PROCEDIMIENTO APROBACIÓN DE AUXILIOS DE ESTUDIO DE ESPECIALIZACIÓN PARA EMPLEADOS NO DOCENTES FECHA: JULIO 9 DE 2014
VERSIÓN: 1
CÓDIGO: AF-PC-188
MACROPROCESO: ADMINISTRATIVO Y FINANCIERO
PÁGINAS: 1 DE 4
PROCESO: TALENTO HUMANO
OBJETIVO: Definir los lineamientos para la solicitud, aprobación y aplicación de los auxilios de estudio de especialización para empleados no docentes. ALCANCE: Este procedimiento aplica para los auxilios de estudio de especialización de empleados no docentes de la Universidad en la sede Medellín. DEFINICIONES: No aplica. GENERALIDADES: El Acuerdo No. CDG-09/2014 del Consejo Directivo General de la Universidad Pontificia Bolivariana, otorga un auxilio de estudios por única vez del 60% sobre el valor de la matrícula para especializaciones al personal no docente de la Universidad, reglamentándose su oferta y aplicación en la Resolución Rectoral General No. 32 de junio 13 de 2014. A continuación se presentan las condiciones generales para el beneficio:
Este auxilio se otorga sobre el valor total de la matrícula para cada período académico y hasta por el número de créditos del programa. Si el empleado matricula otros créditos adicionales o no termina el plan de estudios en el tiempo que establezca el programa, deberá asumir el pago con sus propios recursos. No aplica sobre otros valores pecuniarios diferentes al de matrícula, tales como: derechos de admisión, carné, derechos de grado, repetición de cursos, créditos adicionales, tesis o trabajos de grado, y pasantías. No aplica para especializaciones médico-quirúrgicas. No es retroactivo, es decir, se empieza a aplicar sólo a partir de su aprobación. No es acumulable con otros beneficios de estudio que la Universidad ofrezca o pudiere llegar a otorgar; en caso de presentarse esta situación, se aplicará el más favorable para el empleado. El horario de estudios no podrá interferir con la jornada laboral del empleado.
REVISÓ: NOMBRE: CLAUDIA MARÍA MEJÍA MONTOYA CARGO: DIRECTORA ADMINISTRATIVA
APROBÓ: NOMBRE: COMITÉ PARA LA GESTION DEL TALENTO HUMANO CARGO: NO APLICA
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PROCEDIMIENTO APROBACIÓN DE AUXILIOS DE ESTUDIO DE ESPECIALZIACIÓN PARA EMPLEADOS NO DOCENTES Finalizados los estudios, la Universidad no adquiere compromiso con el empleado en cuanto a cambio de su contrato laboral, promoción, traslado o incremento salarial. El beneficio se otorga mientras esté vigente la relación contractual empleado – Universidad. El empleado adquiere un compromiso de permanencia con la Universidad, equivalente al doble del tiempo de la duración de la especialización, contado a partir de la fecha de titulación, siempre y cuando la Institución requiera sus servicios. Si el empleado manifiesta su interés de retirarse de la Universidad antes de cumplir la permanencia, no habrá condonación con relación al tiempo de su permanencia y deberá pagar el valor del beneficio en proporción al tiempo que le falte para cumplir dicho compromiso.
No.
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ACTIVIDAD
ELEGIR PROGRAMA ACADÉMICO
RESPONSABLE
PROCEDIMIENTO
Empleado aspirante
La elección del programa de especialización al que desea matricularse el empleado, debe corresponder a la oferta vigente en la Universidad.
Gestión Humana Sistema de Formación Avanzada
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SOLICITAR AUXILIO DE ESTUDIOS
Empleado aspirante
Gestión Humana – Desarrollo del personal y el Sistema de Formación Avanzada, configuran la oferta periódica de los programas de especialización que aporten a los lineamientos propuestos y definen los cupos disponibles para cada programa académico, teniendo en cuenta el punto de equilibrio. El empleado interesado en el auxilio de estudios debe presentar la solicitud ante la Oficina de Desarrollo de Personal en las fechas establecidas por la Universidad, previa verificación del cumplimiento de los siguiente requisitos:
Jefe del Empleado
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Tener más de tres (3) años de vinculación laboral con la Universidad a término indefinido al momento de realizar la solicitud. Tener un desempeño laboral superior al 80% en la evaluación de desempeño institucional, en los últimos dos (2) años. Haber sido admitido en el programa académico de especialización, previo
REGISTROS
PUNTOS DE CONTROL
Lista de programas académicos disponibles.
Carta
Verificar que la solicitud se presente en las fechas establecidas y se dé cumplimiento a todos los requisitos.
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ACTIVIDAD
RESPONSABLE
PROCEDIMIENTO
REGISTROS
PUNTOS DE CONTROL
cumplimiento de los requisitos establecidos para la admisión. Nota: La carta debe tener el visto bueno del Jefe del empleado y un anexo donde informe la articulación con el PDI, el beneficio para su Unidad, la pertinencia con el perfil del cargo y la disponibilidad presupuestal. El Comité de Auxilios de Estudios será el responsable de analizar y aprobar las solicitudes de los empleados.
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APROBAR AUXILIO DE ESTUDIOS
Para la aprobación se tendrá en cuenta el cumplimiento de cada uno de los requisitos establecidos, así como la articulación con el Plan de Desarrollo Institucional, el Programa de Cualificación y Desarrollo del Talento Humano, el desarrollo de capacidades y competencias que se requieren para el perfil del cargo, el Comité de Auxilio presupuesto de la Unidad a la que esté adscrito de Estudios el empleado y la disponibilidad de cupos de cada programa fijados por la Rectoría General. Nota: la aprobación del beneficio no constituye una obligación para ser admitido el programa académico, para lo cual empleado deberá cumplir con los requisitos admisión establecidos por la Universidad.
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FORMALIZAR MATRÍCULA
Empleado aspirante
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se en el de
Nota 2: Este Comité dará respuesta a las solicitudes recibidas a cada empleado y a sus respectivos Jefes. Una vez admitido al programa y aprobada la solicitud del beneficio, el empleado debe cumplir con las siguientes obligaciones:
Acta de reunión
Matricularse en las fechas establecidas por
Constancia de matrícula en el sistema de información
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la Universidad. Pagar el porcentaje del valor de la matrícula que le corresponde, es decir el 40%, el cual no tiene financiación por parte de la Universidad. Diligenciar el formulario de admisión e indicar que se solicita el beneficio a la Universidad.
Nota 1: El pago debe realizarse en las fechas registradas en el recibo correspondiente, de lo contrario se genera matrícula extemporánea. En los siguientes casos, el empleado podrá perder el auxilio de estudio: 5
PÉRDIDA DEL AUXILIO
Comité de Auxilios de Estudio
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Terminación de la relación laboral con la Universidad. Motivos académicos o disciplinarios. Sanciones disciplinarias del empleado.
Acta de reunión
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