Modulo 2

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¡Por la Tierra y el Poder, Venceremos!

Fortalecimiento gremial e institucional para la incidencia política

Proyecto: “Fortalecimiento de las capacidades campesinas para la incidencia política”

¿Por qué una Asamblea Constituyente?

CCP

Con fe de ra ción Cam pe si na del Pe rú Fundada el 11 de abril de 1947

Afiliada a la CGTP

Instituto Sindical de Cooperación al Desarrollo


CCP

Con fe de ra ción Cam pe si na del Pe rú Fundada el 11 de abril de 1947

Afiliada a la CGTP

¡Por la Tierra y el Poder, Venceremos!

Agencia de Cooperación Internacional del Gobierno de las Islas Baleares

Instituto Sindical de Cooperación al Desarrollo

Módulo

¿Por qué una Asamblea Constituyente?

Proyecto: “Fortalecimiento de las capacidades campesinas para la incidencia política”


Este módulo se ha elaborado en el marco del Proyecto: “Fortalecimiento de las Capacidades Campesinas para la Incidencia Política”, co ejecutado por ISCOD y CCP y financiado por la Agencia de Cooperación de las Islas Baleares.

CONFEDERACIÓN CAMPESINA DEL PERU. Dirección: Plaza Bolognesi Nº 588-Breña-Lima 5 Email: ccp.peru@yahoo.es &: 01-4251655 Secretarios Generales Colegiados: Melchor Lima Hancco. Roberto López Cruz Marcelina Vargas Quispe Jorge Prado Sumari. Responsable del texto Máximo Ponce Fuentes Equipo Técnico CCP. Victoria Medina Palomino Natalia Sánchez Gonzalez. Marzo del 2010.


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Indice

PRESENTACIÓN

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I.

Reforma del Estado.

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II.

Lucha permanente por el cambio de la Constitucion.

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2.1. Constitución Política del Estado.

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2.2. Asamblea Constituyente.

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III.

Artículos criticos de la Constitucion de 1993.

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IV.

Constitucion neoliberal no ha dado solucion a los problemas del pais.

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V.

La Constitucion que queremos.

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VI.

Tendencias para el cambio de la Constitución.

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VII. Estrategias para el cambio de la Constitución.

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VIII. Medidas y acciones.

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ESCUELAS CAMPESINAS


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Presentación

a Confederación Campesina del Perú-CCP, lleva a cabo escuelas campesinas para la formación de sus líderes y lideresas para el cambio y la incidencia política. Uno de los temas de trabajo previsto para ellas es la Reforma del Estado, visto desde la perspectiva de la Asamblea Constituyente.

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El módulo pretende construir un documento que sea útil a los líderes y lideresas como guía para el trabajo cotidiano con las organizaciones de base, orientado a contribuir en la lucha por una nueva constitución política del Estado. Será un instrumento de difusión y capacitación en los diferentes espacios colectivos en las distintas federaciones regionales que son bases de la CCP, sirviendo como referencia de nuevos elementos para la construcción de un Estado nuevo que involucre a todos los peruanos. La Constitución Política de 1993, fue impuesta por la dictadura del gobierno de Fujimori, que ha logrado cambiar aspectos centrales del funcionamiento del país. Al ser impuesto por una dictadura, no es producto de un acuerdo social con participación del pueblo, aspecto que se refleja claramente en ser una constitución que no ofrece ninguna garantía, ni seguridad a los pobres y excluidos del sistema neoliberal, sino en cambio, ofrece garantías a los ricos y empresas transnacionales, que representan los poderes fácticos en desmedro de las clases populares y los pequeños productores y comunidades campesinas y nativas. Desde este punto de vista, es que afirmamos que

“Fortalecimiento de las capacidades campesinas para la incidencia política”


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la constitución del 1993 ha generado exclusión, discriminación, descontento, protestas e inestabilidad en el país. En este texto se plantearán algunos hechos que se ha realizado en los últimos años en demanda de la nueva constitución, una descripción del marco conceptual y el análisis de los artículos críticos de la constitución política de 1993, tendencias en la nueva coyuntura, estrategias y finalmente algunas acciones de lucha que tienen que emprenderse para lograr una nueva constitución. Lima, Enero del 2010. Área Técnica de la CCP

ESCUELAS CAMPESINAS


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Primeramente, nos hacemos una idea de lo que pensamos de la constitución, para ello respondemos dos preguntas: ¿Pará que sirve la Constitución?

