Boletín 001 de 2017

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El lavado de activos y la financiación del terrorismo representan una gran amenaza para la estabilidad del sistema de salud y la integridad de los mercados por su carácter global y las redes utilizadas para el manejo de tales recursos. Tal circunstancia destaca la importancia y urgencia de combatirlos, resultando esencial el papel que para tal propósito deben desempeñar las entidades vigiladas por la SNS. Partiendo de ello, esta Superintendencia requiere que las entidades vigiladas implementen un Sistema de Administración del Riesgo de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo –SARLAFT- con el fin de prevenir que sean utilizadas para dar apariencia de legalidad a activos provenientes de actividades delictivas o para la canalización de recursos hacia la realización de actividades terroristas. El pasado 21 de abril de 2016, la Superintendencia Nacional de Salud expidió la circular 000009 mediante la cual impartió instrucciones relativas al sistema de administración de riesgos de lavado de activos y la financiación del terrorismo SARLAFT.

Como consecuencia, todas las operaciones, negociaciones y contratos que adelante LA CUB se ajustarán a las políticas y procedimientos dispuestos en el manual y demás normas internas que regulen la materia, los cuales se encuentran en la intranet codificados de la siguiente forma: CM-FO-009 DI-MM-064 GF-FO-784 GF-IN-205 GH-IN-785 Estas Políticas son de obligatorio cumplimiento al igual que todos los procedimientos relacionados y vincula a todo el personal que labore en la Institución, clientes, proveedores y demás terceros vinculados. Todos somos vigilantes y responsables de velar por el correcto funcionamiento de este sistema en la Institución.


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