Conferencia Regional Humanitaria sobre la protección de personas desplazadas y refugiadas: Seguimiento a la Declaración y al Plan de Acción de México Quito, Noviembre 8 y 9 de 2010
Memorias Conferencia Regional Humanitaria sobre la protección de personas desplazadas y refugiadas: Seguimiento a la Declaración y al Plan de Acción de México
© Secretaría Técnica de la Conferencia Regional Humanitaria Consultoría para los Derechos Humanos y el Desplazamiento CODHES (Ecuador) Dirección: Av. De la República E4-87 e Inglaterra Oficina 11A. Quito Teléfono: (593-2) 6012081 E-mail: conferenciaregional@codhes.org Edición Marcela Ceballos Medina Coordinación Zully Laverde Morales Fotografía Servicio Jesuita a Refugiados y Migrantes (Ecuador) SJRM ACNUR Alejandro Rojas A Diagramación Mantis Comunicación mantis@mantis.com.ec Fecha de Publicación: Junio de 2011
La Conferencia Regional Humanitaria fue Convocada por: La Consultoría para los Derechos Humanos y el Desplazamiento (CODHES) El Consejo Noruego para Refugiados (NRC) Refugees International El Servicio Jesuita para Refugiados de Latinoamérica y El Caribe (SJR-LAC) El Secretariado Nacional Pastoral Social (SNPS)- Conferencia Episcopal de Colombia La Pastoral de Movilidad Humana de América Latina (PMH) La Consejería en Proyectos (PCS) Hermanas Scalabrinianas Con el Auspicio de: El Ministerio de Relaciones Exteriores Comercio e Integración de la República del Ecuador El Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) El Instituto Interamericano de Derechos Humanos (IIDH) Centro por la Justicia y el Derechos Internacional (CEJIL) The Washington Office on Latin America (WOLA) El Instituto de Derechos Humanos y Relaciones Internacionales de la Pontificia Universidad Javeriana La Universidad Andina Simón Bolívar del Ecuador (UASB) La Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO-Ecuador) El Instituto de Derechos Humanos de la Universidad Centroamericana José Simeón Cañas de El Salvador Con el apoyo de: La Embajada de Suecia en Colombia La Embajada de Noruega en Colombia La Organización Internacional para las Migraciones (OIM) La Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID)
2
Contenido Presentación 7 La Conferencia en el Contexto Regional 10 Primera Parte: Instalación de la Conferencia 1.1. Intervención de Jorge Rojas- CODHES 1.2. Intervención del Economista Ricardo Patiño – Ministerio de Relaciones Exteriores Comercio e Integración del Ecuador 1.3. Intervención Atle Solberg – Consejo Noruego para Refugiados 1.4. Intervención Volker Türk – ACNUR 1.5. Intervención mujeres refugiadas
13 15 19
Segunda Parte: Antecedentes, Iniciativa y Propuesta 2.1. La propuesta de una Conferencia Regional Humanitaria 2.2. El Plan de Acción de México en perspectiva
27 29 34
Tercera Parte: Declaración de Quito
37
Cuarta Parte: Encuentros Nacionales Preparatorios 4.1. Prólogo 4.2. Encuentro Preparatorio Costa Rica 4.3. Encuentro Preparatorio Venezuela 4.4. Encuentro Preparatorio Ecuador 4.5. Encuentro Preparatorio Panamá
47 49 51 61 67 75
Quinta Parte: Los Gobiernos frente al Plan de Acción de México 5.1. Prólogo 5.2. Gobierno de Argentina 5.3. Gobierno de Costa Rica 5.4. Gobierno de Ecuador 5.5. Gobierno de El Salvador 5.6. Gobierno de Panamá 5.7. Gobierno de Perú 5.8. Gobierno de Brasil 5.9. Gobierno de Colombia 5.10. Gobierno de México 5.11. Gobierno de Estados Unidos 5.12. Sesión de Preguntas y Comentarios
81 83 84 86 87 89 90 91 93 94 95 96 96
Conferencia Regional Humanitaria sobre la protección de personas desplazadas y refugiadas: Seguimiento a la Declaración y al Plan de Acción de México
21 22 26
4
Sexta Parte: Perspectivas de la Sociedad Civil 6.1. Prólogo 6.2. Colombia 6.3. Costa Rica 6.4. Ecuador 6.5. Panamá 6.6. Perú 6.7. Venezuela 6.8. Chile 6.9. Sesión de Preguntas y Comentarios
99 101 102 106 108 102 115 119 122 123
Séptima Parte: El Desplazamiento Forzado en La Región 7.1. Prólogo 7.2. Reflexiones en torno a la atención al Desplazamiento Forzado 7.3. Patrones del Desplazamiento Forzado en la Región 7.4. El Desplazamiento Forzado en Colombia 7.5. Aportes de Asociaciones de Desplazados Colombia y Perú 7.6. Propuesta de Declaración sobre Desplazamiento Forzado
125 127 129 134 139 141 143
Octava Parte: Resultados de las Mesas de Trabajo 8.1. Desplazamiento Forzado 8.2. Fortalecimiento Institucional 8.3. Fronteras Solidarias 8.4. Ciudades Solidarias 8.5. Reasentamiento Solidario
147 149 151 157 160 161
Novena Parte: Algunas Conclusiones
162
Anexos Anexo 1- Listado de Participantes Conferencia Regional Anexo 2- Declaración y Plan de Acción de México
165 167 173
In Memoriam 4
Con el entusiasmo de siempre, Augusto Ramírez Ocampo se comprometió con la preparación y realización de esta Conferencia Regional Humanitaria sobre Protección de Personas Desplazadas y Refugiadas, siempre con la idea de la consecución de la paz, sin abandonar el enfoque de derechos humanos y la exigencia de preservar el derecho internacional humanitario. Seguir este camino es el mejor homenaje a su memoria.
Conferencia Regional Humanitaria sobre la protección de personas desplazadas y refugiadas: Seguimiento a la Declaración y al Plan de Acción de México
Dedicatoria A todas las personas en situación de desplazamiento forzado y refugio, que son la razón de ser de este esfuerzo por preservar el espíritu solidario y reafirmar la tradición de protección y asilo en el continente americano
6
Presentación Una sociedad civil que construye y propone para asegurar derechos de personas desplazadas, refugiadas y migrantes Comité de Seguimiento al Plan de Acción de México1
Ya es un lugar común afirmar que las organizaciones no gubernamentales y otras expresiones organizadas de sociedad civil juegan un rol importante frente a los Estados que toman decisiones unilaterales o multilaterales y ante los organismos internacionales que responden a esas políticas públicas y actúan de manera subsidiaria y complementaria a los gobiernos. No obstante, el rol de la sociedad civil debe pensarse no sólo como un aspecto funcional a la legitimación que reclaman los Estados y los organismos internacionales, es necesario cualificar esa participación en la esfera de la construcción de políticas públicas y de sistemas de indicadores que permitan monitorear su cumplimiento. La posibilidad de ir más allá de los intereses de los Estados y, aún, de desafiar su poder, se expresa en la capacidad de las organizaciones de sociedad civil de posicionar en la agenda internacional temas que trascienden y ponen en cuestión las prioridades clásicas, excluyentes o totalizantes que caracterizan el mundo globalizado de hoy (seguridad y libre comercio) y convocan debates en torno a derechos humanos, medio ambiente, migraciones, comercio justo, entre otros. Pero no basta con ganar un espacio en la agenda internacional desde un enfoque de derechos, aún desde una perspectiva diferencial de esos derechos. Es necesario identificar propuestas viables y sostenibles y elevar en términos de gobernanza la interlocución entre la sociedad civil, los Estados y los organismos internacionales. La convocatoria y realización exitosa de una Conferencia Regional Humanitaria sobre la Protección de Personas Desplazadas y Refugiadas en Quito (Ecuador) en noviembre de 2010 (CRH), para hacer seguimiento a los compromisos asumidos por los Estados que suscribieron en las Américas la Declaración y el Plan de Acción de México (2004), representa un proceso que se encamina en esa dirección. La CRH y toda la experiencia de participación no estatal en Centroamérica y ahora en 1 El Comité de Seguimiento al Plan de Acción de México, es el nombre que adoptó el Comité de Auspicio después de la realización de la Conferencia Regional Humanitaria, a la fecha de publicación de estas memorias, integran el Comité: La Consultoría para los Derechos Humanos y el Desplazamiento (CODHES), El Consejo Noruego para Refugiados (NRC), Refugees International, El Servicio Jesuita para Refugiados de Latinoamérica y El Caribe (SJR-LAC), La Misión Scalabriniana y La Consejería en Proyectos (PCS). Con el apoyo del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR). CODHES ejerce la Secretaría Técnica.
Conferencia Regional Humanitaria sobre la protección de personas desplazadas y refugiadas: Seguimiento a la Declaración y al Plan de Acción de México
Sudamérica confirman que, en los asuntos humanitarios y de derechos humanos, hay una sociedad civil que denuncia, pero que propone, que critica pero que construye. Hay algunas razones que sustentan esta afirmación: 1. El refugio que trasciende las fronteras y el desplazamiento forzado interno hacen parte de una realidad lamentable en el continente americano y hacer visible esta tragedia, identificar sus casusas y consecuencias, sus características y dinámicas, ha sido un esfuerzo de las propias víctimas, de las organizaciones de derechos humanos, de las Iglesias y de organismos internacionales. La tarea de la sociedad civil ha contribuido a evitar el olvido, a reconocer como personas sujetas de derechos a las víctimas que fueron obligadas a migrar dentro y fuera de las fronteras por razones asociadas a conflictos armados, violación masiva de derechos civiles y políticos y otras formas de persecución. Así ocurrió en la década de los 70 frente al flujo de personas que buscaban salvar sus vidas y su libertad de los países del sur del continente sometidos a crueles dictaduras militares. También se reconoce la acción humanitaria y de derechos humanos frente a quienes optaron por el refugio y el desplazamiento civiles en medio de las guerras civiles en Centroamérica en los años 80. Otro tanto ocurre alrededor de los desplazamientos forzados y el refugio internacional de cientos de miles de personas afectadas por el conflicto armado interno que continúa sin solución en Colombia. 2. La sociedad civil estuvo presente en la adopción de un marco normativo, en su promoción y en la denuncia de su violación, en las convocatoria de los Estados para vigilar o fortalecer su cumplimiento y, más recientemente, en acciones orientadas a hacer realidad estos derechos. Así ocurrió cuando se adoptó la Declaración de Cartagena (1984), en la activa participación de ONG en las reuniones sobre Refugiados y Desplazados en Centroamérica (CIREFCA), en la discusión y aprobación de la Declaración de San José de Costa Rica (1994) y en la adopción de la Declaración y el Plan de Acción de México (2004). 3. El Plan de Acción de México reconoce a la sociedad civil como un actor importante para monitorear la situación de desplazados y refugiados y los compromisos asumidos por los Estados. Haciendo uso de este reconocimiento, un grupo de organizaciones agrupadas en el Comité de Auspicio, tomaron la iniciativa de convocar esta Conferencia Regional Humanitaria. Lo novedoso es que la sociedad civil toma la iniciativa, convoca a los gobiernos y organismos internacionales y se erige como interlocutor válido para el debate público en torno a los derechos de las personas refugiadas y desplazadas. Realizar la reunión en Ecuador era reconocer los impactos del conflicto armado en este país y llamar la atención sobre la necesidad de buscar soluciones compartidas atendiendo los derechos de las personas afectadas. La presentación de esta memoria de la CRH coincide con la celebración de los 60 años de la Declaración sobre el Estatuto de los Refugiados (1951) y los 50 años de la Convención para reducir los casos de Apátrida (1961), instrumentos adoptados por la comunidad internacional que deben ser fortalecidos para asegurar, en primer lugar, una mayor capacidad
8
de protección internacional de las personas afectadas, la inclusión de una práctica de goce efectivo de derechos que permita ir más allá de la formulación normativa y las adhesiones políticas, el reconocimiento de nuevas formas de apatridia y de nuevos factores que inciden en el incremento de flujo de refugiados y desplazados (cambio climático, ejecución de megaproyectos, generalización de cultivos para agrocombustibles, explotación minera, además de la irrupción de poderosos actores no estatales que ejercen violencia contra civiles inocentes). Tal vez la idea que se sembró en Quito de avanzar hacia una segunda Conferencia Regional Humanitaria en México, represente una posibilidad de ampliar los horizontes de comprensión y acción sobre estos temas, justamente en uno de los países que ofrece mayor complejidad en cuanto a nuevos escenarios de la migración forzada. En el mismo sentido, se inscribe la iniciativa de la CRH para que el gobierno del Ecuador por su experiencia y buenas prácticas de reconocimiento del refugio, lidere una convocatoria a los gobiernos que suscribieron el Plan de Acción de México en 2004 evalúen sus compromisos y responsabilidades frente a la tragedia humanitaria que representan el desplazamiento forzado y el refugio en la región. Entre tanto, el Comité de Auspicio de la CRH presenta estas memorias que resumen las posiciones de los gobiernos, de personas en situación de desplazamiento y refugio, de las organizaciones no gubernamentales y de especialistas que respondieron a esta convocatoria. De igual manera, el Comité de Auspicio insta a las organizaciones que participaron y a otras organizaciones de sociedad civil a continuar el debate, a identificar propuestas y a cualificar la interlocución y la participación para avanzar en el doce efectivo de los derechos de las personas que, contra su voluntad y por razones de fuerza y violencia, tienen que desplazarse, refugiarse y migran dentro y fuera del continente. Por último, reiteramos el reconocimiento y agradecimiento al gobierno del Ecuador que facilitó y apoyó la realización de la CRH, a los 16 gobiernos que confiaron en esta convocatoria y aportaron con sus informes y propuestas, todas las personas y organizaciones de los 18 países que participaron, a los medios de comunicación que cubrieron la reunión y a las agencias de cooperación que creyeron en este esfuerzo y que aportaron recursos e ideas para asegurar su exitosa realización. Junio de 2011
Conferencia Regional Humanitaria sobre la protección de personas desplazadas y refugiadas: Seguimiento a la Declaración y al Plan de Acción de México
La Conferencia en el Contexto Regional Marcela Ceballos Medina2
La iniciativa de esta Conferencia Regional Humanitaria sobre la protección de las personas desplazadas y refugiadas surge en un contexto de grandes retos para los gobiernos, la cooperación internacional, los organismos intergubernamentales y la sociedad civil. Primero, asistimos a una diversificación de destinos de población refugiada y solicitante de refugio en la región, la cual ocurre de la mano de la confluencia de múltiples factores que están generando migración forzada en el continente (medioambientales, económicos, sociopolíticos). Parece evidente que la tradicional forma de entender la migración forzada, separando las causas políticas de aquellos factores económicos que generan otro tipo de migración – léase migración laboral, económica o “voluntaria”- no es útil para explicar las tendencias actuales ni para avanzar en la búsqueda de soluciones duraderas para la población directamente afectada. Si bien es necesario mantener la categoría de personas en necesidad de protección internacional y desplazados internos, con el fin de proporcionar mecanismos de prevención, protección y reparación adecuados y acordes con los estándares internacionales de derechos humanos; la situación actual muestra que, en el largo plazo, estas personas necesitan acogerse a regímenes migratorios más amplios, que permitan regularizar su situación o mejorar las condiciones de integración local. La discusión sobre la forma adecuada para responder a los “flujos mixtos” (movimientos de población que incluyen a personas huyendo de persecución política o violencia y a personas migrando por motivos económicos), implica reconocer que existe una confluencia de causas y motivos, ya que la población en busca de protección internacional también migra en busca de trabajo y oportunidades económicas y, por ejemplo, las crisis alimentarias derivadas de conflictos armados prolongados, hacen parte de los impactos económicos de la guerra. En segundo lugar, la Conferencia Regional Humanitaria surge como un espacio único y necesario de diálogo e interlocución entre gobiernos, organizaciones de la sociedad civil, asociaciones de desplazados y refugiados, organismos intergubernamentales y agencias de cooperación internacional. La discusión acerca de los temas relacionados con el refugio, el desplazamiento forzado y el impacto de los conflictos armados en la región, se aborda generalmente en espacios donde participan exclusivamente los gobiernos o en 2 Editora de las Memorias de la Conferencia Regional. Consultora, profesora del Instituto de Estudios Urbanos de la Universidad Nacional de Colombia y miembro del Grupo Ecología Histórica y Movilidad Humana del Centro de Estudios Sociales en la misma Universidad.
10
instancias regionales donde la participación de la sociedad civil es incipiente. En este sentido, es fundamental mantener la continuidad de la Conferencia Regional Humanitaria y hacer seguimiento a los resultados de este espacio. Por último, la Conferencia Regional Humanitaria quiere responder a interrogantes concretos sobre la protección de las personas refugiadas, solicitantes de refugio y desplazadas. La implementación de los acuerdos de la Declaración y Plan de Acción de México Para Fortalecer la Protección Internacional de los Refugiados en América Latina, constituye un reto para los gobiernos y requiere de un papel protagónico de la sociedad civil. En ambos casos, es necesario abordar las respuestas desde la perspectiva regional y a partir de alianzas que superen el ámbito nacional. Esperamos que este espacio pueda consolidarse como una respuesta viable a estos retos.
Conferencia Regional Humanitaria sobre la protección de personas desplazadas y refugiadas: Seguimiento a la Declaración y al Plan de Acción de México
12
Primera Parte Instalación de la Conferencia Regional Humanitaria sobre la Protección de las Personas Desplazadas y Refugiadas Conferencia Regional Humanitaria sobre la protección de personas desplazadas y refugiadas: Seguimiento a la Declaración y al Plan de Acción de México
14
1.1. Intervención inaugural Jorge Enrique Rojas3
Tengo la certeza de que esta reunión de voluntades diversas es hoy posible porque los gobiernos, la sociedad civil y la comunidad internacional coincidimos en reconocer la obligación y el compromiso de hacer mucho más para asegurar y realizar los derechos humanos de cientos de miles de personas refugiadas, solicitantes de refugio y desplazadas en la región. Muchas gracias por convocar, auspiciar, apoyar y participar en esta Conferencia Regional Humanitaria. La sociedad civil tomó la iniciativa de reunir voluntades diversas para hacer seguimiento a los compromisos de fortalecer la protección de personas refugiadas, asumidos en ciudad de México, en noviembre de 2004. Queremos reconocer las buenas prácticas y los esfuerzos realizados por gobiernos, instituciones del Estado, sociedad civil y comunidad internacional, hacer visible la situación de las personas refugiadas y desplazadas en la región y formular propuestas que aseguren la realización y el goce efectivo de sus derechos. América Latina aún es un continente en movimiento y buena parte de los flujos migratorios ocurren por conflictos armados, violencias urbanas y violaciones masivas de los derechos humanos y, cada vez más, desastres socio naturales así como por implementación de megaproyectos. Millones de personas han sido desplazadas internamente y cientos de miles se asilaron o buscaron refugio y protección más allá de las fronteras de sus países para salvar sus vidas y preservar su libertad4. En algunos casos las circunstancias políticas que motivaron estas migraciones involuntarias se mantienen y emergen otras causas de orden económico que afectan o pueden afectar a millones de personas. Colombia es uno de los países de origen con mayor número de personas refugiadas en el mundo por la violencia. En primer lugar se encuentran Afganistán y Pakistán (estos dos países suman casi la mitad de todos los refugiados bajo responsabilidad de ACNUR, Afganistán con 2,9 millones y Paquistán con 1, 8 millones), seguidos de Somalia, República Democrática del Congo, Myanmar y Colombia, con 389.800 refugiados distribuidos en por lo menos 36 países del mundo Colombia ocupa el quinto lugar en la lista de países de origen con mayor número de nuevas solicitudes de refugio presentadas durante el 2009 en el mundo (con 39.200). Le anteceden Zimbabwe con 158.200, Myanmar con 48.600, Eritrea con 143.300, Etiopía con 42.5005. Es el país con mayor número de desplazados internos, con por lo menos 3 millones 700 mil personas reconocidas por ACNUR .Estas 3 Presidente de la Consultoría para los Derechos Humanos y el Desplazamiento (CODHES), Delegado para la instalación por el Comité de Auspicio de la Conferencia Regional Humanitaria. 4 De acuerdo con el último informe de ACNUR (2010), a diciembre de 2009 se registraban 43,3 millones de personas en situación de migración forzada en el mundo, la cifra más alta reportada desde mediados de los noventa. De estos, 15, 2 millones son refugiados, 983 mil solicitantes de asilo y 27, 1 millones de personas internamente desplazadas (Nota de la editora) 5 ACNUR (2010) Tendencias Globales 2009: Refugiados, solicitantes de asilo, retornados, desplazados internos y personas sin nacionalidad. ACNUR: Ginebra
Conferencia Regional Humanitaria sobre la protección de personas desplazadas y refugiadas: Seguimiento a la Declaración y al Plan de Acción de México
cifras confirman la dimensión de la crisis humanitaria y de derechos humanos que padece Colombia y que sigue afectando la región latinoamericana y el mundo. No es casual que esta Conferencia sesione en Ecuador. El país que nos acoge es el que tiene mayor número de refugiados colombianos reconocidos en el continente americano. Según la Cancillería ecuatoriana, 52 mil colombianos se encuentran en este país andino en calidad de refugiados, bajo la protección del gobierno y de acuerdo con ACNUR, aproximadamente otros 80 mil requieren de protección internacional. En su mayoría son campesinos, indígenas, afro descendientes que pasan a diario la frontera ante la intensidad de los combates en territorio colombiano, las agresiones por parte de la Fuerza Pública o de grupos irregulares en la zona de frontera. Más del 60% se concentran en las principales ciudades de Ecuador (Quito, Guayaquil y Cuenca). Los efectos de esta migración forzada llegan a otros países del continente. Estados Unidos ha reconocido el estatuto de refugiado a 26 mil colombianos, Canadá reconoció 13 mil, Costa Rica 10.200 y Panamá y Venezuela a mil personas aproximadamente cada uno. En Brasil se han reasentado alrededor de 600 colombianos refugiados procedentes de Ecuador. Miles de colombianos y algunos ciudadanos de otras nacionalidades del continente y también de África y Asia, esperan ese reconocimiento y requieren de protección internacional. Muchos de ellos han sido víctimas de trata y tráfico. América Latina tiene una tradición de asilo y en esta región del mundo se ha avanzado en la normatividad, en buenas prácticas de atención, protección y soluciones duraderas. Por ejemplo, el procedimiento del registro ampliado en Ecuador permitió el reconocimiento masivo de refugiados colombianos, los programas de reasentamiento en Brasil, Chile y Argentina y los esfuerzos de economía solidaria en Costa Rica, son algunos ejemplos positivos. En cuanto al desplazamiento forzado, en Colombia hay un ejercicio de exigibilidad de derechos alrededor de una sentencia de la Corte Constitucional, que declaró el una situación de emergencia y dicta órdenes al gobierno para superar un estado de cosas inconstitucional como consecuencia de la violación masiva y sistemática de derechos humanos de las personas desplazadas. Los proyectos de Ley de víctimas y restitución de tierras propuestos por el nuevo gobierno (2010-2014) incluye a los desplazados y el gobierno ha aumentado los recursos para atender a las víctimas de desplazamiento forzado. En Perú, las organizaciones de desplazados y de derechos humanos procuran la inclusión de 600 mil desplazados internos en los programas de reparación, verdad y justicia para las víctimas del conflicto armado. No obstante, hay restricciones y retrocesos. A pesar de las evidencias, las cifras y el discurso oficial intentan ocultar la realidad y se tiende a confundir las causas que provocan los flujos de refugiados y desplazados con el de los migrantes económicos, en desarrollo de una práctica nociva que niega los derechos de las víctimas de violaciones a los derechos civiles y políticos y de graves infracciones al Derecho Internacional Humanitario.
16
Los gobiernos no deben olvidar los compromisos asumidos en el largo proceso que va desde la Declaración de Cartagena de 1984 hasta la Declaración y Plan de Acción de México Para Fortalecer la Protección Internacional de los Refugiados en América Latina. La Declaración de Cartagena de 1984 sobre Refugiados, que obliga e insta a los gobiernos a proteger a “las personas que han huido de sus países porque su vida, seguridad o libertad han sido amenazadas por la violencia generalizada, la agresión extranjera, los conflictos internos, la violación masiva de los derechos humanos u otras circunstancias que hayan perturbado gravemente el orden público”, tiene plena vigencia y constituye un importante desarrollo de la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951. El nuevo reto consiste en hacer confluir en la práctica los principios de la Declaración y Plan de Acción de México Para Fortalecer la Protección Internacional de los Refugiados en América Latina con los Principios Rectores sobre Desplazamiento Interno, para una respuesta integral a las migraciones forzadas dentro y fuera de los países de origen. El desafío para los gobiernos democráticos es también el reconocimiento de las nuevas causas que provocan migraciones forzadas, tales como: las violencias en zonas de frontera y zonas urbanas asociadas a tráficos de drogas y armas y a la trata de personas y tráfico de migrantes. Este reconocimiento debe tener en cuenta otras circunstancias que vulneran los derechos económicos, sociales y culturales y que deben ser incorporados en los programas de prevención, protección y soluciones duraderas, tales como: desastres socio naturales, provocados por la naturaleza y, en muchos casos causados por la explotación irracional de los recursos naturales, la ejecución de macro proyectos (burlando la consulta previa a las comunidades nativas), la indiscriminada explotación minera, petrolera y gasífera, así como la decisión de priorizar el uso de la tierra para producir agro combustibles y no alimentos. La masacre de Tamaulipas en la frontera de México con Estados Unidos y las tragedias múltiples que afectan al pueblo de Haití, son ejemplos lamentables de las nuevas circunstancias en que ocurren las violencias y los éxodos de población que, como siempre, afectan con especial dureza a mujeres, niños, niñas y adolescentes, campesinos, pueblos indígenas y comunidades afro descendientes. Esta reunión es una iniciativa de sociedad civil y es un hecho significativo que algunos gobiernos hayan expresado su interés y disposición de participar. Por eso, el primer objetivo, el de crear un diálogo horizontal entre gobiernos y sociedad civil, está asegurado desde ya, así como el propósito de hacer visible la realidad de los refugiados y desplazados en América Latina. Ahora necesitamos compromisos concretos de los gobiernos para que se cumplan los acuerdos contemplados en la Declaración y Plan de Acción de México Para Fortalecer la Protección Internacional de los Refugiados en América Latina. Por ejemplo, los gobiernos de Venezuela, Panamá, Brasil y Perú podrían realizar registros ampliados para reconoConferencia Regional Humanitaria sobre la protección de personas desplazadas y refugiadas: Seguimiento a la Declaración y al Plan de Acción de México
cer a las personas refugiadas de origen colombiano, como un primer paso para reconocer sus derechos. Ahora bien, ¿cuántos refugiados colombianos en Ecuador podrían ser reasentados en otros países de América Latina en el marco de los compromisos de la Declaración y Plan de Acción de México Para Fortalecer la Protección Internacional de los Refugiados en América Latina. Ecuador no puede llevar solo el peso de esta crisis humanitaria que afecta a toda la región. La iniciativa de un acuerdo entre Colombia y Ecuador en torno al tema de los refugiados debe considerar en forma prioritaria la atención y protección de esta población. Eventuales planes de repatriación deben partir de condiciones de voluntariedad, seguridad y dignidad, además de reparación para los refugiados como víctimas del conflicto armado interno que persiste en Colombia. Los gobiernos que tienen frontera terrestre con Colombia pueden hacer realidad la propuesta de Fronteras Solidarias, que asegura inversión social en estas regiones, el reconocimiento oficial de refugiados y desplazados, el apoyo a las poblaciones locales y la integración social, más allá de planes de militarización y “securitización” de las fronteras. Las ciudades que acogen refugiados pueden adoptar programas de ciudades solidarias, como una forma de integración real, tal y como lo ha asumido, por ejemplo, la municipalidad de Quito y otras ciudades y municipios de la región. Es urgente aunar esfuerzos para superar la discriminación, la xenofobia y otras formas de estigmatización de personas refugiadas y desplazadas. El ejemplo debe partir de los gobiernos, pero también de la sociedad civil así como del sector privado y otros actores sociales, especialmente de los medios de comunicación. Hay muchas personas en esta sala y otros ausentes, que tienen una trayectoria y una vida al servicio de los derechos de las personas refugiadas y desplazadas. Fueron artífices de la experiencia centroamericana que tuvo en Cartagena un importante impulso y contribuyó eficazmente a superar los conflictos armados y a reconocer la acción humanitaria y de derechos humanos. Sólo quiero mencionar al ex canciller de Colombia, Augusto Ramírez Ocampo, cuya dedicación y compromiso también merece un reconocimiento desde la sociedad civil. Con él, personas como Jorge Santistevan, Luis Varese, Leila Lima, Deborah Elizondo, Francisco Galindo y Roberto Meyer, entre tantos otros. Una reflexión final que delata, una vez más mi nacionalidad. Todos los esfuerzos humanitarios, toda la acción de derechos humanos debe estar orientada a superar el conflicto armado interno que por tanto tiempo padece mi país. La paz de Colombia es el mejor escenario de prevención de causas de desplazamiento forzado y refugio. Una paz que sea el resultado del diálogo y la negociación, a la que instamos desde este foro y desde este país hermano, al gobierno de Colombia y a los grupos irregulares. Muchas gracias
18
1.2. Intervención del Ministerio de Relaciones Exteriores Comercio e Integración de la República del Ecuador: La respuesta del Ecuador al fenómeno del refugio como país receptor
Economista Ricardo Patiño6
La Declaración de Cartagena de 1984 sobre los Refugiados significa un aporte de América Latina a la definición ampliada del refugio y su respectiva protección. Ha sido la base de la política de atención del gobierno ecuatoriano -principal receptor de refugiados en América Latina-, la cual se caracteriza por el irrestricto respeto de los derechos humanos de los refugiados sin excepciones. Se trata de un mandato elevado a rango constitucional. El proceso revolucionario que conllevó a la elección del actual gobierno de Rafael Correa y su continuidad en el plan de gobierno nacional, garantiza el derecho a la libre movilidad humana, independiente de la condición migratoria (sean personas solicitantes de refugio, personas en necesidad de protección internacional o refugiados). Este proceso compromete al Estado ecuatoriano a través de la implementación de políticas que garanticen el cumplimiento del Derecho Internacional Humanitario para atender las necesidades de las personas en necesidad de protección en Ecuador. Esta política incluye a las poblaciones de acogida (con el fin de evitar la discriminación negativa): a 30 de septiembre de 2010 había en el país 54 mil refugiados, colombianos en un 98.5%.Las dificultades geográficas y de desarrollo que afectan a las poblaciones de frontera, requieren de los esfuerzos del gobierno y de la solidaridad de los gobiernos amigos para ser atendidas. En ese sentido, se requieren respuestas inmediatas y soluciones duraderas, tanto para la población en necesidad de protección internacional, como para la población receptora. La Declaración y Plan de Acción de México Para Fortalecer la Protección Internacional de los Refugiados en América Latina estableció los programas Fronteras Solidarias y Ciudades Solidarias. Quito ha sido de las primeras ciudades en acoger este programa (Ciudades Solidarias). Además, la Comisión Binacional Colombia – Ecuador, recién constituida, para atender las necesidades de la población colombiana en necesidad de protección internacional, pretende fomentar el retorno voluntario bajo condiciones de dignidad (está 6 Canciller de la República del Ecuador
Conferencia Regional Humanitaria sobre la protección de personas desplazadas y refugiadas: Seguimiento a la Declaración y al Plan de Acción de México
integrada por representantes de los gobiernos de los dos países, delegados de ACNUR y otras instituciones estatales involucradas). La constitución de esta comisión ha sido posible gracias al nuevo gobierno de Colombia que ha decidido asumir la corresponsabilidad frente al tema, antes esto no hubiera sido posible. Este foro constituye una oportunidad para abordar el fenómeno del refugio y los retos que enfrenta el gobierno ecuatoriano frente a la responsabilidad que ha debido asumir en la atención del fenómeno, siempre en la búsqueda de la paz en Colombia. En ese sentido nuestra intención es prevenir, en lugar de atender. Quisiera finalizar esta intervención citando los Artículos 40, 41 y 42 de la Sección Tercera (Movilidad Humana) de la Constitución Política del Ecuador, aprobada en el año 2008, ya que sintetiza la orientación de la política migratoria del Estado ecuatoriano, incluyendo una modificación de la política de refugio y el reconocimiento de la condición de desplazado interno. “Se reconoce a las personas el derecho a migrar. No se identificará ni se considerará a ningún ser humano como ilegal por su condición migratoria. El Estado, a través de las entidades correspondientes, desarrollará entre otras las siguientes acciones para el ejercicio de los derechos de las personas ecuatorianas en el exterior, cualquiera sea su condición migratoria: 1. Ofrecerá asistencia a ellas y a sus familias, ya sea que éstas residan en el exterior o en el país. 2. Ofrecerá atención, servicios de asesoría y protección integral para que puedan ejercer libremente sus derechos. 3. Precautelará sus derechos cuando, por cualquier razón, hayan sido privadas de su libertad en el exterior. 4. Promoverá sus vínculos con el Ecuador, facilitará la reunificación familiar y estimulará el retorno voluntario. 5. Mantendrá la confidencialidad de los datos de carácter personal que se encuentren en los archivos de las instituciones del Ecuador en el exterior. 6. Protegerá las familias transnacionales y los derechos de sus miembros” (Artículo 40, Constitución Política del Ecuador). “Se reconocen los derechos de asilo y refugio, de acuerdo con la ley y los instrumentos internacionales de derechos humanos. Las personas que se encuentren en condición de asilo o refugio gozarán de protección especial que garantice el pleno ejercicio de sus derechos. El Estado respetará y garantizará el principio de no devolución, además de la asistencia humanitaria y jurídica de emergencia. No se aplicará a las personas solicitantes de asilo o refugio sanciones penales por el hecho de su ingreso o de su permanencia en situación de irregularidad. El Estado, de manera excepcional y cuando las circunstancias lo ameriten, reconocerá a un colectivo el estatuto de refugiado, de acuerdo con la ley” (Artículo 41, Constitución Política del Ecuador). “Se prohíbe todo desplazamiento arbitrario. Las personas que hayan sido desplazadas tendrán derecho a recibir protección y asistencia humanitaria emergente de las autoridades, que asegure el acceso a alimentos, alojamiento, vivienda y servicios médicos y sanitarios. Las niñas, niños, adolescentes, mujeres embarazadas, madres con hijas o hijos menores, personas adultas mayores y personas con discapacidad recibirán asistencia humanitaria preferente y especializada. Todas las personas y grupos desplazados tienen derecho a retornar a su lugar de origen de forma voluntaria, segura y digna” (Artículo 42, Constitución Política del Ecuador).
