuerdo de dos o más personas sobre un objeto de interés jurídico; y el contrato constituye una especie particular de convención, cuyo carácter propio consiste en ser productor de obligaciones. (1454 C.C.)
CONTRATO ADMINISTRATIVO Acto de declaración de voluntad productor de efectos jurídicos entre un órgano estatal en ejercicio de la función administrativa y un particular u otro ente estatal. Aquellos realizados por la Administración, para asegurar el funcionamiento de un servicio público.
DIFERENCIAS ENTRE CONTRATO CIVIL Y CONTRATO ADMINISTRATIVO •EN RELACIÓN A LOS SUJETOS: Contratos civiles intervienen particulares; en los contratos administrativos, una de las partes será siempre el Estado.
•EN RELACIÓN AL OBJETO: En los contratos civiles prima el interés particular de las partes contratantes, mientras que en los Contrato Administrativos lo primordial es el servicio público. •EN RELACIÓN A LAS FORMALIDADES: En los Contratos de la Administración se establece una serie de formalidades no contempladas para los contratos civiles. •EN RELACIÓN A LA NORMATIVIDAD: Naturalmente que los contratos civiles se rigen por las Normas del Código Civil; en tanto que, los Contratos Administrativos se rigen por Leyes Especiales. •EN RELACION A LA JURISDICCION: Las divergencias provenientes de los contratos civiles deben someterse a la jurisdicción ordinaria, ejercida por los jueces civiles: mientras que los Contratos Públicos deben someterse a una jurisdicción especial.
DEFINICIÓN Y CARACTERISTICAS DEL CONTRATO INTERADMINISTRATIVO • Son aquellos celebrados por entidades públicas entre sí CARACTERISITICAS: No se aplica proceso de selección, se realiza a través de contratación directa. Se establece un proceso precontractual especial para llegar a la adjudicación del contrato a una entidad pública. Inaplicabilidad de multas o sanciones pecuniarias a entidades estatales;
PRINCIPIOS QUE RIGEN A LA CONTRATACION PUBLICA
P. LEGALIDAD P.IMPARCIALIDAD
El ente estatal no puede apartarse por ningún motivo de lo estipulado en las normas legales Prohibida la existencia de privilegios ventajas o prerrogativas que beneficien a determinados oferentes
P. Eficiencia y calidad
Los bienes y servicios que se ofertan deben ser de la mejor calidad
P. VIGENCIA TENCONOLOGICA
Los bienes y servicios adquirirse deben ser de punta
P. CONCURRENCIA Y LIBRE COMPETENCIA
Buscar de manera imparcial y objetiva pluralidad y participación de postores
P. TRANSPARENCIA Y PUBLICIDAD P. PARTICIPACION NACIONAL
nuestra ley, exige que se publiquen los hechos más relevantes de los procedimientos de contratación,
P. BUENA FE P. COLABORACION
promover e incentivar la participación de ciudadanos ecuatorianos Hace referencia a la lealtad que debe inspirar la actuación de las partes en todo proceso de contratación la calidad que tiene el Estado respecto de los contratistas y viceversa, la cual es de colaboradores, no contendientes
CONTRATACION PÚBLICA EN EL ECUADOR
Antecedes de la Contratación Publica en el Ecuador Antecedentes de la Contratación Publica en el Ecuador
Ley Orgánica de Hacienda de los años 1927-1928
La Ley No. 015 en el Registro Oficial 27 de agosto de 1985
1976 produce un incremento en esos valores, duplicándolos en doscientos mil sucres
La Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública se expidió en el Registro Oficial No. 395 de 4 de agosto de 2008
Reformas a la LOSNCP de 14 de Octubre de 2013
En 1974 se dicta la Ley de licitaciones y concurso de ofertas
Registro Oficial 16 de agosto de 1990
ETAPAS DEL PROCESO DE CONTRATACION
1) 2) 3)
4) 5)
PREPARATORIA PRECONTRACTUAL CONTRACTUAL EJECUCION POS CONTRACTUAL
ETAPA PREPARATORIA
ESTA FASE ES INTERNA, EN LA CUAL EL ORGANO DE CONTRATACION, VA CONFIGURANDO SU VOLUNTAD DE CONTRATAR COMO ES EL ESTUDIO DE NECESIDADES, CLAÚSULAS, CONTRATO DE OBRAS, PRESUPUESTO . ES LA BASE FUNDAMENTAL DEL PROYECTO
FASE PREPARATORIA ACTIVIDADES •
ESTUDIOS PREVIOS
•
REGISTRÓ EN EL SISTEMA NACIONAL DE CONTRATACION PÚBLICA.
