CURSO: Coordinador en materia de Seguridad y Salud en las obras de construcción
BLOQUE III- Módulo 10 OTRAS ESPECIALIDADES PREVENTIVAS
10.1. RIESGOS Y MEDIDAS PREVENTIVAS RELACIONADAS CON EL MEDIO AMBIENTE TRABAJO EN LAS OBRAS DE CONSTRUCCIÓN – HIGIENE INDUSTRIAL. 10.2. ERGONOMÍA Y PSICOSOCIOLOGÍA APLICADA 10.3. CRITERIOS PARA LA VIGILANCIA DE LA SALUD
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10.1. RIESGOS Y MEDIDAS PREVENTIVAS RELACIONADA CON EL MEDIO AMBIENTE DE TRABAJO EN LAS OBRAS D CONSTRUCCIÓN – HIGIENE INDUSTRIAL. 10.2. ERGONOMÍA Y PSICOSOCIOLOGÍA APLICADA 10.3. CRITERIOS PARA LA VIGILANCIA DE LA SALUD
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Como se ha indicado a lo largo del curso, son cuatro las especialidades preventivas. Recordamos: - SEGURIDAD EN EL TRABAJO Constituida por el conjunto de técnicas y procedimientos que tienen por objeto eliminar o disminuir los riesgos que pueden provocar la aparición de accidentes de trabajo - HIGIENE INDUSTRIAL Constituida por el conjunto de técnicas que trata de identificar, evaluar y controlar los riesgos que puedan dar origen a enfermedades profesionales y otras patologías ocasionadas por la presencia de agentes peligrosos tanto de tipo físico, como químico o biológico en el medio ambiente de trabajo. - ERGONOMÍA Y PSICOSOCIOLOGÍA APLICADA Conjunto de técnicas de carácter multidisciplinar que tienen por objeto la adecuación de las exigencias o demandas físicas, mentales y sociales de las tareas a las correspondientes capacidades de los trabajadores. - MEDICINA DEL TRABAJO Conjunto de técnicas de naturaleza médica cuyo objetivo es, principalmente, la prevención o minimización de los efectos negativos que el trabajo puede tener sobre el estado de salud del trabajador, y no sólo el tratamiento de dichos efectos.
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BLOQUE III. Módulo 10 10.1. RIESGOS Y MEDIDAS PREVENTIVAS RELACIONADAS CON EL MEDIO AMBIENTE DE TRABAJO EN LAS OBRAS DE CONSTRUCCIÓN – HIGIENE INDUSTRIAL Los operarios en las obras de construcción pueden encontrarse expuestos a riegos derivados de la presencia de agentes físicos, químicos y biológicos en el medio ambiente de trabajo. ● Contaminantes físicos Entre los agentes físicos cuya presencia en el ambiente de trabajo puede influir en la generación de riesgos laborales, cabe citar los siguientes: ruido, vibraciones, iluminación, radiaciones, temperatura, humedad y ventilación. Estos agentes con capacidad de generar riesgos son, por lo general, medibles. Es decir, resulta factible llevar a cabo una estrategia de medición para determinar la gravedad de los riesgos que se derivan de las condiciones físicas del lugar de trabajo. ● RUIDO En el ámbito de la prevención de riesgos laborales se puede definir el ruido como el sonido que, por sus características de frecuencia (hercios) e intensidad (decibelios), es indeseado o molesto y puede afectar a la salud de los trabajadores. La frecuencia, como magnitud de una onda sonora, se define como el número de oscilaciones por unidad de tiempo (generalmente, segundos). Se mide en Hercios (Hz) o ciclos por segundo. La frecuencia principal de un sonido es lo que determina su tono característico. Según la frecuencia, el sonido tendrá: un tono grave (baja frecuencia), como el de un bombo; un tono agudo (alta frecuencia), como el silbato; o un tono medio, como el de la voz hablada. El oído humano puede percibir sonidos entre 20 y 20.000 Hz. Los sonidos por debajo de 20 Hz se denominan “infrasonidos”, y por encima de 20.000 Hz “ultrasonidos”. Para diferenciar entre sonidos más intensos y sonidos débiles se utiliza la magnitud denominada nivel de presión sonora. Ésta determina la intensidad del sonido que genera una presión sonora instantánea (es decir, del sonido que alcanza a una persona en un momento dado) respecto a un valor de referencia. Para medir el nivel de presión sonora no se suele utilizar el Pascal (Pa), por el amplio margen que hay entre la sonoridad más intensa y la más débil, pues la presión sonora puede oscilar entre 200 Pa y 20 μPa. Con carácter general, se adopta una escala logarítmica y se utiliza como unidad el decibelio. Se representa por Lp y se mide en decibelios (dB). Con esta escala el valor mínimo de la sensibilidad humana (20 μPa) corresponde a 0 dB y el umbral de dolor (200 Pa) a 140 dB.
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Conforme a lo establecido en el Real Decreto 286/2006, sobre protección de la salud y la seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición al ruido, el nivel de presión sonora, en decibelios, viene dado por la expresión:
Donde P0 es la presión de referencia (20 μPa), y P es el valor eficaz de la presión acústica en pascales a la que está expuesto un trabajador (que puede o no desplazarse de un lugar a otro del centro de trabajo). Dado que el ser humano no tiene la misma sensibilidad a todas las frecuencias, el valor de nivel de presión acústica anterior debe ponderarse. Un método más sencillo para considerar el efecto de las frecuencias en el trabajador consiste en utilizar unas escalas de ponderación que ajustan los sonidos en función de la frecuencia al comportamiento del oído humano. La más utilizada es el filtro de ponderación A. De este modo se obtiene el nivel de presión acústica ponderado “A” dado por la siguiente expresión:
Donde PA es el valor eficaz de la presión acústica ponderada A en pascales. Cuando se usa este filtro la medida se expresa en dB(A), también llamados decibelios armonizados. ● Clases de ruido En función de las variaciones del nivel de presión acústica que se produzcan, el ruido se puede clasificar en: ○ Continuo: aquel en el que el nivel de presión acústica se mantiene constante en el tiempo, y si posee máximos éstos se producen en intervalos menores de un segundo. Se expresa en dB(C). El ruido continuo puede ser: estable o variable.
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BLOQUE III. Módulo 10 ○ De impacto o de impulso: aquel en el que se presentan variaciones rápidas de un nivel de presión sonora en intervalos de tiempo muy cortos. Se expresa en dB(C). ● Criterios para valorar el ruido Según lo estipulado en el artículo 6 del Real Decreto 286/2006, el empresario deberá realizar una evaluación sobre la base de la medición de los niveles de ruido a los que estén expuestos los trabajadores. Tal medición no será necesaria en los casos en los que la directa apreciación profesional acreditada permita llegar a una conclusión sin necesidad de la misma. El valor que ha de evaluarse en primer lugar es el conocido como nivel diario equivalente (LAeq,d), que es el nivel de presión acústica continuo equivalente en dB(A), cuando el tiempo de exposición se normaliza a una jornada de 8 horas, medido con el filtro de ponderación A. Es decir, tiene que evaluarse el ruido existente en el lugar de trabajo a lo largo de una jornada de ocho horas. Si el período de ruido sólo es un tiempo T, debe calcularse el ruido equivalente en ocho horas a partir del nivel en dicho tiempo T. Para ponderar este nivel de presión acústica LAeq,T a una jornada de 8 horas se utiliza el nivel de exposición diario equivalente dado por la expresión:
Si el ruido existente es estable, se puede emplear un sonómetro simple dotado de filtro de ponderación A y medir en dB(A). Sin embargo, si el ruido es variable será necesario el empleo de un sonómetro integrador y medir en dB(C). Debe tenerse en cuenta que si los trabajadores están expuesto a “n” distintos tipos de ruido se tienen que analizar separadamente cada uno de ellos, a efectos de la evaluación de riesgos y para calcular el nivel de exposición diario equivalente existente en el puesto de trabajo, el cual no resultará de la suma aritmética de los distintos niveles de ruido. Por ejemplo, si tenemos dos máquinas que producen igual ruido (L=L1=L2), su suma será LT = L1 + L2 = 10xlog(L1/10) + 10xlog(L2/10) = 10 x log(2xL/10) = 10xlog(2) + 10xlog(L/10) ≈ 3 + L. Dado que log(2) = 0,301030, de ahí que se generalice diciendo que un incremento de 3 dB(A) equivale al doble de ruido. También tiene que evaluarse el nivel de pico (Lpico), que es el nivel correspondiente a la presión máxima instantánea. Se mide en dB(C), para lo que se necesitará el empleo de un sonómetro dotado de una constante de tiempo suficientemente breve para poder determinarlo. El nivel de pico, (Lpico): es el nivel en decibelios dado por la expresión:
Donde Ppico es el valor máximo de la presión acústica instantánea (en pascales) a la que está expuesto el trabajador determinado con el filtro de ponderación frecuencial C, y P0 es la presión de referencia (20 μPa).
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BLOQUE III. Módulo 10 Los métodos e instrumentos que se utilicen deberán permitir la determinación del: nivel de exposición diario equivalente (LAeq,d), nivel de pico (Lpico), y nivel de exposición semanal equivalente (LAeq,s). Estos valores se comparan con los valores límite establecidos en el artículo 5 del citado Real Decreto 286/2006 teniendo en cuenta, si se trata de la comprobación de los valores límite de exposición, la atenuación procurada por los protectores auditivos: ○ Valores límites de exposición: LAeq,d = 87 dB(A) y Lpico = 140 dB(C). ○ Valores superiores de exposición que dan lugar a una acción: LAeq,d = 85 dB(A) y Lpico = 137 dB(C). ○ Valores inferiores de exposición que dan lugar a una acción: LAeq,d = 80 dB(A) y Lpico = 135 dB(C). Los métodos de evaluación e instrumentos de medición empleados tendrán que adecuarse a las condiciones existentes teniendo en cuenta, en particular, las características del ruido que se vaya a medir, la duración de la exposición, los factores ambientales y las características de los instrumentos de medición. Entre los métodos utilizados podrá incluirse un muestreo que deberá ser representativo de la exposición personal de los trabajadores. Los instrumentos utilizados en la medición se comprobarán mediante un calibrador acústico antes y después de cada medición o serie de mediciones. La evaluación y la medición mencionadas se programarán y efectuarán a intervalos apropiados y, como mínimo, cada año en los puestos de trabajo en los que se sobrepasen los valores superiores de exposición que dan lugar a una acción, o cada tres años cuando se sobrepasen los valores inferiores de exposición que dan lugar a una acción. ● Efectos del ruido Los efectos que se pueden ocasionar sobre los trabajadores por la exposición al ruido son, en ocasiones, difíciles de determinar. En cualquier caso, su gravedad dependerá de las características del ruido así como del tiempo de exposición. En general, la exposición intermitente al ruido con periodos de descanso es menos lesiva que estar permanentemente expuesto. Algunos de dichos efectos son: ○ Pérdida de capacidad auditiva (que puede derivar en hipoacusia o sordera profesional). ○ Alteraciones fisiológicas, tales como: aumento de la presión sanguínea, taquicardias, aceleración del ritmo respiratorio, etc. ○ Alteraciones psicológicas: irritabilidad, estrés, etc. Además, la presencia de ruido disminuye la capacidad de alerta del individuo frente a otro tipo de riesgos (por ejemplo, atropello o caída a distinto nivel, corte con máquinas, etc.) que pueden materializarse en lesiones en el trabajador. Los principales factores que influyen en las lesiones auditivas son: ○ Intensidad del ruido.
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BLOQUE III. Módulo 10 ○ Frecuencia del ruido. ○ Tiempo de exposición. ○ Susceptibilidad individual. ○ Enfermedades del oído medio. ○ Naturaleza del ruido. ● Medidas preventivas y de protección Cabe recordar que los empresarios tienen la obligación legal de proteger a sus trabajadores frente a los riesgos laborales, entre ellos los derivados de la exposición al ruido. Para ello debe adoptar, sobre la base de una evaluación de la exposición apoyada como norma general en la medición de los niveles de ruido, un programa de medidas técnicas y de organización destinado, según el siguiente orden de prioridades, a: 1. Eliminar, en la medida de lo posible, el ruido. Por ejemplo, modificando los métodos de trabajo mediante cambios de carácter técnico, tales como: la adquisición de equipos menos ruidosos, el rediseño de los procesos de trabajo de manera que se eviten las operaciones ruidosas, etc. 2. Si lo anterior no fuera posible, controlar el ruido en su origen. Por ejemplo, aislando la fuente de emisión de ruido o la zona en la que se encuentre ubicada la misma para reducir el ruido aéreo por medio de pantallas, cerramientos o recubrimientos con material acústicamente absorbente. 3. Cuando el ruido no pueda controlarse debidamente en su origen, debe tenderse a reducir la exposición de los trabajadores al ruido a través de medidas de organización del trabajo y de diseño del lugar de trabajo. P. ej., estableciendo rotaciones entre distintos puestos de trabajo, con el fin de reducir la exposición individual al ruido, amén de señalizar y limitar el acceso a las zonas de trabajo en las que los trabajadores puedan estar expuestos a niveles de ruido perjudiciales, estableciendo un sistema de autorizaciones que restrinja el acceso a dichas zonas. 4. Agotados todos los esfuerzos para eliminar o reducir la exposición al ruido (en el origen y en el medio de transmisión), poner a disposición de los trabajadores protectores auditivos individuales apropiados. Conforme a lo dispuesto en el artículo 7.1 del Real Decreto 286/2006, el empresario ha de poner a disposición de los trabajadores protectores auditivos individuales cuando puedan estar expuestos a un nivel de ruido igual o superior a 80 dB(A) - nivel de exposición diario equivalente - o a 135 dB(C) -nivel de pico -. La utilización de dichos equipos de protección individual será obligatoria cuando el nivel de ruido sea igual o superior a 85 dB(A) o a 137 dB(C).
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BLOQUE III. Módulo 10 Medidas en el control de la fuente de ruido El foco de ruido más frecuente suele ser la maquinaria empleada en la obra. Si se adquiere una máquina adecuadamente insonorizada o con bajo nivel de emisión de ruido, resultará más beneficioso que adoptar medidas reductoras una vez comprada. El ruido se reconoce como un peligro en las máquinas (R. D. 1644/2008, por el que se establecen las normas para la comercialización y puesta en servicio de las máquinas), por lo que el fabricante está obligado a declarar el ruido emitido por cada máquina. Según lo estipulado en dicho R. D., ésta deberá: ○ Estar diseñada y fabricada para que los riesgos que resulten de la emisión del ruido aéreo producido se reduzcan al más bajo nivel posible, teniendo en cuenta el progreso técnico y la disponibilidad de medios de reducción del ruido, especialmente en su fuente. ○ La documentación técnica que describa la máquina proporcionará datos relativos a la emisión de ruido aéreo. ○ En el manual de instrucciones se ofrecerán, si fuera necesario, las prescripciones relativas a la instalación y al montaje dirigidas a reducir el ruido producido. Por orden de importancia, las medidas de control en la fuente de ruido son: ○ Diseño y compra de máquinas con bajo nivel de ruido. ○ Mantenimiento adecuado de las máquinas mediante un correcto programa de lubricación y reparación de piezas. Aplicar técnicas de mantenimiento predictivo mejora el control del ruido. ○ Cerramiento total o parcial: por ejemplo, colocando pantallas con material absorbente, sin obstruir ni dificultar la ventilación de la máquina. ○ Distribución adecuada de las máquinas en el lugar de trabajo de manera que afecten al menor número de trabajadores posible. ○ Control de los ruidos de impacto: se debe evitar percusiones de unas piezas con otras o con elementos constructivos interponiendo materiales absorbentes en zonas de impacto. Medidas en el control en el medio de transmisión El ruido transmitido se propaga de dos maneras diferentes: ○ Aéreo: es el ruido transmitido por el aire que llega al trabajador directamente desde el foco productor o después de múltiples reflexiones. Se controla mediante los siguientes métodos: –
Colocación de pantallas acústicas absorbentes que evitan la llegada de las ondas por reflexión. Son útiles para altas frecuencias.
– Distribución de las máquinas en la planta. Hay que alejar las máquinas de objetos y paredes reflectantes y alejar al trabajador de las máquinas ruidosas. – Colocación de materiales absorbentes en techos y paredes para evitar las reflexiones de las ondas.
