Victimologia luis

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2013

VICTIMOLOGIA


INTRODUCCION

En el fondo esta situación de conflicto entre realidad y teoría, e incluso entre las distintas orientaciones teóricas no son más que una manifestación de los profundos conflictos de carácter social a los que ni el legislador, ni la administración, ni la literatura pueden sustraerse. Por ello, ante los proyectos de programas de defensa a las víctimas cuya valoración inicialmente no puede dejar de ser muy positiva surge siempre la duda de si no serán estrategias meramente política. Lo cierto es que en la investigación victimológica se advierte una clara diferencia de enfoque cuando la persona que realiza la investigación es un hombre o una mujer. Es sin embargo una disciplina en ciernes donde aún está prácticamente todo el camino por andar, un camino que afecta a las bases de la estructura social y a las propias bases del sistema penal.

El objetivo de los estudios victimológicos es, generalmente, la víctima del delito. En este sentido cabe distinguir entre lo que podríamos denominar "victimización derivada del delito", es decir, aquel proceso por el que a una persona se le convierte en víctima de una conducta tipificada por el ordenamiento jurídico como delito, de las que se podrían denominar "victimización no derivada del delito y victimización social". Existen multitud de conductas socialmente admitidas y jurídicamente permitidas que presuponen la desigualdad entre el hombre y la mujer, la superioridad de aquél sobre ésta y que, además, comportan o conllevan actuaciones que atentan incluso gravemente contra bienes jurídicos importantes, de forma que si tal conducta afectará a un hombre, estaría fuertemente desvalorada, bien social, bien jurídicamente. Más bien al contrario, los victimizadores actúan cumpliendo las normas del rol social que desempeñan. En


este caso, incluso existen supuestos donde lo que "está bien" es colocar a la víctima en ese lugar y son las propias instituciones las que colaboran al mantenimiento de esa injusta -desde un punto de vista material- situación. En este sentido, es plenamente válida aquella observación según la cual "lo injusto no es siempre lo ilegal". En este sentido puede distinguirse entre la victimización no derivada del delito, generalmente fundamentada en una situación de victimización social, de la propia "victimización social" realizada por el abuso injusto e insolidario de la prepotencia económica y social frente a grupos marginados o especialmente débiles.


LA VICTIMOLOGÍA

Es el estudio de las causas por las que determinadas personas son víctimas de un delito y de cómo el estilo de vida conlleva una mayor o menor probabilidad de que una determinada persona sea víctima de un crimen. El campo de la Victimología incluye o puede incluir, en función de los distintos autores, un gran número de disciplinas o materias, tales como: sociología, psicología, derecho penal criminología. Es decir, la Victimología es una ciencia que estudia científicamente a la victima y su papel en el hecho delictivo. Algunos autores consideran a la Victimología como una rama dentro de la Criminología. Otros sostienen que es una disciplina independiente. Así, según Soria Verde, la Victimología es el análisis y prácticas diversas focalizadas en torno a la misma categoría de problemas: la víctima del delito, así como su fenómeno social: la victimización. Al hablar de Victimología es necesario referirse a su objeto de estudio, la víctima. El estudio de las víctimas es multidisciplinar y no se refiere sólo a las víctimas de un delito, sino también a las que lo son por consecuencia de accidentes (tráfico), desastres naturales, crímenes de guerra y abuso de poder. Los profesionales relacionados con la Victimología pueden ser científicos, operadores jurídicos, sociales o políticos.

El estudio de las víctimas puede realizarse desde la perspectiva de una víctima en particular o desde un punto de vista epistemológico analizando las causas por las que grupos de individuos son más o menos susceptibles de resultar afectadas.

A partir de la década de los ochentas del siglo XX, y como consecuencia de los Simposios Mundiales de Victimología, la naciente disciplina se emancipa del mero


énfasis penal, y empieza a abogar por los derechos de las victimas desde una perspectiva constitucional, lo que implica poner mas énfasis en eventos de macrovictimización, es decir eventos en los cuales se victimiza a grandes colectivos. LA VICTIMOLOGIA Y LA CRIMINOLOGIA

Es importante señalar que la Criminología tradicional centraba su estudio en el delincuente. La víctima no era tenida en cuenta más que como un mero objeto que no aportaba absolutamente nada para la explicación del hecho criminal. Por el contrario, la Criminología moderna, de corte sociológico, desplaza el centro de interés a la conducta delictiva, a la víctima y al control social. Este desplazamiento se debió, en gran parte, al aporte de Von Hentig y Mendelsohn (teoría del interaccionismo), quienes –en la década del 40demostraron que la víctima no es un sujeto pasivo y estático, sino que interactúa con el autor del hecho. La víctima es capaz de influir en la estructura, en la dinámica y en la prevención del delito.

DEFINICIONES

DOCTRINALES

MÁS

SIGNIFICATIVAS

DE

LA

VICTOMOLOGIA.

MENDELSOHN: Identifica a la victima con la personalidad del individuo o colectividad en la medida en que se ve afectada por las consecuencias sociales de un sufrimiento determinado por factores de muy diverso origen: Físico, psíquico, económico, político o social, así como el propio ambiente natural o técnico. SEPAROVIC: Identifica a la victima como cualquier persona que, mentalmente, accidental.

física o

sufre como resultado de u despiadado designio incidental o


CONCEPTOS DE VICTIMA -Victomologico General: Entiende por victima aquel individuo o colectivo de personas que padecen un daño por acción u omisión propia o ajena o por causa fortuita. -Victomologico Criminal: Entiende por victima a la persona física que sufre un daño producido o una infracción, propia o ajena, aun no siendo el detentador o poseedor del derecho vulnerado. -Victomologico Jurídico: Identifica a la victima con el sujeto pasivo del delito

PERSPECTIVA DE LA VICTIMOLOGIA -Victimología Criminal: Se ocupa solo del estudio de la victima del delito, porque de esta manera es posible comparar entre los distintos tipos de victimas de delitos y los delincuentes. -Victimología violatoria de los DDHH: Se ocupa de la violación de los DDHH, sin dejar de interesarse en las victimas del del delito y sus derechos. VICTIMA Las personas que individual o colectivamente hayan sufrido daños, lesiones físicas o mentales,

sufrimiento emocional,

inclusive

perdida financiera o

menoscabo sustancial de sus derechos fundamentales, como consecuencia de acciones u omisiones que violen la legislación penal vigente.


VICTIMA DEL DELITO

Toda persona, natural o jurídica, que directamente recibe el impacto del daño delictual. VICTIMAS DELICTIVAS -Victimas no participantes: Son las denominadas victimas inocentes o victimas ideales, tales como los niños, los ancianos y los débiles mentales. Se dividen en: -.Victimas accidentales (azar) -.Victimas indiscriminadas (no hay vinculo con el autor) -Victimas participantes: Van a desempeñar un papel de diversa importancia en la génesis del delito. Dentro de este grupo están: -.Las de conducta omisiva. -.Las victimas provocadoras. -Victima alternativa: Son aquellas que deliberadamente se colocan en posición de serlo. -Victima voluntaria: Se da cuando la victima es participe de su propio destino, es decir la persona es responsable de sus actos y la toma de decisión. VICTIMARIO Cualquier persona, grupo o institución que lesione o viole los intereses tutelados por el Estado.


VICTIMIZACION Es el resultado de una conducta antisocial contra un grupo o una persona, convirtiéndose en sujeto pasivo de un hecho punible o de la violación de los Derechos Humanos fundamentales. Toda victimización supone una disminución del sentimiento de seguridad individual y colectiva. -Victimización Primaria: Es la derivada por haber padecido un delito, por lo general va acompañado de violencia física, psicológica, económica o de rechazo social. -Victimización Secundaria: Es aquella que se deriva de las relaciones de la victima con el sistema jurídico penal. CRIMEN SIN VICTIMA Ha sido una discusión tradicional el aceptar o no la existencia de delitos sin víctima. Hay autores que dicen que efectivamente hay crímenes sin víctima mientras que otros lo niegan. Encontramos delitos en los que la determinación, es decir, la identificación de quién es la víctima no es fácil. Por ej. el contrabando, los delitos ecológicos, el tráfico de armas… En estos casos es difícil encontrar el sujeto damnificado. Estas actividades delictivas son muy difíciles de controlar ya que no suele haber una víctima definida que denuncie los hechos. Son delitos con una reacción social débil. La víctima no está personalizada, el daño es difuso. Por eso en ocasiones parece que no existe razón para castigarlos. Hay que llevar mucho cuidado con la idea de que como no hay víctima definida no se deben criminalizar estas conductas. Hay autores que dicen que estos supuestos no implican delitos sin víctimas sino que la víctima es de carácter abstracto y no se trataría de una víctima física.


FACTORES VICTIMOGENOS

Son aquellos factores que pueden favorecer la victimización. Concepto de factor victimógeno: todo aquello que favorece la victimización. Son las condiciones o situaciones de un individuo que lo hacen proclive a ser víctima. El factor victimógeno facilita la victimización pero no la produce necesariamente en todos los supuestos.

Existen personas que reúnen una gran cantidad de factores victimógenos y por ello son más proclives, más propensos a convertirse en víctimas. Se trata de personas que presentan generalmente tres características esenciales: - Un débil instinto de conservación - Credibilidad - Imprudencia En muchas ocasiones son sujetos con graves defectos psicológicos, problemas de inseguridad, depresión, obsesiones, conectadas en muchos casos con actividades ilegales: drogas, prostitución, juegos y apuestas ilegales. Clasificación de los factores victimógenos: se les llama también predisposiciones o factores de riesgo. CLASIFICACIÓN DE STANCIU DE LOS FACTORES VICTIMÓGENOS: Factores exógenos: Se encuentran en el exterior, fuera del individuo, pudiendo ser de diferente naturaleza o tipo: sociales, espaciales, telúricos. Veamos los más importantes:

- El estado civil: ej. la bigamia o antiguamente el delito de adulterio. El estar casado, soltero o viudo, divorciado, pareja de hecho. En las encuestas de


victimización se tienen en cuenta estas circunstancias. Los viudos o divorciados están más aislados y son más fácilmente victimizables ya que suelen padecer depresión, soledad, aislamiento. - La escuela: en sí misma es un factor victimógeno. - La procedencia: la victimización de los extranjeros pues son más fácilmente victimizables porque no entienden el idioma, los lugares, las costumbres y en ocasiones también sufren discriminación y xenofobia. Ello se agrava con el tema de los inmigrantes ilegales que son explotados laboralmente, engañados, perseguidos etc. - La familia: por un lado es un entorno de protección del sujeto y por otro en la propia familia hoy hay problemas graves de victimización: malos tratos. Generalmente se observa que en las familias donde hay una víctima suelen haber más individuos de ese núcleo victimizados.

- La profesión: hay profesiones que llevan aparejadas situaciones de riesgo. Tradicionalmente policías, taxistas, repartidores, cobradores, farmacéuticos, joyeros etc… También hay ciertas profesiones tabúes para los delincuentes: sacerdotes, monjas, profesores, misioneros etc. Muy unido a la profesión está el factor del nivel de ingresos (factor victimoimpelente y repelente al mismo tiempo)

- El espacio y el tiempo victimal. Hay autores que hacían las “leyes térmicas” señalando la relación entre la temperatura, el clima, la época del año y el crimen. Incluso se han hecho mapas con zonas criminógenas y hoy en día se siguen haciendo cuadernos y mapas de victimización. Hay ciertos lugares: barrios, bares, puertos, peligrosos, victimógenos. También el horario puede ser un factor victimógeno: la noche. Así como determinadas épocas del año: vacaciones. En


cuenta también que las zonas urbanas experimentan un aumento de victimización mayor y más rápido que las zonas rurales. Siempre, por otra parte, en las encuestas de victimización se tiene en cuenta si el delito se comete en la vía pública, transporte público, casa habitada, despoblado etc… También hay determinados meses del año sobre todo en diciembre donde suele haber más victimizaciones y por supuesto, los sábados.

Factores endógenos: - Factores biológicos: es evidente que el individuo débil es más vulnerable a un ataque tanto en el reino animal como entre los humanos. Hay autores que destacan la transmisión por herencia de algunos caracteres y rasgos como la tendencia a la depresión o también la esquizofrenia que haría al sujeto más fácilmente victimizable. Igual que se habla de la transmisión genética de ciertos rasgos que hacen más proclive a una persona a ser delincuente, lo mismo sucedería con las víctimas. Sin embargo apenas se ha estudiado la transmisión hereditaria de condicionantes que favorezcan la victimización. En definitiva, hay que tener en cuenta y es evidente, que una persona con minusvalías físicas o psíquicas es más fácilmente victimizable e incluso también de actos no criminales. Ej. accidentes. Dentro de los factores biológicos tradicionalmente se cita la edad y el sexo. Edad: es un factor victimógeno. No hay más que pensar en menores y ancianos. Generalmente la primera victimización se sufre entre los 10 y 20 años al igual que los primeros actos criminales. Sexo: por ej. los hombres son víctimas de delitos de lesiones en porcentaje mucho más elevado que las mujeres. Estas suelen ser objeto mayor de agresiones sexuales, robos e injurias que los hombres.

- Factores psicológicos: apenas se han estudiado los factores victimógenos de naturaleza psicológica. La Psicología y Psiquiatría se han dedicado casi siempre a


estudiar la personalidad del delincuente y no de la víctima. Esto es consecuencia del olvido de las víctimas.

Los llamados “procesos cognoscitivos”

La “sensopercepción”. Los sujetos con deficiencias auditivas, visuales e

incluso aquellos que no tienen sensibilidad cutánea o la tienen aminorada. 

La “atención”: tema de las distracciones en tráfico.

La “memoria”: sujetos olvidadizos de objetos, de cerrar la casa o coche.

La “imaginación y la fantasía”: hay sentimientos de culpabilidad etc…

La “inteligencia”: parece que cuanto más inteligente es el sujeto ha de ser

menos victimizable aunque también hay delitos que se tiene que ser bastante inteligente para poder ser víctima. Las esferas volitiva y afectiva: 

La motivación: igual que existen motivaciones para delinquir, también hay

motivaciones para ser víctima. 

Los sentimientos: pueden arrastrar a la victimización. Ej la devoción (secta

destructiva); la comprensión, la beneficencia etc.. 

Las emociones: los autores citan la ira, el odio, el amor, el miedo. La ira y el

odio son emociones que hacen que el sujeto sea fácilmente victimizable porque puede fácilmente perder el control por su culpa. El amor, hay sujetos que quedan anulados, que entregan sus bienes o incluso pueden llegar al suicidio. 

El miedo: la más victimógena de las emociones porque puede llegar a dejar

al sujeto inmovilizado y sin defensa.


La falta de voluntad: aquellos sujetos que no saben negarse, decir “no” y de

ello se aprovecha el victimario. La personalidad: 

muchas víctimas que inconscientemente desean ser víctimas.

El yo y el super yo.

Los instintos: (Conservación) 

La conservación propia del individuo

El instinto de conservación de la especie o instinto sexual

El instinto de conservación al grupo de pertenencia o instinto gregario

Otros factores: 

Las fobias que pueden llegar a paralizar al individuo

La depresión

La agresividad

El alcoholismo y drogodependencia

Todo tipo de enfermedades mentales.