•
ELABORACION Y APROBACION DE LOS PLIEGOS.
•
DETERMINAR Y OBTENER LOS PERMISOS, LICENCIAS, Y AUTORIZACIONES PARA PROCEDER.
•
DETERMINAR EL IMPACTO SOCIAL AMBIENTAL.
ETAPA PRECONTRACTUAL Constituye la realizaci贸n del proceso de selecci贸n con base en los pliegos de condiciones, en los que se ha establecido el objeto del contrato, las condiciones del contrato a realizar y los criterios objetivos para la escogencia del contratista
ETAPA PRECONTRACTUAL • • •
•
ESTA ES UNA FASE EXTERNA DEL PROCESO DE CONTRATACION. LA ADMINSTRACION EXTERIORIZA SU INTENCION DE CONTRATAR. REALIZANDO UN LLAMAMIENTO PUBLICO A TODOS LOS INTERESADOS EN EL PROCESO DE CONTRATACION PARA QUE PRESENTEN SUS OFERTAS CON SUJECION A LA LEY. ESTA CONVOCATORIA DEBERA PUBLICARSE OBLIGATORIAMENTE EN EL PORTAL DE COMPRAS PUBLICAS.
ETAPA PRECONTRACTUAL LAS ACLARACIONES Y MODIFICACIONES A LOS PLIEGOS En los pliegos se establecerรก el plazo y los procedimientos dentro de los cuales los interesados podrรกn formular las preguntas y solicitar aclaraciones sobre los mismos a la entidad contratante y obtener las de esta Los pliegos establecerรกn ademรกs el plazo y los procedimientos para formular las preguntas y aclaraciones y para obtener las respuestas correspondientes De existir preguntas, respuesta, aclaraciones o modificaciones de los pliegos, estas se publicarรกn obligatoriamente en el Portal COMPRASPUBLICAS
TERMINACION DEL
PROCEDIMIENTOPRECONTRACTUAL
El procedimiento precontractual terminar por dos causas: • •
puede
Declaratoria de procedimiento desierto; y, Por cancelación del procedimiento
ETAPA CONTRACTUAL
Surgen las obligaciones de las partes contratantes. Se converge el acuerdo de voluntades que se eleva a escrito. Voluntariedad, consentimiento mutuo dan origen a derechos y deberes. Materialización del acuerdo de voluntades. Obligaciones surgen a partir de que el contrato ha sido suscrito y formalizado.
ETAPA CONTRACTUAL VERIFICACIÓN APTITUD LEGAL DEL CONTRATISTA La máxima autoridad de la Entidad Contratante deberá verificar la aptitud legal del contratista. Goce de capacidad legal y no se hallen inmerso en alguna de las inhabilidades. El contratista no está obligado de verificar si idoneidad. Responsabilidades administrativas, civiles y penales.
GARANTÍAS
Obligación accesoria que garantiza el cumplimiento de la obligación principal. Asegurar el total cumplimiento de las obligaciones establecidas en el contrato.
GARANTÍAS PREVISTAS POR LA LOSNCP • La Garantía de Fiel Cumplimiento Tiene la finalidad de asegurar el cumplimiento oportuno y eficaz de las relaciones contractuales a favor de la entidad pública y de terceros.
• La Garantía de buen uso del anticipo Se constituye y debe ser otorgada por el contratista en caso de que por la naturaleza de la contratación o forma de pago, la entidad entregue un anticipo para el cumplimiento del contrato, con la finalidad de asegurar el 100% de los fondos entregados por el Estado o sus entidades.
• La Garantía técnica para ciertos bienes Está contemplada la obligación de exigir garantías técnicas, con la finalidad de asegurar la calidad y buen funcionamiento de los bienes. Estas garantías deben exigirse al momento de la suscripción del contrato y como parte integrante de los documentos del contrato, y debe ser emitida por el fabricante
FORMAS DE GARANTÍAS
Garantía Incondicional
Fianza Instrumentada en una Póliza de Seguros
Emitida por una compañía de seguros establecida en el país;
Primera Hipoteca de Bienes Raíces
Otorgada por un banco o institución financiera establecido en el país o por intermedio de ellos;
La garantía no exceda el 60% del valor del inmueble hipotecado.
