Revista bienes raíces real estate 2017

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EDITORIAL

2017 . HOY ES EL RESULTADO DE nuestro propósito y lo creamos sosteniendo el foco e inteción en el Cliente. Año de cambios. Trabajamos como un Grupo en el que cada uno contribuye y En RE/MAX ONE tenemos una aporta lo mejor formando una perspectiva más amplia, visión compartida: SER EXCEhemos trabajado, estudiado, LENTES. experimentado y aprendido para la consolidación profesio- Somos un Grupo en EVOLUnal y así ofrecer el Mejor Servi- CION, y Usted es nuestra moticio como Asesores Inmobilia- vación. rios. Que este año sea para todos AYER

de crecimiento, aprendizaje, Gestamos día a día un trabajo consolidación, resultados y con la conciencia de que somos mucho Amor. Excelentes .Este año enfocamos

Índice

Actualidad Re/Max..............................................................3 - 4 Exclusivas Venta Apartamentos......................................5 - 8 Exclusivas Alquiler Apartamentos..................................9 -1 0 Requisitos y documentos para inquilinos ......................10 Exclusivas Venta/Alquiler Casas ...................................11 -12 Exclusivas en otras cuidades..........................................13 -15 Exclusivas Oficinas..............................................................16-17 Exclusivas Bodegas...................................................................18 Exclusivas lotes, fincas, edificios....................................19 -21 Donde debe invertir/La Dian anuncia mayores controles contra la evasión de impuesto.......................................21-23 Premiación Re/max 2016........................................................24

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Sueña, nosotros lo hacemos posible

DIRECTOR: Clemencia Medina EDITOR: Catalina Useche Rodriguez DISEÑO Y DIAGRAMACIÓN: Catalina Useche Rodrguez MERCADEO, PUBLICIDAD Y VENTAS: Maria Luz Mateus. EDICIÓN DIGITAL: Catalina Useche


actualidad re/max

INCREMENTO EN LOS CONTRATOS DE ARRIENDO DE INMUEBLES Con la divulgación del porcentaje de variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) del año 2016 por el Departamento Nacional de Estadística (DANE) [cifra 5.75%] pueden los arrendadores ajustar los precios del canon de arriendo teniéndose en cuenta las siguientes pautas: 1. No deben ajustarse contratos de arriendo que no lleven más de un (1) año de ejecución. En estos contratos, el ajuste se realiza al transcurrir dicho año. 2. Los precios del canon de arriendo de los contratos de arriendo destinados a vivienda pueden ajustarse hasta en un 100% de la variación del IPC [ hasta un 5.75% ], pero el precio resultante no puede exceder el 100% del valor comercial del inmueble, siendo éste valor, exactamente, el duplo del avalúo catastral vigente.

3. Los precios de los contratos de arriendo de inmuebles destinados a actividades comerciales, se ajustan según se haya pactado en los mismos, sin que legalmente existan restricciones o techos para tales ajustes.

NUEVO CÓDIGO NACIONAL DE POLICÍA ENTRA EN VIGENCIA EL 30 DE ENERO DE 2017 El próximo 30 de enero de 2017 entrará en vigencia el nuevo Código Nacional de Policía [para ver ingrese a este link http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley_1801_2016.html#1]. Entre los muchos aspectos, conductas y hechos que regula y prohíbe esta norma, resaltamos las siguientes que tienen impacto en la actividad inmobiliaria: La destinación del inmueble debe acatar las normas de uso de suelo y la destinación y/o restricción que contemplen los reglamentos de propiedad horizontal. Se castiga ejemplarmente arrendar o facilitar un inmueble contrariando las normas de uso de suelo, reglamentos de propiead horizontal o licencias de construcción. (cabe la responsabilidad de los agentes o corredores inmobiliarios por comercializar inmuebles en contravención a ésta norma). Se debe realizar mantenimiento a las fachadas de los inmuebles.