¿Por qué crees que es importante para el campesinado peruano apostar por la Asamblea Constituyente?

“Fortalecimiento de las capacidades campesinas para la incidencia política”


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I. REFORMA DEL ESTADO a reforma del Estado es un tema complejo y amplio, más aún considerando que el Estado peruano es un aparato privatizado, por corporaciones que se orientan a defender su reproducción en el poder y no dotar de servicios a la sociedad. Como hemos visto en toda la vida republicana, el Estado se ha caracterizado por ser oligárquico1 al servicio de los sectores terratenientes, del comercio y las finanzas. Fue con Velasco que el Estado

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estuvo al servicio de la acumulación de un emergente sector industrial; se convirtió con Morales Bermúdez, Belaúnde y García en un Estado al servicio de los grupos empresariales, y pasó a ser con Fujimori, Toledo y ahora García, ya en el marco de la globalización, un Estado al servicio de los inversionistas transnacionales y los sectores empresariales ligados a ellos en la extracción de los recursos, la prestación de servicios y las finanzas.

1 Forma de gobierno en la que el poder está en manos de pocas personas. ESCUELAS CAMPESINAS


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II. LUCHA PERMANENTE POR EL CAMBIO DE LA CONSTITUCIÓN En la lucha política actual es importante ganar las mentes de los peruanos bajo un proyecto de país, que esté enmarcado en una nueva constitución los objetivos de un

nuevo Perú. La exigencia de una nueva constitución, fue una lucha permanente en los últimos años, por parte de la CCP y el movimiento social en el País.

2.1. En primer lugar trataremos de entender: El concepto de la Constitución:

¿QUÉ ES LA CONSTITUCIÓN?

2.2.

Es la norma más importante de cómo debe estar organizado nuestro país, es más que una Ley. Por ejemplo, es la partida de nacimiento para un ciudadano o el estatuto para una organización.

En segundo lugar la Asamblea Constituyente.

ASAMBLEA CONSTITUYENTE “Fortalecimiento de las capacidades campesinas para la incidencia política”

Es un organismo, que reúne a los representantes del pueblo, elegidos en forma democrática. FUNCIÓN: Redactar la constitución, que es la Ley principal de organización de un Estado.


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Ordena la información en un mapa conceptual:

ASAMBLEA CONSTITUYENTE

Es

sirve para

la integran

Señala: ¿Por qué crees que no se ha podido constituir una Asamblea Constituyente para elaborar una nueva constitución? Escribe algunas respuestas en las siguientes líneas: 1) 2) 3) 4)

ESCUELAS CAMPESINAS


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III. ARTICULOS CRITICOS DE LA CONSTITUCION 1993 Presentamos el análisis de algunos artículos críticos de la Constitución de 1993: REGIMEN ECÓNOMICO

COMENTARIO t En nuestro país la prioridad la tiene el capital privado, el Estado está muy limitado de invertir, el interés social no es importantes.

Artículo 58°. La iniciativa privada es libre. Se ejerce en una economía social de mercado.(…) y actúa principalmente en las áreas de promoción de empleo, salud, educación, seguridad, servicios públicos e infraestructura.

t Se trata de un Estado subsidiario: sólo invierte donde no entra el capital privado o no quiere invertir. t El régimen económico, los neoliberales no quieren cambiar por nada, porque es la puerta para que ellos puedan entrar con tranquilidad. t 20 años de economía de libre mercado, donde se han consolidado los oligopolios (dos o tres empresas controlan el mercado), por parte de empresas privadas, que se orienta para lucrar y no para satisfacer las necesidades de la población.

