Manual de Indicadores de Derechos de Personas LGTB y PVV

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MANUAL DE INDICADORES BASICOS PARA MEDIR AVANCES EN EL CUMPLIMIENTO DE LOS DERECHOS HUMANOS DE PERSONAS VIVIENDO CON VIH Y PERSONAS LGBT

Introducción En el marco del proyecto Construyendo Ciudadanía II, auspiciado con recursos de la cooperación alemana, GTZ, y bajo la dirección del Centro de Investigación y promoción de Derechos de los derechos humanos, CIPRODEH, se presenta ésta Guía de Indicadores básicos para monitorear el cumplimiento de los Derechos Humanos de personas viviendo con VIH o SIDA y personas lesbianas, gays, bisexuales o transgénero, LGBT en Honduras; con miras a avanzar en el ejercicio de su ciudadanía plena. Es importante acotar que de inicio ambas poblaciones meta de éste manual, son disímiles en algunos aspectos, por ello la propuesta de indicadores propone un análisis diferenciado por grupo social en lo que respecta a algunos derechos básicos que deben ser mayormente potenciados, por ejemplo la eficacia del derecho a la salud en personas viviendo con VIH o SIDA La posibilidad de contar con indicadores para evaluar el cumplimiento de derechos, permite contar con una herramienta para un trabajo más afinado de vigilancia, incidencia, análisis, elaboración de informes sobre el estado de los derechos humanos de la personas viviendo con VIH o SIDA y la población LGBT en Honduras. Para el desarrollo de la propuesta se ha tomado como parámetros estándares internacionales en materia de derechos humanos en general (Constitución Política hondureña, Ley Especial de vih/Sida, Declaración Universal de los Derechos Humanos, la Convención Americana sobre Derechos Humanos, declaraciones de la OIT sobre derecho al trabajo, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (DESC), Conferencia Mundial de Derechos Humanos de 1993; así como, otros documentos específicos regionales y globales para evaluar la respuesta mundial al VIH/SIDA como la Declaración de compromiso sobre el VIH/SIDA, UNGASS (a través del Sistema de Información para la Respuesta Nacional –CRIS-), directrices de ONUSIDA, Objetivos de Desarrollo del Milenio para el caso de los derechos de personas viviendo con VIH. Lamentablemente en el caso de personas lesbianas, gays, bisexuales o transgénero, trans, LGTB, no se cuenta aún con un documento de carácter 1


internacional, adoptado por Estados u organismos internacionales, que les reconozcan derechos humanos de manera espec铆fica considerando las altas cifras de violaciones a derechos por orientaci贸n sexual. No obstante, como un referente importante de derechos naturales de las personas LGTB se adoptan los propuestos en la Declaraci贸n de Montreal 2006, en el marco de la conferencia internacional de derechos humanos de personas LGBT.

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CAPITULO I DERECHOS HUMANOS, GENERALIDADES. “Los derechos humanos tienen su origen en la noción de dignidad y el valor de la persona humana, y… ésta es a su vez el sujeto central de los derechos humanos y las libertades fundamentales…”- Declaración de Viena, Conferencia Mundial de Derechos Humanos. 1993.

1.1

DERECHOS HUMANOS, CONCEPTO:

Los Derechos Humanos pueden definirse, como las prerrogativas y facultades que tiene cada persona frente a los órganos del poder público y que le permite preservar su dignidad y valor como ser humano, independiente de su reconocimiento Constitucional o en Tratados Internacionales.

Los derechos humanos se fundan en la dignidad inherente de toda persona y por ello son inalienables. Entendemos pues por “derechos humanos” el conjunto de derechos cuyo respeto debe permitir a cada uno la realización completa de su propio potencial como ser humano. Esta noción cubre no sólo los derechos civiles y políticos, sino también los económicos, sociales y culturales, que en todo caso necesitan ser reconocidos por la Constitución y otras leyes para que gocen de una efectiva protección1. El propósito de los derechos humanos es el de garantizar al individuo y a los colectivos sociales la posibilidad de desarrollarse como persona para realizar sus objetivos sociales, políticos, económicos y personales. Los derechos humanos parten de un nivel por debajo del cuál carecen de sentido: la condición de persona; o sea, el reconocimiento de que en el ser humano hay una dignidad que debe ser respetada siempre y en cualquier circunstancia. De esa dignidad se desprenden todos los derechos en cuanto son necesarios para que la persona desarrolle su personalidad integralmente2. 1.2

CARACTERÍSTICAS DE LOS DERECHOS HUMANOS3.

1

Del Manual Los Derechos Humanos y la Practica Policial. Centro de Investigación y Promoción de los Derechos Humanos, CIPRODEH, 2002. Honduras. 2 Definiciones con base a Manual Los Derechos Humanos y el VIH. Acción Ciudadana contra el SIDA, junio 2000. Venezuela. 3 Con base al Guión Metodológico para capacitaciones en Derechos Humanos, Centro de Investigación y Promoción de los Derechos Humanos, CIPRODEH, 2005.

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Los derechos inherentes a la persona humana poseen ciertas características o atributos, que los diferencian de otras prerrogativas o enunciados legales. Los Derechos Humanos son innatos o inherentes Todas las personas nacemos con derechos que nos pertenecen por nuestra condición de seres humanos. Los derechos humanos son universales Porque pertenecen a todas las personas por igual en el lugar en que se encuentren, sin distinción de sexo, edad, estado civil, religión, nacionalidad, pertenencia a determinado grupo social, raza, lugar de origen, situación económica, de salud, u otras. Los derechos humanos son integrales y complementarios: Los derechos humanos están relacionados entre sí, ningún derecho es más importante que otro. El menoscabo de un derecho afecta el bienestar general del individuo, así por ejemplo no podemos disfrutar plenamente de nuestro derecho a la educación si no estamos bien alimentados o si carecemos de una vivienda adecuada, ni podemos ejercer nuestro derecho a la participación política si se nos niega el derecho a manifestarnos o estar informados. Los derechos humanos son imprescriptibles Pertenecen al ser humano desde que nace hasta que muere, no tienen limite en el tiempo ni para perderse, ni para hacerse valer. Los Derechos Humanos son Progresivos: Su vigencia implica un proceso gradual para ir alcanzando el goce de los distintos Derechos Humanos; éste proceso debe ser irreversible: el ser humano no puede perder los derechos que ha ido ganando para su bienestar general. La humanidad es cambiante, las necesidades también, por ello a través del tiempo vamos conquistando nuevos derechos, que una vez alcanzados su vigencia no caduca. Los derechos humanos son inviolables: Significa que los derechos humanos conllevan obligaciones de respeto y garantía a cargo esencialmente de los Estados o el Poder Público. Pero también el individuo particular deviene obligado a respetarlos. Nadie puede atentar, lesionar o destruir los derechos humanos. Las personas y los gobiernos deben respetarlos. Por eso, ni las leyes, ni las políticas pueden ser contrarias a los derechos humanos.