Se deben reparar oportunamente los daños ocasionados a la infraestructura de servicios públicos domiciliarios, cuando ello correspoznda al usuario. Las obras de construcción no pueden ejecutarse de 6 pm a 8 am, ni días festivos en zonas residenciales. Ocupar o propiciar indebidamente el espacio público. (inadecuado uso de pendones, vallas, dummies, globos y demás elementos de comercialización de inmuebles y/o servicios de sus oficinas). Ocupar o propiciar indebidamente el espacio público. (inadecuado uso de pendones, vallas, dummies, globos y demás elementos de comercialización de inmuebles y/o servicios de sus oficinas).

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Calendario Tributario Distrital

enero L

M M J

2 3 4 9 10 11 16 17 18 23 24 30 31 25

5 12 19 26

V 6 13 20 27

febrero S D 1 7 8 14 15 21 22 28 29

L 6 13 20 27

mayo L 1 8 15 22 29

M 2 9 16 23 30

M 3 10 17 24 31

J 4 11 18 25

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J 2 9 16 23

V 3 10 17 24

marzo S 4 11 18 25

D 5 12 19 26

S 3 10 17 24

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junio S 6 13 20 27

D 7 14 21 28

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M M J 1 6 7 8 13 14 15 20 21 22 27 28 29

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septiembre L

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2 3 4 9 10 11 16 17 18 23 24 30 31 25

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J 2 9 16 23 30

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abril S 4 11 18 25

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S 1 8 15 22 29

D 2 9 16 23 30

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octubre D 3 10 17 24

M M 1 7 8 14 15 21 22 28 29

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agosto

V 7 14 21 28

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noviembre S D 1 7 8 14 15 21 22 28 29

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Estas son las fechas para el pago de sus impuestos a Bogotá Pago por cuotas

Impuesto 10 % de descuento predial unificado Sin sanción

7 de abril* 16 de junio*

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Régimen común con pago bimestral

Impuesto de industria y comercio

Noviembre- Diciembre 2016 Enero - febrero Marzo - abril Mayo - junio Julio - agosto Septiembre - octubre Noviembre - diciembre

www.haciendabogota.gov.co contactenos@shd.gov.co

Declaración web para pago por cuotas Primera cuota Segunda cuota Tercera cuota Cuarta cuota

19 de enero 17 de marzo 19 de mayo 21 de julio 19 de septiembre 17 de noviembre 19 de enero de 2018

31 de marzo 12 de mayo 14 de julio 15 de septiembre 17 de noviembre

5 de mayo 23 de junio

Régimen común con pago anual

Para contribuyentes con declaraciones 2016 que no excedan los 391 UVT

Año gravable 2017

19 de enero de 2018

Régimen simplificado Año gravable 2016 Año gravable 2017

20 de febrero de 2017 19 de enero de 2018

Chat tributario en haciendabogota.gov.co Haciendabogota Línea 195

http://www.shd.gov.co/shd/calendario-tributario PÁG 4


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REQUISITOS Y DOCUMENTOS QUE LES EXIGEN A LOS INQUILINOS Para que una aseguradora o afianzadora estudie una solicitud de arriendo, los interesados deben contar con el aval de por lo menos un codeudor y presentar los certificados de ingresos, entre otras condiciones. Es importante tener claro que estas compañías cuentan con departamentos técnicos e investigativos especializados en el estudio de la capacidad de pago de los clientes y su historia crediticia, con el propósito de garantizar el cumplimiento de los inquilinos en todos los aspectos relacionados con el inmueble. Por eso, tanto afianzadoras como aseguradoras les exigen un mínimo de requisitos, los cuales varían según el monto del arriendo y las condiciones laborales de los interesados. En términos generales estas son las condiciones (Aplican solo para los inquilinos y el trámite lo deben hacer directamente con la empresa): •Diligenciar la solicitud de arrendamiento y cancelar por su cuenta el costo del estudio. En algunos casos hay que consignar en un banco. •La solicitud debe estar firmada por el interesado y su(s) codeudor(es) para lo cual se debe tener en cuenta que: a. El interesado debe acreditar ingresos certificados que por lo menos equivalgan al doble del canon de arriendo. b. Si el canon de arriendo es inferior a 500.000 pesos (este valor promedio varia según la afianzadora o aseguradora) deben presentar un codeudor que tenga finca raíz e ingresos certificados equivalentes al doble del canon de arriendo, por lo menos. c. Si el canon de arriendo oscila entre 501.000 y un 1'000.000 (este valor promedio varia según la afianzadora o aseguradora) de pesos debe acreditar dos codeudores.

