MEDIDAS FITOSANITARIAS PARA EL MANEJO DEL VIRUS RUGOSO DEL TOMATE. Marzo de 2019
Procedimientos regulatorios
Artículos regulados: plántulas, esquejes de:
semillas,
plantas,
• Jitomate (Solanum lycopersicum) • Chile (Capsicum sp.) • Berenjena (Solanum melongena) Establecimientos regulados: • Invernaderos • Campos • Establecimientos para la producción de material propagativo
Acciones regulatorias 1. Modificación de requisitos para la importación de semillas, plantas, plántulas y esquejes de jitomate (Solanum lycopersicum), chile (Capsicum sp.) y berenjena (Solanum melongena). 2. Regulación de establecimientos de producción de material propagativo con microinjerto o injerto de jitomate, chile y berenjena. 3. Aplicación de medidas voluntarias de bioseguridad en campo a cielo abierto e invernaderos.
4. Seguimiento y supervisión de la aplicación de las medidas previstas.
1. Modificación de requisitos para la importación de semillas, plantas, plántulas y esquejes de jitomate (Solanum lycopersicum), chile (Capsicum sp.) y berenjena (Solanum melongena). • Se modificaron 233 claves de combinación, como se indica a continuación: a) 34 claves de combinación de semillas de berenjena; b) 94 claves de combinación de tomate (1 de plantas, 1 de plántulas y 92 de semillas); c) 105 claves de combinación de chile (1 de esquejes sin raíz, 1 de plantas, 2 de plántulas y 101 de semillas). Las cuales entraron en vigor el 31 de enero de 2019. Importación de semillas con fines experimentales y/o investigación: Se permitirá el ingreso bajo un Acuerdo de Cumplimiento a solicitud de parte.
1. Modificación de requisitos para la importación de semillas, plantas, plántulas y esquejes de jitomate (Solanum lycopersicum), chile (Capsicum sp.) y berenjena (Solanum melongena). Se adicionaron los siguientes puntos: •
El certificado fitosanitario deberá especificar que el producto se encuentra libre de: Tomato brown rugose fruit virus (ToBRFV);
•
Toma de muestra y envío al Centro Nacional de Referencia Fitosanitaria (CNRF) o laboratorios aprobados con protocolo transferido por el CNRF para diagnóstico de Tomato brown rugose fruit virus (ToBRFV); diagnóstico con cargo al interesado para: Virología;
•
El producto ingresará bajo el procedimiento de Guarda Custodia y Responsabilidad;
•
La Guarda Custodia y Responsabilidad se liberará hasta la obtención de los diagnósticos negativos a plagas cuarentenarias; mientras tanto la semilla no podrá ser comercializada o sembrada.
2. Regulación de establecimientos de producción de material propagativo con microinjerto o injerto de jitomate, chile y berenjena. Requisitos de los establecimientos de producción de material propagativo: • Aviso de inicio de funcionamiento; • Protocolos, manuales de procedimientos apropiados para la replicación y producción de material vegetativo, propios de la empresa; • Uso de semillas importadas que cumplan lo establecido en las claves de combinación; • Los establecimientos deberán contar con bitácoras, registros de muestreo y diagnóstico; con resultados negativos al ToBRFV por nave de invernadero; • Los lotes de producción deben estar etiquetados e identificados, las plantas no deberán tocar el piso; • Instalaciones e biocontención;
infraestructura
con
mecanismos
de
bioseguridad
y
• Trazabilidad del origen y destino del material propagativo producido y autorizado.
2. Regulación de establecimientos de producción de material propagativo con microinjerto o injerto de jitomate, chile y berenjena. Los productores que adquieran materiales de propagación para su producción en invernaderos o campo a cielo abierto, tienen las siguientes obligaciones: • Informar al correo certfitosani.dgsv@senasica.gob.mx; con copia al Comité Estatal de Sanidad Vegetal el nombre del establecimiento donde adquieren el material; • Adquirir plantas/plántulas libres del ToBRFV, de empresas autorizadas por SENASICA, las cuales se podrán consultar en el siguiente link: https://www.gob.mx/senasica/documentos/directorio-fitosanitario-63375 • Envío de muestras a diagnóstico fitosanitario por nave de invernadero, en caso de que estas resulten positivas deberá proceder a la destrucción de las plantas; • Permitir el acceso a personal técnico de la SADER, SENASICA o Comité Estatal de Sanidad Vegetal para que realicen acciones de vigilancia fitosanitaria, incluyendo el muestreo de plantas y sus frutos.
3. Aplicación de medidas voluntarias de bioseguridad en campo a cielo abierto e invernaderos. 1. Invernaderos: •
Se deberá realizar la limpieza estricta de las instalaciones;
•
Restringir el acceso al personal ajeno a las actividades;
•
Realizar el lavado y desinfección de manos, ropa, herramientas, equipos, materiales y/o implementos agrícolas utilizados en las labores agrícolas; así como las cajas y/o bins utilizados durante las actividades de cosecha;
•
La herramienta de trabajo debe ser exclusiva para cada nave de invernadero;
•
Realizar la solarización del terreno del invernadero.