Antecedentes

La Victimología (derivado del inglés Victimología) es una disciplina cuyo origen se sitúa a mediados del siglo pasado, concretamente en el trabajo de Von Henting “The criminal and his victim” en 1948, en el que trataba de poner de relieve la figura de la víctima, habitualmente olvidada por la criminología tradicional. Surge por tanto como una rama de la criminología y dedicada al estudio del otro elemento integrante de la “pareja criminal”, la víctima. Los primeros pasos de la disciplina se orientaron hacia el desarrollo de tipologías victímales (en correspondencia con las tipologías criminales tan extendidas en aquella época) y el análisis los factores de la víctima que precipitaban el acto criminal. Con posterioridad, en su evolución, la Victimología terminó ocupándose también de las consecuencias de las agresiones que un ser humano sufre a manos de otro, y así, en las últimas décadas ha desarrollado un mayor interés por las consecuencias persistentes del trauma en la víctima y, sobre todo, por la mayor importancia relativa de las repercusiones psíquicas sobre las secuelas puramente físicas.

Esta transformación (de la atención a la víctima como precipitante del acto criminal a la consideración de las consecuencias del acontecimiento traumático en ella) representa un primer paso en el desarrollo de la disciplina, pero aún se produce un paso más, referido al objeto de estudio material. Si en un primer momento la Victimología se ocupa, en un sentido estricto, de las víctimas de hechos delictivos, de violencia interpersonal de tipo criminal, con posterioridad da cabida a un concepto más amplio de víctima, las víctimas de otros acontecimientos traumáticos de carácter no delictivo. Así, en este sentido más amplio, se habla también de víctimas de catástrofes naturales o accidentales, pero también de víctimas de situaciones en las que, aunque existe un ofensor identificable, pese a su proximidad con lo penal, no pueden ni deben ser concebidas como hechos delictivos. Nos referimos a hechos como el stalking (acecho, con connotaciones


predatorias), bullying (acoso o intimidación entre iguales, sobre todo entre adolescentes y escolares), mobbing (acoso laboral), las conductas de negligencia hacia menores o ancianos, o las diversas modalidades de acoso moral. Esta extensión o ampliación del objeto de estudio material, que no está libre de controversias, signa, para algunos autores, la diferencia entre una Victimología general y una Victimología penal o criminológica.

A esta extensión del concepto de víctima, fuera de lo penal o criminal, se añade una más: la que distingue las víctimas directas –que designan a los sujetos expuestos directamente al evento traumático de las víctimas indirectas constituidas por las personas que han sido testigos directos del trauma sin haber sido, a pesar de ello, afectados personalmente. Las víctimas indirectas pueden tener grados diferentes de relación con la víctima directa; así, pueden ser familiares, amigos o vecinos o pueden estar implicados profesionalmente en el acontecimiento (policías, bomberos, personal sanitario o de emergencias, etc.). Aunque se pensaba que la repercusión del acontecimiento traumático es menor en las víctimas indirectas sin relación estrecha con la víctima directa (bien por parentesco, bien por amistad) y que los profesionales implicados en el acontecimiento se encontraban en cierta forma protegidos precisamente por su identidad profesional, la experiencia de las recientes catástrofes han puesto en cuestión estas hipótesis. La afectación de las personas que entran en contacto con la víctima y que pueden experimentar trastornos emocionales y ser víctimas indirectas y secundarias del trauma ha sido denominada “traumatizacion secundaria”, e ilustra una de las características fundamentales del trauma, que es su “contagiosidad”.

Concluyendo, para Tamarit la Victimología puede definirse hoy como la ciencia multidisciplinar que se ocupa del conocimiento de los procesos de victimación y desvictimación, es decir del estudio del modo en que una persona viene de


víctima, de las diversas dimensiones de la victimación (primaria, secundaria y terciaria) y de las estrategias de prevención y reducción de la misma, así como del conjunto de respuestas sociales, jurídicas y asistenciales tendientes a la reparación y reintegración social de la víctima. Y, también más inclinada hacia una definición amplia, el Instituto de Victimología define a la víctima como “toda persona afectada por un acontecimiento traumático, sea éste de la naturaleza u origen que sea. Asimismo, es víctima aquella que sufre las consecuencias de una agresión aguda o crónica, intencionada o no, física o psicológica, por parte de otro ser humano”. Victimización y desvictimación La victimización es el proceso por el que una persona sufre las consecuencias de un hecho traumático. En el estudio del proceso de victimación hay que considerar dos dimensiones: los factores que intervienen en la precipitación del hecho delictivo o (en la versión extendida del concepto de víctima) traumatizante, y, por otra parte, los factores que determinan el impacto de tal hecho sobre la víctima. En este sentido se establece la distinción entre víctimas de riesgo (aquella persona que tiene más probabilidad de ser víctima) y víctima vulnerable (aquella que, cuando ha sufrido una agresión, queda más afectada por lo ocurrido en función de una situación de precariedad material, personal, emocional, etc.). La literatura victimológica clásica se centró en la primera dimensión, y de ahí su interés en el desarrollo de las tipologías victímales, hoy objeto de un cierto descrédito. Con posterioridad, la Victimología se ha orientado a un concepto de victimación que lo entiende como experiencias individual, subjetiva y relativa culturalmente. Así, el estudio de la victimación, en tanto que fenómeno complejo, obliga a considerar los factores (individuales, sociales, culturales) que condicionan o modulan el modo de vivir la experiencia referida. El carácter complejo del proceso de victimación explica que sea habitual distinguir entre victimación primaria, secundaria y terciaria. El término victimización secundaria fue acuñado por Khüne para referirse a todas las agresiones psíquicas (no deliberadas pero efectivas) que la víctima recibe en su relación con los


profesionales de los servicios sanitarios, policiales, o de la judicatura (interrogatorios, reconstrucción de los hechos, asistencia a juicios, identificaciones de acusados, lentitud y demora de los procesos, etc.), así como los efectos del tratamiento informativo del suceso por parte de los medios de comunicación. Este hecho resulta especialmente destacable en el caso de las víctimas de violaciones o agresiones sexuales, así como en modalidades de victimización objeto de una amplia cobertura mediática, como la violencia de género.

La victimización terciaria es el conjunto de costes de la penalización sobre quien la soporta personalmente o sobre terceros, y la literatura existente documenta los efectos sobre los internos en centros penitenciarios, sobre los hijos de personas encarceladas, o sobre los efectos de las órdenes de alejamiento en casos de violencia de pareja, bien sobre los ofensores, como sobre las víctimas o su descendencia.

La desvictimación, también fenómeno complejo en el que intervienen diversos factores y actores sociales, consiste en el proceso de reparación, entendida no sólo como indemnización de perjuicios, sino como reconocimiento social, asistencia y reintegración social. Como tal, trata de conjurar riesgos como la estigmatización de la víctima, la instalación crónica en la victimación, así como la construcción de una “sociedad de víctimas”. Los actores implicados en primera fila son, principalmente, el sistema de justicia penal, las fuerzas de seguridad, los servicios sociales y los profesionales sanitarios y de la salud mental. Y como la victimación tiene una proyección social innegable en nuestros días, también intervienen en el proceso los responsables políticos, los medios de comunicación, las instituciones de apoyo a las víctimas, las asociaciones de víctimas y familiares, etc. Factores asociados al desarrollo de alteraciones postraumáticas


Tres factores están involucrados el proceso de victimación y se asocian con desarrollo de secuelas en la víctima: el grado y la magnitud del trauma, las características del individuo que lo ha experimentado y los factores relacionados con el contexto. Para muchos autores, es el primero, la naturaleza e intensidad del acontecimiento traumático la determinante más significativa de la patología posterior al estrés, sobre todo en el caso de aquellos eventos que suponen una amenaza inmediata para la vida del sujeto, aquellos que tienen un comienzo súbito e inesperado, toman al individuo por sorpresa y sin preparación para afrontarlos, se presentan en forma de violencia ejercida sobre el sujeto y conllevan pérdidas de algún tipo (incluidas las pérdidas materiales). Por otro lado, frente a estos enfoques que enfatizan el papel del traumatismo en la patología, los modelos multifactoriales consideran las características del trauma, del individuo y los factores contextuales. Otras investigaciones han demostrado que la cohesión del grupo, la identidad comunitaria fuerte, las actitudes de simpatía y cooperación entre los miembros de la comunidad, y el mantenimiento del lugar de residencia en las mismas localidades y hogares afectados, actúan como factores de refuerzo y protectores del desarrollo de alteraciones psicopatológicas.

Estos

trabajos

han

enfatizado

la

importancia

de

las

intervenciones precoces, incluidas las intervenciones en salud mental. Un gran número de estudios se han referido a distintos factores personales de riesgo para el desarrollo de alteraciones psicotraumáticas, y han enfatizado el mayor riesgo asociado al sexo femenino, la edad más avanzada, los antecedentes psiquiátricos familiares, el neuroticismo y la introversión, la exposición previa a otros eventos traumáticos, la sobrecarga de acontecimientos vitales adversos tras el evento traumático (donde se incluyen las disrupciones familiares, las pérdidas, los desplazamientos, el apoyo social inadecuado, etc.) y los estilos evitativos de afrontamiento.


Desde esta perspectiva distintas variables mediadoras como las características del suceso, variables individuales o el apoyo social influirían en la percepción del suceso estresante o en la sensibilidad particular a éste. Estos factores mantienen una relación recíproca entre ellos, es decir, cuanto más severa sea la situación traumática menos impacto tendrán las características individuales y sociales en determinar la naturaleza de la respuesta.

Publicaciones recientes destacan que la variable que mejor predecía la aparición de alteraciones psicopatológicas postraumáticas era el haber vivido con elevada ansiedad el evento traumático, siendo víctima o testigo directo del mismo. Por el contrario, otros trabajos muestran que si bien a corto plazo los niveles de salud mental son peores en los individuos más directamente afectados por el evento traumático, según pasa el tiempo, por efecto del estrés crónico, se equiparan todos los grupos de afectados (tanto víctimas directas como familiares de las mismas, que no presenciaron el trauma). Origen José Sangrador nos dice que en la época grecorromana la victima tuvo mayor consideración social, y que incluso alcanzó un rol protagónico en la investigación criminal, pero con el correr de los años y el desarrollo del Estado y el Derecho penal, fue teniendo una participación de segundo orden, centrándose el proceso penal más en el autor del crimen o el delincuente. Igualmente se aprecia que el avance

de la doctrina penal, criminológica,

penitenciaria y político criminal del siglo XX, estuvo centrado en la persona del delincuente, con una tendencia protectora, preocupándose en su readaptación, derechos humanos, humanización de la ejecución penal, y en sus condiciones biopsico-sociales que lo empujan hacia el crimen, frente a un notorio descuido de la victima que sufre los efectos, muchas veces graves, que le ocasiona un acto delictivo.


A fines del siglo XIX surgió dentro del positivismo cierta preocupación por la reparación del daño sufrido por las victimas; al respecto Rafael Garófalo publicó un pequeño trabajo denominado: indemnización a las víctimas del delito (1887) planteando que las víctimas de los delitos debían, seguramente, tener derecho a mayores simpatías que la clase de los delincuentes, que parece ser la única de que los actuales legisladores se preocupan. En el siglo XX existen algunas aproximaciones respecto a la víctima del delito, en las décadas de los 30 y 40 podemos ver a Franz Exner con su obra Biología criminal (1939), quien consideró q este participante delictivo como un elemento fundamental de la criminogénesis, al decir que en "muchos delitos la víctima es una pieza especialmente importante de la situación del acto. Hay algo así como una aptitud personal de llegar a ser víctima de una acción delictiva de tipo determinado" Ya en los años 40 F. Wertham, es uno de los primeros estudiosos en plantear esta temática con un nombre propio, en su obra the show of violence (1949), en la que consideró necesaria una ciencia de la Victimología, al señalar que la persona que sufría el acto criminal era un ser olvidado y que incluso para comprender la psicología del asesino era importante entender la sociología de la víctima.

TIPOLOGIAS DE VICTIMA Víctima Provocadora: Es la que desempeña un rol decisivo desde el punto de vista etnológico, porque incita al delincuente a cometer la infracción. Describe dos tipos: El tipo pasivo (provocación indirecta): Es el individuo, que por su imprudencia favorece la situación propicia del crimen incitando indirectamente al delincuente a accionar. Los ejemplos clásicos son los del automovilista que deja sin cerrar correctamente su automóvil en la vía pública o con las llaves puestas en la cerradura o expuestas en su interior, el caso del comerciante que expone la mercadería de manera


atrayente y muy a mano de los clientes sin vigilancia ostensible. El tipo activo (provocación directa): Este tipo de víctima desempeña un rol más concreto y relevante en la descarga del crimen. Existen dos variantes: La víctima consiente: Es la que incita a la acción como agente provocador o promotor. Desea el acto delictuoso y hace todo lo que puede y está a su alcance para que esto se produzca: toma la iniciativa, solicita, exige la intervención. "Se encuentra a menudo a esta víctima instigadora, arrogante o solicitante en ciertos casos de homicidios deseados, de los menores que incitan al agente a violar las leyes destinadas a su protección o el de los individuos incitando a alguien para que lo mutile a fin de salvarse del servicio militar, o el del aborto practicado en la víctima a su pedido. Esta categoría de víctima es casi identificable como cómplice del autor del hecho. La víctima no consciente: Que provoca la acción. En estos casos la víctima al contrario de lo señalado en el tipo anterior no incita al acto, pero lo provoca con sus reacciones consientes o inconscientes. Las variedades principales son: Las víctimas del acto cometido por el otro en estado de legítima defensa. Ha provocado con su agresión el ataque que s emprendió contra ella y que puede terminar su muerte. La víctima precipitante. Este término señala a la persona que ha provocado el acto cometido en su contra, sea recurriendo a la fuerza física o mostrando un arma, por ejemplo. La víctima que por actos injustos o bien por insultos ha hecho perder al victimario su sangre fría y lo ha incitado al atentado en su contra.