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BLOQUE III. Módulo 10 Para actuar sobre el medio de transmisión hay que diferenciar entre el ruido aéreo, que se transmite por el aire, y el ruido que se transmite por las estructuras. En el primer caso, se instalarán pantallas acústicas absorbentes, se distribuirán las máquinas apartadas de objetos y paredes reflectantes, y se alejará al trabajador de las máquinas ruidosas, además de colocar materiales absorbentes en techos y paredes. ○ Transmitido por estructuras: este ruido se transmite por las estructuras sólidas donde se encuentra unida o suspendida la máquina. El método para controlarlo es: – Aislar las estructuras entre sí y del suelo mediante materiales flexibles y discontinuidades estructurales. Para evitar que se transmita el ruido por las estructuras se aislarán entre sí y del suelo con materiales flexibles. Medidas en el control en el receptor Cuando no es posible la aplicación de las medidas de control en el foco o en el medio transmisor, se emplea el control sobre el trabajador. Las medidas que se pueden llevar a cabo son: ○ Construcción de cabinas insonorizadas. Se emplea material con capacidad aislante adecuada y se revisten interiormente de material absorbente. Se tiene que aislar de la estructura mediante soportes elásticos y debe tener una refrigeración adecuada. Presentan el riesgo de generar problemas sociales por el aislamiento del trabajador. ○ Utilización de protectores individuales (EPI). Se utilizan como medida complementaria y de carácter temporal. Se debe recordar que la reducción del tiempo de utilización reduce la eficacia. Existen tres tipos de protectores auditivos: – Tapones auditivos. Se introducen en el canal auditivo externo. Son premoldeados o moldeables por el usuario, están hechos de distintos materiales flexibles (espuma, fibra de vidrio, silicona, algodón, cera), son desechables y se deben utilizar con las manos limpias. Producen una atenuación media de 8 dB. Para su elección se pueden consultar los niveles de atenuación por curva o banda de frecuencia del fabricante. – Orejeras. Envuelven por completo el pabellón auditivo. Están provistas de unas almohadillas y cascos que aíslan de las ondas exteriores. El material interior amortigua y absorbe el ruido que llega al protector. Producen una atenuación media de 15 dB. – Cascos completos. Cubren los pabellones auditivos y gran parte de la cabeza. Evitan la excitación del tímpano por conducción ósea. Se utilizan para trabajos con niveles muy altos de ruido. Producen una atenuación media de 20 dB. En el momento de elegir los protectores auditivos hay que seguir los siguientes criterios de selección: ○ Emplear siempre protectores certificados provistos de marcado CE. ○ Comparar las gráficas presión-frecuencia del puesto con las curvas del protector auditivo. ○ Tener en cuenta el folleto informativo. ○ Conseguir una eficacia satisfactoria con molestias mínimas. Se elegirán tapones para uso continuo, orejeras o tapones con banda para uso intermitente, y cascos u orejeras y tapones para ruidos extremos.
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BLOQUE III. Módulo 10 ○ No debe mermar la percepción del habla, de señales de peligro o de cualquier otro sonido. ○ Se elegirán diferentes gamas de adaptación y tallas. Medidas organizativas El nivel diario equivalente depende del nivel de ruido y del tiempo de exposición. Por ello, se pueden tomar distintas medidas en el momento de asignar los puestos de trabajo, tales como: ○ Reubicación local de los trabajadores, alejando de las zonas ruidosas a los trabajadores no imprescindibles. ○ Reubicación temporal de los trabajadores, asignándoles a operaciones de mantenimiento y limpieza con máquinas paradas. ○ Rotación de puestos. ○ Pausas sin ruido. ○ Formación e información, concienciando a los trabajadores de los riesgos y de la importancia de las medidas a tomar. A continuación se acompaña ficha resumen respecto el ruido.
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BLOQUE III. Módulo 10 ● VIBRACIONES La Organización Internacional del Trabajo (OIT) indica que vibración “comprende todo movimiento transmitido al cuerpo humano por estructuras sólidas capaz de producir un efecto nocivo o cualquier tipo de molestia”. Las magnitudes que caracterizan una vibración son: la amplitud del desplazamiento de las partículas, su velocidad y su aceleración. Los trabajadores están expuestos simultáneamente a vibraciones aleatorias, es decir, a vibraciones variables en dirección y con frecuencias diferentes. Por ello, cuando se realicen medidas para caracterizar la vibración en un individuo, tienen que hacerse en las tres direcciones del espacio. Se debe ser cuidadoso en la elección del lugar de colocación del transductor (aparato de medida de la vibración) para que la medición caracterice adecuadamente la vibración recibida por el trabajador. Dichos equipos de medida deben estar correctamente calibrados. Para evaluar la gravedad del daño que pueda sufrir el trabajador es necesario analizar, no sólo los valores máximos de vibración, sino también la señal en frecuencia y considerar el tiempo de exposición. El análisis de la frecuencia permite, además, determinar el origen de las vibraciones. La frecuencia, que se expresa en ciclos por segundo o hercios (Hz), afecta tanto a la extensión con la que se transmiten las vibraciones a través del cuerpo, como a los efectos que producen sobre éste. La manifestación de dichos efectos dependerá del intervalo de frecuencias al que se encuentre expuesto el individuo y del tiempo de exposición. ● Clasificación y efectos En función de la frecuencia y sus efectos sobre el organismo, las vibraciones pueden clasificarse en: ○ Muy baja frecuencia (< 1 Hz): producida, entre otros, por los medios de transporte (trenes, barcos, etc.). Provocan mareos y vómitos. ○ Baja frecuencia (1-20 Hz): producida, entre otros, por vehículos industriales, tractores y maquinaria de obra civil. Dan lugar a lumbalgias, hernias discales y lumbociáticas. Provocan síntomas neurológicos, tales como: variación del ritmo cerebral y dificultad del equilibrio; así mismo, trastornan la visión por resonancia. ○ Alta frecuencia (20-1000 Hz): producida, por ejemplo, por herramientas manuales rotativas o percusoras (pulidoras, lijadoras, motosierras, martillos neumáticos). Originan trastornos osteoarticulares reconocibles radiológicamente, tales como: artrosis de codo, afecciones de la mano (calambres) y pérdidas de sensibilidad. Producen también enfermedades de estómago. Por otra parte, las vibraciones se pueden clasificar en dos tipos: las transmitidas al sistema mano-brazo y las transmitidas al cuerpo entero. Ambos tipos pueden entrañar riesgos para la salud y la seguridad de los trabajadores. Las primeras afectan, en particular, a los sistemas óseo (huesos y articulaciones de las extremidades superiores), muscular, vascular y nervioso.
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BLOQUE III. Módulo 10 Las segundas pueden provocar trastornos musculoesqueléticos (por ejemplo, lumbalgias y daños en la columna vertebral), efectos sobre los sistemas nervioso, circulatorio y digestivo, etc. ● Evaluación y control de la exposición El Real Decreto 1311/2005, sobre la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores frente a los riesgos derivados o que puedan derivarse de la exposición a vibraciones mecánicas, regula las disposiciones encaminadas a proteger a los trabajadores frente a la exposición a las vibraciones mecánicas, de manera que los riesgos derivados o que puedan derivarse de dicha exposición se eliminen en su origen o se reduzcan al nivel más bajo posible. Para ello, dicho real decreto establece la obligación de que el empresario efectúe una evaluación de los niveles de vibraciones mecánicas a los que estén expuestos los trabajadores, que incluirá, en caso necesario, una medición. Asimismo, especifica los valores límite de exposición diaria y los valores de exposición diaria que dan lugar a una acción, tanto para la vibración transmitida al sistema mano-brazo como para la vibración transmitida al cuerpo entero. Dichos valores son: ○ Para la vibración transmitida al sistema mano-brazo: – El valor límite de exposición diaria normalizado para un periodo de referencia de ocho horas se fija en 5 m/s2. – El valor de exposición diaria normalizado para un periodo de referencia de ocho horas que da lugar a una acción se fija en 2,5 m/s2. ○ Para la vibración transmitida al cuerpo entero: – El valor límite de exposición diaria normalizado para un periodo de referencia de ocho horas se fija en 1,15 m/s2. – El valor de exposición diaria normalizado para un periodo de referencia de ocho horas que da lugar a una acción se fija en 0,5 m/s2. Para realizar la evaluación de riesgos por exposición a las vibraciones transmitidas al sistema manobrazo la medida ha de hacerse en el punto de entrada de la vibración en la mano. Para realizar la evaluación de riesgos por exposición a las vibraciones transmitidas al cuerpo entero para personas sentadas, se consideran tres áreas de contacto entre el cuerpo y la fuente de vibración: la superficie del asiento, el respaldo del asiento y los pies. Cuando se rebasen los valores de exposición que dan lugar a una acción establecidos en el artículo 3 del Real Decreto 1311/2005 antes detallados, el empresario establecerá y ejecutará un programa de medidas técnicas y organizativas destinado a reducir al máximo los niveles de exposición a las vibraciones mecánicas y los riesgos derivados de la referida exposición. En ningún caso los trabajadores tienen que estar expuestos a valores superiores a los valores límite de exposición.
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BLOQUE III. Módulo 10 ● Medidas preventivas Entre las medidas preventivas que, con carácter general, deben considerarse frente a la exposición de los trabajadores a las vibraciones cabe destacar las siguientes: ○ Modificar los métodos de trabajo de forma que se evite o reduzca la exposición de los trabajadores a las vibraciones (por ejemplo, mediante la rotación entre los puestos de trabajo, la sustitución de los equipos por otros que emitan bajos niveles de vibraciones, etc.). ○ Seleccionar equipos de trabajo que emitan bajos niveles de vibraciones. ○ Proporcionar medios auxiliares que atenúen las vibraciones (por ejemplo, empuñaduras antivibratorias, sistemas de amortiguación, etc.). ○ Ejecutar programas de mantenimiento periódico de los equipos, los lugares y los puestos de trabajo. Al igual que en el caso del ruido, para eliminar o minimizar los efectos de las vibraciones se puede actuar sobre: la fuente de emisión, el medio de transmisión y, en último caso, el propio receptor. Una de las principales medidas a tener en cuenta para el control de las vibraciones sobre la fuente de emisión es la elección de los equipos de trabajo adecuados cuyo nivel de emisión de vibraciones sea lo más bajo posible. A tal efecto se considerarán, por ejemplo, los requisitos establecidos al respecto en la normativa sobre máquinas (R.D.1644/2008). Asimismo, las medidas de control deben contemplar un adecuado mantenimiento de todos los equipos de trabajo. Las medidas de control en el medio de transmisión se basan, en el caso de los vehículos industriales, en intercalar dispositivos de suspensión entre el conductor y la fuente, con especial atención a los neumáticos, suspensión del chasis, de la cabina y del asiento. Las medidas de control en el receptor se basan, entre otras, en mejorar la postura de trabajo mediante una corrección postural así como analizando las características del asiento y del respaldo. Las medidas preventivas que hay que adoptar en cada puesto de trabajo para evitar o minimizar la posibilidad de que el trabajador sufra un daño dependerán de los productos, equipos y procedimientos de trabajo empleados. Es decir, estas medidas preventivas tienen que ser adecuadas a los riesgos que se generan durante la realización de los trabajos. Se acompaña ficha resumen.
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BLOQUE III. Módulo 10 ● RADIACIONES Una radiación es una forma de propagación y transferencia de energía a través del espacio en forma de ondas electromagnéticas o de partículas. Las radiaciones electromagnéticas están determinadas por la longitud de onda (λ), la frecuencia (γ) y la cantidad de energía que emiten. Las características de longitud de onda y frecuencia son inversamente proporcionales, es decir, a mayor longitud de onda menor frecuencia, y viceversa. Con respecto a la cantidad de energía emitida, ésta es menor cuanto mayor es la longitud de onda. Por el contrario, la cantidad de energía emitida por la radiación incrementa cuanto mayor es su frecuencia. El conjunto de las radiaciones electromagnéticas ordenado por frecuencias o longitudes de onda constituye el espectro electromagnético. ● Clasificación y efectos Dentro del espectro electromagnético, las radiaciones se clasifican, en función de sus características de longitud de onda y frecuencia y, por lo tanto, de la energía que emiten, en ionizantes y no ionizantes. Las radiaciones ionizantes son aquellas que, al interaccionar con la materia, tienen capacidad para ionizar sus átomos y, por lo tanto, de modificar su estructura molecular. Por ejemplo, los equipos de radiografía industrial utilizados en las obras para analizar las condiciones internas de los elementos de hormigón (pilares, vigas, etc.) son un ejemplo de fuente de emisión de radiaciones ionizantes del tipo rayos X. Otro ejemplo de fuentes de emisión de radiaciones ionizantes, en este caso de rayos gamma (γ), son los equipos de gammagrafía industrial empleados en las obras de construcción para la verificación de las soldaduras. Las radiaciones no ionizantes son aquellas capaces de provocar la rotación y vibración de las moléculas. Sin embargo, la cantidad de energía que emiten no es suficiente para ionizar los átomos de la materia sobre la que inciden, es decir, no alteran su estructura molecular. Se consideran radiaciones no ionizantes: parte de las radiaciones ultravioletas, luz visible, infrarrojas, microondas, radiofrecuencias (móviles) y radiaciones de baja frecuencia (pantallas de visualización de datos) y de muy baja frecuencia (antenas de radio y torres eléctricas). ● Evaluación y control de la exposición • Radiaciones ionizantes Para el control de estas radiaciones se consideran dos parámetros fundamentales: la dosis equivalente y la dosis efectiva. Ambas se miden en Sievert (Sv). La dosis equivalente es la dosis absorbida en un tejido u órgano, ponderada en función del tipo y de la calidad de la radiación, considerando así el daño o efecto biológico producido, mientras que la dosis efectiva es la suma de las dosis equivalentes ponderadas en todos los tejidos y órganos del cuerpo. La diferencia entre ellas radica en que la dosis equivalente se evalúa para partes determinadas del organismo, mientras la dosis efectiva hace referencia al total de radiación recibida por el trabajador.
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BLOQUE III. Módulo 10 La normativa fija limitaciones para ambas, y que para el caso de trabajadores expuestos son: 100 mSv durante 5 años consecutivos y 50 mSv en cualquier año oficial, para la dosis efectiva; y 150 mSv/año en cristalino, 500 mSv/año en piel (promediada en 1 cm2) y 500 mSv/año en manos, antebrazos, pies y tobillos, para las dosis equivalentes. Los principios de protección frente a las radiaciones ionizantes son: ○ Una evaluación previa de las condiciones laborales. ○ La clasificación de los lugares de trabajo en diferentes zonas, en función de la evaluación de las dosis anuales, del riesgo de dispersión de la contaminación y de la probabilidad y magnitud de las exposiciones potenciales. ○ Una clasificación de los trabajadores expuestos en función del riesgo. ○ La aplicación de las normas y medidas de vigilancia y control. ○ La vigilancia sanitaria. Las formas de riesgo de las radiaciones ionizantes son dos: ○ Por irradiación externa (exposición a la fuente sin contacto directo). ○ Por contaminación radiactiva (contacto directo con la fuente radiactiva dispersa en el ambiente o depositada en superficies). Según lo establecido en el Real Decreto 783/2001, por el que se aprueba el Reglamento sobre protección sanitaria contra radiaciones ionizantes, la señalización a utilizar cuando la irradiación sea externa es mediante puntas radiales; cuando es contaminación se emplea campo punteado; y cuando se dan las dos (irradiación y contaminación) se usa campo punteado con puntas radiales. Las vallas, soportes, etc. deben llevar el color de la zona, y en la transición entre zonas tiene que pintarse una línea en el suelo con los colores de ambas zonas. Asimismo, el referido Real Decreto 783/2001 determina la clasificación de las zonas en función del tipo de riesgo:
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BLOQUE III. Módulo 10 • Zona controlada Aquella zona en la que 1. Exista la posibilidad de recibir dosis efectivas superiores a 6 mSv por año oficial, o una dosis equivalente superior a 3/10 de los límites de dosis equivalentes para el cristalino, la piel y las extremidades. 2. Sea necesario seguir procedimientos de trabajo con objeto de restringir la exposición a la radiación ionizante, evitar la dispersión de contaminación radiactiva, o prevenir o limitar la probabilidad y magnitud de accidentes radiológicos o sus consecuencias. Además, las zonas controladas se subdividen en: ○ Zonas de permanencia limitada: aquellas en las que existe el riesgo de recibir una dosis superior a los límites de dosis fijados. ○ Zonas de permanencia reglamentada: aquellas en las que existe el riesgo de recibir en cortos periodos de tiempo una dosis superior a los límites de dosis fijados y que requieren prescripciones especiales. ○ Zonas de acceso prohibido: aquellas en las que existe el riesgo de recibir, en una exposición única, dosis superiores a los límites de dosis fijados. • Zona vigilada Es aquella zona en la que, no siendo zona controlada, exista la posibilidad de recibir dosis efectivas superiores a 1 mSv por año oficial, o una dosis equivalente superior a 1/10 de los límites de dosis equivalentes para el cristalino, la piel y las extremidades. Al realizar el control de los riesgos derivados de las radiaciones ionizantes, hay que considerar si la radiación es interna o externa. Las medidas a considerar son: ○ Radiación interna: – Reducción de la generación de polvo al mínimo. – Filtrado y, si es necesario, lavado del aire contaminado extraído. – Prohibido comer, beber y fumar en zona radiactiva. – Buen mantenimiento (contaminación, materiales y ropa). – Sistemas resistentes al fuego con medios de detección y extinción de incendios. – Uso de prendas de protección. ○ Radiación externa: – Distanciamiento (la intensidad o tasa de dosis absorbida para una fuente puntual sigue la ley del inverso de la distancia al cuadrado). – Apantallamiento de la fuente. – Reducción del tiempo de exposición del trabajado. En las actividades de construcción se pueden encontrar fuentes radiactivas, tales como: Fuentes que emitan radiación gamma en las que exista exposición corporal, como, por ejemplo, los densímetros (troxler) o los equipos para la verificación de soldaduras. Las medidas de protección a seguir son:
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BLOQUE III. Módulo 10 – Mantener la distancia de seguridad, cuando la fuente se encuentre fuera del contenedor. –
Emplear ropa protectora blindada, guantes plomados y pantallas plomadas de espesor adecuado a la energía contenida en el fotón gamma.
