- BOLETÍN INFORMATIVO DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES CEPYME LA PALMA-
“ La contratación de un Servicio de Prevención Ajeno (SPA) no exime al empresario de la obligación de integrar la prevención en todos los niveles de la misma ” “ No es legalmente posible contratar a un SPA para que haga toda la prevención de la empresa ” EL CONCIERTO DE SPA Cuando el empresario opte por desarrollar la actividad preventiva a través de uno o varios servicios de prevención ajenos a la empresa, deberá concertar por escrito la prestación, debiéndose consignar, como mínimo, los siguientes aspectos:
Aspectos
Observaciones
1.Identificación de la entidad especializada que actúa como servicio de prevención ajeno a la empresa.
Siempre debe constar la denominación social y número de acreditación como SPA (se puede comprobar en la lista oficial de entidades acreditadas).
2. Identificación de la empresa destinataria de la actividad, así como de los centros de trabajo de la misma a los que dicha actividad se contrae y número de trabajadores asociados a cada centro
Si se trata de empresas que realicen actividades sometidas a la normativa de seguridad y salud en obras de construcción, incluirá expresamente la extensión de las actividades concertadas al ámbito de las obras en que intervenga la empresa.
3. Especialidad o especialidades preventivas objeto del concierto con indicación para cada una de ellas de las funciones concretas asumidas de las previstas en el art. 31.3 de la Ley 31/1995, y de las actuaciones concretas que se realizarán para el desarrollo de las funciones asumidas, en el periodo de vigencia del concierto.
Las actuaciones serán desarrolladas de acuerdo con la planificación de la actividad preventiva y la programación anual propuesta por el servicio y aprobadas por la empresa. También se incluirán las actividades preventivas concretas que sean legalmente exigibles y que no queden cubiertas por el concierto.
4. Duración del concierto.
Normalmente es anual y prorrogable, aunque se podría valorar la posibilidad de un contrato plurianual
5.Condiciones económicas del concierto.
Se incluirá expresa relación de las actividades o funciones preventivas no incluidas en aquellas condiciones
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BOLETÍN INFORMATIVO MAY.2010
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CONCIERTO DE LA ACTIVIDAD PREVENTIVA
- BOLETÍN INFORMATIVO DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES CEPYME LA PALMA-
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BOLETÍN INFORMATIVO MAY.2010 -
DOCUMENTOS QUE DEBEN ENTREGAR LOS SPA A LAS EMPRESAS a) Contrato de concierto preventivo. b) Programa anual de actividades preventivas. c) Plan de prevención de riesgos laborales d) Evaluación de los riesgos para la seguridad y la salud en el trabajo e) Planificación de la actividad preventiva y la determinación de las prioridades en la adopción de las medidas preventivas y la vigilancia de su eficacia f) Vigilancia de la salud de los trabajadores (Aunque en la modificación introducida por el RD 337/2010 no se recogen las actuaciones para la especialidad de Medicina del Trabajo, quizás sea incorporado por el futuro Real Decreto sobre el Acuerdo de criterios básicos sobre la organización de recursos para desarrollar la actividad sanitaria de los servicios de prevención) g) Formación e Información a los trabajadores h) Plan de Emergencia y primeros auxilios i) Memoria anual de las actividades de la empresa y valoración de la efectividad de la integración de la prevención en el sistema general de gestión.
El SPA deberá… dedicar anualmente los recursos humanos y materiales necesarios para la realización de las actividades concertadas
La empresa deberá… -Comunicar al SPA los daños a la salud derivados del trabajo -Comunicar al SPA las actividades o funciones realizadas con otros recursos preventivos y /u otras entidades para facilitar la colaboración y coordinación de todos ellos Para cualquier consulta sólo tiene que contactar con nosotros en: Contacto: Santa Cruz de La Palma: Los Llanos de Aridane Sandra V. Pérez Hernández Carolina García Sicilia Tlf: 922.41.52.48 Tlf: 922.40.18.91 Fax: 922.41.62.64 Fax: 922.46.43.05 prl@cepyme-lapalma.com prl1@cepyme-lapalma.com