Res 049 Declarar Nulas las Elecciones CDLIMA

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COLEGIO DE INGENIEROS DEL PERU

C O N S E J O NACIONAL RESOLUCIÓN D E L CONSEJO NACIONAL D E L C O L E G I O DE INGENIEROS D E L PERÚ N° 049-2010-2011

Miraflores, 21 de Diciembre de 2011.

CONSIDERANDO: Que, el Consejo Departamental de Lima, debidamente representado por su Decano y Delegados, fue convocado oportunamente y participó en las sesiones del Congreso Nacional de Consejos Departamentales del Colegio de Ingenieros del Perú durante el periodo 2010 y 2011. Que, los recursos de reconsideración presentados después del C N C D llevado a cabo en junio en la ciudad de Lima, referidos a la prórroga de los mandatos de los órganos de gobierno, fueron debidamente atendidos en el C N C D en la sesión de Iquitos del presente mes, siendo ampliamente debatido y posteriormente denegada por votación en mayoría calificada y con presencia de notario público. Por lo que el C N C D , máxima autoridad del CIP, determinó la prórroga del mandato de las actuales directivas hasta el 31 de Diciembre de 2012.

i Sin embargo, pese a tener conocimiento el Consejo Departamental de Lima y su Asamblea de los Acuerdos del C N C D de Lima (Ancón) e Iquitos, se convocó y continuó de forma indebida y anti estatutaria a un proceso electoral írrito, contraviniendo y desacatando los Acuerdos de nuestro máximo órgano de gobierno. Que, mal informando a los miembros de la Orden han llevado a cabo un proceso eleccionario, que, desde sus orígenes devenía en ilegal.

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Que, el Congreso Nacional de Consejos Departamentales del Colegio de Ingenieros del Perú, en su sesión de fecha 09 y 10 de Diciembre del presente año realizado en la V¡?4 Ciudad de Iquitos, aprobó: Á¡J

A C U E R D O N° 12: LAS E L E C C I O N E S SE L L E V A R A N A C A B O EN E L A Ñ O 2012, PARA E L PERIODO 2013 - 2015, C U A L Q U I E R O T R A DISTINTA NO SERÁ RECONOCIDA POR E L CIP.

Que, pese a lo descrito han existido solicitudes de impugnación de algunos candidatos del referido írrito proceso electoral. Impugnaciones que no han podido ser estudiadas por un Tribunal Electoral Nacional, ya que su designación recién corresponderá al proceso electoral que se llevará a cabo en el 2012. Lo indicado, define la imposibilidad dé*haber existido un debido proceso electoral.

Av. Arequipa 4947 Lima - 18 Teléfono 445 - 6540 - 102 Fax: 103 Miraflores - Lima. E-mail: decano@cip.org.pe


COLEGIO DE INGENIEROS DEL PERU

C O N S E J O NACIONAL Que, en atención a los procesos electorales írritos realizados y estando a lo acordado por el Congreso Nacional de Consejos Departamentales, el Consejo Nacional en uso de sus atribuciones según lo establece el Estatuto.

SE RESUELVE: D E C L A R A R NULAS L A S E L E C C I O N E S D E L C O N S E J O D E P A R T A M E N T A L D E LIMA L L E V A D A S A C A B O E L DOMINGO 11 DE DICIEMBRE D E L 2011.

Las mismas que fueron indebidamente convocadas por la Asamblea Departamental.

Av. Arequipa 4947 Lima - 18 Teléfono 445 - 6540 - 102 Fax: 103 Miraflores - Lima. E-mail: decano@cip.org.pe


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