Minera y otras disposiciones
ABRIL 04, 2023
POSIBLES IMPACTOS
• El desarrollo de más de 70 sectores industriales que dependen de los minerales para su desarrollo, como los sectores automotriz, siderúrgico, energías renovables, electricidad y farmacéutico, entre otros.
• Más de 417 mil empleos directos y de 2.5 millones indirectos con salarios superiores en 37% al promedio nacional.
• El bienestar y calidad de vida de 696 comunidades ubicadas en 212 municipios del país. Estas comunidades se encuentran ubicadas en regiones remotas donde no hay otra actividad económica.
• La economía nacional al ser la minería una de las 5 industrias que más aportan al PIB Industrial (8.6%) y nacional (2.5%).
• Pone en riesgo una importante fuente de ingresos del país, la minería es el 5º generador de ingresos por concepto de divisas.
• Pérdida en las aportaciones fiscales anuales por ISR y pago de derechos especiales sobre minería por más de 70 mil millones de pesos. En los últimos 8 años, la minería ha aportado 313 mil millones de pesos.
• La derrama económica cercana a los 269 mil millones de pesos anuales (sueldos; compras y servicios nacionales; e impuestos), así como las inversiones que en materia de medio ambiente y en desarrollo social realizan las empresas mineras en las comunidades donde operan.
• Se dejarán de invertir más de US $9 mil millones en los próximos años.
• Afectación a 23 proyectos por arrancar operaciones en el periodo 2022-2028.
APORTACIONES FISCALES DE LA MINERÍA
Fuente: FINANZAS PÚBLICAS (hacienda.gob.mx)
ISR COMO PROPORCIÓN DEL PIB DE CADA ACTIVIDAD 2022 (%)
S Primario Minería Electricidad, agua y gas Construcción Manufacturas
Fuente: Banco de Información Económica (BIE) (inegi.org.mx) y FINANZAS PÚBLICAS (hacienda.gob.mx)
Calculado con base al PIB al tercer trimestre de 2022
REFORMAS DE MAYOR IMPACTOS
1. Se elimina el concepto de terreno libre y primer solicitante y con esto la posibilidad de que los particulares soliciten concesiones mineras; las concesiones sólo se otorgarán mediante concurso-licitación pública.
2. Reducción de la vigencia de las concesiones mineras de 50 a 15 años prorrogable por una sola vez.
3. Otorgamiento de concesiones por una sola sustancia.
4. Condiciona la concesión minera a la disponibilidad hídrica, mencionando que las concesiones de agua sólo tendrán duración de 5 años.
5. La transmisión de concesiones queda sujeta a autorización de la secretaria de Economía.
6. Las concesiones mineras no se podrán otorgar en garantía.
7. Se prohíbe el otorgamiento de concesiones mineras en Áreas Naturales Protegidas, entre otras.
8. Se elimina el derecho a aprovechar terreros. El artículo 19, se concede el derecho a aprovechar los TERREROS y es frecuente la confusión con la palabra terrenos.
9. Imposición del pago de regalía de al menos el 10% a los tenedores de la tierra, adicional al 7.5% y el 0.5% para el oro y la plata que se paga de derechos sobre utilidades. Una concesión minera NO da acceso a la superficie, ya se negocía la misma con los tenedores de la tierra.
10. Posibles demandas internacionales en Paneles por el T-MEC y el TPP.
EFECTOS DE LAS PRINCIPALES REFORMAS
1.- Se elimina el concepto de terreno libre y primer solicitante y con esto la posibilidad de que los particulares soliciten concesiones mineras; las concesiones sólo se otorgarán mediante concursolicitación pública.
Esto detendrá la exploración minera en el país y la posibilidad de crecimiento, aún de operaciones existentes; ya que sólo se van a otorgar concesiones dónde el Estado lo considere, si es que previamente no se otorga una asignación a una empresa paraestatal. Se está cambiando todo el régimen de concesiones; y se podría decir que se está legalizando el "no otorgamiento de concesiones”, con lo cual se estará sujeto totalmente al trabajo de exploración del Servicio Geológico Mexicano (SGM) para que los particulares puedan solicitar una concesión. Todo el riesgo que implica la exploración, al menos en su etapa inicial, lo estaría asumiendo el Gobierno Mexicano, al privar a los particulares del derecho a solicitar concesiones directamente sobre los terrenos que a su juicio tengan potencial geológico; generará un obstáculo para el crecimiento de la industria. El SGM hará exploración dedicando recursos humanos y económicos que no tiene y si el resultado de la exploración no es favorable, no habrá interesados en participar en los concursos.
maduración. Sin exploración se está hipotecando el futuro de la industria minera en México.
