CLUB DEPORTIVO BERENGUER DALMAU Carrer Cuenca, 11 4º 34ª 46470 CATARROJA (València) C.I.F. G-96494513 Internet: http://cdbd.blogspot.com/ Telèfon 686 91 23 31 E-Mail: cdberenguer@hotmail.com
Solicitud de Alta como SOCIO del C.D. Berenguer Dalmau HOJA DE DATOS PERSONALES
TEMPORADA 2017/2018 Concepto socio: SOCIO no Federado. (Cuota anual 15 € temporada 2017/2018) No se abonan por el resto de socios SOCIO con licencia federativa. (Cuota temporada 2017/2018 según licencia y categoría) Tipo de Licencia: Categoría: y 2001)
JUGADOR
ENTRENADOR
DEL. EQUIPO
SENIOR MASC. (nacidos año 1999 y anteriores) CADETE MASC. (nacidos 2002 y 2003)
ALEVIN MIXTO (nacidos 2006 y 2007)
DEL. CAMPO
JUNIOR MASC. (nacidos 2000
INFANTIL (nacidos 2004 y 2005)
BENJAMIN MIXTO (nacidos 2008 y 2009)
SOLO ENTRENAR (Según disponibilidad)
Datos personales: NOMBRE: _______________________________ APELLIDOS: ___________________________________________________ D.N.I.: _______________--__ FECHA NACIMIENTO: _____________ Nº SOCIO: ______ No rellenar TELEFONOS: FIJO: ____________________ MOVIL: ________________________ DIRECCIÓN: __________________________________________________________ LOCALIDAD: ____________________ PROVINCIA: ____________ C.P.: __________ E-MAIL: ____________________________________ PROFESION/ ESTUDIOS: ______________ Solicito: Mi admisión en calidad de socio del CLUB DEPORTIVO BERENGUER DALMAU, con los derechos y obligaciones que fijan los Estatutos (ver al dorso) y las normas de régimen interno del Club. Firma:
Fecha y Firma del socio o del padre/ madre/ tutor en el caso de menores. El titular de los datos personales autoriza al CDBD a registrar los datos de carácter personal detallados en este impreso, los cuales serán tratados en todo momento de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de Carácter Personal y demás legislación vigente. En función de la aplicación de dicha normativa, el afectado podrá acceder, rectificar y cancelar su información remitiendo un escrito a: C. D. Berenguer Dalmau – C/ Cuenca, 11-4º-34ª, 46470 Catarroja (Valencia). El padre/ madre/ tutor del menor cuyos datos se relacionan autoriza al C. D. Berenguer Dalmau a obtener imágenes de las actividades organizadas por el club donde pueda aparecer el menor y a utilizarlas con el objetivo de dar difusión a las mismas. Cortar por aquí
Devolver rellenada y firmada la parte de arriba y guardar la de abajo
NOTA: Ver procedimiento de pago en la Carta al socio de la Temporada 2017-2018. Transferencia, Ingreso en cuenta o entrega en efectivo al Club con el correspondiente recibo.
