Violencia domĂŠstica
Cornisa: VIOLENCIA DOMÉSTICA
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Contenido Violencia doméstica: definición, valoración, predicción e intervención.............................................. 2
Nota de Autor
Resumen.................................................................................... 2 Definición........................................................................... 4
La presente publicación, ha sido realizada por la
Violencia doméstica en Ecuador ........................ 6
Psicóloga Clínica Catherine Cárdenas Lituma, gra-
Anexos ................................................................................. 9
duada de la Universidad del Azuay.
Valoración y Predicción ......................................... 13 Intervención ................................................................... 16 Bibliografía ......................................................................... 20
Resumen Se investigaron y analizaron definiciones, intervención, predicción y valoración sobre la violencia doméstica y sus víctimas, buscando sintetizarlos y restar dificultad en la comprensión de este tema. A más se acotará la misma dentro de las leyes vigentes en Ecuador y las estadísticas actuales. En conjunto, se trata de una exploración teórica y sintetizada sobre la violencia doméstica.
Violencia doméstica: definición, valoración,
Palabras claves: Violencia doméstica,
predicción e intervención valoración, intervención Catherine Cárdenas Lituma
Violencia doméstica: definición, intervención, predicción y valoración
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Cornisa: VIOLENCIA DOMÉSTICA Continuamente, nos encontramos con el
3 logrado resultados importantes, no han con-
tema de la violencia doméstica, un tema que
seguido el objetivo de la erradicación, pro-
aún mantiene tabú dentro de la sociedad. Y
piamente dicha. La divulgación de los dere-
es que ¿Por qué nos encontramos tan cega-
chos de las mujeres, los niños, niñas y ado-
dos ante este tipo de casos? Y la respuesta
lescentes, los adultos mayores, las personas
radica en la negativa que podemos tener a
con discapacidad, etc. han conseguido que
ver las realidades dolorosas o difíciles que
se inicie una concientización global, sobre
nos rodean, a más de la socialización y nor-
la oscura realidad de la que hemos sido co-
malización de la violencia en varios países,
participes por siglos.
en donde se encuentra institucionalizado y permitido este tipo de trato. Aunque con el pasar de los años, se han
Con el pasar de los años, ha crecido el interés por conocer más a fondo porqué se ha perpetuado estos actos, cuales son los
generado múltiples propuestas que colabo-
“limites” permitidos, y a su vez se han ge-
ren en la erradicación de esto, si bien hemos
nerado múltiples conceptos que giran en
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torno a esta temática. Siendo el elegido para López
esta publicación, “La Violencia Doméstica”
Berbell y Rodriguez Patón
Hernández
Definición Existen varias definiciones que han sido generadas por autores, por lo que las sintetizaré en un cuadro, de manera que se pueda obtener un concepto basado en todas estas.
UNAES
Violencia doméstica - Ejercida sobre cualquier miembro de la comunidad familiar. - Persigue el control de las relaciones familiares y está determinada por el género y la generación. - Se produce en el “domo”, la casa, el hogar. - La puede ejercer y sufrir cualquiera de los miembros del núcleo familiar. - Aquella que se lleva a cabo dentro del ámbito familiar ya sea física o psicológica. - Dentro de la violencia doméstica encontramos desde las agresiones que se pueden dar por parte de un padre a un hijo, a una persona mayor y también la que se dirige contra hombres maltratados por sus mujeres. - Es ejercida dentro del núcleo familiar, así que es toda violencia que se ejerza sobre las personas que conviven en el hogar. - Puede ser cualquier relación susceptible de calificarse como relación familiar, esto es extensible a personas cuya guarda y/o custodia dependan de administraciones o de instituciones privadas. - Comisión de un delito de malos tratos continuados contra personas vinculadas afectiva o familiarmente al agresor o agresora, con las que convive, u otras personas integradas en el núcleo de su convivencia familiar como la persona que ha prestado servicios domésticos durante muchos años - Toda acción u omisión de uno o varios miembros de la familia que dé lugar a tensiones, vejaciones u otras situaciones.
