Filosofía completo

Page 1



La palabra se compone: Ius.- Latín iuris (derecho)  Naturalis.Adjetivo latino naturaleza esencia de un ser por nacimiento  Ismo .-Sufijo de origen griego que expresa doctrinas creencia y movimientos ideológicos 


«moral» son las  reglas,  posicionamientos,

 normas o  consensos

por las que se rige y juzga el comportamiento o la conducta de un ser humano en una sociedad


Orígenes Solución de conflictos:  Fuerza  Ley
del
Talión
  Compensación
económica  Imposición de
 
normas
por
los
pontífices
en
relación
 con
los
Dioses.
 
 Particular
relevancia
merece
el
Derecho
Romano
 
 GARCÍA
GARRIDO,
MANUEL1,
el
Derecho
Romano
 constituye
el
“alfabeto
jurídico”.
 
 Finalmente,
tampoco
debe
desmerecerse
la
 relevancia
del
Derecho
Canónico
.


Concepciones del Derecho: Hay 2 
 concepciones
explicativas
del
Derecho:

  

.‐
Iusnaturalismo
(Derecho
Natural) 1 
 2.‐
Positivismo
jurídico
(normas
escritas
 vigentes)

Nota.‐
Las
teorías
positivistas
no
son
suficientes
 para
explicar
el
Derecho,
como
tampoco
las
 teorías
iusnaturalistas,
por
lo
que
tesis
 iusnaturalistas
y
tesis
positivistas
deben
 complementarse.


Derecho Natural Torré:  “conjunto de principios normativos, puramente ideales, de validez universal y permanente...”.  Los principios se refieren siempre a la idea de justicia.  El estudio del valor justicia entra dentro de la Axiología Jurídica (la Axiología es el estudio de los valores).  Aparece en la época del Renacimiento junto con la idea de revalorizar la persona, pues en esa época los hombres eran vasallos y no ciudadanos.  Surge entonces y cobra fuerza en el siglo XVII la “Escuela del Derecho natural”.


Principales puntos del Derecho Natural: 

Teoría del derecho natural: basado en la naturaleza humana que lo descubre por la razón. Su representante, Hugo Grocio quien separa derecho de religión. Entonces, el Derecho existe aunque no exista Dios; fundador del derecho internacional al admitir que pueden coexistir Estados con bases religiosas y creencias diferentes.

Estado de naturaleza: concebido como el estado original del hombre antes de que surgieran los Estados. Para el Derecho Natural este estado es necesario porque es donde se manifiesta la esencia del hombre.


Principales puntos del Derecho Natural: 

Contrato social: que es el que permite el paso de los hombres del estado de naturaleza a la vida en el Estado o Comunidad política. Locke, Hobbes y Rousseau hablan del contrato social.

Derechos naturales o innatos: originados en el estado de naturaleza en el que el hombre era plenamente libre, por lo tanto es necesario que el Estado los garantice cuando se celebra el contrato social. Se pusieron en manifiesto en la Revolución Francesa, ahora los llamamos “derechos humanos". Por ejemplo: el derecho a la vida, al honor, a la dignidad, a la libertad, a la educación, entre otros.


Iusnaturalismo
escolástico
(“teológico”
– religioso‐),
en
el
Renacimiento
–Siglos
XV
y
 XVI‐
hasta
el
S:
XVII

Iusnaturalismo
“racionalista”
–laico‐
 (basamento
en
la
filosofía
moral
y
política),
 que
se
extiende
desde
el
S:
XVII
y
XVIII,
 teniendo
como
algunos
de
sus
pensadores
a: Tomas
Hobbs,
Jon
Locke
y
Rousseau.
Con
el
 iusnaturalismo
racionalista
nace
el
Estado
 moderno
centralista,
bajo
una
concepción
 absolutista
del
poder.


Escuela del Derecho Racional o iusnaturalismo racional  

 

Esta fue creada por Manuel Kant, la razón no solo cumplía la función de hacer conocer el Derecho Natural sino que además constituía la base del derecho. el hombre es un ser autónomo porque es libre de decidir por sí mismo, se puede dictar sus propias leyes y regirse por ellas. El hombre es un ser esencialmente racional, he ahí la base de su pensamiento, el hombre es un fin en si mismo y no un medio para un fin, es un ser digno. Distingue Derecho de Moral Normas del Derecho son coactivas o heterónomas (es decir: prevén un castigo ante su incumplimiento y son impuestas por otros), normas morales son autónomas, es decir su validez viene de la propia persona.