Uno debe tener finca raíz y el otro debe ser empleado con ingresos certificados equivalentes al doble del canon de arriendo, por lo menos. d. Si el canon de arriendo es mayor a 1'000.000 de pesos (este valor promedio varia según la afianzadora o aseguradora), los dos fiadores deben tener finca raíz. Los documentos En todos los casos se deben presentar las cedulas del interesado y el (los) codeudor(es). Más los siguientes: • Empleados. Certificación laboral original, en la que se relacione el sueldo, el cargo y el tiempo que lleva trabajando en la empresa. Además de los tres últimos extractos de pago de nómina. • Pensionados. Acreditar los ingresos de la pensión más los tres últimos extractos bancarios. • Personas jurídicas. Certificado de constitución y gerencia, estados financieros recientes -certificados por contador público., fotocopia de los tres últimos extractos bancarios y fotocopia de la última declaración de renta. Además, si la sociedad esta recientemente constituida debe presentar documentación de los socios, que demuestre y certifique los ingresos y capacidad de pago. Lo que sigue Luego de que se entreguen los respectivos documentos a la aseguradora o afianzadora, esta toma entre 4 y 24 horas para darle una respuesta a los interesados y al propietario sobre la aceptación o no de la solicitud de arriendo.

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¿Le apostaría al sector inmobiliario en 2017? La finca raíz es una opción para considerar ante expectativa de menores tasas de interés. Le contamos en qué puede invertir y en qué no debería dejar sus recursos. En su segundo año de gobierno, los alcaldes del país están empezando a ejecutar obras de transporte público y de renovación urbana, lo que claramente implica una oportunidad de inversión, pues en el área de influencia de estos proyectos es factible comprar inmuebles de uso comercial o viviendas que queden cerca de estaciones.

- En vivienda en Bogotá, pues la ciudad tenía un rezago de proyectos desde la administración pasada, que ahora se están materializando. Los arrendamientos este año aumentarán igual que la inflación, Fedelonjas Extractado Revista Dinero

- En el sector de las Oficinas antiguas y de amplios espacios, que se están quedando desocupadas, pues sus inquilinos se pasan a unas más nuevas. Eso ha forzada a las antiguas a bajar sus precios. Es una inversión de mediano plazo (5 o 6 años). - En bodegas e inmuebles logísticos a lo largo de las nuevas vías 4G. - En viviendas de estrato 3 y 4, que siguen teniendo una demanda insatisfecha. Se arriendan y venden fácil y sus precios no están inflados.

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LA DIAN ANUNCIA MAYORES CONTROLES CONTRA LA EVASIÓN DE IMPUESTOS El director de la Dian, Santiago Rojas, advirtió que este es el último año de normalización tributaria y recordó que con la reforma tributaria se estableció la sanción con cárcel para quien no declare y recaude el IVA o el impuesto al consumo entre otros actos. Santiago Rojas, director de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian), advirtió que este año su entidad duplicará los controles contra la evasión de impuestos y aprovechará las nuevas herramientas que le proporcionó la reforma tributaria. Y es que para lograr el recaudo que se propuso el Gobierno este año, la Dian tendrá que recuperar $6,5 billones por su gestión tradicional contra la evasión y otros $4,7 billones de acciones adicionales en el mismo campo. Rojas explicó que para este año la Dian decidió mantener en 13,7% del PIB la meta neta de recaudo tributario, el mismo porcentaje del 2016 que equivalía a $121,8 billones de los cuales en realidad se recaudaron $116,97 billones. Esta decisión, sumada a una meta de recaudo para el 2017 de $130 billones netos, obliga a la Dian a buscar mediante la lucha contra la evasión de impuestos otros $11,2 billones.