20
1.3. La Declaración de Cartagena y el proceso de seguimiento al Plan de Acción de México
Atle Solberg7
El Consejo Noruego para los Refugiados (CNR) es una ONG de Noruega con más de veinte años de trabajo en América Latina. Durante los últimos diez años ha concentrado su acción en Venezuela, Ecuador, Panamá y Colombia. El CNR apoyó las consultas previas para conmemorar la Declaración de Cartagena que resultó en la Declaración y Plan de Acción de México Para Fortalecer la Protección Internacional de los Refugiados en América Latina. Entre los objetivos de esta Conferencia Regional Humanitaria se cuentan el s Seguimiento al Plan de Acción de México, analizar la situación de los refugiados en la región y proponer soluciones duraderas. Esta situación sigue siendo igual de relevante que en el pasado, siguen habiendo miles de personas en necesidad de protección internacional en la región que no han alcanzado una solución duradera. Es necesario resaltar la necesidad de concretar aún más las responsabilidades y renovar los compromisos a favor de los refugiados. La existencia de flujos de población refugiada y desplazada en la región, así como las causas que ocasionan estos flujos, se mantienen. También es importante ratificar el papel central de la sociedad civil en la exigibilidad de derechos de las poblaciones refugiadas y desplazadas. Nuestra función como sociedad civil es conocer y difundir las necesidades de los refugiados con enfoque diferencial, además de incorporarlas en nuestros proyectos. Es la única manera de dar sostenibilidad a nuestras acciones. La idea principal de esta conferencia es compartir buenas prácticas, los avances que se han logrado a la fecha, aunque se requiere involucrar más a la sociedad civil y falta mucho por hacer, entre otras acciones, mejorar el cabildeo de la sociedad civil para promover políticas de soluciones duraderas, fortalecer la red de protección y asesoría legal en los países (mediante mecanismos de información y orientación), mejorar el acceso a la documentación mediante acciones de incidencia para la entrega de documentos de identidad y reducción de trámites, mejorar la asistencia humanitaria y aumentar los niveles de autosuficiencia(permitiendo que la población acceda a servicios básicos, en especial en zonas deprimidas), continuar el desarrollo doctrinal mediante el trabajo coordinado con instituciones académicas y estatales para este desarrollo. Es importante resaltar el papel del ACNUR en este proceso. 7 Director del Consejo Noruego para Refugiados, Colombia.
Conferencia Regional Humanitaria sobre la protección de personas desplazadas y refugiadas: Seguimiento a la Declaración y al Plan de Acción de México
1.4. La Conferencia Regional y la protección a los refugiados
Volker Türk8
En primer lugar, quiero felicitar a la sociedad civil que ha liderado y convocado esta importante conferencia, en particular a la Consultoría para los Derechos Humanos y el Desplazamiento (CODHES), al Servicio Jesuita para Refugiados y Migrantes (SJRM), al Consejo Noruego para los Refugiados (CNR), al Secretariado Nacional de Pastoral Social y a Refugees International. También a la República de Ecuador por acoger esta conferencia como país anfitrión, reafirmando así su compromiso ineludible con la protección de los refugiados. Quisiera resaltar que América Latina tiene una trayectoria histórica en protección de refugiados, desde las crisis del Caribe en los años 50, del Cono Sur en los años 70, de Centroamérica en los años 80, y en la actualidad la situación en Colombia con los millones de desplazados internos y los cientos de miles de refugiados colombianos en diferentes países del mundo, así como los movimiento migratorios mixtos que llegan de diversos continentes. América Latina marcó en 1984 un paso fundamental con la Declaración de Cartagena sobre Refugiados. Además de la definición ampliada de refugiado, contiene importantes compromisos en el tratamiento humanitario y la identificación de soluciones duraderas para los refugiados. La Declaración integra la trayectoria de asilo en América Latina, con el Derecho Internacional de Refugiados, los Derechos Humanos y el Derecho Internacional Humanitario. El espíritu de la Declaración de Cartagena marcó un hito en la protección de los refugiados, posteriormente desarrollado por la Conferencia Internacional sobre Refugiados Centro americanos, conocido como los principios CIREFCA para la protección de refugiados, desplazados y retornados en Centro América. Más adelante fueron profundizados en la Declaración de San José sobre Refugiados y Personas Desplazadas de 1994. A los 20 años de la Declaración de Cartagena, en el año 2004, los gobiernos, algunos sectores de sociedad civil, sectores académicos y ACNUR, impulsaron y aprobaron la Declaración y el Plan de Acción de México para fortalecer la Protección Internacional de los Refugiados en América Latina (PAM). Este plan mantiene la trayectoria latinoamericana de protección internacional y plantea esquemas muy novedosos de cooperación regional, tales como el reasentamiento solidario .Además, atiende situaciones urgentes como los refugiados urbanos, mediante el programa Ciudades Solidarias. Nuevamente, con el espíritu pragmático e innovador, basado en la solidaridad regional, América Latina reitera su interés y compromiso para ocuparse de sus propios refugiados, e incluso para extender sus respuestas humanitarias a otros refugiados de distintas partes del mundo. 8 Director División Protección Internacional del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Refugiados ACNUR.
22
Después de 6 años de aprobado el PAM, su vigencia y el espíritu de Cartagena que lo motivó, siguen siendo muy necesarios. Las cifras de desplazados internos y refugiados en la región ameritan mantener firme el compromiso con la protección de refugiados y con el espíritu de Cartagena. Las preocupaciones de los Estados por la seguridad en las regiones de frontera tienen que ser reconocidos, pero no deben afectar las necesidades humanitarias y la protección internacional, así como la visión de control de las migraciones no puede limitar los derechos de los miles de personas que cruzan fronteras buscando seguridad, estabilidad y prosperidad, en particular los refugiados, Desde la aprobación del PAM se han registrado importantes avances en la región, a nivel de legislaciones nacionales y procesos pragmáticos como el Registro Ampliado de refugiados en Ecuador, el cual permitió documentar a 27.740 refugiados en una aplicación práctica de la definición regional, incluida en la Declaración de Cartagena sobre Refugiados de 1984. Sin embargo, queda un largo recorrido por delante: las tasas de reconocimiento de refugiados en algunos países siguen siendo bajas y son grandes los retos en la integración local de los refugiados urbanos, particularmente en lo relativo a la autosuficiencia económica. En estos aspectos es muy importante retomar y fortalecer la función de la sociedad civil, por su experiencia en estos temas. Manteniendo el espíritu de Cartagena y del PAM, es fundamental reconocer la dimensión del desplazamiento forzado en la región, así como el impacto de los movimientos mixtos. El PAM puede ser utilizado para responder a los nuevos retos que la región está enfrentando en la identificación y protección de los refugiados y de las otras personas de interés del ACNUR. Ciertamente, es necesario revitalizar la búsqueda de soluciones duraderas, tanto para desplazados internos como para los refugiados. En esta materia igualmente la sociedad civil está llamada a contribuir de manera significativa, habida cuenta de su experiencia en el terreno y su experticia en temas tales como la formación profesional, vocacional y técnica y el manejo de proyectos de generación de ingresos y microcrédito. Resalto la tradición rica y antigua de los desarrollos en materia de asilo y refugio en América Latina. En especial La Declaración de Cartagena de 1984 sobre Refugiados, la Declaración de San José sobre Refugiados y Personas Desplazadas de 1994, la Convención Americana de Derechos Humanos, la Declaración y el Plan de Acción de México para fortalecer la protección internacional de los refugiados de América Latina de 2004; así como la inclusión de mecanismos de protección en las legislaciones nacionales, la experiencia del Registro Ampliado en Ecuador, las experiencias de reasentamiento en Brasil, Chile, Uruguay y Paraguay. Existen retos globales que no son ajenos a América Latina. El primero de ellos relacionado con la naturaleza del conflicto. Las formas tradicionales de violencia han cambiado, han Conferencia Regional Humanitaria sobre la protección de personas desplazadas y refugiadas: Seguimiento a la Declaración y al Plan de Acción de México
surgido nuevas formas de violencia que ocasionan desplazamientos (internos e internacionales). En segundo lugar, la violencia intraurbana que afecta a los grupos más vulnerables, tales como los refugiados (es el caso de la violencia de las pandillas y que producen refugio). En tercer lugar, la urbanización y transurbanización, fenómeno que hace alusión a las ciudades solidarias de la Declaración y el Plan de Acción de México para fortalecer la protección internacional de los refugiados de América Latina . Esperamos ver buenas prácticas desde esta región para abordar los problemas urbanos. Asistimos a constantes flujos mixtos de poblaciones en el sur del continente americano: existe la terminología de “extra continentales”, hay que ver qué medidas se desarrollan para atender a estas poblaciones. También existen problemas de discriminación y xenofobia hacia desplazados y refugiados. Es la raíz de una serie de acciones negativas en contra de los refugiados. Si bien el tema de los movimientos migratorios mixtos representa un reto para la protección internacional en el continente, es importante tener presente que su dinámica es distinta en el caso de la región andina. En esta región las personas colombianas que cruzan la frontera internacional a raíz del desplazamiento forzoso, han de ser reconocidos como refugiados. En este sentido, las respuestas migratorias no deben ser utilizadas para desconocer o minar el régimen internacional de protección de refugiados. El 2011 es un año de conmemoraciones, ahora voy en camino a Brasilia, donde el gobierno de Brasil ha decidido invitar a una serie de gobiernos de la región para iniciar la conmemoración del próximo año del 60 aniversario de la Convención de 1951 sobre el Estatuto de los Refugiados, y el 50 aniversario de la Convención para Reducir los Casos de Apátrida de 1961, y en breve el 60 aniversario del ACNUR. Con el apoyo de todos ustedes, estas conmemoraciones deben servir para fortalecer la protección y fomentar la ratificación de estas convenciones, en particular la Convención para Reducir los Casos de Apátrida de 1961y la Convención de 1954 sobre el Estatuto de los Apátridas. En el mundo actual, el desplazamiento forzoso sigue siendo una realidad que afecta a 44.3 millones de personas, los apátridas y las migraciones internacionales siguen generando una necesidad urgente de más y mayor compromiso de todos con la protección. De otro lado, América Latina también será un lugar idóneo para iniciar estas conmemoraciones. En esta misma semana tendrá lugar en Brasilia el Encuentro Internacional sobre Protección de Refugiados, Apátridas y Movimientos Migratorios Mixtos en las Américas, en la cual participarán la mayoría de Estados de la región y en la que impulsaremos la vigencia del PAM y la necesidad de revitalizarlo para atender los nuevos retos de la protección internacional. Las conclusiones de esta conferencia de la sociedad civil, serán compartidas en el Encuentro de Brasilia, pues la protección de los refugiados, apátridas y de las
24
personas con necesidades de protección que participan en los movimientos migratorios mixtos, debe ser fortalecida con la participación de todos, en particular de la sociedad civil aquí reunida. Por último, quiero felicitar esta iniciativa y reafirmar el compromiso del ACNUR con el trabajo coordinado con la sociedad civil, academia, organizaciones e instituciones de Derechos Humanos, las organizaciones comunitarias, las organizaciones de desplazados y refugiados, de los inmigrantes, de las mujeres, y de los jóvenes; para que todos juntos mantengamos viva la trayectoria de protección de los refugiados y desplazados internos en América Latina. El Encuentro Internacional sobre Protección de Refugiados, Apátridas y Movimientos Migratorios Mixtos en las Américas, el cual se llevará a cabo el 11 de Noviembre de 2010 en Brasil 2010, constituirá una discusión preparatoria antes de la Reunión Ministerial de los Estados Partes de la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951 y de la Convención para Reducir los Casos de Apátrida de 1961, que tendrá lugar en Ginebra el 7 y 8 de diciembre de 2011. Esperamos que en esta reunión se logren una serie de compromisos estatales frente a los asuntos de protección.
Conferencia Regional Humanitaria sobre la protección de personas desplazadas y refugiadas: Seguimiento a la Declaración y al Plan de Acción de México
1.5. La integración local y las soluciones duraderas: experiencias de vida
María del Socorro Pazmiño y Martha Lucía Nieto9
María del Socorro lleva ocho años y medio en Costa Rica, acaba de optar por la residencia gracias a una disposición legal del gobierno costarricense. Martha Lucía Nieto narran cómo ha sido su proceso: las causas de la expulsión (asociadas a la injusticia social y la violencia); la fase inicial de su desplazamiento (la experiencia de tener que dejar atrás su vida, familia, amigos y comenzar de nuevo); el temor en el lugar de acogida; la forma en que el ACNUR les ha ayudado a superar sus temores y cómo han ido gradualmente accediendo a programas de generación de ingresos. Destacan la consolidación del grupo “Águilas Emprendedoras”, conformado por mujeres solicitantes de refugio de diferentes países y cuyas acciones se enfocan en la sensibilización de la población local, la exigibilidad del derecho a la educación (se desarrollan programas de formación para medios de vida) y la incidencia en procesos de integración e intercambio cultural. Por último, hacen un agradecimiento al gobierno y a la sociedad por la acogida que han tenido en el país.
9 Refugiadas colombianas en Costa Rica.
26
Segunda parte Antecedentes, iniciativa y propuesta de una Conferencia Regional Humanitaria Conferencia Regional Humanitaria sobre la protección de personas desplazadas y refugiadas: Seguimiento a la Declaración y al Plan de Acción de México
28
2.1. La propuesta de una Conferencia Regional Humanitaria
Comité de Auspicio
La Conferencia Regional Humanitaria (CRH) sobre la Protección de Personas Desplazadas y Refugiadas, Seguimiento al Plan de Acción de México (PAM), es una iniciativa de la sociedad civil para promover un diálogo regional sobre la situación de migrantes forzados ó personas en necesidad de protección, categoría que, en este caso, incluye: 1) personas desplazadas forzadamente en cada uno de los países de la región, 2) personas que han cruzado una frontera nacional buscando proteger su vida ante situaciones de riesgo y han solicitado la condición de refugiado ante un Estado distinto del que les dio la nacionalidad, 3) personas que, ajustándose a la definición internacional de refugiado y/o desplazado, no han tramitado su solicitud ni se han registrado en ningún sistema oficial, pero tienen derecho a solicitar y recibir protección y ayuda humanitaria, 4) personas que han sido reconocidas como refugiadas por el Estado ante el cual hicieron su solicitud.. El propósito de este diálogo es proponer soluciones y respuestas integrales a esta situación a partir de los lineamientos aprobados en el Plan de Acción de México.
Antecedentes En noviembre de 2004, en conmemoración del 20º aniversario de la Declaración de Cartagena sobre los Refugiados, los gobiernos de 18 países de América Latina adoptaron por consenso en Ciudad de México, la Declaración y el Plan de Acción de México para fortalecer la protección internacional de los refugiados de América Latina. La reunión de México fue organizada por el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) y el Consejo Noruego para Refugiados (NRC). Las consultas previas contaron con el auspicio de los gobiernos de Costa Rica, Brasil y Colombia y todo el proceso fue apoyado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y el Instituto Interamericano de Derechos Humanos. En las consultas previas y en la elaboración de la Declaración y el Plan de Acción de México tuvieron activa participación las instituciones nacionales de promoción y protección de los derechos humanos, organizaciones de sociedad civil y expertos de la región. Una vez aprobada la Declaración y el Plan de Acción de México se llevaron a cabo diversas reuniones en las que múltiples sectores de sociedad civil acordaron promover una ConfeConferencia Regional Humanitaria sobre la protección de personas desplazadas y refugiadas: Seguimiento a la Declaración y al Plan de Acción de México
rencia Regional Humanitaria para examinar, desde una perspectiva integral, las dinámicas, los impactos y las respuestas al desplazamiento forzado interno y al refugio en la región10. Pero no sólo la sociedad civil coincidió en la existencia de esta necesidad. La situación del desplazamiento forzado y del refugio en el continente americano exige de los gobiernos y de los organismos intergubernamentales, una respuesta urgente. Según información del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), a finales del año 2009 había aproximadamente 104.388 refugiados colombianos reconocidos oficialmente en el mundo y 285.365 personas de origen colombiano en situación de refugio, pero sin el reconocimiento oficial de status de refugiado. Estas dos categorías suman un total de 389.753 colombianos en necesidad de protección internacional (incluidos solicitantes de asilo) distribuidos en por lo menos 36 países del mundo11. De acuerdo con el último reporte de ACNUR, el continente americano es el principal receptor de solicitudes de asilo de personas provenientes de Colombia. Durante el año 2009 se presentaron 38.650 solicitudes de asilo de colombianos en el mundo. La gran mayoría (31.222) se presentaron en Ecuador, seguidas de Venezuela (con 2.860) y Canadá (con 2.299)12 Actualmente Ecuador es el país con mayor número de refugiados colombianos oficialmente reconocidos en la región, sumando una población de 54 mil, según ACNUR y la Dirección de Refugio hay aproximadamente 135 mil personas en necesidad de protección internacional en territorio ecuatoriano. Entre enero y noviembre del año 2010 la Cancillería de Ecuador recibió 28.500 solicitudes de asilo de personas de origen colombiano y regularizó a 400 haitianos en su territorio, a quienes les extendió la visa sin ningún costo (incluidos esposos y menores de edad que ingresaron al país entre febrero y junio de 2010). El gobierno de Ecuador está haciendo importantes esfuerzos por reconocer y atender a una población que sigue creciendo, en la medida en que se prolonga el conflicto armado en Colombia. Otros países vecinos que comparten fronteras terrestres con Colombia, también han visto crecer el número de solicitantes de la condición de refugiado. Frente a esta situación, los gobiernos de la región se han preocupado por trascender la ayuda de emergencia, avanzar hacia soluciones duraderas para estas poblaciones y consolidar respuestas integrales, mejorando la coordinación entre las diferentes políticas públicas que afectan las múltiples dimensiones de la migración forzada. Tanto la Declaración como el Plan de Acción de México establecieron compromisos y responsabilidades para “fortalecer la protección internacional de los refugiados en América Latina”. La CRH 10 Diversas instancias de la sociedad civil dedicadas a abordar estos fenómenos, manifestaron su apoyo a la realización de una Conferencia Regional Humanitaria, teniendo en cuenta la magnitud del desplazamiento y el refugio provocado en la región por efecto del conflicto armado que tiene lugar en Colombia. Algunas de ellas son: La III Jornada Hemisférica sobre Políticas Migratorias (realizado en Quito, Ecuador en el año 2009), la Red Andina de Migraciones (se reunió en Quito, Ecuador, en el año2009), Espacio sin Fronteras (se reunió en Sao Paulo, Brasil, en el año 2010), y el XIX Encuentro de Pastoral Fronteriza Colombo-Ecuatoriana (realizado en Esmeraldas, Ecuador, en el año 2010). 11 ACNUR (2010) Tendencias Globales 2009: Refugiados, solicitantes de asilo, retornados, desplazados internos y personas sin nacionalidad. ACNUR: Ginebra. 12 Entre enero y noviembre del año 2010 la Cancillería de Ecuador recibió 28.500 solicitudes de asilo de personas de origen colombiano y regularizó a 400 haitianos en su territorio, a quienes les extendió la visa sin ningún costo (incluidos esposos y menores de edad que ingresaron al país entre febrero y junio de 2010).
30
busca dar continuidad a estos compromisos y poner en práctica los acuerdos suscritos que tienen plena validez en el caso de los solicitantes de la condición de refugiado de origen colombiano, así como de otras nacionalidades que llegan al continente en busca de protección internacional. Estas preocupaciones y la necesidad de enfrentar el fenómeno de forma integral se hicieron evidentes en la nota de apoyo a la Conferencia Regional Humanitaria que emitió el gobierno ecuatoriano, a través del Ministerio de Relaciones Exteriores13
Objetivos e impacto de La Conferencia Regional Humanitaria
La Conferencia Regional Humanitaria en este contexto logro constituirse en un proceso de seguimiento e impulso a los acuerdos derivados la Declaración y Plan de Acción de México Para Fortalecer la Protección Internacional de los Refugiados en América Latina; así como en un escenario de diálogo entre diferentes sectores de sociedad civil, agencias de cooperación internacional, gobiernos y organismos intergubernamentales. En síntesis, en un espacio de interlocución y debate entre agentes de política pública y agentes humanitarios, con el fin de identificar propuestas de solución humanitaria en el corto, mediano y largo plazo para los desplazados internos en Colombia y Perú, personas solicitantes de asilo y refugiados en Ecuador, Venezuela, Panamá, Perú, Brasil, Costa Rica y otros países de la región. El punto de partida son los acuerdos de la Declaración y Plan de Acción de México Para Fortalecer la Protección Internacional de los Refugiados en América Latina y las experiencias de gobiernos, organizaciones de sociedad civil, agencias internacionales, iglesias y sectores académicos de la región; que promueven la protección y defensa de los derechos de las personas refugiadas y en situación de desplazamiento. Entre los objetivos específicos se encuentran los siguientes: 1. Incentivar el diálogo entre gobiernos, sociedad civil y comunidad internacional, con el fin de identificar respuestas inmediatas y soluciones duraderas que contribuyan a la realización de los derechos de las personas desplazadas y refugiadas en los países concernidos. 2. Visibilizar la situación de las personas en situación de refugio y desplazamiento y reafirmar sus derechos. 3. Reconocer y compartir las buenas prácticas gubernamentales y de sociedad civil en el reconocimiento, protección y atención a personas refugiadas, desplazadas y solicitantes de la condición de refugiado en la región. 4. Formular propuestas encaminadas al cumplimiento la Declaración y Plan de Acción de México Para Fortalecer la Protección Internacional de los Refugiados en América Latina a los gobiernos, organismos intergubernamentales, agencias de cooperación internacionales y organizaciones de la sociedad civil, Iglesias y sectores académicos. 13 Ministerio de Relaciones Exteriores de la República del Ecuador. Nota número 26362 del 22 de octubre de 2010. En el documento el gobierno expresa su apoyo a la Conferencia Regional Humanitaria para que se lleve a cabo en la ciudad capital de Quito y exhorta a las embajadas de países firmantes de la Declaración y Plan de Acción de México a participar de la Conferencia.
Conferencia Regional Humanitaria sobre la protección de personas desplazadas y refugiadas: Seguimiento a la Declaración y al Plan de Acción de México
La Conferencia Regional Humanitaria sobre la Protección de las Personas Refugiadas y Desplazadas: Seguimiento al Plan de Acción de México (CRH), se realizó en la ciudad de Quito, Ecuador, los días 8 y 9 de Noviembre de 2010. Fue convocada por las organizaciones que integran el Comité de Auspicio y contó con el auspicio del Ministerio de Ralaciones Exteriores Comercio e Integración, del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), el apoyo de la Organización Internacional para las Migraciones (OIM) y las embajadas de Noruega y Suecia en Colombia, Otras organizaciones y sectores no gubernamentales, apoyaron el proceso, entre ellos: The Washington Office on Latin America (WOLA), el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL), El Instituto de Derechos Humanos y Relaciones Internacionales de la Pontificia Universidad Javeriana de Colombia, La Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO- Ecuador), La Universidad Andina Simón Bolívar de Ecuador (UASB), El Instituto de Derechos Humanos de la Universidad Centroamericana José Simeón Cañas (San Salvador). El primer día de la Conferencia se concentró en el análisis del contexto regional y de los desarrollos de la Declaración y Plan de Acción de México Para Fortalecer la Protección Internacional de los Refugiados en América Latina, así como en las respuestas institucionales y sociales al refugio y al desplazamiento forzado interno (intervención de los gobiernos, debate y propuestas de sectores de la sociedad civil de los diferentes países participantes). El segundo día estuvo enfocado en la situación de desplazamiento forzado (tendencias recientes) y en el debate en torno a cinco ejes temáticos que corresponden a las cinco mesas de trabajo que recogieron la participación de los diferentes sectores: Desplazamiento Forzado, Fortalecimiento Institucional, Fronteras Solidarias, Ciudades Solidarias, Reasentamiento Solidario. Durante los dos días de la Conferencia Regional, asistieron 158 personas de 16 países, entre delegaciones de gobiernos, cancillerías y dependencias técnicas encargadas de los temas de refugio y desplazamiento; representaciones de Embajadas en Ecuador de los países de México, Bolivia, Canadá y Perú; representación de la Embajada de Noruega en Colombia; Defensorías del Pueblo de Costa rica, Perú, Colombia, Ecuador, Venezuela, Brasil y Defensoría General de la Nación de Argentina; organizaciones de sociedad civil; organizaciones de población desplazada de Colombia y Perú, personas refugiadas en Panamá, Ecuador, Costa Rica y Brasil; representantes de Iglesia, organismos internacionales, organizaciones de Naciones Unidas. Asistieron delegados de gobiernos de los países de Ecuador, Colombia, Panamá, Venezuela, Perú, Brasil, Argentina, Chile, México, Costa Rica, El Salvador, Estados Unidos, Canadá, Noruega y España. Los Encuentros Nacionales Preparatorios hicieron parte del proceso previo a la CRH, se realizaron en los países concernidos durante los meses de julio, agosto, septiembre y octubre de 2010, con el fin de: 1. Identificar la magnitud, tendencias, características y situación de derechos de las personas desplazadas y refugiadas en cada país y las respuestas institucionales y sociales, tomando como referencia los compromisos asumidos por los gobiernos en la la Declaración y Plan de Acción de México Para Fortalecer la Protección Internacional de los Refugiados en América Latina (PAM).
32
2. Compartir buenas prácticas para responder al fenómeno del desplazamiento interno y del refugio, teniendo en cuenta las propuestas gubernamentales, de sociedad civil y de la comunidad internacional en la implementación del PAM. 3. Concertar propuestas y recomendaciones orientadas al goce efectivo de derechos de las personas en situación de desplazamiento y refugio y al desarrollo e implementación del PAM. Durante el periodo preparatorio de la CRH se logró la participación activa de diferentes organizaciones en los diferentes países impulsados por la convocatoria. En Panamá, el encuentro nacional preparatorio contó con la participación de aproximadamente 30 personas, en Venezuela con 50 personas, en Ecuador con 50 personas, en Costa Rica con 60 personas. Durante los meses de julio, agosto y septiembre, se realizaron encuentros locales en Ecuador, con el fin de preparar el encuentro nacional. Estos tuvieron lugar en las localidades de Ibarra, Tulcán, San Lorenzo, Lago Agrio, Guayaquil, Cuenca y Quito, impulsados por las diferentes organizaciones que integran el Comité de Auspicio en coordinación con la Secretaría Técnica. Estos encuentros contaron con la participación de organizaciones, instituciones y gobiernos locales en cada uno de ellos. El impacto de la fase preparatoria y de la Conferencia Regional Humanitaria puede observarse en diferentes niveles. En el nivel local, por la articulación y coordinación positiva entre las organizaciones del Comité de Auspicio presentes en Ecuador. En Ecuador también se destaca el impacto de la CRH por la apertura y respaldo del gobierno ecuatoriano, tanto en su fase preparatoria como durante el desarrollo del evento mediante la presencia y participación del Ministro de Relaciones Exteriores. En el ámbito regional el impacto de la CRH resaltó la plena vigencia del Plan de Acción de México y su importancia en la protección de personas desplazadas y refugiadas. La convocatoria mixta para la participación en la CRH, fue una iniciativa valorada desde diferentes sectores, sentando un precedente frente a las conferencias de gobiernos y espacios de sociedad civil. La CRH demostró que es posible convocar desde la sociedad civil para consolidar un proceso de seguimiento de una declaración firmada por los gobiernos, sin perder su espíritu de diálogo propositivo con posibilidad de incidir en las políticas públicas. La CRH generó un diálogo abierto acerca de la situación de la población colombiana refugiada en diferentes países de la región y la necesidad de conocer más de la realidad de esta población. Por último, es necesario señalar que, sin haber terminado de sesionar, varias propuestas se encaminaban hacia la realización de una segunda conferencia en el marco de un seguimiento periódico, constituyéndose la CRH en un espacio de interlocución valido en esta dirección.
