Caso Tlanixco: 10 procedimientos especiales de la ONU expresan preocupación

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PALAIS DES NATIONS • 1211 GENEVA 10, SWITZERLAND

Mandatos del Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria; del Relator Especial sobre la cuestión de las obligaciones de derechos humanos relacionadas con el disfrute de un medio ambiente sin riesgos, limpio, saludable y sostenible; del Relator Especial sobre la promoción y protección del derecho a la libertad de opinión y de expresión; del Relator Especial sobre los derechos a la libertad de reunión pacífica y de asociación; del Relator Especial sobre las implicaciones para los derechos humanos de la gestión y eliminación ecológicamente racionales de las sustancias y los desechos peligrosos; del Relator Especial sobre la situación de los defensores de derechos humanos; del Relator Especial sobre la independencia de los magistrados y abogados; de la Relatora Especial sobre los derechos de los pueblos indígenas; del Relator Especial sobre las formas contemporáneas de racismo, discriminación racial, xenofobia y formas conexas de intolerancia y del Relator Especial sobre los derechos humanos al agua potable y el saneamiento. REFERENCIA: AL MEX 7/2018

4 de julio de 2018 Excelencia, Tenemos el honor de dirigirnos a Usted en nuestra calidad de Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria; de Relator Especial sobre la cuestión de las obligaciones de derechos humanos relacionadas con el disfrute de un medio ambiente sin riesgos, limpio, saludable y sostenible; de Relator Especial sobre la promoción y protección del derecho a la libertad de opinión y de expresión; de Relator Especial sobre los derechos a la libertad de reunión pacífica y de asociación; de Relator Especial sobre las implicaciones para los derechos humanos de la gestión y eliminación ecológicamente racionales de las sustancias y los desechos peligrosos; de Relator Especial sobre la situación de los defensores de derechos humanos; de Relator Especial sobre la independencia de los magistrados y abogados; de Relatora Especial sobre los derechos de los pueblos indígenas; de Relator Especial sobre las formas contemporáneas de racismo, discriminación racial, xenofobia y formas conexas de intolerancia y de Relator Especial sobre los derechos humanos al agua potable y el saneamiento, de conformidad con las resoluciones 33/30, 37/8, 34/18, 32/32, 36/15, 34/5, 35/11, 33/12, 34/35 y 33/10 del Consejo de Derechos Humanos. En este contexto, quisiéramos señalar a la atención urgente del Gobierno de Su Excelencia la información que hemos recibido en relación a las condenas de seis defensores del medio ambiente, incluyendo a una mujer defensora, por el presunto homicidio de un empresario español en 2003, quienes habrían trabajado activamente en defensa del derecho al agua de la comunidad indígena de San Pedro Tlanixco, Estado de México. El proceso judicial relativo al mencionado caso carecería de las garantías del debido proceso, y la condena a 50 años de cárcel por los delitos de homicidio calificado y privación ilegal de la libertad habría sido adoptada para criminalizar a las personas defensoras involucradas en la defensa del derecho al agua. Las seis personas en cuestión se desempeñaban con diferentes roles en los órganos comunitarios vinculados con la gestión del agua del río que nace en su pueblo. En esa


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