Generadores de rayos X en los que exista exposición corporal, como, por ejemplo: la radiografía industrial o la verificación de fracturas en hormigones. Las medidas de protección a seguir son: – Mantener la distancia de seguridad durante el funcionamiento del equipo. – Reducir el tiempo de exposición de los trabajadores. –
Usar elementos de protección radiológica personal y pantallas plomadas adecuadas a la energía del fotón X.
• Radiaciones no ionizantes Se producen en líneas de alta tensión y los centros de transformación, teléfonos móviles, torres de emisoras, antenas, detectores de radar, fuentes de calor, resonancia magnética, hornos de microondas, etc. Los trabajadores especialmente sensibles a este tipo de radiaciones son las embarazadas, los sometidos a estados febriles, terapias con fármacos que afectan a la termorregulación, o los portadores de marcapasos.
Los factores más determinantes para controlar los efectos sobre la salud derivados de una exposición a las radiaciones no ionizantes son: ○ La energía que se transfiere a los tejidos. ○ La potencia radiante de la fuente emisora. ○ La distancia a la fuente emisora. ○ El tiempo de exposición. ○ La capacidad de absorción de los tejidos. En consecuencia, los métodos de protección frente a las radiaciones no ionizantes, con carácter general, son: Alejamiento o apantallamiento de las fuentes emisoras. Eliminación o reducción de las superficies reflectantes. Uso de trajes absorbentes y de protectores de los ojos. Delimitación de las áreas de riesgo y señalización de las mismas. Correcto mantenimiento de los equipos.
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BLOQUE III. Módulo 10 Por otra parte, en el sector de la construcción se utiliza el “láser” en equipos de verificación de la verticalidad de paredes, muros, pilares y vigas (niveladores de caminos, rutas, puentes, túneles) y en sistemas de alineación de la maquinaria. La clasificación de los láser se realiza en función de su peligrosidad y ésta, a su vez, depende de su longitud de onda, su potencia o energía y el tipo de emisión (continua o a impulsos). El criterio de clasificación más admitido es el de la Comisión Electrotécnica Internacional (CEI), que establece cuatro grupos en función del límite de emisión accesible (LEA) o nivel de emisión accesible máximo permitido dentro de una clase determinada, y la exposición máxima permisible (EMP) o el valor más alto de exposición al que se pueden exponer los ojos y la piel sin que se produzcan lesiones inmediatas ni después de un largo periodo de tiempo. Estos equipos tienen que estar provistos, de forma permanente y en lugar visible, de una o más etiquetas de aviso, según la clase o grupo de riesgo al que pertenezcan. Junto con la señal triangular de advertencia con el símbolo de peligro por radiación láser, cada equipo llevará en, lugar visible, otras etiquetas rectangulares con frases de advertencia que permitirán al usuario conocer el potencial riesgo al que se expone y cómo evitarlo. En particular, frente a la radiación láser, aparte de cumplir las recomendaciones que indique el fabricante, se han de aplicar las siguientes medidas: ○ Usar protección ocular individual (con la lente adecuada) para los trabajadores que puedan exponerse, potencialmente, a un haz reflejado cuya potencia supere los 5 mW. ○ Señalizar claramente las áreas donde se utilice láser, incluyendo la longitud de onda y la lente a utilizar. ○ Aplicar el haz, en lo posible, por encima o por debajo del plano visual de los trabajadores. ○ No emplear el láser, a menos que sea indispensable, en presencia de niebla, humo, nieve o lluvia. Con carácter general, se deben considerar las siguientes medidas preventivas frente al riesgo por exposición a las radiaciones: Siempre que sea posible, alejar o apantallar la fuente emisora. Delimitar las áreas de riesgo y señalizar las mismas. Limitar los tiempos de exposición. Ejecutar los mantenimientos de los equipos de trabajo. Poner a disposición de los trabajadores los equipos de protección individual específicos (ropa de protección frente a las radiaciones, pantallas de protección facial, etc.) y fomentar su utilización. A continuación se adjuntan fichas resúmenes respecto radiaciones.
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●
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BLOQUE III. Módulo 10 ILUMINACIÓN La iluminación de los lugares de trabajo tiene que ser tal que los trabajadores puedan desarrollar su actividad en unas condiciones de visibilidad adecuadas para su seguridad y salud. Cuando la iluminación no es la apropiada, además de aumentar el riesgo de accidente (por caída al mismo o desde altura, por choque contra objetos, etc.), puede ocasionar, entre otros efectos, pérdida de visión, fatiga visual, escozor de ojos y lagrimeo así como dolores de cabeza. Un lugar de trabajo ha de conjugar, entre otros, los siguientes aspectos relacionados con su iluminación: ○ Un nivel de iluminación óptimo en función de la tarea concreta que se vaya a realizar.
Niveles mínimos de iluminación requeridos, con carácter general, en función de las exigencias visuales de la tarea. Según la Guía técnica del Real Decreto 486/1997 (lugares de trabajo) ○ Uniformidad de la iluminación: – En el área del puesto donde se realiza la tarea. – Entre la iluminación del área de trabajo y las áreas adyacentes para evitar los cambios bruscos. ○ Equilibrio entre las luminancias de la tarea y las del entorno para evitar fuertes contrastes. ○ El control de los deslumbramientos y los reflejos. Por lo tanto, con el fin de garantizar que la iluminación de los lugares de trabajo reúne los requisitos mencionados anteriormente, se deberán contemplar las siguientes consideraciones preventivas de carácter general: Cuando se requiera, se complementará la iluminación natural de las áreas de trabajo con los sistemas necesarios de iluminación artificial general y, en su caso, localizada. Se controlarán las fuentes de luz que se encuentren en el campo visual de los trabajadores mediante la instalación de sistemas de difusión y apantallamiento (cortinas, persianas, pantallas y difusores de las luminarias, etc.).
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BLOQUE III. Módulo 10 En la medida de lo posible, se garantizará tanto la correcta orientación de los puestos de trabajo con respecto a los sistemas de iluminación o viceversa, como una adecuada distribución de las lámparas o luminarias. ● CONDICIONES TERMOHIGROMÉTRICAS La exposición de los trabajadores a determinadas condiciones de temperatura, humedad y ventilación del lugar de trabajo (condiciones termohigrométricas) puede generar el riesgo de estrés térmico por calor o frío (que pueden derivar en consecuencias tan graves como el denominado “golpe de calor “o la hipotermia). El nivel del riesgo al que esté expuesto el trabajador dependerá, entre otros factores, tanto de la intensidad de la actividad que esté realizando como de la ropa que dicho trabajador utilice. Por ejemplo, el riesgo de estrés térmico por la exposición a condiciones de temperatura e intensidad solar elevadas de un trabajador que esté realizando tareas de hormigonado al aire libre queda afectado negativamente, por una parte, por la propia intensidad de la actividad y, por otra, por el calor que se genera durante el proceso de hormigonado (reacción exotérmica). Por lo anteriormente expuesto, es necesario controlar las condiciones termohigrométricas de los lugares de trabajo para evitar los riesgos que pueden originarse. En el caso de los locales de trabajo cerrados, se adoptarán las medidas preventivas necesarias con el fin de que dichas condiciones se ajusten a lo establecido reglamentariamente.
Valores establecidos reglamentariamente para las condiciones de temperatura, humedad relativa y velocidad del aire en los locales de trabajo cerrados de los lugares de trabajo en general (de aplicación recomendada en el interior de los locales cerrados en las obras, tales como locales de higiene y bienestar, oficinas, etc.). Según la Guía técnica del Real Decreto 486/1997 (lugares de trabajo). * Salvo las excepciones que se contemplan en el Anexo III, apartado 3c) de dicho Real Decreto. Algunas de dichas medidas consisten en el aislamiento térmico de los locales y en la instalación de sistemas de ventilación, calefacción o climatización adecuados. Asimismo, el control de las condiciones relacionadas con la temperatura, la humedad y la ventilación de los puestos de trabajo en el interior de los locales es necesario para garantizar unas determinadas condiciones de confort ambiental. A tales efectos se adoptarán las medidas que se requieran para evitar condiciones de humedad y temperatura poco confortables, cambios bruscos de temperatura, corrientes de aire molestas, etc. Por otra parte, en relación con los trabajos realizados al aire libre (o en lugares de trabajo que no puedan quedar cerrados), se adoptarán las medidas preventivas necesarias frente a los riesgos que pueden originarse por las inclemencias meteorológicas.
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BLOQUE III. Módulo 10 En este sentido, han de considerarse, tanto los riesgos derivados de las condiciones termohigrométicas (frío y calor extremos, humedad excesiva, etc.) como los que se originan como consecuencia de las variaciones que pueden producirse sobre las condiciones materiales del lugar de trabajo. En cualquier caso, cuando tengan que realizarse trabajos en condiciones termohigrométricas extremas, han de adoptarse las medidas de carácter organizativo que se requieran, con objeto de reducir la exposición de los trabajadores a los riesgos consiguientes. Asimismo, cuando sea necesario, se habilitarán zonas específicas para la protección de los trabajadores frente a las condiciones meteorológicas adversas y se les proporcionará la ropa de trabajo adecuada al período estacional (ropa y calzado de abrigo, impermeable, etc.), además de poner a su disposición crema de protección de factor suficiente frente a las radiaciones solares. Cuando los riesgos derivados de la exposición a los agentes físicos presentes en el ambiente de trabajo no hayan podido controlarse con la adopción de medidas de carácter organizativo y técnico, el trabajador utilizará los EPI ’s adecuados frente al riesgo del que haya que protegerse. ● Contaminantes químicos Algunos de los agentes químicos pueden ser causa de riesgo para la seguridad y salud de los trabajadores como consecuencia de la exposición a dichos agentes. Se pueden encontrar en las obras de construcción y constituir un riesgo para la seguridad y salud de los trabajadores son: partículas procedentes del mecanizado de elementos de madera o de materiales cerámicos y pétreos; partículas o vapores desprendidos durante la aplicación de productos durante la ejecución de los trabajos de pintura, aislamiento, etc. El contacto con agentes químicos puede ocasionar, entre otros efectos, quemaduras (por el derrame accidental de un ácido sobre la piel) o enfermedades profesionales (por ejemplo, asbestosis producida al respirar fibras de amianto, o silicosis por la inhalación de polvo de sílice). Los efectos ocasionados por la exposición a los agentes químicos varían en función de: las propiedades de cada uno de ellos (irritante, carcinogénico, corrosivo, mutagénico, etc.), la concentración ambiental de dicho agente, el tiempo de exposición al agente así como la sensibilidad particular del trabajador. Las vías de contacto o de entrada de los agentes químicos en el organismo del trabajador son: • Respiratoria Es la más frecuente e importante en el ámbito laboral. Esta vía de entrada la constituyen: nariz, boca, laringe, tráquea, bronquios y alvéolos pulmonares. • Dérmica Incluye la piel y otras partes del cuerpo expuestas al ambiente, como los ojos. • Digestiva Esta vía es la menos frecuente dado que requiere el acto voluntario de la ingestión, salvo en ambientes laborales muy contaminados y en lugares de trabajo en los que es frecuente el hábito de comer o beber en el puesto de trabajo. • Parenteral La entrada del agente químico se produce a través de heridas o pinchazos.
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BLOQUE III. Módulo 10 El tipo de contacto con el organismo está relacionado con la forma en la que se materializan los agentes químicos. En este sentido, se puede decir que: ○ Los gases entran fácilmente en el cuerpo por inhalación y suelen absorberse sin dificultad. ○ Los líquidos pueden penetrar por la vía digestiva de manera accidental pero, en la práctica, los principales riesgos que se producen son: la inhalación de los vapores y aerosoles que se desprenden, y el contacto por vía dérmica. ○ Los sólidos pueden ser inhalados en forma de polvo o aerosol, pero su entrada en el aparato respiratorio hasta el nivel de los alvéolos pulmonares (cuando los efectos son más graves) solo tiene lugar cuando las partículas tienen un diámetro inferior a 5 micras.
● Efectos Los efectos ocasionados por la exposición a los agentes químicos dependen de los siguientes factores: Las propiedades del agente químico (irritante, carcinogénico, corrosivo, mutagénico etc.). La concentración ambiental de dicho agente. El tiempo de exposición al agente. La sensibilidad particular del trabajador. Los efectos que ocasionan los agentes químicos en el organismo se clasifican sobre la base de varios criterios, tales como: ○ Por el tiempo transcurrido entre la exposición y la aparición de los primeros síntomas: – Agudos: se producen nada más sufrir la exposición. – Crónicos: pasa un determinado tiempo hasta que aparecen los efectos. Por ejemplo, las quemaduras que se generan por un derrame accidental de un ácido sobre la piel de un trabajador son efectos del tipo agudo. La asbestosis, como enfermedad profesional, es un efecto crónico producido por la inhalación de fibras de amianto. ○ Por su evolución: – Reversibles: se recupera el estado anterior a la exposición. – Irreversibles: no se recupera el estado anterior a la exposición. ○ Por su lugar de acción: – Locales: se producen en el lugar de contacto del agente químico con el organismo. –
Generales o sistémicos: se produce la absorción del contaminante por el organismo y su posterior distribución en el mismo, acumulándose en distintos órganos o sistemas.
○ Por su relación con la exposición:
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BLOQUE III. Módulo 10 – Graduados: son proporcionales a la exposición. – No graduados: la gravedad del efecto no se relaciona con la dosis recibida. ○ Por criterios fisiopatológicos: – Irritantes: las sustancias químicas producen una inflamación de la piel o de las mucosas del sistema respiratorio. – Corrosivos: es la forma más severa de irritación dado que produce la destrucción del tejido sobre el que actúa. – Sensibilizantes: efecto alérgico del organismo ante la presencia del tóxico con manifestaciones como asma, dermatitis o rinitis. –
Neumoconióticos: partículas sólidas de sustancias contaminantes insolubles en fluidos biológicos que producen alteraciones pulmonares.
– Asfixiantes: efectos producidos por el desplazamiento del oxigeno del aire (asfixiantes simples) o por la alteración de los mecanismos oxidativos biológicos (asfixiantes químicos). – Anestésicos y narcóticos: depresores del sistema nervioso central. –
Carcinógenos, mutágenos y teratógenos: pueden generar o potenciar el desarrollo de un crecimiento desordenado de las células, producir alteraciones genéticas y hereditarias, y malformaciones en el feto.