Conferencia Regional Humanitaria sobre la protección de personas desplazadas y refugiadas: Seguimiento a la Declaración y al Plan de Acción de México
2.2. El Plan de Acción de México en perspectiva
Luis Varese14
1. Los Antecedentes de la Declaración y Plan de Acción de México Para Fortalecer la Protección Internacional de los Refugiados en América Latina. En el año 2001 se profundizó el cierre de las fronteras como consecuencia de las políticas de control implementadas después de los atentados del 11 de septiembre en Nueva York. El gran desafío fue luchar por reabrir y volver a ocupar espacios para la protección Internacional. Una ocasión especial que se presentaba en América Latina era el Vigésimo Aniversario de la Declaración de Cartagena. En ese marco el ACNUR, en coordinación con gobiernos y sociedad civil, preparó y desarrolló eventos nacionales, regionales y finalmente a nivel de América Latina, que culminó en la reunión en Ciudad de México en Noviembre de 2004. En esta reunión se opta por hacer un Plan de Acción para Fortalecer la Protección de los Refugiados en las Américas que permitiera hacer frente a la realidad que vivían centenares de miles de personas en ese momento. Se aprueba la Declaración y el Plan de Acción de México por parte de 20 gobiernos, con el apoyo del ACNUR y la comunidad internacional. Se solicita al ACNUR pedir informes periódicos sobre la aplicación de la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951 y el Protocolo del 67. Seis años después de la Declaración y Plan de Acción de México Para Fortalecer la Protección Internacional de los Refugiados en América Latina se pretende ver los avances y ver en qué falta avanzar para construir propuestas. El PAM sigue vigente, aunque lo ideal sería no lo fuera, porque las guerras y las catástrofes humanitarias hubiesen cesado. El desarrollo doctrinario continúa siendo necesario. Las legislaciones aún adolecen de deficiencias. Así como es necesario continuar el Programa de Registro Ampliado (RA) en Ecuador y tal vez compartir lo con otros países. El Registro Ampliado, una experiencia única en el mundo, ha sido sujeto de voces malintencionadas que arguyen que esta ha sido la oportunidad para dar protección a actores armados del conflicto colombiano. Todos los actores involucrados en la implementación del Plan de Acción de México, somos parte responsable del componente Fortalecimiento Institucional.
14 Representante adjunto de ACNUR en Ecuador.
34
El programa Fronteras Solidarias no consiste sólo en dejar entrar a los refugiados, sino la acción y el proceso de recibirlos en las comunidades de acogida y darles instrumentos para garantizarles una vida digna y segura. Esta es una responsabilidad de la comunidad internacional y de los países donantes para respaldar con recursos el proceso de integración local. El Acceso a derechos y la aplicación de las políticas públicas deben tener un sustento, lo cual requiere de un apoyo financiero concreto por parte de múltiples actores institucionales. El programa Ciudades Solidarias se ha implementado en 27 ciudades, entre las cuales se encuentran: Buenos Aires, Porto Alegre, Serafina Correa, Quito, Cuenca, Lago Agrio, Esmeraldas, entre otras. El propósito de este programa es promover la integración en las ciudades receptoras de refugiados, que son la mayoría. El reasentamiento Solidario que surge como iniciativa del Ministerio de Justicia de Brasil, consiste en recibir solidariamente refugiados que quieren, necesitan, buscar un tercer país seguro. Es evidente la necesidad de ampliar y consolidar este programa que beneficia a refugiadas y refugiados y también a los países de asilo, compartiendo solidariamente la responsabilidad de la protección. El objetivo de esta Conferencia es plantear y consolidar propuestas para fortalecer este plan de acción, que tiene centenares de textos dedicados al análisis y muy pocos a las soluciones. Consolidarlo significa actuar y también escribir y sistematizar lo logrado y alcanzado. Muchas Gracias.
Conferencia Regional Humanitaria sobre la protección de personas desplazadas y refugiadas: Seguimiento a la Declaración y al Plan de Acción de México
36
Tercera parte Declaración de Quito Conferencia Regional Humanitaria sobre la protección de personas desplazadas y refugiadas: Seguimiento a la Declaración y al Plan de Acción de México
38
Declaración final de la Conferencia Regional Humanitaria Uno de los resultados de la CRH fue el consenso entre sectores no gubernamentales sobre la situación de personas en situación de refugio y desplazamiento en la región, las causas, dinámicas, impactos y retos de la respuesta institucional y social al fenómeno. Este es el texto de la Declaración de Quito:
Declaración de Quito
Conferencia Regional Humanitaria sobre la Protección de Personas Desplazadas y Refugiadas. Seguimiento al Plan de Acción de México Pronunciamiento de las organizaciones de la Sociedad Civil Quito, Ecuador, 9 de noviembre de 2010 Las organizaciones no gubernamentales, humanitarias y de derechos humanos vinculadas a la movilidad humana; asociaciones de refugiados y desplazados, Iglesia Católica y expertos y académicos provenientes de Costa Rica, El Salvador, Panamá, Venezuela, Colombia, Perú, Ecuador, Brasil, Estados Unidos y Chile, reunidos en la ciudad de Quito para hacer un seguimiento a la Declaración y el Plan de Acción de México adoptados por veinte gobiernos de la región en noviembre de 2004 para “fortalecer la protección internacional de los refugiados en América Latina” Reconociendo la participación en la Conferencia Regional Humanitaria de representantes de gobiernos de Estados Unidos, México, El Salvador, Costa Rica, Panamá, Colombia, Brasil, Perú, Argentina, Bolivia y Noruega; además de instituciones estatales encargadas de velar por el respeto de los Derechos Humanos en Ecuador, Colombia, Perú, Venezuela, Brasil, Costa Rica, Panamá y Argentina, Preocupados por la persistencia de situaciones que provocan el desplazamiento forzado de personas que buscan protección dentro y fuera de sus países, así como por la emergencia de nuevos flujos de migraciones forzadas atribuidas a causas socioeconómicas, a factores derivados del cambio ambiental global, a fenómenos naturales y a nuevas manifestaciones de violencia organizada, Constatando que con frecuencia la agenda de seguridad de los gobiernos de la región se impone sobre la agenda humanitaria para responder de forma integral a las necesidades de protección de los derechos humanos de personas refugiadas y desplazadas,
Conferencia Regional Humanitaria sobre la protección de personas desplazadas y refugiadas: Seguimiento a la Declaración y al Plan de Acción de México
Advirtiendo que persisten, -y en ocasiones se agravan- las formas de discriminación de las personas refugiadas y desplazadas por razones de nacionalidad, género, edad, pertenencia a grupos étnicos o a sectores sociales determinados, orientación política, situación de discapacidad; así como preocupantes y crecientes manifestaciones de xenofobia que agravan su situación de vulnerabilidad e impiden la realización de sus derechos, Teniendo en cuenta que, en la región, Colombia es el país de origen de la mayoría de personas en necesidad de protección internacional (refugiadas reconocidas, solicitantes de refugio de asilo, personas en situación de refugio) y que Argentina, Brasil, Chile, Costa Rica, Ecuador, Panamá, Venezuela, Estados Unidos y Canadá, son los principales países de destino de esta población en la región, Considerando que en Colombia persiste una crisis humanitaria y de derechos humanos ocasionada por el desplazamiento forzado y que las formas de violencia que lo provocan se extienden más allá de sus fronteras, registrándose flujos de desplazamiento interno de población civil en territorio de países vecinos, Considerando que en otros países de la región emergen formas complejas de violencia sociopolítica que están produciendo desplazamiento forzado interno y desplazamientos transfronterizos, Reconociendo los esfuerzos realizados por gobiernos y Estados de Ecuador, Argentina, Bolivia, Uruguay Chile. Perú, Venezuela, Colombia, México, Costa Rica, El Salvador y Brasil, para adaptar su legislación en concordancia con el Derecho Internacional de los Refugiados y los Principios Rectores sobre Desplazamientos Internos, así como para convertir en políticas públicas las recomendaciones incluidas en el Plan de de Acción de México, Celebrando las buenas prácticas y la voluntad política para asegurar el reconocimiento de las personas refugiadas mediante procesos de registro ampliado (como el que implementó el gobierno del Ecuador), los programas de reasentamiento solidario (propuestos por los gobiernos de Brasil, Chile, Paraguay, Uruguay y Argentina), el principio de goce efectivo de derechos (adoptado por la Corte Constitucional de Colombia para superar el estado de cosas inconstitucional provocado por el desplazamiento forzado), los esfuerzos por incluir a los desplazados por el conflicto armado interno del Perú en los planes de reparación a las víctimas de la violencia sociopolítica, Reconociendo los avances en la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre la protección de los derechos de las personas desplazadas y refugiadas, Reconociendo el aporte de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) para contribuir al reconocimiento y protección de las personas
40
refugiadas y desplazada, así como a la construcción de políticas públicas que aseguren sus derechos. Destacando los esfuerzos de las instituciones estatales encargadas de la promoción y protección de los derechos humanos (Procuradurías y Comisionados de Derechos Humanos, Defensorías del Pueblo y Defensorías Públicas Oficiales), orientados a la protección de los derechos de las personas refugiadas y desplazadas. Valorando la participación de la sociedad civil, las Iglesias, la academia y el aporte de la cooperación internacional para la identificación, caracterización, protección, atención y búsqueda de soluciones duraderas para las personas refugiadas y desplazadas Tomando en consideración los resultados de los encuentros nacionales preparatorios de la Conferencia Regional Humanitaria, realizados en Costa Rica, Venezuela, Ecuador, Panamá y Colombia. Reconociendo la participación de los gobiernos de la región en la Conferencia Regional Humanitaria y en sus actividades preparatorias como una buena práctica de diálogo horizontal y construcción de propuestas de protección, y atención para gestar soluciones duraderas en el espíritu de la Declaración y el Plan de Acción de México, Saludando los procesos de organización de las personas refugiadas y desplazadas, su participación en procesos de integración local que aportan a los procesos comunitarios en localidades receptoras, así como su participación en el diseño de políticas públicas que aseguren soluciones duraderas, Reafirmando que la repatriación voluntaria de las personas refugiadas y el retorno voluntario de las personas desplazadas deben darse en condiciones de voluntariedad, seguridad, dignidad y tener en cuenta garantías de no repetición por parte de los gobiernos, con el fin de asegurar la protección integral de sus derechos Recordando que la Declaración y Plan de Acción de México Para Fortalecer la Protección Internacional de los Refugiados en América Latina, reafirmó “la validez y vigencia de los principios y normas contenidos en la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951 y su Protocolo de 1967, así como la complementariedad del derecho internacional de los refugiados, del derecho internacional de los derechos humanos y del derecho internacional humanitario, y, por ende, la importancia de la utilización bajo el principio pro-homine de las normas y principios de estas tres ramas del derecho internacional para fortalecer la protección de los refugiados y otras personas que tienen el derecho a la protección internacional” y que los gobiernos que suscribieron esta Declaración reconocieron “el carácter de jus cogens del principio de la no-devolución (non-refoulement), incluyendo el no rechazo en frontera, piedra angular del derecho internacional de los refugiados, recogido en la Conferencia Regional Humanitaria sobre la protección de personas desplazadas y refugiadas: Seguimiento a la Declaración y al Plan de Acción de México
Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951 y su Protocolo de 1967, y afirmado asimismo en el artículo 22 (8) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, y el artículo 3 de la Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, y el compromiso de los países de América Latina con el mantenimiento de fronteras abiertas para garantizar la protección y seguridad de quienes tienen el derecho a la protección internacional” Tomando en consideración la realidad de las personas refugiadas y el desplazamiento forzado, así como las buenas prácticas en las respuestas institucionales y sociales, el importante papel de la cooperación internacional y la necesidad de avanzar en el cumplimiento de los compromisos asumidos en la Declaración y el Plan de Acción de México, Alarmados por la grave situación de desplazamiento interno y el masivo flujo de refugiados procedentes de Haití como consecuencia de múltiples causas que combinan catástrofes naturales, pobreza y violencia; así como los efectos de esta crisis en países de la región que reciben cada vez más personas en situación de refugio procedentes de este país, Declaramos Que la Declaración y Plan de Acción de México Para Fortalecer la Protección Internacional de los Refugiados en América Latina tienen plena vigencia y, por lo tanto, instamos a los gobiernos de la región a hacer mayores esfuerzos para asegurar el cumplimiento de los compromisos asumidos en ella y a adoptar los pasos que se requieran para hacer realidad la hoja de ruta de los derechos de las personas refugiadas y desplazadas, siguiendo la tradición de asilo de América Latina y el espíritu de la Declaración de Cartagena de 1984. Que se mantienen flujos de refugiados y solicitantes de refugio de asilo con motivo del conflicto armado en Colombia, situación que debe incitar a la acción de los gobiernos para asegurar la protección de las personas que cruzan las fronteras y para promover soluciones duraderas que incluyen: la integración en los países de asilo, el reasentamiento solidario en otros países, la repatriación voluntaria (bajo la condición de contar con condiciones de seguridad y dignidad en el país de origen). Que en concordancia con la Declaración y Plan de Acción de México Para Fortalecer la Protección Internacional de los Refugiados en América Latina es preciso revitalizar la búsqueda de soluciones duraderas. Si bien se constatan avances en el reasentamiento solidario, este programa debe ser fortalecido en el marco de la cooperación sur- sur, la responsabilidad compartida y el compromiso de solidaridad de los Estados para con los refugiados. Que la actual coyuntura y la voluntad de las personas refugiadas se orientan a la integración en los países de asilo y, por lo tanto, es necesario fortalecer los procesos de integración y autosuficiencia económica, en cumplimiento del programa de Ciudades Solidarias, para el cual las organizaciones no gubernamentales (ONG) pueden contribuir con su ex-
42
periencia en programas de formación, formulación y ejecución de proyectos de generación de ingresos y microcrédito. Para ello es necesaria la participación responsable del sector financiero. Instamos a la comunidad internacional a ampliar su contribución para la atención de los refugiados colombianos en los países de asilo y a promover iniciativas de desarrollo local con un enfoque territorial de integración, que involucre a la población receptora. Que se mantiene una situación crítica y compleja de desplazamiento forzado en Colombia. De acuerdo con la Corte Constitucional de este país, se caracteriza como un “estado de cosas inconstitucional” que requiere de soluciones múltiples para asegurar el goce efectivo de derechos de esta población. Aún así, hay importantes avances legislativos y de implementación de políticas públicas que deben mantenerse. Instamos al gobierno colombiano a cumplir con los requerimientos del tribunal constitucional, a promover una eficaz restitución de tierras para las comunidades desplazadas y a ofrecer plenas garantías para la labor de las organizaciones de población desplazada, especialmente para los líderes de estas organizaciones quienes han sido víctimas de asesinatos selectivos, persecución y amenazas. La Conferencia Regional Humanitaria reconoce la labor de la Corte Constitucional de Colombia y de la sociedad civil para asegurar el goce efectivo de derechos de la población desplazada, como una buena práctica que debería ser referente para otros países de la región. Que emergen nuevas formas de desplazamiento interno y migraciones transfronterizas que deben ser consideradas por los gobiernos, tales como los éxodos de población rural por el impacto de modelos económicos de libre comercio que afectan a los campesinos más pobres; el desplazamiento forzado por proyectos de exploración y explotación de recursos naturales y materia prima a gran escala (incluye entre otros la construcción de hidroeléctricas, el uso de la tierra para producir agro combustibles, la consolidación de economías extractivas), por desastres socio ambientales atribuidos a la nefasta acción antrópica y de empresas transnacionales sobre la naturaleza. Así mismo, hay formas de violencia sociopolítica de carácter generalizado, asociada a economías ilegales (comercio de estupefacientes, a la trata y el tráfico de personas, al tráfico de armas) atribuidas a nuevos grupos armados con inmenso poder local, que a su vez provocan formas de desplazamiento en zonas urbanas y zonas de frontera. Estas complejas formas de violencia constituyen un desafío para la democracia y para el Estado de Derecho; deben ser consideradas para intervenir sus causas y atender sus consecuencias en el marco de la Declaración y el Plan de Acción de México. Que se requiere fortalecer la labor de organismos como el ACNUR cuya presencia en la región para atender situaciones de refugio y desplazamiento tiene plena validez. No ayuda al ejercicio de los derechos de las personas desplazadas internas ciertos cambios al interior del Sistema de Naciones Unidas, como el debilitamiento de la figura del Representante Especial del Secretario General de las Naciones Unidas para los Desplazados Internos. Los Conferencia Regional Humanitaria sobre la protección de personas desplazadas y refugiadas: Seguimiento a la Declaración y al Plan de Acción de México
organismos internacionales y el sistema interamericano están en mora de articular esfuerzos para promover los derechos de las personas refugiadas y desplazadas en la región. Que es necesario reactivar y fortalecer el mecanismo de reuniones entre los Estados, la sociedad civil y la comunidad internacional, con el fin de hacer seguimiento a los flujos de personas solicitantes de refugio de asilo, refugiadas y necesitadas de protección, promoviendo un diálogo constructivo y permitiendo una mayor participación a la sociedad civil, teniendo en cuenta sus prácticas y experiencia de protección en terreno. Que es urgente promover una acción positiva desde los medios de comunicación frente al desplazamiento, el refugio y las migraciones en general, que contribuya a reconocer los derechos de las personas refugiadas y desplazadas y a prevenir la xenofobia y toda práctica de discriminación. Que los acuerdos bilaterales y multilaterales en materia de seguridad, lucha contra el terrorismo, el narcotráfico y la violencia sociopolítica que implementan los gobiernos, deben tener en cuenta los derechos de las personas desplazadas y refugiadas y los derechos humanos como premisa necesaria para una seguridad estable y sostenible en la región. Que es urgente asegurar el acceso a la justicia por parte de las mujeres que han sido víctimas de violencia sexual basada en género, en el marco de los conflictos armados internos y la violencia generalizada. Que cobran mucha relevancia escenarios multilaterales como la Unión Suramericana de Naciones (UNASUR), MERCOSUR y asociaciones y organizaciones del Sistema Interamericano, así como instancias de debate como la Conferencia Sudamericana de Migraciones, el Sistema de Integración Centroamericano (SICA) y la Asamblea y el Consejo Permanente de la Organización de Estados Americanos (OEA) para promover la inclusión de la Declaración y Plan de Acción de México Para Fortalecer la Protección Internacional de los Refugiados en América Latina como documento guía de las políticas públicas sobre refugiados. En tal sentido, la Conferencia acoge la propuesta del gobierno de México de promover en el seno de la OEA un proyecto de declaración sobre los desplazamientos internos, así como la propuesta del gobierno de Ecuador de activar mecanismos similares en UNASUR que deberían considerar la elaboración de un Plan de Acción para Desplazados Internos. Que cobra suma importancia el papel de las instituciones nacionales y de las organizaciones defensoras de derechos humanos. Por lo tanto, instamos a las Defensorías del Pueblo y demás organismos estatales a continuar realizando esfuerzos en la protección de las personas desplazadas y refugiadas en la región, en seguimiento a la Declaración y Plan de Acción de México.
44
Que condenamos los asesinatos de líderes de población desplazada en Colombia e instamos al gobierno a garantizar la vida de las personas que reclaman sus derechos a la verdad, la justicia y la reparación. Que constituye una importante experiencia de participación, la realización de esta Conferencia Regional Humanitaria, convocada por la sociedad civil, con la participación de delegados de los gobiernos, comunidad internacional y organizaciones no gubernamentales de derechos humanos; que es necesario dar continuidad al proceso iniciado en Quito para asegurar el seguimiento y monitoreo a esta declaración y mantener la interlocución de la sociedad civil con los gobiernos de la región. En este sentido, es necesario fortalecer mecanismos de seguimiento, formas de interlocución con los gobiernos y presentación de informes periódicos en torno a esta declaración. Que es urgente una acción internacional de solidaridad con el pueblo de Haití, que involucre a los gobiernos y organismos internacionales, con el fin de atender con urgencia a las personas concentradas en campamentos de desplazados, dispersos por el territorio nacional y a quienes buscan asilo en otros países. Por último, los asistentes a la Conferencia Regional Humanitaria expresamos nuestro agradecimiento y reconocimiento al gobierno del Ecuador por auspiciar esta convocatoria. Así mismo, reconocemos la iniciativa y el esfuerzo de las organizaciones que hicieron posible esta Conferencia: La Consultoría para los Derechos Humanos y el Desplazamiento (CODHES), el Consejo Noruego para los Refugiados (NRC), Refugees International, Servicio Jesuita a Refugiados (SJR), Pastoral de Movilidad Humana de Ecuador, Pastoral Social de Colombia y Costa Rica, las Hermanas Scalabrinianas. También, reconocemos y agradecemos el auspicio de ACNUR, Consejería en Proyectos (PCS), la Organización Internacional para las Migraciones (OIM), el Instituto Interamericano de Derechos Humanos (IIDH), la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, la Universidad Andina Simón Bolívar (UASB), Flacso, IDHUCA, Instituto de Derechos Humanos y Relaciones Internacionales de la Universidad Javeriana de Colombia, Washington Office on Latin America (WOLA), el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) y el apoyo de los gobiernos de Noruega, Suecia y Estados Unidos, quienes hicieron posible esta reunión de seguimiento a la Declaración y el Plan de Acción de México.
Conferencia Regional Humanitaria sobre la protección de personas desplazadas y refugiadas: Seguimiento a la Declaración y al Plan de Acción de México
46
Cuarta parte Los encuentros nacionales preparatorios Conferencia Regional Humanitaria sobre la protección de personas desplazadas y refugiadas: Seguimiento a la Declaración y al Plan de Acción de México
48
4.1. Prólogo: Perspectiva del Refugio en países de asilo En esta parte se presentan las conclusiones generales de los encuentros nacionales preparatorios (Costa Rica, Venezuela, ecuador y Panamá), con el fin de mostrar los ejes problemáticos identificados en el campo de la respuesta –institucional y social- al fenómeno de las migraciones forzadas. También se presentan los retos, las propuestas, recomendaciones y buenas prácticas que podrían eventualmente ser replicadas o continuadas en el tiempo. Los puntos comunes a los cuatro encuentros preparatorios tienen que ver, en el campo de la respuesta institucional, con la necesidad de coordinar la política pública nacional de atención a las migraciones en general, con la política y legislación interna en materia de refugio y derechos humanos, armonizando estos dos marcos con la normativa internacional en la materia. Así, por ejemplo, de acuerdo con las conclusiones aquí presentadas, Panamá requiere una revisión a fondo del decreto 23/98 que condiciona la regularización de la situación migratoria de los refugiados, a la obtención de un status migratorio que está contemplado solamente en la legislación sobre inmigración, la cual desconoce las especificidades de la protección a los refugiados. Ecuador registra importantes avances en esta materia de coordinación de la política migratoria a partir del proceso de revisión y ajuste que se inició con la Asamblea Nacional Constituyente. Por su parte, Venezuela registra importantes avances en la legislación interna sobre refugio y asilo, pero registra serias dificultades en la práctica, situación que resulta en una respuesta excesivamente lenta a la creciente afluencia de personas en necesidad de protección internacional hacia territorio venezolano, sobre todo de personas de origen colombiano. Las cifras de refugiados y solicitantes de asilo dan cuenta de la magnitud y constante afluencia de personas en necesidad de protección hacia los países de la región de centro y Suramérica (se incluyen en la tabla los que tienen mayor número de personas en su territorio). También muestran las dificultades de los mecanismos institucionales para responder con celeridad a esta situación (sobre todo por la cantidad de solicitudes de asilo pendientes en Venezuela y en Ecuador). En el caso de Colombia, el grueso de la población de interés de ACNUR -o personas en situación de migración forzada que requieren protección- son desplazados internos. El bajo número de solicitudes de refugio y de refugiados en Colombia, comparado con el que registran los otros países de la región, ratifica su condición de país de origen. Sin embargo, la cantidad de solicitudes de refugio pendientes (casi el cien por ciento del total) muestra una política restrictiva y poco coherente con el principio de corresponsabilidad, solidaridad y correspondencia. Conferencia Regional Humanitaria sobre la protección de personas desplazadas y refugiadas: Seguimiento a la Declaración y al Plan de Acción de México
Tabla 1. Número de refugiados, personas en situación de refugio y solicitudes pendientes, por país de destino a diciembre de 2009. Refugiados con Personas en Total Solicitudes País de asilo reconocimiento situación de Población de pendientes oficial refugio interés Costa Rica 12.298 6.818 587 19.703 Ecuador 45.192 71.365* 50.632 167.189 Colombia 196 196 116 3.304.362 Panamá 1.923 15.000 790 17.714 Perú 1.108 376 1.485 Venezuela 1.313 200.000* 14.372 215.685 *Esta cifra corresponde a estimaciones de ACNUR. Fuente: ACNUR, 2010, Tendencias Globales 2009: Refugiados, solicitantes de asilo, retornados, desplazados internos y personas sin nacionalidad. ACNUR: Ginebra.
De otro lado, las conclusiones de los encuentros nacionales muestran la necesidad de diseñar e implementar una política integral de migraciones coherente con las políticas de seguridad y control fronterizo; apuntando a una noción más amplia e integral de la seguridad. Es imperante la necesidad de pensar una política de seguridad humana, que amplíe la noción restrictiva de seguridad estatal, concentrada en el control territorial mediante la presencia militar. Esto implica incorporar las políticas de derechos humanos y refugio a las acciones de control fronterizo, generalmente inscritas en acciones de defensa de los Estados. En el campo de la acción institucional las conclusiones muestran la necesidad de contrarrestar prácticas discriminatorias y situaciones de exclusión, marginación y xenofobia, a partir de estrategias de capacitación a funcionarios, sensibilización a población receptora y exigibilidad de derechos con población en necesidad de protección. Esto implica involucrar a los medios de comunicación y articular acciones gubernamentales y estatales con las de ONG, agencias de cooperación internacional y asociaciones de migrantes. El fortalecimiento y armonización de los sistemas de información y bancos de datos oficiales y alternativos sobre refugiados y solicitantes de asilo, aparece como una condición necesaria para mejorar esta respuesta. Se hace necesario promover la integración local a partir de programas que involucren de forma conjunta a la población receptora, refugiados y solicitantes de refugio por igual, con el fin de promover una “acción sin daño” que avance en el mejoramiento de condiciones locales para la integración. El desarrollo económico de las regiones fronterizas debe obedecer a esta premisa. Por último, es evidente la necesidad de tener información actualizada y veraz sobre el país de origen, con el fin de promover decisiones de política que estén informadas y respondan de forma adecuada a la realidad del refugio. Esto implica una coordinación de acciones en el ámbito binacional, sobre todo entre sectores no gubernamentales no impedidos para hacerlo, lo cual ratifica la importancia de la sociedad civil en estos procesos.
50
4.2. Encuentro Nacional Preparatorio en Costa Rica15 Durante el encuentro nacional se abordaron los siguientes ejes temáticos:1) discriminación hacia la población refugiada, 2) protección de refugiados en flujos mixtos, personas víctimas de trata y tráfico de migrantes, 3) proceso y situación de inserción laboral,4)dinámica y proceso de integración local, 5) situación de los refugiados urbanos. La discusión en torno a dichos ejes temáticos arrojó los siguientes resultados.
1. Discriminación hacia la población refugiada
Los principales retos identificados frente a los problemas derivados de la discriminación incluyen 1) la difusión de información relacionada con los derechos de población en situación de refugio, en los diversos sectores de la población, desde un enfoque que ayude a generar condiciones sociales para la integración local. 2) La generación de mecanismos de seguimiento y monitoreo del fenómeno que permitan identificar los “síntomas de discriminación”, con el fin de definir acciones de política pública y de incidencia 3) La necesidad de crear estrategias de educación que permitan aclarar los conceptos de migrante internacional y refugiado al interior de las organizaciones encargadas y/o interesadas en la protección de los derechos de población en situación de refugio 4) El desarrollo de estrategias para enfrentar el desconocimiento generalizado frente al tema y la forma en que esto afecta el entorno de recepción, fortaleciendo mecanismos de estigmatización y exclusión social hacia las personas refugiadas. 5) La necesidad de hacer una caracterización que permita determinar el perfil de la población refugiada. 6) La necesidad de diseñar una estrategia para contrarrestar el impacto negativo de los medios de comunicación en la discriminación hacia población refugiada. Por ejemplo, es recurrente la asociación que hacen los medios de comunicación entre los problemas de seguridad y la presencia de población extranjera. 7) La necesidad de desarrollar una estrategia educativa para promover un modelo intercultural y profundizar en el conocimiento de las situaciones sociales, políticas y económicas de los países de origen de migrantes y personas en situación de refugio. Los principales problemas derivados de la discriminación hacia población en situación de refugio incluyen: 15 El encuentro se llevó a cabo el 2 de julio 2010 y participaron las siguientes instituciones públicas, organizaciones no gubernamentales y organismos intergubernamentales: Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), Asociación de Consultores y Asesores Internacionales (ACAI), Asociación de Profesionales en Desarrollo (APRODE), Casa de Derechos de la Municipalidad de Desamparados, Defensoría de los Habitantes (DH), Dirección General de Migración y Extranjería (DGME), Ministerio de Salud (MS),Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS), Organización Internacional para las Migraciones (OIM), Pastoral Social Cáritas, Representantes de población refugiada, Universidad de Costa Rica (UCR).
Conferencia Regional Humanitaria sobre la protección de personas desplazadas y refugiadas: Seguimiento a la Declaración y al Plan de Acción de México
1) Dificultades en el proceso de integración local y en todas las dimensiones de la vida de las personas en situación de refugio. Estos impactos se derivan del desconocimiento de los criterios, obligaciones y derechos inherentes a la condición de refugiado. 2) La entronización social de mitos, estereotipos y prejuicios acerca de la población refugiada, específicamente personas de origen colombiano. 3) El fortalecimiento de una lógica mediática que se enfoca en difundir información imprecisa, con generalizaciones que no corresponden a la realidad y el “amarillismo” para generar “la noticia que vende”. Las propuestas de las organizaciones e instituciones participantes para responder a estos retos y problemas, incluyen: 1) Incluir el tema de movilidad humana forzada (desplazamiento y refugio) en la discusión sobre las políticas públicas nacionales, buscando acciones institucionales que avancen hacia la igualdad de las personas migrantes y refugiadas en el acceso a los diferentes derechos y servicios en el país de destino. 2) Articular las acciones de las instituciones que abordan el refugio y la migración para realizar un esfuerzo conjunto. Buscar una respuesta global e integral al fenómeno. Consolidar una red interinstitucional. 3) Desarrollar estrategias de información sobre los conceptos, los derechos y las responsabilidades en el fenómeno de la migración forzada, dirigidas a la población joven en escuelas y colegios. 4) Fortalecer espacios de participación de la población refugiada en acciones orientadas a prevenir y enfrentar la discriminación. 5) Involucrar a la Iglesia Católica en estas acciones, con el fin de que integre en sus estructuras comunitarias a personas migrantes y en situación de refugio 6) Abordar desde las escuelas del interculturalismo como modelo de interacción social para las poblaciones interculturalidad. 7) Trabajar desde las diferentes organizaciones el empoderamiento de la población en el ejercicio de sus derechos. 8) Trabajar el tema desde las comunidades, dirigirse a la población de las diferentes zonas del país. 9) Difundir buenas prácticas en la respuesta al fenómeno, rescatando los espacios de discusión y conversación, fortaleciendo los grupos de apoyo que se desarrollan desde las diferentes contrapartes, descentralizando la atención a los procesos migratorios, manteniendo las actividades de sensibilización e información.