Víctima participante: Si bien la víctima provocadora desempeña un papel preponderante en la génesis del crimen, la participante se sitúa generalmente en la fase de la misma ejecución. Su participación puede consistir en una actitud pasiva que facilita la ejecución del crimen o en una forma activa. Describe los siguientes casos: Tipo pasivo: Se caracteriza por su actitud favorable a la realización del crimen. Esta pasividad puede tomar diversas formas: Simple deseo de que el acto sea cometido. Consentimiento: persuasión, por ignorancia de la naturaleza del acto a causa de la edad joven, por deficiencia mental. Sumisión, resignación, complicidad, indiferencia, indolencia, apatía, letargo. Todas estas actitudes son favorables a la ejecución del crimen, sin alcanzar la deliberación que implica el consentimiento. Tipo activo: Aquí la víctima trae una participación decisiva y directa. Señala los siguientes casos: La víctima contribuyente La víctima cooperadora La víctima colaboradora La víctima coadyuvante Explica Ezzat Fattah que la víctima puede ser sucesivamente provocadora, instigadora o suplicadora, en la fase de descarga y participante en la fase de ejecución, contribuyendo en tal modo a un tipo mixto. En estos casos desempeña un rol activo en el cometido de la infracción penal, ya sea que actúe conjuntamente con el culpable, por ejemplo la menor consiente en los casos de rapto o violación, o que preste una ayuda o asistencia cualquiera al autor. Luis Jiménez de Azúa ensayó una nueva clasificación ubicando a las víctimas en dos


categorías sustanciales: "indeterminada y determinadas". Juega un papel muy importante en esta calificación el plano y la óptica en las que se mueve el delincuente. Víctima indeterminada: El que sale a la calle con el objeto de atacar a cualquiera, al primer transeúnte. Para él la víctima es indiferente; sea hombre o mujer, no le interesa ni su nombre ni su condición, lo único que le importa es apoderarse de lo que lleva en su bolsillo. Víctima determinada: Hay veces que la víctima no es indeterminada. El hombre que mata a la mujer que le ha sido infiel, no le da igual matarla a ella que matar a otra mujer. Tiene que ser determinada, concreta, ser era mujer, en el crimen pasional. Una clasificación se trata de una sistematización de tipo genérico y escueto atractivo. Propone una nueva categorización entre las víctimas determinadas a las que divide en: resistente y coadyuvantes, y advierte que las víctimas anónimas o indefinidas no tienen mayor interés para la Victimología. Para Mendelshon, la víctima puede ser tan culpable como el criminal en el delito. Esta relación entre criminal y víctima se establece claramente al estudiar la motivación y reacción de la "perja criminal". Dependerá de un examen concreto su determinación en cada caso. Mendelshon establece un esquema gráfico de dos polos opuestos: uno con 0% de culpabilidad, y en su opuesto el 100% de culpabilidad. La víctima que no sea responsable criminológicamente ni penalmente estaría situada en el grado cero y el criminal en el grado cien. Pero, en la relación de la "pareja penal" es común encontrar que la posición de la víctima y del delincuente no se encuentre en polos opuestos, sino que muchas veces podríamos encontrar posiciones intermedias. Basándose en este esquema, Mendelshon realiza la siguiente clasificación:


La víctima enteramente inocente. La víctima de culpabilidad menor. La víctima es tan culpable como el infractor. La víctima es más culpable que el infractor. a. La víctima enteramente inocente o "víctima ideal" Es la que suele denominarse "víctima anónima", que nada ha hecho o nada ha aportado para desencadenar la situación criminal por la que se ve damnificada. Es totalmente ajena a la actividad criminal. Se da por ejemplo en el caso de la mujer a la cual el delincuente le arrebata el bolso que lleva consigo. Al delincuente le da lo mismo que sea ella u otra: le interesa sólo el bolso y su contenido. b. La víctima de culpabilidad menor o por ignorancia En este caso la víctima da un cierto impulso no voluntario del delito. El sujeto, por cierto grado de culpa o por un acto reflexivo causa su propia victimización. Es el caso, por ejemplo, de la pareja de enamorados que mantiene relaciones sexuales al aire libre o en un sitio no muy oculto de las miradas o de la posibilidad de ser advertidos. Son atacados por la pandilla, con la consiguiente violación de la muchacha y la muerte del joven. c. La víctima es tan culpable como el infractor o víctima voluntaria El caso de los que cometen suicidio tirándolo a la suerte. El suicidio por adhesión. El caso de la eutanasia, en el que la víctima sufre una enfermedad incurable, o ha tenido un accidente gravísimo sin posibilidad de ayuda médica; y no pudiendo soportar los dolores, implora que se la ayude a morir. En estos casos, la víctima es tan o más responsable que el autor. Pero, es importante destacar que. Para graduar la actividad del agredido en la ocasión que se trate con certeza, es


imprescindible efectuar una investigación previa para determinar ante qué tipo de pareja nos encontramos. Quedaría para tratar en forma aparte la tesis de justificación moral de este homicidio, ya que por ejemplo, Enrico Ferri, en su obra "El suicidio" nos dice: "El que da a otro muerte con su consentimiento no es jurídicamente responsable si ha determinado la acción, no sólo por el consentimiento de la víctima sino por un motivo social, moral y legítimo, en cambio, será jurídicamente responsable si ese motivo fuera inmoral, antijurídico y antisocial”. Cabe agregar entonces que en el caso de la eutanasia, dependerá de la postura que se adopte respecto del consentimiento de la víctima, y si el mismo determina la acción, y si ello puede traer una causa de exculpación para el autor. La "pareja criminal". Se trata del íncubo y súcubo que intentan el suicidio) la víctima es tan culpable como el infractor.- Víctima provocadora Es aquella que por su conducta incita al autor a cometer una ilicitud penal. Este tipo de víctima desarrolla un papel importante en la criminodinamia desde la génesis delictual, ya que tal incitación crea y favorece la explosión previa a lo que significa el crimen mismo. El caso más común es el de la mujer que, sabiendo que el marido es extremadamente celoso lo provoca con su conducta, sabiendo que le provocará una descarga que culminará en su muerte.- Víctima por imprudencia Es la que determina el accidente por falta de control. Por ejemplo, quien deja el automóvil mal cerrado o con las llaves puestas, da la impresión de que estuviera llamando al ladrón. d. La víctima es más culpable o únicamente culpable Victima-infractor: se trata del sujeto que, cometiendo una infracción, resulta finalmente víctima. Por ejemplo, el culpable de homicidio por legítima defensa. Víctima-simulante: quien acusa y logra imputar penalmente con el deseo concreto de que la justicia cometa un error. Víctima-imaginaria: se trata por lo general de individuos con ciertas psicopatías de carácter o conducta. Es el caso del paranoico reivindicador, perseguido,


perseguidor, interpretativo histérico. En estos casos, no existe una víctima en el sentido exacto del término porque, simplemente, no ha habido infracción. Sólo sirve para señalar a un autor imaginario ante la justicia penal, y habrá que evitar que se entregue a la justicia a un inocente. Mendelshon también clasifica a las víctimas desde el punto de vista represivo, del siguiente modo: 1º grupo: La víctima inocente En este caso le será aplicada al infractor la totalidad de la pena, sin ninguna disminución, debido a que la víctima no ha tenido ningún rol. 2º grupo: La víctima provocadora La víctima por imprudencia La víctima voluntaria La víctima por ignorancia Estas víctimas han colaborado en la acción nociva y existe una culpabilidad recíproca, por lo cual la pena debe ser menor para el victimario. 3º grupo: La víctima agresora La víctima simuladora La víctima imaginaria En estos casos, son las víctimas las que cometen por sí la acción nociva y el inculpado debe ser excluido de toda pena. La crítica que se la ha hecho a esta subclasificación es aquella en la que Mendelshon incurre en una generalidad "determinista", y que parece olvidar que en derecho penal siempre se está ante situaciones singulares. El sujeto pasivo y la víctima Diferencia conceptual entre ambas figuras.


El Doctor Scimé explica claramente el tema en un artículo publicado en la Revista Jurídica La Ley, el 22 de noviembre de 1973. Dice que todo delito debe haber un sujeto activo y un sujeto pasivo, lo que en criminología se corresponde al delincuente y la víctima. El sujeto activo es el titular de la acción, mientras que el sujeto pasivo es el titular del interés o bien jurídico. Nosotros tenemos que centrar, entonces, nuestra atención sobre el sujeto pasivo que se corresponde a la víctima. Fontán Balestra define al sujeto pasivo como titular del interés cuya ofensa constituye a la ofensa del delito. Jiménez de Azúa reúne los conceptos de diversos autores y lo define como la persona del ofendido o del portador del bien jurídico. Para Cuello Calón es el titular del derecho o interés lesionado o puesto en peligro por el delito. El sujeto pasivo, explica Scime, no puede ser otro que el hombre, capaz o incapaz o un ente jurídico protegido por el derecho. En todos los delitos hay una relación más o menos directa entre el sujeto activo y el sujeto pasivo, o desde otro punto de vista, entre el delincuente y la víctima. Sin embargo, hay que recordar que siempre nos vamos a referir a la acción considerada jurídicamente: el delito. Aún cuando éste afecte el interés de la comunidad, nos preocupa el efecto que trasciende a la persona considerada individualmente. Todos los damnificados no son víctimas del delito, aunque sean perjudicados. Para entender esto debemos hacer una representación ejemplificativa: Supongamos el caso de una familia que ocupa una casa bajo el contrato de locación. Un enemigo de ella o de alguno de sus miembros, con el fin de ocasionarle un mal y volcar sus resentimientos, la incendia. ¿Quién es la verdadera víctima, la familia contra quien iba dirigida la acción o el propietario? La respuesta no necesita mayor fundamentación, ya que surge claramente que es la familia contra quien iba dirigida la acción y tenía el uso y goce del bien dañado o destruido por el acto delictivo; el propietario como damnificado tendrá el derecho de demandar el resarcimiento que le corresponda. Otro caso es el del Homicidio, víctima es el muerto y damnificados serán aquellos a quienes corresponda la indemnización. Hay que distinguir entonces la diferencia conceptual entre sujeto pasivo y víctima. La precisión que se remite en derecho la otorga la frase sujeto pasivo, mientras que víctima nos da la idea de persona sufriente, de la que fue dañada o


sacrificada. Reviste importancia la distinción mientras tratamos el campo de la Victimología, porque, al ser una rama de la Criminología, resulta relevante demostrar la existencia en la vida real de lo que ella representa.

Victima Sexual

Descripción A pesar de que se ha dicho mucho acerca del abuso sexual y se ha discutido sobre castigos para los abusadores aun queda la sensación de que es necesario aclarar ideas sobre el tema y de manera especial, sobre la prevención. Es por ello que ensayaremos un punto de vista interdisciplinario sobre el tema. Siendo para ello conveniente despejar el exceso de información inadecuada para diferenciar lo real y exacto de lo falso, la exageración y el sensacionalismo. Una de las falsas creencias sobre el abuso sexual y sobre otras manifestaciones chocantes de la sexualidad humana es que son recientes; es decir, que es en los últimos años o meses cuando «el mundo se ha vuelto loco» y han aparecido las más impresionantes expresiones sexuales, lo cual es irreal pues estas prácticas vienen desde los inicios de la humanidad y han estado presentes durante toda la historia. También es falso que los abusadores son sujetos extraños o marcadamente anormales, pues se ha encontrado que pueden ser de cualquier raza, edad, nivel socio económico o de instrucción; hallándose en común algunos factores de personalidad o historia familiar. En nuestro país es igualmente alta la tasa de frecuencia de adultos que al ser entrevistados manifiestan recordar el haber sido besuqueados o acariciados alrededor de la pubertad por amistades de su edad o por adultos cercanos; esta información por si sola puede llamar la atención, sin embargo, al ponerla en


contexto encontramos expresiones de afecto y no se perciben como actos con contenido sexual como podría ocurrir. Resulta importante entonces tener en cuenta que el contacto físico y las caricias son percibidas y valoradas de acuerdo al grupo social que las juzga, variando de acuerdo a la cultura y manera particular como vive y expresa el afecto y la sexualidad cada grupo humano.

Orígenes

Si revisamos la evolución de la especie humana veremos que desde cuando el hombre era más una bestia que aquello que conocemos como humano, se daban la mayoría, sino todas, de las expresiones sexuales que hoy se ven. En la era paleolítica, en los tiempos de la manada humana, la ley de la supervivencia era el supremo mandato y tal vez el único criterio de orden o autoridad. Es por ello que la horda humana era controlada por un «macho dominante», quien era el más fuerte y feroz, el mejor cazador, el mejor proveedor de alimentos y guerrero en general. Este personaje era seguido por la manada ya que en gran parte la supervivencia dependía de él; este macho dominante era el primero en alimentarse, en escoger refugio, y por supuesto era el primero al escoger las hembras de su «harem», sin poner mucho reparo en la edad o el consentimiento de las escogidas. En esos tiempos cada día realmente se luchaba por sobrevivir. El hombre primitivo se enfrentaba a las inclemencias del clima, a las fieras para las cuales él era presa y por último contra otros hombres primitivos. Eran tiempos en que los mecanismos de supervivencia trabajaban al máximo pues no sólo peligraba la existencia del individuo, sino la de todo el grupo, incluso, la continuidad de la especie misma. Para situaciones como esta la naturaleza ha previsto una serie de mecanismos que buscan garantizar la supervivencia, estos principios se aplican a todos los seres vivos y vienen funcionando desde los inicios de la vida hasta hoy en día.


Una parte de dichos mecanismos están vinculados a la sexualidad y prevée el incremento de la fecundidad e inicio temprano de la vida sexual de las hembras de una especie o grupo amenazado con la extinción; al escasear los alimentos y llegar con ello a cierto grado de desnutrición, así como al disminuir la población y ponerse en peligro la continuidad del grupo o especie. Entonces tenemos que el hombre primitivo llevaba una vida gobernada por las necesidades viscerales más elementales, las mismas que por su naturaleza le resultaban impostergables. Estos mecanismos, por el valor que tenían para garantizar la continuidad de la vida quedaron como mandato genético o instintivo, transmitiéndose de generación en generación, durante cientos de miles de años. En los tiempos de la horda humana la vida transcurría azarosa y llena de peligros, no existía la familia y casi todos los machos se apareaban con casi todas las hembras indistintamente, pues ellas pertenecían a la horda y no existían los límites que hoy da el parentesco ya que no había forma de determinar la paternidad de la descendencia y el establecer ese tipo de relación no tenía ningún sentido en aquel entonces, por lo que era común que los machos más fuertes tomaran a todas las hembras aptas y disponibles para la vida sexual, que pudieran encontrar atractivas, sin importar en lo más mínimo si existía algún lazo de consanguinidad; siendo aplastada violentamente cualquier oposición o resistencia. Este comportamiento se mantuvo en la especie humana durante siglos, hasta que con el paso del tiempo y la evolución, la manada humana acumuló experiencia, la misma que al ser asimilada se hizo conocimiento, el mismo que fue transmitido a las nuevas generaciones; así desarrolló una cultura, alcanzó cierto grado de conciencia convirtiéndose la horda en una tribu dando origen a lo que hoy llamamos ser humano. Aparecieron así las primeras restricciones en el comportamiento sexual así como en el uso de la violencia y del asesinato como el principal medio de acceder al poder, estableciéndose las relaciones exclusivas y cerradas para un grupo unido por lazos de consanguinidad, es decir: la familia. Siguiendo un desarrollo


simultáneo y paralelo aparece la neotenia como estilo de vida en la cual el periodo de protección y ternura propios para con la infancia se extienden durante una larga etapa de la vida de los individuos, abarcando incluso la etapa reproductiva, aprendiendo así el homínido en trance de humanizarse a vivir su sexualidad no como una situación de violencia y sometimiento sino como una experiencia de comunicación, amor y ternura. . En esta etapa del desarrollo de la humanidad, si bien ya existía cierto orden social y una cultura incipiente, aún predominaba la precariedad de las condiciones de vida, pues la lucha por la supervivencia evolucionó de la lucha total contra el ambiente, las fieras y los demás hombres, a la casi continua guerra entre los clanes o tribus por el control de los cotos de caza, posesión de las tierras fértiles y de las hembras; de manera que la amenaza de exterminación del clan era permanente y la única alternativa para lograr sobrevivir como grupo a los continuos enfrentamientos contra otros clanes era teniendo la mayor cantidad de guerreros dentro del clan; por lo que se favorecían los enlaces que proporcionaran como descendencia dichos guerreros y con ello fortalecieran el poder de la tribu, sin poner mayor objeción o reparo en los vínculos de consanguinidad que pudieran existir, penalizando únicamente aquellos comportamientos sexuales que no tuvieran como finalidad la reproducción, apareciendo así la censura del auto erotismo («masturbación») y del comportamiento homosexual, por ser conductas que no favorecían la generación de nuevos guerreros y que de prosperar podrían amenazar el futuro de la tribu. Estos preceptos arcaicos extraídos directamente de la búsqueda de la supervivencia sirvieron de base a las Leyes Mosaicas, las que a su vez servirían de base a las leyes o moral judeocristiana. Hasta este punto ya han transcurrido algunos cientos de miles de años durante los cuales, quienes eventualmente devinieron en seres humanos, habían ejercido la violencia como medio para imponerse al medio, a las fieras y a otros de su especie; se habían apareado indistintamente guiados por la búsqueda del placer y de la supervivencia quedando estos tipos de conducta como atávicas,


predispuestas genéticamente e instintivas. Tal como ocurre hoy con otras especies próximas a la especie humana en la naturaleza.

