Medidas fitosanitarias para la prevención y reducción de la fuente de inóculo del ToBRFV

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MEDIDAS FITOSANITARIAS PARA EL MANEJO DEL VIRUS RUGOSO DEL TOMATE. Marzo de 2019


Procedimientos regulatorios

Artículos regulados: plántulas, esquejes de:

semillas,

plantas,

• Jitomate (Solanum lycopersicum) • Chile (Capsicum sp.) • Berenjena (Solanum melongena) Establecimientos regulados: • Invernaderos • Campos • Establecimientos para la producción de material propagativo


Acciones regulatorias 1. Modificación de requisitos para la importación de semillas, plantas, plántulas y esquejes de jitomate (Solanum lycopersicum), chile (Capsicum sp.) y berenjena (Solanum melongena). 2. Regulación de establecimientos de producción de material propagativo con microinjerto o injerto de jitomate, chile y berenjena. 3. Aplicación de medidas voluntarias de bioseguridad en campo a cielo abierto e invernaderos.

4. Seguimiento y supervisión de la aplicación de las medidas previstas.


1. Modificación de requisitos para la importación de semillas, plantas, plántulas y esquejes de jitomate (Solanum lycopersicum), chile (Capsicum sp.) y berenjena (Solanum melongena). • Se modificaron 233 claves de combinación, como se indica a continuación: a) 34 claves de combinación de semillas de berenjena; b) 94 claves de combinación de tomate (1 de plantas, 1 de plántulas y 92 de semillas); c) 105 claves de combinación de chile (1 de esquejes sin raíz, 1 de plantas, 2 de plántulas y 101 de semillas). Las cuales entraron en vigor el 31 de enero de 2019. Importación de semillas con fines experimentales y/o investigación: Se permitirá el ingreso bajo un Acuerdo de Cumplimiento a solicitud de parte.


1. Modificación de requisitos para la importación de semillas, plantas, plántulas y esquejes de jitomate (Solanum lycopersicum), chile (Capsicum sp.) y berenjena (Solanum melongena). Se adicionaron los siguientes puntos: •

El certificado fitosanitario deberá especificar que el producto se encuentra libre de: Tomato brown rugose fruit virus (ToBRFV);

Toma de muestra y envío al Centro Nacional de Referencia Fitosanitaria (CNRF) o laboratorios aprobados con protocolo transferido por el CNRF para diagnóstico de Tomato brown rugose fruit virus (ToBRFV); diagnóstico con cargo al interesado para: Virología;

El producto ingresará bajo el procedimiento de Guarda Custodia y Responsabilidad;

La Guarda Custodia y Responsabilidad se liberará hasta la obtención de los diagnósticos negativos a plagas cuarentenarias; mientras tanto la semilla no podrá ser comercializada o sembrada.


2. Regulación de establecimientos de producción de material propagativo con microinjerto o injerto de jitomate, chile y berenjena. Requisitos de los establecimientos de producción de material propagativo: • Aviso de inicio de funcionamiento; • Protocolos, manuales de procedimientos apropiados para la replicación y producción de material vegetativo, propios de la empresa; • Uso de semillas importadas que cumplan lo establecido en las claves de combinación; • Los establecimientos deberán contar con bitácoras, registros de muestreo y diagnóstico; con resultados negativos al ToBRFV por nave de invernadero; • Los lotes de producción deben estar etiquetados e identificados, las plantas no deberán tocar el piso; • Instalaciones e biocontención;

infraestructura

con

mecanismos

de

bioseguridad

y

• Trazabilidad del origen y destino del material propagativo producido y autorizado.


2. Regulación de establecimientos de producción de material propagativo con microinjerto o injerto de jitomate, chile y berenjena. Los productores que adquieran materiales de propagación para su producción en invernaderos o campo a cielo abierto, tienen las siguientes obligaciones: • Informar al correo certfitosani.dgsv@senasica.gob.mx; con copia al Comité Estatal de Sanidad Vegetal el nombre del establecimiento donde adquieren el material; • Adquirir plantas/plántulas libres del ToBRFV, de empresas autorizadas por SENASICA, las cuales se podrán consultar en el siguiente link: https://www.gob.mx/senasica/documentos/directorio-fitosanitario-63375 • Envío de muestras a diagnóstico fitosanitario por nave de invernadero, en caso de que estas resulten positivas deberá proceder a la destrucción de las plantas; • Permitir el acceso a personal técnico de la SADER, SENASICA o Comité Estatal de Sanidad Vegetal para que realicen acciones de vigilancia fitosanitaria, incluyendo el muestreo de plantas y sus frutos.


3. Aplicación de medidas voluntarias de bioseguridad en campo a cielo abierto e invernaderos. 1. Invernaderos: •

Se deberá realizar la limpieza estricta de las instalaciones;

Restringir el acceso al personal ajeno a las actividades;

Realizar el lavado y desinfección de manos, ropa, herramientas, equipos, materiales y/o implementos agrícolas utilizados en las labores agrícolas; así como las cajas y/o bins utilizados durante las actividades de cosecha;

La herramienta de trabajo debe ser exclusiva para cada nave de invernadero;

Realizar la solarización del terreno del invernadero.