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A manera de referencia: el presupuesto del Servicio Geológico Mexicano para 2023 es de 1,193.1 millones de pesos, cantidad 11 veces menor que el monto destinado por las empresas para la exploración que es de 13,246 millones de pesos (659 millones de dólares).
La exploración requiere de cuantiosas inversiones y largos periodos de
2. Reducción de la vigencia de las concesiones.
Se reduce la duración y prórroga de las concesiones mineras de 50 a 15 años prorrogable por una sola vez, limitación que ahuyentará las inversiones y muestra un claro desconocimiento técnico de la industria minera y del mercado del sector a nivel internacional.
• La vida de operación de una mina en promedio supera los 50 años si se consideran las más antiguas, e incluso algunas minas paraestatales como Exportadora de Sal y ROFOMEX.
• La etapa de exploración abarca periodos de larga maduración, de 15 a 20 años, aún con la nueva tecnología.
• Sin exploración, se está hipotecando el futuro de la minería y por lo tanto el abasto de los minerales para un futuro sustentable y el desarrollo de otros sectores productivos.
• Con la eliminación de la deducibilidad de los gastos preoperativos y de exploración en 2014, ya la inversión en exploración ha caído 53% y se han postergado 822 proyectos de exploración en el país. Como consecuencia, actualmente no hay nuevos proyectos mineros salvo expansiones de los mismos y algunos que ya habían iniciado exploración y gestiones previas a 2014.
PRINCIPALES REFORMAS
3. Otorgamiento de concesiones por una sola sustancia.
• Desde el punto vista técnico, es importante mencionar que en un área mineralizada se presentan varias sustancias, y que en la naturaleza, frecuentemente ni minerales ni metales se encuentran por separado.
• Esta propuesta generaría incertidumbre respecto al destino de las demás sustancias que pueden encontrarse en una misma concesión, así como contradicción, ya que de acuerdo a la misma iniciativa no se otorgarán concesiones sino a través de un concurso de licitación.
• Asimismo, la inclusión del concepto de sustancias estratégicas genera inseguridad jurídica, ya que no se plantea límite alguno, por lo que en cualquier momento, cualquier mineral puede declararse como estratégico.
• Esta propuesta generará fugas de capital a otros países, inhibiría el desarrollo de posibles operaciones, no existirían inversiones en una operación que corra el riesgo de que un tercero (no socio) pueda aprovechar la inversión en infraestructura para aprovechar otro mineral.
• La ley no contempla ningún procedimiento para concesiones coexistentes.
PRINCIPALES REFORMAS
4. Condiciona la concesión minera a la disponibilidad hídrica.
• Es un mito muy extendido que la industria minera CONSUME grandes cantidades de agua. Las operaciones mineras, conforme al marco jurídico vigente, cuentan con una concesión o permiso emitido por la CONAGUA, el cual se emite en función de la disponibilidad de dicho recurso en la zona donde se lleva a cabo la operación.
• De acuerdo con el Registro Público de Derechos de Agua (REPDA) de la CONAGUA, 76% del agua en México está concesionada para uso agrícola, 14% para abastecimiento público; 5% para el sector energético; y 5% para el sector industrial. El volumen concesionado al sector minero afiliado representa un estimado del 0.35% del volumen total nacional.
• En algunos casos hay operaciones mineras que tratan aguas residuales de las poblaciones cercanas para su utilización y con ello no solamente resuelven el problema de darles el tratamiento adecuado, sino que hasta les pagan a los municipios por dichas aguas.
• Se concatena la necesidad de tener concesión de agua para poder tener concesión minera, y hay que poner atención en que las concesiones de agua serán intransferibles.
