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REAL DECRETO DE
TRONCALIDAD
24 de Enero de 2011, Nuevo Borrador La idea de la formación troncal, y su instauración, se derivan de la necesidad de cambio del actual sistema de Formación Sanitaria Especializada de cara a formar profesionales más completos que adquieran una visión global y multidisciplinar del paciente durante su formación especializada.
BÁSICOS DE LA FORMACIÓN TRONCAL La LOPS (Ley de Ordenación de las
Las especialidades troncales y no
según el puesto de acceso a la
Profesiones Sanitarias) en la sección
troncales no son inamovibles, siendo
especialidad (MIR).
segunda, artículo 19.2, articula: “las
su cambio, en caso de ser necesario,
especialidades del mismo tronco
aprobado por el MSPSI.
tendrán un periodo de formación
El borrador de RD establece, además, que no se permitirán rotaciones
común de una duración mínima de
Se establece un periodo de
externas durante el periodo de
dos años”.
formación troncal con una serie de
formación troncal.
competencias comunes a todas la Durante el periodo troncal se
especialidades y otra serie de
Por tanto, la formación troncal
distribuyen las especialidades en
competencias trasversales a las
constaría de un periodo de
Ciencias de la Salud en cuatro
especialidades del mismo tronco que,
rotaciones dentro de las
troncos (Médico, Quirúrgico,
citando a la LOPS, “sea un periodo
especialidades del tronco electo de
Laboratorio y Diagnóstico Clínico e
no inferior a dos años del tiempo
cara a adquirir una serie de
Imagen Clínica), así como
total de formación establecido para
competencias y habilidades
especialidades no troncales
cada especialidad” y que se
básicas, que no se especifican
(Pediatría, Psiquiatría,
desarrollará en base a los
en el nuevo borrador, debiendo
Oftalmología y Anatomía
cronogramas propuestos por las UDT
ser definidas por la CNTr y adaptadas
Patológica).
con la posibilidad de existir
posteriormente a la realidad de cada
itinerarios a los que se accederá
UDT.
CONTENIDO
1.- Estructura organizativa de la Troncalidad y reespecialización 2.- Evaluación, Formación Especializada y Áreas de Capacitación 3.- Temporalización y Principales diferencias con el borrador anterior
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S OBRE LA R EESPECIALIZACIÓN Podrán optar a la reespecialización los especialistas en activo con al menos ci nco años de ejerci cio profesio nal . Para poder optar a una tercera y a sucesivas reespecializaciones deberán transcurrir un mínimo de ocho años desde la última de estas. Las Comunidades Autónomas serán las encargadas de ofertar plazas de especialidad. La oferta de reespecialización no podrá ser
ESTRUCTURA ORGANIZATIVA DE LA TRONCALIDAD
superi or al 2 % de la tot al idad de
Comisión Nacional Troncal (CNTr):
Unidad Docente Troncal (UDT): son
pl azas ofertadas anualmente para
Se constituirá una comisión
el conjunto de recursos materiales y
todas las especi al idades
nacional troncal por cada tronco .Su
personales pertenecientes a los
troncales. Oferta que teniendo en
función principal será la de elaborar
dispositivos asistenciales, docentes,
consideración la última convocatoria
el programa formativo de dicho
de investigación o de cualquier otro
MIR no podría sobrepasar las 150 plazas
tronco, establecer los
carácter que, con independencia de
para todas las especialidades a nivel
criterios/indicadores de evaluación,
su titularidad, se consideran
nacional.
elaborar la estructura básica del
necesarios para impartir formación
libro del residente y los requisitos a
troncal reglada en las especialidades
Las comunidades autónomas podrán
cumplir para ser acreditado como
de Ciencias de la Salud.
elevar al MSPSI propuestas de
Unidad Docente Troncal.
Las Comunidades Autónomas
pl anes format ivos i nd ivi dual es, si
La Comisión estaría compuesta por
adscribirán las UDT a una Comisión
fuese necesario en cada caso. Serán las
vocales representantes de las
de Docencia ya constituida o a una
Comisiones Nacionales de Especialidad
Comisiones Nacional de
Comisión de Docencia
las que decidan, en última instancia,
Especialidad, de los residentes de las
específicamente creada para uno o
elaborar dichos planes formativos
mismas y de la Comisión de
varios troncos. En su caso, se
adaptados. En estos supuestos, el
Recursos Humanos del SNS. Los
definirán subcomisiones troncales
periodo formativo no podr á ser
vocales nacionales de especialidad
para cada UDT.
inf eri or al 50% del t otal del
(durante 4 años) y recursos
periodo de formación especí fic a
humanos (durante 2 años) se
Tutores troncales: son especialistas
de la especialidad.
designarían a propuesta de la
en servicio de las especialidades que
Comisión de Especialidad y de
integran el tronco que se
La reespecialización se realizará siempre
Recursos humanos, mientras que
encargarían del cumplimiento del
en la propia Comunidad Autónoma, a
para los vocal es de residentes
programa formativo troncal y la
no ser que haya acuerdos entre dos o
(durante dos años) se establece la
aplicación de los criterios de
más CCAA por la falta de especialistas.
realización de un sorteo entre l os
evaluación.