52
2. Protección de Refugiados en flujos mixtos, víctimas de trata y tráfico de migrantes Los principales retos identificados en este campo incluyen: 1) Falta de documentación que acredite la nacionalidad del país de origen en las personas en situación de refugio. Esto incide directamente en las dificultades para regularizar su status en el país, la obtención de un documento que permita la identificación de menores de edad. 2) La escasa información sobre el país de origen incide directamente en los procesos de elegibilidad mediante los cuales se reconoce oficialmente la condición de refugiado, las dificultades de comunicación de la población refugiada por barreras idiomáticas, los problemas que enfrenta el Estado para encontrar intérpretes que hablen sus idiomas y cuando los recursos para pagarles. En consecuencia, es difícil hacer una identificación de perfiles en donde se pueda clasificar a la persona como posible refugiada, posible víctima de trata y/o tráfico. 3) Ausencia de una política pública integral y coherente frente al fenómeno, lo cual implica que las acciones del Estado están desarticuladas. Esto se refleja en ausencia de protocolos oficiales a seguir con esta población (lo cual incide en la falta de claridad en las responsabilidades dentro de las instituciones estatales y otros agentes involucrados). 4) Falta de recursos para la atención a población refugiada. El Estado no tiene recursos materiales ni albergues para estas personas, por lo cual recurre a organismos internacionales que permitan ubicarles en lugares distintos de los centros de detención. Además, no existe un permiso de trabajo para solicitantes de refugio de asilo, quienes se ven obligados a vivir de la asistencia de otros organismos o trabajar irregularmente. La ausencia de mecanismos de información para la población en situación de refugio acerca de sus derechos y su exigibilidad se agrava por la falta de mecanismos de información dirigidos a los y las costarricenses sobre esta población, sus derechos y las obligaciones del Estado. Las propuestas para enfrentar estos retos incluyen: 1) Fortalecer el liderazgo de la Dirección de Migración y Extranjería (DGME) en los procesos de identificación, creación de protocolos de acción inmediata y definición de políticas públicas para atender a personas en situación de refugio, entre otras. 2) Adelantar acciones orientadas a garantizar que el Consejo Nacional de Migración considere los lineamientos generales para una política migratoria inclusiva, los cuales fueron presentados en el mes de Diciembre del año 2008 como parte del proyecto “Codesarrollo Costa Rica-Nicaragua”. 3) Crear un albergue especializado para esta población. 4) Elaborar protocolos de acción inmediata para la atención de estos grupos y sus necesidades. 5) Descentralizar la respuesta de instituciones estatales y de las organizaciones no gubernamentales (ONG), y fortalecer su presencia en los puestos fronterizos. Conferencia Regional Humanitaria sobre la protección de personas desplazadas y refugiadas: Seguimiento a la Declaración y al Plan de Acción de México
6) Armonizar las herramientas para la recopilación de datos de esta población. 7) Llamar la atención al PANI y el INAMU sobre los derechos de esta población y sus obligaciones como instituciones estatales, reforzando la necesidad de una respuesta diferenciada en función de las necesidades específicas de este grupo de personas y desde un enfoque de derechos. 8) Fortalecer las buenas prácticas, a saber: • El conjunto inter-institucional de identificación de perfiles en el que prevaleció un enfoque de derechos. Este fue un modelo implementado durante la atención que se prestó al grupo de más de 80 personas en donde participaron la OIM, el ACNUR, la Defensoría de los Habitantes y la DGME, con el fin de explicar a estas personas su situación migratoria, sus derechos y sus posibilidades. • La abolición de la detención administrativa indefinida para estas personas. Esto incluye la aplicación de medidas alternas a la detención (cuatro posibilidades que tenían las personas para elegir, impulsando: solicitud de refugio, colaboración con las autoridades judiciales en calidad de testigo, retorno voluntario asistido o deportación). Estas medidas fueron aplicadas con el segundo grupo de personas migrantes extra regionales. • La consolidación de un equipo de atención inmediata para víctimas de trata en el país, el cual fue elevado a nivel de Decreto Ejecutivo.
3. Inserción Laboral Los principales retos identificados en este campo son: 1) La necesidad de articulación de información desde la DGME 2) La necesidad de consolidar un perfil de personas en situación de refugio para promover su vinculación laboral en el sector empresarial. 3) La necesidad de involucrar a los nacionales en este proceso de promoción. 4) La necesidad de adelantar acciones de promoción de derechos laborales de población refugiada entre los empleadores. 5) La necesidad de desmitificar el derecho laboral 6) Una mayor coordinación entre ONG´s y Ministerio de Trabajo para elaborar material informativo en la materia. 7) Fortalecer el trabajo formal en vez del sub empleo, atender la necesidad de población en situación de refugio en lugar de la la demanda, atacar la competencia desleal. 8) Aunar información sistemática sobre el fenómeno. 9) Incentivar medidas para beneficiarse de la banca privada, mejorar la relación migrantes-empleador, nacional refugiado. 10) Desmitificar los riesgos por emplear a refugiados. 11) Difundir Información ampliada sobre el refugio. 12) Propender por una documentación que asegure validez y confiabilidad. 13) Avanzar en la certificación de documentos de identidad para población en situación de refugio.
54
Las propuestas para enfrentar esta situación incluyen: 1) Avanzar en la compilación de información sistemática, en la desmitificación de los efectos nocivos de la inmigración y en la protección de los derechos laborales. 2) Adelantar acciones para garantizar la documentación de población en situación de refugio. 3) Adelantar acciones para mejorar los niveles de interacción entre personas en situación de refugio y nacionales. 4) Mejorar las cualidades de población en situación de refugio para mejorar la oferta laboral. 5) Mejorar la coordinación con el Consejo Nacional de Migración para la gestión de políticas migratorias de integración. 6) Elaborar un perfil específico de refugiados que permita mejorar la percepción social del refugio, acceder al microcrédito, crear microempresas, resaltando los aportes positivos de refugiados. 7) Fortalecer el acompañamiento sicosocial a la población en situación de refugio. 8) Garantizar acceso a información sobre servicios de asistencia para grupos con perfiles que dificultan su inserción laboral. 9) Promover servicios novedosos ante conocimientos y desagregación fuera del GAM. 10) Duplicar hogares de cuidado. 11) Mejorar la coordinación entre ONG, OIM y organizaciones expertas. 12) Difundir buenas prácticas, entre las cuales se encuentran: • La difusión de información precisa sobre el refugio por medios de comunicación masiva. • Fortalecer los métodos de registro transparente de entidades competentes (DGME, ACAI, ACNUR, B.E). • Promover capacitaciones según la necesidad laboral y acordes con la demanda, coordinando con la DGME el momento propicio para hacerlo. • Coordinar el diseño y la implementación de un proyecto de gestión de inserción laboral a nivel nacional, que involucre población migrante y refugiada dentro y fuera de G.A.M. • Caracterizar el contexto de la población en situación de refugio con énfasis en el empleo. • Hacer un reconocimiento público a empresas por buenas prácticas, inserción laboral y divulgación de experiencias exitosas. • Brindar herramientas a la población en situación de refugio para hacer frente a procesos de selección laboral. • Desmitificar estereotipos de grupos vulnerables, haciendo énfasis en sus potencialidades
Conferencia Regional Humanitaria sobre la protección de personas desplazadas y refugiadas: Seguimiento a la Declaración y al Plan de Acción de México
4. Integración local Los principales problemas asociados a este eje temático son: 1) Obstáculos al trámite de reconocimiento de refugio y al acceso a documentación que acredite esta condición. Por lo general se incumple el plazo de tres meses para reconocer el status de refugiado, pues este plazo se amplía de manera indefinida. Esta responsabilidad del Estado, está marcada por la agenda de seguridad del país y por la forma en que se concibe la situación de conflicto que se está dando en Colombia. Aunque el tema no es político, siempre tiene implicaciones políticas. Si los tiempos de reconocimiento son muy prolongados, se imposibilita a la persona para acceder al derecho al trabajo. Además, esto implica una incertidumbre que le impide hacer planes a futuro. 2) Acceso al documento que acredita la condición de refugiado. Las autoridades se fijan en la fecha de vencimiento sin atender otras consideraciones relativas a los derechos internacionalmente reconocidos.. El hecho de que diga “Refugiado” puede generar obstáculos en trámites o contrataciones de quienes tienen este documento. 3) Educación. Es un derecho constitucional, pero existe discriminación hacia los(as) niños(as) por ser colombianos(as). Hay dificultades para el reconocimiento de títulos, para el ejercicio de la profesión en la que se ha formado la persona, los devuelven en años o no se reconocen sus calificaciones por tener un sistema de evaluación diferente. Las instituciones educativas exigen múltiples sellos que impiden la homologación y el acceso a colegios profesionales. 4) Existen barreras culturales marcadas por la xenofobia, ya que los costarricenses como sociedad receptora vemos al otro extranjero como una amenaza. Existen prejuicios, miedos hacia lo que es distinto, se ve al extranjero con menosprecio. Esta situación tiene que ver con la forma en que se construye el ser costarricense y las diferentes formas de ser costarricense que existen, pues la visión del “tico” suele ser el de la persona que vive en el Valle Central. Se centra la relación con los otros en las diferencias y no en los puntos en común. Hay recelo por el impacto negativo de la inmigración en el país y por que la competencia por el trabajo entre inmigrantes y costarricenses. 5) Existen restricciones a la inserción laboral. Muchos contratantes prefieren darle un trabajo a los “ticos” que a los colombianos, solo por motivos de su nacionalidad. En algunos lugares se niegan las contrataciones a quienes no sean costarricenses. 6) Existen problemas de convivencia. Es evidente la dificultad para establecer relaciones interpersonales en el contexto de inmigración. Algunas personas refugiadas, por motivos de seguridad, las evitan. En otros casos, son las personas nacionales quienes, por ideas infundadas, evitan el contacto con las personas de origen colombiano, por su nacionalidad.
56
Las propuestas para enfrentar esta situación incluyen: 1) Adelantar acciones que mejoren el trámite de reconocimiento de refugio y documentación (específicamente para que el Estado cumpla los tres meses de plazo para otorgar respuesta al trámite de solicitud de refugio, para que se elimine la palabra “Refugiado” del carné respectivo, para quesea posible educar e informar a las autoridades migratorias respecto al documento de solicitante de refugio y refugiado, así como en qué consisten dichas condiciones migratorias). 2) En el campo de la educación, se propone integrar al Ministerio de Educación en reuniones sobre el tema de refugio, incluir el taller de educación intercultural dentro de las capacitaciones que el Ministerio brinda en todas las instituciones educativas del país, establecer una escala de conversión para el sistema de calificación colombiano respecto al sistema de calificación en Costa Rica. 3) Adelantar acciones para eliminar las barreras culturales y contrarrestar la xenofobia, principalmente procesos de sensibilización y educación constantes, promover espacios de convivencia en los que puedan compartir personas refugiadas, migrantes y nacionales. 4) Mejorar la posibilidad de insertarse laboralmente. Principalmente para lograr que se otorgue un permiso de trabajo temporal mientras se emite la resolución sobre la solicitud de refugio, sensibilizar e informar a empleadores sobre el tema de refugio. 5) Promover buenas prácticas entre las que se cuentan: • El cambio en la documentación (la documentación actual es más segura, no es fácilmente falsificable, por lo que genera menos desconfianza o falta de credibilidad en quien la recibe). • Un proyecto de educación intercultural que la Asociación de Consultores y Asesores Internacionales- Programa para Refugiados (ACAI) implementa en centros de educación primaria, secundaria o universitaria. El taller que se realiza, informa y sensibiliza sobre el tema de refugio a docentes y estudiantes. • Se envían cartas a los centros educativos cuando hay dificultades para que se concrete la matrícula. Se ha concretado un acuerdo mediante el cual se dan a conocer estos casos a la Defensoría de los Habitantes. Asimismo, se envía una copia al Ministerio de Educación para su resolución. Desde ACAI se da seguimiento a la respuesta y, si fuera necesario, el Ministerio interviene. • Existe el convenio ACNUR-CCSS. • En ACAI se creó la Bolsa de Empleo para promover la inserción laboral de las personas refugiadas. • Grupos de diversidad. • Cursos de rápido impacto.
Conferencia Regional Humanitaria sobre la protección de personas desplazadas y refugiadas: Seguimiento a la Declaración y al Plan de Acción de México
5. Redes de protección Los principales retos identificados en esta temática son: 1) Inexistencia total de redes sociales de apoyo o existencia deficitaria (falta de una adecuada articulación). 2) Falta de voluntad política a alto nivel. 3) Falta de información sobre la presencia de personas en situación de refugio, su problemática y las posibilidades de intervención desde las competencias de cada institución (existe la creencia generalizada que ACNUR y sus contrapartes son los únicos que deben ó pueden intervenir). 4) Existencia de estereotipos sobre el refugio y las personas en situación de refugio en las instituciones encargadas de atender el fenómeno. 5) Invisibilización del fenómeno de del refugio y de la población en situación de refugio. 6) Ausencia de espacios para la divulgación de la situación de las personas en situación de refugio en el país. 7) Necesidad de involucrara las comunidades receptoras en las redes protección. Las propuestas para hacer frente a esta situación incluyen: 1) Fortalecimiento o creación de redes de protección que involucren no solo a instituciones del Estado, sino también a organizaciones de sociedad civil, Iglesia, organismos internacionales y academia, también a las comunidades. 2) Apoyar la articulación de redes de protección, reforzando sus capacidades mediante capacitación y estudio de casos concretos. 3) Impulsar el diálogo al más alto nivel político para generar compromisos institucionales. 4) Crear espacios de análisis, discusión y sensibilización. 5) Involucrar a la comunidad receptora en las redes. 6) Consolidar espacios de articulación de acciones con otras instituciones. 7) Impulsar buenas prácticas entre las que se encuentran: • La experiencia de Casa de Derechos, cuando recibe casos referidos por otras instituciones como Cáritas, Guanacaste. • Redes existentes en Liberia, Upala y Ciudad Quesada. • Foro de Población Migrante y Refugiada en San José de Costa Rica. • Intervención de otras instituciones para coordinar proyectos (Centro de Atención Integral y Hogares Comunitarios).
58
6. Refugiados Urbanos Los principales retos para abordar este problema son: 1) Garantizar la inserción en la comunidad receptora sin que existan estereotipos discriminatorios. 2) Garantizar que la persona en situación de refugio sea vista como una fuerza laboral con igualdad de condiciones para poder competir. 3) Informar y educar a las corporaciones sobre el derecho al trabajo de las personas refugiadas. 4) Hacer más accesibles los trámites para acceder al status de refugiado, en especial cuando es necesario traer los documentos desde el país de origen y estos deben ser legalizados (por ejemplo, los títulos académicos, o registros civiles). 5) Agilizar la tramitología para la convalidación de títulos. 6) Equipar el acceso a educación en relación a los nacionales. 7) Coordinar con socios implementadores para desarrollar programas que han tenido impacto en las GAM a otras poblaciones urbanas lejanas. 8) Sensibilizar a la población en Costa Rica y a las instituciones públicas y privadas sobre las condiciones de las personas refugiadas y el refugio (por ejemplo, incorporando este tema en los programas educativos). 9) Realizar campañas publicitarias de alto impacto acerca de Por qué están en el país las personas en situación de refugio. 10) Concientizar a las autoridades crediticias acerca de la situación legal de la persona refugiada en el país. Por ejemplo, para facilitar el acceso a vivienda y la inversión empresarial. 11) Concientizar e informar a la población receptora acerca de la activación de las economías de escala por parte de la población refugiada(por ejemplo, el caso de panaderías y textiles). 12) Adelantar acciones para agilizar respuestas sobre la solicitud de asilo por parte del DGME. 13) Difundir las buenas prácticas entre las que se encuentran: • proyectos de microcrédito, • Cursos de capacitación de socios, • grupos de diversidad, • participación de población refugiada en talleres y diagnósticos, • experiencias de coordinación interinstitucional (entre Estado, organizaciones no gubernamentales, organismos internacionales e intergubernamentales), • experiencias de asesoría legal a través de diversas contrapartes (por ejemplo, la Casa de Derechos), • los subsidios económicos a personas en condición de vulnerabilidad, • el apoyo y la atención psicosocial, • las Casas de Cuidado, • la estrecha relación entre socios implementadores y población refugiada, • el trabajo de sensibilización. Conferencia Regional Humanitaria sobre la protección de personas desplazadas y refugiadas: Seguimiento a la Declaración y al Plan de Acción de México
7. Participantes encuentro preparatorio de Costa Rica. Jhonny Ruiz Nancy Jiménez Betzy Aiza Laura Peña Albertina Pauletti Yenny Quiñónez Diana Trimiño Andrea Hidalgo Vanesa Leandro Lucía Guzmán Sofía Trigueros Jhon Ramírez Martha Barcenas Jozef Merkx Ingrid Arguedas Maria Elena Solano Kryssia Cabalceta Silvia Carmona Lang Ying Hernández Jennifer Jiménez Hna. Ariette D’Agostini Giovanni Monge Minor Guillén Socorro Pazmiño Michael García
60
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social Representante de personas refugiadas Ministerio de Trabajo y Seguridad Social Bolsa de empleo - ACAI Pastoral Social Cáritas Representante personas refugiadas OIM Defensoría de los Habitantes ACNUR Asociación de Profesionales en Desarrollo Casa de Derechos, Municipalidad de Desamparados Centro de Derechos Laborales, CARITAS Persona refugiada Representante ACNUR ACAI ACAI Casa de Derechos, Municipalidad de Desamparados Ministerio de Salud Pastoral Social Cáritas Persona refugiada Parroquia Maria Reina ACNUR Asociación de Profesionales en Desarrollo Persona refugiada ACAI
4.3. Encuentro Nacional Preparatorio en Venezuela16 Introducción
El 2 de agosto de 2010 diversas organizaciones de la sociedad civil, agencias internacionales, miembros de la academia y representantes del Estado venezolano, se reunieron en la ciudad de Caracas, con el fin de darle seguimiento a los compromisos consagrados en la Declaración y Plan de Acción de México Para Fortalecer la Protección Internacional de los Refugiados en América Latina -en adelante PAM- y así presentar conclusiones en la Conferencia Regional Humanitaria sobre Desplazamiento y Refugio. En el encuentro nacional preparatorio a la Conferencia Regional, participaron representantes de la Defensoría del Pueblo, el Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería (SAIME), la Comisión Nacional para los Refugiados, el Centro de Estudios de Fronteras e Integración (CEFI), la Cruz Roja Venezolana, Caritas de Venezuela, la Sociedad de Ayuda al Inmigrante Hebreo (HIAS), el Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), el Consejo Noruego para los Refugiados (NCR), Amnistía Internacional, la Cámara de Integración Económica Venezolano-Colombiana (CAVECOL), el Centro de Estudios de Pastoral y Asistencia Migratoria, el Servicio Jesuita a Refugiados Venezuela, la Embajada de México y la Embajada de Canadá. Las organizaciones presentes reconocieron los esfuerzos por parte del Estado venezolano para garantizar y hacer respetar los derechos de las personas en necesidad de protección internacional (PNPI); así como el que, para el año 2004 (año de aprobación del PAM), Venezuela ya contaba con una Ley Orgánica sobre Refugiados o Refugiadas y Asilados o Asiladas (en adelante LORRAA), el Reglamento de la LORRAA y una Comisión Nacional para los Refugiados (en adelante CNR), constituida y desconcentrada al interior del país. En este sentido, las organizaciones e instituciones participantes discutimos la necesidad de identificar buenas prácticas y desafíos frente a la respuesta en la atención a los refugiados en Venezuela. La discusión arrojó como resultado conclusiones que son presentadas en este documento síntesis.
16 El encuentro se llevó a cabo el 2 de Agosto de 2010 en la ciudad de Caracas, Venezuela.
Conferencia Regional Humanitaria sobre la protección de personas desplazadas y refugiadas: Seguimiento a la Declaración y al Plan de Acción de México
El Plan de Acción de México en Venezuela
En Venezuela el PAM se ha aplicado de manera indirecta, por medio de las actividades de cada una de las organizaciones, organismos intergubernamentales, instituciones y agencias de cooperación internacional interesadas en atender el fenómeno del refugio. Parece necesario que el PAM se incluya dentro de una estrategia colectiva más desarrollada y estructurada, que permita la integración de todos los actores de manera conjunta. Así, es clara la necesidad de considerar la verdadera naturaleza del PAM que, si bien fue producto de una iniciativa que buscaba la incidencia en las prácticas institucionales hacia las personas refugiadas en Latinoamérica, actualmente (y luego de vencidos los plazos dispuestos para el cumplimiento de los compromisos contemplados en el PAM) pareciera que presenta más semejanzas a un marco estratégico de aplicación voluntaria17.
Buenas Prácticas Protección La CNR está presente de manera desconcentrada en los Estados fronterizos de Apure, Táchira y Zulia, además de Caracas, con competencia en todo el territorio nacional para sesionar y establecer oficinas en cualquier lugar de Venezuela. La CNR se ha dotado de un Reglamento Interno que incluye la creación de una base de datos con estadísticas y reportes sobre la población solicitante y refugiada en Venezuela, define el procedimiento para casos de alta vulnerabilidad, estandariza el proceso para cada una de las oficinas desconcentradas de la CNR, regula el funcionamiento interno de la Comisión, así como la organización del personal a su cargo y las especificaciones jurídicas de las diversas etapas del procedimiento de solicitud de refugio, desde la formulación de la solicitud hasta la fase de decisión. En cuanto a la formación y fortalecimiento institucional, la CNR cuenta actualmente con una nueva gestión y está trabajando activamente con el apoyo financiero del ACNUR para reducir el número de casos pendientes para la determinación de la condición de refugiado y tomar decisiones para todos los casos activos. Dicha cooperación tiene como fin fortalecer el trabajo de la CNR a través de la incorporación de personal y equipos que permitan dar atención a los casos en espera de decisión, aumentando así la capacidad de respuesta. En cuanto al ejercicio de los derechos, el marco normativo interno en Venezuela establece que la PNPI tiene completo acceso al sistema educativo formal.
17 Nota de la editora: De hecho, el PAM no tiene fuerza vinculante para los Estados, ya que se trata de una Declaración. Su función es más bien de carácter ético-político y en ese sentido lo entienden los Estados que suscriben la Declaración.
62
En el campo de la investigación y desarrollo doctrinal, el Centro de Estudios de Fronteras e Integración Dr. José Manuel Briceño Monzillo (CEFI) de la Universidad de los Andes (ULA), realiza actualmente investigaciones y formación académica en el área de integración fronteriza, incorporando el diagnóstico de la situación de las fronteras, desde hace más de 15 años. Desde finales del año 2010, con el apoyo de ACNUR y entidades privadas, se impartirá un diplomado y un máster en Derecho Internacional de Refugiados, en la Universidad Rafael Urdaneta en el Estado Zulia, Venezuela. Comunidades Receptoras A través del documento provisional de refugio18 o la cédula de transeúnte19, las personas solicitantes de refugio y refugiadas pueden acceder a los programas sociales en la zona fronteriza, denominados “Misiones”20, enfocados en el campo de la educación y la alimentación,. Es necesario destacar la importancia de sinergias entre organizaciones no gubernamentales, iglesia, organizaciones sociales, empresa privada y organizaciones internacionales, en materia de apoyo comunitario y fomento de soluciones duraderas orientadas principalmente a la Integración local, en coordinación con los consejos comunales21. De la misma forma se destacan los espacios de interacción entre el Estado, organismos internacionales y ONG´s, a través de la realización de Jornadas Conjuntas de Registro. Estas jornadas han permitido a la CNR atender solicitudes de refugio fuera de sus oficinas, garantizando mayor accesibilidad al procedimiento para aquellas personas que residen en zonas alejadas y de difícil acceso. Asistencia Humanitaria Existen diversos programas de microcréditos, impulsados entre el Estado y las organizaciones sociales, que han beneficiado a personas en situación de refugio y han impulsado la nuevas fuentes de empleo, siendo las organizaciones nacionales e internacionales que trabajan el tema de refugio las que han aportado gran parte de la ayuda humanitaria (kits de alimentación, cocina, hábitat, etc.). Diversas ONG´s y organismos internacionales han creado comités de soluciones duraderas, con el propósito de atender las necesidades de la población solicitante de refugio 18 Documento entregado al (la) solicitante de refugio a fin de garantizar su permanencia temporal en el territorio nacional hasta tanto se decida sobre el reconocimiento de la condición de refugiado o refugiada. Art. 16 de la LORRRAA. 19 Documento de identidad entregado a la persona reconocida como refugiada, válido para la permanencia legal y para el ejercicio de cualquier actividad lucrativa. Art. 19 de la LORRAA. 20 Son programas sociales creados por el Presidente Hugo Chávez para dar atención a problemas sociales específicos, tales como vivienda, educación, alimentación, entre otros. 21 Son instancias de participación, articulación e integración, entre las diversas organizaciones comunitarias, grupos sociales y los ciudadanos y ciudadanas, que permiten ejercer directamente la gestión de las políticas públicas. Consagrados en el Artículo 2 de la Ley de los Consejos Comunales.
Conferencia Regional Humanitaria sobre la protección de personas desplazadas y refugiadas: Seguimiento a la Declaración y al Plan de Acción de México
y refugiada que se encuentra en situación de alta vulnerabilidad o quienes necesitan una protección especial. Se han consolidado alianzas entre diferentes organizaciones sociales, no gubernamentales e internacionales, con el fin de atender las necesidades de las personas refugiadas y solicitantes de refugio en cuanto a hospedaje, salud, traslados internos, entre otros, de la población en necesidad de protección internacional.
Brechas relevantes Protección Actualmente no existe un sistema de información o un banco de datos actualizado sobre las PNPI, que permita determinar la magnitud del problema humanitario en Venezuela. Esta situación genera obstáculos a la atención y asistencia de esta población que está invisibilizada en los sistemas de registro y en el territorio nacional, lo cual incrementa los grados de vulnerabilidad y profundiza situaciones de exclusión y marginación social. La población solicitante de refugio y refugiada percibe que sus necesidades, demandas y realidades no son respondidas de forma adecuada por la normativa nacional, debido a las deficiencias en la coordinación de la ley de refugio y la legislación internacional, con el resto del marco jurídico nacional. Asimismo, se encontró una insuficiente coordinación en el ámbito interinstitucional y un bajo perfil del tema de refugio en la agenda nacional. En el campo de la educación las personas solicitantes de refugio y refugiadas enfrentan dificultades para obtener una rápida respuesta a su caso y obtener la documentación que les permita hacer efectivo este derecho. En consecuencia, las prácticas dilatorias están obstaculizando el ejercicio de este derecho, imposibilitando, entre otras, la obtención de la certificación de estudios. En el campo del empleo, la ausencia de políticas públicas en el ámbito laboral, que respondan de forma diferenciada a la situación de la PNPI, resulta en limitadas posibilidades de integración (principalmente por la falta de documentación, que obstaculiza la inserción al mercado laboral formal y genera situaciones de explotación laboral, inserción exclusiva al trabajo informal, desempleo y situaciones de vida precarias). La ausencia de programas de capacitación nacional que permitan a las autoridades venezolanas -sobre todo las encargadas del control al ingreso y salida de personas ubicadas en la zona fronteriza- obtener un mayor conocimiento sobre los criterios y pasos a seguir en la remisión de solicitudes de refugio, así como sobre los derechos y obligaciones de las PNPI y la validez de la documentación establecida por la LORRAA. Entre las debilidades más importantes del Reglamento Interno de la CNR, se encuentra el que, a pesar de establecer un procedimiento breve para el caso de niños, niñas y adoles-
64
centes no acompañados, no establece otros criterios de vulnerabilidad. Además, en la fase de formulación de la solicitud de refugio, se mantienen las mismas formalidades que en el procedimiento ordinario, obviándose el enfoque diferencial que se pretende implementar con la medida. Asimismo, se asume que la CNR se encargará de la expedición y por lo tanto renovación del documento provisional de refugio, pero esto generaría limitaciones para aquellas personas solicitantes de refugio que no se encuentren cerca de una oficina de la CNR. El proceso de formulación de las solicitudes de refugio se institucionaliza en dos momentos: una primera entrevista para el levantamiento del acta preliminar de refugio y luego para el acta de entrevista. Esta situación puede generar dilaciones indebidas en el procedimiento al no establecer si ambas actas se generan en un mismo momento o si se requieren 2 entrevistas diferentes. El documento provisional que acredita a la persona como solicitante de refugio (emitido por el SAIME22) no ofrece una protección efectiva que garantice los principios de no devolución y no sanción, pilares del Derecho Internacional de los Refugiados. Esto se debe principalmente al desconocimiento por parte de muchos de los efectivos militares y representantes del Estado, sobre la existencia y obligaciones derivadas del reconocimiento de dicho documento. Asimismo, para garantizar la vigencia del documento provisional, el Estado exige a la persona solicitante de refugio presentarse personalmente con una frecuencia mensual o bimensual durante el período que dure el procedimiento. Esta exigencia deteriora la situación de vulnerabilidad de estas personas, ya que deben someterse al control de los puestos fronterizos cuyos funcionarios, en muchos casos, desconocen el documento y los derechos derivados de su condición de solicitantes de refugio. Existe dilación en el lapso de respuesta de las solicitudes de refugio. De acuerdo a la LORRAA, este plazo debería ser de 90 días continuos, en la práctica se extiende hasta un año ó más, situación que incrementa los niveles de vulnerabilidad de la población solicitante de refugio y contradice los estándares internacionales de protección que promueven la abreviación de los tiempos de espera de las personas que necesitan protección internacional. Actualmente la cédula de transeúnte (refugiado) solo es expedida en la ciudad de Caracas, capital de Venezuela, lo cual impone límites al ejercicio de derechos de quienes son reconocidos y viven en el interior del país, ya que estas personas deben asumir los costos de movilidad y los riesgos que existen en el traslado. Existen serias limitaciones en la asistencia legal que pueden ofrecer las organizaciones no gubernamentales a las personas solicitantes de refugio y refugiadas, sobre todo en el acompañamiento a casos que, teniendo decisión negativa y agotada la vía administrativa23, deben acudir a los tribunales nacionales. 22 Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería de la República Bolivariana de Venezuela. 23 Para apelar una decisión negativa en el procedimiento de solicitud de refugio es necesario interponer un recurso de reconsideración ante la Comisión Nacional para los Refugiados. En caso de que el recurso de reconsideración reciba una respuesta negativa, se considera agotada la vía administrativa y se abre la posibilidad de acudir a la vía contenciosa.