3. Aplicación de medidas voluntarias de bioseguridad en campo a cielo abierto e invernaderos. 2. Campo a cielo abierto: •
Realizar la limpieza y desinfección del sistema de tutoreo del cultivo;
•
Realizar el lavado y desinfección de manos, ropa, herramientas, equipos, materiales y/o implementos agrícolas utilizados en las labores agrícolas; así como las cajas y/o bins utilizados durante las actividades de cosecha;
•
La herramienta de trabajo debe ser exclusiva para cada campo de producción;
•
Realizar la solarización del terreno del campo.
4. Seguimiento y supervisión de la aplicación de las medidas previstas
Personal técnico del Programa de Vigilancia Epidemiológica Fitosanitaria del Comité Estatal de Sanidad Vegetal coadyuvará con el SENASICA en las visitas de seguimiento y/o supervisión, para lo cual en cada visita a los sitios de producción se emitirá un informe de visita de campo.
5. Requisitos
Importación: • Requisitos establecidos en las claves de combinación
1
Diagnóstico negativo
Diagnóstico positivo
Rechazo, retorno o destrucción del embarque
Liberación del embarque
2
Producción de autoconsumo/maquila de plantas y/o plántulas
Uso de material libre del ToBRFV
Medidas profilácticas
Diagnósticos negativos
Autorización de empresas y movilización de material vegetativo
3
Producción en campo y/o invernadero
Uso de material libre del ToBRFV
Medidas profilácticas
Presenta informe a la DGSV y al CESV sobre la presencia/ausencia del ToBRFV
6. Toma de muestras 25
20 15 10
5
Importación de semillas y/o material propagativo
Producción de material propagativo
0
Mayor intensidad de muestreo y toma de muestras
Menor intensidad de muestreo y toma de muestras
Producción en campo y/o invernadero
Toma de muestras, solo en caso de síntomas sospechosos
7. Movilización de plantas-plántulas de tomate, chile y berenjena Usuario: 1. Aviso de inicio de funcionamiento 2. Lotes de plantas 3. Diagnósticos negativos 4. Inicio de movilización 5. Volumen estimado de plantas 6. Cierre de movilización 7. Especies y variedades 8. Origen-destino del material
Envía email a DGSV a certfitosani.dgsv@senasica.gob.mx con copia al Comité Estatal de Sanidad Vegetal y al Representante Estatal del SENASICA
DGSV: 1. Recibe y acusa de recibido 2. Analizar información 3. Empresa-lote-diagnóstico 4. Autoriza movilización
No cumple: La DGSV notifica al usuario
DGSV notifica por email al usuario de la procedencia de su solicitud; así como: 1. Saldos por lote 2. Origen-destino del material
Las empresas solicitan la autorización de la movilización a la DGSV mediante correo, incluyendo: 1. Escrito (origen del material, destino del material, cantidad de plantes y número de lote) 2. Dictámenes negativos
Cumple: La DGSV autoriza la movilización
DGSV sube información a la página web SENASICA de consulta pública de Lista de instalaciones y procesos autorizados por el SENASICA en el siguiente link: https://www.gob.mx/senasica/documentos/ directorio-fitosanitario-63375
8. Movilizaciรณn de plantas-plรกntulas de tomate, chile y berenjena
A diferentes estados
Dentro de municipios del mismo estado
Empresa autorizada por DGSV
Empresa autorizada por DGSV
Diagnรณsticos negativos a ToBRFV
Autorizaciรณn de la DGSV
Autorizaciรณn de la DGSV
Dentro del mismo municipio Empresa autorizada por DGSV
Datos de contacto del seguimiento del tema del virus rugoso del tomate Tema
Servidor público
Extensión
Correo electrónico
Diagnósticos fitosanitarios del CNRF y laboratorios aprobados con protocolo transferido
M.C. Gustavo Torres Martínez
51410
jose.torres@senasica.gob.mx
Resultados de diagnóstico negativos al ToBRFV y liberación de GCyR de embarques importados Importación semillas bajo la medida fitosanitaria “Acuerdo de cumplimiento”
Ing. Yanell Domínguez Velázquez
51362
yanell.dominguez@senasica.gob.mx
Resultados de diagnostico positivos al ToBRFV de embarques importados
Ing. Israel Cueto Espinoza
51400
israel.cueto@senasica.gob.mx
Seguimiento ToBRFV nacional
Ing. Mayra Guadalupe Acal Miss
51436
mayra.acal@senasica.gob.mx
GRACIAS POR SU ATENCIร N.
Direcciรณn General de Sanidad Vegetal. Direcciรณn de Regulaciรณn Fitosanitaria.