Realidad y Esquemas Sociales

La evolución de la sociedad trajo consigo la aparición de la religión, la moral, la ética, la ciencia, los manuales de buenas costumbres y otros constructores mentales que pretendían describir y explicar «la manera correcta» sobre como debían comportarse las personas de acuerdo a los «valores superiores de la sociedad», siempre de acuerdo al pensamiento en boga; ubicando al hombre como el centro y producto supremo de la creación, como si estuviera regido por reglas diferentes a las del resto de la naturaleza. El hombre aprendió a sentirse dueño del mundo y pretendió controlar los procesos naturales, olvidando en su soberbia que no se pueden cancelar pulsiones y atavismos formados durante cientos de miles de años, por la simple publicación de un decreto ley, el acuerdo tomado en un concilio o por el dictado de la moral vigente. Al revisar la realidad y la forma como la entiende la mayoría de las personas encontramos parte del problema pues aun existen demasiadas creencias irracionales que son aceptadas sin haber comprobado si se cumplen o no en la realidad. Una de estas falsas creencias es que los niños no tienen una vida sexual propia, pues al hablar de comportamiento sexual o sensaciones sexuales infantiles lo hacemos desde nuestra perspectiva de adultos inmersos dentro de un conjunto de experiencias y creencias propias de los adultos; cosa que no ocurre en los niños. Hoy en día está largamente comprobado que los niños al investigar y descubrir su propio cuerpo encuentra todo tipo de sensaciones, dentro de ellas, las de placer que naturalmente proporciona la investigación y manipulación de los órganos sexuales. Así mismo se ha encontrado que la mayoría de niños en algún momento


se siente atraído por alguien de su entorno, siendo el origen de esta atracción de naturaleza sexual; igualmente se ha hallado que un gran porcentaje de niños al interactuar con otros niños, en algún momento tienen juegos sexuales, los que en la mayoría de los casos quedan sólo en eso, en juegos; aunque de acuerdo al entender del adulto y de acuerdo a sus normas puedan parecer impropios. Entonces tenemos que existe una vida sexual infantil que forma parte del natural descubrimiento del mundo y del desarrollo de la personalidad de todo individuo. Al margen de lo que se pueda creer o aceptar en cada época, educación o cultura. La iniciación sexual en la mayoría de los casos ocurre con otro joven algunos años mayor y en muchos casos es con un adulto, sin que por ello signifique una experiencia traumática; incluso, en algunos lugares es socialmente aceptado. Un problema muy común en nuestro medio es la violencia o abuso sexual. Esta situación se presenta en todas las edades y en ambos géneros, aunque en su mayoría los abusadores son hombres y las abusadas son mujeres. Este problema afecta principalmente a personas “débiles” como niños y niñas, adolescentes, mujeres y algunos hombres; en ese sentido podemos encontrar diferentes casos como el abuso entre conyugues, el abuso de un adulto hacia un menor o el abuso en que el agresor es un familiar, vecino, profesor o conocido. Los casos de violación sexual por parte de personas desconocidas son menos frecuentes. El abuso sexual genera problemas sicológicos en las victimas y produce perjuicios visibles físicamente cuando la persona afectada contrae alguna enfermedad de transmisión sexual o queda en embarazo. Una persona abusada sexualmente experimenta una carga emocional que varía en gravedad de acuerdo a su condición, aunque en general lo asimila como una situación terrible. Algunas de las emociones que siente un abusado pueden ser temor, inseguridad, desconfianza generalizada hacia las personas que pretendan acercase, sensación de suciedad, sensación de impotencia por no poder defenderse, decepción por el agresor (si lo conoce) y en ocasiones puede experimentar decepción por el género.


Ser agraviado sexualmente es una situación penosa para cualquier persona y en ocasiones resulta incomodo contar y recordar lo sucedido, sin embargo es necesario que la victima se rodee de personas de su confianza y busque ayuda profesional (médicos o sicólogos) para manejar los problemas que esto conlleva. Los traumas sicológicos que deja una violación pueden ser tratados y la victima puede recuperar su estabilidad emocional y tener una vida normal. Un elemento que va de la mano de muchos abusos y que ayuda para que la situación se repita una y otra vez, se llama ¨EL SILENCIO¨. Este permite que los agresores se mantengan en la impunidad y continúen haciendo daño. Por lo tanto es necesario denunciar estos abusos y “sacarlos a la luz”. No importa que no te vayan a cree o que el agresor sea importante y poderoso, si abusó de ti, cuéntaselo a otros y pide ayuda. Las emociones y las expectativas con respecto al sexo son diferentes entre hombres y mujeres. La forma más sencilla de resumir esta diferencia es con la siguiente frase: “La mujer da sexo para recibir amor y el hombre da amor para recibir sexo” Cuando el interés previo a la relación no se cumple, las personas podemos sentirnos mal y quedar con una carga emocional que no es nada fácil superar. El abuso y la violencia sexual son realidades presentes desde hace mucho tiempo y de las cuales hemos comenzado a tener conciencia social más recientemente. Sus causas son diversas y complejas. En la vida de cada ser humano convergen dos historias o desarrollos; por un lado se halla el desarrollo filo genético, que viene a ser el legado de los aprendizajes de la especie humana a través de toda su historia, expresado mediante los instintos y el inconsciente colectivo, y por otro lado se da el desarrollo onto genético, basado en los aprendizajes ocurridos durante la vida del propio sujeto. Ambos aprendizajes realizan sus aportes durante la formación y el desarrollo de la personalidad de cada individuo, dependiendo de las experiencias de vida el


predominio de cada rasgo en particular; jugando un papel fundamental aquellas que se dan al interior de la vida familiar. En cada persona se encuentran impulsos que la dotan de un potencial que le puede llevar a desarrollar conductas barbáricas, de violencia total y búsqueda de someter a toda costo al medio y personas que lo rodean; o por el contrario, desarrollar conductas humanizantes propias de los aspectos más elevados del hombre como el amor, el respeto, la confianza y la búsqueda del bien común; ambos

potenciales

están

presentes

y

coexistiendo

en

cada

individuo

predominando uno u otro eventualmente según las circunstancias. La vida familiar y las experiencias tempranas que rodean a esta vienen a ser determinantes para las conductas que va a presentar un sujeto durante el resto de su vida: 

Son sujetos que tienen serias dificultades para establecer relaciones de

parejas adecuadas y satisfactorias. 

Han tenido experiencias sexuales precoces con niños de su misma edad o

han sido abusados por adultos o niños mayores. 

Han tenido una madre represiva, posesiva, excesivamente crítica, que

anulaba sus iniciativas o intentos de independencia. 

Ausencia de una imagen paterna adecuada que le proporcione reglas de

comportamiento apropiadas y aceptables, así como el ejemplo de un varón capaz de relacionarse acertadamente con las mujeres. 

Han tenido frustraciones importantes que los han conducido a depresiones

evidentes. 

Tienen una pobre capacidad de autocrítica, pueden parecer severos y

serios pero al momento de controlar o juzgar la propia conducta tienen excesiva indulgencia.


Actitud del Agresor

La distorsión cognitiva le permite: 

Legitimar el acto delictivo, negar a la víctima, desvalorización de la misma.

Si no es suficiente, se drogan o ingieren alcohol para darse valor.

La desensibilizacion le permite: 

Neutralizar la resistencia mortal.

Para sobreponerse a la inhibición.

Todas o casi todas estas características están presentes en la mayoría de los abusadores sexuales y de las personas con tendencias a presentar dificultades significativas de las relaciones sexuales e interpersonales. Es importante señalar que no es suficiente el presentar alguna de estas condiciones para ser considerado como un posible abusador, sino que es necesario que se den la mayoría de ellas para considerar el riesgo como viable. Personas Vulnerables Son todas aquella personas que de una u otra forma son susceptibles de acuerdo a su estado físico, mental, edad, sexo;

a ser sometidas por las fuerzas o

persuasión, a aceptar actos o abusos sexuales que van en contra de su voluntad o principios morales. Tipos De Victimas Victimas En muchas ocasiones la victima colabora activa o pasivamente, consciente o inconsciente, dolosa o culposamente en su propia victimización. Por ello hay que superar los esquemas tradicionales entre el autor (activo y malo) y la victima (pasiva y buena) en relación a la predisposición a sufrir victimización dándose


factores victimógenos en la relación con determinados tipos de delitos: factores de origen (innatos y adquiridos). Estas se clasifican en: Victimación primaria Proceso por el cual una persona sufre de modo directo o indirecto daños físicos o psíquicos derivados de un hecho delictivo o acontecimiento traumático Victimación secundaria Nace fundamentalmente de la necesaria intersección entre un sujeto y el complejo aparato jurídico penal del estado, siendo esta negativa ya que el propio sistema victimiza a quien se dirige a el pidiendo justicia entre ellos tenemos: policía, médicos, el juzgado, los letrados de la defensa y los fiscales, aunado a esto la incertidumbre de un proceso penal que pareciera no tener un fin, la reviviscencia de los hechos preguntas y afirmaciones en descrédito evacuada, y en ocasiones a no ser ni tan siquiera creída. Factores temporales (permanentes, temporales y ocasionales). La reacción de temor se evidencia en los hombres; mientras que en las mujeres es el deseo de venganza ante el abuso sexual. Este tema no escapa del interés del derecho penal, cuando en las caracterizaciones de determinados delitos y graduación de la pena se deben delinear ciertas condiciones del agraviado tanto en su función, actuación antes o durante el acto delictivo a si como del sexo, edad, parentesco u otra índole. La legislación procesal considera a la victima como parte del proceso teniendo derecho a una reparación civil que se señala en la sentencia. Las victimas generalmente padecen un abandono en e ámbito de derecho penal como en la política criminal, social y criminología; dado que al victimario se le dan unas series de garantías y protecciones siendo la victima la que lleva la peor parte.


Aquellas acciones u omisiones realizadas de manera habitual, que generan un daño relevante sobre la mujer hombre o menor de edad(niños, niñas o adolescentes) en el marco de una relación afectiva-emocional, de naturaleza presente o pasada: 

Tienen que realizarse de forma habitual

Llevar aparejadas un daño relevante

Que se produzcan en el marco de una relación afectiva o emocional, de

naturaleza presente o pasada El adulto (mujer u hombre)

que vive esta situación su vida se ve totalmente

afectada en su primera FACE existe una sensación de choque enojo, rabia, temor, miedo, incredulidad y culpa puede haber una adaptación, pasa a la etapa de desorganización con efectos psicológicos como pensamientos penosos sobre el evento. Pesadillas, depresión, y una perdida de confianza y estima, perdida de fe; evitación de todo lo relacionado con el evento traumático; personas, situaciones y lugares Se produce en ellas traumas de tipo psicológicos, de salud, y social; afectando de manera vital las relaciones inter personales y conyugales dándose el caso de no permanecer en forma definitiva con su pareja lo que conlleva en muchos casos a una prostitución inducida por la misma necesidad de agobiar su pena interna. La baja autoestima no le permite desarrollar sus cualidades profesionales lo que la limita a enfocar ante los demás sus potenciales. La conducta que se genera en la mujer violada sobre los otros miembros de la familia especialmente en los menores de edad es de sobre protección; y de esta forma busca disminuir su posible culpa ante el hecho suscitado Es necesario buscar

ayuda profesional por un equipo multidisciplinario para

encaminarla y hacer su reinversión en la sociedad como un ente importante y vital para la misma.


Abuso Sexual Al Niño, Niña Y Adolescente El abuso sexual provoca con solo decir repulsión y rechazo entre la población y al nombrarlo se piensa que es un hecho poco frecuente

que llevan a cabo

exclusivamente los maniáticos o psicópatas cualquier contacto físico que pueda tener un adulto con menor se considera abuso sexual , tocar, besar , manosear , exhibir sus órganos sexuales penetración genital . Conversar en forma obscena, exhibir películas pornográficas, fotos o inducirlo a realizar actividades eróticas todo ello con el objetivo de obtener una gratificación sexual personal; aun cuando sea con el aparente consentimiento del menor; ya que tal contacto lleva a una desigualdad de relación; pues el menor carece de desarrollo emocional y conocimiento físico para una decisión de esa naturaleza. Este es ocasionado generalmente por miembros de la familia, padre, hermano, padrastro, primos entre otros o personas que conocen al menor vecino, maestro o allegado a la familia. Los niños generalmente viven en ambientes insatisfactorios donde la relación entre los miembros es deficiente desadadtiva y poca comunicación. Ejecutores de la Violación Porcentaje Familiar

45%

Desconocidos Allegados

30%

15%

Instructores 10% Edad promedio generalmente de 5 a 12 años El abuso sexual involucra violencia y fuerza física en el adulto mientras que en los niños son dóciles y mayormente se obtiene la violencia por persuasión y frotación.