Iusnaturalismo escolástico Fue iniciado por San Agustín y desarrollado y sistematizado por Santo Tomás,  La concepción de la ley para la escolástica es la siguiente:  - Ley Eterna o Divina: revelada por Dios a través de las Sagradas Escrituras, por la Revelación.  - Ley Natural o Derecho natural : es descubierto por la razón y no puede bajo ningún concepto ser opuesto a lo que Dios ha revelado.  - Ley Humana o Positiva, que es la ley del hombre y dictada por los hombres, tiene como fin el bien común, tiene una base racional. No puede ser contraria a la ley eterna ni al derecho natural. Si se opone sería ley injusta y no obliga pues las leyes eternas o divinas y la ley natural han de obedecerse antes que la ley humana.


Crisis del iusnaturalismo  

La doctrina iusnaturalista, alcanza su apogeo en la Revolución Francesa entra en decadencia en el siglo XIX, criticada por diversos sectores. Como la Escuela Histórica de Savigny, que pone el fundamento del Derecho en la expresión espontánea del espíritu del pueblo y negaba la existencia de un Derecho Natural Superior. Otro fue el movimiento codificador que, buscó plasmar los principios del Derecho Natural en las normas positivas, así surge el iuspositivismo.


Resurgimiento del iusnaturalismo en la contemporaneidad Toma fuerza luego de la Segunda Guerra Mundial.  La idea de Justicia, de los valores y de su vinculación con las normas y la ley  luego de los crímenes atroces cometidos por los regimenes totalitarios nazi, en Alemania, y fascista en Italia durante la guerra. 


IUS POSITIVISMO


 PENSADORES.-

Francia: Auguste Comte, Inglaterra: John Stuart Mil y Herbert Spencer; Alemania: Jakob Moleschott y Errist Haeckei, Roberto Ardigó, ente otros.


HOMBRE Y SOCIEDAD COMO NUEVOS OBJETOS DE ESTUDIO

DESARROLLO: Siglo XIX y XX REVOLUCIÓN FRANCESA

REVOLUCIÓN INDUSTRIAL



Dada la naturaleza de la mente humana, cada una de las ciencias o ramas del saber debe pasar por "tres estadios teoréticos diferentes: el teológico o estadio ficticio; el metafísico o estadio abstracto; y por último, el científico o positivo". (Augusto Comte)



El derecho positivo funda su validez únicamente en las reglas y procedimientos establecidos por el Estado. El derecho positivo es formal, porque no se define ni por las acciones que regula, ni por el contenido de tal regulación, ni por los fines que esta acción persigue; se define únicamente con relación a la autoridad que establece las normas, o sea, con respecto al poder soberano.


CORRIENTES DEL IUSPOSITIVISMO

IDEOLÓGICO • el derecho representa el criterio de lo justo y de lo injusto • contiene valores que fueron observados en su creación o bien en su posterior aplicación

TEÓRICO • el derecho vigente es un conjunto de reglas, es un conjunto de conductas, que directa o indirectamente son formuladas y aplicadas por el Estado

METODOLÓGICO • partir del derecho tal como es y no del derecho que debe ser


HERBERT HART . ¿En qué se diferencia el derecho de las órdenes respaldadas por amenazas, y qué relación tiene con ellas?

¿En qué se diferencia la obligación jurídica de la obligación moral, y qué relación tiene con ella?

¿Qué son las reglas, y en qué medida el derecho es una cuestión de reglas?

NORMAS PRIMARIAS: Imponen obligaciones y llevan aparejadas sanciones

SECUNDARIAS: No poseen la estructura obligaciónsanción, sino que confieren potestades y posibilidades de actuar


Norberto Bobbio Como modo de acercarse al Derecho

distinguiendo el Derecho real del Derecho ideal, del derecho como hecho, del derecho como valor, o en otras palabras el derecho que "es" del derecho que "debe ser".

Como determinada teoría o concepción del derecho

vincula el fenómeno jurídico con la formación de un poder soberano capaz de ejercitar la coacción: el Estado

Como una determinada ideología de la justicia

atribuir al derecho que "es" por el solo de existir, un valor positivo


PRINCIPALES CORRIENTES FILOSOFICAS DEL PENSAMIENTO JURIDICO

Concepción Jurídica

Iusnaturalista

Positivista

25


  

EL IUSNATURALISMO El Derecho Natural:

¿QUÉ ES? El Iusnaturalismo es una corriente de pensamiento que, defiende la existencia de un Derecho natural y sostiene que existen unos principios de justicia que tienen validez universal porque se refieren a lo sustancial del ser humano.

 

¿CUÁNDO NACE? Esta corriente filosófico-jurídica nació en la Grecia clásica, siendo recogida después por los romanos y más tarde por el Cristianismo.

IUSNATURALISMO RACIONALISTA: Sin embargo, en la época de la Ilustración (siglos SXVI y XVII), nace un nuevo Iusnaturalismo alejado de su inicial concepción religiosa, es el Iusnaturalismo racionalista.

