BOLETIN DE PRENSA EN EL CONGRESO MEXIQUENSE SE ESTÁ FRAGUANDO UNA NUEVA AGRESIÓN CONTRA LOS SISTEMAS COMUNITARIOS DE AGUA EN EL ESTADO DE MÉXICO. TECAMAC DE F.V., ESTADO DE MÉXICO A 08 DE JULIO DE 2015 El día 30 de abril del presente año, el diputado mexiquense Amador Monroy Estrada dio a conocer una iniciativa para modificar la Ley del Agua para el Estado de México y Municipios con la que pretende despojar y municipalizar a los sistemas comunitarios de agua potable. Los argumentos esgrimidos en la exposición de motivos son falaces, tendenciosos y pretenden ocultar que las verdaderas intenciones son privatizar el servicio del agua potable en toda la entidad y eliminar a quienes hemos estado en la primera línea de defensa del agua y el territorio en contra del proyecto de urbanización salvaje conocido como “Ciudades Bicentenario”. En primer lugar Monroy Estrada dice que “no obstante la innegable bondad de la gestión de los comités de agua… su regulación es laxa, permitiendo, y acaso, fomentando, la gestación de prácticas caducas… los legisladores debemos crear dispositivos precisos, es menester regular las costumbres, a efecto de dotar de certeza jurídica a la población en general”. “Es el caso, que no se poseen registros de los comités y aunque la infraestructura hídrica es construida por recursos municipales o estatales, la forma en que se cobra y distribuye la toma de agua, se rige por usos y costumbres a través de una asamblea, cuyos ‘representantes’ cobran el agua mensualmente con cuotas que van desde los mil a los nueve mil pesos por el derecho a la instalación del servicio dependiendo de la comunidad y del comité del que se trate”. A este respecto le aclaramos al diputado Monroy que los “usos y costumbres” están reconocidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en el artículo segundo, y ahí se establece la autonomía de los pueblos originarios para “acceder al uso y disfrute preferente de los recursos naturales en los lugares que habitan”… Monroy “olvida” que en el párrafo sexto del artículo cuarto constitucional se reconoce y avala la participación de la ciudadanía en la gestión hídrica para hacer cumplir el Derecho Humano al Agua. Esta gestión se ha visto reflejada en el hecho de que muchos sistemas comunitarios de agua han constituido asociaciones civiles que, la mayoría de las veces, con recursos económicos propios de los pueblos y sin el apoyo
del
municipio
o
del
gobierno
estatal
han
construido
su
propia
infraestructura y son reconocidos en la actual Ley del Agua para el Estado de México y
Municipios como “grupos organizados de usuarios”, en su artículo 68. Amador Monroy “ignora” que las asociaciones civiles, mediante asamblea general, tienen la facultad de regular su vida interna y, en este caso de los comités del agua, aprobar tarifas mensuales del vital líquido que jamás han sido tan altas como lo señala el diputado; más bien y al contrario son más accesibles que las del organismo operador del municipio. Por otro lado, sería bueno que ese diputado revisara el artículo primero de la Constitución para que constatara que muchos instrumentos del derecho internacional, ahora ubicados al mismo nivel y valor de nuestra Carta Magna, han sido firmados y ratificados por nuestro país y reconocen y avalan la gestión comunitaria del agua ¿ejemplos? El párrafo 21 de la Observación General número 15 elaborada por el Comité de Derechos Económicos Sociales y Culturales de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), que a la letra dice: “La obligación de respetar exige que los Estados partes se abstengan de… inmiscuirse arbitrariamente en los sistemas consuetudinarios o tradicionales de distribución de agua”. Contrariando el mandato constitucional que reconoce la participación de la ciudadanía en la gestión hídrica, en la propuesta de Monroy solo se “faculta” a los comités ciudadanos de agua a “opinar” y “coadyuvar” con el ayuntamiento en turno, estando este último facultado para remover a la mesa directiva en “cualquier tiempo a petición de la asamblea general”; además, en un intento de romper la cadena de gestión del vital líquido, la iniciativa propone que “los comités ciudadanos de agua no podrán establecer ni cobrar cuotas o tarifas para condicionar el servicio de agua. La autoridad municipal, a través de los organismos prestadores de servicios, será la única que podrá recaudar las aportaciones y derechos de los integrantes de los comités ciudadanos de agua”. Lo anterior también representa una abusiva intromisión en la vida de las asociaciones civiles que representamos muchos comités ciudadanos porque mediante “asambleas generales”, en donde podrán entrar hasta acarreados, se les quita poder de decisión a los usuario-asociados que cuentan con toma de agua propia y que van al corriente con sus pagos y, en sentido inverso, se le da demasiado poder a cualquier persona aunque no tenga toma propia o sea morosa en sus pagos por consumo de agua. En conclusión, la iniciativa de modificación a la Ley del Agua para el Estado de México y Municipios no representa, como lo señala Monroy, “mecanismos legales para que su actuación (la de los comités ciudadanos) no desaparezca, sino que se preserve, contando con un marco jurídico preciso…” Más bien representa un despojo y municipalización de facto para posteriormente privatizar el servicio como ya se prevé en el Programa para la Modernización de Organismos Operadores de Agua
(PROMAGUA) que, desde el año 2001, se echó a andar y que a pasos agigantados está promoviendo la privatización de los servicios de agua en todo el país. Si Monroy y su grupo quieren cambiar “practicas caducas” lo que deberían hacer es combatir los presuntos actos de corrupción de las dos empresas consentidas del actual régimen (HIGA y OHL) que han sido ampliamente documentados en la prensa nacional. Eso sí sería luchar contra practicas caducas. Contacto: José Ricardo Ovando Ramírez, Consejero del Sistema de Agua Potable de Tecamac, Estado de México, A.C., y Vocero de la Coordinadora Nacional Agua Para Tod@s, Agua para la Vida Correo electrónico: valspoeticobocadepiedra@hotmail.com Teléfono casa: 59 34 39 67