Artículo 62°. “(…) mediante contratos-Ley el Estado puede establecer garantías y otorgar seguridades. No pueden ser modificados legislativamente (…)”.

“Fortalecimiento de las capacidades campesinas para la incidencia política”

t Hay más de 400 contratos-ley, denominados convenios de estabilidad jurídica firmados con diversas empresas y que contiene estabilidad de los regímenes tributarios, laborales entre otros. (Grupo Nacional del Presupuesto Público, Cartilla Informativa-Agosto del 2009.)


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DEL AMBIENTE Y LOS RECURSOS NATURALES.

Artículo 66°. Los recursos naturales, renovables y no renovables, son patrimonio de la Nación. El Estado es soberano en su aprovechamiento. Por ley orgánica se fijan las condiciones de su utilización y de su otorgamiento a particulares. La concesión otorga a su titular un derecho real, sujeto a dicha norma legal.

COMENTARIO t Esta claro que los recursos naturales son patrimonio de la Nación; y que el Estado, para su aprovechamiento es soberano, o sea, es libre. Amparado en este artículo los recursos naturales son entregados a las empresas privadas. t ¿Que significa un derecho real?, cuya máxima expresión es el derecho de propiedad (derecho real sobre cosa propia) aunque también puede ejercerse sobre cosa ajena, como en el caso de las servidumbres. Según la cual, el derecho real supone una relación directa e inmediata entre la persona y la cosa. Es una potestad de que la persona ejerce sobre la cosa sin necesidad de intermediario alguno. t Es triste e inaceptable que la riqueza que tenemos todos los peruanos, no sea aprovechada en beneficio de todos los peruanos, sino, que lo sea por las empresas extranjeras. Vemos como la explotación de nuestros recursos mineros, petrolíferos, madereros, hídricos en todas las regiones del país, son entregados a las empresas extranjeras, mediante la concesión. t Las Comunidades Campesinas y nativas, poco o nada se benefician de las ganancias que genera la explotación de estos recursos naturales por empresas extranjeras. Ello a pesar de que están en el territorio de estas comunidades, y que son los directos afectados por la contaminación que genera su explotación. t Hemos perdido la soberanía en el manejo de nuestros recursos naturales.

ESCUELAS CAMPESINAS


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CAPITULO III, DE LA PROPIEDAD Artículo 73°. Los bienes de dominio público son inalienables e imprescriptibles. Los bienes de uso público pueden ser concedidos a particulares conforme a ley, para su aprovechamiento económico.

“Fortalecimiento de las capacidades campesinas para la incidencia política”

COMENTARIO t Entonces, establece que los bienes públicos si se puede otorgar a particulares, con lo cual se hace legal la concesión a particulares para su aprovechamiento económico.


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DEL RÉGIMEN AGRARIO Y DE LAS COMUNIDADES CAMPESINAS Y NATIVAS

Artículo 88°. (…) Las tierras abandonadas, según previsión legal, pasan al dominio del Estado para su adjudicación en venta.

Artículo 89°. (…) Son autónomas en su organización, en el trabajo comunal y en el uso y la libre disposición de sus tierras, así como en lo económico y administrativo, dentro del marco que la ley establece. La propiedad de sus tierras es imprescriptible, salvo en el caso de abandono previsto en el artículo anterior. El Estado respeta la identidad cultural de las Comunidades Campesinas y Nativas.