La violencia doméstica, es aquella que se ejerce dentro del núcleo familiar o el hogar, en donde el agresor y la víctima puede ser cualquiera, es decir hijos, padres, abuelos, también la que se dirige contra hombres Para correspondencia en relación con esta publicación debe dirigirse por e-mail. Dirección electrónica: c_cardenasl@outlook.com
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maltratados por sus mujeres, o personas que
Aislamiento social
se encuentren conviviendo dentro del
Dependencia emocional
mismo aunque no mantengan un vínculo
Trastorno de estrés post-traumático
sanguíneo, este tipo de violencia persigue el
Ataques de pánico
control de las relaciones familiares y está
Abuso de sustancias
determinada por el género y la generación. En tanto que los agresores, en su mayoLas agresiones pueden ser físicas, psiría ha provenido de una familia con problecológicas, verbales, sexuales, emocionales mas de maltrato físico y psicolóy negligencia.
gico. “Los hombres maltrata-
Referente a la víctima se puede
dores suelen estar afectados
establecer que la aceptación ha
por muchas dificultades
este tipo de conducta puede estar
cognitivas relacionadas con
influido por “bajo nivel cultural,
creencias equivocadas sobre
falta de actividades extradomésticas o
los roles sexuales y la inferioridad
trabajos poco cualificados, dependencia
de la mujer e ideas distorsionadas sobre la
económica, poco apoyo social” (Ortí,2017)
legitimación de la violencia como una
Estas víctimas frecuentemente presentan síntomas como: Ansiedad extrema
forma de resolver los problemas.” (Ortí,2017) Presentan señales como:
Depresión
Sensibles a la frustración
Pérdida de autoestima
Comunicación limitada
Sentimientos de culpa
Baja autoestima
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Aislamiento social y emocional
doméstico son el trastorno antisocial, el
Celos excesivos
trastorno paranoico y el trastorno narcisista.
Pensamiento y conducta posesiva
Irritable Consumo de sustancias Comete actos de violencia y rompe cosas cuando se enoja. Pensamiento machista “La mayor parte de los agresores son personas sin ningún trastorno psicopatológico, Violencia doméstica en Ecuador pero si pueden tener algunos rasgos de personalidad acentuados de dependencia emo-
Estos temas no son tratados únicamente
cional, agresividad generalizada, problemas
por movimientos feministas o la sociedad
en el control de la ira, impulsividad, déficit
en general, sino que se ven presentes dentro
de autoestima, celos.” (Ortí, 2017)
del derecho y la psicología, como dos de las tantas ramas que estudian este fenómeno
Se podría decir que una característica (sociología, trabajo social, derechos humafrecuente en los agresores es el consumo de nos, etc). Más referente a lo tipificado en sustancias que puede llevar a delirios que lo manuales diagnósticos y el COIP, se enempujen ha la agresión de su familia. Ortí cuentra como anexo a continuación. menciona, que los trastornos con mayor riesgo a desembocar en agresiones de tipo
Dentro del Ecuador este tema ha tomado gran importancia y poder, por el incremento
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de denuncias sobre violencia en el último
trafamiliar, en hospitales son más precavi-
año, por lo que los profesionales que labo-
dos al atender casos de heridas o golpes que
ran dentro de las entidades que brindan los
pudieran ser provocados por alguien de la
servicios, receptan las demandas, protegen
familia. En definitiva se ha buscado iniciar
y dan acogida a las víctimas deben tener co-
con la erradicación de estas conductas, por
nocimientos referente a las leyes actuales y
medio de la atención oportuna y la protec-
en el caso de los psicólogos mantener cono-
ción a sus víctimas, a su vez el Consejo de
cimiento de la tipificación de estos proble-
la Judicatura impulsó la atención a estos ca-
mas dentro de los manuales diagnósticos.
sos y se unió con otras entidades de su ju-
Pues los informes referente a esta problemática deberán realizarse en un trabajo multidisciplinario entre las entidades de ley, trabajo social, psicología, medicina, policía, profesionales del testimonio, abogados, etc.
