Derecho Administrativo
Dr. Hernez Viteri Llenera, MSc. Universidad Central del Ecuador Noviembre, 2015
DEBERES DEL ESTADO DEBERES PRIMORDIALES Art. 3.- Son deberes primordiales del Estado: 1. Garantizar sin discriminación alguna el efectivo goce de los derechos establecidos en la Constitución y en los instrumentos internacionales, en particular la educación, la salud, la alimentación, la seguridad social y el agua para sus habitantes. 2. Garantizar y defender la soberanía nacional. 3. Fortalecer la unidad nacional en la diversidad.
4. Garantizar la ética laica como sustento del quehacer público y el ordenamiento jurídico. 5. Planificar el desarrollo nacional, erradicar la pobreza, promover el desarrollo sustentable y la redistribución equitativa de los recursos y la riqueza, para acceder al buen vivir. 6. Promover el desarrollo equitativo y solidario de todo el territorio, mediante el fortalecimiento del proceso de autonomías y descentralización. 7. Proteger el patrimonio natural y cultural del país. 8. Garantizar a sus habitantes el derecho a una cultura de paz, a la seguridad integral y a vivir en una sociedad democrática y libre de corrupción.
DEBERES DEL ESTADO DEBERES GENERALES Art. 277.-Para la consecución del buen vivir, serán deberes generales del Estado: 1. Garantizar los derechos de las personas, las colectividades y la naturaleza. 2. Dirigir, planificar y regular el proceso de desarrollo. 3. Generar y ejecutar las políticas públicas, y controlar y sancionar su incumplimiento. 4. Producir bienes, crear y mantener infraestructura y proveer servicios públicos. 5. Impulsar el desarrollo de las actividades económicas mediante un orden jurídico e instituciones políticas que las promuevan, fomenten y defiendan mediante el cumplimiento de la Constitución y la ley. 6. Promover e impulsar la ciencia, la tecnología, las artes, los saberes ancestrales y en general las actividades de la iniciativa creativa comunitaria, asociativa, cooperativa y privada.
FUNCIONES DEL ESTADO
Definición
Características
Medios de concreción
Función Legislativa
Función Judicial
Función Administrativa
Función de Gobierno
Es una actividad del Estado y tiene por objeto la creación de normas jurídicas generales
Interviene cuando hay una controversia en materia judicial, la que es resuelta por medio de un tercero independiente de las partes cuyas decisiones se impone a la misma
Es la actividad practica (eminentemente realizadora y operativa) que el estado desarrolla para cumplir sus deberes.
Actividad del Estado que dicta los lineamientos y las políticas que orienten la planificación para el desarrollo.
Produce concretos Inmediatos
Leyes Reglamentos
actos
Se basan en hechos pasados Mediata en teoría inmediata en la practica
En el presente Aplicación inmediata
Sentencias Resoluciones
Actos administrativos Contratos administrativos
Planifica para el futuro
Actos de gobierno
ÓRGANOS DEL ESTADO ÓRGANO LEGISLATIVO
Ámbito
Asamblea Nacional Comisiones especializadas permanentes
ÓRGANO JUDICIAL
Corte Nacional de Justicia Corte Provincial de justicia Tribunales y Juzgados Juzgados de paz Concejo de la Judicatura Notarias Martilladores Judiciales Depositarios Judiciales Defensoría Publica Fiscalía General del Estado
ÓRGANO EJECUTIVO
Administración Central. Administración Institucional de la Ejecutiva. Administración Descentralizada Territorialmente. Administración Descentralizada Institucionalmente.
Pública Pública Función Pública
Pública
PRINCIPIOS DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA MODELO DE ADMINISTRACIÓN
TIPO DE ESTADO
ADMINISTRACIÓN BENÉFICA
ESTADO ABSOLUTISTA
PRINCIPIOS
PARADIGMAS
ADMINISTRACIÓN ABSTENCIONISTA
ESTADO LIBERAL DE DERECHO
PRINCIPIO DE LEGALIDAD
REGIS VOLUNTAS SUPREMA LEX
LAISSEZ FAIRE LAISSEZ PASSER
ADMINISTRACIÓN INTERVENCIONISTA
ESTADO SOCIAL DE DERECHO
PRINCIPIO DE JURIDICIDAD
ADMINISTRACIÓN NEOCONSTITUCIONAL
ESTADO CONSTITUCIONAL DE DERECHO
PRINCIPIOS DEL NEOCONSTITUCION ALISMO
ADMINISTRACIÓN DE CUMPLIMIENTO DE DERECHOS
ESTADO CONSTITUCIONAL DE DERECHOS
PRINCIPIO GARANTISTA DEL GOCE Y EJERCICIO DE DERECHOS
SUMAK KAWSAY
PRINCIPIOS DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA ECUATORIANA
Art. 226.- Las instituciones del Estado, sus
organismos,
dependencias,
las
servidoras
o
servidores públicos y las personas que actúen en virtud
de
una
potestad
estatal
ejercerán
solamente las competencias y facultades que les
sean atribuidas en la Constitución y la ley. Tendrán el deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus fines y hacer efectivo el goce y ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución.