COMENTARIO

t Cuando pasan las tierras abandonadas al dominio del Estado, estas deben ser adjudicados a las Comunidades Campesinas y Nativas o campesinos sin tierra, para que trabajen en forma directa. t En la constitución de 1979 en su art 157 afirmaba que las tierras abandonadas pasan al dominio del Estado para su adjudicación a campesinos sin tierras, pero con la constitución de 1993, en su artículo 88, sustenta que las tierras abandonadas pasan al dominio del Estado para su adjudicación en venta. t Las tierras de las comunidades campesinas y nativas además de ser imprescriptibles (situación prevista en la actual Constitución) gozaban de imbargabilidad e inalienabilidad. t En la Constitución del 1979 las tierras de las C.C. contaban con una protección especial: a) Inembargables (no se pueden embargar), b) Imprescriptibles (no se puede adquirir por el paso del tiempo, o sea, los poseedores de tierras de la comunidad no pueden llegar a ser propietarios por posesión y por prescripción) c) Inalienables, las tierras comunales no se podían enajenar. (no se pueden vender o cederse de manera legal) Ejemplo, los derechos humanos son inalienables. ESCUELAS CAMPESINAS


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Conversa en grupo o responde individualmente, ¿Cómo han afectado estos artículos en tu comunidad campesina? Escribe ejemplos concretos:

“Fortalecimiento de las capacidades campesinas para la incidencia política”


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IV. La Constitución neoliberal no ha dado solución a los problemas del país urante 17 años de vigencia de la constitución de 1993, el Estado se ha alejado más del Perú profundo, dejando una fractura social entre los Andes y la Amazonia principalmente. El modelo económico vigente que ampara esta constitución, no garantiza el futuro de los peruanos pues al caracterizarse por ser neoliberal, ha consolidado el modelo primario exportador dependiente de los precios internacionales, llevándonos a un abismo, truncando nuestro desarrollo como país, por el control del Estado de un grupo empresarial, que usufructúa de acuerdo a sus intereses económicos.

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poblaciones más pobres que ahora, seguramente, nuestros ríos y lagunas totalmente contaminados, nuestra biodiversidad desaparecida, la ganadería arrinconada… Nos encontraremos en medio de nuestro campo sin vida, con poblaciones sin esperanza y sin futuro. Ese será el escenario de nuestro medio rural podemos describir a futuro luego de la aplicación de este modelo económico en amparo de la constitución vigente.

Teniendo este escenario del modelo primario exportador, si nos ponemos a preguntar ¿Qué ocurrirá cuando se acaben nuestros recursos naturales?, podemos imaginarnos de aquí a unos 20 años, o quizás algo más, la existencia de cerros infértiles, los territorios de las comunidades abandonadas, ESCUELAS CAMPESINAS


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V. La Constitución que queremos La nueva constitución elaborada con participación del pueblo debe: 4 Ser formulada con la participación de

todas las organizaciones del pueblo peruano, que exprese las nuevas reglas de juego de convivencia social, de justicia e igualdad de derechos para todos. 4 Garantizar igualdad de oportunidades

para todos: educación y salud públicas, gratuitas y de calidad; acceso y desarrollo de la ciencia, la tecnología y las comunicaciones; reconocimiento de los derechos legalmente adquiridos; la plena vigencia de los derechos laborales y a la seguridad social; la efectividad. En suma, de todos los derechos humanos, una democracia sustantiva y un Estado de derecho que garantice los derechos de todos en un país plurinacional, multicultural, plurilingüe y orgulloso de su diversidad. (J.D. Canseco exposición escuela campesina CCP). “Fortalecimiento de las capacidades campesinas para la incidencia política”

4 Permitir el ejercicio del autogobierno del

pueblo con la democracia participativa y representativa, revocatoria de las autoridades electas, gobernar obedeciendo al pueblo. 4 Proteger la propiedad de los recursos naturales para todos los peruanos y peruanas, su explotación debe garantizar el desarrollo del país, las regiones y comunidades campesinas y nativas, bajo un plan de desarrollo nacional. 4 Que, promueva el mercado nacional, re-

cupere el control nacional de los recursos naturales, promueva una nueva industrialización y termine con la segmentación productiva y la discriminación económica de las regiones. 4 Que integre a los nuevos actores, que están saltando al escenario nacional, exigiendo ser incluidos en el Estado, las comunidades andinas y las amazónicas, que nos exige reconocernos como un país diverso, plurinacional, multicultural y plurilingüe.