60 primeros del examen MIR .
www.ceem.org.es
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Comisión Nacional de Especialidad
La función que se le otorga en el
(CNE): organismo que representa los
periodo formativo troncal es
especialistas de una especialidad,
encargarse de la definición de las
siendo el organismo encargado de
competencias generales y
definir el programa de la formación
transversales del periodo troncal.
específica y los planes formativos de Ministerio de Sanidad, Política
la reespecialización.
Social e Igualdad (MSPSI): cualquier
EVALUACIÓN DEL
Consejo Nacional de Especialidades
cambio en la distribución de las
en Ciencias de la Salud (CNECS):
especialidades asignadas a cada
Redactó el primer borrador de
tronco o de la posible creación de
La evaluación final del periodo de
Troncalidad y representa a los
nuevas especialidades o áreas de
tronco se llevará a cabo el noveno mes
miembros de todas las Comisiones
capacitación específica (ACE) será
del segundo año de dicho periodo. La
Nacionales de Especialidad.
aprobado por el MSPSI y respaldado
evaluación positiva del periodo troncal
por el Consejo de Ministros.
permitirá que el residente realice una
PERIODO TRONCAL
estancia de tres meses elegida conjuntamente con su tutor, tras lo cual pasará al periodo de especialidad. La evaluación negativa será recuperable durante los 3 últimos meses del periodo de formación troncal. Si la evaluación es positiva en este momento pasará al periodo de formación especializada. Los
F ORMACIÓN E SPECIALIZADA C APACITACIÓN E SPECÍFICAS
Y ÁREAS DE
criterios de evaluación los marcará la Comisión Nacional Troncal correspondiente.
No hay referencias directas al periodo de especialidad en cuanto a la temporalidad de las mismas siendo la definición de las competencias de especialidad y de los programas formativos de especialidad por parte de las
ADEMÁS…
Comisiones Nacionales de Especialidad lo que determine la formación del
Se propone la creación de una nota de
periodo de formación específico y la duración total del periodo de especialidad
corte, o preguntas mínimas contestadas
(periodo troncal y periodo específico).
para el acceso a determinadas especialidades. De la misma forma las
El borrador de Real Decreto regula el desarrollo de las denominadas áreas de
especialidades de Hidrología Médica,
capacitación
Medicina Física y del Deporte y
específica
o
ACEs,
concebidas
como
una
recurso
de
profundización y perfeccionamiento profesional en el ámbito de una o varias
Medicina Legal y Forense se declaran a
especialidades, posibilitando la alta especialización de los profesionales. En
extinguir a partir de la entrada en vigor
este nuevo borrador se definen todos los ámbitos del área, desde la vía de
del RD de la troncalidad.
acceso, a la evaluación.
www.ceem.org.es
T EMPORALIZACIÓN •
Dos meses para constituir las comisiones nacionales troncales
•
Cuatro meses desde la creación de las CNTr para la creación de los programas formativos troncales y la definición de las competencias.
•
Los Cuatro siguientes meses (desde la definición de competencias) para la definición de los requisitos generales de acreditación de los programas troncales aplicables a las UDT.
•
Seis meses desde la aprobación de estos criterios las CCAA determinarán las UDT existentes y tramitarán la solicitud de acreditación
Previsión de aplicación para la convocatoria 2012/2013
ENTONCES, TODO ESTO, ¿CÓMO QUEDA? ¿CUÁNDO ELIJO Y CUÁNTOS EXÁMENES HAGO? En este borrador de Real Decreto ya vienen recogidos los compromisos a los que el Ministerio llegó con el CEEM a raíz de nuestras reivindicaciones. Así el modelo queda, con objetividad y sin incertidumbres en un único examen MIR tras el cual tú elijes Tronco, Unidad Docente Troncal y Especialidad.
Según tu nota en el examen MIR eliges Tronco , UDT y Especialidad
Tronco
Especialidad
(2 años)
(Duración sin definir)
Este documento es sólo un resumen del actual borrador sobre Troncalidad, en el que se incluye lo más llamativo del Real Decreto, incluyendo la elección de la especialidad en el primer año, junto con el Tronco, tal y como el CEEM pidió en su Acta de Propuestas en las LX Jornadas Estatales de Estudiantes de Medicina de Abril de 2010. Animamos a todos los estudiantes a participar en el proceso, a leer el borrador, y lo más importarse, a preguntar en vuestras delegaciones y colaborar. www.ceem.org.es