Consecuencias

Los adolescentes generalmente son doblemente victimizados por largo tiempo por el ofensor, padres, parientes, cuerpos del estado que investigan el caso ya que al interrogarlo estos se ven acusados y han de exponer o armar el suceso o el hecho como tal. Las consecuencias son a corto, medianos y largo plazo: 

Disposición a aceptar la culpa

Tendencia a proteger los que le han hecho daño

Dificultad para aceptar elogios

Tendencia exagerada a ocuparse de los demás

Incapacidad para sentir el placer plenamente

Disfunciones sexuales en la edad adulta

Problemas en confiar y miedos a la intimidad

Depresión

Autoestima baja y pobreza social

Ira repentina y hostilidad

Incapacidad de confiar

Se sienten dañados ante si mismo y la sociedad

Reexperimentación persistente del acontecimiento

Suicidio


Asistencia a la Victima

Uno de los principales objetivos de la Victimología es rescatar a la victima del olvido al que el victimario, es rescatar a la victima del olvido al que protagonizmo del victimario la a empujado en este sentido, la Victimología provee el brindar a aquellas personas victimizadas asistencia, ayuda, soporte y contención tanto material como moral a los fines de facilitar a la victima la reconstrucción que siempre será parcial, pues la victima sufre una perdida de su mundo las victimas deben tener asistencias material, medica psicológica y social que sea necesaria por conducto de los medios gubernamentales, voluntarios, comunitarios y autóctonos. Se proporcionara al personal de policía, de justicia, de salud, de servicios sociales y demás asistencias pertinentes para la capacitación que lo haga receptivo a las necesidades y a las victimas para garantizar una ayuda apropiada y rápida. La asistencia debe llegar lo mas rápido posible para reducir el sentimiento de desamparo que el impacto del hecho pudo haberle provocado, la ayuda debe orientarse hacia la superación del trauma psicológico, lo que no quiere decir su negación u olvido, pues ello podría facilitar las condiciones para recrear la victimización. Debe ser por un equipo multidisciplinario ajustado al abuso efectuado, reconociendo que cada hecho es siempre único. Deben crearse programas terapéuticos para las victimas y su entorno familiar. Debe tenerse especial cuidado en no desapoderar a la victima del conflicto. Ella debe tomar parte activamente en la recuperación del trauma que la tuvo como protagonista meramente como un espectador pasivo. La victima no es una persona inválida, es alguien que ha sufrido una pérdida abrumadora e inesperada


que trastorno su vida. Tratarla como invalida implica perpetuar las consecuencias de su victimización en lugar de incentivarla a superarlo. La actividad de brindar asistencia es realizada a través de centros que pueden funcionar como entidades publicas y privadas, lamentablemente la experiencia nos muestra que el estado carece de efectividad en estos casos. Lo que demuestra el fracaso del estado en su función de protección y tutela de los intereses de la comunidad en si. Sanciones

Art. 374 y 378 del cp., quien por medio de violencia o amenaza haya constreñido a una persona de uno u otro sexo a un acto carnal por vía vaginal, anal u oral; o introducción de objetos de simulación sexual, será castigado como imputado de violación con la pena de prisión de 10 a 15 años. Si el delito se a cometido contra un niño (a) o adolescente, la pena será de 15 a 20 años. La misma pena se aplicara aun sin haber violencia o amenaza al individuo que tenga un acto carnal con personas de uno u otro sexo: •

Cuando la victima sea vulnerable por razón de su edad u situación o en

todo caso cuando sea menor de 13 años. •

Que no estuviere en capacidad de resistir por causa de enfermedad física o

mental, por otro motivo independiente de la voluntad del culpable o por consecuencias de medios fraudulentos o sustancias narcóticas o excitantes que se hallan valido. •

Que no haya cumplido 16 años siempre que para la ejecución del delito se

halla valido de una relación de superioridad o parentesco familiares o afines con la victima.


Quienes resulten implicados en cualquiera de los supuestos expresados no tendrán derecho a gozar de los beneficios procesales de la ley ni de las medidas alternativas del cumplimiento de la pena. Prevención del Abuso y Violencia Sexual Existen algunas recomendaciones a considerar para prevenir que los niños sean objeto de abuso o violencia sexual; estas son: 

Proporcionar una educación sexual temprana, la cual se puede iniciar

desde los primeros años de vida enseñándole al niño a llamar por su nombre a sus órganos sexuales, a asearse adecuadamente, así como el respeto y cuidado que debe tener y exigir para con su cuerpo. 

Hacerle conocer sin exageraciones y de una manera realista sobre los

peligros y posibilidad de intentos de abuso sexual que existen no solo en relación a extraños, sino con conocidos como familiares, profesores, entrenadores y amigos. 

Proporcionarle la confianza de que siempre podrá contar con sus padres

para discutir abiertamente y sin vergüenza cualquier problema o temor que agobie al niño, sin que ello signifique el sufrir un castigo, perder el afecto, confianza o aprecio de sus padres. 

Tener cuidado de no dejar solos a los niños en la casa ni en la calle, pues

por lo general ellos no pueden cuidarse solos. 

No dejar a los niños al cuidado de desconocidos o con personas que

presenten las características mencionadas como las de posibles abusadores. 

Compartir este tipo de información con los niños y miembros de la

comunidad a través de charlas, conferencias, Escuelas para Padres, etc. solicitando el apoyo de instructores o profesionales debidamente capacitados. Es importante mencionar que el mayor peligro acerca de la sexualidad humana es saber poco de ella o tener información incierta, de ahí la importancia de educarnos


y educar correctamente a quienes nos rodean. Recordar que la mayoría de las personas han participado durante su infancia en juegos de descubrimiento y exploración de la sexualidad sin que ello signifique algún tipo de anormalidad. Que en caso de sospecharse o comprobarse una situación de abuso o violencia sexual actuar con mucho cuidado y de preferencia bajo consejería de un profesional de la salud mental pues muchas veces resulta ser mucho más traumática la reacción de los padres y conocidos que la experiencia misma. VIOLENCIA DOMESTICA. ORIGEN, CONCEPTO: El origen de la violencia domestica podemos señalar que fue cuando Caín mato a su hermano Abel desde allí; Son innumerables las formas de violencia domesticas que sean presentado a lo largo de la historia. Lo podemos definir: “como toda acción u omisión cometida en el seno de la familia por uno de sus miembros, que menoscaba la vida o la integridad física o psicológica, o incluso, la libertad de otro componente del clan familiar y causan un serio daño al desarrollo de la personalidad". Cabe destacar que la violencia hacia los mayores, entre cónyuges, hacia los niños, las mujeres, los hombres, los discapacitados, etc. Siempre es difícil pensar un esquema típico familiar, debido a que la violencia puede ser psíquica o física, y ocurre en todas las clases sociales, culturas y edades. La mayoría de las veces se trata de adultos hacia uno a varios individuos. Se caracteriza a la violencia familiar en la que alguien con más poder abusa de otras con menos poder. El término violencia familiar alude a todas las formas de abuso que tienen lugar en las relaciones entre los miembros de la familia. La relación de abuso es aquella en la que una de las partes ocasiona un daño físico y/o psicológico a otro miembro. Este daño se puede dar ya sea por acción o por omisión, y se da en un contexto de desequilibrio de poder. Para establecer que una situación familiar es un caso de violencia familiar, la relación de abuso debe ser crónica, permanente y periódica, refiriéndonos así a las distintas formas de relación abusiva que caracterizan un vínculo familiar. Entre


las principales características que puede presentar una familia que sufre de violencia son las siguientes: Generalmente en las familias en las que aparece la violencia familiar tienen una organización jerárquica fija o inamovible, Además sus miembros interactúan rígidamente, no pueden aportar su propia identidad, deben actuar y ser como el sistema familiar les impone. Las personas sometidas a situaciones críticas de violencia familiar presentan un debilitamiento de sus defensas físicas y psicológicas, lo que conduciría a un incremento en los problemas de salud. Muchas padecen de depresión y enfermedades psicosomáticas. También estas personas muestran una disminución marcada en el rendimiento laboral. En los niños y adolescentes tienen problemas de aprendizaje, trastornos de la personalidad, etc. Por lo general las personas que viven afectadas por la violencia familiar, como se criaron dentro de este contexto, tienden a reproducirlos en sus futuras relaciones.

MUJERES MALTRATADAS. NIÑOS MALTRATADOS: MALTRATO A LAS MUJERES: Cuando hablamos del maltrato hacia las mujeres, algunos especialistas prefieren referirse al síndrome de la mujer maltratada. Si bien hay un importante número de hombres golpeados, la gran mayoría de los casos se tratan de personas de género femenino. Desde el punto de vista de las estadísticas, ocurre en todas las edades pero se destaca en primer lugar entre los 30 y 39 años, luego entre los 20 y 29 años y más tarde entre los 40 y 49 años, le sigue entre los 15 y 19 años, para finalizar con las mayores de 50 años. Las mujeres casadas constituyen un 66% del total, el reto lo componen novias, ex parejas, conocidas, amantes, amigas, etc.


La mayor vulnerabilidad femenina no solo se debe a causas físicas, también incide en que las mujeres suelen concentrar en la mayoría de los casos, la mayor carga y responsabilidad en la crianza de los hijos, además por diferentes cuestiones culturales condensan las tareas hogareñas y mantienen una mayor dependencia económica como cultural de los hombres. Una mujer que abandona su hogar se encuentra en mayor riesgo que un hombre, pero debe tenerse en cuenta que las mujeres que dejan a sus abusadores tienen un 75% más de riesgo de ser asesinadas por el abusador que aquellas que se quedan conviviendo. MALTRATO A LOS NIÑOS: En el caso de los niños como en otros casos de violencia se da una relación de vulnerabilidad. Claramente los menores muestran inferiores recursos para defenderse de lo que les puede hacer un adulto. Además se debe considerar el daño emocional y los efectos a corto y largo plazo que provocan los maltratos. En algunos casos se trata de golpeadores que fueron maltratados en su propia infancia (56.7% de los casos totales), al intervenir patrones de repetición de los modelos de crianza parentales en los diferentes tipos de castigos administrados a sus hijos, pero no ocurre de este modo necesariamente. También cabe considerar que muchos padres perciben como justos los castigos implementados, o perciben la desproporción del castigo ofrecido con las supuestas faltas cometidas, que se justifica de alguna manera (por los nervios, la pobreza, etc.). Es considerable que los mismos adultos golpeadores suelen manifestar y percibir que han golpeado a sus hijos en muchas menos ocasiones de lo que realmente lo hacen. Si bien, algunos adultos golpeadores suelen manifestar algún afecto posterior como arrepentimiento o lástimas, en muchos casos se trata de padres que están a favor del castigo físico, que se emplean para "corregir" a los hijos.


TIPOS DE MALTRATOS: Maltrato Infantil: es cualquier acción u omisión, no accidental que provoque un daño físico o psicológico a un niño por parte de sus padres o cuidadores. Maltrato Físico: se refiere a cualquier lesión infligida (hematomas, quemaduras, fracturas, lesiones de cabeza, envenenamiento, etc.), que no es accidental y que provoca un daño físico o enfermedad en un niño o adulto. Puede ser el resultado de uno o dos incidentes aislados, o puede ser una situación crónica de abuso. El maltrato físico no se asocia a ningún grupo étnico, si no que se manifiesta en todas las clases sociales, religiones y culturas. Maltrato Sexual: se refiere a cualquier implicación de niños, adultos, adolescentes, dependientes o inmaduros en cuanto a su desarrollo, en actividades sexuales que no comprenden plenamente y para los cuales son incapaces de dar un consentimiento informado. En el caso de los niños es el tipo de contacto sexual por parte de un adulto o tutor, con el objetivo de lograra excitación y/o gratificación sexual. La intensidad del abuso puede variar de la exhibición sexual a la violación. De todas las formas es abuso, el abuso sexual es el más difícil de reconocer y aceptar. Según estadísticas que 1 de cada 4 niñas y 1 de cada 8 niños serán sexualmente abusados antes de llegar a los 16 años. En más del 90% el abusador será masculino y en más del 80% de los casos el abusador será una persona conocida por el niño. En la mayoría de los casos los niños nunca comunican lo que está ocurriendo. Los niños no inventan historias acerca de su propio abuso sexual, por eso en la medida de que el niño se anima a decirlo, es preciso creerles. Abuso y Abandono Emocional: generalmente se presenta bajo las formas de hostilidad verbal, como por ejemplo insultos, burlas, desprecio, críticas o amenazas de abandono. También aparece en la forma de constante bloqueo de las iniciativas infantiles por parte de algún miembro de la familia. Provoca graves trastornos psicológicos. En el caso de los niños, los padres muchas veces abusan emocionalmente de sus hijos basados en buenas intenciones. Pero a partir de


esas buenas intenciones pueden presionarlos o avergonzarlos al punto de crearles un sufrimiento emocional crónico. Mientras que el abandono emocional puede ser desde un lugar pasivo, sin brindar afecto, apoyo y la valoración que todo niño necesita para crecer psicológicamente sano. Se refiere a la falta de respuesta a las necesidades de contacto afectivo del niño; una constante indiferenciada a los estados anímicos del niño. Abandono Físico: es un maltrato pasivo y se presenta cuando las necesidades físicas de un niño como alimentación, abrigo, higiene protección no son tendidas en forma temporaria o permanentemente por ningún miembro del grupo que convive con el niño. Niños Testigos de Violencia: se refiere cuando los niños presentan situaciones crónicas de violencia entre sus padres. Estos niños presentan trastornos muy similares a los que caracterizan quienes son víctimas de abuso. Violencia Conyugal: este tipo de violencia es difícil que se haga visible hacia los demás, esto se da cuando has graves daños físicos o psicológicos. La violencia conyugal tiene un ciclo de gres fases: Fase de la acumulación de tensión: se produce una sucesión de pequeños episodios que llevan a roces permanentes en los miembros de la pareja, con un incremento constante de ansiedad y hostilidad. El hombre y la mujer se encierran en un circuito en el que están mutuamente pendiente de sus reacciones. Episodio Agudo: en el que toda la tensión que se había venido acumulando da lugar a una explosión de violencia, que puede variar de gravedad, oscilando desde un empujón hasta homicidio. Se caracteriza por el descontrol y lo inevitable de los golpes. Las mujeres se muestran sorprendidas frente al hecho que se desencadena de manera imprevista ante cualquier situación de la vida cotidiana. Luna de Miel: se produce el arrepentimiento, pedido de disculpas y promesas de que nunca más va a ocurrir por parte del hombre. Pero al tiempo vuelve a reaparecer los períodos de acumulación de tensión y a cumplirse el ciclo.