risdicción como son las Unidades Judiciales de Violencia contra la mujer y la familia, las Unidades Judiciales de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia, la Fiscalía, y en el caso de la ciudad de Cuenca el Consejo Cantonal de la Niñez y Adolescencia. A lo
El incremento de las denuncias pueden que sumó también instructivos sobre el deberse a las grandes campañas que se han tema, que pueden ser descargados de su párealizado que han retirado la normalización gina www.funcionjudicial.gob.ec de estas conductas y ha llevado a romper el silencio de sus víctimas. En instituciones educativas se presta mayor atención a posibles síntomas de violencia doméstica o in-
Dentro de estos instructivos se habla sobre el proceso judicial, los derechos de las mujeres, día de la mujer, guías informati-
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vas, recomendaciones, mapas de las Unida-
pues aún se tiene la creencia popular de que
des Judiciales y un instructivo sobre cómo
dentro del hogar solo puede existir maltrato
llevar una vida sin violencia.
del padre o cónyuge hacia su esposa o hijas mujeres.
Más lamentablemente, aún existe mayor interés y confusión entre la violencia intrafamiliar y la violencia de género, llegando a producir que se catalogue de la misma manera y no existan estos instructivos más específicos a la violencia doméstica,
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Anexos En el DSM-V (2014).- Se ven expuestos los distintos tipos de agresiones, dentro del apartado “otros problemas que pueden ser objeto de atención clínica”.
Código DSM-V
Código CIE-10
Problemática
V61.20 V61.8 V61.29 V61.10 V61.8 995.54 995.51 995.53 995.52 995.81 995.83 995.82 995.85 995.81 995.83 995.82
Z62.820 Z62.891 Z62.898 Z63.0 Z63.8 T74.12 T74.32 T74.22 T74.02 T74.11 T74.21 T74.31 T74.01 T74.11 T74.21 T74.31
Problemas de relación entre padre e hijos Problema de relación con los hermanos Niño afectado por relación parental conflictiva Relación conflictiva con el cónyuge o pareja Nivel elevado de emoción expresada en la familia Maltrato infantil sea de tipo físico Maltrato psicológico infantil Abuso sexual infantil Negligencia infantil Violencia física por parte del cónyuge o la pareja Violencia sexual por parte del cónyuge o la pareja Maltrato psicológico por parte del cónyuge o la pareja Negligencia por parte del cónyuge o la pareja Maltrato físico del adulto por parte de una persona distinta del cónyuge o la pareja Abuso del adulto por parte de una persona distinta del cónyuge o la pareja Maltrato psicológico del adulto por parte de una persona distinta del cónyuge o la pareja
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Cornisa: VIOLENCIA DOMÉSTICA 10 Dentro del COIP (2014).- Se ve expuesto en el parágrafo primero y segundo que tratan sobre “Delitos de violencia contra la mujer o miembros del núcleo familiar” y “Contravención de violencia contra la mujer o miembros del núcleo familiar”, respectivamente.
Artículo
Título
Tipificación
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Lesiones
La persona que lesione a otra será sancionada de acuerdo con las siguientes reglas: 1. Si como resultado de las lesiones se produce en la víctima un daño, enfermedad o incapacidad de cuatro a ocho días, será sancionada con pena privativa de libertad de treinta a sesenta días. 2. Si produce a la víctima un daño, incapacidad o enfermedad de nueve a treinta días, será sancionada con pena privativa de libertad de dos meses a un año. 3. Si produce a la víctima un daño, incapacidad o enfermedad de treinta y uno a noventa días, será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años. 4. Si produce a la víctima una grave enfermedad o una disminución de sus facultades físicas o mentales o una incapacidad o enfermedad, que no siendo permanente, supere los noventa días, será sancionada con pena privativa de libertad de tres a cinco años. 5. Si produce a la víctima enajenación mental, pérdida de un sentido o de la facultad del habla, inutilidad para el trabajo, incapacidad permanente, pérdida o inutilización de algún órgano o alguna grave enfermedad transmisible e incurable, será sancionada con pena privativa de libertad de cinco a siete años. Si la lesión se produce durante concentraciones masivas, tumulto, conmoción popular, evento deportivo o calamidad pública, será sancionada con el máximo de la pena privativa de libertad prevista para cada caso, aumentada en un tercio.