3. Aplicación de medidas voluntarias de bioseguridad en campo a cielo abierto e invernaderos. 2. Campo a cielo abierto: •

Realizar la limpieza y desinfección del sistema de tutoreo del cultivo;

Realizar el lavado y desinfección de manos, ropa, herramientas, equipos, materiales y/o implementos agrícolas utilizados en las labores agrícolas; así como las cajas y/o bins utilizados durante las actividades de cosecha;

La herramienta de trabajo debe ser exclusiva para cada campo de producción;

Realizar la solarización del terreno del campo.


4. Seguimiento y supervisión de la aplicación de las medidas previstas

Personal técnico del Programa de Vigilancia Epidemiológica Fitosanitaria del Comité Estatal de Sanidad Vegetal coadyuvará con el SENASICA en las visitas de seguimiento y/o supervisión, para lo cual en cada visita a los sitios de producción se emitirá un informe de visita de campo.


5. Requisitos

Importación: • Requisitos establecidos en las claves de combinación

1

Diagnóstico negativo

Diagnóstico positivo

Rechazo, retorno o destrucción del embarque

Liberación del embarque

2

Producción de autoconsumo/maquila de plantas y/o plántulas

Uso de material libre del ToBRFV

Medidas profilácticas

Diagnósticos negativos

Autorización de empresas y movilización de material vegetativo

3

Producción en campo y/o invernadero

Uso de material libre del ToBRFV

Medidas profilácticas

Presenta informe a la DGSV y al CESV sobre la presencia/ausencia del ToBRFV


6. Toma de muestras 25

20 15 10

5

Importación de semillas y/o material propagativo

Producción de material propagativo

0

Mayor intensidad de muestreo y toma de muestras

Menor intensidad de muestreo y toma de muestras

Producción en campo y/o invernadero

Toma de muestras, solo en caso de síntomas sospechosos


7. Movilización de plantas-plántulas de tomate, chile y berenjena Usuario: 1. Aviso de inicio de funcionamiento 2. Lotes de plantas 3. Diagnósticos negativos 4. Inicio de movilización 5. Volumen estimado de plantas 6. Cierre de movilización 7. Especies y variedades 8. Origen-destino del material

Envía email a DGSV a certfitosani.dgsv@senasica.gob.mx con copia al Comité Estatal de Sanidad Vegetal y al Representante Estatal del SENASICA

DGSV: 1. Recibe y acusa de recibido 2. Analizar información 3. Empresa-lote-diagnóstico 4. Autoriza movilización

No cumple: La DGSV notifica al usuario

DGSV notifica por email al usuario de la procedencia de su solicitud; así como: 1. Saldos por lote 2. Origen-destino del material

Las empresas solicitan la autorización de la movilización a la DGSV mediante correo, incluyendo: 1. Escrito (origen del material, destino del material, cantidad de plantes y número de lote) 2. Dictámenes negativos

Cumple: La DGSV autoriza la movilización

DGSV sube información a la página web SENASICA de consulta pública de Lista de instalaciones y procesos autorizados por el SENASICA en el siguiente link: https://www.gob.mx/senasica/documentos/ directorio-fitosanitario-63375


8. Movilizaciรณn de plantas-plรกntulas de tomate, chile y berenjena

A diferentes estados

Dentro de municipios del mismo estado

Empresa autorizada por DGSV

Empresa autorizada por DGSV

Diagnรณsticos negativos a ToBRFV

Autorizaciรณn de la DGSV

Autorizaciรณn de la DGSV

Dentro del mismo municipio Empresa autorizada por DGSV


Datos de contacto del seguimiento del tema del virus rugoso del tomate Tema

Servidor público

Extensión

Correo electrónico

Diagnósticos fitosanitarios del CNRF y laboratorios aprobados con protocolo transferido

M.C. Gustavo Torres Martínez

51410

jose.torres@senasica.gob.mx

Resultados de diagnóstico negativos al ToBRFV y liberación de GCyR de embarques importados Importación semillas bajo la medida fitosanitaria “Acuerdo de cumplimiento”

Ing. Yanell Domínguez Velázquez

51362

yanell.dominguez@senasica.gob.mx

Resultados de diagnostico positivos al ToBRFV de embarques importados

Ing. Israel Cueto Espinoza

51400

israel.cueto@senasica.gob.mx

Seguimiento ToBRFV nacional

Ing. Mayra Guadalupe Acal Miss

51436

mayra.acal@senasica.gob.mx


GRACIAS POR SU ATENCIร N.

Direcciรณn General de Sanidad Vegetal. Direcciรณn de Regulaciรณn Fitosanitaria.


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