Depósitos y documentos crediticios de Instituciones Públicas Certificados de depósitos a plazo
DE LA ADMINISTRACIÓN, SUPERVISIÓN Y FISCALIZACIÓN DE LOS CONTRATOS ADMINISTRADOR Servidor Público designado por la Entidad para velar por el cabal y oportuno cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones. FISCALIZADOR Profesional contratado o designado por la Entidad. Asegurar el fiel y estricto cumplimiento del objeto contractual. El proyecto se ejecute acorde los diseños definitivos, especificaciones técnicas, programas de trabajo, recomendaciones de los diseñadores, normas técnicas aplicables. El incumplimiento de sus deberes acarrea responsabilidades administrativas, civiles y penales.
FASE DE EJECUCION
Es la etapa en la que debe cumplirse el objeto de contrato conforme a las clausulas. Dentro de esta etapa se espera que el objeto del contrato y las demás obligaciones de las partes se desarrollen a cabalidad. Esta fase culmina con la expiración del plazo de vigencia pactado, dentro del cual se verifica la ejecución del objeto contractual y el cumplimiento de las obligaciones pactadas.
FASE POST CONTRACTUAL Los Contratos Estatales tienen como objetivo el servicio p煤blico, consecuentemente, el Ente Estatal no puede conformarse simplemente con la ejecuci贸n del contrato sino qu Ce adem谩s tiene la obligaci贸n de ejecutar oportuna y eficientemente el mantenimiento de las obras, de tal manera que presten un servicio adecuado a la colectividad.
EL RECLAMO ADMINISTRATIVO El reclamo es un derecho que la Ley asigna a las partes para oponerse o impugnar un acto del que se consideran afectados y exigir de su autor la enmienda, revocatoria o derogación correspondiente. En cuanto a la Contratación Pública, nos estamos refiriendo al reclamo administrativo que puede presentar el oferente u oferentes en contra de los actos administrativos emitidos por la Entidad Contratante, relacionados con la oferta, el trámite precontractual o la adjudicación, cuando considere que se han vulnerado sus derechos.
RECURSO DE REPOSICIÓN. Los recursos son los medios de impugnación establecidos por la Ley, cuyo fin es obtener la modificación, revocación o invalidación de una resolución administrativa, judicial o arbitral. En la especie nos estamos refiriendo a un recuro administrativo exclusivamente, que puede ser propuesto por el oferente en contra de los actos de la Administración. Procedimiento del Recurso de Reposición. Las resoluciones que atiendan los reclamos podrán ser recurridas mediante el recurso de reposición ante el propio órgano que las expidió. Son susceptibles de este recurso los actos administrativos que afecten derechos subjetivos directos del oferente.
LA MEDIACIÓN La mediación es un método extrajudicial para resolver conflictos y disputas. Es un proceso voluntario en el que se ofrece la oportunidad a dos o más personas en conflicto que se reúnan con una tercera personal neutral, que es el mediador, para tratar el problema y llegar a un acuerdo de ser posible.
La mediación es un proceso no obligatorio. Cuando las partes hayan convenido someter una controversia a la mediación, no están obligadas a continuar el procedimiento de mediación, inclusive si se han reunido por primera vez. El carácter no obligatorio de la mediación, implica que no se puede imponer una decisión a las partes, pues para llegar a una solución, las partes deben aceptarla voluntariamente.
EL ARBITRAJE
Es un procedimiento alternativo, mediante el cual se resuelven extrajudicialmente las diferencias susceptibles de transacción surgidas o que surjan de las relaciones entre dos o más personas, quienes acuerdan someter la controversia a un tercero denominado árbitro o tribunal arbitral, para que dicte una resolución que es obligatoria para las partes. El árbitro es la persona elegida por las partes en litigio para resolver la controversia.
LA CLÁUSULA COMPROMISORIA
Es un contrato preliminar al compromiso, o sea un contrato en el cual las partes se comprometen simplemente a deferir a una, dos o terceras personas la resolución de una controversia futura. Finalmente es menester aclarar que el convenio arbitral tiene como efecto principal impedir que las partes sometan el caso a la justicia ordinaria.
SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS POR VÍA JUDICIAL
Procederá cuando las partes no hubieran pactado clausula compromisoria o no acordaran ventilar mediante solución arbitral. En este caso las controversias se sustanciaran ante los Tribunales de lo Contencioso Administrativo con jurisdicción en el lugar del demandado, observando lo previsto en la ley de lo Contencioso Administrativo. Según la ley de lo Contencioso Administrativo, el recurso Contencioso-Administrativo es de dos clases: De plena jurisdicción o subjetivo y; De anulación u objetivo
EL RECURSO DE PLENA JURISDICCIÓN O SUBJETIVO
Al tenor de lo que dispone el art. 3 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa “ el recurso de plena jurisdicción o subjetivo ampara un derecho subjetivo del recurrente, presumiblemente negado, desconocido o no reconocido total o parcialmente por el acto administrativo de que se trata. La acción de plena jurisdicción, protege un derecho subjetivo del actor, originado en la Ley o en el acto administrativo, por eso el Tribunal resuelve en este caso sobre la validez del acto administrativo y las reivindicaciones que fueren pertinentes.
EL RECURSO DE ANULACIÓN U OBJETIVO
Según el art. 3 ibídem “el recurso de anulación u objetivo, o por exceso de poder, tutela el cumplimiento de la norma jurídica, de carácter administrativo, y puede proponerse por quien tenga interés directo para deducir la acción, solicitando al tribunal la nulidad del acto impugnado por adolecer de un vicio legal. La acción de anulación, protege exclusivamente el derecho objetivo, exigiendo que el recurrente tenga legítimo interés para proponer la acción. Esta acción no se da en contra de la persona administrativa propiamente, sino contra sus actos, por eso su fin no es restaurar derechos ni provocar indemnizaciones sino proteger el imperio de la Ley o de la norma jurídica lesionada.
MODOS DE CONTRATACIÓN PÚBLICA
MODOS DE CONTRATACIÓN
Contratación directa Lista corta Concurso público
CONTRATACIÓN DIRECTA
Montos hasta el resultado de la multiplicación por el 0,000002 La autoridad invitará a un consultor registrado en el RUP La entidad remite pliegos Se dará del ser el caso aclaración y ampliación En termino de 6 días a partir de la entrega de pliegos, el consultor deberá presentar una oferta En termino de tres días se deberá realizar la evaluación por parte de la autoridad Pasado ese tiempo se adjudica o se rechaza y se inicia otro proceso.
LISTA CORTA La base del contrato el resultado de la multiplicación mayor al 0,000002 hasta el 0,000015 La entidad a través del portal invitar a un numero de 3 hasta 6 consultores Se debe cumplir con lo previsto en pliego Si ninguna de las ofertas seria aceptada se inicia un nuevo proceso
CONCURSO PÚBLICO La base es a partir del 0,000015 en adelante Se hará una convocatoria publica por medio del portal Quienes oferten deberán presentar una oferta técnica y otra económica Se presentaran en el día y hora que se ha señalado en la convocatoria que no serán menor de 15 días ni mayor a 30 días las ofertas se presentan en dos sobres cerrados Habrá una evaluación técnica.
CONCURSO PÚBLICO
La base es a partir del 0,000015 en adelante
Se hará una convocatoria publica por medio del portal
Quienes oferten deberán presentar una oferta técnica y otra económica
Se presentaran en el día y hora que se ha señalado en la convocatoria que no serán menor de 15 días ni mayor a 30 días
las ofertas se presentan en dos sobres cerrados
Habrá una evaluación técnica.
CRITERIOS DE LOS CONTRATOS DE CONSULTORÍA Disponibilidad de los recursos
Calidad y costo
La existencia de un plan de trabajo
Consultores de la misma naturaleza
Dependiendo del contrato se deberá acreditar antecedentes y experiencia
Capacidad técnica y administrativa
COMISIÓN TÉCNICA Contratos de lista corta y concurso público La entidad creara una comisión especializada que analice el cumplimiento de los pliegos
Se pueden crear subcomisiones
Atribuciones
Por la complejidad
calificar, seleccionar y negociar con los consultores oferentes
Se puede convocar a procesos de pre consultoría
desarrollo en forma ágil y rápida
pretenden que la administración pública se torne mucho más eficiente
ADQUISICIÓN
es gracias al
OBJETIVO
Definición
PROCEDIMIENTOS DINÁMICOS Como regla general, todos los bienes y servicios normalizados se adquieren a través de los procedimientos dinámicos; Excepción: -en los que no se pueda aplicar este procedimiento. -declaración de procedimiento desierto
TIPOS DE PROCEDIMIENTOS DINÁMICOS
Catálogo Electrónico (CE)
Subasta Inversa Electrónica (SIE)
COMPRAS POR CATALOGO.- El SERCOP efectuara el proceso de selección de los proveedores con quienes celebra Convenios Macro para ofertar en el catalogo electrónico bienes y servicios normalizados.