En este tipo de maltrato aparece la violencia verbal, que refuerza la violencia psicológica. El agresor comienza a denigrar a la víctima poniéndolos sobrenombres, descalificantes, insultándola, criticándole el cuerpo, comienza a amenazar con agresión física u homicidio. El agresor va creando un lima de miedo constante. La ridiculización en presencia de otras personas, le grita, le culpa de todo. A partir de estas agresiones la víctima puede sentirse débil y deprimida. Maltrato a Ancianos: se define como cualquier acto que, por acción u omisión, provoque un daño físico o psicológico a un anciano por parte de la familia. Incluye agresión verbal, física, descuido de su alimentación, abuso financiero, amenazas, por parte de los hijos o de otros miembros de la familia. CAUSAS Y EFECTOS DEL MENOR MALTRATADO: El maltrato es una situación que bien puede presentarse en todas las clases sociales, aunque la incidencia parece ser un poco mayor en niños que viven bajo condiciones socioeconómicas de pobreza. Hasta el momento existen diferentes explicaciones sobre este tipo de actitudes por parte de los adultos y se ha visto la influencia en alguna manera de las situaciones de gran estrés, que hacen que toda la furia de la persona recaiga en el niño. Pero además, en muchos de los casos, quien comete el abuso tiene antecedentes de haber sufrido el mismo tipo de agresión durante su infancia o es una persona que tiene muy poca capacidad de controlar sus impulsos. Es obvio que por las diferencias de tamaño y fuerza entre adultos y niños, estos últimos sufran grandes lesiones que pueden incluso causarles la muerte. Condiciones como la pobreza, nivel educativo bajo, paternidad o maternidad en personas que como tal no han consolidado un hogar o que son solteras, el abuso de sustancias psicoactivas como las drogas y el alcohol y otra serie de factores, se han relacionado con estas agresiones, aunque siempre hay tener en cuenta que el maltrato infantil, se puede dar en todas las clases sociales. Los niños criados en hogares donde se los maltrata suelen mostrar desordenes postraumáticos y emocionales. Muchos experimentan sentimientos de escasa


autoestima y sufren de depresión y ansiedad por lo que suelen utilizar el alcohol u otras drogas para mitigar su stress psicológico, siendo la adicción al llegar la adultez, mas frecuente que en la población general. Los efectos que produce el maltrato infantil, no cesan al pasar la niñez, mostrando muchos de ellos dificultades para establecer una sana interrelación al llegar a la adultez. Algunos niños sienten temor de hablar de lo que les pasa porque piensan que nadie les creerá. Otras veces no se dan cuenta que el maltrato a que son objeto es un comportamiento anormal y así aprenden a repetir este "modelo" inconscientemente. La falta de un modelo familiar positivo y la dificultad en crecer y desarrollarse copiándolo, aumenta las dificultades para establecer relaciones "sanas" al llegar a adulto. Puede que no vean la verdadera raíz de sus problemas emocionales, hasta que al llegar a adultos busquen ayuda para solucionarlos. Para muchos niños que sufren de maltrato, la violencia del abusador se transforma en una forma de vida. Crecen pensando y creyendo que la gente que lastima es parte de la vida cotidiana; por lo tanto este comportamiento se torna "aceptable" y el ciclo del abuso continúa cuando ellos se transforman en padres que abusan de sus hijos y estos de los suyos, continuando así el ciclo vicioso por generaciones. MÉTODOS DISCRIMINATORIOS QUE EMPLEAN

LOS PADRES PARA

CORREGIR A SUS HIJOS: A muchos padres se les hace difícil pensar en la educación de sus hijos sin recurrir a ciertos tipos de castigos, porque no los relacionan con maltrato. Los profesionales distinguen entre una cachetada que se arranca de las manos, en una situación de descontrol y ofuscación, y la violencia ideológica, que es aquella en que existe la convicción de que esa es la única forma de educar a los niños. En el primer caso, es probable que el padre o madre reconozca el error, lo cual abre la posibilidad de una reparación, de pedir disculpas y no repetirlo. En el


segundo, en cambio, lo anterior no es posible, básicamente porque no hay conciencia de estar haciendo algo incorrecto. Cuando un padre le pega a un hijo y lo justifica en que a él también le pegaron y aprendió, es porque no está cuestionando su conducta, pues vive en una cultura en que todos hacen lo mismo. Y ese es un punto fundamental: en el perfil de un padre o una madre que maltrata, hay una historia de violencia. Se puede ver un comportamiento en que hay una agresión que no es sistemática, mientras que el maltrato pierde el supuesto "fin educativo" y se transforma en golpear por golpear. Los golpes no son la única forma de maltrato. Existe la violencia psicológica que muchas veces no se interpreta como tal, porque a este lo hemos ligado con el daño físico evidente. También existe la tendencia entre los adultos de culpar a los niños de todo y justificar el castigo físico en que este los saca de quicio. Al focalizar la causa del problema siempre en el niño y castigarlo por eso no estamos solucionando lo que consideramos inadecuado, pues no le damos ninguna alternativa. Los padres pueden revertir sus conductas maltratadoras, pero con ayuda, como talleres y cursos realizados en el colegio de sus niños. POR QUE NO SE DENUNCIA EL MALTRATO? Debido a que en ambos casos de maltratos (en el de la mujer y el maltrato infantil), la mujer como esposa o como madre vive situaciones emocionales perturbadoras, encontramos algunos aspectos que hacen que no se efectúen denuncias en contra del agresor: Por pérdida de autoestima. Baja autoestima que impide dar respuesta a la agresión. Ambivalencia hacia el maltratador por el que siente miedo, agresividad y amor.


Ansiedad de la marcha que conlleva la responsabilidad del fracaso familiar y, en la mayoría de los casos, hacerse cargo de los hijos. Consecuencias económicas de una marcha. La dependencia económica y afectiva de la víctima con el agresor. Falta de recursos económicos. No tener a donde ir, etc. Ineficiencia de los apoyos jurídicos para protegerla y el temor permanente a ser agredida de nuevo por la pareja que puede seguir persiguiéndola. Falta de apoyo de la propia familia y de las instituciones en general. Tristeza, vergüenza, reticencia por el intercambio de opiniones, de experiencias (en la entrevista, denuncia, etc.). Ocultar el problema por vergüenza. Indecisión. Tendencia a desvalorizarse y culpabilizarse. Actitud temerosa. La no aceptación del fracaso matrimonial o de pareja queriendo sostener la relación hasta límites insoportables. La falta de conciencia de estar siendo maltratado (solo se debe denunciar cuando hay lesión). El sentimiento de culpa a la hora de denunciar al padre de sus hijos. El desánimo al ser concientes de que no va a servir para nada. La tolerancia del maltrato por parte de la víctima. Sólo el 5% de los maltratos familiares son denunciados, es decir, sólo se denuncia el maltrato cuando este es brutal o muy reiterado. Muchas mujeres retiran las denuncias antes de los juicios, casi siempre por miedo y bajo amenazas. Un factor que hay que tomarse en cuenta es la dificultad que tiene la víctima para probar los hechos, como llevar testigos. Los certificados de lesiones aportados no siempre tienen el poder probatorio de la existencia de la violencia familiar, ya que si bien certifican las lesiones, no acreditan quien las produce. Dado que los mecanismos legales no actúan con rapidez, la mujer maltratada debe irse del domicilio familiar con sus hijos a una casa de un familiar, amiga, etc.


mientras el agresor se queda en el domicilio. La nula protección a la víctima hace que sobre ella recaiga el peso de coordinar los distintos procedimientos civiles y penales a los que debe acudir, meta difícil de obtener con los resorte legales existentes en nuestro país. Hay ciertas dificultades que la mujer evalúa en su ruptura: Riesgo de buscar ayuda o decidirse, la violencia física o el daño psicológico: riesgo de un aumento de amenazas y de la violencia física (hijos, familia, víctima), de que el agresor amenace con suicidarse, de hostigamiento continuo, de secuestro de los hijos, etc. Riesgo económico: riesgo de poder adquisitivo, de perder ingresos o trabajo, relaciones, miedo a sentirse sola (el agresor la ha separado de sus amistades y familiares poco a poco, en algunos casos), etc. Miedo de las actitudes de los amigos, profesionales, familiares, etc.: riesgo de no ser creída, de que tengan una actitud crítica con ella, etc. También es importante destacar que las causas de denunciar o no, dependen en gran grado del tipo de ruptura que se haya llevado: Ruptura Rápida: la mujer se va y denuncia en cuanto aparecen las primeras manifestaciones de violencia. Por lo general se presenta en los siguientes casos: la mujer tiene el grado de estudios necesario para encontrar un trabajo, tiene amigo con los que contar, no tiene pasados familiares de violencia, tiene alternativas, conoce recursos y tiene acceso a ellos, tiene una buena autoestima. Ruptura a Disgustos: la mujer se separa tras varios años de soportar violencia, después de haber intentado salvar la relación. Reduce su culpabilidad puesto que ha hecho todo lo que ella pensaba que podía salvar su pareja. Por lo general se presenta en los siguientes casos: la mujer ha puesto medios para poner fin a la violencia, ha buscado ayuda (psiquiátrica, etc.), ha intentado salvar su matrimonio, su decisión ha sido pensada y meditada, evalúa que el precio del abuso es demasiado alto para ella y los niños y debe irse.


Ruptura Evolutiva: la mujer abandona la relación y vuelve sucesivas veces, hasta adquirir el convencimiento de que es preferible afrontar los problemas derivados de la separación que soportar la tortura de semejante relación. La violencia se añade a la dificultad de irse. Por lo general se presenta en los siguientes casos: la mujer tiene baja autoestima, no conoce los recursos, tiene dificultades económica, tiene pocas probabilidades de trabajar fuera de casa, comulga con los estereotipos femeninos

(muy

arregladas,

conforme

al

gusto

del

hombre),

tiene

la

responsabilidad de los hijos, le teme a la sociedad, se siente aislada.

IMPORTANCIA DE LAS LEYES

CONSTITUCION DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA La Constitución vigente de la República Bolivariana de Venezuela de diciembre de 1999, presenta en algunos de sus artículos las condiciones legales de atención a la familia venezolana y su regulación legal, a diferencia de la constitución del 61 que no legislaba sino someramente el tema. Fue tal el cambio en la carta magna que en el Artículo 21, se consagró la garantía de protección de las mujeres y la familia contra la violencia y toda forma de discriminación. Del mismo modo se consagra en el mismo Artículo que la ley garantizará las condiciones jurídicas-administrativas para que la equidad ante la ley sea efectivamente real. Así mismo, los artículos de la constitución que van del 75 al 83 garantizan entre otros aspectos la justicia social y la igualdad, sin discriminación ni subordinación alguna. Adicionalmente, en vista de que el tema de la violencia al interior de las familias en Venezuela preocupa y afecta no solo al estado, sino a la sociedad e intrínsecamente a las familias, esto se considera un problema de salud


pública. Por tanto, esta Constitución de 1999 también aprobó la formulación de la Ley Orgánica de Salud, con la que se busca que todos los venezolanos accedan al servicio de salud, participando activamente de los programas de prevención de la violencia domestica, tomando un registro de aquellas personas que están en una situación de mas fragilidad ante estos actos que van contra su integridad física y moral.

Ley orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una vida libre de Violencia: Capítulo I Disposiciones Generales Artículo 1.- La presente Ley tiene por objeto garantizar y promover el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, creando condiciones para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en cualquiera de sus manifestaciones y ámbitos, impulsando cambios en los patrones socioculturales que sostienen la desigualdad de género y las relaciones de poder sobre las mujeres, para favorecer la construcción de una sociedad justa democrática, participativa, paritaria y protagónica. Principios rectores Artículo 2.- A través de esta Ley se articula un conjunto integral de medidas para alcanzar los siguientes fines: 1-Garantizar a todas las mujeres, el ejercicio efectivo de sus derechos exigibles ante los órganos y entes de la Administración Pública, y asegurar un acceso rápido, transparente y eficaz a los servicios establecidos al efecto. 2-Fortalecer políticas públicas de prevención de la violencia contra las mujeres y de erradicación de la discriminación de género. Para ello, se dotarán a los


Poderes Públicos de instrumentos eficaces en el ámbito educativo, laboral, de servicios sociales, sanitarios, publicitarios y mediáticos. 3-Fortalecer el marco penal y procesal vigente para asegurar una protección integral a las mujeres víctimas de violencia desde las instancias jurisdiccionales. 4-Coordinar los recursos presupuestarios e institucionales de los distintos Poderes Públicos para asegurar la atención, prevención y erradicación de los hechos de violencia contra las mujeres, así como la sanción adecuada a los culpables de los mismos y la implementación de medidas socioeducativas que eviten su reincidencia. 5-Promover la participación y colaboración de las entidades, asociaciones y organizaciones que actúan contra la violencia hacia las mujeres. 6-Garantizar el principio de transversalidad de las medidas de sensibilización, prevención, detección, seguridad y protección, de manera que en su aplicación se tengan en cuenta los derechos, necesidades y demandas específicas de todas las mujeres víctimas de violencia de género. 7-Fomentar la especialización y la sensibilización de los colectivos profesionales que intervienen en el proceso de información, atención y protección de las mujeres víctimas de violencia de género. 8-Garantizar los recursos económicos, profesionales, tecnológicos, científicos y de cualquier otra naturaleza, que permitan la sustentabilidad de los planes, proyectos, programas, acciones, misiones y toda otra iniciativa orientada a la prevención, castigo y erradicación de la violencia contra las mujeres y el ejercicio pleno de sus derechos. 9-Establecer y fortalecer medidas de seguridad y protección, y medidas cautelares que garanticen los derechos protegidos en la presente Ley y la protección personal, física, emocional, laboral y patrimonial de la mujer víctima de violencia de género.


10-Establecer un sistema integral de garantías para el ejercicio de los derechos desarrollados en esta Ley.

Derechos protegidos Artículo 3.- Esta Ley abarca la protección de los siguientes derechos: 1-El derecho a la vida. 2-La protección a la dignidad e integridad física, psicológica, sexual, patrimonial y jurídica de las mujeres víctimas de violencia, en los ámbitos público y privado. 3-La igualdad de derechos entre el hombre y la mujer. 4-La protección de las mujeres particularmente vulnerables a la violencia basada en género. 5-El derecho de las mujeres víctimas de violencia a recibir plena información y asesoramiento adecuado a su situación personal, a través de los servicios, organismos u oficinas que están obligadas a crear la Administración Pública, Nacional, Estadal y Municipal. Dicha información comprenderá las medidas contempladas en esta Ley relativas a su protección y seguridad, y los derechos y ayudas previstos en la misma, así como lo referente al lugar de prestación de los servicios de atención, emergencia, apoyo y recuperación integral. 6-Los demás consagrados en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en todos los convenios y tratados internacionales en la materia, suscritos por la República Bolivariana de Venezuela, tales como la Ley Aprobatoria de la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW) y la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención de Belem do Pará). De las garantías


Artículo 4.- Todas las mujeres con independencia de su nacionalidad, origen étnico, religión o cualquier otra condición o circunstancia personal, jurídica o social, dispondrán de los mecanismos necesarios para hacer efectivos los derechos reconocidos en esta Ley: 1.

La información, la asistencia social integral y la asistencia jurídica a las

mujeres en situación de violencia de género son responsabilidad del Estado venezolano. 2.

En el caso de las mujeres que pertenezcan a los grupos especialmente

vulnerables, el Instituto Nacional de la Mujer, así como los institutos regionales y municipales, debe asegurarse de que la información que se brinde a los mismos se ofrezca en formato accesible y comprensible, asegurándose el uso del castellano y de los idiomas indígenas, de otras modalidades u opciones de comunicación, incluidos los sistemas alternativos y aumentativos. En fin, se articularán los medios necesarios para que las mujeres en situación de violencia de género que por sus circunstancias personales y sociales puedan tener una mayor dificultad para el acceso integral a la información, tengan garantizado el ejercicio efectivo de este derecho. 3.

La información, la asistencia social integral y la asistencia jurídica a las

mujeres en situación de violencia de género son responsabilidad del Estado venezolano. 4.

En el caso de las mujeres que pertenezcan a los grupos especialmente

vulnerables, el Instituto Nacional de la Mujer, así como los institutos regionales y municipales, debe asegurarse de que la información que se brinde a los mismos se ofrezca en formato accesible y comprensible, asegurándose el uso del castellano y de los idiomas indígenas, de otras modalidades u opciones de comunicación, incluidos los sistemas alternativos y aumentativos. En fin, se articularán los medios necesarios para que las mujeres en situación de violencia de género que por sus circunstancias personales y sociales puedan tener una


mayor dificultad para el acceso integral a la información, tengan garantizado el ejercicio efectivo de este derecho. 5.