FUNDAMENTO: Con él se pasa de considerar que la Ley Natural es la que ha grabado Dios en la naturaleza creada por Él, a afirmar que el Derecho Natural es al que se llega a través de la razón y es común a todos los hombres al margen de su cultura y creencias religiosas, por ello, para los iusnaturalistas racionalistas dichos principios naturales son válidos aunque Dios no existiera.


Ius Naturalismo Clásico

EL IUSNATURALISMO DERECHO NATURAL. La corriente del iusnaturalismo se divide en dos grandes grupos:  A) EL IUSNATURALISMO TEOLOGICO: Se basa en que la validez del derecho natural o justo, se origina en la naturaleza del hombre como «hijo de Dios».  B) EL IUSNATURALISMO RACIONAL: Sustituye la idea del Creador, por el carácter racional del ser humano. Esto es, que el Derecho es valido porque resulta de la naturaleza del hombre como «ser racional». 

27


Ius Naturalismo Clásico

ARISTOTELES -384-322 a. C.Fundador de la doctrina del derecho natural

MARCO TULIO CICERÓN JURISTA ROMANO -106-43 a.C.-

GAYO JURISTA ROMANO Siglo II -muere 178.

ULPIANO JURISTA ROMANO -muere el 223 d.C.

PAULO JURISTA ROMANO

Elaborará la diferenciación entre “lo justo por naturaleza y lo justo por convención”. Esta distinción la aplicará a los tipos de leyes estableciendo el antecedente del Derecho Natural, así diferenciará la ley particular, la que cada pueblo se atribuye a sí mismo, de la ley común, conforme a la naturaleza.

Desarrollará una división tripartita entre el Ius Civile, derecho particular de cada pueblo, el Ius Gentium, derecho universal y el Ius Naturale, que fundamente las prescripciones de ambos, aquí no queda claro el carácter (natural o convencional) del Ius Gentium, pero expresa con nitidez el sentido de la ley humana.

Distingue el Ius Civile, derecho peculiar de cada pueblo, del Ius Gentium, derecho establecido por la razón natural para todos los hombres.

Recupera la denominación Ius Naturale, es todo lo que la naturaleza enseñó a todos los animales, el Ius Gentium, aquel del que usan todos los pueblos humanos, Ius Civile, aquel conjunto de normas que se aplican a los ciudadanos romanos.

Limita la clasificación al Ius Civile, el que en cada ciudad resulta ser útil a todos o a la mayoría y el Ius Naturale, el que siempre es bueno y justo.

28


¿Cuánto tiempo duró la doctrina aristotélica?

Aproximadamente 500 años

DN: Rigió para los ciudadanos libre, esclavos, extranjeros

Transito de la doctrina del derecho natural hacia Roma y después a la Edad Media


Ius Naturalismo Racionalista

La Escuela racionalista concibe al Derecho natural a la manera de un c贸digo completo y cerrado de normas extra铆das exclusivamente de la raz贸n humana.


La filosofía medieval  Surge de ahí una asociación entre filosofía y cristianismo o, más en general, entre filosofía y religión, que pondrá las bases de la futura filosofía medieval, entre los cristianos, los musulmanes y los judíos.

 El tema fundamental de reflexión pasará a ser la divinidad, quedando subordinada la comprensión e interpretación del mundo, del hombre, de la sociedad, etc. al conocimiento que se pueda obtener de lo divino.  La fe, que suministra las creencias a las que no se puede renunciar, tratará de entrar en diálogo con la razón. La inicial sumisión de la razón exigida por la fe, dejará paso a una mayor autonomía propugnada, entre otros, por Santo Tomás de Aquino, que conducirá, tras la crisis de la Escolástica, a la reclamación de la independencia de la razón con la que se iniciará la filosofía moderno

31


¿Qué factores contribuyeron a la formulación del Iusnaturalismo moderno? Secular Significa-Siglo Mundo. Proceso que experimentan las sociedades a partir del momento en que la religión pierde influencia. Ejm: del Cristianismo cede paso a la Ilustración.

La secularización

Proceso por el que un derecho natural TEOLOGICO pasa a un derecho natural individual.

El Racionalismo

Nuevo método de razonamiento y de reflexión. Extraído de las matemáticas y de las ciencias empíricas.

El Individualismo

Ideología que valora sobre todo al individuo antes que a la colectividad. Se reconstruye la sociedad y el Estado basado en la necesidad de los individuos.


Edad Moderna Ius Naturalismo Racionalista

HUGO-GROCIO 1583-1645 -HolandésEs el primer representante de la escuela de derecho racionalista, y entiende que el hombre no es sólo un ser racional, sino también social, lo que le lleva a explicar el origen de la sociedad civil.