¿Cómo lograr $11,2 billones adicionales al pago de impuestos? La reforma tributaria le dio a la Dian más herramientas para controlar los recursos de los colombianos y evitar la evasión de las responsabilidades fiscales. Entre facturación electrónica, cárcel para evasores de IVA y renta y otras medidas, se espera que aumente el recaudo. Rojas explicó que el país está demandando mayores y más efectivos controles a la evasión de impuestos. Por esta razón, con la aprobación de la reforma tributaria se aprobó también que quienes omitan activos o inventen pasivos por más de $5.000 millones, así como aquellos que no cobren y declaren el IVA o el impuesto al consumo, recibirán una pena de entre 4 y 9 años de prisión. “Lo importante aquí es que este es el último año de normalización tributaria, quien tenga activos omitidos o pasivos inexistentes declarados es la última oportunidad que tiene para normalizar su situación tributaria, pagando un 13%. Si no lo hace este año y en especial en marzo que es cuando se vence la declaración correspondiente, perdió la oportunidad y les aseguro que los vamos a coger”, advirtió el director de la Dian. Quienes no normalicen sus activos en otros países antes de marzo de este año, no sólo tendrán que enfrentarse a la sanción de hasta el 200% del valor del impuesto que les correspondía pagar, sino que también podrían pagar sus acciones con cárcel. A la cárcel también podrían ir aquellos establecimientos comerciales o trabajadores independientes que no cobren a sus clientes el IVA, o el impoconsumo en el caso de bares y restaurantes, y por lo tanto no declaren ante la Dian el recaudo de dicho impuesto.

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“Este mensaje lo quiero dejar muy claro: el abogado, el odontólogo, el médico, el psicólogo, el contratista que es de régimen común y al cobrar su servicio le pagan en efectivo, sin factura y sin cobrar el IVA, tendrá cárcel de entre 4 y 9 años. No declarar el IVA desde $1 es un delito penal en Colombia ahora”, añadió Rojas. Si usted le gira dinero a alguien en el exterior pero no reporta a un beneficiario real de los recursos que envía, si gira recursos a un país con baja tasa impositiva, la Dian podrá desconocer dicho gasto dentro de las deducciones de su impuesto a la renta. En el caso de las holdings creadas en países de baja imposición para recibir ingresos que se creen en Colombia en las denominadas operaciones no reales, como movimientos de portafolio, dichos recursos serán considerados como ingresos en Colombia durante ese mismo año y por lo tanto pagarán los impuestos correspondientes. Esto con el fin de evitar que se sigan creando las conocidas empresas de papel. “Vamos a pedirle información en Colombia para poder saber dónde está el dinero de los colombianos dentro y fuera del país. Con todo esto tener activos escondidos en el exterior será cada vez más difícil”, señaló el director de la Dian.

Pero los controles no serán sólo para los comerciantes y trabajadores independientes. Luego de un exitoso piloto, la factura electrónica en el país quedó con entre 20 y 30 prestadores del servicio de facturación electrónica para que las 400.000 empresas que están obligadas a facturar implementen el sistema que será obligatorio desde el primero de enero del 2019. Esta norma aplicará también para las personas naturales obligadas a facturar. Las Entidades Sin Ánimo de Lucro también recibirán mayores controles, aunque contarán con un periodo de transición de 18 meses. “Como Gobierno siempre hemos creído que las entidades sin ánimo de lucro son fundamentales para el país y deben prestar un servicio importante sin pagar impuestos, pero tampoco se puede abusar de ellas”, agregó Rojas.

http://www.dinero.com/economia/articulo/la-dian-tendra-mayores-controles-contra-la-evasion/241325

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