– Sistémicos: alteraciones en órganos y sistemas específicos o efectos generalizados.
ser:
Si un trabajador sufre una exposición simultánea a una mezcla de agentes químicos los efectos pueden ○ Independientes: cada uno de los tóxicos produce un efecto distinto. ○ Sinérgicos: el efecto combinado es mayor que el de cada uno de los tóxicos por separado. ○ Antagónicos: el efecto combinado es menor que el de la suma de los tóxicos.
● Clasificación de las sustancias y mezclas químicas El término “agente químico” comprende tanto las sustancias, como las mezclas químicas. La reglamentación de referencia en materia de clasificación, envasado, etiquetado y almacenamiento de los mismos se recoge en la siguiente relación: • Real Decreto 363/1995, por el que se aprueba el Reglamento sobre clasificación, envasado y etiquetado de sustancias peligrosas. • Real Decreto 255/2003, por el que se aprueba el Reglamento sobre clasificación, envasado y etiquetado de preparados peligrosos. • Real Decreto 379/2001, por el que se aprueba el Reglamento de almacenamiento de productos químicos y sus instrucciones técnicas complementarias. • R.D. 374/2001, sobre la protección de la salud y seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con los agentes químicos durante el trabajo.
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BLOQUE III. Módulo 10 Por otra parte, el Reglamento (CE) nº 1272/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, en adelante Reglamento CLP (sigla en inglés de Clasificación, Etiquetado y Envasado), de 16 de diciembre de 2008, sobre clasificación, etiquetado y envasado de sustancias y mezclas, representa la adaptación en la Unión Europea del Sistema Globalmente Armonizado (regulación aprobada a nivel mundial), ha conllevado la modificación de la legislación nacional de productos químicos mediante el Real Decreto 717/2010 y establece un nuevo sistema de identificación del riesgo químico, unificándolo a nivel mundial y aproximándolo al que se viene usando en el transporte de mercancías peligrosas. Ello implica, básicamente: # Un nuevo sistema de clasificación de la peligrosidad de las sustancias químicas y sus mezclas. # El establecimiento de nuevas clases y categorías de peligro. # El uso de unas palabras de advertencia que prefijan el nivel de peligrosidad de la sustancia o mezcla. # La fijación de unas indicaciones de peligro (H) equivalentes, en parte, a las anteriores frases R; y unos consejos de prudencia (P), que sustituyen a las anteriores frases S. # La introducción de nuevos pictogramas y la modificación (en cuanto a forma y colores). El Reglamento CLP es de aplicación para el etiquetado y el envasado de las sustancias químicas, a partir del 1 de diciembre de 2010; y para su clasificación, a partir del 1 de junio de 2015. En el caso de las mezclas (llamadas “preparados” por la anterior reglamentación), es de aplicación para la clasificación, el etiquetado y el envasado, a partir del 1 de junio de 2015. Clases y categorías de peligro Las clases de peligro definen la naturaleza del peligro físico, para la salud humana o para el medio ambiente que representan las sustancias o sus mezclas. Dentro de cada clase, la gravedad de los peligros se especifica mediante categorías. Peligros físicos Los peligros relacionados con las propiedades fisicoquímicas de los productos químicos se agrupan en 16 clases, divididas, a su vez, en 45 categorías. A continuación se resumen estas propiedades y se presentan las clasificaciones establecidas por el referido Reglamento CLP: ○ Explosivos: las sustancias (o mezclas) sólidas o líquidas que, de manera espontánea, por reacción química, pueden desprender gases a una temperatura, presión y velocidad tales que pueden ocasionar daños a su entorno. Se dividen en 7 categorías: explosivo inestable y 6 divisiones, de la 1.1 a la 1.6. ○ Inflamables: las sustancias o mezclas inflamables se agrupan según sus características físicas en: –
Gases que se inflaman con el aire a 20 °C y a una presión de referencia de 101,3 kPa. Se dividen en 2 categorías según sus márgenes de inflamabilidad en el aire.
– Líquidos con un punto de inflamación no superior a 60 °C. Se dividen en 3 categorías: 1 (punto de inflamación < 23 °C y punto inicial de ebullición ≤ 35 °C), 2 (punto de inflamación < 23 °C y punto inicial de ebullición > 35 °C) y 3 (punto de inflamación ≥ 23 °C y ≤ 60 °C).
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BLOQUE III. Módulo 10 – Sólidos que se inflaman con facilidad o que pueden provocarlo contribuir a provocar fuego por fricción. Se dividen en 2 categorías, según su velocidad de combustión. – Aerosoles definidos como recipientes no recargables fabricados en metal, vidrio o plástico y que contienen un gas comprimido, licuado o disuelto a presión. Estos recipientes están dotados de un dispositivo de descarga que permite expulsar su contenido en forma de partículas sólidas o líquidas en suspensión en un gas; en forma de espuma, pasta o polvo; o en estado líquido o gaseoso. Un aerosol se considera inflamable cuando uno de sus componentes está clasificado como tal, concretamente: un gas, un sólido o un líquido con un punto de inflamación ≤ 93 °C. Se clasifican en 2 categorías, según su grado de inflamabilidad. ○ Comburentes: sustancias que, en contacto con otras, particularmente con las inflamables, producen una reacción exotérmica. Muchas veces se identifican también como oxidantes, dado que esta es su clasificación desde el punto de vista químico. Se agrupan también, según sus características físicas en: – Gases que, generalmente, liberando oxígeno, pueden provocar o facilitar la combustión de otras sustancias en mayor medida que el aire. Se clasifican en una sola categoría. – Líquidos, se dividen en 3 categorías, según un ensayo basado en la determinación del tiempo medio de aumento de presión en la inflamación de una mezcla del líquido con celulosa. –
Sólidos, sustancias o mezclas que, sin ser necesariamente combustibles, pueden, por lo general, al desprender oxígeno, provocar o favorecer la combustión de otras sustancias. Se dividen en 3 categorías, según el tiempo medio de combustión de una mezcla del sólido con celulosa.
○ Gases a presión: Son gases comprimidos contenidos en recipientes a la presión de 200 kPa o superior. Se dividen en 4 categorías: – Comprimidos: envasados a presión totalmente gaseosos a -50 °C. – Licuados: se subdividen en alta presión (temperatura crítica entre -50 °C y +65 °C) y baja presión (temperatura crítica > 65 °C). –
Licuados refrigerados: cuando se envasan, se encuentran parcialmente en estado líquido a causa de su baja temperatura.
– Disueltos en un disolvente en fase líquida y envasados a presión. El ejemplo más característico es el acetileno disuelto en acetona. ○ Sustancias o mezclas autorreactivas: líquidos o sólidos térmicamente inestables que reaccionan espontáneamente y que pueden experimentar una descomposición exotérmica intensa, incluso en ausencia de oxígeno (aire). ○ Peróxidos orgánicos: sustancias o mezclas orgánicas líquidas o sólidas que pueden ser susceptibles de experimentar una descomposición explosiva, arder rápidamente, ser sensibles a los choques o a la fricción y reaccionar peligrosamente con otras sustancias.
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BLOQUE III. Módulo 10
Tipo A
Tipo B
Tipos C, D y F
Las sustancias o mezclas autorreactivas y los peróxidos orgánicos se distribuyen en 7 categorías denominadas A, B, C, D, E, F y G, según las características del peligro y su comportamiento en ensayos de laboratorio en cuanto a la capacidad de detonar o deflagrar en distintas condiciones ambientales.
○ Corrosivos para metales: sustancias o mezclas que, por medio de una acción química, pueden dañar gravemente, o incluso destruir, los metales. Se clasifican en una única categoría en la que se agrupan las sustancias o mezclas que presenten una velocidad de corrosión en superficies de acero o aluminio superior a 6,25 mm por año a una temperatura de ensayo de 55 °C. ○ Sustancias pirofóricas: sustancias o mezclas líquidas o sólidas que, aun en pequeñas cantidades, pueden inflamarse al cabo de 5 minutos de entrar en contacto con el aire. Se clasifican en 1 categoría de líquidos y 1 categoría de sólidos. ○ Sustancias que experimentan calentamiento espontáneo: sustancias o mezclas sólidas o líquidas que pueden calentarse espontáneamente en contacto con el aire sin aporte de energía. Difieren de las pirofóricas en que solo se inflaman cuando están presentes en grandes cantidades (kg) y después de un período de tiempo largo (horas o días). Se dividen en 2 categorías. ○ Sustancias que, en contacto con el agua, desprenden gases inflamables: sustancias o mezclas sólidas o líquidas que, por interacción con el agua, tienden a volverse espontáneamente inflamables o a desprender gases inflamables en cantidades peligrosas. Se agrupan en 3 categorías, según su velocidad de reacción en contacto con el agua y la velocidad de emanación del gas inflamable. Las sustancias o mezclas pirofóricas, las que experimentan calentamiento espontáneo y las que en contacto con el agua desprenden gases inflamables, se simbolizan mediante el pictograma que representa una llama.
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BLOQUE III. Módulo 10
Peligros para la salud Los peligros para la salud están divididos en 10 clases y 25 categorías: ○ Toxicidad aguda: se asocia a las sustancias cuyos efectos adversos se manifiestan tras la administración por vía oral o cutánea de una sola dosis de una sustancia o mezcla; de dosis múltiples administradas a lo largo de 24 horas; o como consecuencia de una exposición por inhalación durante 4 horas. Se dividen en 4 categorías, según los valores que presenten de estimación de la toxicidad aguda.
Categorías 1, 2 y 3: mortal en caso de ingestión, ingestión, contacto con la piel o inhalación.
Categoría
4:
nocivo
en
caso
de
contacto con la piel o inhalación.
○ Corrosión/irritación cutánea: el efecto corrosión se asocia a sustancias capaces de generar la aparición de lesiones irreversibles en la piel como consecuencia de su aplicación durante un período de hasta 4 horas. En cambio, el efecto irritación es el que causa la aparición de lesiones reversibles de la piel como consecuencia de su aplicación durante el mismo período de tiempo. La categoría de corrosivas se divide, a su vez, en 3 subcategorías, según los resultados de experimentos con animales: – 1A: los efectos aparecen antes de 1 hora, como consecuencia de una exposición inferior a 3 minutos de duración. – 1B: los efectos aparecen antes 14 días, como consecuencia de exposiciones de entre 3 minutos y 1 hora de duración. – 1C: los de efectos aparecen antes de 14 días, como consecuencia de exposiciones de entre 1 y 4 horas de duración. ○ Lesiones oculares graves/irritación ocular: se clasifican como sustancias o mezclas causantes de lesiones oculares graves las que, como consecuencia de su aplicación en la superficie anterior del ojo, provocan daño en sus tejidos o un deterioro físico importante de la visión no completamente reversible en los 21 días siguientes a la aplicación. En cambio, se clasifican como irritantes oculares las que en las mismas circunstancias producen alteraciones oculares totalmente reversibles en los 21 días siguientes a la aplicación. Se dividen en 2 categorías, según se trate de efectos irreversibles o reversibles. ○ Mutagenicidad: sustancias y mezclas que pueden producir efectos genéticos hereditarios o aumentar su frecuencia. Se clasifican en 2 categorías, dividiéndose la primera en dos subcategorías: – 1A o 1B: puede provocar defectos genéticos. – 2: se sospecha que provoca defectos genéticos.
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BLOQUE III. Módulo 10 Pictograma que agrupa los peligros para la salud más graves a largo plazo: efecto carcinógeno, carácter mutagénico, tóxico para la reproducción y sensibilización respiratoria. ○ Carcinogenicidad: sustancias o mezclas que inducen cáncer o aumentan su incidencia. Los carcinógenos se clasifican en 2 categorías, dividiéndose la primera en dos subcategorías: – 1A: sustancias de las que se sabe que son carcinógenas para el hombre, tomando como base la existencia de pruebas en humanos. – 1B: sustancias de las que se supone que son carcinógenas para el hombre, tomando como base la existencia de pruebas en animales. – 2: Sustancias sospechosas de ser carcinógenas para el hombre a partir de las pruebas procedentes de estudios en humanos o con animales, no lo suficientemente convincentes como para clasificarlas en las categorías 1A o 1B. ○ Toxicidad para la reproducción y la lactancia: incluye las sustancias causantes de efectos adversos sobre la función sexual y la fertilidad de mujeres y hombres adultos y los efectos adversos sobre el desarrollo de los descendientes. Se consideran 3 tipos de efectos: – Efectos adversos sobre la función sexual y la fertilidad. – Efectos adversos sobre el desarrollo de los descendientes. – Efectos sobre la lactancia o a través de ella. Se clasifican en 3 categorías, dividiéndose la primera en dos subcategorías: – 1A: sustancias para las que existen pruebas en humanos. – 1B: sustancias que se supone que son tóxicas para la reproducción humana, tomando como base la existencia de datos procedentes de estudios con animales que proporcionan pruebas claras de la existencia de un efecto adverso sobre la función sexual y la fertilidad o sobre el desarrollo. – 2: sustancias de las que se sospecha que son tóxicas para la reproducción humana tomando como base las pruebas (en humanos o en animales) de la existencia de efectos adversos sobre la función sexual y la fertilidad o sobre el desarrollo que no son lo suficientemente convincentes. – Categoría adicional para efectos sobre la lactancia o a través de ella: se agrupan en esta categoría cuando se reconoce que no existe información sobre los efectos adversos que, a través de la lactancia, muchas sustancias pueden originar en los descendientes. ○Toxicidad sistémica específica en órganos diana después de una exposición única: esta característica de peligrosidad de las sustancias y mezclas hace referencia a la toxicidad no letal que se produce en determinados órganos tras una única exposición. Se clasifican en 3 categorías: – 1: producen toxicidad significativa en seres humanos o tomando como base los estudios en animales de experimentación. –
2: sustancias o mezclas de las que, tomando como base los estudios en animales de experimentación, se puede esperar que sean nocivas para la salud humana tras una exposición única.
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BLOQUE III. Módulo 10 – 3: con efectos transitorios en los órganos diana. ○ Toxicidad sistémica específica en órganos diana después de exposiciones repetidas: esta característica de peligrosidad de las sustancias y mezclas hace referencia a la toxicidad que se produce en determinados órganos tras una exposición repetida. Se dividen en 2 categorías: – 1: producen toxicidad significativa en seres humanos o tomando como base los estudios en animales de experimentación. –
2: sustancias o mezclas de las que, tomando como base los estudios en animales de experimentación, se puede esperar que sean nocivas para la salud humana tras exposiciones repetidas.
○ Sensibilización respiratoria/cutánea: sustancias o mezclas que, por inhalación o penetración cutánea, puedan ocasionar una reacción de hipersensibilización, de forma que, posteriormente, dé lugar a efectos negativos característicos: reacción alérgica en la piel, síntomas de alergia o asma o dificultades respiratorias. Se dividen en dos categorías: – Respiratorios: si hay pruebas de que la sustancia puede inducir hipersensibilidad respiratoria específica en personas o hay resultados positivos en ensayos adecuados con animales. – Dérmicos: si hay pruebas de que la sustancia puede inducir una sensibilización por contacto cutáneo en un número elevado de personas, o se dispone de resultados positivos en un ensayo adecuado con animales. ○ Peligro por aspiración: sustancias o mezclas que pueden presentar un peligro de toxicidad por aspiración (entrada de una sustancia o de una mezcla, líquida o sólida, en la tráquea o en las vías respiratorias inferiores). La toxicidad por aspiración puede entrañar graves efectos agudos, tales como: neumonía química, lesiones pulmonares más o menos importantes, e incluso la muerte por aspiración.
Peligros para el medio ambiente Los peligros para el medio ambiente se dividen solamente en 2 clases: ○ Sustancias peligrosas para el medio ambiente acuático: se clasifican según sus efectos agudos (1 categorías) y crónicos (4 categorías). ○ Sustancias peligrosas para la capa de ozono: sustancias o mezclas que, según las pruebas disponibles sobre sus propiedades y su destino y comportamiento en el medio ambiente, pueden suponer un peligro para la capa de ozono estratosférico. Hay una sola categoría y no tiene asignado pictograma.
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● Etiquetado de las sustancias y mezclas químicas Las sustancias y mezclas peligrosas tienen que disponer en sus envases de una etiqueta identificativa (es la denominada FICHA DE DATOS DE SEGURIDAD) en la que se indiquen los peligros físicos, para la salud humana y para el medio ambiente (frases H y pictogramas) así como los consejos de prudencia generales, de prevención, de respuesta y de almacenamiento y eliminación (frases P). Atendiendo al Reglamento CLP comentado anteriormente, ya es de aplicación para el etiquetado y el envasado de las sustancias químicas y mezclas a partir del 1 de junio de 2015.
