Septiembre 30 de 2014 // Edición 004 AGOSTO – SEPTIEMBRE Decreto 1477 del 15 de agosto de 2014: El presente decreto tiene por objeto expedir la Tabla de Enfermedades Laborales, que tendrá doble entrada: 1. Los agentes de riesgo, para facilitar la prevención de enfermedades en las actividades laborales 2. Los grupos de enfermedades, para determinar el diagnóstico médico en los trabajadores afectados. La tabla de enfermedades laborales se establece en el anexo técnico que hace parte integral de este decreto
Y establece que en los casos en que una enfermedad no figure en la tabla de enfermedades laborales aquí definida, pero se demuestre la relación de causalidad con los factores de riesgo ocupacional, será reconocida como enfermedad laboral. Ley 1733 del 08 de septiembre de 2014: Esta ley reglamenta el derecho que tienen las personas con enfermedades en fase terminal, crónicas, degenerativas e irreversibles, a la atención en cuidados paliativos, la cual pretende mejorar la calidad de vida, tanto de los pacientes que afrontan estas enfermedades, como de sus familias, de acuerdo con las guías de práctica clínica que establezca el Ministerio de Salud y Protección Social para cada patología. Adicionalmente a ello, estableció los derechos que tienen estos pacientes al igual que el de los familiares y define las obligaciones de las Entidades Promotoras de y las Instituciones Prestadoras de servicios, para la atención de estos pacientes. Define que será el Ministerio de Salud y Protección Social quien reglamente la materia, y la Superintendencia Nacional de Salud quien lo vigile.
MARTHA ISABEL RIVERA ALVARADO Coordinadora Jurídica