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11 La lesión causada por infringir un deber objetivo de cuidado, en cualquiera de los casos anteriores, será sancionada con pena privativa de libertad de un cuarto de la pena mínima prevista en cada caso. Para la determinación de la infracción del deber objetivo de cuidado se considerará lo previsto en el artículo 146. No serán punibles las lesiones derivadas de acciones terapéuticas ejecutadas por profesionales de la salud en cumplimiento del principio de necesidad que precautele la salud del paciente.
153
Abandono de persona
La persona que abandone a personas adultas mayores, niñas, niños y adolescentes, mujeres embarazadas, personas con discapacidad o a quienes adolezcan de enfermedades catastróficas, de alta complejidad, raras o huérfanas, colocándolas en situación de desamparo y ponga en peligro real su vida o integridad física, será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años. Las lesiones producto del abandono de persona, se sancionarán con las mismas penas previstas para el delito de lesiones, aumentadas en un tercio. Si se produce la muerte, la pena privativa de libertad será de dieciséis a diecinueve años.
154
Intimidación
La persona que amenace o intimide a otra con causar un daño que constituya delito a ella, a su familia, a personas con las que esté íntimamente vinculada, siempre que, por antecedentes aparezca verosímil la consumación del hecho, será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años. Se considera violencia toda acción que consista en maltrato, físico, psicológico o sexual ejecutado por un miembro de la familia en contra de la mujer o demás integrantes del núcleo familiar.
155
Violencia contra la mujer o miembros del núcleo familiar.
Se consideran miembros del núcleo familiar a la o al cónyuge, a la pareja en unión de hecho o unión libre, conviviente, ascendientes, descendientes, hermanas, hermanos, parientes hasta el segundo grado de afinidad y personas con las que se determine que el procesado o la procesada
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12 mantenga o haya mantenido vínculos familiares, íntimos, afectivos, conyugales, de convivencia, noviazgo o de cohabitación.
156
Violencia física contra la mujer o miembros del núcleo familiar
La persona que, como manifestación de violencia contra la mujer o miembros del núcleo familiar, cause lesiones, será sancionada con las mismas penas previstas para el delito de lesiones aumentadas en un tercio. La persona que, como manifestación de violencia contra la mujer o miembros del núcleo familiar, cause perjuicio en la salud mental por actos de perturbación, amenaza, manipulación, chantaje, humillación, aislamiento, vigilancia, hostigamiento o control de creencias, decisiones o acciones, será sancionada de la siguiente manera:
157
Violencia psicológica contra la mujer o miembros del núcleo familiar
1. Si se provoca daño leve que afecte cualquiera de las dimensiones del funcionamiento integral de la persona, en los ámbitos cognoscitivos, afectivos, somáticos, de comportamiento y de relaciones, sin que causen impedimento en el desempeño de sus actividades cotidianas, será sancionada con pena privativa de libertad de treinta a sesenta días. 2. Si se afecta de manera moderada en cualquiera de las áreas de funcionamiento personal, laboral, escolar, familiar o social que cause perjuicio en el cumplimiento de sus actividades cotidianas y que por tanto requiere de tratamiento especializado en salud mental, será sancionada con pena de seis meses a un año. 3. Si causa un daño psicológico severo que aún con la intervención especializada no se ha logrado revertir, será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años
158
Violencia sexual contra la mujer o miembros del núcleo familiar
La persona que, como manifestación de violencia contra la mujer o un miembro del núcleo familiar, se imponga a otra y la obligue a tener relaciones sexuales u otras prácticas análogas, será sancionada con las penas previstas en los delitos contra la integridad sexual y reproductiva.
