Esquema despido por enfermedad

Page 1

REAL DECRETO LEY 3/2012

NUEVO ET

DESPIDO POR ENFERMEDAD O ACCIDENTE

Si caes en Situación de Incapacidad Temporal (“baja”) por Enfermedad Común o Accidente No Laboral, PUEDES SER DESPEDIDO, si se cumple alguna de las siguientes condiciones:

Que la ausencia alcance el 20% de las Jornadas Hábiles en 2 meses consecutivos (si el total de faltas de asistencia en los 12 meses anteriores alcanza el 5% de las jornadas hábiles):

2 meses x 20 Jornadas cada mes = 40 Jornadas. 20% de 40 Jornadas = 8 Jornadas.

Que la ausencia alcance el 25% de las Jornadas Hábiles en 4 meses discontinuos, dentro de un período de 12 meses: 4 meses x 20 Jornadas cada mes = 80 Jornadas. 25% de 80 Jornadas = 20 Jornadas.

DESPIDO OBJETIVO CON INDEMNIZACIÓN DE 20 DÍAS DE SALARIO POR AÑO TRABAJADO, CON UN MÁXIMO DE 12 MENSUALIDADES

GRIPE

Art. 52.d. ET

CATARRO

GRIPE

LUMBALGIA

CATARRO

NO SE COMPUTARÁN COMO FALTAS DE ASISTENCIA, A LOS EFECTOS DEL PÁRRAFO ANTERIOR, las ausencias debidas a huelga legal por el tiempo de duración de la misma, el ejercicio de actividades de representación legal de los trabajadores, accidente de trabajo, maternidad, riesgo durante el embarazo y la lactancia, enfermedades causadas por embarazo, parto o lactancia, paternidad, licencias y vacaciones, enfermedad o accidente no laboral cuando la baja haya sido acordada por los servicios sanitarios oficiales y tenga una duración de más de 20 días consecutivos, ni las motivadas por la situación física o psicológica derivada de violencia de género, acreditada por los servicios sociales de atención o Servicios de Salud, según proceda. Tampoco se computarán las ausencias que obedezcan a un tratamiento médico de cáncer o enfermedad grave.

ESGUINCE


Turn static files into dynamic content formats.

Create a flipbook
Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.