Primer panel de Discución - 01_2 Cristhian Aldaz

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LA GOBERNANZA COMO MECANISMO DE FORTALECIMIENTO DEL MODELO DE GESTION MANCOMUNADO

Ing. Cristhian Aldaz Gonzรกlez GERENTE EPMC


CÓDIGO ORGÁNICO DE ORGANIZACIÓN TERRITORIAL AUTONOMÍA Y DESCENTRALIZACIÓN  Art.

285.- Los gobiernos autónomos descentralizados regionales, provinciales, distritales, cantonales o parroquiales rurales y los de las circunscripciones territoriales indígenas, afro ecuatorianas y montubias podrán formar mancomunidades entre sí, con la finalidad de mejorar la gestión de sus competencias y favorecer sus procesos de integración.  Cuando el mancomunamiento se realice entre dos o más gobiernos autónomos descentralizados del mismo nivel de gobierno que no fueran contiguos o entre gobiernos autónomos descentralizados de distintos niveles se denominarán consorcios


 Art. 286.- Las mancomunidades y consorcios son entidades de derecho

público con personalidad jurídica para el cumplimiento de los fines específicos determinados de manera expresa en el convenio de creación.

 Art. 289.- Los gobiernos autónomos descentralizados mancomunados o

que conformaren consorcios, podrán crear empresas públicas de acuerdo con la ley que regula las empresas públicas, para dar cumplimiento a las finalidades de la mancomunidad o consorcio. Los estatutos sociales de la empresa determinarán la forma de integración del directorio y los aportes que realizará cada gobierno autónomo descentralizado.


LA MANCOMUNIDAD  La mancomunidad es la asociación voluntaria, en donde se crea

una entidad local superior y a la que los Gobiernos Autónomos Descentralizados asociados delegan parte de las funciones o competencias que la ley les atribuye;  Se entiende también por mancomunidades las formas asociativas de municipios no territoriales no requieren que los municipios que las componen sean colindantes (consorcios),en donde se desarrollan acciones conjuntas en el marco de las competencias para la realización de planes, programas y proyectos comunes, dentro de un periodo y marco jurídico determinado y que requiere de un Directorio y estructura organizativa.


OBJETO DE MANCOMUNIDAD  Fomentar la ejecución conjunta de obras y servicios a través

de un proceso participativo a fin de resolver una serie de problemas que les afectan o potenciar el aprovechamiento de una serie de recursos existentes.  Este tipo de agrupaciones en mancomunidad ha tenido como causa principal la inexistencia de una política comarcal que fomentara la participación y planificación de actuaciones supramunicipales de carácter conjunto.


LA GOBERNANZA  Es el ejercicio de autoridad política, económica y administrativa

para manejar los asuntos de la nación. Es un conjunto de mecanismos, procesos, relaciones e instituciones por medio de los cuales los ciudadanos y los grupos articulan sus intereses, ejercen sus derechos y obligaciones y median sus diferencias.  La gobernanza en las sociedades modernas es una mezcla de todo tipo de esfuerzos de gobierno por todo tipo de actores socio-políticos, públicos y privados; que ocurren entre ellos a niveles diferentes. Estas mezclas son respuestas sociales a las demandas persistentes y cambiantes, en el contexto de una cada vez mayor diversidad social, dinámica y compleja.


LA GOBERNANZA Y LA MANCOMUNIDAD La Gobernanza como mecanismo de fortalecimiento del Modelo de Gestión Mancomunado, resulta importante en el sentido de viabilizar mediante los representantes de los organismos mancomunados las estrategias que permitan el desarrollo y consecución de sus fines de manera oportuna, eficaz y eficiente.  Teniendo en cuenta algunos aspectos entre ellos:  La sustentabilidad presupuestaria, los aportes, ingresos, control de cuentas y transparencia  La modalidad de gerencia  Decisiones políticas y prácticas de gestión  Los aliados estratégicos  La rotación del liderazgo  El intercambio de experiencias y proyectos


CONCLUSIONES  La Gobernanza como mecanismo de fortalecimiento del

Modelo de Gestión Mancomunado es muy importante dado que permite establecer adecuadamente las competencias para las cuales se ha creado la mancomunidad, cumpliendo así con un parámetro tan esencial como es la descentralización; parámetro que el Gobierno ha venido buscando con este tipo de Modelos de Gestión.


 Desde nuestra experiencia como Mancomunidad de Cotopaxi para el

desarrollo de las competencias de tránsito, transporte terrestre y seguridad vial, a través la Empresa Pública, ha resultado importante el aporte que ha realizado cada representante de los Gobiernos Autónomos Descentralizados Municipales que la conforman para de esta forma garantizar la consecución de los objetivos establecidos en el convenio de creación y con ellos brindar a la colectividad un servicio que garantice los derechos de las personas que establece la Constitución en armonía con del buen vivir y todos los derechos establecidos en la Constitución, así como de los principios que rigen la administración pública tales como eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración, descentralización, coordinación, participación, planificación, transparencia y evaluación, y garantizando que la prestación del servicio de transporte público se ajuste a los principios de seguridad, responsabilidad, universalidad, accesibilidad, continuidad y calidad, con tarifas socialmente justas.


GRACIAS POR SU ATENCIÓN


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