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Los derechos humanos trascienden las fronteras nacionales Esta característica se refiere a que la comunidad internacional puede y debe intervenir cuando considere que un Estado está violando los derechos humanos de su población. Los derechos humanos no pueden ser transferidos La persona humana no puede renunciar a sus derechos o negociarlos. Tampoco el Estado puede disponer de los derechos de los ciudadanos, no pueden ser objeto de intercambio o comercio; tampoco pueden ser ejercidos estos derechos por una persona a nombre de otra. 1.3

CLASIFICACION DE LOS DERECHOS HUMANOS

Todos los derechos humanos, son igualmente importantes, no obstante, suelen clasificarse de acuerdo a las expresiones y manifestaciones de la persona humana, ya sea como individuo, o como sujeto social parte de una colectividad. DERECHOS INDIVIDUALES Se refieren a los valores que la persona o individuo requiere para su desarrollo personal, el interés que se manifiesta es individual y cuando se da su violación afectan a las personas directamente, con exclusión de las demás. Son los llamados derechos civiles y políticos. Ejemplo de algunos derechos individuales en la Constitución de la República, según el Título III, Capítulo II:  Derecho a la vida. Art. 65, 66 y 67.  Derecho a la integridad psíquica, física y moral: Art. 68  Derecho a la libertad personal. Art. 69  Derecho a la libertad de pensamiento. Art. 72  Derecho de reunión. Art. 79  Derechos del ciudadano y a la participación Política. Art. 37, 44 DERECHOS COLECTIVOS O SOCIALES. Se refieren a los valores de un grupo o colectivo social. Estos derechos se refieren a necesidades que el Estado debe satisfacer a un grupo o grupos de personas. Ejemplo de algunos derechos colectivos o sociales en la Constitución de la República, según el Título III, Capítulo III:  Derecho a la salud y al medio ambiente. Art. 145 5


 Derechos de la niñez. Art. 119.  Derecho a la familia. Art. 111  Derecho al trabajo. Art. 127  Derecho a la educación. Art. 151

 Derechos

de las mujeres, pueblos indígenas, personas con discapacidades, adultos mayores, personas viviendo con VIH o Sida no aparecen reconocidos expresamente en el texto Constitucional de 1982, ellos han sido objeto de reconocimiento posterior en tratados internacionales y leyes nacionales, como consecuencia de la progresividad y avance de los derechos humanos en el plano mundial, hemisférico y/o nacional.

 Las

personas lesbianas, gays, bisexuales o transgéneros trans (LGTB) aún libran una dura lucha tanto a nivel internacional, como en Honduras, para que se reconozca la libre orientación sexual como un derecho humano, inherente a la autonomía ética y libertad personal de cada ser humano.

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CAPITULO II. DERECHOS PROTECCION Y CUMPLIMIENTO

HUMANOS,

RECONOCIMIENTO,

“Los derechos humanos son patrimonio innato de todos los seres humanos; su promoción y protección es responsabilidad primordial de los gobiernos”. Declaración de Viena, Conferencia Mundial de Derechos Humanos 1993.

2.1

LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DE LOS DERECHOS HUMANOS.

Un aspecto trascendental de la definición de derechos humanos es que al ser inherentes a la dignidad y valor de la persona humana, esas facultades nacen de nuestra propia naturaleza, por lo que no son una dádiva de los gobiernos, por el contrario son un límite al accionar y al poder del Estado, y a la vez representan un conjunto de directrices de la necesidad de actuar de los gobiernos, quienes deben reconocerlos, garantizarlos y promoverlos a fin de satisfacer su plena realización.

La persona humana es el fin supremo de la sociedad y del Estado. Todos Tienen la obligación de respetarla y protegerla. La dignidad del ser humano es inviolable. Artículo 59, Constitución de la República de Honduras.

A. COMPROMISOS DE LOS PARTICULARES En un principio es el poder público o los Estados quienes deben respetar los derechos humanos, aunque también los particulares y la sociedad en general tienen la obligación de no alentar la disminución o la tergiversación de los derechos de “otras” personas por el hecho de ser “diferentes” al pensamiento del grupo social mayoritario en una comunidad, región o país. Se destaca así, que la responsabilidad primordial y el deber de promover y proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales incumbe al Estado, pero se reconoce el derecho y el deber de los individuos, los grupos y las instituciones independientes de promover el respeto, el conocimiento y procurar la protección y realización de los derechos humanos y las libertades fundamentales tanto en el plano nacional e internacional, sin distinción alguna, en particular sin distinción por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición social. De lo anterior resulta que existe una obligación del Estado y de los particulares de abstenerse (Garantía Negativa) de realizar por acción u omisión medidas u 7


acciones que afecten el disfrute de los derechos humanos y las libertades fundamentales de cualquier persona o grupo de personas. Estas obligaciones de no discriminar por ninguna condición y de respetar los derechos de nuestros semejantes están expresamente reconocidas en la Constitución de la República de Honduras, la Declaración Universal de Derechos Humanos, la Convención Americana de Derechos Humanos: Constitución de la Artículo 60.- Todos los hombres nacen libres e iguales en República de Honduras derechos. En Honduras no hay clases privilegiadas. Todos los hondureños son iguales ante la Ley. Se declara punible toda discriminación por motivo de sexo, raza, clase y cualquier otra lesiva a la dignidad humana. La Ley establecerá los delitos y sanciones para el infractor de este precepto. Artículo 62.- Los derechos de cada hombre están limitados por los derechos de los demás, por la seguridad de todos y por las justas exigencias del bienestar general y del desenvolvimiento democrático. Convención Americana Artículo 1. Obligación de Respetar los Derechos. Los Estados sobre Derechos Partes en esta Convención se comprometen a respetar los Humanos derechos y libertades reconocidos en ella y a garantizar su libre y pleno ejercicio a toda persona que esté sujeta a su jurisdicción, sin discriminación alguna por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opiniones políticas o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición social. Deberes de las personas. Artículo 32. 1) Toda persona tiene deberes para con la familia, la comunidad y la humanidad. 2) Los derechos de cada persona están limitados por los derechos de los demás, por la seguridad de todos y por las justas exigencias del bien común, en una sociedad democrática. Declaración Universal de los Derechos Artículo 1. Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y humanos conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros. Artículo 2. Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición.

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Artículo 29. 1) Toda persona tiene deberes respecto a la comunidad, puesto que sólo en ella puede desarrollar libre y plenamente su personalidad. 2) En el ejercicio de sus derechos y en el disfrute de sus libertades, toda persona estará solamente sujeta a las limitaciones establecidas por la ley con el único fin de asegurar el reconocimiento y el respeto de los derechos y libertades de los demás, y de satisfacer las justas exigencias de la moral, del orden público y del bienestar general en una sociedad democrática. A. LOS DEBERES DE LOS ESTADOS Los derechos humanos implican obligaciones a cargo del los Estados o gobiernos. El Poder público es el responsable primigenio y natural de respetar, garantizar o satisfacer los derechos humanos y, por otro lado, en sentido estricto sólo él puede violentarlos. Las ofensas a la dignidad de la persona pueden provenir de diferentes actores tanto públicos, como privados, pero no todas configuran, técnicamente, violaciones a los derechos humanos. La nota característica de las violaciones a los derechos humanos es que ellas se cometen desde el poder público o gracias a los medios que éste pone a disposición de quienes lo ejercen4. Para activistas y defensores de derechos humanos es fundamental conocer la naturaleza y el alcance de las obligaciones de los Estados en virtud de los estándares nacionales e internacionales de derechos humanos para poder organizar mejor la demanda y la incidencia hacia los gobiernos, pero también para verificar los niveles de avance en cuanto al cumplimiento de los derechos humanos. Veamos, cuáles son las obligaciones de los Estados respecto de los derechos humanos.

1) Las obligaciones genéricas: respetar, proteger, satisfacer Todos los derechos humanos tienen tres dimensiones o tres tipos de deberes que se deben respetar, proteger y cumplir. Comúnmente se conoce a este trío dentro

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El concepto de derechos humanos. Estudios Básicos de Derechos Humanos, Pedro Nikken. Instituto Interamericano de Derechos Humanos, 1994.

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del contexto de derechos económicos, sociales y culturales, pero también se aplica a derechos civiles o políticos. De allí se deriva que los principales niveles de obligaciones de los Estados pueden sintetizarse de la siguiente manera: los Estados deben respetar, proteger y satisfacer los estándares de derechos humanos. Estas obligaciones se denominan obligaciones genéricas. Obligaciones Genéricas de Respetar. Significa una obligación para el Estado de NO infringir con su conducta los derechos humanos. Estas obligaciones suelen llamarse obligaciones negativas, ya que establecen que los estados no deben hacer ciertas conductas o adoptar acciones para que por medio de sus funcionarios o empleados se realicen prácticas negativas como: torturar, negar derechos, menoscabar oportunidades, desconocer

condiciones humanas específicas, prejuzgar.

