05 Criterios pedagógicos para determinar el horario de los coordinadores

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Nuestro Proyecto educativo

5. LOS CRITERIOS PEDAGÓGICOS PARA LA DETERMINACIÓN DEL HORARIO DE DEDICACIÓN DE LAS PERSONAS RESPONSABLES DE LOS ÓRGANOS DE COORDINACIÓN DOCENTE.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 78 del Decreto 328/210 así como en el artículo 82 del Decreto 327/2010 (1), los órganos de coordinación docente en nuestro Centro son los siguientes: a) b) c) d) e)

Equipos docentes Equipos de ciclo Equipo de orientación Equipo técnico de coordinación pedagógica y Tutorías

El artículo 82 del Decreto 328/2010 establece que nuestro colegio, puesto que se imparten todos los cursos correspondientes a Segundo ciclo de Ed. Infantil, a Ed. Primaria y a primer ciclo de ESO, tendrá un coordinador o coordinara para cada uno de los ciclos de las etapas que se imparten. El artículo 15 de la Orden de 20 de agosto de 2010, establece para nuestro Centro, que el número de horas lectivas semanales asignadas para la realización de las funciones de coordinación de los equipos de ciclo y del equipo de orientación son:    

1 hora para la coordinación del equipo de segundo ciclo de Ed. Infantil 1 hora para la coordinación de cada equipo de ciclo de Ed. Primaria 1 hora para la coordinación del primer ciclo de ESO 1 hora para la coordinación del equipo de orientación

Somos conscientes de que las horas totales asignadas al colegio para la dedicación de las personas responsables de la coordinación de los equipos de ciclo y de orientación podrian ser distribuidas en número desigual entre los distintos coordinadores y coordinadoras atendiendo a circunstancias existentes en el Centro. Sin embargo, dado que en la actualidad no hemos añadido nuevas competencias al ETCP, a los equipos de ciclo, a los coordinadores o coordinadoras y a la orientadora que justifiquen esta distribución, optamos por un reparto equitativo de los tiempos. Procuraremos que estas horas queden situadas en los horarios lectivos después del recreo con objeto de no ocupar módulos horarios anteriores que pueden ser dedicados a áreas instrumentales. Si no fuese así, será porque el grupo no estuviese impartiendo ninguna instrumental. Igualmente, estas sesiones se colocarán de forma que coincidan con más de un maestro o maestra con disponibilidad horaria, de forma que no tenga que cubrir la primera sustitución. Cuando un maestro/a tenga la reducción horaria propia del mayor de 55 años, lo hará en las condiciones anteriores. En caso de que en un momento dado no haya otro maestro/a para sustituir, el coordinador/a realizará esta tarea de acuerdo con el orden de sustituciones establecido en el Proyecto de Gestión. El Decreto 327/2010 establece, además de los enunciados, las Áreas de competencias, el Departamento de orientación, el Departamento de formación, evaluación e innovación educativa y los Departamentos de coordinación didáctica que se determinen y, en su caso, el Departamento de actividades complementarias y extraescolares. En nuestro Centro adoptamos los anteriores. 1

CEIP “Ntra. Sra. de la Paz” Chilluévar (Jaén)


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Las reuniones de coordinación de los diferentes órganos de coordinación docente tendrán lugar los lunes, a partir de la primera hora de entrada por la tarde: 

Los equipos de ciclo se reunirán quincenalmente, convocados por el respectivo coordinador o coordinadora y los equipos docentes lo harán mensualmente. La planificación del trabajo de aquellos corresponderá a la Jefatura de Estudios.

El equipo técnico de coordinación pedagógica se reunirá una vez al mes, previa convocatoria de la Jefa de Estudios.

Cada tutor o tutora, atenderá a las familias los lunes, de 17,30 a 18,30.

En cuanto a las horas semanales de dedicación de los coordinadores o coordinadoras de Planes y programas estratégicos, la Orden de 3 de septiembre de 2010, nuestro colegio desarrolla, de los cuatro que menciona, el Plan Escuela TIC 2.0, asignándose, de acuerdo con el número de unidades con que contamos, dos horas semanales. Aún así, podría disponerse de una mayor dedicación semanal en caso de que la implicación en el desarrollo de tareas de aula por parte del coordinador, así lo justifique durante el tiempo que se estén trabajando. Cada curso, el Director designará a un responsable de la biblioteca del Centro. La jefatura de Estudios asignará tres horas de las de obligada permanencia para la realización de actividades de organización y funcionamiento de nuestra biblioteca. Su horario podrá corresponder en todo o en parte con el horario de recreo lectivo.

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