PRINCIPALES REFORMAS
5. La transmisión de concesiones queda sujeta a autorización de la Secretaría de Economía. Considerando que la actividad minera, es una actividad intensiva en capital, de gran incertidumbre financiera y de largo plazo, la transmisión de las concesiones mineras permite, precisamente dar continuidad a las operaciones, con la integración de diversos capitales. Esta situación no genera ningún perjuicio para el Estado, al contrario es un incentivo benéfico para la continuidad de la operaciones, ya que la Ley Minera vigente establece de manera expresa la subrogación de derechos y obligaciones por parte del adquirente de los derechos; ni para los trabajadores ya que la legislación laboral regula de manera expresa la subrogación laboral.
No es necesario modificar la Ley Minera, limitando la transmisión de concesiones, ya que el interés del Estado, los trabajadores y la comunidad, está protegido con el esquema de subrogación establecido en la legislación de cada materia.
Es otra reforma regresiva que ya existió en la Ley de 1975, que solamente dio lugar a mayor trabajo administrativo y burocrático y afectó a la dinámica de la industria.
PRINCIPALES REFORMAS
6. Se prohíbe el otorgamiento de concesiones mineras en Áreas Naturales Protegidas, entre otras.
• Actualmente, la regulación vigente contiene mecanismos que protegen los objetivos que se persiguen con la creación de ANP, y a su vez equilibran los factores económicos y productivos para el sostenimiento de las mismas y sus habitantes.
• En términos de la legislación ambiental las ANP se dividen en zonas núcleo y zonas de amortiguamiento, en las cuales están autorizadas diversas actividades dependiendo del objetivo que se persigue para su conservación.
• La regulación vigente protege los objetivos de creación de la ANP, sin necesidad de prohibir de manera expresa actividades, que bajo ciertas condiciones podrían generar sinergias positivas en beneficio de la propia ANP. La Ley Minera vigente, de manera expresa requiere el permiso de la CONANP, bajo pena de cancelación de la concesión minera. No es necesario modificar la Ley Minera para prohibir el otorgamiento de concesiones mineras en ANP, debido a que las actividades dentro del ANP se encuentran ampliamente reguladas en la legislación ambiental, y la propia Ley Minera remite a dicha regulación.
El sector minero contribuye con la conservación de más de 25 especies de flora y fauna a lo largo del país.
Árboles plantados y superficie reforestada: 3.77 millones de árboles, reforestando 3,816 hectáreas en 24 estados del país, 1,200 hectáreas más que el año anterior.
PRINCIPALES REFORMAS
7. Las concesiones mineras no se podrán otorgar en garantía.
• Limitaría la posibilidad de obtener financiamiento para proyectos mineros, especialmente para los pequeños y medianos.
8. Se elimina el derecho a aprovechar terreros.
• En la fracción III del artículo 19, se concede el derecho a aprovechar los TERREROS y es frecuente la confusión con la palabra terrenos.
• Los TERREROS son apilamientos de material rocoso obtenido de la mina con valores económicos marginales, que se conservan en espera de mejores condiciones de mercado en el futuro.
• La industria NO pretende tener derechos sobre los terrenos.
PRINCIPALES REFORMAS
9. Imposición del pago de regalía de al menos el 10% a los tenedores de la tierra. Una concesión minera NO da acceso a la superficie, ya se negocía la misma con los tenedores de la tierra.
• Menciona que cuando en un terreno sujeto a concurso se encuentre un área habitada u ocupada por un pueblo o comunidad indígena o afromexicana, o por cualquier otro tipo de asentamiento, la persona ganadora del concurso está obligada a suscribir un convenio con la comunidad o pueblo correspondiente para obtener el permiso de uso del terreno, así como una contraprestación que considere al menos el diez por ciento de las utilidades obtenidas por la actividad realizada al amparo de la concesión.
• La industria minera paga impuestos adicionales al ISR: derechos sobre la superficie concesionadas, 7.5% sobre utilidades, 0.5% adicional para los productores de oro y plata.
• Cada proyecto minero tiene condiciones diferentes, el establecer una regalía de al menos 10% dejaría fuera de negocio y operación a muchos de ellos.
REGIMEN TRANSITORIO
Se desechan todas solicitudes de concesión, sin mayor trámite, lo cual podría considerarse como inconstitucional.