Existe para el Estado una obligación de abstención, de invadir el espacio de los derechos de las personas, es una restricción al ejercicio del poder estatal. Obligaciones Genéricas de Proteger. Implican un deber hacer de los Estados, se les obliga a actuar para proteger los derechos humanos, y no a abstenerse de hacerlo. El deber de proteger es la obligación del Estado de no permitir a otros que priven a las personas de un derecho garantizado. Concretamente los Estados deben adoptar medidas que impidan el menoscabo o la afectación de los derechos humanos por parte de sus propias autoridades, o de terceros sean particulares o instituciones privadas. Implica que el Estado puede ser responsable por tolerancia o aquiescencia de las conductas que terceros realizan porque el estado no actúa para impedir las acciones que restrinjan derechos humanos. Aunque los Estados no pueden controlar directamente que en cada espacio privado se violenten los derechos humanos; pero los gobiernos sí pueden realizar o hacer acciones positivas que prevengan esas acciones y advertir a los particulares que en caso de violación a derechos de terceros serán sancionados administrativa o penalmente. Esto se llama proteger los derechos. Los Estados también deben establecer garantías judiciales para que las personas puedan reclamar sus derechos ante instancias de apelación en caso de negación a los mismos.

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Obligaciones Genéricas de satisfacer o cumplir. Se espera en este tipo de obligación que los Estados actúen haciendo, ya sea dictando medidas o desarrollando directamente ciertas actividades o medidas positivas para satisfacer los derechos humanos. Por lo tanto, en materia de derechos humanos el Estado es el primer obligado a actuar y trabajar activamente para implementar los requisitos de un derecho. Esto obliga a un gobierno a establecer la infraestructura y las reglas políticas que den acceso al derecho garantizado a todos los miembros de la población. No obstante, con la era global los gobiernos tienden a privatizar o delegar que ciertos derechos humanos sean satisfechos por particulares de conformidad a las reglas del mercado. Bajo la globalización el Estado abandona la satisfacción de servicios básicos como la salud, la educación, el saneamiento básico, los servicios de agua, telecomunicaciones y energía eléctrica, entre otros. Tampoco se establecen control de precios a favor de los consumidores, pues por sobre los derechos prevalecen las reglas de la oferta y la demanda. No obstante, los tratados internacionales de derechos humanos y la propia Constitución de la República establece que es obligación del Estado de Honduras satisfacer y garantizar el acceso de todos a la salud, la educación, el trabajo, la vivienda, la rehabilitación carcelaria para los privados de libertad, entre otros derechos.

 Una mejor comprensión de las obligaciones genéricas de respetar, proteger y satisfacer en relación a los derechos humanos de personas viviendo con VIH o Sida, se presenta en los siguientes ejemplos: Obligación de respetar

Obligación de proteger

Obligación de satisfacer o cumplir

 No prohibir en leyes migratorias la entrada al país de personas viviendo con Sida

 Sancionar el despido de personas por su condición de ser persona viviendo con vih o Sida portador del virus del SIDA

 Desarrollar programas gubernamentales y privados de acceso a medicamentos anti retro virales. Ejemplo: proveídos directamente por el Estado, o establecer medidas de descuentos en farmacias privadas.

2)

Obligaciones Específicas derivadas de los Derechos Humanos:

Obligación de No discriminación Las obligaciones genéricas de los Estados de respetar, proteger y satisfacer, deben practicarse de acuerdo a los tratados internacionales de derechos humanos y la propia Constitución Política hondureña, “sin discriminación alguna” por motivos de 11


raza, color, sexo, idioma, religión, opiniones políticas o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición social. La discriminación la podemos definir como: “Cualquier distinción, exclusión o preferencia basada en motivos de raza, color, sexo, religión, opinión política, ascendencia, nacionalidad u origen social que tenga por efecto anular o alterar la igualdad de oportunidades o de trato”.

La no discriminación es una obligación ineludible que se impone como un límite al poder púbico gubernamental. Los Estados tienen la obligación de eliminar la discriminación mediante la derogación o reforma de leyes, reglamentos excluyentes y evitar la adopción en su territorio de prácticas discriminatorias, tanto por agentes estatales o personas o instituciones particulares. La Discriminación inversa o discriminación positiva Puede definirse como: el reconocimiento normativo, tanto estatal como

internacional, de ciertas medidas que suponen un trato desigual favorable para aquellas personas que sufren una situación de discriminación por razones de género, nacionalidad, raza, condición económica, grupo etario, orientación sexual, limitaciones físicas y cualquier otra condición. Las medidas que se toman en virtud de este principio están destinadas a favorecer la participación plena de los grupos sociales menos favorecidos para conseguir su plena participación social y lograr una igualdad real de los individuos y de los grupos sociales, superando el concepto negativo, meramente formal, de igual disfrute de las libertades, puesto que este concepto conlleva el perpetuar las diferencias reales existentes, siempre en perjuicio de los más débiles.

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CAPITULO III CONSTRUYENDO INDICADORES PARA MONITOREAR LOS DERECHOS HUMANOS “La insuficiencia de desarrollo no puede ser invocada para justificar una limitación de los derechos humanos reconocidos internacionalmente”. Declaración de Viena, Conferencia Mundial de Derechos Humanos 1993. “Los Estados tienen una obligación esencial mínima para asegurar la satisfacción de, cuando menos, niveles indispensables mínimos de cada uno de los derechos”. Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, Comentario General 3, Quinta Sesión.1992.

3.1 MARCO REFERENCIAL DEL MONITOREO DE LOS DERECHOS HUMANOS Un sistema de monitoreo de derechos humanos es aquel que permite a un colectivo social, a partir de un conjunto limitado pero pertinente de indicadores, definir cuales son los avances, retrocesos, rezagos y/o desafíos en el cumplimiento de las obligaciones básicas que asumen los Estados en la materia, de una manera sistemática. Estas obligaciones básicas son las de respetar, proteger y cumplir. El monitoreo no constituye un fin en si mismo, es más bien una herramienta que permite a partir del seguimiento de los acontecimientos de la vida diaria del colectivo generar información para que el sistema internacional de protección de los derechos humanos se active y recomiende al Estado la toma de medidas que propendan al cumplimiento de los mismos, pero principalmente deben servir al grupo social para promover el cambio. Por ello un sistema de monitoreo debe partir de una base confiable. Si bien la labor en el monitoreo de los derechos humanos culmina con la diseminación de la información, el colectivo social debe utilizar la misma como una herramienta para la incidencia, como una herramienta para la elaboración y generación de propuestas que permitan la generación de cambios en las actitudes y prácticas de todos aquellos sectores involucrados en la materia, es decir debe responder a metas claras que van más allá del mero monitoreo. Para cumplir con sus fines, el diseño de un sistema de monitoreo debe responder – fundamentalmente – a las siguientes preguntas:

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1. ¿Qué monitorear?, esto implica definir cuales deben ser las dimensiones, variables e indicadores que sean realmente pertinentes para el colectivo social involucrado 2. ¿Cuándo?, es importante definir cada cuanto tiempo se debe recopilar la información estableciendo los parámetros de tiempo más adecuados que permitan identificar efectivamente los cambios, pues tiempos muy cortos no permiten una adecuada comparación entre los datos recogidos. 3. ¿Dónde?, esto exige definir claramente cuales son las fuentes de información que alimentarán el sistema, así como la obtención de aquella que deba ser levantada directamente de los involucrados. 4. ¿Cómo?, un sistema de monitoreo debe ser acompañado de sus respectivos instrumentos de recolección de información, es decir encuestas, entrevistas, fichas, boletas y otros que respondan a los indicadores previamente definidos. 3.2 CONSIDERACIONES BÁSICAS PARA ELABORAR INDICADORES DE DERECHOS HUMANOS En los últimos años se ha incrementado a nivel internacional la conciencia de la importancia de realizar un monitoreo sistemático y responsable del cumplimiento de los derechos humanos. Sin estándares derechos civiles culturales, los incumplimiento

claros de comparación sobre la implementación tanto de los y políticos, como de los derechos humanos económicos, sociales, y Estados no podrían ser declarados responsables por el de sus obligaciones de respetar, proteger y satisfacer, sin discriminación alguna; tampoco podrían ser denunciados por violaciones de dichos derechos. Por ello no basta con precisa poder evaluar habido efectivamente pactos internacionales

denunciar una grave violación a los derechos humanos, se la responsabilidad concreta del Estado denunciado, y si ha incumplimiento de sus obligaciones de conformidad a los y la propia Constitución Política.