1. Pictogramas: • Se sustituyen los anteriormente vigentes pictogramas cuadrados con fondo naranja por unos nuevos representados por rombos con el borde rojo y el fondo blanco. Asimismo, desaparecen también pictogramas como la cruz de San Andrés y aparecen otros nuevos. • Se agrupan según “Peligros para la Salud”, “Peligros Físicos” o “Peligros para el Medio Ambiente”. 2. Frases de riesgo y seguridad: • Las anteriores “Frases de Riesgo (R)” y “Frases de Seguridad (S)” se sustituyen por unas nuevas “Indicaciones de Peligro (H)” y “Consejos de Prudencia (P)”.
3. Etiquetado: • Se modifican los contenidos de las actuales etiquetas de peligro para incluir más información y más clara, llegando a simplificarse cuando vaya combinada con etiquetado de transporte.
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BLOQUE III. Módulo 10 Ejemplo de ficha de datos de seguridad de un producto:
Asimismo, en la etiqueta puede figurar una palabra de advertencia que indica el nivel relativo de gravedad de los peligros de la sustancia o mezcla identificada: ○ Peligro (Dgr; danger): asociada a las categorías más graves. ○ Atención (Wng; warning): asociada a las categorías menos graves. Es muy importante respetar el envase original del producto y mantener la etiqueta en correcto estado. • Indicaciones de peligro (frases H) El Reglamento CLP fija unas indicaciones de peligro (H, de Hazard, peligro) equivalentes, en parte, a las anteriores frases R. Estas indicaciones de peligro son frases que, asignadas a una clase o categoría de peligro, describen la naturaleza de los peligros de una sustancia o mezcla peligrosa, incluyendo, cuando proceda, el grado de peligro, y se agrupan, según los peligros físicos, para la salud humana y para el medio ambiente. A continuación, se recoge, a modo de ejemplos, una relación de indicaciones de peligro con sus correspondientes códigos, tanto referentes a peligro físico, como para la salud humana como para el medio ambiente:
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BLOQUE III. Módulo 10 • Consejos de prudencia (frases P) Asimismo, el Reglamento CLP establece los consejos de prudencia que describen la medida o medidas recomendadas para evitar o minimizar los efectos adversos causados por la exposición a una sustancia o mezcla peligrosa durante su uso o eliminación. Se agrupan en consejos de prudencia generales, de prevención, de respuesta y de almacenamiento y eliminación. Seguidamente, se recoge, a modo de ejemplo, una serie de consejos de prudencia con sus correspondientes códigos:
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BLOQUE III. Módulo 10 • Fichas de datos de seguridad El responsable de la comercialización de las sustancias o las mezclas químicas peligrosas deberá facilitar al usuario profesional de las mismas una ficha de datos de seguridad. Igualmente, dicho responsable, ya se trate del fabricante, del importador o del distribuidor, tendrá que facilitar al destinatario, previa solicitud de un usuario profesional, una ficha de datos de seguridad, aun en el caso de que la sustancia o el producto no esté clasificado como peligroso, pero que contenga una concentración individual igual a 1 por 100 en peso para los preparados que no sean gaseosos, e igual a un 0,2 por 100 en volumen para los preparados gaseosos de, al menos: una sustancia que sea peligrosa para la salud o para el medio ambiente, o una sustancia para la que existan límites de exposición en el lugar de trabajo. Las fichas de datos de seguridad se proporcionarán de forma gratuita y nunca más tarde de la primera entrega del producto y, posteriormente, siempre que se produzcan revisiones originadas por la seguridad de nuevos conocimientos significativos relativos a la seguridad y a la protección de la salud y el medio ambiente. No será obligatorio proporcionar la ficha de datos de seguridad en el caso de que los preparados peligrosos que se ofrezcan o vendan al público vayan acompañados de la información suficiente con la que el usuario pueda tomar las medidas necesarias en relación con la protección de la salud, la seguridad y el medio ambiente. Sin embargo, se ha de facilitar la ficha de datos de seguridad si el usuario profesional así lo solicita. La ficha de datos de seguridad podrá proporcionarse mediante papel o en formato electrónico, siempre que el destinatario disponga del equipo necesario para su recepción. La citada ficha de datos de seguridad es un documento que recoge información sobre aspectos químicos, toxicológicos y medioambientales relacionados con el producto químico. Una ficha de seguridad debe incluir la siguiente información: ○ Identificación del producto y de la empresa: es necesario identificar a la empresa productora o comercial como responsable directa de la información que contiene la mencionada ficha. ○ Composición e información sobre los componentes: la información sobre la sustancia pura o sustancias que forman parte de un preparado permite al usuario identificar los riesgos más importantes derivados de su uso. ○ Identificación de los peligros: se indican los principales peligros que presenta el producto químico para el hombre, la propiedad o el medio ambiente. ○ Primeros auxilios: se enumeran una serie de actuaciones que hay que realizar, tanto si se produce un contacto accidental, como una posterior intoxicación. ○ Medidas de lucha contra incendios: dependen de las características de los productos implicados en el incendio, del lugar donde se produce el fuego, y de las dimensiones que llegue a alcanzar. ○ Medidas a tomar en caso de vertido accidental: un vertido puede crear peligro para los trabajadores, la propiedad o el medio ambiente. La importancia del peligro viene determinada por la cantidad de vertido y por las propiedades fisicoquímicas y toxicológicas del producto. ○ Manipulación y almacenamiento: la correcta manipulación del producto es muy importante en el riesgo que representa. Los riesgos físicos, químicos y toxicológicos determinan las condiciones de almacenamiento de los distintos productos.
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BLOQUE III. Módulo 10 ○ Controles de exposición y protección individual: el control de la exposición incluye todas las medidas de prevención a considerar en el momento de manipular un producto químico para que la exposición de los trabajadores sea mínima. Recordar que primero se tomarán medidas de carácter colectivo. Se utilizarán equipos de protección individual cuando sea necesario, y se elegirán en función de las propiedades fisicoquímicas y toxicológicas del producto. ○ Propiedades físicas y químicas: en este apartado se considera el: estado y aspecto físico, color y olor, Ph, punto/intervalo de ebullición, punto/intervalo de fusión-congelación, punto de inflamacióndestello, temperatura de autoignición, límites de inflamabilidad/explosividad, presión de vapor, solubilidad del agua, densidad relativa respecto al agua, densidad relativa de vapor, coeficiente de reparto (n-octanol/agua) y resistividad eléctrica. ○ Estabilidad y reactividad: los productos presentan distintos niveles de estabilidad, entendiendo como tal la capacidad de mantener sus propiedades físicas y químicas originales, y de reactividad frente a otros productos. ○ Informaciones toxicológicas: se indican las propiedades toxicológicas de los productos incluyendo las vías de absorción y los efectos que producen en el organismo. ○ Informaciones ecológicas: indican los efectos nocivos o de degradación del medio ambiente de los productos químicos. ○ Consideraciones relativas a la eliminación: se mencionan los métodos de eliminación del producto, de los residuos que genere en su utilización y de los envases contaminados. ○ Informaciones relativas al transporte: debe contener la clasificación del producto químico respecto a la peligrosidad y a las medidas necesarias para su transporte. ○ Informaciones reglamentarias: contiene la información que figura en la etiqueta del producto. Incluye los símbolos de peligro, las frases H y P. ○ Otras informaciones: información adicional importante para la seguridad y salud que no se ha incluido en apartados anteriores. • Evaluación y control Cabe recordar que (como para el resto de agentes ambientales) el empresario (a través de su organización preventiva) debe, en primer, identificar la presencia de agentes químicos peligrosos en el lugar de trabajo y evaluar los riesgos derivados de dicha presencia. Cuando de dicha evaluación de riesgos se desprenda la existencia de un riesgo para la seguridad y la salud de los trabajadores, se implantarán las medidas de prevención, protección y vigilancia de la salud que, en su caso, se requieran. Teniendo en cuenta los principios de la acción preventiva, cabe indicar las siguientes medidas preventivas, por orden de prioridad: Diseñar y aplicar procedimientos de trabajo, controles y uso de equipos y materiales apropiados, con el fin de evitar o reducir al mínimo el escape del agente al ambiente o cualquier contacto directo con el trabajador que pueda afectar a su seguridad o salud (p. ej., sustituir un producto químico en cuya composición se identifica un agente peligroso por otro que no contenga dicho agente). Implantar sistemas de ventilación u otros medios de protección colectiva aplicados, preferentemente, en el origen del riesgo (fuente de emisión del agente químico peligroso) así como medidas de
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BLOQUE III. Módulo 10 carácter organizativo (implantación de horarios reducidos, rotación de los trabajadores, etc.). Por ejemplo, seleccionar y adquirir equipos de corte o lijado de madera que dispongan de sistemas de aspiración localizada de la viruta o, en su caso, del polvo. Implantar medidas dirigidas a la utilización de los EPI ‘s necesarios cuando el resto de medidas no sean suficientes para el control del riesgo. ● Productos químicos utilizados en las obras de construcción Los productos químicos más frecuentes utilizados en las obras de construcción son: • Cemento Puede provocar irritación de la garganta y del aparato respiratorio, daños en la córnea, lesiones en la piel (efectos agudos) e incluso dermatitis (efectos crónicos), así como irritación y dolores en el aparato digestivo por ingestión accidental. No es inflamable ni explosivo y no facilita ni alimenta la combustión de otros materiales. Debe utilizarse este producto en áreas ventiladas y, en caso necesario (situaciones extremas), hacer uso de un sistema de extracción localizada. Puede resultar preciso realizar mediciones ambientales para determinar la concentración de polvo de cemento en el aire. En la medida de lo posible, el cemento se tiene que verter desde poca altura y mezclar o remover suavemente. Hay que evitar el contacto directo del cemento con la piel y las mucosas. Si no es posible impedir la formación de polvo durante su manipulación, se han de emplear gafas y protección respiratoria. Una vez finalizados los trabajos o antes de una pausa, es necesario asearse concienzudamente. No comer, beber ni fumar durante la manipulación de este producto. • Aditivos para hormigón y mortero: retardadores y aceleradores de fraguado, plastificantes, fluidificantes, anticongelantes, impermeabilizantes, colorantes, etc. Con carácter general, pueden causar irritación en la mucosa nasal, la garganta, los ojos, la piel y, en caso de ingestión accidental, en el tracto gastrointestinal. Por lo común, estos productos no son inflamables ni explosivos y no facilitan ni alimentan la combustión de otros materiales. Ha de procurarse usarlos en áreas ventiladas y, en caso necesario, hacer uso de un sistema de extracción localizada. Puede resultar preciso realizar mediciones ambientales para determinar su concentración en el aire. Hay que utilizar guantes para su manipulación manual. Si no es posible impedir la formación de polvo, se deben emplear gafas y protección respiratoria. Una vez finalizados los trabajos o antes de una pausa, es necesario asearse concienzudamente. No comer, beber ni fumar durante su manipulación. Almacenar el producto en su envase original y en un lugar fresco, seco, bien ventilado y protegido contra la humedad.
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BLOQUE III. Módulo 10 • Yeso Puede provocar irritación en la nariz y la garganta, en caso de inhalación; y en la piel y los ojos, en caso de contacto. Su ingestión accidental puede causar irritación en el aparato digestivo. Por otro lado, no es inflamable ni explosivo y no facilita ni alimenta la combustión de otros materiales. Hay que manipular y abrir los envases con prudencia evitando que se derrame y produzca excesivo polvo. Si no es posible impedir la formación de polvo durante su manipulación, se tienen que emplear gafas y protección respiratoria. Es conveniente lavarse las manos antes de realizar una pausa. Una vez finalizados los trabajos, lavarse o ducharse. No comer, beber ni fumar durante su manipulación. • Adhesivos, resinas y siliconas En el caso de que estos productos contengan disolventes orgánicos en su composición, una exposición prolongada a concentraciones de vapores por encima del límite de exposición profesional puede producir efectos nocivos sobre la salud, como: irritación de la mucosa y del sistema respiratorio, efectos adversos sobre los riñones, el hígado y el sistema nervioso central. Las salpicaduras pueden provocar irritación en los ojos y en la piel y, en algunos casos, dermatitis. La ingestión accidental puede generar irritación de boca, garganta y estómago, e incluso daños pulmonares. Hay que garantizarse una ventilación adecuada en el lugar de utilización. En caso necesario, se debe instalar un sistema de ventilación forzada o de extracción localizada. Puede resultar preciso realizar mediciones ambientales para determinar la concentración de vapores o gases en el aire. En el caso de productos que contienen poliuretanos o disolventes orgánicos, no se tiene que utilizar cerca de llamas o de otras posibles fuentes de ignición. En su proximidad, no se ha de emplear herramientas que puedan producir chispas. Durante su manipulación se debe emplear los equipos de protección individual necesarios: protectores de las vías respiratorias frente a partículas o gases y vapores; protección ocular; guantes; y buzo o mono. Una vez finalizados los trabajos o antes de una pausa, hay que asearse concienzudamente. No se tiene que comer, beber ni fumar durante la manipulación de este tipo de productos. Deben almacenarse en sus envases originales cerrados, en un lugar fresco, seco y bien ventilado, así como alejados de fuentes de ignición y de la radiación solar directa. • Poliuretano Una exposición prolongada a concentraciones de vapores o gases de poliuretano puede dañar el sistema respiratorio y ocasionar irritación crónica. En contacto con los ojos puede causar ceguera temporal y lesiones graves. Respecto a un posible contacto con la piel, hay que tener en cuenta que es un alérgeno reconocido. Su ingestión causa irritación gastrointestinal. Es extremadamente inflamable. Existe peligro de que los envases a presión revienten al aumentar la presión de vapor causado por una elevación de la temperatura. Por ello, no debe utilizarse el producto cerca de
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BLOQUE III. Módulo 10 llamas o de otras posibles fuentes de ignición. Sus envases tienen que mantenerse alejados de fuentes de emisión de calor así como de la luz solar directa, y almacenarse en lugar fresco, seco y bien ventilado. Ha de evitarse la formación de concentraciones altas de vapor o gas en el aire. Tiene que procurarse el uso de este producto en áreas ventiladas. Puede resultar necesario realizar mediciones ambientales para determinar la concentración de vapores o gases en el aire. En su proximidad no se deben emplear herramientas que puedan producir chispas. Durante su manipulación hay que utilizar los EPI ‘s necesarios, como: protectores de vías respiratorias frente a partículas, gases o vapores; protección ocular; guantes; y buzo o mono. Una vez finalizados los trabajos o antes de una pausa, hay que asearse concienzudamente. No se debe comer, beber ni fumar durante la manipulación de este tipo de productos. • Limpiadores Causan irritación de las vías respiratorias. En el caso de productos limpiadores que contengan isocianatos, una exposición prologada puede provocar dolor de cabeza, vértigo, fatiga, somnolencia y, en casos extremos, pérdida de conciencia. El contacto puede ocasionar irritación en los ojos y en la piel y, en el caso de limpiadores con base de ácidos inorgánicos, quemaduras. La ingestión accidental puede ocasionar irritación gastrointestinal. Los limpiadores con base de ácidos inorgánicos son corrosivos para el tracto digestivo. Durante su manipulación ha de asegurarse una ventilación adecuada y, en caso necesario, instalar un sistema de extracción. En el caso de productos con riesgo de incendio o explosión como, por ejemplo, los que contienen isocianatos, no se han de utilizar cerca de llamas o de otras posibles fuentes de ignición. Tienen que observarse las normas básicas de manipulación de los productos químicos, tales como, por ejemplo: ○ Usar los equipos de protección individual necesarios (protectores de las vías respiratorias, de los ojos y de la piel). ○ Una vez finalizados los trabajos o antes de una pausa, es preciso asearse concienzudamente. No hay que comer, beber ni fumar durante la manipulación de este tipo de productos. • Amianto Por otra parte, durante la realización de intervenciones (derribo, rehabilitación, restauración, mantenimiento, etc.) sobre edificios construidos, los trabajadores pueden estar expuestos al amianto que contienen determinados materiales antiguos. El amianto está clasificado como producto carcinógeno. Una exposición prolongada y repetida a las fibras de amianto o asbesto puede generar efectos graves. Por ejemplo, los pulmones pueden quedar afectados, dando lugar a fibrosis.