159
Violencia contra la mujer o miembros del núcleo
La persona que hiera, lesione o golpee a la mujer o miembros del núcleo familiar, causándole lesiones o incapacidad que no pase de tres días, será sancionada con pena privativa de libertad de siete a treinta días.
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Cornisa: VIOLENCIA DOMÉSTICA Valoración y Predicción
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cividad, motivación por la norma
Existen varios cuestionarios y protocolas
o intimidabilidad y subcultura.*
para la valoración de violencia intrafamiliar. Se entiende por protocolo “instrumento
Escala de Impulsividad de Plutchik
una problemática determinada con el objetivo de posibilitar intervenciones coordina-
Escala de Riesgo de Violencia de Plutchik
elaborado y consensuado por diferentes agentes implicados en la intervención sobre
Valoración Jurídica.- Valora no-
EVP-R.- pretende predecir la probabilidad de manifestación de
das y eficaces. Es sobre todo, el resultado
un determinado tipo de agresión
de un trabajo en red.” (Ortí,2017)
violenta contra la pareja o ex-pareja, distingue entre “violencia grave” y “violencia menos grave”.
Cuestionario de Funcionamiento Familiar (FF-SIL)
Cuestionario de Evaluación del Sistema Familiar (CESF).- eva-
Cámara Arroyo en 2016, propone algunas de las siguientes evaluaciones*, a más de eso se realizó un meta análisis de varios
luaba la cohesión y la adaptabilidad familiar percibida por cada miembro.
documentos por lo que pudimos enlistar más evaluaciones:
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Cornisa: VIOLENCIA DOMÉSTICA
Cuestionario de Satisfacción Fa-
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miliar (CSF).- nivel de satisfacción con respecto al funciona-
Cuestionario de Violencia de Cáceres
Escala de Evaluación del Tipo y
miento familiar.
Fase de la Violencia de Género
Cuestionario de Comunicación
(EETFVG).- evaluar la o las fases
Familiar (C.A.-M//C.A.-P)
de violencia y el tipo de violen-
Inventario Familiar de eventos
cia.
vitales (F-ECV).- da a conocer un índice de la vulnerabilidad familiar al presuponer que la acumulación de los eventos vitales alcanza o supera el límite de la familia para adaptarse a éstos.
El Cuestionario de estrés perciEstos instrumentos, son unos de tantos bido (CEP).- nivel de tensiones que se pueden utilizar en la evaluación, a familiares.
más de los que se pueden generar y validar. CAF (Cuestionario de AfrontaReferente a la predicción, existen algunos miento Familiar) es un instruinstrumentos que están especializados en mento diseñado para evaluar e esto, como son: identificar el tipo de estrategias conductuales y resolución de problemas de la familia.
Protocolo de valoración del riesgo de violencia contra la mu-
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Cornisa: VIOLENCIA DOMÉSTICA jer por parte de su pareja o ex pa-
SARA.- Guía para la evaluación
reja (RVD-BCN).- valorar el
de riesgo de “asalto conyugal”,
riesgo de que a corto plazo se
guía o protocolo de predicción
produzcan actos violentos graves
del riesgo de violencia específico
por parte de su pareja o ex pa-
para su uso en conflictos de pa-
reja.
reja.*
HCR-20.- Guía para la valora-
Escala de Riesgo AURORA.- va-
ción de la peligrosidad criminal,
lorar el de riesgo que enfrenta co-
no se conceptúa como un test psi-
tidianamente la víctima de vio-
cológico formal, sino que valora
lencia intrafamiliar en su entorno
ítems tales como enfermedades
biopsicosocial.
mentales, número de condenas en prisión, riesgo de violencia, factores ambientales, situacionales y sociales.*
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Estos tienen como objetivo predecir el riesgo de que ocurra violencia doméstica o de la reincidencia de la misma en el caso de HCR-20 y SVR-20.