Art. 227.- La administración pública constituye un servicio a la colectividad que se rige por los principios
de
eficacia,
eficiencia,
calidad,
jerarquía, desconcentración, descentralización, coordinación,
participación,
transparencia y evaluación
planificación,
FORMAS JURÍDICAS ADMINISTRATIVAS ACTO NORMATIVO
DEFINICIÓN
SUJETOS QUE INTERVIENEN
EFECTOS JURÍDICOS
TIPO DE ACTIVIDAD
EJEMPLOS
CONTRATO ADMINISTRATIVO
HECHO ADMINISTRATIVO
ACTO DE SIMPLE ADMINISTRACIÓN
ACTO DE GOBIERNO
FORMAS JURÍDICAS ADMINISTRATIVAS Acto Administrativo
Definición
Toda declaración unilateral efectuada en ejercicio de la función administrativa que produce efectos jurídicos individuales de forma directa
Acto Normativo (Reglamento)
Contrato Administrativo
Produce efectos Es una expresión jurídicos generales, bilateral de indeterminados, voluntad generando derechos y obligaciones sin consideración a las singularidades subjetivas. Art. 75 ERJAFE Art. 364 COOTAD Art. 80 ERJAFE
Hecho Administrativo
Acto de simple administración
Acto Político o de Gobierno
Es un hacer material, operación técnica o actuación física de un ente público en ejercicio de la función administrativa.
También llamado inter. Orgánico son aquellos que resultan de la relación de dos o más órganos de un mismo ente adm. o personal publica estatus
Todo acto de las autoridades del Estado que dictan lineamientos y políticas para orientar la planificación del desarrollo.
Art. 70 ERJAFE Art.78 ERJAFE
Art. 65 ERJAFE
Caracteres
Intelectual Unilateral Efectos Individuales Directos
Ejemplos
Nombramiento Autorización Matricula
Intelectual Intelectual Hacer material Unilateral Bilateral Unilateral Efectos Generales y Efectos para las Efectos Directos Directos partes y Indirectos Reglamento de la Ley de Educación
Contrato para el edificio de la Facultad de Jurisprudencia
Entrega recepción de bienes Incineración de documentos
Intelectual Unilateral Individuales e indirectos
Intelectual Unilateral Generales
Informes Dictámenes Pareceres
Políticas de Educación Superior
EL ACTO ADMINISTRATIVO NOCIONES CONCEPTUALES De Leubadere Andre:
La actividad de la administración es multiforme, pero todos los actos que realiza son igualmente y por la misma razón actos administrativos.
Acosta Romero Miguel
El acto adm. es una manifestación uni. y externa de voluntad que expresa una decisión de una autoridad adm. competente, en ejercicio de la potestad publica
García de Enteria Eduardo y Fernando Tomas
Vélez García Jorge
Acto Adm. seria así la declaración en ejercicio de una potestad administrativa distinta a la potestad reglamentaria
Dromi Roberto
El acto administrativo por que emana de la administración
Cassagne JuanCarlos
El acto adm. es toda declaración unilateral efectuada en el ejercicio de la adm. que produce efectos jurídicos individuales en forma directa
Acto administrativo, comprende toda declaración proveniente de un órgano estatal, emitida en ejercicio de la función materialmente adm y caracterizada por un régimen adm.
Diez Manuel María
Es una declaración unilateral y concreta del órgano ejecutivo que produce efectos jurídicos directos e indirectos
Art. 65 del Estatuto del Reg. Jur. Adm. de la función Ej. Toda declaración unilateral efectuada en ejercicio de la función adm. que produce efectos jurídicos individuales de forma directa
Alwin Azocar Patricio Acto Adm. como la declaración unilateral de voluntad de la administración en el ejercicio de sus potestades adm. que produce efectos particulares o subjetivos Art. 364 del COOTAD
Toda declaración unilateral efectuada en ejercicio de la función adm. que produce efectos jurídicos individuales de forma directa
ACTO ADMINISTRATIVO
ACTO ADMINISTRATIVO Legitimidad
Fundamentos legitimidad:
Ejecutividad de
Se fundamenta en la necesidad de confianza que demanda la administración a la comunidad jurídica.
La ejecutividad es sinónimo de la eficacia del acto, vale decir que el acto una vez perfecto produce todos sus efectos sin que difiera su cumplimiento.
Manuel María Diez:
Cassagne Juan Carlos:
Estabilidad
Mayer Otto:
Es la irrevocabilidad del acto por la propia administración; es la prohibición de revocación de los actos que crean, reconocen o declaran un derecho subjetivo, una vez que han sido notificados al interesado.
Dromi:
Gustavo Penagos:
El acto administrativo consiste en el hecho de concebir al acto como dotado de una eficacia que depende solamente del mismo acto y no de otra fuente.
La acción de oficio es la prerrogativa de la administración de dictar decisiones ejecutoriadas que en forma unilateral crean derechos y obligaciones respecto de los administrados.
La irrevocabilidad del acto adm. es una medida excepcional ya que, los actos adm. son, en principio, irrevocables debido a la seguridad jurídica y a la buena fe que ampara las situaciones por ello creadas.
Impugnabilidad
Art. 173 de la Constitución de la República del Ecuador:
Los actos administrativos de cualquier autoridad del Estado podrán ser impugnados, tanto en la vía administrativa como ante los correspondientes órganos de la Función Judicial.
ELEMENTOS DEL ACTO ADMINISTRATIVO
COMPETENCIA DECLARACIÓN DE VOLUNTAD
CAUSA O MOTIVO
OBJETO O CONTENID O
ELEMENTOS DEL ACTO ADMINISTRATIVO
FIN O FINALIDAD
FORMALIDADES O PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
MOTIVACIÓN
FORMA