El catálogo electrónico es una herramienta que mantiene el portal de compras públicas, donde existen una serie de productos , de entre los cuales las entidades contratantes van seleccionado los que necesitan y proceden a realizar la adquisición, es muy similar a la compra en línea
El catálogo electrónico es el primer proceso que toda entidad contratante debe intentar llevar a cabo previo a contratar cualquier bien o servicio, ya que de existir en el catálogo, el objeto de la compra obligatoriamente debe obtenerse, por esa vía.
(AGUIRRE, 2012) define a la Subasta Inversa como: […] un procedimiento precontractual de contratación pública para la adquisición de bienes o servicios,
mediante la cual, los proveedores debidamente calificados, en un período determinado de tiempo pujan hacia la baja el precio ofertado
Subasta Inversa en acto público o por medios electrónicos, siendo adjudicado el que oferte el precio más bajo
,se origina por una necesidad de compra de un bien o servicio normalizado, esta debe constar en el PAC de la Entidad Contratante
SE SE
• Proceso que se utiliza cuando no podemos adquirir bienes y servicios normalizados a través del catálogo
• Para ello se requiere la elaboración de pliegos
• SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA
SIE
• Proceso de contratación que a través del portal de compras públicas, se adquieren bienes y servicios normalizados, en el cual se le adjudica el proveedor que mejor precio oferte, ya el objeto de contratación será el mismo indistintamente de quien gane por constar en los pliegos las especificaciones técnicas a detalle.
Un proceso se conforma por las siguientes
• Convocatoria • Preguntas y respuestas • Recepción ofertas • Calificación de ofertas técnicas • Subida al portal de la oferta económica • Puja • Adjudicación • Contratos
MENOR CUANTÍA Y FERIA INCLUSIVA Se podrá contratar bajo este sistema en cualquiera de los siguientes casos: 1. Las contrataciones de bienes y servicios no normalizados, exceptuando los de consultoría. 2. Las contrataciones de obras. 3. Si fuera imposible aplicar los procedimientos dinámicos. Se adjudicará el contrato a los proveedores registrados en el RUP escogido por sorteo público de entre los interesados.
Es un procedimiento que deben utilizar, preferentemente, las entidades contratantes, con el objeto de adquirir obras, bienes y servicios de producción nacional, únicamente podrán participar, como proveedores los productores individuales, las organizaciones de la Economía Popular y Solidaria, las unidades económicas populares, los artesanos, las micro y pequeñas unidades productivas.
Art. 67 establece que las ferias inclusivas son procedimientos que desarrollarán las entidades contratantes, sin consideración de montos de contratación, para fomentar la participación de artesanos, micro y pequeños productores prestadores de servicios.
DE LA ADQUISICION DE BIENES INMUEBLES Cuando la máxima autoridad de la institución pública haya resuelto adquirir un determinado bien inmueble, necesario para la satisfacción de las necesidades públicas, procederá a la declaratoria de utilidad pública o de interés social de acuerdo con la Ley. Perfeccionada la declaratoria de utilidad pública o de interés social, se buscará un acuerdo directo entre las partes, por el lapso máximo de 90 días. Para este acuerdo, el precio se fijará, tanto para bienes ubicados en el sector urbano como en el sector rural, en función del avalúo realizado por la Dirección de Avalúos y Catastros.
El precio que se convenga no podrá exceder del 10% sobre dicho avalúo. Se podrá impugnar el precio más no el acto administrativo, en vía administrativa. El acuerdo y la correspondiente transferencia de dominio, se formalizarán en la respectiva escritura pública, que se inscribirá RP. En el supuesto de que no sea posible un acuerdo directo se procederá al juicio de expropiación conforme al trámite previsto en el Código de Procedimiento Civil.