SVR-20.- Manual de valoración del riesgo de violencia sexual, se trata de una escala actuarial que tiene como estrategia valorar múltiples factores del propio individuo, así como factores de riesgo estático y dinámico.*
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Cornisa: VIOLENCIA DOMÉSTICA Intervención Existen modelos de intervención variados, los mismos que dependerán de la institución en donde se realiza la misma, hospitales, juzgados, toma de testimonio, consulta privada, etc.
16 Ortí (2017) manifiesta que “as técnicas cognitivo-conductuales más frecuentes utilizadas han sido la reestructuración cognitiva, entrenamiento en habilidades de comunicación y de solución de problemas e inoculación del estrés. Todas orientadas a identificar las creencias distorsionadas y a faci-
Intervención con víctimas litar la adopción de respuestas más adaptati-
La intervención psicológica con las vícti-
vas a la experiencia del maltrato”.
mas puede ser individua o
Intervención con agresores
grupal, esto dependerá de la personalidad y grado
Al igual que en el
de daño que se encuentre
caso de las víctimas,
en cada caso.
esta podrá ser indivi-
Esta intervención es-
dual o grupal, pero el
tará dirigida propiamente a superar los sen-
paso principal es la aceptación del problema
timientos de culpabilidad y mejorar la auto-
por parte de la persona que infringe la agre-
estima, retomar relaciones sociales y la ex-
sión.
presión de sus emociones. Prácticamente, devolverles el control de su propia vida.
Esta estará dirigida a la superación de ideas celitípicas, control del consumo de sustancias, enseñanza de estrategias de so-
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lución de problemas, adiestramiento en téc-
judicial, o para acudir a atención psicoló-
nicas de relajación y comunicación, y ense-
gica, social, médica y terapéutica.
ñar técnicas de afrontamiento de la ira y control de impulsos. (Ortí, 2017) El Consejo de la Judicatura también pre-
4. Incluir en la atención y en el accionar de los operadores de justicia herramientas que permitan la aplicación de conceptos in-
senta su modelo de intervención con vícti-
terculturales sobre roles de género y pers-
mas el mismo que propone:
pectivas de las mujeres en el marco de la
1. Brindar información amplia, sencilla y oportuna a las personas que acuden a la unidad judicial y sobre todo a la víctima orientándolas sobre la defensa y el ejercicio de
defensa de sus derechos. Que se sumará a: 1. Identificar la urgencia de la atención de las personas que llegan a la unidad jud.
sus derechos y el procedimiento judicial a 2. Brindar atención especializada para seguir. intervención en crisis. 2. Apoyar en la elaboración de la denun3. Evaluar el riesgo en el que se encuencia, a través de la orientación jurídica sobre tra la víctima y su familia. el proceso judicial y sobre las medidas de amparo a las cuales pude acceder la víctima para garantizar su protección y la de su flia. 3. Informar y orientar sobre las alternati-
4. Verificar antecedentes de violencia y reincidencias. 5. Realizar informes periciales que se
vas de servicios complementarios especiali-
emiten en la oficina técnica de la unidad ju-
zados para acompañamiento en el proceso
dicial, se registran y tratan como prueba primordial, vinculante y determinante.
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Cornisa: VIOLENCIA DOMÉSTICA
En tanto que en el caso de la inter-
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En donde se tendrá en cuenta que no
vención dentro del sector de salud, el Mi-
solo se debe buscar violencia física, sino
nisterio de Salud en 2008, estipuló “Estarán
psicológica y sexual. Interviniendo minu-
obligados a denunciar los hechos punibles
ciosamente de manera que se puedan obser-
de violencia intrafamiliar, en un plazo má-
var los síntomas de problemas de tipo psi-
ximo de cuarenta y ocho horas de haber lle-
cológico por maltrato, abuso sexual o vio-
gado a su conocimiento, bajo pena de encu-
lencia psicológica propiamente dicha, tanto
brimiento.” Al ser parte de las entidades
en mujeres, como en niños y ancianos.
que se enceuntran dentro del Plan Nacional de Erradicación de la Violencia de Género e Intrafamiliar.