Conferencia Regional Humanitaria sobre la protección de personas desplazadas y refugiadas: Seguimiento a la Declaración y al Plan de Acción de México
El Estado venezolano no ha incluido la definición ampliada de refugiado de la Declaración de Cartagena de 1984 en su legislación nacional. En consecuencia se ha imposibilitado el desarrollo doctrinal al respecto. El ACNUR no ha desarrollado un manual sobre “Procedimientos y Criterios para la Aplicación de la Definición de Refugiado de la Declaración de Cartagena”, que pueda ser difundido y utilizado por funcionarios públicos y agentes de política pública que atienden el fenómeno del refugio. Comunidades Receptoras Es necesario ampliar la cobertura de los programas sociales y asistenciales que atiendan las necesidades de vivienda y hábitat en las zonas de frontera, particularmente y de manera transversal el tema de la protección internacional y el Refugio. Actualmente la demanda ha sobrepasado la capacidad de respuesta de estos programas y ha generado la proliferación del fenómeno de las invasiones24, fenómeno que debe ser estudiado con sus variantes. Las peculiaridades propias del contexto – como la ubicación geográfica de la población en necesidad de protección, la difícil situación económica del país, la inestabilidad en la relación diplomática entre Venezuela y Colombia-, aunada a las especificidades del refugio como hecho social (desarraigo, inestabilidad socioeconómica, migración, etc.), limitan en buena parte la integración plena de las personas en necesidad de protección internacional a la sociedad de acogida. Por ende, también su integración a la política social nacional.
24 La invasión está tipificada como un delito de “acción pública” estipulada en el Código Penal artículo 471-A, con hasta 10 años de cárcel. Así mismo la Ley establece que las autoridades -bien sea Policía, Guardia Nacional y el CICPC- tienen la obligación de aprehender a la/ (s) personas en flagrante comisión de delito que merezcan pena privativa de libertad, como bien lo contempla el artículo 257 y el Título II del Código Orgánico Procesal Penal. En el caso del uso abusivo de niños menores para escudarse durante la comisión de un delito, es recomendable la presencia de un Consejero de Protección del niño y del adolescente que pueda velar por su integridad y cuidado.
66
4.4. Encuentro Nacional Preparatorio en Ecuador25 Antecedentes. Breve explicación de la CRH26, Jorge Rojas, CODHES/Secretaría Técnica. La CRH es una iniciativa de la sociedad civil latinoamericana que busca dar seguimiento a la Declaración y Plan de Acción de México Para Fortalecer la Protección Internacional de los Refugiados en América Latina suscrita por los Estados de la región en el año 2004. La CRH se llevará a cabo en Quito el 8 y 9 de noviembre y participarán en ella representantes de gobierno y sociedad civil de al menos 15 países de América y el mundo. Ecuador ha sido escogido como la sede de este evento por su carácter de país de acogida de población refugiada y solicitante de refugio. Ecuador ha reconocido aproximadamente a 55 mil personas en calidad de refugiadas en su territorio, de las cuales aproximadamente un 98% son de origen colombiano. La CRH intenta responder a la necesidad de abordar con responsabilidad el fenómeno del refugio en el continente americano y el desplazamiento forzado interno en América del Sur. Los Estados deben asumir retos cada vez más exigentes, ya que el fenómeno de la migración forzada está en constante cambio. La sociedad civil tampoco puede quedarse expectante ante la crisis humanitaria, ya que está llamada a jugar un papel protagónico en los cambios sociales, el seguimiento a la implementación de marcos normativos y la exigibilidad de derechos.
25 En adelante se utilizarán las siglas de abreviación CRH para referirse a la Conferencia Regional Humanitaria. El encuentro se llevó a cabo en la ciudad de Quito, el 27 de septiembre de 2010. Antecedieron a este encuentro diversos encuentros locales en Ibarra, Tulcán, San Lorenzo, Lago Agrio, Guayaquil, Cuenca y Quito. Se incluyen aquí solamente las memorias del encuentro nacional, ya que este recoge las conclusiones y propuestas de los otros eventos. 26 En adelante se utilizarán las Siglas de abreviación CRH para referirse a la Conferencia Regional Humanitaria.
Conferencia Regional Humanitaria sobre la protección de personas desplazadas y refugiadas: Seguimiento a la Declaración y al Plan de Acción de México
Breve explicación del Plan de Acción de México PAM, Luis Varese ACNUR En conmemoración del vigésimo aniversario de la Declaración de Cartagena de 1984, los gobiernos de América Latina se reunieron para elaborar un documento que fortaleciera la protección de las personas refugiadas. Solicitaron a ACNUR y a la comunidad internacional apoyo en la ejecución, difusión a los gobiernos y seguimiento en la ejecución del PAM. El documento que se convirtió en una Declaración que contiene 4 grandes capítulos: La Situación de los Refugiados en América Latina, la Protección Internacional para los Refugiados, las Soluciones Duraderas y los Mecanismos de Promoción, Ejecución, Seguimiento y Evaluación. A continuación, se destaca y explica cada uno de los capítulos del PAM, enfatizando en la importancia de este documento y su aplicación, subrayando que su función es contribuir a vigilar las obligaciones de los Estados en materia de asilo y refugiados. En este sentido, constituye un plan orientador, no solo para los Estados sino también para las organizaciones internacionales y la sociedad civil. Además promueve la articulación y constitución de redes de protección a personas refugiadas.
Política de Ecuador en Materia de Asilo y Personas Refugiadas,
José Luis Guerra27 En Ecuador existe un cuerpo normativo nacional e internacional de referencia que incluye: la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951 y el Protocolo de 1967 sobre el Estatuto de los Refugiados, la Declaración de Cartagena sobre los Refugiados de 1984, la Declaración y Plan de Acción de México Para Fortalecer la Protección Internacional de los Refugiados en América Latina y la Constitución de la República del Ecuador (en adelante CRE). Con base en estos, se ha creado el denominado Plan Ecuador que busca promover los derechos humanos, transparentar y equiparar la atención a la vulneración de derechos de nacionales y extranjeros, elaborar planes de contingencia para enfrentar flujos de personas refugiadas y desplazadas y coordinar acciones y experiencias para responder a estas situaciones.
Situación de las Personas Refugiadas en el Ecuador,
Javier Arcentales28 En el Ecuador habitan aproximadamente 53 mil personas refugiadas, en su gran mayoría de origen colombiano; pero también existen personas de origen cubano, afgano, ruso y otros. El número de personas que necesitan protección internacional en Ecuador son más de las reconocidas por el Gobierno ecuatoriano en calidad de refugiadas.
27 Delegado de la Defensoría del Pueblo de Ecuador. 28 Delegado por la Coalición por las Migraciones y refugio.
68
A pesar de los contenidos en la CRE las leyes migratorias son restrictivas en Ecuador, no existen formas accesibles de regularización. La estructura estatal y el procedimiento de solicitud de refugio no son apropiados, considerando la realidad y demanda del servicio. Las instituciones públicas y privadas no están suficientemente informadas sobre los derechos de las personas no nacionales y refugiadas. El Gobierno tomó medidas de control a la delincuencia, entre ellas, incrementó los controles migratorios, contraponiendo así el asunto de seguridad con el del derecho a migrar y a solicitar asilo. Existen situaciones de xenofobia y discriminación por parte de algunos sectores de la sociedad civil e incluso de funcionarios de organismos estatales.
Mesas de trabajo Fronteras solidarias Las principales conclusiones relacionadas con el contexto actual en la frontera norte son: • Los controles fronterizos son arbitrarios, muy restrictivos para algunos casos y muy permisivos en otros. • Se registra un alto grado de discriminación y xenofobia, estigmatización hacia personas de origen colombiano, categorizados como delincuentes. Esto aumenta la dificultad para acceder al conjunto de derechos humanos. • Es evidente la escasa presencia estatal, manifiesta en las pocas o insuficientes respuestas de protección legal y física a la población que reside o transita por la frontera. Se han denunciado casos de reclutamiento forzado en Tulcán. • No existe una aplicación efectiva de las normas legales de protección y garantía de derechos de las personas refugiadas o solicitantes de asilo. En la frontera los solicitantes y/o personas refugiadas no cuentan con adecuados mecanismos y protocolos de seguridad por parte de las autoridades competentes, quienes en muchas ocasiones vulneran sus derechos por falta de conocimiento de los mismos y de la situación de protección de las personas. • El aumento de la población refugiada en las comunidades fronterizas ha sido vertiginoso, pero la respuesta a las necesidades de la población, -tanto refugiada como de acogida-, no ha sido proporcional a este crecimiento. • Se reportan casos de abuso de autoridad por parte de miembros del ejército hacia las comunidades. Estos funcionarios exigen los documentos de manera agresiva, en ocasiones acompañada de amenazas constantes de forma verbal y de detenciones injustificadas por parte de la policía.
Conferencia Regional Humanitaria sobre la protección de personas desplazadas y refugiadas: Seguimiento a la Declaración y al Plan de Acción de México
Entre las principales propuestas para enfrentar esta situación se cuentan las siguientes: • Incrementar las oficinas de la Dirección General de Refugiados en la frontera norte. • Promover el desarrollo humano de las poblaciones de ambas fronteras. • Prolongar la vigencia del documento de identidad de las personas refugiadas y solicitantes de refugio. Ciudades solidarias Con este programa el PAM busca que las personas refugiadas accedan a los derechos de una manera similar a los demás habitantes de las ciudades, mediante la generación de fuentes de empleo, particularmente el micro crédito. Además, la adecuada emisión de los documentos de identidad. Las principales características del contexto en el cual se implementa este programa incluyen: • En algunas ciudades de Ecuador se ha avanzado en la incidencia en políticas públicas incluyentes. Quito fue denominada ciudad solidaria, gracias a la ordenanza de movilidad humana que publicó29. En Cuenca y Lago Agrio se está trabajando también en la creación de ordenanzas. • Las instituciones financieras no han abierto sus servicios a personas refugiadas, pero hay otras instituciones (más bien ONG’s) que han trabajado bien en este sentido, sobre todo en Cuenca, Santo Domingo y Quito. • La DGR tiene oficinas en otras ciudades de Ecuador además de Quito. • La mayoría de las personas refugiadas colombianas en Ecuador (80%) tienen la intención de integrarse en el país de destino, no tienen intención de repatriarse Las principales dificultades de población refugiada y solicitante de refugio relativas a los medios de vida, incluyen: • Estigmatización, dificultades para acceder a créditos (se consideran clientes riesgosos por alta movilidad). • Niveles precarios de inserción laboral. • Abuso, acoso y vulneración de derechos de las mujeres refugiadas y solicitantes de asilo, quienes en algunas ocasiones se sienten presionadas a hacer favores sexuales a cambio de trabajo. • Situación de indefensión de trabajadores ante el abuso de empleadores. Vivienda: • El 93% de la población refugiada y solicitante de refugio no vive en vivienda propia. • Dificultades para acceder a viviendas en arriendo por la discriminación derivada del origen. 29 El Concejo Metropolitano aprobó la Ordenanza que regula la promoción, protección y garantía de los derechos de las personas y familias que viven diferentes situaciones de movilidad (emigrantes, inmigrantes, desplazados a causa de cualquier tipo de violencia, personas en tránsito y otros que fueren reconocidos por la legislación ecuatoriana y los tratados y convenios ratificados por el Estado Ecuatoriano). Para ello adopta el “Plan Distrital de la Movilidad Humana”, l instrumento de planificación local. Ver Centro Iberoamericano de Desarrollo Estratégico Urbano (CIDEU) en: http://www.cideu.org/site/content.php?id=3664 (Nota de la editora)
70
Discriminación: • El documento de identidad de refugiado contiene el término “refugiado”, categoría que conlleva problemas de acceso a derechos por desconocimiento por parte de autoridades o prácticas discriminatorias muy difundidas al interior de la sociedad y en las instituciones. • Los medios de comunicación son sensacionalistas, y utilizan términos y publican noticias que generan discriminación y promueven la xenofobia. • Las relaciones de los gobiernos de Ecuador y Colombia han generado tensiones que han afectado las relaciones entre nacionales ecuatorianos y colombianos. Educación: • La estigmatización que sufren las personas de origen de colombiano incluye su clasificación en la categoría de delincuentes por parte de órganos de control estatal. • Los adolescentes tienen dificultades para acceder al colegio, no hay alternativas para personas con necesidades especiales de educación. • Los requisitos para acceder a la educación superior son excesivos y diferentes a los de los ecuatorianos. • Los deportistas no pueden competir en torneos importantes cuando quieren ir en representación del Ecuador. Las principales propuestas para enfrentar esta situación incluyen: • El diseño e implementación de mecanismos estatales de articulación de las leyes – coordinación de la política- para garantizar un ejercicio pleno de los derechos a población refugiada y en situación de refugio. • El diseño e implementación de políticas para enfrentar las precarias condiciones laborales de la población refugiada y en situación de refugio. • La flexibilización del acceso a crédito como un mecanismo para combatir el “chulquerismo”30. • Inclusión de temas de solidaridad con las personas refugiadas en el currículo escolar. Estrategias de sensibilización e información sobre el refugio en Ecuador para los funcionarios públicos. • Modificar el documento de identidad de las personas refugiadas en Ecuador para que sea similar al de los demás extranjeros. Fortalecimiento Institucional Las principales debilidades institucionales identificadas son: • El estado no promueve la investigación científica, existe gran debilidad en la investigación en todas las áreas. • No hay articulación entre las instituciones afines al tema de refugio y la población refugiada y solicitante de refugio. 30 El término “chulqueros” se utiliza para referirse a personas que se dedican a prestar dinero cobrando intereses exorbitantes, practicando la usura (Nota de la editora).
Conferencia Regional Humanitaria sobre la protección de personas desplazadas y refugiadas: Seguimiento a la Declaración y al Plan de Acción de México
• La DGR no tiene recursos suficientes para dar respuestas efectivas a las necesidades de las personas refugiadas y solicitantes de refugio. • Lentitud en la respuesta institucional al fenómeno. Las principales fortalezas identificadas incluyen: • La voluntad política de la DGR para adelantar acciones de política pública que respondan adecuadamente al fenómeno del refugio en Ecuador. • La Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales con Sede en Quito (FLACSO) registra importantes avances en investigación sobre refugio. • Diversos sectores de sociedad civil(por ejemplo, ONG de derechos humanos) cuentan con apoyo económico. • Existen muchas instituciones inmersas en acciones para atender el fenómeno del refugio. • Existen avances institucionales tales como la creación de los Consejos de igualdad y movilidad humana y la Ley de igualdad31. Las principales propuestas para enfrentar esta situación son: • Diseñar e implementar un sistema de información oficial sobre movilidad humana con un componente específico de protección internacional. • Generar mecanismos de apoyo gubernamental a las jornadas de registro. • Simplificar el sistema de visas (reducirlo a las categorías de residencia temporal, residencia provisional, residencia permanente). El resultado del encuentro nacional preparatorio fue la “Declaración de la sociedad civil sobre el seguimiento al Plan de Acción de México en el Ecuador para la Protección Internacional de las personas refugiadas, y otras personas en necesidad de protección internacional”. El texto se reproduce en la Sexta Parte: Perspectiva de las organizaciones de la sociedad civil.
31 De acuerdo con la Constitución Nacional del Ecuador, los Consejos nacionales para la igualdad son órganos responsables de asegurar la plena vigencia y el ejercicio de los derechos consagrados en la Constitución y en los instrumentos internacionales de derechos humanos. Participan en la formulación, transversalización, observancia, seguimiento y evaluación de las políticas públicas relacionadas con problemáticas de género, étnicas, generacionales, interculturales, de discapacidades y movilidad humana, de acuerdo con la ley que los regula. Deben coordinarse con las entidades rectoras y ejecutoras y con los organismos especializados en la protección de derechos en todos los niveles de gobierno. El 25 de enero de 2011 el asambleísta ecuatoriano representante de los migrantes, Washington Cruz, radicó formalmente el proyecto de Ley Orgánica de Protección e Igualdad de Derechos de los Migrantes Ecuatorianos Residentes en el Exterior y sus Familiares (Nota de la editora)
72
Participantes encuentro preparatorio de Ecuador María Verónica Espinel Josep Herreros Luis Varese Fernando Ponce Pablo Araujo Marco Varese Patricio Benálcazar Jose Luis Guerra Jorge Rojas Zully Laverde Javier Arcentales Mónica Maldonado Jenit Chang Daniela Alcántara Gónzalo Yaquilima Hugo Cahueñas Muñoz Irma Mantilla Ralf Oetzel Sabrina Lustgarten Eliana Zarate Lucy Santacruz Oscar Ospina María Montalvo Martha Ordoñez Yasmina Zambrano Ana Zábala Irene Ibarra Martha Nuñez María Rosa Cajas Daniel Berlin Beatriz Villarreal Lidia García Fernando Vega Santiago Arguello Arturo Aranibar Edgar Escobar Iván Torres
ACNUR ACNUR ACNUR SJRM SJRM SJRM Defensoría del Pueblo Defensoría del Pueblo CODHES CODHES Coalición Migraciones y Refugio Save The Children Pastoral Movilidad Humana PMH-CEE PMH Arquidiócesis de Quito Pastoral Movilidad Humana PMH Cruz Roja Ecuatoriana Cruz Roja Ecuatoriana GIZ - Programa Fosin HIAS HIAS Colectivo Migración y Refugio Colectivo Migración y Refugio Corte Provincial STPE RET MSP NRC Consejo Noruego para Refugiados FAS Fundación Ambiente y Sociedad FAS Fundación Ambiente y Sociedad Asylum Access Ecuador INREDH Centro Segundo Montes Mozo CSMM Secreatria Nacional del Migrante SENAMI Asesor Asambleista Representante OEA en Ecuador Corte Constitucional Ministerio Relaciones Exteriores -DGR Conferencia Regional Humanitaria sobre la protección de personas desplazadas y refugiadas: Seguimiento a la Declaración y al Plan de Acción de México
Margareth Córdoba Rosa Mosquera Anita Valencia Fredy Bermudez Carline Merien Carlos Váldez Ruth Alvarez Héctor Berrio Paola Guevara María Nidia Liliana Atuesta Marco Betancur Luz Marina Caicedo Mario Ordoñez Francis Quiñonez Abelardo Gómez Nelsón Pérez Liliana Atuesta José Sierra
74
EMCOF Casa Ochún Casa Ochún Panitas y Parceros Asociación de Haitianos Refugiados en Ecuador CIPESEM Perú ASOCOMIRCE ASOPCMICEO ACOPPSAS ACOPSAS Asociación Caminantes Mitad del Mundo Asociación Caminantes Mitad del Mundo Federación Nacional de Refugiados en Ecuador FENARE Manos Amigas Mujeres sin Fronteras Asociación Caminantes Mitad del Mundo Asociación Caminantes Mitad del Mundo Asociación Caminantes Mitad del Mundo Nueva Vida
4.5. Encuentro Nacional Preparatorio en Panamá32 A continuación se presentan las conclusiones de las mesas de trabajo conformadas para abordar la discusión acerca del fenómeno del refugio.
1. Mesa Ciudades Solidarias Acceso a derechos Con el fin de institucionalizar las buenas prácticas, es necesario retomar las lecciones aprendidas o, si se quiere, las experiencias positivas en la atención al fenómeno del refugio en Panamá, estas son: • La Oficina Nacional para la Atención de los Refugiados (ONPAR) ha mejorado la coordinación con organizaciones de sociedad civil y organizaciones internacionales en el manejo de casos; el reto es institucionalizar el mecanismo de referencia y contra referencia. • Existe Buena coordinación entre ONPAR, la ONG Centro de Asistencia Legal Popular (CEALP)y el Ministerio de Trabajo, en la expedición de los permisos de trabajo. También existe buena coordinación con el Ministerio de Salud. • Existe un mecanismo de regularización de población refugiada. • La base de datos de ONPAR permite la definición de estadísticas de refugio más claras y precisas. • Se han emitido de forma efectiva las certificaciones a solicitantes del status de refugio, reduciéndose así el riesgo de devolución y detención arbitraria. Algunas de las recomendaciones para mejorar la acción institucional son: • Realizar campañas de información sobre derechos de personas refugiadas y solicitantes de refugio, dirigidas a instituciones públicas, privadas, a población receptora y a la población en necesidad de protección internacional. • Incorporar el tema de refugio en las políticas públicas. • Involucrar a la empresa privada en la implementación de estas políticas (acudiendo a la llamada “responsabilidad social”). • Fortalecerla Oficina Nacional para la Atención de los Refugiados (ONPAR) en el aspecto legal y psicosocial. • Aprovechar el ámbito de la Comisión de Elegibilidad, ampliarlo a la discusión sobre las políticas públicas y considerarlo como espacio para promover la coordinación interinstitucional. • Respecto a los flujos mixtos, desarrollar mecanismos de recepción e identificación de 32 El encuentro se llevó a cabo el 30 de Octubre del año 2010 en Ciudad de Panamá.
Conferencia Regional Humanitaria sobre la protección de personas desplazadas y refugiadas: Seguimiento a la Declaración y al Plan de Acción de México
• • •
•
perfiles de población refugiada y migrantes en general. Esto implica consolidar un espacio de coordinación con las instituciones encargadas de atender la migración, el refugio y los grupos vulnerables, con el fin de canalizarlos casos a las entidades correspondientes (por ejemplo, la Casa del Migrante representa una nueva experiencia). Formalizar un espacio de diálogo entre instituciones gubernamentales y sociedad civil. Garantizar el acceso al debido proceso, estableciendo criterios de admisibilidad claros y acordes a los estándares internacionales. Respecto a la documentación, garantizar la calidad del documento que acredita la condición de refugiado o de solicitante de protección, monitoreando el reconocimiento efectivo de su validez por parte de funcionarios públicos (esto requiere acciones de capacitación). Respecto al derecho al al trabajo, se propone otorgar un permiso temporal de trabajo a solicitantes de refugio para facilitar el acceso al trabajo o la reducción de los tiempos de procesamiento de la solicitud.
2. Mesa Fronteras Solidarias Magnitud y características de la problemática Las principales lecciones aprendidas relacionadas con acciones en frontera, tienen que ver con los diagnósticos realizados por sectores académicos, organizaciones locales y ACNUR, acerca de la situación de derechos en la frontera panameña. Sin embargo existen dificultades en el proceso de socialización y en el intercambio de la información entre instituciones y organizaciones no gubernamentales que intervienen en la zona. Frente a esta situación se hacen las siguientes recomendaciones: • Socializar la información existente, mejorar la articulación entre las distintas organizaciones y unificar los datos disponibles para obtener estadísticas más confiables. • Mejorar la difusión de información sobre país de origen.
3. Mesa Fortalecimiento de mecanismos institucionales de protección Las principales lecciones aprendidas en este campo incluyen: • La ausencia de un plan y una política de Estado. En consecuencia, las capacitaciones realizadas pierden su eficacia, la alta rotación y cambio de funcionarios y funcionarias de las instituciones públicas impide instalar y fortalecer capacidades. • La Oficina Nacional para la Atención de los Refugiados (ONPAR) ha mejorado en el servicio de atención a la población. Frente a esta situación se hacen las siguientes recomendaciones: • Creación de una política de Estado que no sea discrecional, promover el respeto de la
76
normativa existente (por ejemplo, reconocer y respetar en la práctica el principio de no devolución). • Fortalecer la Oficina Nacional para la Atención de los Refugiados (ONPAR), promover la articulación entre la ONPAR e instancias como el Ministerio de Desarrollo Social (MIDES), el Ministerio de Educación (MEDUCA), el Ministerio de Salud (MINSA) y otros actores clave. • Promover la articulación y un rol más activo de la sociedad civil en el desarrollo de acciones de incidencia a favor del cumplimiento de los derechos humanos y del Derecho Internacional de los Refugiados. Programas de sensibilización de la población local / prevención de la discriminación Las lecciones aprendidas en este campo, que se considera una estrategia de protección, incluyen: • Baja inversión gubernamental en el campo educativo. • Interés en los docentes de seguir procesos de formación, pero existen diferencias culturales que impiden el desempeño adecuado de los docentes en las zonas de frontera (muchas veces los docentes que trabajan en frontera vienen desde otras zonas del país). • Permanente rotación del personal docente. • Respecto a la documentación para títulos de grado, se registran pocas dificultades en el acceso al sistema formal educativo. Sin embargo, en muchos casos al terminar los estudios, el Estado no les otorga el titulo correspondiente. Frente a esta situación se hacen las siguientes recomendaciones: • Promover capacitaciones dirigidas al personal docente en temas de derechos humanos y refugio. • Implementar programas de sensibilización para autoridades locales. • Diseñar y avanzar en un observatorio de derechos humanos en la frontera. Desarrollo económico y social Las principales lecciones aprendidas en este campo incluyen: • Los proyectos de generación de ingresos implementados en la zona de frontera, los cuales han sido, en general, sido exitosos. • Evitar que los proyectos sean asistencialistas en la atención a la población. • Se rescata la importancia de promover un enfoque de integración comunitaria (con la participación de población receptora y población con necesidad de protección internacional). Frente a esta situación se hacen las siguientes recomendaciones: • Promover la creación de bolsas de empleo para la generación de ingresos • Compartir las experiencias y los proyectos implementados en frontera entre agencias, instituciones y organizaciones. Conferencia Regional Humanitaria sobre la protección de personas desplazadas y refugiadas: Seguimiento a la Declaración y al Plan de Acción de México
Las conclusiones de la mesa son • La población local y la población refugiada asentadas en frontera tienen las mismas necesidades, se diferencian en el tema de documentación legal. • Realizar más giras de evaluación para actualizar la documentación (la población asentada en la zona tiene dificultades de movilización a las ciudades para acudir a las instancias correspondientes). • Agilizar los trámites de determinación del status de refugio. Procedimiento para la determinación de la condición de refugiado/ debido proceso. Las lecciones aprendidas en este campo son: • Vacíos en la legislación panameña y en la aplicación de la normativa existente (supeditada principalmente en la discrecionalidad de funcionarios y funcionarias). • Falta de experiencia y conocimiento por parte de funcionarios y funcionarias de ONPAR y del Servicio Nacional de Migración. • Alta rotación de los y las integrantes de la Comisión de Elegibilidad, lo cual disminuye la eficacia de los programas de capacitación. • ONPAR y la Comisión de Elegibilidad disponen de poca información sobre el país de origen. • Se identifica una falta de información de la población en necesidad de protección internacional sobre sus derechos y acceso al procedimiento de determinación de la condición de refugiado. • Existen temores por parte de la población en necesidad de protección internacional, para acercarse a las entidades y autoridades locales. • Hay avances en la voluntad política de la Comisión de Elegibilidad (en el transcurso del 2010 se ha reunido tres veces y se prevé la realización de una cuarta reunión). • Hay avances en la ONPAR en cuanto a la gestión interna de la oficina, la presencia de personal capacitado en protección, derechos humanos y Derecho Internacional de los Refugiados. Sin embargo, algunos funcionarios públicos perciben el tema de refugio como una amenaza a la seguridad territorial del Estado y no desde la perspectiva de los derechos humanos. Frente a esta situación, se hacen las siguientes recomendaciones: • La reforma legal del Decreto 239833. 33 De acuerdo con ACNUR “El (…) Decreto Ejecutivo 23/98 (Art. 5.3) define la calidad de refugiado como “una situación migratoria excepcional y temporal.” Dicha definición, y su relación con el régimen de residencia, no está reflejada en la Ley de Migración ni en las categorías migratorias existentes. Por lo tanto, la estadía legal de los refugiados está basada en la resolución de reconocimiento de la Comisión Nacional de Protección para Refugiados y está materializada por una práctica administrativa que resulta en una identificación que no está ligada a las categorías migratorias prescritas por la Ley. Sin un permiso de residencia ligado a una categoría migratoria establecida por Ley, los refugiados no pueden acceder a los mecanismos migratorios que les permitan obtener una residencia definitiva (…) Al mismo tiempo, no contando con tal permiso de residencia, los refugiados no pueden optar a la naturalización dado que éste es uno de los requisitos de acuerdo a la normativa vigente”. Después de un año de su reconocimiento como refugiados, pueden optar por la integración local adoptando un status migratorio que le permita la permanencia en el territorio nacional. Sin embargo, esta opción está restringida a las categorías migratorias existentes para otros extranjeros y que no se adaptan a la situación de los refugiados. Ver ACNUR, Integración legal de Refugiados en Panamá. Observaciones de ACNUR en: http://www.unhcr.org/refworld/pdfid/4a8d3b8b2.pdf. (Nota de la editora)
78
• • • •
• • • •
•
Elaborar un protocolo de protección. Promover la permanencia de los y las integrantes de la Comisión de Elegibilidad. Dotar de recursos humanos y financieros a las instituciones clave en tema de refugio. Promover la apertura de una oficina en el aeropuerto de Tocumen para la atención a personas en necesidad de protección internacional, con la participación de ONPAR, Servicio Nacional de Migración y la ONG CEALP. Implementar un proyecto conjunto de base de datos sobre información del país de origen. Promover el enfoque diferencial en las acciones a realizar, tomando en cuenta las especificidades de los grupos vulnerables. Promover mecanismos de regularización de la situación migratoria de la población bajo protección temporal humanitaria, asentada en la frontera colombo-panameña. Transversalizar el tema de refugio en las instituciones (Sistema Nacional de Migración, Policía, funcionarios y funcionarias de instituciones estatales en general) a través de un ciclo de formación de formadores institucionalizado e incluido en el curriculum institucional. En el campo de la documentación, otorgar un permiso de trabajo temporal a solicitantes del status de refugio en el marco de la promoción de los derechos económicos y sociales.
4. Conclusiones Finales • Es evidente la falta de información sobre el tema de refugio en el sector público, privado y entre la población en necesidad de protección internacional. • Es necesario promover programas de capacitación a funcionarios y funcionarias del sector público, así como a organizaciones de la sociedad civil. • Es necesario y urgente el fortalecimiento de las instituciones públicas y de la sociedad civil en la región del Darién. • Son necesarias acciones de promoción de derechos específicos, comoel acceso al procedimiento de determinación del status de refugio, documentación, trabajo y educación. • Es urgente realizar ajustes al marco legal para que esté acorde a los estándares internacionales, simplificar el procedimiento de determinación de la condición de refugiado y replantear el rol de la ONPAR. • Es necesario promover la difusión de la información sobre país de origen entre los funcionarios y entidades encargadas de atender el refugio. • Es importante destacar la colaboración de ONPAR y CEALP como buena práctica. • Es necesario tener en cuenta la presencia de flujos mixtos conformados por personas extra continentales, pero también por personas procedentes del mismo continente latinoamericano y establecer mecanismos de recepción, referencia y atención. • Entre las soluciones duraderas es necesario promover la integración local (la Ley 25 representa un ejemplo) y la regularización de la población bajo protección temporal humanitaria. Entre ellas, promover el reasentamiento solidario para casos específicos. Conferencia Regional Humanitaria sobre la protección de personas desplazadas y refugiadas: Seguimiento a la Declaración y al Plan de Acción de México
• Es necesario abrir espacios de diálogo interinstitucional y promover la participación ciudadana, fortaleciendo el rol de la Mesa Nacional de Migrantes y Refugiados (MENAMIRE). • Es necesario rescatar la importancia de promover acciones de sensibilización a todos los niveles para prevenir la discriminación hacia la población refugiada en el país.