De allí la importancia de contar con indicadores que permitan el monitoreo de la implementación de los derechos humanos en el marco de las obligaciones de los Estados. Esto es un paso de avanzada hacia la concreción de los derechos humanos.

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3.3 ¿PARA QUÉ SIRVEN LOS INDICADORES DE DERECHOS HUMANOS?

 Para monitorear la situación de las obligaciones de los Estados respecto de    

todos o algunos derechos humanos específicos Verificar, evaluar y hacer seguimiento Generar procesos de exigibilidad a los Estados para su protección Planificar y ejecutar políticas, programas y proyectos gubernamentales que garanticen su protección Orientar la investigación y la denuncia

3.4 ¿QUE ES UN INDICADOR? En cualquier sistema de monitoreo el núcleo está constituido por los indicadores, estos pueden ser definidos como una expresión cuantitativa y cualitativa para medir el nivel o situación en el momento de la medición de la realización o no de uno o más derechos. Los indicadores son señales, guías, prácticas, datos que permiten dar cuenta de cómo se encuentran las cosas en relación con algún aspecto concreto de la realidad que interesa conocer. Son un instrumento u herramienta para la evaluación, una regla para medir los resultados y evaluar los niveles deseados de desempeño. 3.5 ¿QUÉ SON LOS INDICADORES DE DERECHOS HUMANOS? Una buena definición de lo que son indicadores de Derechos Humanos la ofrece la adoptada por el relator de la Comisión Internacional de Derechos Humanos, Paul Hunt, quien define: “Los indicadores de derechos humanos brindan informaciones sobre el estado de un acontecimiento, actividad o resultado que pueden estar relacionadas con las normas de derechos humanos, que abordan y reflejan las preocupaciones y principios en materia de derechos humanos y que se utilizan para evaluar y vigilar la protección y promoción de los derechos humanos. Los indicadores de derechos humanos, también se pueden definir como un conjunto de parámetros de información para evaluar sistemáticamente la condición de implementación de un derecho específico5.

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Definiciones adaptadas de Audrey R. Chapman, Ph.D. “Comparación de los requisitos para desarrollar indicadores correspondientes a los derechos civiles y políticos y económicos, sociales y culturales”. “Seminario Internacional sobre Indicadores y Diagnóstico en Materia de Derechos Humanos. México 2003; y Documento “Derechos económicos, sociales y culturales: exigibilidad – niveles mínimos de cumplimiento- e indicadores”. CEPAL, Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos y Fondo de Población de las Naciones Unidas. Santiago de Chile, 2006.

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Un indicador de derechos humanos “permite medir el grado en el cual un derecho

humano se está cumpliendo o disfrutando en alguna situación determinada”.

En el caso de los derechos humanos el reto es desarrollar indicadores tanto para medir el cumplimiento de las obligaciones de los Estados de respetar, proteger y satisfacer (cumplir) evaluando la conducta de los Estados (acciones afirmativas para respetar y proteger) y el resultado o efectos de las mismas (el grado hasta el cual grupos sociales específicos disfrutan de derechos específicos). 3.6  

CARACTERÍSTICAS DE UN INDICADOR DE DERECHOS HUMANOS

Sustento normativo: los indicadores deben estar sustentados en obligaciones de los Estados, consideradas en los marcos normativos nacionales, regionales e internacionales. Específico, el indicador debe estar directamente vinculado con el derecho o situación a medir, es decir debe ser pertinente para los objetivos que se pretenden alcanzar con el monitoreo. Realizable, el indicador debe ser alcanzable, por ello en general no se deben considerar ni los ceros, ni los plenos absolutos en razón de la misma dinámica social que se monitorea, un realidad por si cambiante. Medible, el indicador debe ser posible de medir y comparar objetivamente sin dependencia del estado de ánimo del equipo de monitoreo, existe un axioma en materia de indicadores “si se puede medir, se puede seguir”. Verificable, un indicador debe poder ser verificado por cualquier otro grupo independiente, es decir debe responder a la realidad no a suposiciones, no a conjeturas del colectivo encargado del monitoreo. Independiente, si bien los indicadores están relacionados entre si, al responder a variables y dimensiones no debe existir entre ellos una relación de dependencia que limite su verificabilidad. Práctico, en la medida de los posible es importante que los indicadores sean fáciles de seguir, la información que le sirve de soporte debe ser posible de obtener a un costo relativamente bajo, pues si es muy difícil de obtener es muy posible que el equipo de monitoreo desista de su seguimiento o que el seguimiento mismo sea poco sistemático.

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3.7

CATEGORIAS DE INDICADORES DE DERECHOS HUMANOS

Así, se estima que en materia de derechos humanos se pueden organizar tres categorías de indicadores6:

1. Indicadores estructurales: Referidos a la ratificación y aprobación de tratados internacionales, normas constitucionales, leyes nacionales y locales orientadas a respetar y proteger.

Por ejemplo: ¿Se haya ratificado el tratado tal…? El derecho a la salud se haya consignado en la Constitución del país?, ¿Se han incorporado en la legislación nacional reglas relativas a…? ‹ Por lo general son Indicadores cualitativo de conducta›

2. Indicadores de proceso o de evolución: Hacen relación a los procesos mediante los cuales se aplican políticas, programas y proyectos adoptados para el ejercicio y satisfacción o cumplimiento del derecho.  Determinan el esfuerzo hecho, no el resultado logrado.

Ejemplos: 1) Gasto nacional relativo al SIDA por categoría y fuente de financiación. 2) Porcentaje de embarazadas VIH-positivas que recibe fármacos antirretrovíricos para reducir el riesgo de transmisión materno infantil. ‹ Por regla general son Indicadores cualitativos de conducta›

3. Indicadores de resultados: Referidos al cumplimiento concreto de los indicadores anteriores y tienen que ver con acciones prácticas (número, porcentaje, etc.) logradas por el Estado para asegurar los derechos.  Miden niveles de logro que indican el estado de realización de un derecho

humano, a partir de los procesos desarrollados qué resultados se alcanzaron.

Por ejemplo: Porcentaje de poblaciones más expuestas infectadas por el VIH ‹ Este tipo es más un Indicador cuantitativo de efecto›

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Ideas adaptadas del Informe Final del “Seminario Internacional Sobre Indicadores y Diagnóstico en Materia de Derechos Humanos. Ob. Cit., y del documento resumen del Seminario de expertos de América latina y el Caribe sobre indicadores pertinentes para las comunidades indígenas y locales y el convenio sobre diversidad biológica. Quito 2006.

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CAPITULO IV DIMENSIONES E INDICADORES BASICOS PARA MEDIR AVANCES EN EL CUMPLIMIENTO DE LOS DERECHOS HUMANOS DE PERSONAS VIVIENDO CON VIH Y PERSONAS LGBT “Todos los derechos humanos son universales, indivisibles e interdependientes y están relacionados entre sí. La comunidad internacional debe tratar los derechos humanos en forma global y de manera justa y equitativa, en pie de igualdad y dándoles a todos el mismo peso”. Declaración de Viena, Conferencia Mundial de Derechos Humanos 1993.