• Establece que en el plazo de un año deberán remover los depósitos o sitios de disposición final de residuos mineros establecidos en áreas naturales protegidas, humedales, vasos, cauces o zonas federales.
1. La propuesta de modificación es tecnológica, económica y ambientalmente inviable.
2. Los sitios de disposición final de residuos mineros contienen millones de toneladas haciendo prácticamente imposible removerlos y, en algunos casos, las maniobras podrían incluso ser más dañinas al medio ambiente.
3. Estos sitios cuentan con las autorizaciones por parte de la autoridades correspondientes como SEMARNAT, CONAGUA e incluso CONANP, en las cuales se establecen condicionantes para su manejo y cierre adecuado.
• Los concesionarios mineros que tengan concesiones de aguas nacionales deberán solicitar dentro de los 90 días naturales posteriores a la entrada en vigor el cambio de uso industrial al uso en minería. No se dejan a salvo los derechos y obligaciones de los titulares de concesiones mineras vigentes y esto causa incertidumbre e inseguridad jurídica.
Posibles demandas internacionales en Paneles por el T-MEC y el TPP.
1. Trato preferente y discriminatorio de las empresas paraestatales sobre el régimen de asignaciones mineras. A estas empresas no se les pone ninguna limitación en el alcance de su operación futura.
2. Limitación de la duración de las concesiones mineras (15 años), un cambio abrupto que altera la expectativa de las mismas (50 años, prorrogables). Se trata de un cambio repentino de las reglas del juego para el sector, cambio no sancionado por dichos tratados.
3. Limitaciones injustificadas al derecho del concesionario para dar concesiones en garantía o incluso prohibirle hacerlo (en la etapa de exploración).
4. Una expropiación indirecta impedir la prórroga de las concesiones actuales.
5. Una limitación contra la naturaleza de los yacimientos mineros, y por lo tanto al derecho de los concesionarios, al establecer que se concederán por mineral. ¿Qué se haría con los coproductos?
6. Violación de los principios de buena gobernanza. Se envía la iniciativa por el Ejecutivo, sin pasar por procesos de consulta administrativa previstos por ley (filtro de la Comisión de Mejora Regulatoria para escuchar a los sectores afectados).
7. Introducción de nuevas causales de cancelación de concesiones que dejan un enorme margen de discrecionalidad a la autoridad, en detrimento de la seguridad jurídica de los concesionarios. Y que pueden traducirse en expropiaciones disfrazadas.
COMPROMISO DEL SECTOR MINERO
Inversión: De existir las condiciones necesarias, las empresas afiliadas a la Cámara Minera de México invertirían cerca de USMD $11,000 en los próximos dos años.
Impuestos: Incremento en las aportaciones fiscales anuales por ISR y pago de derechos especiales sobre minería.
Empleo: Creación de más de 300,000 empleos fijos entre directos e indirectos con salarios superiores en 37% al promedio nacional.
Transparencia: Continuar publicando nuestros informes anuales (Sostenibilidad y Estadístico) y colaborar con las autoridades y la sociedad en los ejercicios de transparencia y rendición de cuentas.
ESG: Continuar aplicando las mejores prácticas a nivel mundial en materia de sostenibilidad.
NECESITAMOS TRABAJAR HOMBRO A HOMBRO POR MÉXICO:
SOCIEDAD, GOBIERNO Y MINEROS. México necesita de la minería y los mineros necesitamos que la sociedad y la autoridad conozcan esta actividad y se sientan
Orgullosamente Mineros
A N E X O S
Mito
La minería no tiene límites y gran parte del territorio mexicano está concesionado.
Realidad
Las operaciones mineras ocupan el 0.10% del país
Fuente: Secretaría de Economía.
1 de cada 1000 indicios de mineralización supera las fases de valoración y exploración y llega a convertirse en mina
MITO
La minería atropella derechos ambientales, generando deforestación masiva y destrucción del hábitat de especies, animales y plantas.
REALIDAD
Árboles plantados y superficie reforestada: 3.77 millones de árboles, reforestando 3,816 hectáreas en 24 estados del país, 1,200 hectáreas más que el año anterior.
El sector minero contribuye con la conservación de más de 25 especies de flora y fauna a lo largo del país.
