Bogotá, D.C., 22 de abril de 2015 Honorables Magistradas y Magistrados Corte Constitucional M.P. Gloria Stella Ortiz Delgado E.S.D.
Ref: Intervención ciudadana de la Bancada Alianza Verde en el proceso D-10673 Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 13 (parcial) de la Ley 685 de 2001
Respetadas Magistradas y respetados Magistrados: Nosotros, Claudia López Hernández, Antonio Navarro Wolff, Jorge Prieto, Jorge Iván Ospina, Iván Name, Angélica Lozano, Inti Raúl Asprilla, Sandra Ortiz y Óscar Ospina Senadores de la República y Representantes a la Cámara del Partido Alianza Verde, ponemos a su consideración la siguiente intervención en el proceso de constitucionalidad de la referencia. La demanda de inconstitucionalidad de la referencia se dirige contra una disposición de la Ley 685 de 2001, también conocida como “Código de Minas”, concretamente su artículo
13.
Los
apartes
normativos
que
los
demandantes
consideran
inconstitucionales se refieren a la priorización incondicional de la actividad minera en todas sus ramas y fases, con lo que se desconocen dos disposiciones constitucionales. En primer lugar, los demandantes alegan el desconocimiento del mandato constitucional sobre la función ecológica de la propiedad, previsto en el artículo 58 de la Constitución y en varios mandatos de la Constitución Ecológica, como son el
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