TOMAS-HOBBES 1588-1679 -InglésDefine el estado de naturaleza ,el hombre como un estado de inseguridad, de guerra, el hombre es un lobo para el hombre. Si quiere sobrevivir debe entregar todo su poder a un organismos artificial al Estado .

JHON-LOCKE 1632-1704 -InglésEntiende el estado de naturaleza como un estado en el que el hombre es titular de derechos, de libertad y de propiedad. El Estado para ser legítimo, deberá respetar los derechos individuales ya existentes en el estado de naturaleza.

SAMUEL PUFENDORF 1632-1694 -AlemánOpina que el estado de naturaleza del hombre es un estado de debilidad e indigencia, lo que le lleva a buscar seguridad para su vida y sus derechos asociándose a otros hombres.

JEAN-ROUSSEAU 1712-1778 -FrancésDelinea un estado de naturaleza caracterizado por la bondad del hombre que le permite vivir preservando su libertad e igualdad. Es a partir de la aparición de la propiedad privada cuando se generan las desigualdades y se hace necesario acudir al contrato social. 33


Ley Eterna.- “Todo” aquí se comprende toda la creación, desde las piedras hasta el ser humano, todo lo creado tanto lo que conocemos, hasta lo que consideramos como misterios del universo.  Ley Natural.- Impacto del ser humano en la ley eterna de Dios, encontramos lo que el ser humano hace a partir de lo que el gobernador supremo nos ha heredado, destacando 3 tipos de inclinaciones :  La primera inclinación es la propia supervivencia  La segunda se relaciona con la familia, reproducirse y perpetuar la especie.  Y la tercera se basa en 3 conceptos que son conocer a Dios, vivir en sociedad y evitar la ignorancia.  Ley Divina.- Esta es la ley que se manifiesta en las sagradas escrituras, en la biblia.  Ley Humana.- Se promulga por quien tiene a cargo el cuidado de la comunidad, tales como reyes, presidentes o demás autoridades. 


RAZON Y FE 

A TRAVES DE LA LEY NATURAL SE EXPRESA LA RAZON EN LA REVELACION (BIBLIA), POR EJEMPLO CON EL MANDAMIENTO DE MOISES DE NO MATARAS, A MAS DE EXPRESAR UN MANDAMIENTO BIBLICO, SE ESTA ANTEPONIENDO EL INSTINTO DE SUPERVIVENCIA COMO PARTE DE LA RAZON.

LLEGANDO A LA CONCLUSION DE QUE SIN IMPORTAR SI LO QUE DIGA LA BIBLIA, LA REVELACION SEA VERDADERO O FALSO, SI TODA LA HUMANIDAD OBEDECIERA A LO QUE AHÍ ESTA ESCRITO, SIN DUDA ALGUNA EL MUNDO SERIA UN LUGAR MEJOR.


UNIVERSALIDAD E IMPUTABILIDAD DE LA LEY NATURAL. 

LA LEY NATURAL ES UNA SOLA, Y ES LA MISMA PARA TODOS LOS HOMBRES, POR LO TANTO NO PODRA SER MODIFICADA.

AVECES HAY UN IMCUMPLIMIENTO DE ESTA LEY, POR MOTIVOS CULTURALES, PASIONALES, ETC Y POR DESCONOCIMIENTO.

LA LEY NATURAL EN SU DOCTRINA, ESTA MUY LIGADA A LA ETICA Y MORAL, PUES UNA PERSONA NO ROBA O NO MATA PORQUE SE HA LEIDO TODO EL COIP, SINO POR ESA INCLINACION MORAL Y DE JUZGAMIENTO QUE TIENE UN AGREGADO EN LA PARTE TEOLOGICA.


FUNDAMENTOS DE LA RAZON SANTO TOMAS DE AQUINO

"No se puede negar y afirmar a la misma vez una cosa". "Haz el bien y evita el mal"

PRINCIPIOS

SER,(teoria) ; elabora la ciencia que se ocupa de las leyes de la naturaleza (que no tiene exeociones, no libertad).

RAZON ESPECULATIVA

DEBER SER,(accion);elabora la etica que se ocupa de la ley natural (que supone que ante ella somos libres).

RAZON PRACTICA

Al ser el hombre: -Sustancia; tiende a seguir viviendo, respeta la vida humana. -Animal; procreacion, relaciones sexuales en clave racional, cuidar y procrear hijos. .-Racional; conocer a Dios, desterrar la ignorancia.

CONCEPCION ETICA


Universidad Central del Ecuador 2015


Turn static files into dynamic content formats.

Create a flipbook
Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.