Las mujeres víctimas de violencia de género tienen derecho a servicios

sociales de atención, de emergencia, de protección, de apoyo y acogida y de recuperación integral. En cada estado y municipio se crearán dichos servicios, con cargo al presupuesto anual. La atención que presten dichos servicios deberá ser: permanente, urgente, especializada y multidisciplinaria profesionalmente y los mismos serán financiados por el Estado. 6.

Los servicios enunciados en el numeral anterior actuarán coordinadamente

y en colaboración con los órganos de seguridad ciudadana, los jueces y las juezas, los y las fiscales, los servicios sanitarios y la Defensoría Nacional de los Derechos de la Mujer. También tendrán derecho a la asistencia social integral a través de estos servicios sociales los niños, niñas y adolescentes que se encuentren bajo la potestad parental o responsabilidad de crianza de las mujeres víctimas de violencia.

7.

La información, la asistencia social integral y la asistencia jurídica a las

mujeres en situación de violencia de género son responsabilidad del Estado venezolano. 8.

En el caso de las mujeres que pertenezcan a los grupos especialmente

vulnerables, el Instituto Nacional de la Mujer, así como los institutos regionales y municipales, debe asegurarse de que la información que se brinde a los mismos se ofrezca en formato accesible y comprensible, asegurándose el uso del castellano y de los idiomas indígenas, de otras modalidades u opciones de comunicación, incluidos los sistemas alternativos y aumentativos. En fin, se articularán los medios necesarios para que las mujeres en situación de violencia de género que por sus circunstancias personales y sociales puedan tener una


mayor dificultad para el acceso integral a la información, tengan garantizado el ejercicio efectivo de este derecho. 9.

Las mujeres víctimas de violencia de género tienen derecho a servicios

sociales de atención, de emergencia, de protección, de apoyo y acogida y de recuperación integral. En cada estado y municipio se crearán dichos servicios, con cargo al presupuesto anual. La atención que presten dichos servicios deberá ser: permanente, urgente, especializada y multidisciplinaria profesionalmente y los mismos serán financiados por el Estado. 10.

Los servicios enunciados en el numeral anterior actuarán coordinadamente

y en colaboración con los órganos de seguridad ciudadana, los jueces y las juezas, los y las fiscales, los servicios sanitarios y la Defensoría Nacional de los Derechos de la Mujer. También tendrán derecho a la asistencia social integral a través de estos servicios sociales los niños, niñas y adolescentes que se encuentren bajo la potestad parental o responsabilidad de crianza de las mujeres víctimas de violencia. 11.

El ente rector de las políticas públicas dirigidas hacia las mujeres, los

institutos regionales y municipales de la mujer, así como las otras organizaciones, asociaciones o formas comunitarias que luchan por los derechos de las mujeres, orientarán y evaluarán los planes, proyectos, programas y acciones que se ejecuten, y emitirán recomendaciones para su mejora y eficacia. Definición Artículo 14.La violencia contra las mujeres a que se refiere la presente Ley, comprende todo acto sexista que tenga o pueda tener como resultado un daño o sufrimiento físico, sexual, psicológico, emocional, laboral, económico o patrimonial; la coacción o la privación arbitraria de la libertad, así como la amenaza de ejecutar tales actos, tanto si se producen en el ámbito público como en el privado


Formas de violencia

Artículo 15.Se consideran formas de violencia de género en contra de las mujeres, las siguientes: 1.

Violencia psicológica: Es toda conducta activa

ejercida en deshonra,

descrédito o menosprecio al valor o dignidad personal, tratos humillantes y vejatorios,

vigilancia

constante,

aislamiento,

marginalización,

negligencia,

abandono, celotipia, comparaciones destructivas, amenazas y actos que conllevan a las mujeres víctimas de violencia a disminuir su autoestima, a perjudicar o perturbar su sano desarrollo, a la depresión e incluso al suicidio. 2.

Acoso u hostigamiento: Es toda conducta abusiva y especialmente los

comportamientos, palabras, actos, gestos, escritos o mensajes electrónicos dirigidos a perseguir, intimidar, chantajear, apremiar, importunar y vigilar a una mujer que pueda atentar contra su estabilidad emocional, dignidad, prestigio, integridad física o psíquica, o que puedan poner en peligro su empleo, promoción, reconocimiento en el lugar de trabajo o fuera de él. 3.

Amenaza: Es el anuncio verbal o con actos de la ejecución de un daño

físico, psicológico, sexual, laboral o patrimonial con el fin de intimidar a la mujer, tanto en el contexto doméstico como fuera de él. 4.

Violencia física: Es toda acción u omisión que directa o indirectamente está

dirigida a ocasionar un daño o sufrimiento físico a la mujer, tales como: Lesiones internas o externas, heridas, hematomas, quemaduras, empujones o cualquier otro maltrato que afecte su integridad física. 5.

Violencia doméstica: Es toda conducta activa , constante o no, de empleo

de fuerza física o violencia psicológica, intimidación, persecución o amenaza


contra la mujer por parte del cónyuge, el concubino, ex cónyuge, ex concubino, persona con quien mantiene o mantuvo relación de afectividad, ascendientes, descendientes, parientes colaterales, consanguíneos y afines. 6.

Violencia psicológica: Es toda conducta activa

ejercida en deshonra,

descrédito o menosprecio al valor o dignidad personal, tratos humillantes y vejatorios,

vigilancia

constante,

aislamiento,

marginalización,

negligencia,

abandono, celotipia, comparaciones destructivas, amenazas y actos que conllevan a las mujeres víctimas de violencia a disminuir su autoestima, a perjudicar o perturbar su sano desarrollo, a la depresión e incluso al suicidio. 7.

Acceso carnal violento: Es una forma de violencia sexual, en la cual el

hombre mediante violencias o amenazas, constriñe a la cónyuge, concubina, persona con quien hace vida marital o mantenga unión estable de hecho o no, a un acto carnal por vía vaginal, anal u oral, o introduzca objetos sea cual fuere su clase, por alguna de estas vías. 8.

Prostitución forzada: Se entiende por prostitución forzada la acción de

obligar a una mujer a realizar uno o más actos de naturaleza sexual por la fuerza o mediante la amenaza de la fuerza, o mediante coacción como la causada por el temor a la violencia, la intimidación, la opresión psicológica o el abuso del poder, esperando obtener o haber obtenido ventajas o beneficios pecuniarios o de otro tipo, a cambio de los actos de naturaleza sexual de la mujer. 9.

Esclavitud sexual: Se entiende por esclavitud sexual la privación ilegítima

de libertad de la mujer, para su venta, compra, préstamo o trueque con la obligación de realizar uno o más actos de naturaleza sexual. 10.

Acoso sexual: Es la solicitud de cualquier acto o comportamiento de

contenido sexual, para sí o para un tercero, o el procurar cualquier tipo de acercamiento sexual no deseado que realice un hombre prevaliéndose de una situación de superioridad laboral, docente o análoga, o con ocasión de relaciones derivadas del ejercicio profesional, y con la amenaza expresa o tácita de causarle


a la mujer un daño relacionado con las legítimas expectativas que ésta pueda tener en el ámbito de dicha relación. 11.

Violencia laboral: Es la discriminación hacia la mujer en los centros de

trabajo: públicos o privados que obstaculicen su acceso al empleo, ascenso o estabilidad en el mismo, tales como exigir requisitos sobre el estado civil, la edad, la apariencia física o buena presencia, o la solicitud de resultados de exámenes de laboratorios clínicos, que supeditan la contratación, ascenso o la permanencia de la mujer en el empleo. Constituye también discriminación de género en el ámbito laboral quebrantar el derecho de igual salario por igual trabajo. 12.

Violencia patrimonial y económica: Se considera violencia patrimonial y

económica toda conducta activa que directa o indirectamente, en los ámbitos público y privado, esté dirigida a ocasionar un daño a los bienes muebles o inmuebles en menoscabo del patrimonio de las mujeres víctimas de violencia o a los bienes comunes, así como la perturbación a la posesión o a la propiedad de sus bienes, sustracción, destrucción, retención o distracción de objetos, documentos personales, bienes y valores, derechos patrimoniales o recursos económicos destinados a satisfacer sus necesidades; limitaciones económicas encaminadas a controlar sus ingresos; o la privación de los medios económicos indispensables para vivir. 13.

Violencia obstétrica: Se entiende por violencia obstétrica la apropiación del

cuerpo y procesos reproductivos de las mujeres por personal de salud, que se expresa en un trato deshumanizador, en un abuso de medicalización y patologización de los procesos naturales, trayendo consigo pérdida de autonomía y capacidad de decidir libremente sobre sus cuerpos y sexualidad, impactando negativamente en la calidad de vida de las mujeres. 14.

Esterilización forzada: Se entiende por esterilización forzada, realizar o

causar intencionalmente a la mujer, sin brindarle la debida información, sin su consentimiento voluntario e informado y sin que la misma haya tenido justificación,


un tratamiento médico o quirúrgico u otro acto que tenga como resultado su esterilización o la privación de su capacidad biológica y reproductiva. 15.

Violencia mediática: Se entiende por violencia mediática la exposición, a

través de cualquier medio de difusión, de la mujer, niña o adolescente, que de manera directa o indirecta explote, discrimine, deshonre, humille o que atente contra su dignidad con fines económicos, sociales o de dominación. 16.

Violencia institucional: Son las acciones u omisiones que realizan las

autoridades, funcionarios y funcionarias, profesionales, personal y agentes pertenecientes a cualquier órgano, ente o institución pública, que tengan como fin retardar, obstaculizar o impedir que las mujeres tengan acceso a las políticas públicas y ejerzan los derechos previstos en esta Ley para asegurarles una vida libre de violencia. 17.

Violencia simbólica: Son mensajes, valores, iconos, signos que transmiten y

reproducen relaciones de dominación, desigualdad y discriminación en las relaciones sociales que se establecen entre las personas y naturalizan la subordinación de la mujer en la sociedad. 18.

Tráfico de mujeres, niñas y adolescentes: Son todos los actos que implican

su reclutamiento o transporte dentro o entre fronteras, empleando engaños, coerción o fuerza, con el propósito de obtener un beneficio de tipo financiero u otro de orden material de carácter ilícito. 19.

Trata de mujeres, niñas y adolescentes: Es la captación, el transporte, el

traslado, la acogida o la recepción de mujeres, niñas y adolescentes, recurriendo a la amenaza o al uso de la fuerza o de otras formas de coacción, al rapto, al fraude, al engaño, al abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad o la concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre mujeres, niñas o adolescentes, con fines de explotación, tales como prostitución, explotación sexual, trabajos o servicios forzados, la esclavitud o prácticas análogas a la esclavitud, la servidumbre o la extracción de órganos


Ley Orgánica para la Protección de Niños Niñas y Adolescentes: TÍTULO II DERECHOS, GARANTÍAS Y DEBERES Capítulo I Disposiciones Generales Artículo 10. Niños y Adolescentes Sujetos de Derecho. Todos los niños y adolescentes son sujetos de derecho; en consecuencia, gozan de todos los derechos y garantías consagrados a favor de las personas en el ordenamiento jurídico, especialmente aquellos consagrados en la Convención sobre los Derechos del Niño. Artículo 12. Naturaleza de los Derechos y Garantías de los Niños y Adolescentes. Los derechos y garantías de los niños y adolescentes reconocidos y consagrados en esta Ley son inherentes a la persona humana, en consecuencias son: a) De orden público; b) Intransigibles; c) Irrenunciables; d) Interdependientes entre sí; e) Indivisibles. Artículo 13. Ejercicio Progresivo de los Derechos y Garantías. Se reconoce a todos los niños y adolescentes el ejercicio personal de sus derechos y garantías, de manera progresiva y conforme a su capacidad evolutiva. De la misma forma, se le exigirá el cumplimiento de sus deberes.


Parágrafo Primero: Los padres, representantes o responsables tienen el deber y el derecho de orientar a los niños y adolescentes en el ejercicio progresivo de sus derechos y garantías así como en el cumplimiento de sus deberes, de forma que contribuya a su desarrollo integral y a su incorporación a la ciudadanía activa.

Capítulo II Derechos, Garantías y Deberes Artículo 15. Derecho a la Vida. Todos los niños y adolescentes tienen derecho a la vida. El Estado debe garantizar este derecho mediante políticas públicas dirigidas a asegurar la sobre vivencia y el desarrollo integral de todos los niños y adolescentes. Artículo 16. Derecho a un Nombre y a una Nacionalidad. Todos los niños y adolescentes tienen derecho a un nombre y a una nacionalidad. Artículo 17. Derecho a la Identificación. Todos los niños tienen el derecho a ser identificados, inmediatamente después de su nacimiento. A tal efecto, el Estado debe garantizar que los recién nacidos sean identificados obligatoria y oportunamente, estableciendo el vínculo filial con la madre. TÍTULO III SISTEMA RECTOR NACIONAL PARA LA PROTECCIÓN INTEGRAL DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES Capítulo I Disposiciones Generales


Artículo 117. Definición, Objetivos Funcionamiento. El Sistema de Protección del Niño y del Adolescente es el conjunto de órganos, entidades y servicios que formulan, coordinan, integran, orientan, supervisar, evalúan y controlan las políticas, programas y acciones de interés público a nivel nacional, estadal y municipal, destinadas a la protección y atención de todos los niños y adolescentes, y establecen los medios a través de los cuales se asegura el goce efectivo de los derechos y garantías y el cumplimiento de los deberes establecidos en esta Ley. Este sistema funciona a través de un conjunto articulado de acciones intersectoriales de interés público desarrolladas por entes del sector público, de carácter central o descentralizado, y por entes del sector privado. Artículo 118. Medios. Para el logro de sus objetivos, el Sistema de Protección del Niño y del Adolescente cuenta con los siguientes medios: a) Políticas y programas de protección y atención; b) Medidas de protección; c) Órganos administrativos y judiciales de protección; d) Entidades y servicios de atención; e) Sanciones; f) Procedimientos; g) Acción judicial de protección. h) Recursos Económicos. El Estado y la sociedad tienen la obligación compartida de garantizar la formulación, ejecución y control de estos medios y es un derecho de niños y adolescentes exigir el cumplimiento de esta garantía. Artículo 119. Integrantes. El Sistema de Protección del Niño y del Adolescente está integrado por:


a) Órganos Administrativos: Consejos Nacional, Estadal y Municipal de Derechos del Niño y del Adolescente y los Consejos de Protección del Niño y del Adolescente; b) Órganos Jurisdiccionales: Tribunales de Protección del Niño y del Adolescente y la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia; c) Ministerio Público; d) Entidades de Atención; e) Defensorías del Niño y del Adolescente;