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BLOQUE III. Módulo 10 La manipulación de dichos materiales con amianto en su composición debe llevarse a cabo por empresas inscritas en el “Registro de empresas con riesgo por amianto” (RERA) existente en los órganos correspondiente de la autoridad laboral de las comunidades autónomas. El acceso a los lugares donde se realicen trabajos con riesgo de exposición al amianto tiene que permitirse, únicamente, a las personas autorizadas. En el siguiente vídeo puedes conocer algunos de los productos químicos más utilizados en el sector de la construcción” (enlace: https://www.lineaprevencion.com/recursos/productos-quimicos-en-la-construccion) ● Contaminantes biológicos En cuanto a los riesgos laborales derivados de la presencia de agentes biológicos, aunque a priori su identificación en las obras de construcción no resulta significativa, hay que tener en cuenta que los trabajadores pueden estar expuestos a este tipo de agentes de forma involuntaria, habitual o esporádica durante la realización de determinadas actividades, tales como: movimiento de tierras, demolición y rehabilitación, conservación de carreteras, trabajos subterráneos y tareas susceptibles de provocar cortes o heridas. Se definen como agentes biológicos aquellos microorganismos, incluidos los genéticamente modificados, cultivos celulares y endoparásitos humanos, susceptibles de originar cualquier tipo de infección, alergia o toxicidad. Una clasificación básica de estos contaminantes, según sus características, los divide en cinco grupos: ○ Virus: son la forma más simple de vida. Para reproducirse deben penetrar en algún ser vivo. Por ejemplo, la rabia. ○ Bacterias: organismos más complejos que los virus y que, a diferencia de ellos, pueden vivir fuera de un ser vivo. Por ejemplo, el tétanos. ○ Protozoos: organismos unicelulares con ciclo vital complejo, que necesitan de varios receptores para completar su desarrollo. Por ejemplo, la amebiasis y toxoplasmosis. ○ Hongos: son formas de vida de carácter vegetal cuyo hábitat natural es el suelo, pero se pueden convertir en parásitos de animales y vegetales. Por ejemplo, la candidiasis. ○ Gusanos: son organismos animales que penetran en el ser humano por diferentes vías y que, en algunos seres, viven temporalmente, inoculando toxinas, producen alergias respiratorias y de contacto. Además, en función del riesgo de infección, el Real Decreto 664/1997, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos durante el trabajo, los clasifica en cuatro grupos: Grupo 1: resulta poco probable que cause una enfermedad en el hombre. Grupo 2: puede causar una enfermedad y constituir un peligro para los trabajadores, siendo poco probable que se propague a la colectividad y existiendo, generalmente, profilaxis o tratamiento eficaz.
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BLOQUE III. Módulo 10 Grupo 3: puede causar una enfermedad grave y constituir un grave peligro para los trabajadores con riesgo de que se propague a la colectividad y existiendo, generalmente, una profilaxis o tratamiento eficaz. Grupo 4: provocan una enfermedad grave y constituyen un grave peligro para los trabajadores, con muchas probabilidades de que se propague a la colectividad y sin que exista, generalmente, una profilaxis o un tratamiento eficaz. La entrada de los agentes biológicos en el ser humano puede producirse a través de la piel, de las heridas causadas por cortes o pinchazos con materiales, equipos o herramientas contaminados o por mordeduras, picaduras y arañazos de animales o insectos. En otras ocasiones, el agente biológico puede penetrar por las vías respiratorias al ser inhalado a través de la nariz o la boca. Los riesgos derivados de la exposición a agentes biológicos se identifican, principalmente, en aquellas actividades en las que, por sus características, la presencia de dichos agentes en el lugar de trabajo es inevitable. En las obras de construcción, aunque, a priori, la identificación de riesgos derivados por la presencia de agentes biológicos no es significativa, los trabajadores pueden estar expuestos a este tipo de agente durante la realización de determinadas actividades en lugares con presencia de microorganismos susceptibles de originar infección, alergia o toxicidad, tales como: movimiento de tierras, trabajos subterráneos, tareas de demolición y de rehabilitación, cierre de vertederos y conservación de carreteras, por la posible presencia de animales e insectos y, especialmente, en los trabajos susceptibles de provocar cortes y heridas (por el uso de herramientas o materiales con capacidad de corte). Así, una de las peores consecuencias de cualquier corte, mordedura u otro tipo de herida, incluso pequeña, es la infección por tétanos. Puede desarrollarse días o incluso semanas después de producirse la herida, dando lugar a rigidez de los músculos de la mandíbula y de otros músculos, o incluso convulsiones e incapacidad para respirar. La bacteria del tétanos, con carácter general, se encuentra en el suelo, pero puede estar prácticamente en cualquier sitio. Si sus esporas penetran en una herida más allá del alcance del oxígeno, germinan y producen una toxina que interfiere con los nervios que controlan los músculos. Una infección de tétanos es seria y puede acabar en la muerte, si no se ha inmunizado el trabajador previamente. Este riesgo ha de ser tenido en cuenta en los programas de prevención de las empresas. Por tanto, la inmunización activa o la vacunación de los trabajadores potencialmente expuestos es una de las posibles vías para la prevención de este tipo de patologías. En este sentido, el Real Decreto 664/1997 antes citado establece que, cuando la evaluación de riesgos demuestre la existencia de un riesgo para la seguridad y la salud de los trabajadores por exposición a agentes biológicos contra los que existan vacunas eficaces, el empresario deberá: ○ Ofrecer dicha vacunación, sin gasto alguno para los trabajadores. ○ Informar a los trabajadores de las ventajas e inconvenientes tanto de la vacunación, como de la no vacunación.
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BLOQUE III. Módulo 10 ○ Elaborar un certificado de vacunación, de forma opcional, que se expedirá al trabajador referido, excepto cuando así lo solicite la autoridad sanitaria, que será de carácter obligatorio. El ofrecimiento al trabajador de la medida correspondiente y su aceptación de la misma deberán constar por escrito. Se acompaña recordatorio – resumen.
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10.1. RIESGOS Y MEDIDAS PREVENTIVAS RELACIONADAS CON EL MEDIO AMBIENTE DE TRABAJO EN LAS OBRAS DE CONSTRUCCIÓN – HIGIENE INDUSTRIAL.
10.2. ERGONOMÍA Y PSICOSOCIOLOGÍA APLICADA 10.3. CRITERIOS PARA LA VIGILANCIA DE LA SALUD
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BLOQUE III. Módulo 10 10.2. ERGONOMÍA Y PSICOSOCIOLOGÍA APLICADA. La ergonomía y la psicosociología aplicada así como la medicina en el trabajo son especialidades preventivas que, junto con la seguridad en el trabajo y la higiene industrial, conforman el carácter multidisciplinar de la denominada seguridad y salud laboral. La ergonomía y la psicología aplicada están constituidas por un conjunto de técnicas de carácter multidisciplinar que tienen por objeto la adecuación de las exigencias o demandas físicas, mentales y sociales de las tareas a las correspondientes capacidades de los trabajadores.
● Ergonomía La ergonomía persigue, principalmente, equilibrar las exigencias de las tareas con las capacidades físicas de los trabajadores.
El término ergonomía (que proviene de las palabras griegas ergon trabajo y nomos ley o norma) ha generado múltiples definiciones, aunque quizá la más acertada y la que aglutina buena parte de las mismas es la facilitada por la Asociación Española de Ergonomía (AEE) que define la ergonomía como: “ciencia aplicada de carácter multidisciplinar que tiene como finalidad la adecuación de los productos, sistemas y entornos artificiales a las características, limitaciones y necesidades de sus usuarios, para optimizar su eficacia, seguridad y confort”. Sobre la base de esta definición, se puede afirmar que la ergonomía tiene como objetivo fundamental mejorar la calidad de vida del trabajador y, por extensión, mejorar la productividad de la empresa, incremento que se produce por una mayor efectividad del trabajador en su trabajo generado por un mayor estado de bienestar laboral. El siguiente cuadro ilustra este extremo: Objetivo de la Ergonomía:
Un incremento continuo de la calidad de vida del trabajador, junto con un incremento de su seguridad laboral, de su bienestar general y de su eficacia en el trabajo, proporciona una mejora sustancial de la
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BLOQUE III. Módulo 10 productividad, principio cada vez más asumido por las empresas, según el cual trabajar en condiciones óptimas implica trabajar a gusto. Esta situación supone un beneficio tanto para el trabajador, como para la organización. La actuación ergonómica está fundamentalmente orientada a ajustar las exigencias de las tareas y del puesto de trabajo a las necesidades y capacidades de los trabajadores respecto a las dimensiones tecnológicas, físicas, psicológicas y de organización del trabajo.
Por lo tanto, la ergonomía comprende un conjunto de técnicas cuyo fin es adecuar el puesto de trabajo a las características de la persona, con el objetivo de conseguir la máxima eficiencia, seguridad y confort, dado que parte del principio fundamental de que no todas las personas son iguales y, ya que es imposible cambiar las características individuales de cada trabajador, resulta necesario intervenir sobre aquellas en las que sí se puede actuar, como, por ejemplo: la temperatura del entorno de trabajo, la carga física, los movimientos repetitivos, etc. Los principios básicos u objetivos de la ergonomía son los siguientes: ○ Seleccionar la tecnología más adecuada al personal disponible. ○ Controlar el entorno del puesto de trabajo. ○Detectar los riesgos de fatiga física y mental. ○ Analizar los puestos de trabajo para definir los objetivos de la formación. ○ Optimizar la interrelación de las personas disponibles y la tecnología utilizada. ○ Favorecer el interés de los trabajadores por la tarea y por el ambiente de trabajo.
son:
Los aspectos ergonómicos a tener en cuenta a la hora de diseñar un determinado puesto de trabajo
○ Las dimensiones corporales: posturas, movimientos y esfuerzos corporales. ○ Los aspectos ambientales: – Dimensiones y distribución de la zona de trabajo.
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BLOQUE III. Módulo 10 – Temperatura, humedad y velocidad del aire. – Iluminación. – Ruidos y vibraciones. – Radiaciones electromagnéticas. ○ Los medios de señalización: representación y mando. ○ El proceso de trabajo: tiempos, pausas, contenidos de las tareas, autonomía, etc. ● Riesgos de tipo ergonómico Cuando se estudian los puestos de trabajo desde el punto de vista ergonómico pueden identificarse diferentes riesgos derivados de: ○ El diseño del puesto de trabajo: alturas de trabajo, espacio disponible, herramientas utilizadas, etc. ○ La carga física: posturas forzadas, movimientos repetitivos, manejo manual de cargas, fuerzas, etc. ○ La carga mental. ○ Las condiciones ambientales del puesto de trabajo: iluminación, ruido, temperatura, vibraciones, etc. Carga de trabajo La carga de trabajo se puede definir como el conjunto de “requerimientos psicofísicos a los que se ve sometido el trabajador a lo largo de su jornada laboral”. Tal y como queda reflejado en esta definición, la carga de trabajo se define sobre la base de dos aspectos: uno físico y otro psicológico, lo que significa que el establecimiento de una determinada carga de trabajo depende tanto de las exigencias físicas, como psicológicas que tenga el trabajador en ese momento. Íntimamente relacionada con la carga de trabajo se encuentra la fatiga, que es consecuencia de una carga de trabajo excesiva, ya sea física o mental o una combinación de ambas. Se puede definir la fatiga como la “disminución de la capacidad física y mental de un individuo que se da como consecuencia de haber realizado un trabajo durante un período de tiempo determinado”. Pese a que la sensación de fatiga tiene un carácter global, tanto física como mental, se suele distinguir, para su análisis, entre fatiga muscular o física y fatiga nerviosa o mental. Carga física La carga física de un determinado puesto de trabajo se determina evaluando el grado de requerimiento físico que implica una tarea productiva. Dentro de la carga física se pueden distinguir dos tipos de esfuerzos musculares, totalmente diferentes, que pueden generar diferentes daños en el trabajador en caso de sobreesfuerzo:
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BLOQUE III. Módulo 10 Esfuerzo muscular estático o carga estática. El trabajo muscular se califica de estático cuando la contracción de los músculos puestos en acción es continua y se mantiene durante un cierto período de tiempo. Esfuerzo muscular dinámico o carga dinámica. El trabajo dinámico produce una sucesión periódica de tensiones y relajamientos de los músculos de muy corta duración. La manipulación manual de cargas inadecuada es la principal causa de los denominados daños dorsolumbares (lumbalgias, pinzamientos, pubalgias, etc.). Estos daños pueden ocasionarse por sobreesfuerzo, como resultado de esfuerzos repetitivos, o como consecuencia de una mala manipulación.
son:
Otros factores de riesgo que están directamente relacionados con la aparición de este tipo de trauma ○ El empujar o tirar de cargas. ○ Las posturas inadecuadas y forzadas. ○ La vibración. Por ejemplo, para levantar correctamente cargas deben que seguirse las normas: • Apoyar los pies firmemente. • Separar los pies a una distancia aproximada de 50 cm uno del otro. Doblar la cadera y las rodillas para coger la carga. • Mantener la espalda recta. • Coger la carga manteniéndola lo más cerca del cuerpo, levantándolo gradualmente, estirando las piernas y manteniendo la espalda recta y la cabeza levantada. • La carga debe distribuirse, dentro de lo posible, entre las dos manos.
Una consecuencia directa de la carga física de trabajo es la fatiga física caracterizada, fundamentalmente, por: ○ Una bajada del ritmo de actividad del trabajador, ○ Un mayor cansancio, movimientos torpes e inseguros, etc. La consecuencia de esta fatiga se traduce en errores, fracasos, dudas y, lo que es más importante sobre todo en el sector de la construcción, en accidentes laborales. Además, si la fatiga se repite durante largos periodos de tiempo puede convertirse en una situación crónica, es decir, no solo se siente durante o después del trabajo, sino que los síntomas se convierten en permanentes. Los mismos son, entre otros, los siguientes: • Cansancio crónico. • Inestabilidad emocional. • Irritabilidad.
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BLOQUE III. Módulo 10 • Ansiedad. • Estados depresivos. • Alteraciones del sueño. • Astenia. • Alteraciones cardiacas. • Algias o dolores. • Dolores de cabeza. • Problemas digestivos, etc. Carga mental Tal y como ya se ha comentado, el trabajo conlleva siempre exigencias físicas y mentales, pero para favorecer un análisis adecuado, se diferencia entre el trabajo físico del trabajo mental, según el tipo de actividad que predomine. En este sentido, si el trabajo implica un mayor esfuerzo intelectual, se habla de “carga mental”. El grado de carga mental depende, primordialmente, de la cantidad de información que el individuo recibe y a la cual debe dar respuesta, proceso que sigue el siguiente esquema: 1. Recepción de la información. 2. Procesamiento de la información. 3. Emisión de la respuesta. Si los requerimientos mentales de la tarea superan los del trabajador que la realiza (demasiada información, poco tiempo para procesarla, desconocimiento de cómo hacerlo, etc.) puede sobrevenir al sujeto una carga mental excesiva. La consecuencia directa de un exceso o defecto de carga mental es la fatiga mental, manifestación que se puede producir de tres formas diferenciadas: ○ Sobrecarga cuantitativa: cuando hay demasiado que hacer (en cuanto a cantidad). Ejemplo: muchas operaciones en poco tiempo. ○ Sobrecarga cualitativa: las demandas intelectuales o mentales en relación con los conocimientos y habilidades del trabajador son excesivas. ○ Infracarga: cuando las tareas están muy por debajo de la cualificación profesional del que desarrolla la tarea. La fatiga mental se caracteriza fundamentalmente por: Dispersión de la atención, disminución de la percepción y de la interpretación de las sensaciones. Disminución de la capacidad de observación y de juicio. Lentitud en el proceso de pensamiento.