4.1 CONSIDERACIONES PREVIAS A LOS USUARIOS DEL SISTEMA DE MONITOREO. Previo a definir el sistema de monitoreo que nos permitirá, en un primer avance, contar con una herramienta para evaluar los adelantos en el cumplimiento de las obligaciones del Estado de Honduras en relación a los derechos humanos de la personas viviendo con VIH/SIDA y la población LGBT, es importante acotar que los usuarios del sistema deben a la hora de elaborar sus informes de monitoreo tomar como marco de referencia de las obligaciones de nuestro gobierno lo adoptado en la Constitución de la República, los Tratadas Internacionales ratificados y la legislación nacional secundaria. En el caso de la población lesbiana, gay, bisexual o transgénero que no cuenta con un documento de carácter nacional o internacional que fije responsabilidades especificas a los Estados, recomendamos usar como marco de referencia del análisis los principios propuestos en la Declaración de Montreal 2006, en el marco de la conferencia internacional de derechos humanos de personas LGBT. MARCO DE REFERENCIA PARA EVALUAR OBLIGACIONES DEL ESTADO DE HONDURAS Instrumentos Internacionales vinculantes  Declaración Universal de los Derechos Humanos  Convención Americana de los Derechos Humanos  Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos  Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales  Recomendaciones de los órganos del sistema universal y del sistema americano de protección de los derechos humanos; Ejemplo Declaraciones sobre salud sexual y reproductiva, UNGASS  Relatorías de los órganos del sistema universal y americano de protección de los derechos humanos;  Directrices del sistema, Protocolos adicionales, Recomendaciones generales. Leyes nacionales  Constitución de la República

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Ley del Comisionado Nacional de los Derechos Humanos y de otros organismos como la Ley General de la Administración Pública, Código de Salud, Ley del Ministerio Público, Ley Orgánica de la Policía Nacional, etc.  Código Penal y Procesal Penal  Ley de Policía y Convivencia Social  Código del Trabajo  Ley Especial de VIH-SIDA  Otras leyes del país Documentos Internacionales no vinculantes  Seminarios Internacionales no vinculantes: Declaración de Montreal 2006, en el marco de la conferencia internacional de derechos humanos de personas LGBT.

4.2

DIMENSIONES PROPUESTAS PARA EL SISTEMA DE MONITOREO

Construir un sistema para monitorear el cumplimiento de los derechos humanos de personas viviendo con VIH o SIDA y personas lesbianas, gays, bisexuales o transgéneros trans en Honduras, parte de tomar la decisión política de cuáles son las demandas esenciales o mínimas que deben ser respetadas y aseguradas para la vigencia de los derechos humanos de la población PVV, PVS y LGTB en Honduras. Por ello partimos de la concepción de que todos los derechos humanos son universales e interdependientes, por lo tanto no hay jerarquía de importancia entre derechos civiles y políticos, y económicos, sociales y culturales; sin embargo, en su trabajo político las organizaciones sociales de PVV, PVS y los colectivos de LGTB requieren medir los avances y eficacia de la acción de los estados, de tal manera que sin ser exhaustivas, requieren seleccionar algunas dimensiones básicas que permitan agrupar los derechos por categorías de análisis, para no caer en el pecado de analizar cada uno del amplio catalogo de derechos reconocidos en la Constitución y en los diversos tratados internacionales ratificados. Así, organizar el análisis por dimensión nos ofrece la posibilidad de poder monitorear diversos aspectos de las obligaciones de los Estados para con la población PVV, PVS y LGTB, y contar para cada dimensión con un conjunto de indicadores básicos, con sus respectivas variables, de tal manera que de lo general a lo particular, podamos identificar avances, retrocesos y desafíos en la protección y promoción de los derechos humanos de dichas poblaciones vulnerables en Honduras. Se proponen como dimensiones que fundamentan el sistema de monitoreo de los derechos humanos de PVV, PVS y LGTB las siguientes: 1) Desarrollo Humano 2) Juridicidad 19


3) 4) 5) 6) 7)

Justiciabilidad Políticas Públicas No discriminación Acceso a la Información Participación ciudadana

Dimensión Jurídica

Justiciabilidad

Tipo de indicadores a incorporar Indicador Estructural Se refiere a la incorporación de los derechos humanos en el sistema legal hondureño. Se considerará asimismo la firma, ratificación y/o adhesión a tratados y convenios en la materia. Indicador Estructural e Indicador de Resultado

Se refiere a la existencia o no de institucionalidad para reclamar los derechos humanos, así como a la calidad de respuesta de la institucionalidad encargada de velar por el respeto, protección y cumplimiento de los derechos humanos de la población gay, lésbica, bisexual, trans y personas viviendo con VIH o SIDA. Políticas Públicas Indicador de Proceso e Indicador de Resultado Se refiere a los avances del Estado de Honduras en la adopción de políticas, programas y proyectos y los resultados de las mismas para la satisfacción de los derechos humanos de la población gay, lésbica, bisexual, trans y personas viviendo con VIH o SIDA. No Discriminación Indicador Estructural Incluye indicadores que permitan identificar las obligaciones de respetar y proteger los humanos de la población gay, lésbica, bisexual, trans y personas viviendo con VIH o SIDA. Se analiza la no adopción de acciones y prácticas de discriminación desde lo público o lo privado. Acceso a la Indicador de Proceso e Indicador de Resultado información Se refiere a la existencia y sus efectos, de acciones orientadas al

Participación

conocimiento, generación, diseminación y disponibilidad de información en materia de los derechos humanos de la población gay, lésbica, bisexual, trans y personas viviendo con VIH o SIDA en particular y de la población en general. Indicador de Proceso e Indicador de Resultado Se refiere a la existencia de indicadores que potencian la participación de la población gay, lésbica, bisexual, trans y personas viviendo con VIH o SIDA, especialmente en la toma de decisiones de aquellos asuntos que son de su interés y su real incidencia sobre dichos asuntos.

20


El Informe Como producto de la aplicación del sistema de indicadores se debe generar un informe –diferenciado para personas LGTB y para personas PVV/PVS que contenga al menos los siguientes desgloses: I. Portada II. Índice III. Situación actual (análisis de contexto) Incorporando un breve resumen de: a) la situación general del país; b) los principales obstáculos y desafíos que tienen las personas LGTB o PVV/PVS para la realización de sus derechos; c) las principales respuestas políticas y programáticas del Estado; y d) el Rol de la cooperación internacional

IV. Información metodológica Exponiendo en forma detallada el proceso de construcción del informe, el número de personas consultadas, los criterios de análisis de la información y otros relevantes para compartir el proceso.

V. Análisis por dimensiones En esta sección se trasladan y analizan los resultados del estudio dividido por dimensiones así: (En cada una de las dimensiones presentar una breve introducción) 1. Políticas Públicas

2. 3. 4. 5.

a. Sub dimensión salud b. Sub dimensión trabajo c. Sub dimensión educación Juridicidad Justiciabilidad No discriminación Acceso a la Información y Participación Ciudadana i. Sub dimensión Acceso a la información ii. Sub dimensión Participación Ciudadana iii. Sub dimensión derecho de asociación

VI. Conclusiones y Recomendaciones VII. Matriz de situación de los indicadores. VIII. Bibliografía

21


Matriz de Variables e Indicadores para monitorear el cumplimiento de los DDHH de personas LGTB y PVV/PVS 1. Dimensión Políticas Públicas Variable

Indicadores

Descripción

Fuente(s)

1.1 Sub dimensión SALUD 1.1.1 Disponibilidad y acceso a servicios de prevención de ITS

Existencia de instituciones públicas y privadas prestadores de servicios de salud preventiva.

