Senadora Claudia López Alianza Verde Bogotá, marzo de 2017
Fatou Bensouda Fiscal Corte Penal Internacional otp.informationdesk@icc-cpi.int eugenia.valenzuela@icc-cpi.int xabier.agirre@icc-cpi.int franco.mantillana@icc-cpi.int publicAffairs.Unit@icc-cpi.int La Haya, Países Bajos
Asunto: Comunicación sobre las distorsiones del derecho internacional en el diseño normativo de la Jurisdicción Especial para la Paz creada en Colombia.
Señora Fiscal, reciba un cordial saludo. En mi calidad de Senadora de la República de Colombia allego a su Oficina información que advierte la existencia de distorsiones en la aplicación del Derecho Internacional en el sistema de justicia transicional contenidos en la legislación que crea la Jurisdicción Especial para la Paz (en adelante “JEP”) y en particular, en lo relacionado con la responsabilidad de mando de los miembros de la Fuerza Pública colombiana. La JEP se está creando como parte del Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y Garantías de No Repetición (en adelante “SIVJRNR”) establecido en el “Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera”, firmado entre el Gobierno colombiano y la guerrilla de las Farc-EP el 24 de noviembre de 2016. La preocupación se refiere de manera particular a tres temas: i) exclusión del Derecho Penal Internacional (en adelante DPI) como norma aplicable en el tratamiento de justicia diferenciado para los miembros de la Fuerza Pública, ii) incorporación de requisitos concurrentes adicionales a los desarrollados en el derecho internacional para fijar la responsabilidad de mando de los miembros de la fuerza pública, y iii) exclusión de la responsabilidad de mando para civiles y miembros de las Farc-EP.
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