Informativo
eCIAT
ISSN 1684-9833 • Año 5 / Edición Especial / Septiembre 23, 2013
La Secretaría Ejecutiva Informa Nuevo estudio
Estudio ITC-GIZ-CIAT “Aspectos generales sobre los efectos de la inflación en los procesos de fijación y ajuste de los precios de transferencia”
Estudio ITC-GIZ-CIAT sobre "Aspectos generales sobre los efectos de la inflación en los procesos de fijación y ajuste de los precios de transferencia" Como resultado de la colaboración entre la iniciativa "International Tax Compact", GIZ de Alemania y el CIAT, ha sido posible concluir un trabajo inédito para la comunidad internacional tributaria, sobre los principales efectos de la inflación ante los procesos de fijación y ajuste de los precios de transferencia. Dicho trabajo ha sido coordinado por la Dirección de Cooperación y Tributación Internacional del CIAT, con el apoyo de expertos de diferentes países de la región y las administraciones tributarias Chile, España, México, Perú, República Dominicana, Uruguay y Sudáfrica, que proporcionaron información sobre aspectos legales y de procedimiento. El objetivo de este trabajo exploratorio radica en analizar si las metodología más difundida a nivel mundial para determinar si los precios de transferencia establecidos entre partes vinculadas han sido fijados a valores de mercado, resulta idónea cuando la empresa testada se encuentra ubicada en un país que transita un contexto de economía inflacionaria. A lo largo del presente trabajo, son varios los interrogantes que se analizan, entre ellos: ¿constituye la inflación un elemento a tener en cuenta en el análisis de comparabilidad?; en su caso, ¿podrán corregirse los efectos de la inflación mediante ajustes a la comparabilidad?; ¿influye la inflación de igual modo en todos los métodos?; ¿puede hablarse de niveles de inflación tolerables dentro de la metodología?; ¿podrá suponerse que a partir de determinados niveles de inflación (por ejemplo, en situación de hiperinflación) la metodología no resulta apta?. Una vez más agradecemos al "International Tax Compact" por promover esta cooperación multilateral que permite brindar productos y servicios a nuestras administraciones tributarias y la comunidad tributaria internacional en general.