Variación en la población atendida por los servicios de salud preventiva Nivel de utilización de los servicios de salud preventiva

1.1.2

Disponibilidad y acceso a servicios de salud curativa

Nivel de satisfacción con los servicios de salud preventiva Existencia de instituciones públicas y privadas prestadores de servicios de salud curativa y asistencia psicológica

Tipología de disponibles

servicios

de

tratamiento

Disponibilidad de medicamentos claves para la atención de PVV/PVS Disponibilidad de medicamentos para el tratamiento de ITS Inversión directa del Estado

Variación en la población atendida

Número de instituciones existentes diferenciando por sector al que pertenecen (público y privado/ nacional e internacional) y por tipos de servicios ofertados Índice de cobertura de la población

Mapeo institucional

% de población LGTB y PVV/PVS con disposición para utilizar los servicios de salud preventiva Valoración positiva sobre los servicios de salud preventiva Número de instituciones existentes diferenciando por sector al que pertenecen (público y privado/ nacional e internacional) y por tipos de servicios disponibles. Listado de servicios ofertados por las instituciones diferenciando por sector y por características de la atención % de disponibilidad del cuadro básico de medicamentos para el tratamiento de personas PVV/PVS % de disponibilidad del cuadro básico de medicamentos para el tratamiento de ITS % de participación del Estado para la atención de personas LGTB y PVV/PVS del total de inversión Índice de cobertura de la población

Encuesta de opinión

Ficha de monitoreo

Encuesta de opinión Mapeo institucional

Mapeo institucional

Ficha de monitoreo

Ficha de monitoreo Presupuesto, monitoreo.

ficha

de

Mapeo institucional y ficha de monitoreo e informes

22


Variable

Indicadores

Descripción

Fuente(s)

1.2 Sub dimensión TRABAJO 1.2.1 ingreso

Nivel de ingresos de las personas LGTB y PVV/PVS

Origen del Ingreso

Incorporación de las personas LGTB y PVV/PVS al trabajo

1.2.2 Existencia de políticas que propicien la inclusión en los espacios laborales

Número de programas y proyectos orientados a favorecer la incorporación al trabajo de personas LGTB y PVVS

Mecanismos estatales u organizacionales de vigilancia del cumplimiento de las políticas

Existencia de sanciones administrativas y penales frente a prácticas que restrinjan la incorporación al trabajo de personas LGTB o PVVS Aplicación de sanciones administrativas y penales frente a prácticas que restrinjan la incorporación al trabajo de personas LGTB o PVVS

Se expresa como una media del ingreso mensual reportado y como una razón en relación con el ingreso medio de la población Se expresa como una tipología del ingreso diferenciado por calidad del origen y como una razón del origen del ingreso de la población Se expresa como un % de avance interanual en la incorporación de personas LGTB y PVV/PVS al trabajo diferenciado por calidad del trabajo y entre trabajo en el sector formal e informal. Se expresa como un valor numérico Se expresa como una valoración cualitativa de la calidad de los programas y proyectos Se expresa como una tipología de mecanismos de observación y una valoración sobre el accionar de los mismos por parte de las personas LGTB y PVV/PVVS Tipología de sanciones

Se expresa como un valor numérico con diferenciación del sector sancionado

Encuesta de opinión y reporte de cuentas nacionales. Encuesta de opinión y reporte de cuentas nacionales Encuesta de opinión y reporte de cuentas nacionales

Mapeo institucional y ficha de monitoreo Encuesta de opinión Mapeo institucional, ficha de monitoreo y encuesta de opinión

Mapeo institucional y ficha de monitoreo

Ficha de monitoreo

23


1.3 Sub dimensión Educación Variable

Indicadores

Descripción

Fuente(s)

1.3.1 Nivel Educativo

Nivel educativo de las personas LGTB y PVV/PVVS

Se expresa como un % de avance interanual (muestral) en el nivel educativo de las personas LGTB y PVV/PVVS diferenciado entre educación formal y no informal.

Encuesta de opinión e informes de organizaciones de personas LGTB y PVV/PVVS

1.3.2 Existencia de políticas que propicien la inclusión en los centros educativos

Número de programas y proyectos orientados a favorecer la incorporación al sistema educativo formal y no formal de personas LGTB y PVVS

Se expresa como un valor numérico

Mapeo institucional y ficha de monitoreo

Eliminación de barreras a la incorporación de las personas LGTB y PVV/PVVS a la educación Existencia de sanciones administrativas y penales frente a prácticas que restrinjan la incorporación al sistema educativo formal y no formal de personas LGTB o PVVS Aplicación de sanciones administrativas y penales frente a prácticas que restrinjan la incorporación al trabajo de personas LGTB o PVVS

Se expresa como una valoración cualitativa de la calidad de los programas y proyectos Se expresa como una tipología de barreras y como un % de disminución de las barreras diferenciado por origen de las mismas Tipología de sanciones

Se expresa como un valor numérico con diferenciación del sector sancionado

Encuesta de opinión Mapeo institucional y ficha de monitoreo

Mapeo institucional y ficha de monitoreo

Ficha de monitoreo

24


2. Dimensión Juridicidad Variable

Indicadores

Descripción

Fuente(s)

2.1 Reconocimiento constitucional y/o por firma o adhesión a instrumentos internacionales y

Reconocimiento constitucional del derecho a la libre orientación sexual y de la protección estatal a las personas PVV/PVVS Remoción de barreras constitucionales a los derechos sexuales y reproductivos.

Indicador cualitativo de incorporación a la constitución de la república.

Constitución República

Indicador cuantitativo que se expresa en forma numérica como reducción de las barreras establecidas en la Constitución

Constitución de la República y encuesta de opinión.

Número de instrumentos internacionales en materia de derechos humanos firmados o adheridos y ratificados por Honduras

Responde a un análisis cualitativo sobre las barreras que se remueven y su significado para la población LGTB. Indicador numérico que refiere los instrumentos existentes en el sistema internacional y americano de protección de los derechos humanos. La ratificación se expresa como razón porcentual Incorpora una valoración cualitativa sobre los alcances de los instrumentos incorporados al derecho interno.

Número de instrumentos internacionales sobre derechos de población LGTB, PVV/PVVS firmados o adheridos y ratificados por Honduras

2.2 Reconocimiento por firma y o adhesión a declaraciones y acuerdos internacionales.

Número de acuerdos firmados o

declaraciones y internacionales adheridos por

Indicador numérico, se refiere al número de instrumentos existentes en el sistema universal y americano de protección de los derechos expresa como una razón entre el total de instrumentos y los que reconocen derechos específicos.

de

la

Informes del sistema de NNUU y del sistema americano. Informes de cancillería Encuesta de opinión Informes de situación de DDHH Informes del sistema de NNUU y del sistema americano. Informes de cancillería

Incorpora una valoración cualitativa sobre los alcances de los instrumentos incorporados al derecho interno.

Encuesta de opinión Informes de situación de DDHH

Indicador numérico y se refiere al numero de declaraciones y acuerdos internacionales firmados o adheridos por

Informes del sistema de NNUU y del sistema americano.

25


Honduras

2.3 Reconocimiento por adecuación de la legislación interna

Número de leyes nacionales individualizadas, promulgadas o reformadas para adecuarse a los compromisos internacionales adquiridos por Honduras en materia de derechos sexuales y reproductivos y de personas PVV/PVVS. Nivel de satisfacción de la población LGTB y PVV/PVVS sobre la adecuación de las leyes a los compromisos internacionales

Honduras. Se expresa como razón porcentual del número de acuerdos y declaraciones firmadas cada año. Se expresa como una razón porcentual respecto del número de leyes a promulgar para adecuarse a los contenidos y alcances de los instrumentos ratificados. Se expresa como un valor numérico de Leyes que reconocen sus derechos específicos y de no discriminación por la vía de la promulgación o modificación Se expresa como una razón porcentual de satisfacción a partir de una tabla valórica.

