Rechazo al proyecto que busca beneficios para abusadores de menores de edad

Page 1

Rechazo al proyecto que busca beneficios para abusadores de menores de edad Bogotá, 26 de mayo de 2015. La Alianza por la Niñez Colombiana rechaza de manera contundente el proyecto de la Fiscalía, que busca beneficios para abusadores de menores de edad. En el artículo 192 de la Ley 1098 de 2006 se establece que “en los procesos por delitos en los cuales los niños, las niñas o los adolescentes sean víctimas, el funcionario judicial tendrá en cuenta los principios del interés superior del niño, prevalencia de sus derechos, protección integral y los derechos consagrados en los Convenios Internacionales ratificados por Colombia, en la Constitución Política y en esta ley”. Por esta razón, una iniciativa con este alcance va en contravía de lo dispuesto en el Código de Infancia y Adolescencia. La Alianza por la Niñez Colombiana les recuerda a las autoridades, y en especial a la Fiscalía, quien lidera la propuesta, que la ley colombiana prohíbe cualquier beneficio o privilegio para las personas que atentan en contra de los niños, niñas y adolescentes. Para la Alianza por la Niñez Colombiana cualquier vulneración de los derechos de los niños debe ser castigada con las máximas penas, como lo establece nuestra legislación. Cada día en Colombia 3 personas menores de edad son víctimas de homicidio, 44 llegan a Medicina Legal por violencia sexual y 80 más por violencia intrafamiliar e interpersonal. El mismo Instituto Colombiano de Medicina Legal y Ciencias Forenses considera que tiene un subregistro del 70 por ciento. Por lo tanto, la Alianza hace un llamado al Congreso y a la sociedad en general para que rechacen este tipo de medidas y para que se unan alrededor de la niñez víctima de delitos. De igual forma, para que exijan a las autoridades que cumplan con lo dispuesto en el artículo 199 de la Ley 1098 de 2006, que establece que quien cometa delitos de homicidio o lesiones personales bajo modalidad dolosa, delitos contra la libertad, integridad y formación sexual o secuestro contra niños, niñas y adolescentes, no podrá luego negociar con la justicia una rebaja de penas por confesión o solicitar prisión domiciliaria. Este artículo tiene como fin dejar claro que quien cometa delitos contra la niñez no podrá luego negociar con la justicia por ser un intolerable social. Es importante señalar que el numeral 8 de la misma ley se refiere a la única posibilidad de recibir beneficios por colaboración efectiva con la justicia, la que en ningún caso incluye la confesión. Dicha colaboración efectiva solo se da cuando alguno de los cuatro delitos señalados es cometido por una banda organizada y uno de los integrantes decida colaborar dando información que pueda desmantelar la banda. O cuando el agresor ha cometido el delito en concurso con otras personas y por la información de una se permita la captura de otra u otras. Si la motivación de la Fiscalía es poder ser más efectivos en las investigaciones y desmantelar las bandas criminales, la ley ya establece esa posibilidad.


Por último, la Alianza por la Niñez Colombiana recuerda las recientes recomendaciones del Comité de los Derechos del Niño de la ONU en relación con el tema, en las cuales pidió al Estado investigar de manera urgente los delitos contra la niñez, incluidos los relacionados con la violencia sexual, y sancionar debidamente a quienes sean hallados culpables. Ampliación de la información: Ana María Convers Miembro de la Alianza por la Niñez Colombiana Celular: 311 4754332


Turn static files into dynamic content formats.

Create a flipbook
Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.