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Bibliografía Bibliografía Las referencias marcadas con un asterisco indican estudios comprendidos en el meta-análisis *Amor, P.J, De Corral, P. & Echeburúa, E. (2010). Escala de Predicción del Riesgo de Violencia Grave contra la pareja —Revisada— (EPV-R). Psicothema 2010, 22(4), 10541060. Recuperado de http://www.psicothema.es/pdf/3840.pdf American Psychological Association, Manual de publicaciones de la American Pshychological Association./ Tr. Miroslova Guerra Frías, 3ra Ed. México: Editorial El Manual Moderno, 2010 Asociación Americana de Psiquiatría, Manual diagnóstico y estadístico de los trastornos mentales (DSM-5®), 5ª Ed. Arlington, VA, Asociación Americana de Psiquiatría, 2014 Asamblea Nacional. (2014) Código Orgánico Integral Penal (COIP). Recuperado de http://www.justicia.gob.ec/wp-content/uploads/2014/05/c%C3%B3digo_org%C3%A1nico_integral_penal_-_coip_ed._sdnmjdhc.pdf Berbell, C. & Rodríguez, Y. (02 de agosto de 2017). ¿Cuál es la diferencia entre violencia doméstica y violencia de género?. [Mensaje de blog]. Recuperado de https://confilegal.com/20170802-la-diferencia-la-violencia-domestica-la-violencia-genero/ Para correspondencia en relación con esta publicación debe dirigirse por e-mail. Dirección electrónica: c_cardenasl@outlook.com
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21
Cámara Arroyo, S. (20 de julio de 2016). Principales instrumentos de medición de la peligrosidad criminal: ¿Cuál es su fiabilidad?. [Mensaje de blog]. Recuperado de http://www.unir.net/derecho/revista/noticias/principales-instrumentos-de-medicion-de-lapeligrosidad-criminal-cual-es-su-fiabilidad/549201510413/ *Cárdenas Lituma, C. (07 de agosto de 2017). Violencia de género y doméstica. [Mensaje de blog]. Recuperado de https://psicologiaforense370.wordpress.com/2017/08/07/violencia-de-genero-y-domestica/ * Circuito Barcelona Contra La Violencia Hacia Las Mujeres. ().Protocolo de valoración del riesgo de violencia contra la mujer por parte de su pareja o ex pareja -RVD-BCN-.Recuperado de http://www.poliestudios.org/campus/pluginfile.php/5655/mod_resource/content/1/ProtocoloRVD.pdf Consejo de la Judicatura. Gestión Judicial Violencia Contra La Mujer Y La Familia. Recuperado de http://www.funcionjudicial.gob.ec/www/pdf/gestion%20judicial%20violencia%20COIP.pdf Consejo de la Judicatura (2014) Protocolos Para La Gestión Judicial, Actuación Y Valoración Pericial En Casos De Violencia Contra La Mujer o Miembros Del Núcleo Familiar. Recuperado de http://www.funcionjudicial.gob.ec/www/pdf/resoluciones/2014cj/Anexo%20154-2014.pdf *Denche, L. (2017). Diferencias entre Violencia de Género y Violencia Doméstica. [Mensaje de blog]. Recuperado de https://www.pedirayudas.com/actualidad/diferencias-entreviolencia-de-genero-y-violencia-domestica/ Para correspondencia en relación con esta publicación debe dirigirse por e-mail. Dirección electrónica: c_cardenasl@outlook.com
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22