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BLOQUE III. Módulo 10 Aumento de los tiempos de reacción. Dificultades crecientes en la expresión clara y metódica oral y escrita. Disminución del rendimiento del trabajo. Las consecuencias se observarán en trastornos del comportamiento o psicosomáticos, tales como: ○ Falta de rendimiento. ○ Estrés. ○ Insomnio. ○ Pérdida de apetito. ○ Dolores de cabeza, etc. La carga mental es también objeto de la psicosociología aplicada. Jornada de trabajo Una determinada organización de la jornada de trabajo puede tener efectos negativos en la salud del trabajador, dado que el trabajo supone un gasto de energía que se debe recuperar con un adecuado descanso. Asimismo, es necesario que el trabajador pueda conjugar el propio trabajo con su vida privada, ya que, si no es así, se produce un desequilibrio entre la vida laboral y personal del individuo que puede ser perjudicial física, psíquica y socialmente. Son particularmente negativos los efectos sobre la salud que tienen los trabajos nocturnos o en turnos rotativos. En ambos casos, tanto el trabajo de noche como una inadecuada turnicidad, pueden provocar una alteración del equilibrio biológico y social (alteración de los ritmos biológicos de vigilia-sueño y alimentación, de las relaciones familiares y sociales, etc.) que puede derivar en: ○ Problemas fisiológicos: – Insomnio. – Fatiga. – Trastornos digestivos. – Trastornos cardiovasculares. ○ Problemas psicológicos y sociales: – Aislamiento progresivo. – Irritabilidad. – Crisis conyugales.
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BLOQUE III. Módulo 10 – Absentismo, etc. Movimientos repetitivos El trabajo repetitivo, fundamentalmente el realizado con el sistema denominado de mano-muñeca, también es un problema íntimamente relacionado con la carga física de trabajo. Los microtraumatismos por movimientos repetitivos son bastante frecuentes y los daños presentan más o menos gravedad: ○ Alteraciones de los tejidos, tendones y nervios de la mano y muñeca (por ejemplo, síndrome del túnel carpiano). ○ Tendinitis varias. ○ Etc. Los factores de riesgo que se asocian a este tipo de daños son los siguientes: Mantenimiento de posturas forzadas de muñeca o de hombros. Aplicación de una fuerza manual excesiva. Ciclos de trabajo muy repetitivos, dando lugar a movimientos rápidos de pequeños grupos musculares o tendinosos. Tiempos de descanso insuficientes. Entorno de trabajo El propio entorno donde el trabajador ejecuta su tarea puede ser generador de distintos factores de riesgo de tipo ergonómico. En este sentido, a la hora de diseñar un puesto de trabajo bajo consideraciones ergonómicas, se han de tener en cuenta los siguientes aspectos: ○ La relación entre las personas y las condiciones geométricas del puesto de trabajo. ○ Los factores ambientales: – Térmicos (temperatura, humedad/ velocidad del aire, etc.). – Visuales (características cromáticas, iluminación, mandos, señales, etc.). – Acústicos (ruido, música ambiental, etc.). – Mecánicos (máquinas y herramientas). – Electromagnéticos (radiaciones ionizantes y no ionizantes). – Atmosféricos (contaminantes químicos y biológicos, calidad del aire interior).
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BLOQUE III. Módulo 10 ○ Los tiempos de trabajo (horarios de trabajo, turnos, ritmos de trabajo, organización de pausas y descansos, etc.)
● La ergonomía aplicada al sector de la construcción Son varios los aspectos que son necesarios contemplar para conseguir que la ergonomía constituya una herramienta útil para la mejora de las condiciones de trabajo, no solo en el sector de la construcción, sino en el resto de los sectores productivos: ○ Características intrínsecas de las empresas y sus trabajadores. ○ Sistemas productivos y métodos de trabajo. ○ Elementos constructivos y auxiliares normalizados. ○ Equipos de trabajo, herramientas y medios auxiliares. En el sector de la construcción es compleja la implantación de medidas de tipo ergonómico, fundamentalmente, por dos razones: ○ Dada la alta siniestralidad de la actividad, se prioriza la implantación de la seguridad laboral por encima de otro tipo de disciplinas preventivas. ○ Las características propias de la actividad constructiva dificultan la introducción de criterios ergonómicos en la organización del sistema productivo, dado que, por un lado, las obras son temporales, y por otro, existen aspectos ergonómicos cuya aplicación en la construcción es prácticamente inviable (por ejemplo, el diseño antropométrico del puesto de trabajo de un albañil que realiza numerosas tareas distintas con la adopción de posturas y la utilización de herramientas diversas). A pesar de estas dificultades, la ergonomía se tiene que aplicar y de hecho se aplica en varios aspectos fundamentales de las actividades de construcción. Manipulación manual de cargas La manipulación de materiales constituye un proceso crucial en la construcción, operación en la que, a pesar de la maquinaria utilizada, como los aparatos elevadores y los manipuladores mecánicos, intervienen los trabajadores de forma directa en multitud de ocasiones. En este caso, se ha de tener el cuenta el cumplimiento del Real Decreto 487/1997, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la manipulación manual de cargas que entrañe riesgos, en particular dorsolumbares, así como las recomendaciones indicadas en su Guía técnica elaborada por el Instituto Nacional de Seguridad e Higienes en el Trabajo. Por otra parte, en muchas ocasiones los trabajadores tienen que manejar materiales o elementos cuyo peso no supera lo técnicamente recomendable, pero que han de manipularlos en posiciones difíciles. Información sobre “Manejo manual de cargas” en el siguiente vídeo: https://youtu.be/ge4aXb54Brw Herramientas
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BLOQUE III. Módulo 10 En el sector de la construcción se utilizan multitud de herramientas en las que se aplican criterios ergonómicos para su diseño y fabricación. Es obligación del fabricante realizar su diseño teniendo en cuenta los siguientes aspectos: peso, transmisión de vibraciones, empuñaduras, dimensiones, etc. Por su parte, el empresario las seleccionará según los criterios anteriormente descritos. Por último, el trabajador ha de realizar un buen uso y mantenimiento de las mismas, procurando cuidar sus características ergonómicas y funcionales originales. Si las herramientas empleadas no cumplen unas disposiciones ergonómicas mínimas, se pueden producir daños, fundamentalmente en manos, muñecas y extremidades, en forma de microtraumatismos, trastornos musculoesqueléticos etc. Vehículos y maquinaria Un campo de aplicación importante de la ergonomía en el sector de la construcción lo constituye la adaptación al operador de los distintos sistemas de mando y posicionamiento de los vehículos y de la maquinaria automóvil. El objetivo de esta adaptación es, fundamentalmente, el de evitar lesiones y el de mejorar el rendimiento en la conducción, teniendo en cuenta las dimensiones corporales. Tanto el asiento, como los mandos, se proyectan procurando obtener la postura más idónea: ○ El asiento será ajustable a las características del operador, previendo el espacio suficiente para los movimientos del cuerpo y contando con elementos antivibratorios. ○ Todos los mandos estarán situados en la zona de alcance funcional del operador, facilitando posturas confortables de trabajo. ○ La empuñadura de los mandos estará adaptada a la anatomía funcional de la mano. Accede al “Banco de experiencias ergonómicas en el sector de la construcción” a través del siguiente enlace: https://ergonomia.lineaprevencion.com/
● Medidas preventivas En general, a la hora de implantar medidas preventivas de tipo ergonómico en un determinado puesto de trabajo se deben tener en cuenta las siguientes variables: ○ Relacionadas con la propia organización: – Tipo de empresa. – Ritmo de trabajo. – Carga mental. – Sistema productivo. – Etc. ○ Relativas a la tarea y a los equipos:
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BLOQUE III. Módulo 10 – Carga física. – Posturas. – Tipos y velocidad de los movimientos. – Herramientas utilizadas. – Superficie de trabajo. – Etc. ○ Antropométricas e individuales: – Tareas extralaborales. – Dimensiones antropométricas y características personales de los trabajadores (edad, sexo, peso, etc.) – Relación con su puesto de trabajo. ○ Ambientales: – Temperatura. – Ruido. – Iluminación. – Etc. En las siguientes tablas se indican una serie de medidas preventivas de aplicación frente a los riesgos de naturaleza ergonómica:
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Accede al “Manual de ergonomía en la construcción” a través del siguiente https://www.lineaprevencion.com/uploads/lineaprevencion/contenidos/files/arch6063152147285.pdf
A continuación se acompañan tablas resúmenes de los principales conceptos de la ergonomía.
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● Psicosociología aplicada
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BLOQUE III. Módulo 10 En cuanto a la psicosociología aplicada, cabe circunscribir su campo de actuación a la prevención de los riesgos derivados de los aspectos organizativos del trabajo. En ellas se estudian las relaciones del trabajador con su trabajo, la empresa, los mandos, otros trabajadores, etc. para asegurar un nivel óptimo de confort psicológico y social. La necesidad de considerar los factores ergonómicos y psicosociales en el diseño de los puestos de trabajo está claramente recogida en los puntos d) y g) del artículo 15 “Principios de la acción preventiva” de la Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales: “d) Adaptar el trabajo a la persona, en particular en lo que respecta a la concepción de los puestos de trabajo, así como a la elección de los equipos y los métodos de trabajo y de producción, con miras, en particular a adecuar el trabajo monótono y repetitivo y a reducir los efectos del mismo en la salud”. “g) Planificar la prevención, buscando un conjunto coherente que integra en ella la técnica, la organización del trabajo, las condiciones de trabajo, las relaciones sociales y la influencia de los factores ambientales en el trabajo”. La Organización Internacional del Trabajo (OIT) define los factores psicosociales como “las interacciones entre las condiciones de trabajo y las capacidades, necesidades y expectativas de los trabajadores que están influenciadas por las costumbres, cultura y por las condiciones personales fuera del trabajo”. Asimismo, la Agencia Europea de Salud y Seguridad en el Trabajo entiende por factor de riesgo de origen psicosocial: “todo aspecto de la concepción, organización y gestión del trabajo así como de su contexto social y ambiental que tiene la potencialidad de causar daños físicos, sociales o psicológicos en los trabajadores”. Es decir, los factores de riesgo psicosociales son aquellas condiciones presentes en una situación laboral directamente relacionadas con la organización y el contenido del trabajo y la realización de la tarea, y que se presentan con capacidad para influir significativamente en la generación de riesgos para la seguridad y la salud del trabajador. De esta definición se deducen dos grupos diferenciados de factores psicosociales: ○ Inherentes a la organización del trabajo. ○ Inherentes a la tarea. La complejidad de los factores psicosociales viene dada porque, a estas variables del entorno laboral, hay que añadir el conjunto de las percepciones y experiencias del trabajador que actúan como mediadores (factores inherentes a las características individuales). Es decir, en el trabajador se conjugan, como factores de riesgo psicosociales, la organización del trabajo, las características individuales del propio trabajador y las de la tarea encomendada. Los riesgos de tipo psicosocial han emergido en los últimos años de forma más sensible a la luz pública, fundamentalmente gracias a fenómenos como el mobbing (acoso psicológico en el trabajo) o el estrés. Es cierto que los riesgos psicosociales siempre han estado ahí, lo que sucede es que han permanecido ocultos tras los de tipo físico, químico o biológico y los de naturaleza ergonómica. Riesgos que son mucho más evidentes, con consecuencias generalmente más drásticas y, por lo tanto, han suscitado tradicionalmente una mayor preocupación y atención profesional. Pero debido a su frecuencia, los daños derivados de los riesgos psicosociales ocupan actualmente un lugar muy destacado entre los problemas de salud que sufren los trabajadores; dificultades que aquejan, no sólo al afectado, sino también, de un modo colateral, a su familia y entorno. Esta situación, unida a los enormes
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BLOQUE III. Módulo 10 costes que supone para las empresas, derivados fundamentalmente de las bajas laborales, ponen de actualidad a los riesgos psicosociales. Así, por ejemplo, únicamente los trastornos depresivos y el estrés se han convertido en uno de los mayores motivos de preocupación por parte de las personas, las empresas y la Seguridad Social. ● Factores de riesgo inherentes a la organización del trabajo Cuando se habla de riesgos inherentes a la organización se hace referencia a una serie de factores relacionados con la propia estructura de la organización de trabajo, con las características de la empresa y con las del empleo, etc. Estos factores son de tipo laboral, externos al propio sujeto, es decir, el trabajador, con carácter general, no puede influir directamente en su cambio. Estructura de la organización Una determinada estructura organizativa puede ser generadora de problemas psicosociales, entre otras, por las siguientes variables: ○ Falta de definición de competencias. ○ Estructura organizativa muy jerarquizada. ○ Falta de canales de comunicación e información interna. ○ Deficientes o escasas relaciones personales. ○ Falta de desarrollo profesional. ○ Estilo de mando excesivamente directivo. Características del empleo y de la empresa Las características propias de las empresas y las condiciones del empleo también pueden ser generadoras de problemas de tipo psicosocial: ○ Del empleo: – Diseño del lugar de trabajo (posturas de trabajo incómodas, movimientos repetitivos). – Condiciones salariales poco favorables. – Falta de estabilidad en el empleo. – Condiciones físicas del trabajo (ruido, temperaturas extremas, iluminación inadecuada, etc.). ○ De la empresa: – Tamaño. – Actividad de la empresa. – Deficiente ubicación geográfica. – Deficiente imagen social.
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BLOQUE III. Módulo 10 Organización del tiempo de trabajo Por último, una importante fuente generadora de problemas psicosociales es la inadecuada organización del tiempo o la jornada de trabajo. Por ejemplo: ○ Larga duración de la jornada de trabajo y tipo de jornada. ○ Deficiente organización de las pausas de trabajo o inexistencia de las mismas. ○ Obligatoriedad de trabajar en días festivos. ○ Obligatoriedad de trabajar a turnos o por la noche
● Factores de riesgo inherentes a las características de la tarea Los factores de riesgo inherentes a la tarea son aquellos relacionados íntimamente con el trabajo o labor cotidiana que debe desarrollar el trabajador. Como en el caso de los factores de riesgo inherentes a la organización del trabajo, éstos son también de tipo externo: ○ Cantidad de trabajo: factor íntimamente ligado con la carga de trabajo que, como se ha visto anteriormente, puede ser de tipo cualitativo (cuando el trabajo es demasiado complejo) o cuantitativo (cuando hay demasiado que hacer). ○ Sencillez/complejidad: cuando las capacidades son mayores que la tarea que hay que desarrollar (infracarga) o cuando es demasiado compleja para las aptitudes concretas (carga de trabajo cualitativa). ○ Monotonía/repetitividad: cuando el trabajo a realizar es demasiado monótono o repetitivo a lo largo de la jornada de trabajo. ○ Automatización: cuando el trabajo a desarrollar se encuentra demasiado automatizado dentro del sistema productivo de la empresa. ○ Ritmo de trabajo: cuando el ritmo de trabajo es habitualmente muy lento (aburrimiento) o muy rápido (agobio). ○ Precisión: cuando el trabajo desarrollado requiere un alto grado de precisión y, por lo tanto, de atención continua del trabajador. ○ Responsabilidad: cuando la tarea a desarrollar requiere mucha responsabilidad y, por lo tanto, la toma de decisiones complicadas o, en cambio, la responsabilidad del trabajador en el desarrollo de su tarea es nula. ○ Desarrollo de aptitudes: cuando la tarea a realizar no supone para el trabajador ningún tipo de desarrollo profesional y personal. ○ Iniciativa/autonomía: cuando existe la imposibilidad de tener iniciativa o autonomía en el trabajo. ○ Formación requerida: cuando la formación necesaria para desarrollar una determinada tarea es mayor que la propia. ○ Prestigio social de la tarea en la empresa: cuando la tarea desarrollada por el trabajador tiene poco o nulo prestigio y reconocimiento en la empresa en la que se desarrolla.
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BLOQUE III. Módulo 10 ● Factores de riesgo inherentes a las características individuales del propio sujeto Las características individuales son aquellas propias de cada sujeto (internas) y son aspectos que van a condicionar la respuesta que dé el trabajador a los factores externos descritos anteriormente. Características individuales como la edad, la personalidad, la experiencia, los valores, etc., van a influir en cómo responde el trabajador a problemas derivados de, por ejemplo, una deficiente comunicación interna en su empresa o una toma de decisiones determinada.
Características individuales del trabajador ● Consecuencias de los factores psicosociales Está ampliamente documentado que los factores psicosociales nocivos tienen capacidad para afectar la salud del trabajador y manifestarse sobre diferentes ámbitos de su vida. La nocividad de un factor psicosocial depende en gran medida de cómo se enfrenta el sujeto a su entorno laboral así como de su capacidad de adaptación a las influencias psicosociales externas.
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Ejemplos de los efectos negativos más evidentes de los factores psicosociales nocivos sobre el trabajador son la insatisfacción laboral, el estrés, el burnout y la depresión.