Participantes encuentro preparatorio de Panamá José X. Samaniego - ACNUR Regional Dayra Díaz - ACNUR Regional Nathalie Karsenty - ACNUR Panamá Ana de Ycaza - ACNUR Panamá Shellah Franceschi - ACNUR Panamá Janio Tuñón - Cancillería Rodolfo Naranjo - ONPAR Carlos Castro - Instituto de Estudios Nacionales (IDEN-UP) Santander Tristan - Centro de Asistencia Legal Popular (CEALP) Fernando Wing – Centro de Asistencia Legal Popular (CEALP) Laura Valenzuela - OIM Sandra Flores - Cruz Roja Panameña Samirah Armengol - RET Panamá Ana Lorena Alfaro - SJR Christian Pulido - Asociación Fe y Alegría Gabriela Enriquez - CEASPA Silvia Alvarez - Refugiada Luz E. Colombar - Refugiada Zully Laverde - CODHES Natalia Pascual - NRC Enrique Torrella - NRC Panamá Joe Kuper - NRC Lianna Badamo - NRC Panamá
80
Quinta parte Los gobiernos frente al Plan de Acción de México y la respuesta al refugio Conferencia Regional Humanitaria sobre la protección de personas desplazadas y refugiadas: Seguimiento a la Declaración y al Plan de Acción de México
82
5.1. Prólogo: La perspectiva institucional Esta sección resume las intervenciones de los gobiernos de la región, enfocadas en los avances, dificultades y retos de la respuesta institucional al fenómeno del refugio y del desplazamiento. Si bien se registran avances en el diseño institucional –se han creado mecanismos e instancias específicas para atender a las personas en necesidad de protección internacional y a desplazados internos, así como una legislación específica en materia de refugio- son múltiples las dificultades que enfrentan los gobiernos en la práctica. Los principales obstáculos tienen que ver con la ausencia de recursos para atender un fenómeno que no se detiene –al contrario, se incrementa con la confluencia de factores socio ambientales y nuevas manifestaciones de violencia sociopolítica en escenarios urbanos- y la necesidad de adaptar las instituciones y la ley a las transformaciones globales que causan flujos de migración forzada. También es clara la necesidad de adoptar medidas de regularización suficientemente flexibles como para responder a la situación de personas en necesidad de protección internacional y a la de migrantes en general, debido a la coexistencia de ambos tipos de migración en un mismo contexto histórico y en ocasiones en un mismo evento (los denominados “flujos mixtos”). Así, se hace necesaria la flexibilización de los marcos jurídicos nacionales y la armonización de los diferentes regímenes internacionales: El Derecho Internacional Humanitario, el Derecho Internacional de los Derechos Humanos, el Derecho Internacional de los Refugiados. En este sentido, es pertinente retomar las recomendaciones de los Estados contenidas en la Declaración de San José de 1994 sobre Refugiados y Personas Desplazadas sobre la necesidad de pensar soluciones duraderas inscritas en las medidas adoptadas globalmente o regionalmente para reducir la pobreza: “Que los coorganizadores y el Gobierno de Costa Rica, con el apoyo del PNUD, intercedan ante el Banco Mundial, el Fondo Monetario Internacional y el Banco Interamericano de Desarrollo, así como ante las entidades de ayuda bilateral, para que incluyan, en los programas de alivio y erradicación de la pobreza extrema, las necesidades propias de las poblaciones desplazadas”. Por último, es importante mencionar la necesidad de articular respuestas de los Estados y de organismos intergubernamentales que sean de carácter regional -si se quiere, global. El refugio y el desplazamiento forzado son fenómenos de carácter regional, cuyas causas tienen dinámicas transnacionales y obedecen a cambios globales que requieren de la acción concertada y coordinada de los Estados de la región y de los organismos internacionales. Esto permitirá superar las limitaciones de los marcos jurídicos de cada país y retomar experiencias previas en este sentido como la de los gobiernos centroamericanos en la Conferencia Internacional sobre Refugiados Centroamericanos (CIREFCA) de 1989. Conferencia Regional Humanitaria sobre la protección de personas desplazadas y refugiadas: Seguimiento a la Declaración y al Plan de Acción de México
5.2. Gobierno de la República de Argentina
María José Marcogliese34
En Argentina, la ley 26165 de 2006 crea la Comisión Nacional de Refugiados (CONARE), dependencia adscrita al Ministerio del Interior. La legislación interna adopta los principios del Derecho Internacional de los Refugiados (Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951, y el Protocolo de 1967). Argentina ratificó la Convención del 51 en 1961 y desde 1979 forma parte del Comité Ejecutivo de ACNUR, integrado por países que han mostrado un importante compromiso con la búsqueda de soluciones para los refugiados (los otros países de América Latina son Brasil, Chile, Ecuador, Venezuela y Colombia). La CONARE es la entidad encargada de resolver las solicitudes de refugio en Argentina, decidir sobre ellas, coordinar y diseñar políticas públicas de protección para esta población e identificar las soluciones duraderas. El Comité de Elegibilidad para los Refugiados (CEPARE), es el organismo público encargado de resolver las solicitudes de la condición de refugiado (determinar si los solicitantes presentan fundados temores de persecución por su raza, religión, nacionalidad, grupo social u opinión política) y en consecuencia reconocer la condición de refugiado. El CEPARE fue creado en 1985 y funciona en la Dirección Nacional de Migraciones, Ministerio del Interior. Está integrado por miembros del Ministerio del Interior y del Ministerio de Relaciones Exteriores. El Presidente del CEPARE es el Director Nacional de Migraciones. El ACNUR forma parte de este Comité - con voz pero sin voto - para asesorar a sus miembros acerca de la aplicación de los términos de la Convención de 1951 y otros instrumentos internacionales relativos al derecho de los refugiados La legislación nacional adopta la definición ampliada de refugiados y acoge los avances de la Declaración de Cartagena de 1984. El Capítulo I, Artículo 4, literal b reconoce como refugiado a toda persona que “Ha huido de su país de nacionalidad o de residencia habitual para el caso en que no contara con nacionalidad porque su vida, seguridad o libertad han sido amenazadas por la violencia generalizada, la agresión extranjera, los conflictos internos, la violación masiva de los derechos humanos u otras circunstancias que hayan perturbado gravemente el orden público”. Desde el año 1984 Argentina ha recibido 12.000 refugiados. Durante los últimos cuatro años se han recibido 3mil solicitudes de refugio de personas que provienen de más de 30 países (de Asia, Africa, América y Europa). El número de solicitantes es reducido y las cifras de población en necesidad de protección, son escasas, ya que muchas personas 34 Representante de la Comisión Nacional de Refugiados (CONARE) de Argentina
84
deciden regularizar su situación migratoria utilizando otras vías jurídicas distintas a las de la figura de refugio. Con la Declaración y el Plan de Acción de México para fortalecer la protección internacional de los refugiados de América Latina, el gobierno de Argentina ha avanzado en el fortalecimiento de la CONARE. Existe un proyecto de fortalecimiento institucional, se realizó un diagnóstico de necesidades de población refugiada y en necesidad de protección internacional en el año 2008, se ha avanzado en el fortalecimiento de la capacidad operativa y técnica con el fin de mejorar la atención y la capacidad de procesamiento de las solicitudes de asilo (depurando y actualizando las base de datos), el gobierno continúa en la búsqueda de soluciones duraderas enfocadas en la integración y el reasentamiento. Desde el año 2005 Argentina se ha vinculado al programa de Reasentamiento Solidario del ACNUR, como resultado de los compromisos adquiridos en la suscripción del Plan de Acción de México, ante el incremento en el número de refugiados y la reducción de la tasa de repatriaciones voluntarias. El Programa de Reasentamiento Solidario es uno de los componentes más efectivos y novedosos del Plan de Acción de México en Protección35. A finales del año 2008 Argentina había beneficiado a 124 refugiados reasentados en su territorio, la mayoría colombianos provenientes de Ecuador (80 aproximadamente). El Estado argentino se ha preocupad por consolidar un enfoque de género transversal en la política pública de refugio, en especial en los programas de reasentamiento. También ha participado del programa Ciudades Solidarias suscribiendo acuerdos de ciudades y gobiernos provinciales. Ha avanzado en la formulación de estrategias y políticas públicas que garanticen la protección internacional (en Buenos Aires, Mendoza, Rosario, entre otras). Estas políticas incluyen el subsidio familiar, acceso gratuito a salud y educación, apoyo alimentario, apoyo psicológico a víctimas, entre otras. El plan de trabajo de 2009 a2011 de CONARE incluye avances en materia de depuración de casos de solicitudes, identificación de población e necesidad de protección internacional.. Uno de los principales retos de la respuesta institucional al fenómeno de los refugiados es la necesidad de avanzar en soluciones duraderas concretas, sobre todo aquellas medidas que garanticen la integración local. Por último, es necesario señalar que en Argentina el refugio es un fenómeno netamente urbano, ya que el 98% de los solicitantes de refugio se encuentran en Buenos Aires y esto implica la necesidad de desarrollar políticas de desarrollo urbano que incluyan a la población en necesidad de protección, como parte de dicho desarrollo. 35 En la región, cinco países se han adherido a este programa (Brasil, Chile, Argentina, Paraguay, Uruguay), atendiendo al principio de solidaridad con los países que mayor número de refugiados reciben en América Latina: Ecuador, Venezuela y Costa Rica. Brasil y Chile han recibido el mayor número de refugiados reasentados en América Latina, con 460 personas según cifras de ACNUR. En el mundo, aproximadamente 800 mil personas requieren del reasentamiento, pero sólo 10 son beneficiarias de esta medida cada año. Ver: ACNUR, “Reasentamiento Solidario en América Latina ya beneficia a más de mil personas” en: http://www.acnur.org/t3/noticias/noticia/reasentamiento-en-america-latina-ya-beneficia-a-mas-de-mil-personas/ (Nota de la editora)
Conferencia Regional Humanitaria sobre la protección de personas desplazadas y refugiadas: Seguimiento a la Declaración y al Plan de Acción de México
5.3. Gobierno de Costa Rica Ronald Obaldía36
En primer lugar, quiero agradecer públicamente a los gobiernos que brindaron apoyo a los damnificados de la tormenta Thomas. En segundo lugar, quiero señalar que el principio jurídico del debido proceso en Costa Rica es el pilar fundamental del derecho costarricense. Cuando existe vulneración a los derechos humanos, cualquier ciudadano puede acudir a la Sala Constitucional para exigir que se investiguen dichas vulneraciones Las figuras de asilo, refugio y migración son valoradas en el sistema jurídico de Costa Rica. Por tradición histórica, Costa Rica ha brindado asilo a personas perseguidas por diferentes regímenes dictatoriales de Centro y Suramérica, actualmente sigue otorgando protección a víctimas de conflictos armados internos y tiene una larga tradición jurídica y jurisprudencial en la materia37. Recientemente se registra un crecimiento exponencial de las migraciones al país, ya que la costarricense es una sociedad abierta a las migraciones Costa Rica tiene una nueva Ley de Migración a probada en marzo de 2010, que modificó una propuesta de hace 4 años y contó con la participación de organizaciones de sociedad civil, asociaciones de refugiados y miembros de las Iglesias. Esta Ley actualiza y moderniza el tema de migración y refugio en Costa Rica. El Consejo Nacional de Migración entidad que contempla la participación abierta de la sociedad civil e involucra a la Defensoría de los habitantes). La Comisión de Visas Restringidas y de Refugiados se basa en el principio del debido proceso para analizar todas las solicitudes, realiza entrevistas, busca antecedentes penales, estudia el caso y finalmente deja la decisión en manos de un organismo colegiado (interministerial). La Ley crea el recurso de apelación, mediante el cual la decisión pasa a ser analizada por jueces. Establece diferentes tipos de Visas: de “libre tránsito”, consular y restringida. Estas categorías muestran que a pesar de las concesiones, el Estado no renuncia a los principios de seguridad nacional (por ejemplo, restringe el otorgamiento de visas en caso que la 36 Representante del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de Costa Rica. 37 La Declaración de San José de 1994 sobre Refugiados y Personas Desplazadas, al conmemorar el décimo aniversario de la Declaración de Cartagena de 1984 sobre los Refugiados, reconoce los aportes de los Principios y Criterios para la Protección y Asistencia a Refugiados, Repatriados y Desplazados centroamericanos en América Latina (1989), adoptados por la Conferencia Internacional sobre Refugiados Centroamericanos (CIREFCA). Señala que estos aportes son un marco orientador para hacer frente a situaciones similares en otras latitudes y, de hecho, se constituye en un aporte importante para la adopción de la Declaración y el Plan de Acción de México para fortalecer la protección internacional de los refugiados de América Latina. Principalmente porque la experiencia de los gobiernos centroamericanos para enfrentar la afluencia masiva de refugiados y desplazados internos, es la primera que intenta dar una respuesta concertada (regional) a las crisis humanitarias resultado de conflictos armados (Nota de la editora)
86
persona tenga procesos penales en su contra en el país de origen, tal como lo establece la Convención Sobre el Estatuto de los refugiados de 1951). Respecto a los problemas de discriminación, la ley establece una figura de integración (La Dirección de Integración), fondos sociales para evitar colapsos del régimen de seguridad social (aunque se sostiene que los migrantes no han provocado este colapso, las personas extranjeras son concebidas como actores generadores de prosperidad). Por último, quisiera señalar que la frontera entre el refugiado y el migrante económico es muy débil.
5.4. Gobierno de la República de Ecuador
Alfonso Morales38
El Decreto Ejecutivo 3301/92 adoptado por el gobierno de Ecuador, acoge la definición ampliada de refugiado contemplada en la Declaración de Cartagena de 1984 sobre los Refugiados y es la base para la implementación del Registro Ampliado (medida implementada por el gobierno de Ecuador y ACNUR), creado principalmente para atender las necesidades de colombianos en zonas fronterizas con Ecuador39 El gobierno ecuatoriano reconoce las causas de violencia que ocasionaron desplazamiento forzado interno y que posteriormente pueden generar situaciones que llevan a estas personas a convertirse en solicitantes de refugio. La política estatal en materia de refugio parte de la Constitución Política de Ecuador de 2008 (artículos 40, 41 y 42). El Registro Ampliado se implementa durante el periodo comprendido entre marzo de 2009 y marzo de 2010. Se ha reconocido el status de refugiado a 27.500 personas como resultado de las entrevistas individuales (esta cifra representa el 50% de los refugiados reconocidos en Ecuador, que son más de 50.000). Es un procedimiento individual, no prima facie. Entre el año 2000 y el 2010 el Estado ecuatoriano ha recibido más de 120.mil solicitudes 38 Director de la Dirección General de Refugiados (DGR) del Ministerio de Relaciones Exteriores Comercio e Integración de Ecuador. 39 La figura del Registro Ampliado fue creada por el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración, en desarrollo de la Política de Refugio del gobierno de Rafael Correa, presentada oficialmente en septiembre de 2008. Este procedimiento comenzó a implementarse de forma descentralizada en las provincias donde se prevé hay mayor número de colombianos en necesidad de protección internacional –principalmente quienes no han presentado su solicitud- a través de brigadas conformadas por funcionarios de la Cancillería y el Ministerio de Gobierno. Quienes se ajustan al perfil de refugiado contemplado en la legislación interna, reciben el mismo día de la entrevista la visa de refugiado y el carnet. Quienes no se ajustan a este perfil, reciben un documento que les acredita como solicitantes de refugio y deben seguir el procedimiento ante la oficina de la Dirección General de Refugiados (Nota de la editora)
Conferencia Regional Humanitaria sobre la protección de personas desplazadas y refugiadas: Seguimiento a la Declaración y al Plan de Acción de México
de refugio, de las cuales se han resuelto 54.000, en su mayoría (98%) son personas de origen colombiano. Ecuador es el país que mayor número de solicitudes de refugio recibe en el continente (de personas provenientes de Colombia, África, Asia, entre otros). En promedio, recibe 200 solicitudes diarias, más de 1800 solicitudes mensuales durante lo que va corrido del año 2010. El Estado ecuatoriano pretende dar un cumplimiento irrestricto a los derechos humanos y a los derechos de los refugiados. Es un país líder en política migratoria como reflejo de su realidad (es país de origen de migrantes por causas económicas y país de destino de migrantes que salen de sus países por causas de la violencia. Es necesaria una mayor visibilidad internacional sobre la realidad que enfrenta Ecuador, específicamente las limitaciones institucionales que se presentan en zonas de frontera. En este aspecto es indispensable la cooperación internacional. Nos encontramos en la etapa posterior al registro ampliado, enfocada en el proyecto de fortalecimiento institucional de la Dirección General de Refugiados en Quito, Cuenca, Lago Agrio, Guayaquil, Esmeraldas, ampliando la presencia geográfica en zonas de frontera. Es preciso señalar que la integración local de población refugiada y solicitante de refugio está marcada por una inserción laboral adecuada. El Estado ecuatoriano reconoce que la repatriación voluntaria requiere garantías en el país de origen para el retorno. La opción de reasentamiento ha sido posible gracias a países amigos que aceptan acoger a refugiados, se invita a los países a acoger este programa a través de memorandos de entendimiento con el ACNUR. Quiero resaltar la voluntad política de diálogo del nuevo Gobierno de Colombia para abordar la situación de los refugiados colombianos (principalmente mediante el impulso a mecanismos de integración y retorno). Estos temas hacen parte de los diálogos bilaterales entre los gobiernos de estos dos países. Hasta el momento, se han llevado a cabo dos reuniones (una en septiembre y otra en octubre de 2010) y se espera una tercera en noviembre de este año para la construcción de un plan integral de atención a población colombiana en territorio ecuatoriano.
88
5.5. Gobierno de El Salvador
David Morales40 El Salvador es un país afectado históricamente por dictaduras, regímenes armados y conflictos armados que ha generado flujos masivos de población hacia el exterior (hacia Honduras principalmente). A su vez, las políticas económicas erróneas han ocasionado flujos masivos de emigración en años recientes, principalmente hacia Estados Unidos. En el año 2002 se aprobó la Ley para determinar el estatuto de refugio en El Salvador (previa a la Declaración y el Plan de Acción de México para fortalecer la protección internacional de los refugiados de América Latina). Esta ley prohíbe la devolución de población solicitante de refugio y crea La Comisión Nacional para la determinación del Estatuto (integrada por la Cancillería y el Ministerio de Justicia), esta, a su vez tiene un subcomité para realizar el trámite de las solicitudes. Las limitaciones de esta estructura institucional tienen que ver con la necesidad de actualización de datos, ya que no se han reconocido algunos derechos a migrantes y refugiados y no se han producido políticas públicas efectivas para la garantía de estos derechos. También es necesario mencionar algunas brechas en la atención, que se deja principalmente en manos de la cooperación internacional. La subcomisión no cuenta con el apoyo estatal suficiente, en consecuencia, el trabajo se reduce a la buena voluntad de los funcionarios. Desde la aprobación de la ley, sólo se han registrado 57 colombianos reconocidos. Durante las últimas dos décadas los esfuerzos para crear una nueva ley de migración en El Salvador no han sido suficientes. Esta falta de políticas es inconsistente con la realidad de El Salvador y ha generado situaciones de vulnerabilidad y abandono de personas refugiadas y migrantes. Se requiere la construcción de una nueva política de inclusión para migrantes y refugiados, teniendo en cuenta las limitaciones institucionales que se presentan en El Salvador. El gobierno de El Salvador expresa la voluntad de superar esta “incongruencia histórica” que se ha presentado en el país para atender las necesidades de quienes buscan refugio en el país. Por ejemplo, se ha incrementado el flujo de familias hondureñas, poniendo en evidencia la magnitud de la crisis humanitaria en ese país y, por supuesto, la insuficiencia de la ley en El Salvador para responder a este fenómeno.
40 Director General de Derechos Humanos del Ministerio de Relaciones Exteriores de El Salvador.
Conferencia Regional Humanitaria sobre la protección de personas desplazadas y refugiadas: Seguimiento a la Declaración y al Plan de Acción de México
5.6. Gobierno de Panamá
Nayor Giniva Escobar41
La Oficina Nacional para la Atención a los Refugiados (ONPAR) está adscrita al Ministerio de Gobierno y de Justicia. Es la encargada de atender a los refugiados, solicitantes de refugio y personas con status de protección temporal. Esta entidad es la responsable de aplicar las políticas contenidas en la Ley 5 de 1977 mediante la cual se adopta la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951 y el Protocolo de1967. La ONPAR lleva la Secretaría Técnica de la Comisión de Elegibilidad y entre los planes institucionales se encuentran las reformas al decreto 23 de 1998 y a la medida provisional de protección. Actualmente, esta medida consiste en la expedición de un documento que reconoce de forma temporal (un mes) a los solicitantes de refugio su condición, para garantizar el respecto al no rechazo, la no sanción y la no devolución (especialmente a grupos vulnerables como menores de edad y mujeres). Es necesario hacer la distinción entre flujos migratorios (por causas económicas) y personas en necesidad de protección La política migratoria de Panamá está basada en un enfoque de seguridad que respete los derechos humanos. El Estado panameño está avanzando en la agilización de la primera etapa de la admisión a trámite. Panamá ha otorgado el status de permanencia definitiva a 829 extranjeros bajo el estatuto de protegidos temporales (según el censo realizado en el 2004). Están carnetizados pero no tienen los mismos derechos que los refugiados. Actualmente hay1.156 refugiados reconocidos en Panamá (de los cuales, 49 han sido incorporados este año) y 394 solicitudes se han presentado entre enero y octubre de este año, incluyendo 19 solicitudes de ciudadanos de origen colombiano, 4 de origen venezolano, 5 de origen cubano, 1 de origen guatemalteco y 4 de origen haitiano, (de las cuales 30 han sido admitidas a trámite).
41 Delegada de la Oficina Nacional para Atención a Refugiados ONPAR Panamá.
90
5.7. Gobierno de la República del Perú Lizandro Tovar Acevedo42 Elmer Galván Bermúdez43
En primer lugar quiero ratificar la voluntad política del gobierno peruano de seguir desarrollando programas de reparación y protección a población desplazada. A pesar de haber registrado numerosos desplazamientos internos, el caso peruano no es muy conocido en el ámbito internacional. Estos desplazamientos fueron ocasionados por la violencia ocurrida en el periodo 19802000. En Perú hay actualmente aproximadamente 122 mil víctimas de esta violencia, principalmente comunidades indígenas y amazónicas, aunque las cifras calculan en 650.mil las personas desplazadas. En 1980 no existía un marco normativo que reconociera esta población y permitiera atenderla (de ahí la disparidad en las cifras), por esta razón la protección de estas personas no ha sido adecuada. Surge la necesidad de contar con un marco normativo adecuado, porque la situación de esta población aún no ha sido resuelta. En términos de reparación se requiere un plan integral de reparaciones, en términos de inclusión esta situación se ha venido haciendo más compleja. Se requiere un marco de referencia intercultural para poder vincular a poblaciones indígenas y campesinas a estas políticas, con enfoque diferencial. El desplazamiento masivo comienza en 1983 y entre 1986 y 1989 la población nativa amazónica se ve afectada directamente por este fenómeno. Ya en 1992 comienzan los programas de reasentamiento. En 1991 inicia la Comisión Técnica para la Protección de Desplazados, en el 2004 se aprueba la Ley General sobre Desplazamientos Internos, en el año 2005 se aprueba el Plan Integral de Reparaciones (reconoce a los desplazados como víctimas y sujetos de reparación). Se crea el Ministerio de la Mujer y el Desarrollo Social (MINDES), ente supremo para la protección y atención de los desplazados internos (enfocado en prevención del desplazamiento por proyectos de desarrollo a gran escala, desarrollo de capacidades de esta población afectada y registro). Dentro del Marco Legal para la Protección, Prevención y Atención de los Desplazados en Perú, se tiene referencia de: Normas Internacionales. • Derecho Internacional Humanitario. 42 Director General de Desplazados y Cultura de Paz. Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social Perú. 43 Dirección de Apoyo y Protección a Desplazados. Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social Perú.
Conferencia Regional Humanitaria sobre la protección de personas desplazadas y refugiadas: Seguimiento a la Declaración y al Plan de Acción de México
• Derecho Internacional de los Derechos Humanos. • Principios Rectores de los Desplazamientos Internos. Normas Nacionales de Estado. • Acuerdo Nacional (7 y 30) • Marco Programático de la acción del Estado en materia de Reparaciones Integrales: D. S. 062-2004-PCM, DS 047-2005 PCM – Programación multianual 2,005 – 2,006. • Creación de la Comisión Multisectorial de Alto Nivel – CMAN y del Consejo de Reparaciones – Presidencia del Consejo de Ministros. • Ley N° 28223 y Reglamento sobre Desplazamientos Internos. • ROF - MIMDES DS 011-2,004 – MIMDES • Ley PIR Nº 28592 y su Reglamento DS 015-2006-JUS y modificación DS. N° 003-2008JUS.
Procesos de Desplazamientos: en Perú han existido diferentes períodos relacionados con los desplazamientos internos y retornos: los primeros de 1983 a 1985 con Ayacucho como zona principal afectada; posteriormente de 1986 a 1989 con la expansión de la violencia, el desplazamiento alcanza sus mayores niveles y las principales zonas afectadas son Ayacucho, Huancavelica, Apurímac, Junín, Huánuco e Ucayali, con una afectación a la población Ashaninka; de 1990 a 1992 con la derrota del terrorismo se inician procesos de retorno y de 1992 al 2000 continúan los procesos de retorno y reasentamiento. De 1990 al año 2000 en Perú se tiene conocimiento de 651.207 personas desplazadas por la violencia, con diferentes niveles de afectación en aproximadamente 15 regiones del territorio Peruano. El Estado peruano reconoce actualmente desplazamientos masivos por proyectos de desarrollo, aunque el marco normativo para atender a estas poblaciones es muy débil (se han aprobado casos puntuales de reasentamiento). Para terminar esta presentación, quiero mencionar tres tareas urgentes en el país:1) Culminar el proceso de registro de desplazados,2) garantizar la inclusión social de los desplazados en todos los programas y acciones del gobierno y 3) desarrollar las acciones legales y de protección necesarias para las personas que se encuentran en alto riesgo de desplazamiento masivo por proyectos de desarrollo a gran escala.
92
5.8. Gobierno de Brasil
Aldo Cândido Costa Filho44
En primer lugar, es importante hacer una síntesis de los rasgos generales del marco jurídico. Brasil es signatario de todas las Convenciones internacionales relativas al refugio desde 1992.A través de la Ley No 9.474 del 22 de julio de 1997 de la Republica Federal de Brasil sobre Refugiados, tenemos Estatuto de Refugiados y también se cuenta con en el Consejo Nacional para Refugiados que es un espacio tripartito donde la sociedad civil también tiene derecho a voto45. En el Brasil la segunda nacionalidad con mayor número de refugiados es la colombiana. En este momento existe un gran debate sobre la judicialización del refugio. De acuerdo con la ley, desde el momento en que la persona solicita refugio, tiene status de regularidad en el país y está en condiciones de conseguir trabajo y acceder a todos los servicios públicos. Contamos con una red de sociedad civil que integra más de 50 organizaciones que apoyan a migrantes y refugiados y coordinan su acción con Defensorías públicas con el fin de hacer respetarlos derechos y garantizar la integración de los refugiados. Sin embargo, tenemos un problema -que no es sólo con refugiados-: la validación de los diplomas y se está trabajando en eso para atender estas necesidades. De otro lado, la gente no tiene acceso a financiamiento de vivienda pues la ley determina que pueden hacerlo si permanecen 6 años en el territorio. Este lapso de tiempo es demasiado largo, mientras se cumple este periodo, no hay forma de acceder a crédito. Estamos trabajando en una reforma que logre reducir el tiempo exigido. Existen también convenios con organismos privados para impartir cursos de formación de personas que necesitan calificación profesional para mejorar el empleo. Por último, es importante señalar que tenemos un problema con la seguridad social, concretamente con el beneficio de prestación continuada, mediante el cual personas mayores de 65 años reciben una bonificación de 300 dólares. Los refugiados de esa edad no tienen este beneficio, estamos trabajando en eso para conseguir igualdad frente a este derecho.
44 Coordinador General de Inmigración del Ministerio de Trabajo de Brasil. 45 NOTA DE LA EDITORA: el proyecto de ley fue incorporado en 1996 como parte integral del Programa Nacional de Derechos Humanos en el país, y fue incluido en la agenda prioritaria del Ministerio de Justicia. Esta ley incorpora la definición ampliada de refugiado contemplada en la Declaración de Cartagena de 1984 sobre los Refugiados. Brasil en el continente cobra importancia como destino de refugiados porque comparte frontera con 10 de los 12 países de Sur América y recibe un importante número de refugiados provenientes de países Africanos, quienes llegan por vía marítima.
Conferencia Regional Humanitaria sobre la protección de personas desplazadas y refugiadas: Seguimiento a la Declaración y al Plan de Acción de México
5.9. Gobierno de la República de Colombia
Juan Pablo Franco 46
La agencia Presidencial para la Acción Social y la Cooperación Internacional está dedicada a la atención de población internamente desplazada. Ley 387 de1997establece el concepto de víctima de desplazamiento forzado y establece el sistema nacional de atención a esta población. El sistema oficial de Registro Único de Población Desplazada reconoce817803 hogares desplazados a la fecha (3.551.106 personas en total, dispersas en todo el territorio nacional).El sub registro histórico se estima en un 20%, aunque otras tendencias son importantes, como la reducción en la cifra de registro de hogares desplazados desde zonas de origen durante el último año. También hay una reducción en el número de hogares que se registran. Durante el año 2008 se elimina el límite temporal que establecía la ley para declarar ante el Estado la situación de desplazamiento y ser incluido en el registro (el plazo máximo era de un año después de ocurrido el hecho que generó el desplazamiento).A partir de ese momento, el 25% de las declaraciones recibidas se presume que son causadas por un hecho que ocurrió hace más de 10 años. Los desplazamientos masivos han ido disminuyendo en los últimos años (se considera desplazamiento masivo cuando hay más de 10 hogares o más de 50 personas).A partir de esta disminución, surgen los retos que persisten en materia de atención y protección a esta población. El 49 % son mujeres: 1 de cada 4 hogares tienen una madre como cabeza de familia y más del 50% de las personas registradas son menores de edad. Uno de los principales retos consiste en identificar a la población desplazada, tarea necesaria para acceder a los servicios sociales. La cobertura en salud y educación requiere fortalecer acciones en el campo de la prevención y la protección, de tal forma que permitan acabar con la situación de desplazamiento forzado. En vivienda es necesario materializar contratos de arrendamiento permanentes, y garantizar el acceso a títulos de propiedad. De otro lado, la actividad económica (relativa a generación de ingresos) de la población desplazada se desarrolla en condiciones precarias, ya que sólo el 10% de los ingresos de los hogares registrados superan la línea de pobreza. En acceso y restitución de tierras, los retornos y reubicaciones (como parte del programa “Retornar es Vivir”), hacen énfasis en las reubicaciones urbanas, pero la mayoría de la población desplazada proviene de zonas rurales. 46 Subdirector de la Agencia Presidencial para la Acción Social y la Cooperación Internacional de la República de Colombia.