*Funcionamiento Familiar: Evaluación de los Potenciadores y Obstructores (I). Recuperado de http://www.uv.es/lisis/instrumentos/Funcionamiento-FamiliaR.pdf González, G. C., & Bejarano, R. C. (2014). La violencia de género: Evolución, impacto y claves para su abordaje/Gender violence: Trends, impact and keys for approach. Enfermería Global, 13(1), 424-439. Retrieved from https://search.proquest.com/docview/1664837390?accountid=36552 Hernández, M. (21 de septiembre de 2015). Violencia de género y violencia doméstica: las diferencias. [Mensaje de blog]. Recuperado de http://blog.hernandez-vilches.com/violencia-genero-violencia-domestica-las-diferencias/ *Jara Romero, P., Romero Felip, A. Escala de Evaluación del Tipo y Fase de la Violencia de Género. Recuperado de http://repositori.uji.es/xmlui/bitstream/handle/10234/77672/forum_2009_18.pdf?sequence=1 *Jaramillo Oyervide, J., Bermeo Álvarez, J., Caldas Ochoa, J., & Astudillo Ñauta, J. (Septiembre de 2014). Construcción de una escala de violencia intrafamiliar, Cuenca - Ecuador 2013. Revista de la Facultad de Ciencias Médicas de la Universidad de Cuenca. 32(2): 3039. Recuperado de https://revistadepsicologiagepu.es.tl/La-Medici%F3n-de-Riesgo-Biopsicosocial-en-la-Violencia-Intrafamiliar.htm *Jiménez, A., López, A, Nicolini, H, Ortega Soto, H., & Raull Ariza, J. P. Estudio de validez de la traducción al castellano de la Escala de Impulsividad de Plutchik. Recuperado de file:///C:/Users/Arq.%20Cardenas/Downloads/628-628-1-PB%20(1).pdf
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López, E. (abril de 2005). Violencia dómestica versus Violencia de género. [Mensaje de blog]. Recuperado de http://www.mujeresenred.net/spip.php?article149 *Machado, M. J.(abril,2017). Seminario taller femicidio y violencia intrafamiliar en Ecuador. Los micromachismos y otros factores incidentes en los delitos de Femicidio y violencia intrafamiliar. Ponencia presentada en el Seminario Violencia Intrafamiliar y Femicidio en el Ecuador. Cuenca Ministerio de Salud. (2008).Normas y protocolos de atención Integral de la violencia de género, intrafamiliar y sexual por ciclos de vida. Recuperado de https://aplicaciones.msp.gob.ec/salud/archivosdigitales/documentosDirecciones/dnn/archivos/Normas%20y%20protocolos%20de%20atenci%C3%B3n%20Integral%20de%20la%20violencia.pdf Orti, J. (2017). Víctimas y Agresores. Recuperado de http://www.poliestudios.org/campus/mod/page/view.php?id=3389 *Orti, J. (2017). Potocolos de actuación desde la administración. Recuperado de http://www.poliestudios.org/campus/mod/page/view.php?id=3393 Patón, M. (18 de abril de 2017). Las diferencias legales entre la violencia de género y doméstica. [Mensaje de blog]. Recuperado de https://gaceta.es/blogs/violencia/diferenciaslegales-violencia-genero-domestica-18042017-1858-20170418-0000/
Para correspondencia en relación con esta publicación debe dirigirse por e-mail. Dirección electrónica: c_cardenasl@outlook.com
Cornisa: VIOLENCIA DOMÉSTICA
24
*Ramírez-Acuña, D. A. (2011). La medición de riesgo biopsicosocial en la violencia intrafamiliar. Revista de Psicología GEPU, 2 (1), 24 - 37. Recuperado de https://revistadepsicologiagepu.es.tl/La-Medici%F3n-de-Riesgo-Biopsicosocial-en-la-Violencia-Intrafamiliar.htm Salazar Icaza, J.C.(abril,2017). Seminario taller femicidio y violencia intrafamiliar en Ecuador. Análisis del tipo penal. Normativa nacional e internacional. Ponencia presentada en el Seminario Violencia Intrafamiliar y Femicidio en el Ecuador. Cuenca *Soriano Giménez, J.C. (23 de noviembre de 2010). SARA "Manual de Valoración del riesgo de violencia contra la pareja" [Mensaje de blog]. Recuperado de http://psicologiaforenseuned.blogspot.com/2010/11/sara-manual-de-valoracion-del-riesgo-de.html UNAES. Diferencias entre violencia de género y violencia doméstica. [Mensaje de blog]. Recuperado de https://www.unaes.es/diferencias-entre-violencia-de-genero-y-violenciadomestica/
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