Insatisfacción laboral La satisfacción laboral se define como la actitud que tiene el trabajador frente a su propio trabajo, sobre la base de las creencias y valores que el trabajador desarrolla ante su empleo. Las diferentes actitudes se determinan en función de las características actuales de su puesto y de las percepciones que él tiene sobre cómo “tendría que ser” ese puesto. De este modo, la insatisfacción laboral se produce cuando existe una inadecuación y falta de acomodación entre las características del puesto de trabajo y los deseos, aspiraciones, expectativas o necesidades del trabajador. Es decir, cuando existe un desequilibrio entre lo “que es” su trabajo y lo que percibe el trabajador que “tendría que ser”. El grado de satisfacción en el trabajo es muy importante ya que, además de señalar la actitud del individuo frente al trabajo o respecto a algunos aspectos concretos del mismo, sirve para predecir comportamientos y otras actitudes del trabajador. La insatisfacción de cada persona puede contribuir involuntariamente a deteriorar la imagen de la empresa, la calidad de sus productos y servicios e influir en el crecimiento y el desarrollo organizacional, pudiendo provocar incluso un descenso de los niveles de productividad y calidad. Por lo tanto, es un problema de origen psicosocial a tener muy en cuenta en la organización de las empresas. La insatisfacción laboral también se relaciona con cierta sintomatología física y psíquica asociada al estrés, la depresión, el absentismo, el presentismo, etc.
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BLOQUE III. Módulo 10 Estrés Básicamente, el estrés es la respuesta que da el cuerpo humano ante las situaciones que nos resultan amenazadoras o desafiantes. La vida y el entorno, en constante cambio, nos exigen continuas adaptaciones al mismo. Por ello, cierta cantidad de estrés es necesaria y, algunas veces, incluso beneficiosa. El estrés se vuelve pernicioso cuando en el intento de dominar la situación estresora (el estresor es el estímulo o situación que provoca la respuesta de estrés) se corre el peligro de que los recursos de la persona para afrontar el problema o los problemas se vean superados y no sea capaz de adaptarse a la nueva situación, momento en el cual la persona se puede ver afectada física, psíquica o socialmente. En el contexto laboral, el estrés consiste en una serie de procesos en los que se produce un desajuste entre las demandas del trabajo y las propias capacidades y habilidades de la persona para responder a tales demandas.
Existen una serie de síntomas y signos relacionados con el estrés que pueden ayudar a reconocer que una persona está padeciendo este síndrome:
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BLOQUE III. Módulo 10 Burnout Un tipo especial de estrés que en los últimos años está teniendo una gran incidencia, es el denominado burnout o síndrome del “estar quemado” en el trabajo. El burnout se ha identificado como característico de los trabajos de “servicios humanos” (relación continua de ayuda hacia el cliente, paciente, alumno, etc.), personal sanitario, profesores, asistentes sociales, psiquiatras, psicólogos, policías, etc. Por esta razón, una de las características propias del síndrome es el “desgaste emocional” que dicha interacción va produciendo en el trabajador. La definición de burnout más aceptada actualmente es la de “un síndrome tridimensional caracterizado por agotamiento emocional, despersonalización y reducida realización personal”. ○ Agotamiento emocional: sensaciones de sobreesfuerzo físico y hastío emocional producidas como consecuencia de las continuas interacciones que los trabajadores deben mantener entre ellos y con los clientes. ○ Despersonalización: desarrollo de actitudes y respuestas cínicas hacia las personas a quienes los trabajadores prestan sus servicios. ○ Reducida realización personal: la pérdida de confianza en la realización personal y la presencia de un negativo autoconcepto como resultado, muchas veces inadvertido, de las situaciones ingratas. Las consecuencias del burnout se traducen en problemas de tipo: Físico: cefaleas, dolores musculares, molestias gastrointestinales, insomnio, hipertensión. Psicológico: culpabilidad, baja tolerancia a la frustración, irritabilidad, ansiedad, deterioro de las interacciones personales. Organizacional: infracción de las normas, retrasos, disminución del rendimiento y del compromiso laboral. También el absentismo y el abandono del puesto. Depresión Fenómenos como el estrés, el acoso psicológico en el trabajo (mobbing), la insatisfacción en el trabajo, etc. pueden favorecer la aparición de una depresión en el trabajador. La depresión es una enfermedad muy frecuente. Se estima que cerca del 20% de las mujeres y del 10% de los varones sufrirán un trastorno depresivo en algún momento de su vida. Como es lógico, los problemas presentes en la población general también afectan al colectivo de los trabajadores. Diversos estudios han estimado que entre el 15% y el 30% de los trabajadores experimentará algún tipo de problema de salud mental durante su vida laboral. Asimismo, del mismo modo que puede causar gran malestar y sufrimiento, la depresión se asocia a un bajo rendimiento y a altas tasas de baja laboral, accidentes, así como a continuas sustituciones en el personal. Algunos síntomas particularmente evidentes de la depresión en el trabajo son los siguientes: ○ La lentitud y los errores frecuentes en el trabajo. ○ Dificultades en la concentración, con olvidos frecuentes. ○ Un inadecuado cumplimiento del horario.
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BLOQUE III. Módulo 10 ○ Una mayor frecuencia de ausencias o de abandono del puesto de trabajo por enfermedad. ○ Frecuentes discusiones y enfrentamientos con los compañeros de trabajo. ○ Ansiedad, irritabilidad, etc. ○ Hastío o aburrimiento crónico. La depresión puede, por lo tanto, tener importantes consecuencias sobre la capacidad del trabajador para desempeñar su actividad laboral de forma efectiva. Algunos trabajadores con depresión tienen incluso que abandonar su actividad laboral durante un tiempo a causa de la gravedad de sus síntomas. Por ello, resulta necesario identificar al trabajador depresivo para posibilitar una ayuda efectiva y reducir mucho sufrimiento innecesario.
● Medidas preventivas Es bastante complejo proponer medidas de prevención generalistas en el ámbito de la psicosociología de forma que sean válidas y eficaces para todas las empresas. La prevención de los riesgos psicosociales debe realizarse a la medida de cada empresa, dado que cada organización tiene una serie de características y peculiaridades propias. Aunque también es cierto que se pueden reflejar una serie de medidas preventivas comunes a la mayoría de las empresas y que deberían apoyarse en: ○ Adecuación de la carga y ritmo de trabajo a los trabajadores. ○ Fomento de estrategias de comunicación entre los distintos niveles jerárquicos. ○ Establecimiento de sistemas de resolución de conflictos. ○ Mejora de la motivación de las personas. ○ Facilitar la cohesión interna del grupo. ○ Potenciar la creatividad y las capacidades de los trabajadores. ○ Mejorar la calidad de las relaciones laborales. ○ Etc. El objetivo es, en definitiva, realizar una adecuada gestión preventiva, buscando el equilibrio más óptimo posible entre las condiciones de trabajo y el factor humano, con el fin de evitar la aparición de consecuencias nocivas, tanto sobre la salud del trabajador como sobre la organización. Se acompaña recordatorio-resumen.
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BLOQUE III- Módulo 10 OTRAS ESPECIALIDADES PREVENTIVAS
10.1. RIESGOS Y MEDIDAS PREVENTIVAS RELACIONADAS CON EL MEDIO AMBIENTE DE TRABAJO EN LAS OBRAS DE CONSTRUCCIÓN – HIGIENE INDUSTRIAL. 10.2. ERGONOMÍA Y PSICOSOCIOLOGÍA APLICADA
10.3. CRITERIOS PARA LA VIGILANCIA DE LA SALUD
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BLOQUE III. Módulo 10 10.3. CRITERIOS PARA LA VIGILANCIA DE LA SALUD. Para la consecución de sus objetivos, la medicina del trabajo debe coordinarse con el resto de técnicas preventivas, con el fin de llegar al conocimiento exhaustivo de las condiciones de trabajo, determinar el origen del daño, e intervenir de manera solidaria en su prevención. Entre las actuaciones por medio de las cuales se materializa la acción preventiva de la medicina del trabajo destacan las siguientes: vigilancia de la salud y promoción de la salud. Básicamente las actividades de vigilancia de la salud de los trabajadores abarcan los siguientes ámbitos: ○ Recoger y analizar datos de forma continuada y protocolizada, realizando un seguimiento de los indicadores de salud individuales y colectivos en la población expuesta a riesgos laborales. ○ Identificar y medir problemas, producir información sobre casos mediante su detección precoz y diagnóstico a efectos preventivos, o bien a través de la evaluación biológica de la exposición. ○ Analizar los casos existentes lo más precozmente posible, para estudiar las medidas preventivas conducentes a evitar la aparición de nuevos casos. ○ Evaluar tanto el propio proceso de vigilancia y sus resultados, como la eficacia y la efectividad de los programas y políticas preventivas (investigación de daños). La vigilancia de la salud, aunque es una actividad propia del ámbito de la medicina del trabajo, implica una relación de interacción y complementariedad multidisciplinar con el resto de especialidades preventivas. En este sentido, necesita nutrirse de informaciones producidas por otros especialistas y aporta, a su vez, los resultados de su actividad específica al ámbito interdisciplinar de la evaluación de riesgos y la planificación de la prevención. ● Protocolos médicos Por lo que se refiere al ámbito individual de la vigilancia de la salud, el vigente marco normativo en materia de prevención de riesgos laborales supone, entre otras cuestiones, un cambio profundo en la práctica de los reconocimientos médicos que se realizan a los trabajadores. De ser exámenes médicos inespecíficos, cercanos a los clásicos chequeos de carácter preventivo general, han de pasar a ser periódicos, específicos frente a los riesgos derivados del trabajo, con el consentimiento informado del trabajador, y no deben ser utilizados con fines discriminatorios. A tal fin, los protocolos médicos representan guías de actuación dirigidas a los profesionales sanitarios encargados de la vigilancia de la salud de los trabajadores y son, por fuerza, generales. Como parte del plan de prevención de riesgos laborales de la empresa, en función de los resultados de la evaluación de riesgos y de las características individuales de los trabajadores expuestos a ellos, deberá planificarse el programa de vigilancia de la salud de esa empresa. Es en ese marco donde el profesional sanitario ha de adaptar estos protocolos a esos trabajadores concretos que tutela desde el servicio de prevención (propio, mancomunado o ajeno) en el que desarrolla su actividad. La información generada por ellos debe ser analizada con criterios epidemiológicos así como en colaboración con el resto de componentes del equipo interdisciplinar con el objetivo de mejorar las condiciones
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BLOQUE III. Módulo 10 de trabajo. Parte de ella alimentará el “sistema de información sanitaria en salud laboral”, tal y como se establece en el Reglamento de los Servicios de Prevención (Real Decreto 39/1997). La Ley de Prevención de Riesgos Laborales, en su artículo 10, encomienda a la autoridad sanitaria, entre otras: “el establecimiento de medios adecuados para la evaluación y control de las actuaciones de carácter sanitario que se realicen en las empresas por los servicios de prevención actuantes. Para ello, establecerán las pautas y protocolos de actuación, oídas las sociedades científicas, a los que deberán someterse los citados servicios.” Por su parte, el artículo 37.3.c del Reglamento de los Servicios de Prevención (Real Decreto 39/1997) establece que “la vigilancia de la salud estará sometida a protocolos específicos u otros medios existentes con respecto a los factores de riesgo a los que esté expuesto el trabajador”. El ministerio con competencias en el ámbito de la sanidad publicará, en su sitio web, protocolos de vigilancia sanitaria específica de los trabajadores, tales como: ○ Agentes anestésicos inhalatorios. ○ Agentes biológicos. ○ Agentes citostáticos. ○ Alveolitis alérgica extrínseca. ○ Amianto. ○ Asma laboral. ○ Cloruro de vinilo monómero. ○ Dermatosis laborales. ○ Manipulación manual de cargas. ○ Movimientos repetidos. ○ Neuropatías. ○ Óxido de etileno. ○ Pantallas de visualización de datos. ○ Plaguicidas. ○ Plomo. ○ Posturas forzadas. ○ Radiaciones ionizantes. ○ Ruido. ○ Silicosis y otras neumoconiosis. En el vigente Convenio General del Sector de la Construcción se establece que en los reconocimientos médicos que se realicen a los trabajadores sujetos al mismo serán de obligado cumplimiento los protocolos médicos editados por el ministerio con competencias en materia sanitaria, de acuerdo a los riesgos específicos de cada puesto de trabajo.
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BLOQUE III. Módulo 10 ● Reconocimientos previos a la admisión, periódicos y específicos Cabe recordar que el empresario tiene que garantizar a los trabajadores la vigilancia periódica de su estado de salud en función de los riesgos inherentes al trabajo. Para llevar a cabo los reconocimientos médicos se requiere el consentimiento del trabajador. De este carácter voluntario sólo se exceptuarán, previo informe de los representantes de los trabajadores, los supuestos en los que la realización de los reconocimientos sea imprescindible para evaluar los efectos de las condiciones de trabajo sobre la salud de los trabajadores, o con el fin de verificar si el estado de salud del trabajador puede constituir un peligro para él mismo, para los demás trabajadores o para otras personas relacionadas con la empresa, o cuando así esté establecido en una disposición legal en relación con la protección de los riesgos específicos y actividades de especial peligrosidad. No obstante, en el sector de la construcción, el reconocimiento previo a la admisión es obligatorio por convenio. Así mismo, mediante lo establecido en el vigente Convenio General del Sector de la Construcción las partes acuerdan una serie de disposiciones acerca de la vigilancia y el control de la salud que son las contenidas en los siguientes apartados, sin perjuicio de cuantas obligaciones y criterios se especifican, en cuanto a la vigilancia de la salud, en el artículo 22 de la Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales: ○ La empresa garantizará a los trabajadores a su servicio la vigilancia de su estado de salud en función de los riesgos inherentes al puesto de trabajo, tanto en el momento previo a la admisión como con carácter periódico. ○ Los reconocimientos periódicos posteriores al de admisión serán de libre aceptación para el trabajador, si bien, a requerimiento de la empresa, deberá firmar la no aceptación cuando no desee someterse a dichos reconocimientos. No obstante, previo informe de la representación de los trabajadores, la empresa podrá establecer el carácter obligatorio del reconocimiento en los supuestos en los que sea imprescindible con el fin de evaluar los efectos de las condiciones de trabajo sobre la salud de los trabajadores, o para verificar si el estado de salud del trabajador puede constituir un peligro para el mismo, para los demás trabajadores o para otras personas relacionadas con la empresa. En particular, la vigilancia de la salud será obligatoria en todos aquellos trabajos de construcción en que existan riesgos por exposición a amianto, en los términos previstos en el Real Decreto 396/2006, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud aplicables a los trabajos con riesgo de exposición al amianto. ○ En ningún caso los costes de estos reconocimientos médicos podrán ser a cargo del trabajador y en los periódicos, además, los gastos de desplazamiento originados por los mismos serán a cuenta de la respectiva empresa, quién podrá concertar dichos reconocimientos con entidades que cuenten con personal sanitario con competencia técnica, formación y capacidad acreditada. Las funciones de vigilancia y control de la salud de los trabajadores serán desempeñadas por personal sanitario con competencia técnica, formación y capacidad acreditada. Los servicios de prevención que desarrollen funciones de vigilancia y control de la salud de los trabajadores deberán contar con un médico especialista en Medicina del Trabajo o diplomado en Medicina de Empresa y un A.T.S./D.U.E de empresa, sin perjuicio de la participación de otros profesionales sanitarios con competencia técnica, formación y capacidad acreditada.
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BLOQUE III. Módulo 10 ● Comunicación de resultados Las medidas de vigilancia y control de la salud de los trabajadores se llevarán a cabo respetando siempre el derecho a la intimidad y a la dignidad de la persona del trabajador así como la confidencialidad de toda la información relacionada con su estado de salud. Los resultados de la vigilancia a las que se refiere el apartado anterior, serán comunicados a los trabajadores afectados. Los datos relativos a la vigilancia de la salud de los trabajadores no podrán ser usados con fines discriminatorios ni en perjuicio de los mismos. El acceso a la información médica es de carácter personal y se limitará al personal médico y a las autoridades sanitarias que lleven a cabo la vigilancia de la salud de los trabajadores, sin que pueda facilitarse al empresario o a otras personas sin consentimiento expreso de cada uno de estos. No obstante, el empresario y las personas u órganos con responsabilidad en materia de prevención serán informados de las conclusiones que se deriven de los reconocimientos efectuados, en relación con la aptitud del trabajador para el desempeño del puesto de trabajo, o con la necesidad de introducir o mejorar las medidas de protección y prevención para que puedan desarrollar correctamente sus funciones en materia preventiva. Se acompaña resumen recordatorio.
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