94
En el campo de la reparación, el proyecto de ley de víctimas que se encuentra en trámite ante el Congreso Nacional de la República, pretende avanzar hacia una política integral que incluya a todas las víctimas del conflicto armado interno, incluida población desplazada. El presupuesto en ejecución del gobierno destinado a la ejecución de la política pública que facilita el goce de derechos de la población desplazada, incluye acciones en el campo de la prevención, la protección, La atención Integral, la verdad, la justicia y la reparación.
5.10. Gobierno de México
Mónica González47
México cuenta con una amplia tradición en materia de refugio y asilo. En este evento quiero ratificar el compromiso del gobierno mexicano frente a las Convenciones y Tratados relativos a la materia. Actualmente el país enfrenta un fenómeno que requiere respuestas integrales en el campo humanitario: el desplazamiento interno en México. Existen muchas personas en necesidad de protección especial, para lo cual se requiere de un esfuerzo de cooperación entre diversas instancias nacionales y federales Al respecto, la visita del Secretario General de Naciones Unidas sobre Desplazamiento Interno, arrojó algunas recomendaciones, entre ellas la necesidad de desarrollar un marco jurídico específico. La mayoría de las personas en situación de desplazamiento interno se ubican en el Estado de Chiapas, víctimas de eventos causados por conflictos agrarios y que se agravaron con el levantamiento del ejército zapatista y la posterior acción paramilitar. Las acciones del gobierno mexicano se enmarcan en la Resolución de la Organización de Estados Americanos para atraer la atención sobre la situación de los desplazados, así como en el compromiso para promover retornos voluntarios y reasentamientos. Una reunión de esta naturaleza sería muy interesante en nuestro país, para tutelar los derechos fundamentales de esta población.
47 Representante de la Embajada de México en Ecuador
Conferencia Regional Humanitaria sobre la protección de personas desplazadas y refugiadas: Seguimiento a la Declaración y al Plan de Acción de México
5.11. Gobierno de Estados Unidos Nancy Iris48
Ratificamos el interés de los diferentes gobiernos en buscar alternativas para mejorar las capacidades de la cooperación internacional para atender la situación de los refugiados en el continente americano. Todas las discusiones de esta reunión son muy importante para los Estados Unidos frente a los futuros programas, los retos y los desafíos de la protección de las personas desplazadas y refugiadas en el continente.
5.12. Sesión de Preguntas a los Gobiernos49 • Pregunta dirigida al gobierno de Argentina: ¿cómo participa la sociedad civil en el proceso de determinación? Respuesta: de acuerdo a la ley se establece esta instancia, en este momento la sociedad civil no tiene un lugar en la CONARE. • Pregunta dirigida al gobierno del Perú: ¿Cuantos desplazados han recibido reparación individual o colectiva? Respuesta: En estos momentos se vienen implementando políticas de reparación colectiva. En el plan integral de reparaciones están incluidos los desplazados. También se están implementando reparaciones en el tema de salud, 14 mil personas han recibido apoyos. • Pregunta dirigida al gobierno de Panamá: ¿Qué medidas utiliza para atender a las poblaciones colombianas en frontera? Existen oficinas que son entidades receptoras que brindan atención, con el aporte de agencias de cooperación (actualmente hay oficinas en Real, Jaqué y Puerto Obaldía). El próximo año esperamos tener una oficina en Boca de Cupe. • Pregunta dirigida al gobierno de Colombia: ¿Qué condiciones existen para el retorno sabiendo que el conflicto armado no ha terminado? Respuesta: Colombia aplica un protocolo de retorno de connacionales que ha tenido 48 Delegada de la Oficina de Población, Refugio y Migración (PRM) del Departamento de Estado de Estados Unidos. 49 Durante esta sesión los participantes escribieron sus preguntas y delegados del Comité de Auspicio seleccionaron algunas para la discusión en plenaria.
96
solicitudes en Venezuela, Ecuador y Panamá. La persona debe llegar a la frontera por sus propios medios, lugar donde se verifica la situación. Colombia ha expresado la voluntad de construir un plan de atención a los retornados junto con el Gobierno Ecuatoriano (es un acuerdo entre Cancilleres). • Pregunta para el gobierno de Ecuador y para el gobierno de Costa Rica: ¿cuál es el porcentaje de cubanos reconocidos como refugiados? Respuesta del gobierno de Costa Rica: No se cuenta con un dato exacto, se sabe que si los hay (reconocidos). Esperamos un cambio en los derechos humanos y en la política de Cuba, sostenemos relaciones respetuosas con el gobierno cubano a pesar de las diferencias ideológicas. Respuesta del gobierno de Ecuador: En Ecuador hay aproximadamente 280 refugiados cubanos reconocidos desde 1998 al 2009. Para la determinación de la condición de refugiado, existe la obligación del Estado receptor de llevar a cabo un análisis exhaustivo. Contamos con información actualizada del país de origen. Dos de cada tres personas han sido reconocidas como refugiadas, porque argumentaron la incapacidad de retornar a Cuba. Ellos decidieron voluntariamente permanecer once meses en territorio ecuatoriano de manera irregular. Existe un número muy alto de solicitudes de nacionales cubanos. • Pregunta dirigida al gobierno de Colombia: ¿Cuáles han sido los avances del gobierno en materia de prevención del reclutamiento forzado? Respuesta: Existe una comisión de prevención del reclutamiento forzado, no se limita a zonas rurales ya que se tiene conocimiento de casos urbanos, especialmente por parte de bandas delincuenciales. • Pregunta dirigida al gobierno de Panamá: ¿Cuáles son los avances jurídicos que está decidido a implementar el gobierno de Panamá? Respuesta: Se está implementando la reforma al Decreto 23/98 que incluye el otorgamiento del permiso de residencia permanente a las personas que, por motivo de la violencia generalizada, ingresaron a Panamá en busca de protección internacional. También los permisos de trabajo y permisos de salida a su país de origen, medidas de protección para los nuevos solicitantes: el estatus de protegido temporal ya no se aplica a las personas, se manejan como solicitantes de refugio en Darién o Ciudad de Panamá. • Pregunta para el gobierno de Ecuador: ¿Qué ocurrió con la reforma al decreto 3301? Respuesta: El proyecto se encuentra desde junio de 2010 en el despacho del Secretario Jurídico de la Presidencia, quien debe hacer un informe al Presidente para su aprobación. Esta reforma incluye elementos indispensables para la actualización, agilización y modernización del sistema de determinación.
Conferencia Regional Humanitaria sobre la protección de personas desplazadas y refugiadas: Seguimiento a la Declaración y al Plan de Acción de México
• Pregunta para el gobierno de Colombia: ¿Qué medidas está adoptando el gobierno colombiano para finalizar el conflicto? Respuesta: Estamos avanzando en la implementación del Plan de Consolidación (busca complementar la seguridad con garantías para el ejercicio de los derechos, gobernabilidad local y presencia estatal). Los principales retos están en los departamentos del sur del país, donde se requiere modificar condiciones para que sean posibles los retornos y reubicaciones bajo condiciones de seguridad. • Pregunta dirigida al gobierno de Ecuador: ¿Cuáles son las expectativas de la comisión bilateral (puntos centrales del diálogo)?. Respuesta: El proceso de repatriación voluntaria bajo condiciones de seguridad y facilidades para la reintegración. En ese sentido, Ecuador debe garantizar el principio de voluntariedad (en caso de acogerse a la repatriación, la persona renuncia a la condición de refugiado o de solicitante de refugio). Es necesario aclarar la responsabilidad política y financiera del gobierno de Colombia, así como hacer un llamado a la corresponsabilidad política de los -Estados involucrados en la atención al refugio. Esto requiere del diseño e implementación de una política mixta que incluya también a quienes deciden no regresar. Estas personas deben ser asistidas por los dos gobiernos (del país de origen y del país de destino). Es necesaria además y urgente la reactivación del Mecanismo Tripartito que contempla la participación de representantes del gobierno de Colombia, de Ecuador y de Organismos Internacionales. Se concluye con una pregunta común a todos los gobiernos sobre el presupuesto con el que cuenta cada oficina para la atención de refugiados y desplazados en el año 2011
98
Sexta parte Perspectiva de las organizaciones de sociedad civil Conferencia Regional Humanitaria sobre la protección de personas desplazadas y refugiadas: Seguimiento a la Declaración y al Plan de Acción de México
100
6.1. Prólogo: El papel de la sociedad civil en el seguimiento al Plan de Acción de México En este capítulo se presentan las propuestas y recomendaciones de las organizaciones de sociedad civil de cada uno de los países participantes en la Conferencia Regional Humanitaria. El panorama en la región muestra importantes aportes de las ONG, organizaciones sociales y asociaciones de migrantes, refugiados y desplazados en el campo de la acción humanitaria y del diseño, implementación y seguimiento a las políticas públicas en este campo. A pesar de estos aportes, las diferentes perspectivas muestran la necesidad de adoptar un enfoque diferencial para cada uno de los grupos sociales afectados por la migración forzada: indígenas, afrodescendientes, mujeres, jóvenes, adolescentes, niños y niñas, adultos mayores y habitantes de zonas de frontera. En las regiones fronterizas es urgente la necesidad de articular acciones con organizaciones sociales y de derechos humanos de países que comparten frontera, con el fin de mejorar la respuesta al fenómeno de las migraciones forzadas y avanzar en los puntos centrales contemplados en la Declaración y Plan de Acción de México Para Fortalecer la Protección Internacional de los Refugiados en América Latina. En particular, lo que se refiere al programa de Fronteras Solidarias y la intención de los gobiernos de avanzar en una respuesta regional al fenómeno, atendiendo al principio de solidaridad y corresponsabilidad. En este sentido, las propuestas muestran la importancia de consolidar redes transnacionales de sociedad civil que faciliten la atención a la población refugiada y que, a su vez, funcionen como mecanismos de protección de derechos de esta población. Sobre todo, que contribuyan en la consolidación de sistemas de información compartida, actualizada y confiable sobre el país de origen. Así, Colombia como país de origen de la mayoría de los refugiados y solicitantes de refugio de la región, con la mayor cantidad de población internamente desplazada en el continente, debe ser protagonista de este tipo iniciativas o, al menos, propiciar los encuentros y espacios de diálogo y concertación necesarios para ello. Esto requiere esfuerzos en la gestión de recursos y en el diseño e implementación de mecanismos que funcionen en el ámbito binacional, extensivos y replicables al ámbito regional. En la medida en que existan avances en este sentido, podrán agilizarse los logros en el campo de la acción humanitaria y de la exigibilidad de derechos de esta población. En consecuencia, las organizaciones y sectores de la sociedad civil tendrán mayores posibilidades de incidir en las políticas públicas, con el fin de promover una respuesta integral, coordinada y regional a las migraciones forzadas. Conferencia Regional Humanitaria sobre la protección de personas desplazadas y refugiadas: Seguimiento a la Declaración y al Plan de Acción de México
6.2. Colombia: situación de derechos de la población internamente desplazada.
Rigoberto Jiménez50
Comienzo reconociendo que es cierto que existe una oferta institucional del gobierno de Colombia para la población desplazada en el país. La propuesta del Gobierno en el papel es muy interesante para la población desplazada, pues se crea un plan para crear un comité de trabajo e implementar la política pública. Lo cierto es que, lo que se dice fuera del país por el Gobierno colombiano no es cierto, pues la población desplazada sigue viviendo en condiciones precarias: sin vivienda, sin salud, sin educación. Las cifras del gobierno colombiano no concuerdan con las cifras de las organizaciones y asociaciones de desplazados. Es importante destacar que, durante el periodo de gobierno de Álvaro Uribe Vélez (2006-2010), la implementación de la política de seguridad democrática no sólo no detuvo el desplazamiento forzado sino que registró más de 2 millones 500 mil desplazados. El actual presidente Juan Manuel Santos tiene mucho que ver en la implementación de esta política. Actualmente el gobierno presenta una ley de restitución de tierras y reparación a víctimas, pero es un proyecto de ley que no reconoce que hay un conflicto armado interno en Colombia. Los paramilitares existen y están asesinando a personas y desplazando a colombianos, como, por ejemplo, la población indígena Awá que ha sido atropellada en el departamento de Nariño, frontera con Ecuador. Este proyecto de ley no ha sido consultado con las organizaciones indígenas ni de afro descendientes, desconoce los territorios indígenas y afrocolombianos. De otro lado, no satisface las necesidades de los desplazados en nuestro país. Finalmente, decimos que las organizaciones de población desplazada en nuestro país tenemos iniciativa, pues estamos organizados y estamos exigiendo la participación efectiva donde se toman decisiones de política pública que beneficien a los desplazados y refugiados. Para el 2011 estamos organizando un congreso de población desplazada para presentar nuestra propuesta al gobierno.
1. Propuestas de la Delegación colombiana de Sociedad Civil Marcela Ceballos, Universidad Nacional de Colombia
En primer lugar, es necesario señalar que las respuestas institucionales y las políticas públicas para atender las migraciones forzadas, siguen siendo parte de esfuerzos realizados 50 Delegado de la Coordinación Nacional de Desplazados, Colombia
102
en el ámbito nacional. No obstante, la dinámica transnacional del refugio y de los flujos mixtos, así como las dimensiones regionales de la crisis humanitaria y de los factores que los causan, requieren respuestas en el ámbito regional y binacional. Es necesario entonces explorar la posibilidad de replicar la experiencia por concertar criterios y principios para atender a los refugiados en América Latina, tales como los que hicieron los gobiernos centroamericanos en 1989 (CIREFCA). Es necesario incluir el fenómeno del refugio y otras formas de migración forzada en la agenda de instancias como la Organización de Estados Americanos (OEA), la Unión de Naciones Suramericanas (UNASUR), la Comunidad Andina de Naciones (CAN), así como en los mecanismos de respuesta binacional (incluyendo destinación de recursos). El diálogo y participación de organizaciones de sociedad civil en estas instancias es importante, así como en instancias binacionales entre las cuales se encuentra la comisión binacional de refugio colombo ecuatoriana recientemente creada por iniciativa de las Cancillerías de ambos países. En segundo lugar, las políticas de integración regional y desarrollo fronterizo deben incorporar en sus componentes medidas para mejorar las condiciones de integración local de los refugiados (aunque sabemos que buena parte de esta población busca otros destinos de asentamiento hacia el interior) y para mejorar las condiciones de vida de regiones receptoras, tradicionalmente aisladas y afectadas por dinámicas de violencia, economías ilegales vinculadas a la guerra, los efectos de acuerdos de libre comercio o políticas de seguridad que desconocen la dimensión transnacional de circuitos económicos, sociales y culturales en zonas de frontera. También es necesario reconocer la importancia que tienen las desigualdades de los grados de desarrollo en las migraciones transfronterizas. Por tanto, los acuerdos laborales, los acuerdos migratorios, los acuerdos económicos y de intercambio comercial, deben ser parte de estas políticas de integración regional, promoción de la integración local y soluciones duraderas para los refugiados y desplazados internos. Las fronteras como zonas de tránsito y movilidad permanente, deben ser espacios que faciliten la migración, pues la región fronteriza es en sí misma un territorio con sus propios sistemas migratorios. La protección a población en riesgo o situación de desplazamiento forzado interno y transfronterizo, requiere que los gobiernos acojan marcos jurídicos que impidan la trata y tráfico de personas, que reviertan la “securitización” de las migraciones y que impidan la criminalización de migrantes en situación irregular. Las soluciones duraderas implican, la mayoría de las veces, que los refugiados busquen acogerse a marcos jurídicos y status migratorios diferentes a la figura del refugio, en la búsqueda de un acceso progresivo a los derechos en igualdad de condiciones con los nacionales del país de acogida. Esto implica repensar la legislación en materia de refugio y ampliar las políticas públicas en esta materia; de tal forma que se articulen con otros procesos de regularización, naturalización y documentación. A su vez, estas medidas deben integrarse a las iniciativas de reconocimiento de ciudadanías del orden regional (andina, interamericana, suramericana). Sin embargo, esto no es suficiente, ya que independiente del status migratorio o de la nacionalidad, es necesario que los Estados de la región asuConferencia Regional Humanitaria sobre la protección de personas desplazadas y refugiadas: Seguimiento a la Declaración y al Plan de Acción de México
man el compromiso con el respeto de los derechos humanos en contra de las prácticas de discriminación y xenofobia que se presentan como resultado de procesos de estigmatización de ciertos sectores sociales, nacionalidades y de la polarización política agudizada en muchos países. En tercer lugar, reconocer los flujos mixtos implica reconocer las causas múltiples del refugio y hacer esfuerzos para mejorar los sistemas de información. Es urgente generar mecanismos regionales para la unificación de criterios en la medición, registro, sistematización y acceso a cifras sobre refugiados y migrantes. En este sentido es fundamental la experiencia y esfuerzos de la sociedad civil en el monitoreo de este fenómeno. Cuarto, la respuesta humanitaria debe ser complementaria a estas políticas y es necesario que los Estados asuman el principio de coordinación e integralidad en la política, ya que la respuesta a los flujos de refugiados es con frecuencia fragmentada, está subsumida por las políticas sectoriales y, en muchos casos, por esta razón, es contradictoria. También es necesario que se generen instancias regionales de diálogo entre agencias de cooperación, organizaciones de sociedad civil, asociaciones de refugiados, gobiernos, instancias de integración regional y organismos intergubernamentales. Este espacio de la Conferencia Regional Humanitaria es un avance en ese sentido, pero debemos pensar cómo mantener cierta periodicidad en el seguimiento a los acuerdos que resulten de aquí. Quinto, es necesario pensar mecanismos para que el reconocimiento de la condición de refugiado no esté supeditado a las relaciones político - diplomáticas y mantengan su independencia en materia de protección de personas en situaciones de riesgo. Sexto, en Colombia es necesario avanzar en un proceso de verdad sobre la violencia sociopolítica que ha causado desplazamiento forzado y ha mantenido la salida de miles de personas en busca de protección internacional, con el fin de identificar los estándares de reparación hacia población desplazada y refugiada en otros países, en caso que quieran retornar. Eso significa que el proceso para identificar los daños debe contar con el respaldo de las agencias intergubernamentales y de cooperación internacional. Los estándares de reparación integral deben ser acordes con los desarrollados por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, para garantizar condiciones de vida digna a quienes quieren retornar y garantías de no repetición de las graves violaciones de derechos humanos. Séptimo, el gobierno colombiano no ha incorporado la declaración de Cartagena a su política de refugio ni la ha suscrito, sería fundamental que asumiera este compromiso. Octavo, las soluciones duraderas para población internamente desplazada, personas refugiadas y solicitantes de refugio, deben incluir respuestas diferenciadas para pueblos indígenas, afro descendientes, campesinos, mujeres, personas con discapacidad, niños y niñas y habitantes de regiones fronterizas. El avance en materia normativa ha sido amplio
104
(se han expedido una serie de autos de la Corte Constitucional) pero después de seis años han sido pocos los avances en cumplimiento de las órdenes emitidas por la Corte Constitucional. Noveno, en tanto que Colombia es en la región el principal país expulsor de población desplazada y refugiada, y teniendo en cuenta que la crisis humanitaria ha adquirido dimensiones regionales, es necesario que las soluciones duraderas apunten a la superación de causas estructurales del conflicto armado interno que genera desplazamiento forzado y es causa permanente del flujo de refugiados. Esto implica abrir espacios de diálogo en el ámbito nacional, con el apoyo de los países de la región para promover una solución duradera al fenómeno, es decir, impulsar una agenda humanitaria. En contraposición a los efectos indiscriminados de las políticas de seguridad hemisféricas y sus manifestaciones locales, que están generando mayores flujos de desplazamiento interno y transfronterizo. Además, estas políticas muestran una tendencia a delegar la acción humanitaria y la ejecución de programas de desarrollo en las fuerzas armadas. Es necesario hacer un esfuerzo regional para abrir el espacio humanitario en escenarios de militarización y generar condiciones para la aplicación del Derecho Internacional Humanitario en el marco del conflicto armado interno.
Conferencia Regional Humanitaria sobre la protección de personas desplazadas y refugiadas: Seguimiento a la Declaración y al Plan de Acción de México
6.3. Costa Rica: retos y desafíos de la respuesta institucional y social a los refugiados.
Mayra Fernandez51
La población refugiada en el país es de 12.500 personas, el 85% es de origen colombiano. La diferencia entre los datos oficiales y los de ACNUR obedece a que, para ACNUR, la persona sigue siendo considerada refugiada aún cuando haya cambiado de categoría migratoria o se haya naturalizado. Este año entró en vigencia la nueva Ley de Migración y Extranjería número 8764 de 2010, que incorpora y mejora los estándares de protección a refugiados, incorpora el género cómo nueva causal de persecución, cambia el modelo de procesamiento de solicitudes de refugio52. El nuevo sistema de solicitud de la condición de refugiado está conformado por la Unidad de Refugio, la Comisión de Visas y Refugio y el Tribunal Administrativo Migratorio. Entre las preocupaciones con relación al actual sistema de solicitud de la condición de refugio se encuentran: El Incremento en los tiempos de respuesta (en promedio de 6 a 7 meses, tiempo durante el cual las personas solicitantes de asilo permanecen sin permiso de trabajo). • La caída de la tasa de reconocimiento en un contexto sin cambios53. • Las respuestas negativas a los recursos de revocatoria interpuestos ante la Comisión de Visas y Refugio (hay cero casos revertidos). • La imposibilidad de resolver recursos de apelación debido a la inexistencia de un Tribunal Administrativo Migratorio. • El incremento en los costos del documento que acredita la condición de refugiado. Entre los retos y desafíos resaltamos: • Se requiere una evaluación institucional en el marco del primer año de funcionamiento del sistema. 51 Representante de ACAI Costa Rica. 52 La nueva ley exige a las empresas y patronos que contratan trabajadores extranjeros, el cumplimiento de todas las obligaciones obrero patronales que rigen para los trabajadores nacionales. Además, una vez obtenida la residencia, exige a los trabajadores el pago de las obligaciones de seguridad social como requisito para renovar su condición migratoria. Asimismo, se establece que los salarios que se le paguen al personal técnico, ejecutivos, representantes y gerentes, deberá tener un recargo del 25% sobre el salario mínimo fijado para el puesto en específico. Algunos representantes del sector privado creen que esto va a poner en peligro el sistema de convenios laborales de empresas multinacionales con otros países y que significa un obstáculo para la contratación de personal extranjero, ya que muy pocas empresas estarían dispuestas a asumir este sobre costo (Nota de la editora) 53 De acuerdo con el último informe de ACNUR, a diciembre del año 2009, la tasa de reconocimiento del status de refugiado en Costa Rica (porcentaje que se obtiene de dividir el número de casos reconocidos por la suma de: el total de casos reconocidos +el total otros casos en los que hubo decisión positiva+ el total de casos rechazados) era de 49%, más de 10 puntos porcentuales por encima de la tasa registrada por ACNUR para el año 2008, de 23,2%. Sería necesario contrastar esta información con el nuevo reporte para el año 2010, que saldrá publicado en junio del 2011(Nota de la editora)
106
• Es necesario identificar áreas en donde se puede aplicar mejoras al sistema con el fin de hacer ajustes: intercambios regionales con Ecuador, Argentina, Brasil. • Adelantar acciones para revertir el elevado costo del documento que acredita la condición de refugiado. • Eliminar la palabra refugiado del documento (estigmatiza y limita). • Contar con un perfil de la población refugiada actualizado, que visibilice a quienes han cambiado de categoría y gozan de la protección internacional. • Gestionar recursos de la comunidad internacional para la implementación de proyectos humanitarios. Entre las buenas prácticas se cuentan: • El microcrédito como herramienta de autosuficiencia. • La conformación de grupos según género y edad. • El involucramiento de gobiernos municipales en la implementación de políticas públicas. • La atención y respuesta oportuna a casos con necesidades específicas en coordinación interinstitucional (Instituciones públicas, ONG´s, Centro de Derechos Laborales, Pastoral Social Cáritas) • El fortalecimiento de capacidades de población refugiada a través de la capacitación vocacional. • Consolidar la base de datos sobre refugiados (implementar el sistema intranet). • La vinculación con instancias de cooperación para el financiamiento de proyectos. • La participación en otros espacios de intercambio de información e incidencia política (Por ejemplo, el foro de población migrante y refugiada). • La incorporación de estrategias del plan de los 10 puntos sobre protección. • Los programas de reasentamiento solidario
Conferencia Regional Humanitaria sobre la protección de personas desplazadas y refugiadas: Seguimiento a la Declaración y al Plan de Acción de México
6.4. Ecuador: Propuestas de la delegación de sociedad civil a la Conferencia Regional Humanitaria.
Jenit Chang54
Hace la lectura de la Declaración de sociedad civil de Ecuador sobre el seguimiento al Plan de acción de México, texto que reproducimos a continuación. Declaración de la sociedad civil sobre el seguimiento al Plan de Acción de México en el Ecuador para la Protección Internacional de las personas refugiadas, y otras personas en necesidad de protección internacional Las organizaciones de la sociedad civil, de Iglesias, de academia, de asociaciones y redes que trabajan con personas en necesidad de protección internacional en Ecuador, reunidos y reunidas en la ciudad de Quito, con la finalidad de dar seguimiento la Declaración y Plan de Acción de México Para Fortalecer la Protección Internacional de los Refugiados en América Latina , previo a la realización de la Conferencia Regional Humanitaria expresa: Reconociendo que existen avances normativos en materia de refugio, implementados por el Estado ecuatoriano en el marco del Derecho Internacional de los Derechos Humanos, el Derecho Internacional de los Refugiados y el Derecho Internacional Humanitario. Reconociendo que el Estado ecuatoriano, en cumplimiento de sus obligaciones nacionales e internacionales, ha implementado prácticas para garantizar el ejercicio de derechos de las personas con necesidad de protección internacional. Considerando que la Constitución de la República del Ecuador reconoce a las personas el derecho a migrar y dispone que no se identificará ni se considerará a ningún ser humano como ilegal por su condición migratoria. Al mismo tiempo reconoce los derechos de asilo y refugio de acuerdo con la ley y los instrumentos internacionales de derechos humanos, señalando que el Estado respetará y garantizará el principio de no devolución, asistencia humanitaria y jurídica de emergencia. Afirmando que las políticas de seguridad deben enmarcarse dentro del respeto de los instrumentos nacionales e internacionales de protección de los derechos de las personas refugiadas y de los derechos humanos en general. 54 Delegada de Pastoral Movilidad Humana Ecuador
108
Teniendo en cuenta que Ecuador es el país a nivel de las Américas, con el mayor número de personas refugiadas como consecuencia del conflicto armado interno de Colombia. Reconociendo que gran cantidad de personas refugiadas en Ecuador pertenecen a grupos de atención prioritaria, como niños, niñas y adolescentes, mujeres, entre otros. Reconociendo el aporte que brindan las instituciones y organizaciones de la sociedad civil en la protección, asistencia y elaboración de propuestas de políticas públicas que benefician a personas en necesidad de protección internacional. Reconociendo que persisten muchas falencias en el reconocimiento, garantía y ejercicio de los derechos de las personas en necesidad de protección internacional y de acogida.
Recomienda Que el Estado ecuatoriano reitere su compromiso de protección a las personas en situación de asilo y refugio, víctimas de trata y tráfico. Que el Estado ecuatoriano agote todos los recursos para conseguir la paz en el mundo. Que el Estado ecuatoriano adopte en su discurso una práctica inclusiva y no discriminatoria a las personas en necesidad de protección internacional, manteniendo coherencia en el discurso de reciprocidad frente a sus nacionales en el exterior. Que el Estado ecuatoriano garantice la seguridad de las personas nacionales y no nacionales en las comunidades receptoras y las proteja de acciones directas o indirectas que afecten su vida, seguridad e integridad. Que el Estado ecuatoriano armonice la normativa secundaria en materia de asilo y refugio desde un enfoque integral y de derechos humanos en el marco de los principios constitucionales y estándares internacionales. Que el Estado ecuatoriano incorpore en todos sus planes y programas sociales, acciones en beneficio de todas las personas en necesidad de protección internacional y de las comunidades receptoras; en particular a mujeres, niños, niñas y adolescentes y otras personas de atención prioritaria, potencializando su participación como actores y actoras en dichos procesos. Que el Estado ecuatoriano garantice la integración de todas las personas en necesidad de protección internacional en las comunidades receptoras, promoviendo los vínculos sociales, culturales y económicos entre la población y con las autoridades. Conferencia Regional Humanitaria sobre la protección de personas desplazadas y refugiadas: Seguimiento a la Declaración y al Plan de Acción de México
Que los organismos de Naciones Unidas y otros organismos internacionales y de cooperación, continúen apoyando los procesos para el fortalecimiento de la protección y promoción de los derechos de las personas en necesidad de protección internacional; tanto los que ha emprendido el Estado como la sociedad civil y las personas en necesidad protección internacional. Que los medios de comunicación adopten un discurso informativo, objetivo y responsable sobre los temas relacionados al asilo y sobre las personas refugiadas en el marco del respeto y la solidaridad, a través de campañas comunicacionales. Que la sociedad ecuatoriana en su conjunto participe activamente en procesos de promoción, ejecución, seguimiento y evaluación de todas las iniciativas que promueva el Estado ecuatoriano en materia de asilo y de protección internacional y humanitaria. Que los demás países de la región reconozcan, incorporen y mejoren las buenas prácticas implementadas por el Estado ecuatoriano en la promoción y protección de derechos de las personas refugiadas. Que los países de la región implementen proactivamente acciones en búsqueda de las soluciones duraderas a las que hace referencia el Plan de Acción de México. Que la comunidad internacional comparta la responsabilidad con los países que brindan protección internacional para aquellas personas que así lo requieran. Todas las organizaciones de la sociedad civil, de Iglesia, de organismos de cooperación internacional, de la academia, asociaciones y redes que trabajan con personas en necesidad de protección internacional en Ecuador, ofrecen su agradecimiento por la presencia de los y las participantes y hacen la entrega de sus recomendaciones al Estado ecuatoriano. Emitido en la Ciudad de Quito, Ecuador, el 27 de septiembre de 2010 en el marco del Encuentro Nacional Preparatorio de Ecuador a la Conferencia Regional Humanitaria
Comentarios adicionales de participantes de Ecuador Carline, haitiana en Ecuador Quiero hacer un agradecimiento público a los ecuatorianos que me han aceptado en este país desde hace 8 años. Antes de la Conferencia Regional nadie hablaba de los haitianos de los problemas que estamos pasando en la tierra de uno mismo y peor afuera.