Más de 70 plantas tratadores de aguas residuales en beneficio de las comunidades.
MITO
La minería pone en riesgo el abasto de agua, contamina fuentes superficiales y subterráneas de agua con sustancias tóxicas.
REALIDAD
76% Agricultura
14% Consumo humano
5% Sector energético
5% Sector Industrial
El sector minero afiliado representa un estimado del 0.35% del volumen total nacional concesionado
Fuente: http://sina.conagua.gob.mx/sina/tema.php?tema=usosAgua&ver=grafica&o=2&n=nacional
CUMPLIMIENTO AMBIENTAL
El sector minero afiliado está comprometido no solo a cumplir, sino a ir más alla de las regulaciones nacionales.
• 21 operaciones cuentan con la certificación Industria Limpia otorgada por PROFEPA.
• 11 unidades mineras y plantas cuentan con la certificación ISO 14:000 Sistema de Gestión Ambiental.
• 5 unidades mineras están certificadas bajo el Código Internacional para el Manejo del Cianuro.
• 3 grupos mineros forman parte del índice bursátil FTSE4good.
• 2 unidades mineras están certificadas bajo el programa "Hacía una Minería Sustentable" .
Índice Atracción de Inversión
de 14 lugares en los últimos 11 años
Descenso
La industria minera no paga impuestos en México.
REALIDAD
La tasa efectiva que reporta el SAT para Grandes Contribuyentes de diversas industrias y servicios, muestra que la tasa de la minería es de las más altas.
TASA DE INCIDENCIA OTRAS RAMAS O ACTIVIDADES ECONÓMICAS 2021
Mito
La minería genera empleos inseguros.
Realidad
La tasa de incidencia en la industria minera es de 1.01, la cual se ubica por debajo de la media nacional de 1.54, que registra el IMSS.
Compraventaen tiendas de autoservicio y de departamentos especializadospor líneade mercancías
Servicios de alojamiento temporal
Preparación yservicios de alimnetos ybebidas
Elaboración de alimentos
Compraventadea imentos, bebidasyproductos deltabaco
Servicios relacionados con eltransporte en general
Fabricación deproducctosmetálicos; excepto maquinariayequ po
Construcción deedificacionesydeobras de ingenier acivil
Fabricación deproductosdehuleyp ástico
Compraventademateriasprimas, materia esy auxiliares
IndustriasExtractivas
Transporteterrestre
Servcios personalesparael hogar y diversos
Tasa Med aNacional
Empresas Minero-metálurgicasafiliadas aCAMIMEX
Servicios de administración públicayseguridad social
Construcción, reconstrucción yensamble de equipo de transporte ysus partes
Servicios profesionales ytécnicos
Variosdefrecuenciamenor
Mito
La concesión minera genera pobreza en las comunidades.
Realidad
ÍNDICE DE REZAGO SOCIAL
167 municipios mineros que registran más del 90% de la producción minerometalúrgica nacional cuentan con un Índice de Rezago Social por debajo de la media nacional.
La mayor proporción de las localidades mineras se concentran en el grupo de desarrollo medio, medio alto y alto, 72% en 2020.
INVERSIONES ESG
desarrollo y bienestar de las comunidades
• En 2021, la inversión destinada a programas de desarrollo comunitario superó los 1,700 millones de pesos.
10,731 millones de pesos invertidos en acciones de ESG, adicionales a los 7,344 millones de pesos en impuestos pagados, anteriormente destinados al Fondo Minero.
• En 2021, la inversión destinada a programas de seguridad y salud ocupacional superó los 3,160 millones de pesos.
• 109 millones de pesos en acciones para atender la contingencia sanitaria por COVID-19.
• Las empresas afiliadas destinaron más de 972 mdp para la salud de los colaboradores.
• Más de 330 proyectos en beneficio de 1.3 millones de personas.
• 4 mil 790 millones de pesos invertidos en acciones encaminadas al cuidado del medio ambiente, 4.1 veces superior a los recursos otorgados a la CONAGUA para la gestión integral y sostenible del agua.
DERRAMA ECONÓMICA
269 mil 640 millones de pesos, lo que representa un incremento del 25% con respecto al año anterior.