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Responde en grupo o colectivamente: ¿Por qué es urgente para las comunidades campesinas y nativas cambiar la Constitución?

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VI. Tendencias para el cambio de la Constitución uestra estrategia representa la creación de otro modelo, entonces, la pregunta aparece, ¿Podemos cambiarlo?, las respuestas a ello surgen desde la capacidad que tengamos para proyectar las condiciones que se presentan en la actual coyuntura, para el cambio de la constitución:

N

Por un lado, es más que evidente que el gobierno de Alan García encarna la continuidad de la política neoliberal, lo que llevará a la profundización de las privatizaciones (puertos) y la entrega de los recursos naturales (agua, minería, petróleo, gas etc.) en

“Fortalecimiento de las capacidades campesinas para la incidencia política”

concesión a las empresas extranjeras. Esta política se vio claramente reflejada en la actuación de la actual Ministra de Economía, en el conflicto de Bagua, donde manifestó la defensa cerrada para la no derogación de los decretos legislativos que vulneran el derecho a su territorio de las comunidades campesinas y nativas, pero que “ponían en peligro el TLC con EE.UU”. Por otro lado, el Movimiento social sigue fragmentado, sin lograr la unidad con una visión de país y la defensa de los recursos naturales, no siendo posible generar mayores condiciones para incidir en la constitución de la Asamblea Constituyente.


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VII. Estrategias para el cambio de la Constitución a propuesta de cambio que planteamos es un proceso de transformaciones, en las relaciones económicas, sociales y políticas:

L

4 Dependerá de la construcción de una

fuerza social y política capaz de equilibrar y pasar a ser mayoría y contrapesar con las fuerzas de la derecha. 4 Requiere la concertación y unidad con

las organizaciones sociales, para ganar

hegemonía e iniciativa en la constitución de la Asamblea Constituyente. 4 El poder neoliberal sólo quiere reformar

la Constitución, o sea, poner parches de acuerdo a sus conveniencias. Nosotros apostamos por una nueva Constitución que a través de un proceso de debate, recoja los cambios tanto a nivel nacional como internacional, vía una Asamblea Constituyente. 4 Refundar la república.

ESCUELAS CAMPESINAS


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VIII. Medidas y acciones 4 Campañas para la constitución de una

Asamblea Constituyente,

4 Acciones de lucha de manera unitaria

con las organizaciones sociales a nivel nacional.

4 Conferencias de prensa y debates para la

constitución de la Asamblea Constituyente. 4 Agenda para los candidatos al gobierno

4 Compromiso de los candidatos de iz-

quierda y nacionalistas para la presidencia nacional, en conformar la Asamblea Constituyente.

regional. Luego de lo estudiado, indica si las afirmaciones son falsas o verdaderas:

AFIRMACIÓN 1. La Constitución es un documento que debemos conocer todos los peruanos. 2. La Asamblea Constituyente sólo la pueden integrar los congresistas. 3. Desde los inicios de la República la Constitución no ha considerado los derechos del campesinado peruano. 4. En este momento es legal en el Perú la entrega a empresas privadas de nuestros recursos naturales. 5. Sólo es posible modificar la Constitución estando en el Poder Ejecutivo. “Fortalecimiento de las capacidades campesinas para la incidencia política”

FALSO

VERDADERO


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BIBLIOGRAFÍA 10.1. Constitución Política del Estado de 1993. 10.2. Constitución Política del 1979. 10.3. Exposición: Escuela Nacional de la CCP, Javier Diez Canseco. 10.4. Cartilla Informativa, La Verdad Sobre el Presupuesto Publico, Grupo Nacional del Presupuesto Publico., Agosto del 2009.

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“Fortalecimiento de las capacidades campesinas para la incidencia política”


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Fortalecimiento gremial e institucional para la incidencia política

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