Informes de cancillería Legislación nacional Informes del congreso de la República

Encuesta de opinión

26


4. 3. Dimensión Justiciabilidad Variable

Indicadores

3.1 Existencia de instituciones defensoras de los derechos humanos

Número de organizaciones de humanos existentes en Honduras

derechos

% de organizaciones de DDHH que abordan los derechos de las personas LGTB o PVV/PVVS Número de organizaciones especializadas en derechos de las personas LGTB o PVV/PVVS Disponibilidad de servicios jurídicos gratuitos o instancias generales o específicas de reclamación donde ser apoyados para reclamar la violación a los derechos de las personas LGTB o PVV/PVVS. Nivel de satisfacción de la población LGTB o PVVS con las organizaciones de DDHH

3.2 Existencia de organismos en el sector justicia

Tipo de organismos del sector justicia que atienden casos de violación de derechos de población LGTB y PVVS

3.3 Mecanismos de activación de las instituciones de defensa de los derechos humanos

Denuncias atendidas por las instituciones de defensa de los DDHH

Descripción

Fuente(s)

Numérico, se refiere al número de organizaciones públicas y privadas defensoras de derechos humanos Se expresa como una razón entre el número de organizaciones de DDHH y las que abordan los derechos específicos de la población LGTB o PVV/PVVS. Se expresa como valor numérico de organizaciones especializadas en los DDHH de las personas LGTB o PVV/PVVS Existencia de servicios gratuitos para el acceso a la justiciabilidad de sus derechos proveídos por OSC o instituciones públicas

Mapeo institucional

% de satisfacción con la labor desarrollada por OSC de DDHH y especializadas

Encuesta de opinión

% de satisfacción con la labor desarrollada por instituciones públicas defensoras de los DDHH y especializadas Tipología de organismos del sector

Mapeo institucional

Mapeo institucional

Mapeo institucional

Mapeo Institucional

Variación en el número de organismos del sector, generales y/o especializados.

Se expresa de forma numérica así:  Número de casos activos ante las instituciones de protección de los derechos humanos  Número de casos iniciados por denuncia  Número de casos iniciados de oficio (diferenciados por tipo de casos)

Ficha de monitoreo de instituciones del sector justicia

27


Variable

Indicadores

Descripción

Fuente(s)

3.4 Nivel de respuesta de los organismos del sector frente a violaciones de los derechos humanos

Existencia de mecanismos acceso inmediato en todo el territorio nacional a un recurso efectivo en caso de violación de uno o varios de sus derechos humanos. Existen sanciones disciplinarias o penales ante la negativa, por parte de un funcionario policial, judicial o de cualquier otra índole, a recibir una denuncia por violaciones a los derechos humanos de las personas LGTB o PVV/PVS. Se aplican sanciones administrativas, penales o practicas de odio en la detención o el encarcelamiento legal de personas LGTB En la detención o encarcelamiento legal de personal LGTB o PVVS existen celdas o espacios separados de los demás privados de libertad, para evitar sean objeto de abusos por otros detenidos o encarcelados Existen sanciones severas, sean administrativas o penales a quienes practican acciones actos de discriminación o crímenes de odio contra la población LGTB o PVVS Denuncias resueltas por las instituciones públicas de defensa de los DDHH

Se expresa como una valoración del nivel de acceso en caso de violación de los derechos de la población LGTB o PVV/PVS.

Mapeo Institucional

Enumeración y tipología de sanciones

Mapeo institucional legislación y ficha monitoreo

Enumeración y tipología

Mapeo institucional, encuesta de opinión y ficha de monitoreo Mapeo institucional y ficha de monitoreo

Se aplican indemnizaciones por daños materiales y morales a quienes han sufrido discriminación por su condición LGTB o PVVS Nivel de satisfacción con las acciones de las instituciones públicas de defensa de los DDHH

Tipología y separados

enumeración

de

espacios

Encuesta de opinión y de

Enumeración y tipología

Mapeo institucional, legislación y Ficha de monitoreo

Se expresa como una razón entre el número de casos atendidos y la solución de los mismos

Ficha de monitoreo de instituciones del sector justicia.

Número de sanciones aplicadas Tipología de resarcimientos

Ficha de monitoreo

% de valoración positiva con las acciones del sector, diferenciado por nivel de atención, tipo de resolución, prontitud de la acción. (diferenciado por instituciones)

Encuesta de opinión

28


Variable

Indicadores

Descripción

Fuente(s)

3.5 Participación de los actores del sector justicia en la violación de los derechos humanos de la población LGTB y PVVS

Número de violaciones de DDHH protagonizadas por agentes del sector justicia diferenciados por origen

Indicador numérico

Ficha de monitoreo instituciones del sector.

de

Razón entre la participación de los distintos agentes en la violación de derechos Número de sanciones aplicadas (Diferenciando por instituciones) comparado con la ley. Tipología de medidas adoptadas

Ficha de monitoreo instituciones del sector.

de

Número de acciones emprendidas ante órganos del sistema

Fichas de seguimiento institucionales

3.6 Activación y respuesta de los órganos internacionale s de protección de los derechos humanos.

Tipo de sanciones aplicadas a los agentes del sector responsables de la violación Se han adoptado medidas para evitar los arrestos y detenciones basados de facto en el aspecto físico del individuo por su condición LGTB Acciones emprendidas ante los órganos del sistema americano

Ficha de monitoreo

Número de resoluciones obtenidas de los órganos del sistema diferenciando entre medidas cautelares y definitivas

Aplicación de las resoluciones

Número y tipo de acciones activadas por los órganos del sistema. Nivel de aplicación de las resoluciones en el país Tipo de acciones del sistema ante la negativa del Estado de cumplir sus resoluciones

Fichas de seguimiento institucionales Entrevista a involucrados Monitoreo del sistema

29


4. Dimensión No Discriminación Variable

Indicadores

4.1 Existencia de actitudes y prácticas que limiten el acceso de las personas LGTB y PVVS a la salud, el trabajo, a la educación y al ejercicio de sus libertades.

Tipología de discriminatorias en laborales

4.2 Remoción de obstáculos jurídicos y de prácticas discriminatorias para el ejercicio de las libertades de las personas LGTB y PVVS

Descripción

Fuente(s)

prácticas centros

Enumeración y descripción de prácticas discriminatorias

Tipología de prácticas discriminatorias en unidades prestadoras de servicios de salud

Enumeración y descripción de prácticas discriminatorias

Tipología de discriminatorias en educativos

prácticas centros

Enumeración y descripción de prácticas discriminatorias

Tipología de prácticas discriminatorias en otras instituciones públicas

Enumeración y descripción de prácticas discriminatorias

Tipología de prácticas discriminatorias en medios de comunicación

Enumeración y descripción de prácticas discriminatorias

Existencia de prácticas discriminatorias en cobertura noticiosa a personas LGTB y PVVS Medidas concretas para eliminar prácticas discriminatorias en centros laborales Medidas concretas para eliminar prácticas discriminatorias en unidades prestadoras de servicios de salud Medidas concretas para eliminar prácticas discriminatorias en centros educativos

Enumeración y descripción de prácticas discriminatorias

Estudio de línea base, informes de DDHH, informes de casos en el ministerio público Estudio de línea base, informes de DDHH, informes de casos en el ministerio público Estudio de línea base, informes de DDHH, informes de casos en el ministerio público Estudio de línea base, informes de DDHH, informes de casos en el ministerio público Estudio de línea base, informes de DDHH, informes de casos en el ministerio público Estudio de línea base, informes de DDHH, informes de casos en el ministerio público entrevistas

Descripción de medidas para eliminar prácticas discriminatorias Descripción de medidas para eliminar prácticas discriminatorias

entrevistas

Descripción de medidas para eliminar prácticas discriminatorias

entrevistas

30


4.4 Inversiรณn pรบblica orientada a la promociรณn de actitudes positivas frente al estigma y la discriminaciรณn a personas LGTB y PVVS

4.3 Modificaciรณn de patrones de autoexclusiรณn

Medidas concretas para eliminar prรกcticas discriminatorias en otras instituciones pรบblicas Medidas concretas para eliminar prรกcticas discriminatorias en medios de comunicaciรณn Medidas concretas para eliminar prรกcticas discriminatorias en cobertura noticiosa Variaciรณn positiva de la inversiรณn pรบblica para promover prรกcticas de no discriminaciรณn ni estigmatizaciรณn

Autoreconocimiento de personas LGTB y PVVS como sujetos y sujetas de derechos Disposiciรณn de personas LGTB y PVVS para hacer valer sus derechos Disposiciรณn de personas LGTB y PVVS para remover las barreras para la autoexclusiรณn

Descripciรณn de medidas para eliminar prรกcticas discriminatorias

entrevistas

Descripciรณn de medidas para eliminar prรกcticas discriminatorias

entrevistas

Descripciรณn de medidas para eliminar prรกcticas discriminatorias

entrevistas

Se expresa como la variaciรณn porcentual interanual de la inversiรณn publica en sensibilizaciรณn frente al estigma y discriminaciรณn

Presupuesto nacional y del sector salud. encuestas de opiniรณn.