TERMINACIÓN CONTRATOS Existen diversas causas para la terminación de un contrato. En un escenario ideal, el contrato debe terminarse por la ejecución total de las obligaciones que éste contiene o por el vencimiento del mismo.
Por cumplimiento de las obligaciones contractuales
Por mutuo acuerdo de las partes;
Por sentencia o laudo ejecutoriados que declaren la nulidad del contrato o la resolución
Por declaración unilateral del contratante, en caso de incumplimien to del contratista
Capítulo IX (LOSNCP) Art. 92
Por muerte del contratista o por disolución de la persona jurídica contratista que no se origine en decisión interna voluntaria de los órganos competentes de tal persona jurídica
EXAMEN COMPLEXIVO CON PREGUNTAS DE BASE ESTRUCTURADA
ORDENAMIENTO
DESCRIPCIÓN
• • •
RECOMENDACIONES
ESQUEMA
XAVIER ANDRADE
Se realiza el planteamiento contextualizado de la pregunta con la instrucción con el criterio con el cual se debe ordenar Se enlista numéricamente los elementos en desorden Los estudiantes deben seleccionar la opción en la que aparezcan los elementos en el orden solicitado.
•Incluir de cuatro a seis elementos cuando se ordenan enunciados, y hasta ocho cuando son palabras o cifras. •En cada opción de respuesta, incluir todos los elementos del listado •Un elemento del listado no debe ocupar el mismo lugar en todas las opciones.
BASE LISTA DE ELEMENTOS A)
OPCIONES DE RESPUESTA
B) C) D)
XAVIER ANDRADE
EJEMPLO
BASE
LISTA DE ELEMENTOS
OPCIONES DE RESPUESTA
Dentro de la etapa de evaluación y preparatoria de juicio, misma que tiene por finalidad conocer y resolver sobre cuestiones de procedibilidad, prejudicialidad, competencia y procedimiento. Indique el orden en que se debe desarrollar los distintos procedimientos que conlleva esta etapa dentro de un proceso ordinario penal:
1. 2. 3. 4.
El fiscal sustenta su dictamen de manera oral. Los sujetos procesales se refieren asuntos de procedimiento, procedibilidad, competencia y prejudicialidad. Llamamiento a juicio o sobreseimiento dictado por el juez. Intervención del abogado defensor del procesado para contradecir la acusación fiscal.
A. B. C. D.
2, 1, 4, 3 1, 2, 4, 3 2, 1, 3, 4 1, 2, 3, 4
NIVEL: COMPRENSIÓN
EJEMPLO DE PREGUNTA CON BASE ESTRUCTURADA EN CONTRATACION PUBLICA En los contratos públicos existen cláusulas obligatorias que deberán estipularse para su perfecta validez, una de ellas será la siguiente: A. B. C. D.
Período de vigencia del contrato Fecha de inicio del contrato Partes intervinientes del contrato Establecimiento de multas
Respuesta: D JUSTIFICACIÓN DE LA RESPUESTA: La justificación de la respuesta a esta pregunta se encuentra determinada en lo dispuesto en el primer inciso del artículo 71 de La Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública que textualmente dice: “Art. 71.- Cláusulas Obligatorias.- En los contratos sometidos a esta Ley se estipulará obligatoriamente cláusulas de multas, así como una relacionada con el plazo en que la entidad deberá proceder al pago del anticipo, en caso de haberlo; el que no podrá exceder del término de treinta (30) días.”
EJEMPLO DE PREGUNTA CON BASE ESTRUCTURADA EN CONTRATACION PUBLICA De conformidad a lo establecido en el art. 68 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, los contratos públicos deben reunir ciertos requisitos. Determine el orden en que se presentan estos requisitos: ELEMENTOS DE RESPUESTA: A. La existencia de disponibilidad presupuestaria y de los recursos financieros necesarios para el cumplimiento de las obligaciones; B. La capacidad del adjudicatario; C. La competencia del órgano de contratación; D. La formalización del contrato, observando el debido proceso y los requisitos constantes en la presente Ley y su Reglamento OPCIONES DE RESPUESTA: B, C, D, A A, B, C, D B, A, D, C C, B, A, D Respuesta: 4) C, B, A, D