ORGANISMOS

QUE

ATIENDEN

LOS

PROBLEMAS

DEL

MALTRATO

INFANTIL: Fundación Amigos del Niño que Amerita Protección (FUNDANA), es una asociación civil sin fines de lucro. Integrada por profesionales y técnicos del área social, que se dedican a brindarle protección, formación y atención integral a los niños a los que se les ha amenazado o violado sus derechos privándolos del medio familiar. Salven a los Niños (Reino Unido), es una organización fundada en Inglaterra en 1919. Trabajamos en 70 países por un mundo que respete y valore a cada niño y niña, que los escuche y aprenda de ellos y donde todos tengan esperanza y oportunidad. Hemos adoptado un enfoque holístico en nuestro trabajo, reconociendo y respondiendo a la interdependencia entre los factores sociales, económicos y ambientales que afectan a la niñez y a la juventud. Así mismo, enfatizamos el sentido local, el fortalecimiento de capacidades y la participación genuina en el diseño, ejecución de programas, con especial interés en la participación de los marginados por la pobreza y la discriminación. Para cumplir con nuestras metas, activamente apoyamos y trabajamos con contrapartes del


gobierno, ONG y comunales y agencias de cooperación internacional, sobre la base de metas compartidas y objetivos comunes. Nuestras oficinas en Sudamérica están distribuidas así: Oficina sub. Regional que coordina a todos los países de la sub. región y tiene como sede Bogotá; Oficina del Programa Colombia, con sede en Bogotá y coordina acciones Colombia y Venezuela; Oficina del Programa Brasil, con sede en Pernambuco y coordina también Paraguay y Oficina del Programa Perú, con sede en Lima y coordina acciones en Chile y Bolivia. Organización Panamericana de la Salud, La División de Prevención y Control de Enfermedades tiene cuatro programas y tres centros panamericanos: Síndrome de Inmunodeficiencia

Adquirida

y

Enfermedades

de

Transmisión

Sexual;

Enfermedades No Transmisibles; Enfermedades Transmisibles; Salud Pública Veterinaria; Centro de Epidemiología del Caribe; Instituto Panamericano de Protección de Alimentos y Zoonosis; y Centro Panamericano de Fiebre Aftosa. Las funciones de la división son las siguientes: Promover, coordinar y ejecutar las actividades de cooperación técnica dirigidas a la prevención, el control y la eliminación de las enfermedades transmisibles y las no transmisibles, incluidas las lesiones intencionales y no intencionales. Su interés principal es aumentar la conciencia de las instituciones nacionales con respecto a que, si bien las enfermedades infecciosas y re emergentes siguen planteando un problema significativo en la Región, las enfermedades crónicas y no transmisibles están en aumento. Alcaldía de Chacao, El Programa de Protección Municipal a la Niñez y a la Adolescencia, PROMUNA, funciona en la sede de Desarrollo Social, bajo la asesoría de la Fundación Rada Barnen, con un equipo de abogados, psicólogos, psicopedagogos y trabajadores sociales, que tienen el objeto de promover y proteger los derechos de los niños y adolescentes, además de brindar orientación y asesoría legal en cuanto a problemas familiares, tales como manipulación, maltrato, y discusión de patria potestad, entre otros.


UNICEF Venezuela, UNICEF está presente en Venezuela desde 1991, trabajando en la defensa, promoción y garantía de los derechos de los niños. Su trabajo se enmarca dentro de un Programa de Cooperación con el país que tiene como objetivo apoyar el cumplimiento los derechos humanos y la igualdad de oportunidades para todos los niños, así como la creación de una cultura de respeto a los derechos de los niños y el fomento de la solidaridad y de la corresponsabilidad social. Las políticas y los programas de cooperación se adecuan a: La Convención sobre los Derechos del Niño. La Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer. La estrategia en Pro de la Supervivencia y el desarrollo del Niño. El Plan de Acción de la Cumbre Mundial en favor de la Infancia. Dirección: Avenida Rómulo Gallegos, Torre KLM, piso 3 Los Palos Grandes. Caracas. Venezuela. Apartado Postal: 69314. Altamira 1062. Teléfonos: 2840511 - 284-8455 - 284-0166 - 284-0967. Fax: (58-212) 284-8655. E-mail: UNICEF[arroba]cantv.net. Hogares Crea, son una Organización No Gubernamental (ONG) conformada por personas con alta sensibilidad humana, orientada a la prevención y tratamiento de sociopatías mediante la aplicación de tecnologías propias que favorecen el crecimiento integral de la personalidad, tomando en cuenta permanentemente las demandas del entorno y los avances científicos y humanísticos. Venezuela sin límites, Son una Asociación Civil Sin Fines de Lucro, cuyo objetivo principal es lograr el enlace entre el Gobierno Nacional, la Comunidad, las Organizaciones y Fundaciones a nivel Nacional e Internacional que desarrollan programas de asistencia a la población infantil venezolana que se encuentra en situación de riesgo, orfandad y pobreza crítica. Lograr mejorar las condiciones actuales de vida de los niños que se encuentren en situación de riesgo y privados de sus medios familiares, a través de los Proyectos que desarrollamos para obtener recursos económicos, bienes, apoyo técnico y de formación.


SERVICIO NACIONAL AUTÓNOMO DE ATENCIÓN INTEGRAL A LA INFANCIA Y A LA FAMILIA (SENIFA), Tiene por objeto la ejecutoría en las áreas de prevención, tratamiento, rehabilitación e investigación científica sobre el uso y abuso

de

sustancias

estupefacientes

y

psicotrópicas;

la

administración,

funcionamiento y mantenimiento de las Comunidades Terapéuticas, de los Centros de Atención Ambulatoria y de los Centros de Educación Preventiva Integral (CEPI). Víctimas de terrorismo El Registro Único de Víctimas debe reconocer la condición de víctima o de beneficiario individual o colectivo a todas las personas o comunidades que se han visto afectadas durante el proceso de violencia entre abril 1980 y noviembre 2000. De acuerdo a lo previsto en la Ley 28592, son víctimas las personas o grupos de personas que hayan sufrido las siguientes violaciones a los derechos humanos: desaparición

forzada,

secuestro,

ejecución

extrajudicial,

asesinato,

desplazamiento forzoso, detención arbitraria, reclutamiento forzado, tortura, violación sexual o muerte; asimismo, reconoce como víctimas a las familiares de las personas muertas y desaparecidas en ese mismo período. Además, el Consejo de Reparaciones ha incluido en su definición de víctimas otros ocho casos, que se explicarán más adelante.

Según la Ley 28592 hay dos categorías generales de víctimas: Directas e Indirectas. Las víctimas directas pueden ser: 1.

las víctimas fallecidas o desaparecidas,

2.

las víctimas que han sufrido lesiones y otras violaciones a los derechos

humanos, y


3.

los familiares de las víctimas fallecidas o desaparecidas.

Para efectos del Registro Único de Víctimas que elabora el Consejo de Reparaciones, se

considera que son familiares de las víctimas fallecidas o

desaparecidas: el cónyuge o conviviente, los hijos y los padres. Todos ellos tienen un derecho a participar de una eventual reparación económica que pueda ser asignada a la víctima causante. Las víctimas indirectas son: 

Los hijos producto de una violación sexual,

Las personas que siendo menores de edad integraron un comité de

autodefensa, 

Las personas indebidamente requisitoriadas o por traición a la patria,

Los que quedaron indocumentados.

Hay 18 tipos diferentes de víctimas, no excluyentes. Una víctima puede haber sufrido diferentes afectaciones a la vez. Tipos de víctimas: VÍCTIMAS DIRECTAS

Víctimas fallecidas Se entiende por fallecimiento la muerte causada por una persona a otra, producida debido al proceso de violencia, ya sea por parte de agentes del Estado (ejecución extrajudicial) o miembros de organizaciones subversivas (asesinato). Agentes del Estado o fuerzas del orden, Organizaciones subversivas, Fuerzas Armadas

Sendero Luminoso Policía

MRTA


Víctimas de desaparición forzada Son las personas de paradero desconocido luego de haber sido detenidas por miembros de organizaciones subversivas o agentes del Estado. En dichos casos, se suma la falta de información, la negativa a reconocer el hecho o a informar sobre el paradero de la persona hasta la actualidad. Víctimas miembros de las fuerzas del orden, de los Comités de Autodefensa y autoridades civiles que resultaron heridas o lesionadas Se considera a quienes resultaron heridos o lesionados o afectados en su salud mental durante el cumplimiento de sus deberes en defensa del Estado o a causa del cargo o posición que ocupaban, sea debido a atentados cometidos por las organizaciones terroristas o durante enfrentamiento con ellos. Víctimas de tortura Se considera a quienes padecieron sufrimientos graves -físicos o mentales- en actos producidos intencionalmente por agentes del Estado o por miembros de organizaciones subversivas. Tortura es también la aplicación de métodos tendientes a anular la personalidad de la víctima o a disminuir su capacidad física o mental, aunque no causen dolor físico o angustia psíquica. Víctimas de lesiones graves Se considera a las personas que sufrieron daños graves en el cuerpo o en la salud debido a actos perpetrados por agentes del Estado o por miembros de organizaciones subversivas que ocasionan mutilación de un miembro u órgano principal del cuerpo o lo hacen impropio para su función, causan a una persona incapacidad para el trabajo, invalidez o anomalía psíquica permanente o la desfiguran de manera grave y permanente.


Víctimas de violación sexual Es todo acto de invasión física sexual contra una persona bajo circunstancias de presión, perpetrado por agentes del Estado o por miembros de organizaciones subversivas. Víctimas de violencia sexual Se consideran 'otras formas de violencia sexual' de gravedad comparable a la violación sexual, los siguientes actos: 1.

Esclavitud sexual, situación de una persona detenida contra su voluntad y

obligada -por agentes del Estado o por miembros de organizaciones subversivasa prestar servicios sexuales a determinadas personas. 2.

Unión forzada, situación de una persona a quien agentes del Estado o

miembros de organizaciones subversivas fuerzan a casarse o a convivir con otra persona. 3.

Prostitución forzada, situación de una persona a quien agentes del Estado o

miembros de organizaciones subversivas obligan a realizar uno o más actos de naturaleza sexual, para sacar ganancia económica de tales actos. 4.

Aborto forzado, situación de una mujer obligada por agentes del Estado o

por miembros de organizaciones subversivas a interrumpir un embarazo. Víctima de detención ilegal o arbitraria Se considera a los detenidos por agentes del Estado que incumplieron las formas o procedimientos o los plazos previstos en la Constitución o la ley para tal privación de la libertad.


Víctimas de prisión arbitraria siendo inocentes Se refiere a quienes sufrieron prisión debido a sentencias condenatorias por los delitos de terrorismo o traición a la patria, posteriormente declaradas inocentes mediante sentencia absolutoria. Se incluye a las personas indultadas por la Comisión Ad Hoc creada por Ley 26655, siempre y cuando la causa expresada en el expediente de indulto sea la presunción de inocencia. Víctimas de secuestro Se refiere a todo acto que prive a una persona de su libertad -sin derecho ni motivo justificado- perpetrado por agentes del Estado o por miembros de organizaciones subversivas. Se incluye la 'toma de rehenes' cometida por miembros de organizaciones subversivas por motivos políticos o económicos, es decir, la captura y detención ilegal de una persona para obligar a otros a hacer o abstenerse de hacer algo, a cambio de liberar al rehén o preservar su vida. Víctimas de desplazamiento forzoso Considera a las personas, grupos de personas o comunidades forzadas a emigrar o abandonar sus hogares o lugares de residencia habitual, como resultado o para evitar los efectos del proceso de violencia, aunque sin llegar a otro país. Comprende la situación de los desplazados individuales no retornantes, la de los desplazados retornantes, en lo que fuera aplicable, así como la de los grupos organizados de desplazados no retornantes provenientes de comunidades afectadas en sus lugares de inserción. Víctima de reclutamiento forzado Personas que fueron obligadas por elementos terroristas a participar directa o indirectamente en actividades subversivas contra el Estado.


Familiares de víctimas fallecidas Comprende al cónyuge o conviviente, hijos y padres de la víctima fallecida.

VÍCTIMAS INDIRECTAS 

Familiares de víctima de desaparición forzada: considera al cónyuge o

conviviente, hijos y padres. 

Hijos producto de violación sexual: personas nacidas dentro de los 300

días siguientes a una violación sufrida por una mujer cuya condición de víctima hubiera sido reconocida por el Registro Único de Víctimas de la Violencia. 

Menores de edad que integraron un Comité de Autodefensa (CAD):

personas que siendo menores de 18 años fueron obligados a participar directa o indirectamente en las actividades de CADs. 

Víctimas de requisitorias indebidas: se refiere a las órdenes de captura

emitidas por órganos del Poder Judicial o del fuero militar disponiendo la búsqueda, ubicación y captura de personas a las que se les imputó la comisión de los delitos de terrorismo o traición a la patria sin respetar los requisitos formales establecidos por ley. 

Víctimas que resultaron indocumentadas: son las personas que carecen

involuntariamente de documentos de identificación personal, como consecuencia de actos de arrasamiento o destrucción de registros o archivos de instituciones públicas o comunales, por miembros de organizaciones subversivas, o como consecuencia de desplazamientos forzosos debidos al proceso de violencia, y por ello son vulnerables legalmente.


CONCLUSION

A través de esta investigación breve aprendímos que la Victimología es una ciencia que se ocupa del estudio de las víctimas del delito. Más es una ciencia que debe ejercerse con amor, compasión y una profunda capacidad de empatía hacia el dolor de otros seres humanos, toda vez que implica incluso explorar a la víctima que lleva una dentro de sí y desactivar al victimario que lleva una consigo. La Victimología implica empalizar, entrar en contacto con cautela y saber retirarse a tiempo. Implica comprensión y humanidad, respeto profundo y una tolerancia infinita hacia los demás seres humanos. En este sentido es indispensable que contemos con las herramientas teóricometodológicas que nos permitan desarrollar esquemas de conocimiento que nos permitan aportar a la sociedad soluciones reales del problema de la delincuencia permitiendo la integración de una academia en la materia que comprenda a especialistas en psicología, psiquiatría, sociología, historia y derecho y eso solo podrá hacerse a través de una capacitación especializada en materia victimológica, la cual es incipiente en nuestro país, más no por ello no digna de respeto.

Nuestra

Universidad

y

sociedad

merecen

esa

integración

interdisciplinaria, para que podamos interactuar y dar luz a nuestra comunidad. Agradezco la atención brindada al presente trabajo.


Referencias Bibliográficas

Abraham, G. "Terapias sexológicas" Madrid. Pirámide 1978.

www.agelfilter.com/ar/fmuraro/asisencia__a_la_victima.htm

www.nuñezdearco.com/vistimologia.htm

www.monografias.com/trabajos78/victima-victimologia/victimologia-

victimologia2.shtml 

www.buenastareas.com/ensayos/victimologia/238427.html

Tribunal supremo de justicia. Código Penal. Republica Bolivariana de

Venezuela. Abril -2006. Pag 94 y 96. 

Mc Cary, James "Sexualidad humana, factores fisiológicos y psicológicas

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Neyra, Giraldo "Explorando

las sexualidades humanas". México. Trillas.

1981. 

COSTITUCION DE LA REPUBLICA BOLIVARIA DE VENEZUELA de 1999

LEY ORGANICA SOBRE EL DERECHO DE LAS MUJERES A UNA VIDA

LIBRE DE VIOLENCIA



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