Se expresa como una valoraciรณn cualitativa por parte de las personas LGTB y PVV/PVVS frente a los contenidos y alcances de la inversiรณn y de los resultados de la misma Cambios de conducta frente a la autoexclusiรณn

Encuesta de opiniรณn

Cambios de autoexclusiรณn

conducta

frente

a

la

Encuesta de opiniรณn

Cambios de autoexclusiรณn

conducta

frente

a

la

Encuesta de opiniรณn

31


5. Dimensión Acceso a la Información y Participación ciudadana 5.1 Sub dimensión acceso a la información Variable

Indicadores

Descripción

Fuente(s)

5.1.1

Información generada

Indicador numérico sobre la información generada y disponible Valoración cualitativa acerca de los contenidos de la información generada Existencia de mecanismos de diseminación, diferenciados por tipo de mecanismo y público objetivo. Valoración cualitativa acerca de los mecanismos de diseminación de información Indicador numérico sobre la información generada y disponible Indicador numérico sobre la participación de las OSC en la generación de información

Ficha institucional

Disponibilidad y acceso a información sobre DDHH y orientación sexual

5.1.2 Disponibilidad y acceso a información sobre ITS y VIH-SIDA

Valoración sobre la información generada Mecanismos de diseminación

Valoración sobre mecanismos de diseminación Información generada Inclusión de las OSC en la generación de información

Inclusión de información sobre adelantos en el tratamiento de VIH – SIDA e ITS Valoración sobre la información generada Mecanismos de diseminación

5.1.3 Disponibilidad y acceso a información sobre derechos de las personas LGTB y PVVS

Valoración sobre mecanismos de diseminación Información generada Valoración sobre la información generada Incorporación de información en los planes de estudio de primaria y secundaria

Razón entre la participación del sector público y el sector privado Valoración cualitativa acerca de los contenidos de la información generada Valoración cualitativa acerca de los contenidos de la información generada Existencia de mecanismos de diseminación, diferenciados por tipo de mecanismo y público objetivo. Valoración cualitativa acerca de los mecanismos de diseminación de información Indicador numérico sobre la información generada y disponible Valoración cualitativa acerca de los contenidos de la información generada Valoración cualitativa acerca de los contenidos de la información puesta a disposición de los educandos

Encuesta de opinión Ficha institucional

Encuesta de opinión Ficha institucional Mapeo institucional y ficha de monitoreo

Encuesta de opinión

Encuesta de opinión Ficha institucional

Encuesta de opinión Ficha institucional Encuesta de opinión Encuesta de opinión

32


Variable

Indicadores

Descripción

Fuente(s)

Porcentaje de escuelas que impartió educación sobre el VIH e ITS durante el último curso académico

Se expresa como un % de alumnos del total nacional

Informes nacionales

Se expresa como un % del total de escuelas en el país. Mecanismos de diseminación Existencia de mecanismos de diseminación, diferenciados por tipo de mecanismo y público objetivo. Valoración sobre mecanismos Valoración cualitativa acerca de los de diseminación mecanismos de diseminación de información 5.2 Sub dimensión Participación Ciudadana 5.2.1

5.2.2

Participación directa en espacios de toma de decisiones a nivel comunitario, municipal, regional y nacional;

Participación en espacios de toma de decisión sectoriales

Existencia de espacios para la participación en los niveles comunitarios, municipal, regional y nacional Incorporación del personas LGTB y PVVS en los espacios de participación a nivel comunitario, municipal, regional y nacional Existencia de espacios de toma de decisión sectoriales Incorporación de personas LGTB y PVVS en espacios de toma de decisiones sectoriales Incorporación de personas LGTB y PVVS en la elaboración de informes nacionales de cumplimiento de derechos humanos Incorporación de personas LGTB y PVVS en la elaboración de informes sectoriales

Tipología de espacios disponibles

Cambio de participación

actitudes

y

prácticas

Ficha institucional

Encuesta de opinión

Ficha de monitoreo

en

Encuesta de opinión

Tipología de espacios de participación sectoriales Cambio de actitudes y prácticas en participación

Línea de base y ficha de monitoreo Encuesta de opinión

Cambio de participación

actitudes

y

prácticas

en

Encuesta de opinión y ficha de monitoreo

Cambio de participación

actitudes

y

prácticas

en

Encuesta de opinión

33


Variable

Indicadores

Descripción

Fuente(s)

Participación efectiva de Cambio de actitudes y prácticas personas LGTB y PVVS en la participación toma de decisiones Valoración positiva sobre los Cambio de actitudes y prácticas espacios de toma de participación decisiones sectoriales 5.3 Sub dimensión asociación y reconocimiento 5.3.1 derecho de asociación

en

Encuesta de opinión

en

Encuesta de opinión

Número de organizaciones de personas LGTB y PVV/PVVS reconocidas por el Estado Existencia de políticas y prácticas que faciliten u obstaculicen el ejercicio del derecho de asociación a las personas LGTB o PVVS

Se expresa como un valor numérico de reconocimientos del Estado

Ficha de monitoreo

Se expresa cualitativa

Encuestas de opinión fichas de monitoreo

Número de días que demora el reconocimiento de una asociación de personas LGTB o PVVS

Se expresa como una razón entre el tiempo que tarda el reconocimiento de una organización de personas LGTB o PVVS en comparación con otra asociación civil Tipología de sanciones

Ficha de monitoreo

Se expresa como un valor numérico con diferenciación del sector sancionado

Ficha de monitoreo

Existencia de sanciones frente al retardo injustificado en el reconocimiento de una asociación de personas LGTB o PVVS Aplicación de sanciones frente al retardo injustificado en el reconocimiento de una asociación de personas LGTB o PVVS

como

una

valoración

y

Mapeo institucional y ficha de monitoreo

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Glosario de Términos TÉRMINO Confiabilidad

Datos cualitativos

Datos cuantitativos Datos del año base

Desempeño

Efectividad

Eficiencia

Indicador

Monitoreo

Sesgo

Validez

DEFINICIÓN Proceso de medición que produciría resultados similares en observaciones repetidas de la misma condición o circunstancia, u observaciones múltiples de la misma condición o evento por medios diferentes. Información no numérica para la descripción de un fenómeno; escritos, fotografías, películas, grabaciones de audio y objetos físicos. Información expresada en forma numérica. Pueden ser ordinales o razones. Datos que describen la situación del problema identificado antes de la intervención de un proyecto. Determinación del grado en el cual un derecho está siendo realizado de acuerdo con los estándares establecidos. Grado en el cual el monitoreo logra los resultados previstos y, por tanto, alcanzó su propósito. El grado hasta el cual el monitoreo se ha ejecutado de una manera apropiada al menor costo posible para generar los resultados esperados. La especificación cuantitativa y cualitativa para medir la realización de un derecho o de los objetivos del monitoreo. Procedimiento empleado para comprobar la efectividad y eficiencia del proceso de realización de un derecho o un conjunto de derechos, mediante la identificación de los avances, retrocesos y desafíos que culmina con el reportaje y la recomendación de medidas correctivas para alcanzar el estándar aceptado. El grado hasta el cual un intento de medición o un método subestima o sobreestima sistemáticamente un valor. La medida en que las conclusiones de un monitoreo están justificadas por los datos presentados.

35


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