CAIXA POPULAR: IBAN ES18 3159 0052 3023 1227 4919 CUOTAS 2017-2018 SENIOR AUTONÓMICO SENIOR PRIMERA ZONAL SENIOR SEGUNDA ZONAL JUNIOR PRIMERA ZONAL CADETE IR INFANTIL IR ALEVIN IR BENJAMIN SOLO ENTRENAR (según disponibilidad) TÉCNICOS y DELEGADOS SOCIOS NO FEDERADOS
CUOTA 1º plazo 2º plazo 3º plazo TOTAL 30/09/2017 31/12/2017 01/03/2018 400 € 150 € 150 € 100 € 375 € 150 € 145 € 80 € 350 € 140 € 140 € 70 € 300 € 120 € 110 € 70 € 275 € 110 € 110 € 55 € 275 € 110 € 110 € 55 € 250 € 95 € 95 € 60 € 200 € 80 € 80 € 40 € 200 € 40 € 15 €
CLUB DEPORTIVO BERENGUER DALMAU Carrer Cuenca, 11 4º 34ª 46470 CATARROJA (València) C.I.F. G-96494513 Internet: http://cdbd.blogspot.com/ Telèfon 686 91 23 31 E-Mail: cdberenguer@hotmail.com
El texto íntegro de los estatutos sociales del club está disponible en la web del club. ESTATUTOS DEL CLUB DEPORTIVO BERENGUER DALMAU CAPITULO SEGUNDO -DE LOS SOCIOS ARTICULO 8.- El número de socios será ilimitado. No obstante, la Junta Directiva podrá suspender la admisión temporal de nuevos socios cuando razones de aforo o de capacidad física de las instalaciones así lo aconsejen. ARTICULO 9.- Requisitos de los miembros (en virtud del artículo 3 de la Ley Orgánica 1/2002) 1. Pueden ser socios del club las personas físicas y jurídicas, tanto públicas como privadas, con arreglo a los siguientes requisitos: a) Las personas físicas mayores de edad o menores de 18 años legalmente emancipados, con capacidad de obrar y no sujetas a ninguna condición legal para el ejercicio del derecho de asociación. b) Los menores no emancipados de más de 14 años, con el consentimiento, documentalmente acreditado, de las personas que deban suplir su capacidad. c) Las personas jurídicas de naturaleza asociativa, previo acuerdo expreso de su órgano competente, y las de naturaleza institucional previo acuerdo de su órgano rector. 2. El derecho a ser socio se extiende a los extranjeros en disposición de autorización de estancia o residencia en España. (En virtud del artículo 8 de la Ley orgánica 4/2000, de 11 de enero, de derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, modificada por la Ley Orgánica 8/2000, de 22 de diciembre). 3. El Club se compondrá de las siguientes clases de socios: de honor, de número, familiares y aspirantes. a) Serán socios de número: todas las personas comprendidas en los apartados 1 y 2 de este artículo que, previa solicitud sean admitidas y satisfagan la cuota social establecida. b) Serán socios aspirantes: los menores de 18 años, que pagarán las cuotas que a tal fin se establezcan tendrán derecho al uso de las instalaciones sociales y pasarán automáticamente a ser socios de número al cumplir la mayoría de edad. c) Serán socios familiares: todas las personas comprendidas en los apartados 1 y 2 de este artículo que dependan económicamente de un socio de número y convivan con él en el mismo domicilio. d) Son socios de honor: aquellas personas a quienes el Club conceda esta distinción y tendrán un lugar de preferencia en los actos oficiales de la entidad. Los socios de número gozarán de la plenitud de derechos que les confieren los presentes Estatutos, siendo todos ellos miembros integrantes de la Asamblea General. ARTICULO 10.-Los socios de número tendrán los siguientes derechos: (en virtud de los artículos 21 y 23 de la Ley Orgánica 1/2002) a) Participar en el cumplimiento de los fines específicos del Club. b) Exigir que la actuación del Club se ajuste a lo dispuesto en la Ley General de la Cultura Física y el Deporte, a sus normas de desarrollo y a las demás normas autonómicas o estatales que estén vigentes y resulten aplicables en materia deportiva y a lo que establecen los presentes Estatutos. c) Separarse libremente del Club. d) Conocer sus actividades y examinar su documentación. e) Exponer libremente sus opiniones en el ámbito del Club. f) Ser elector y elegible para los órganos de gobierno y representación, siempre que se tengan 18 años y plena capacidad de obrar. g) A ser informado acerca de la composición de los órganos de gobierno y representación del club, de su estado de cuentas y del desarrollo de su actividad. h) A impugnar los acuerdos de los órganos de gobierno y representación que estimen contrarios a la ley o a los estatutos ARTICULO 11.- Son obligaciones de los socios de número: a) Abonar las cuotas que exija la Junta Directiva, aprobadas por la Asamblea General. b) Contribuir al sostenimiento, difusión y práctica del Baloncesto. c) Acatar cuantas disposiciones dicte la Asamblea General, la Junta Directiva o sus miembros para el buen gobierno del Club. d) Y todas las demás obligaciones que se desprendan de lo dispuesto en los presentes Estatutos.