110
Uno deja su país y viene a otro país y hay mucha discriminación, pues uno es negro y refugiado y la gente no sabe por qué es uno refugiado. Quiero pedir que los gobiernos difunda los contenidos de la ley de refugiados, porque la sociedad no conoce quien es refugiado y por esa razón somos discriminados. No son refugiados ellos pues no saben lo que significa ser refugiados. Actualmente en Ecuador hay aproximadamente dos mil haitianos. En el nombre de los haitianos pedimos que el gobierno piense en nosotros pues tenemos más o menos somos dos mil haitianos en situación migratoria irregular. Pedimos ir a la universidad en las mismas condiciones que los ecuatorianos, sin pagar. La vida de refugiado no es fácil. Luz Marina Caicedo Quiero hacer un agradecimiento por este espacio, y me parece oportuno decir algunas cosas frente a los obstáculos que tenemos los refugiados colombianos frente a la integración en Ecuador. Para muchos ecuatorianos nosotros somos personas que venimos a quitarles el trabajo, somos personas que venimos a hacer daño, somos personas que, según lo que ellos mismos nos dice, somos guerrilleros, paramilitares, las mujeres somos prostitutas, nuestros hijos están cogiendo las armas o trabajando como narcotraficantes. Lamentablemente no se tiene idea de lo que es un refugiado, de sus motivaciones para estar aquí, no hay capacitaciones sobre este tema, que ayuden a reforzar la idea de que el refugiado es una persona que viene a aportar también al país independientemente de las razones que de manera forzada le llevaron a estar en esta situación.
Conferencia Regional Humanitaria sobre la protección de personas desplazadas y refugiadas: Seguimiento a la Declaración y al Plan de Acción de México
6.5. Panamá: Recomendaciones frente a la situación de derechos de los refugiados
Santander Tristan55
Avances y dificultades en materia a derechos de refugiados: Los principales avances que queremos destacar son: • Existe una coordinación creciente entre la Oficina Nacional para la Atención de refugiados (ONPAR) y las organizaciones de sociedad civil, lo cual ha permitido mejorar la comunicación y dar respuesta a las acciones de defensa de los derechos de los refugiados con resultados favorables. • Existe buena coordinación entre la sociedad civil y el Ministerio de Trabajo en la expedición de los permisos de trabajo y buena coordinación con el Ministerio de Salud. • La Base de Datos de ONPAR permite la definición de estadísticas más claras y precisas. • Es relevante el diseño de proyectos específicos sobre la base de datos actualizada y la infraestructura, el cual fue apoyado por el Consejo Noruego para los Refugiados (CNR) y la oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR). • Para quienes estén en el territorio panameño existe la posibilidad de obtener el permiso de residencia permanente con base en la Ley que está por expirar en noviembre. Las principales dificultades son: • El marco jurídico el Decreto 23 de 1998 establece un procedimiento que le permite a la ONPAR decidir, con total discrecionalidad, si cada uno de los casos o solicitudes presentados pasa o no a la Comisión de Elegibilidad. Por ello es necesario realizar ajustes al marco legal de tal forma que se ajuste a los estándares internacionales, simplificar los procedimientos de determinación de la condición de refugiado y replantear el rol de la ONPAR. • En el Decreto 23 de 1998 se limita la definición de refugiado (no están incorporadas las modificaciones de La Declaración de Cartagena de 1984 sobre Refugiados). • Hay obstáculos al ejercicio del debido proceso. • En la frontera hay obstáculos al ejercicio del derecho de asilo territorial . • Se han registrado violaciones al derecho al debido proceso y de no persecución por el ingreso irregular. • Hay baja inversión gubernamental en el campo educativo. • Existen vacios en la legislación panameña y en la aplicación de la normativa existente. • La falta de conocimiento de la legislación nacional e internacional de funcionarios y funcionarias de ONPAR y del Servicio Nacional de Migración. 55 Representante de CEALP/MENAMIRE Panamá
112
• Alto grado de rotación de los y las integrantes de la Comisión de Elegibilidad y de la ONPAR, quienes disponen de escasa información sobre el país de origen. Destacamos los siguientes puntos como buenas prácticas: • La campaña de sensibilización e información sobre derechos dirigida a las instituciones públicas, privadas y a la población con necesidad de protección internacional. • La posibilidad de acceso a un trabajo temporal por parte del solicitante de refugio. • La emisión de una documentación de identificación formal y aceptada por organizaciones públicas y privadas. • El reconocimiento de la existencia de flujos mixtos, así como la necesidad de implementar el enfoque diferencial en casos en que se reporten este tipo de flujos, pues muchas veces existen situaciones de violencia común combinadas con violencia política y las autoridades imponen una barrera para el acceso de esta población al sistema de protección internacional y al territorio panameño. • La participación de la sociedad civil en la Comisión de Elegibilidad de Refugio. • Los diagnósticos realizados por la academia, organizaciones locales y ACNUR, sobre la problemática en la frontera panameña. Sin embargo, existen dificultades en la socialización e intercambio de información entre instituciones y organizaciones que operan en la zona. • La ONPAR ha mejorado en el servicio de atención a la población. • Los proyectos de generación de ingresos implementados en la zona de frontera, en general, han sido exitosos. Recomendamos: • La reforma legal del Decreto 23 de 1998. • La elaboración e implementación de un protocolo de protección. • La promoción de la continuidad de los y las integrantes de la Comisión de Elegibilidad • La necesidad de dotar con recursos humanos y financieros a las instituciones clave en tema de refugio. • La necesidad de Implementar un proyecto conjunto –ONG´s, gobierno, ACNUR- de base de datos sobre información de país de origen. • La necesidad de otorgar un permiso de trabajo temporal a solicitantes de refugio, en el marco de la promoción de los derechos económicos y sociales. En conclusión: • Falta información sobre el tema de refugio en el sector público, privado, así como entre la población en necesidad de protección internacional. • Es necesario promover programas de capacitación a funcionarios y funcionarias del sector público y a organizaciones de la sociedad civil. • Es necesario el fortalecimiento de instituciones públicas y sociedad civil en la zona del Darién. • Es necesario adelantar acciones de promoción de derechos específicos, relacionados con el procedimiento de determinación de refugio, documentación, trabajo y educación. Conferencia Regional Humanitaria sobre la protección de personas desplazadas y refugiadas: Seguimiento a la Declaración y al Plan de Acción de México
• Es necesario tener en cuenta la presencia de flujos mixtos conformados por extra continentales, así como por personas procedentes del mismo continente latinoamericano y establecer mecanismos institucionales de recepción, referencia y atención. • En el marco de las soluciones duraderas, es necesario promover la integración local y la regularización de población bajo el estatuto de protección temporal humanitaria. Esto incluye promover el reasentamiento solidario para casos específicos. • Es necesario abrir espacios de diálogo interinstitucional y promover la participación ciudadana, fortaleciendo el rol de la Mesa Nacional de Migrantes y Refugiados. • Es importante rescatar la importancia de promover acciones de sensibilización en todos los niveles, con el fin de prevenir la discriminación hacia la población refugiada en el país. Silvia Álvarez, colombiana refugiada en Panamá Quiero plantear algunas preocupaciones adicionales. En el trámite de documentos, es conveniente abrir una puerta para la generación de ingresos que beneficie a los solicitantes de refugio y agilizar un trámite que les permita trabajar sin inconvenientes. Es importante encontrar un apoyo del gobierno que brinde seguridad en el momento de buscar empleo, esto teniendo en cuenta la discriminación y el desconocimiento por parte de la sociedad receptora y los funcionarios públicos en la legislación y normativa relativa al refugio. Es necesario que la imagen de la población refugiada cambie y se haga un llamado a contribuir para que la situación de esta población mejore, con el fin quesea posible vivir mejor a quienes estamos lejos de nuestra familia.
114
6.6. Perú: recomendaciones para mejorar la respuesta a las migraciones forzadas
Ronald Gamarra56
Antes de iniciar mi presentación, quiero decir que lamentamos la ausencia del representante del Ministerio de Relaciones Exteriores de Perú. Pero como dicen en mi país, no hay mal que por bien no venga. La ausencia de nuestra Cancillería ha permitido que los funcionarios del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social tengan el tiempo y el espacio necesarios para visibilizar el tema del desplazamiento interno en el Perú, del cual probablemente nuestra cancillería no se habría ocupado. En el Perú hay entre 1.300 y 1.500 refugiados (25% son colombianos). Anualmente se presentan cerca de 200 solicitudes de refugio (25% a 30% son peticiones de ciudadanos colombianos). En el marco normativo peruano es posible identificar dos etapas. La primera, remite a la existencia de normas previas a la Declaración y el Plan de Acción de México para fortalecer la protección internacional de los refugiados de América Latina. En esta etapa destacamos: 1) Perú es Estado Parte de la Convención de 1951 sobre Refugiados. 2) Perú asume la definición de refugiado que aparece en la Declaración de Cartagena sobre Refugiados de 1984. Entre el año 2002 y 2003, se aprobó la Ley del refugiado Número 27891. Estas normas regulan el ingreso, el reconocimiento y las relaciones jurídicas del Estado peruano con el refugiado, de conformidad con los instrumentos internacionales de los que forma parte el Perú y las leyes internas sobre la materia. La Comisión Especial para los Refugiados del Ministerio de Relaciones Exteriores, es el órgano encargado de recibir, estudiar, procesar, resolver lo correspondiente a la solicitud de refugio y revisar periódicamente las calificaciones. Decide sobre el tratamiento y la aplicación del estatuto a que tiene derecho la persona reconocida como refugiada y vela por que todas las entidades que intervienen en materia de refugio, cumplan con los acuerdos contenidos en los Instrumentos internacionales suscritos por el Estado peruano. La segunda etapa se refiere a la actuación del Estado peruano tras suscribir la Declaración y el Plan de Acción de México para fortalecer la protección internacional de los refugiados de América Latina. El Perú ha avanzado en el tema de migrantes, más no en el de refugiados. Entre los avances normativos se encuentran: 56 Representante de la organización civil Instituto Promoviendo Desarrollo Social IPRODES de Perú.
Conferencia Regional Humanitaria sobre la protección de personas desplazadas y refugiadas: Seguimiento a la Declaración y al Plan de Acción de México
1) La suscripción de convenios: • Convenios y/o Protocolos adicionales suscritos entre el Perú y Argentina, Bolivia y Ecuador • En el año 2005 la ratificación de la Convención Internacional sobre la Protección de los derechos de todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familias de 1990 (Convención sobre los Trabajadores Migratorios), el 14 de septiembre de ese año. 2) En diciembre de 2005 se elabora el Plan Nacional de Derechos Humanos, principalmente para garantizar los derechos de los migrantes. 3) En enero de 2007 se crea la Ley 28950 Ley contra la trata de personas y el tráfico ilícito de migrantes, la cual impuso mayores supuestos delictivos y mayores penas. 4) En el año 2009 se crea la Red Peruana de Migraciones y Desarrollo, con el objetivo de sensibilizar, generar información, capacitar y difundir las cuestiones migratorias que afectan al Perú. El Ministerio de Relaciones Exteriores auspició la creación de la Red Peruana de Migraciones y Desarrollo (RED PEMIDE) conformada por un grupo de entidades de la sociedad civil peruana.5) En noviembre de 2009 se publica el Informe de la Defensoría del Pueblo Nº 146, “Migraciones y DDHH. Supervisión de las políticas de protección de los derechos de los peruanos migrantes”.
1. Sobre la política migratoria y de Refugio En relación a las apelaciones sobre refugio quisiera decir que reconocemos y valoramos los esfuerzos adelantados por el Estado peruano, particularmente por la Comisión Especial para los Refugiados del Ministerio de Relaciones Exteriores. No obstante, no vemos que se lleven a cabo los mismos esfuerzos por cumplir con las obligaciones asumidas. Perú alentó la Declaración y el Plan de Acción de México para fortalecer la protección internacional de los refugiados de América Latina para fortalecer la protección internacional de los refugiados en la región, pero no ha desarrollado mayores acciones para su implementación. Después de la reunión en México, el Estado peruano ha guardado un discreto y largo silencio en materia de refugiados. Aún más, sobre el tema de la migración, habría que precisar que nos hemos ocupado de suscribir convenios y sancionar con severidad el tráfico ilícito de migrantes (lo que está bien), pero a la fecha, el Estado peruano no ha establecido una política migratoria inclusiva e integral, con un enfoque de derechos. Es por esta razón que en el Perú de hoy, existe la necesidad de que el Ejecutivo formule y proponga ante el Congreso de la República una ley marco que defina los principios, objetivos y lineamientos de la política migratoria nacional. Después de la reunión en México, la Comisión Especial para los Refugiados del Ministerio de Relaciones Exteriores no ha cumplido con “Proponer las políticas sobre refugiados”. Tampoco ha empezado a discutir la necesidad de un Plan nacional de Desarrollo Humano para las Migraciones.
116
De otro lado, la Comisión Especial para los Refugiados no ha logrado consolidarse como estructura institucional con un nivel de coordinación permanente y coherente entre las dependencias gubernamentales involucradas. Por esta razón, existe el desafío de fortalecer la capacidad institucional del Estado a partir de un sistema estructurado, multisectorial y multinivel, que facilite la coordinación de los sectores gubernamentales respectivos con la participación de los migrantes en sus distintas formas de organización En el Perú de hoy, no se han fortalecido seriamente los mecanismos de protección y promoción integral de los derechos de los migrantes. Hace falta la ratificación de las normas internacionales que protegen a los migrantes y la subsecuente adecuación del derecho interno a las obligaciones internacionales. Entre ellas, la ratificación de los Convenios de la Organización Internacional del Trabajo N° 97 y N° 143, referentes a “Los trabajadores migrantes” y “Las migraciones en condiciones abusivas y la promoción de la igualdad de oportunidades y de trato de los trabajadores migratorios”, respectivamente. Perú debe proceder a aceptar la competencia del Comité de Protección de los Derechos de los Trabajadores Migratorios y sus Familiares (en adelante CMT), que prevé la Convención Internacional sobre la Protección de los derechos de todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familias de 1990.Perú debe presentar el informe periódico sobre las medidas legislativas, judiciales y administrativas que se hayan adoptado para dar efecto a las disposiciones de la CTM, obligación pendiente desde el año 2006. No se conoce que La Comisión Especial para los Refugiados haya estudiado en forma preferente los problemas de desocupación, salud, vivienda y educación que afecten a los refugiados reconocidos oficialmente, con ayuda y asesoramiento de las entidades nacionales e internacionales competentes, apuntando así a una solución efectiva y permanente. Dicha Comisión tampoco ha procurado mayores programas de integración con el apoyo de entidades nacionales, sean públicas o privadas, así como internacionales”. En el campo de la participación, el Estado no ha promovido mayores mecanismos de participación de los refugiados, no ha promovido campañas para combatir prejuicios y estereotipos que afectan y estigmatizan a los migrantes. Por ello, es necesario asegurar el acceso de los refugiados y solicitantes a los derechos económicos, sociales y culturales. La Comisión Especial para los Refugiados se ha centralizado en la capital de la República, haciéndose urgente establecer oficinas en determinados lugares de la frontera. El Estado peruano debe monitorear y tender redes de protección en áreas de frontera para atender casos de personas que residan en zonas aisladas (por ejemplo, en el sector norte del río Putumayo). Es necesario que el Estado peruano se sume a iniciativas sobre el Reasentamiento Solidario, particularmente para beneficiar a los refugiados colombianos.
Conferencia Regional Humanitaria sobre la protección de personas desplazadas y refugiadas: Seguimiento a la Declaración y al Plan de Acción de México
2. Sobre el desplazamiento interno En Perú existen 122 mil afectados directamente por este crimen, pero se considera que existen 650 mil desplazados según el informe de la Comisión de Verdad y Reconciliación de Perú (CVR). Al respecto, quisiéramos destacar algunos puntos: 1. Es necesario reconocer la pluralidad de afectaciones (existen desplazados, desplazados violentados sexualmente, desplazados torturados, desplazados detenidos injustamente, entre otras categorías). 2. en la política pública existe un marco normativo amplio. En el año 2004 se aprobó la ley de desplazamiento interno número 28223 que refleja los Principios Rectores sobre Desplazamiento Interno de Naciones Unidas. En el año 2005 se aprobó la ley del Plan Integral de Reparaciones, que reconoce a los desplazados su condición de víctimas y, por lo tanto, les hace beneficiarios de medidas oficiales de reparación. Estas leyes significan un avance, aunque requiere de algunas modificaciones. 3. En el campo de la estructura institucional, el MIMDES es el ente rector para la atención y protección de los desplazados internos, con la colaboración de otras entidades del Estado. Adicionalmente, en el tema de las reparaciones, los responsables son el Consejo de Reparaciones y la Comisión de Alto Nivel, en colaboración con los diferentes ministerios. Más allá del entusiasmo y la buena voluntad de determinados funcionarios del MIMDES, el sistema muestras debilidades debido a la falta de coordinación con otros sectores gubernamentales poco comprometidos con el tema. Además, existen problemas de relacionamiento entre instancias del Estado (el Consejo de Reparaciones y la Comisión de Alto Nivel) y, finalmente, hay falta de interés por parte de la mayoría de los gobiernos locales que –pese a existir una ley que los obliga- no incluyen de manera sistemática la atención a las necesidades de los desplazados y al establecimiento de sus derechos básicos. 4. En el campo de las reparaciones, la ley establece que estas cubren hasta 30 años después de iniciado el conflicto armado, diez años después de su finalización y 6 años después de promulgada la Ley de desplazamiento interno. Sin embargo, ni una sola persona desplazada ha recibido una reparación económica individual. 5. En relación a la Inclusión social, no existe un programa de vivienda, el programa en salud falla por ineficacia e ineficiencia y el programa en educación no se concreta. No existe un presupuesto específico para población desplazada, fundamentalmente para su registro y acreditación. Todo esto incrementa la incertidumbre frente al próximo gobierno.
118
6.7. Venezuela: Recomendaciones de las organizaciones de sociedad civil venezolana para mejorar la atención a población refugiada y solicitante de refugio
Migdalia Carrasquel57
Las organizaciones presentes reconocieron los esfuerzos por parte del Estado venezolano para garantizar y hacer respetar los derechos de las personas con necesidad de protección internacional (PNPI).También el hecho de que, para el año 2004, fecha de aprobación de la Declaración y el Plan de Acción de México para fortalecer la protección internacional de los refugiados de América Latina, Venezuela ya contaba con una Ley Orgánica sobre Refugiados o Refugiadas y Asilados o Asiladas (en adelante LORRAA), el Reglamento de la LORRAA y una Comisión Nacional para los Refugiados (en adelante CNR), constituida y desconcentrada en el interior del país. En Venezuela la Declaración y el Plan de Acción de México para fortalecer la protección internacional de los refugiados de América Latina se ha aplicado de manera indirecta, por medio de las actividades de cada una de las organizaciones, organismos y agencias que atienden y/o monitorean el fenómeno del refugio siguiendo el espíritu inicial que alentó su creación. Parece necesario que Declaración y el Plan de Acción de México para fortalecer la protección internacional de los refugiados de América Latina se incluya dentro de una estrategia colectiva más desarrollada y estructurada, que permita la integración de todos los actores de manera conjunta.
Recomendamos: 1. Diseñar e implementar políticas públicas que apunten al establecimiento de condiciones de igualdad de oportunidades para las personas en necesidad de protección (en adelante PNPI), con relación a temas como el empleo productivo, los salarios competitivos, las oportunidades de vivienda, el acceso a la salud y las garantías en el campo de la educación. En este sentido, se recomienda al Estado venezolano velar por el cumplimiento de la legislación nacional vigente, así como de los tratados suscritos por la República Bolivariana de Venezuela en el marco de la Organización Internacional del Trabajo con el fin de garantizar el respeto al derecho al trabajo. 57 Representante de Cáritas Venezuela
Conferencia Regional Humanitaria sobre la protección de personas desplazadas y refugiadas: Seguimiento a la Declaración y al Plan de Acción de México
2. Ampliar la cobertura de los programas sociales en las zonas de frontera, particularizando y transversalizando el tema de la protección internacional y el refugio. Así, se recomienda jerarquizar los diferentes ámbitos de acción, facilitando el diseño de un plan de integración adecuado que evite, en la medida de lo posible, los llamados “movimientos irregulares o secundarios”. 3. Asumir la definición ampliada de la Declaración de Cartagena sobre los Refugiados de 1984, incluyendo las peculiaridades de las personas expulsadas por conflictos armados en América Latina, quienes han tenido que huir porque su vida, seguridad o libertad han sido amenazadas por la violencia generalizada, la agresión extranjera, los conflictos internos, la violación masiva de los derechos humanos u otras circunstancias que hayan perturbado gravemente el orden público. Esto facilitará la diferenciación entre migrantes y población en necesidad de protección internacional, de acuerdo a los estándares internacionales de protección. 4. Facilitar la incorporación de las familias receptoras de PNPI a los planes de apoyo y atención para población refugiada, permitiéndoles beneficiarse de la asistencia humanitaria y los programas sociales. 5. Crear un plan nacional de capacitación e información sobre el tema de Protección internacional y refugio para los diferentes representantes del Estado, en especial para aquellos ubicados en las zonas fronterizas. 6. Generar mesas de trabajo entre las ONG´s y los representantes del Estado responsables de atender el tema de refugio, para analizar la situación de las “invasiones” donde se encuentran personas refugiadas y solicitantes de refugio. 7. Crear una base de datos confiable y confidencial que permita registrar la asistencia prestada por las organizaciones no gubernamentales y el Estado, con el fin de evitar la duplicidad de acciones y ayudas y garantizar una mejor distribución de los recursos. 8. Crear un registro de las PNPI que permita conocer la magnitud de la situación humanitaria y disminuya la “invisibilidad” en la que se encuentran, asegurando una atención acorde con los estándares internacionales de protección. 9. Fortalecer a la CNR con recursos humanos suficientes, de tal forma que pueda facilitar el acceso al procedimiento para determinar la condición de refugiado de las PNPI, de acuerdo a la demanda actual. 10.Mejorar los mecanismos de formulación de casos por parte de la CNR, ampliando los horarios o días de atención, generar mecanismos alternos que permitan la realización de brigadas o jornadas especiales fuera de sus oficinas. 11.Mejorar el formato del documento provisional de solicitante de refugio (emitido por el SAIME) en un formato práctico que permita al solicitante de refugio identificarse como tal ante las autoridades venezolanas. Asimismo, se recomienda garantizar la entrega del documento provisional a todas las personas que solicitan formalmente refugio ante la autoridad competente, reconociendo la validez establecida en el Reglamento de la LORRAA para el documento. 12.Hacer efectivas las garantías procedimentales de acuerdo a estándares internacionales establecidos, durante la aplicación de los procedimientos especiales o breves estable-
120
cidos en el reglamento interno de la Comisión Nacional para los Refugiados (CNR). 13.Ajustar el lapso de respuesta de la solicitud de la condición de refugiado y del recurso de apelación, adecuándolo al establecido en la LORRAA (noventa días continuos). 14.Descentralizar la expedición y renovación de las cédulas de transeúnte para refugiados. 15.Buscar mecanismos alternos para garantizar el otorgamiento de la visa de transeúnte a los refugiados reconocidos, de tal forma que no generen riesgos para su vida o costos excesivos al intentar contactar a sus consulados. Adelantar medidas para que los pasaportes de emergencia cumplan con la normativa de la Organización Internacional de Aviación Civil. 16.Ampliar suficientemente la motivación en las decisiones negativas de solicitudes de refugio o recursos de apelación, con el fin de que se facilite la defensa del solicitante de refugio. 17.Contemplar en el reglamento de la ley de migración la situación específica de los refugiados, el tipo de residencia y el tipo de documentación, de acuerdo a los estándares internacionales. Raquel Álvarez, Universidad de los Andes: es importante hablar sobre el contexto del conflicto colombiano en Venezuela, y concretamente en el Estado de Táchira, donde se observa una gran movilidad y una cantidad de personas en condición de refugio. Entre 1999 y 2004 se observa una gran cantidad de refugiados y hasta ahora hay familias que ingresan por goteo. Es difícil tener una precisión de cuantas personas están en Venezuela, pues se mezclan con una población de 4 millones de colombianos que hay en nuestro país. La Universidad de los Andes está haciendo un trabajo de capacitación y se encuentra desarrollando proyectos comunicacionales con el apoyo de organismos internacionales presentes en el Estado de Táchira. Por ello es importante mencionar que en la región hay una situación de desplazamiento forzado interno y se presentan situaciones de inequidad, las cuales deben ser tenidas en cuenta para dar un tratamiento integral al fenómeno.
Conferencia Regional Humanitaria sobre la protección de personas desplazadas y refugiadas: Seguimiento a la Declaración y al Plan de Acción de México
6.8. Chile: necesidades de protección de los refugiados
Oscar Rojas58
En Chile hay 2.982 personas refugiadas (cifra que cubre hasta principios del año 2010). En marzo de 2010 se aprobó la nueva Ley de Protección al Refugiado que establece una normativa integral para regular la protección de las personas refugiadas en Chile, incluyendo las obligaciones internacionales contempladas en la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951 y del Protocolo de 1967. Establece garantías, regula procedimientos y define lineamientos para la denegación o cancelación de la condición de refugiados. A su vez incorpora modificaciones al procedimiento de solicitud. Actualmente el solicitante tiene visa temporal de 8 meses, las personas que sean reconocidas en calidad de refugiadas tienen derecho a un permiso de residencia permanente a partir del momento en que son reconocidas. La dificultad al acceder a este beneficio radica en que el estudio para otorgar el status de refugiado puede durar hasta 2 años, lo cual deja a la población en un limbo jurídico. De otro lado, el 50% de las solicitudes son rechazadas. Otro punto crítico en la protección es la gratuidad de los trámites, ya que esta no rige para la expedición de la cédula de identidad. Sin embrago, hay un avance en las políticas que tiene que ver con el derecho a la salud para solicitantes de refugio y el derecho a la educación de los hijos de personas refugiadas. Por ejemplo, los solicitantes reciben un permiso de trabajo. Las principales dificultades son: falta de confidencialidad en la información de cada caso, (la nueva ley reconoce que la comisión este compuesta por dos miembros de cancillería y uno de ACNUR); aunque los solicitantes tienen una visa temporal de 8 meses, no existe claridad sobre la duración del procedimiento para determinar el status. De otro lado, la ley establece un quórum para el reconocimiento (cuando están solo 3 de los 5 miembros en la Comisión de Elegibilidad, debe haber unanimidad, lo que dificulta el reconocimiento). Por último, con relación a las personas que han sido reasentadas, no existe información real sobre los beneficios a los que tienen derecho estas personas, pues aunque en Chile hay un crecimiento económico macro, en el nivel micro este crecimiento es muy bajo. Así se genera una falsa expectativa en esta población sobre las posibilidades de encontrar empleo con relativa facilidad, pues en la práctica esto no ocurre.
58 Delegado del Grupo de Trabajo sobre Migraciones de la Plataforma Interamericana de Derechos Humanos, Democracia y Desarrollo (PIDHDD).
122
6.9. Preguntas y comentarios para el panel de sociedad civil • Preguntas para la delegación de Colombia:¿qué nivel de consulta ha hecho el gobierno del presidente Juan Manuel Santos con las organizaciones de desplazados para implementar la política pública? Respuesta: ha hecho una sola consulta relacionada con la formulación de la ley de víctimas, pero hemos insistido en que con los afro descendientes e indígenas debe hacerse una consulta independiente, que hasta el momento no se ha hecho. • ¿Cuál es la propuesta de la sociedad civil? Respuesta: hay organizaciones que hacen acompañamiento, otras, asistencia humanitaria y otras trabajan en el campo de la formación de población desplazada en el ámbito de los derechos. No creo que haya una sola propuesta, tiene que ver con el ámbito específico de intervención y respuesta. Creo que hace falta una articulación de los esfuerzos de la sociedad civil con las organizaciones internacionales y con las agencias de cooperación, esa es la propuesta de fondo. • ¿Qué se puede hacer para derogar el Decreto 1740?: Respuesta: Me gustaría trasladar esta pregunta a los representantes del gobierno. La Agencia Presidencial para la Acción Social y la Cooperación Internacional lo está ventilando en l plenaria para ser discutido con mayor precisión. • ¿Cómo es el proceso de integración en las ciudades para refugiados colombianos? Respuesta: es paulatino. Es un poco difícil, ahora que se formó la asociación de refugiados hemos podido integrarnos con 47 organizaciones más. Ha sido muy difícil debido a que existe xenofobia y discriminación, la población ecuatoriana no está preparada para recibir una población tan grande como la colombiana. No existe conocimiento de lo que significa ser refugiados y nos estigmatizan. • Preguntas para la delegación de Ecuador:¿Qué se está haciendo para dar atención a la población refugiada? Respuesta: las organizaciones de la sociedad civil estamos trabajando en distintos ámbitos incluyendo a la Defensoría del Pueblo. Estamos trabajando con población haitiana. Estamos apoyando en el proceso de inclusión de población refugiada a la sociedad ecuatoriana pero, con mucha dificultad, todavía falta mucho por hacer. • Preguntas para la delegación de Perú: ¿Cuándo una persona desplazada deja de ser desplazada? Respuesta: cuando tienen acceso a todos los derechos que tenía antes de ser considerada como persona desplazada. • Preguntas para la delegación de Venezuela: ¿Qué medidas de protección se han adoptado con relación a la población de Haití. Respuesta: Caritas de Venezuela con la Embajada de Haití y la Asociación de Haitianos, realizó una especie de orientación para regularizar la situación de las personas que vinieron de Haití después del terremoto. Si se podía comprobar que tenían un familiar, se les otorgaba la cédula de identidad ¿Se Conferencia Regional Humanitaria sobre la protección de personas desplazadas y refugiadas: Seguimiento a la Declaración y al Plan de Acción de México
ha pensado en un registro ampliado como en Ecuador? Respuesta: no podemos dar una respuesta. ¿Cuál es el trabajo directo con trabajadoras sexuales? Respuesta: no hay un trabajo directo con esta población, pero desde la universidad hay un trabajo de sensibilización a través de las radios comunitarias. • Comentario: las personas trabajadoras sexuales en situación de refugio estamos siendo captadas y no tenemos suficiente información sobre nuestros derechos, pues nadie se está dando cuenta -o no quiere saberlo- que nosotras existimos y que necesitamos que ser apoyadas en la defensa de nuestros derechos. • Pregunta para la delegación de Panamá: ¿Cuál es el respaldo que tienen las personas a quienes se les ha negado el status de refugio? Respuesta: están en riesgo de deportación, sin embargo, las organizaciones de sociedad civil les estamos apoyando en lo relacionado con la asistencia humanitaria, estamos haciendo lo posible para que el gobierno les pueda otorgar un estatuto migratorio por razones humanitarias.
124
Séptima parte El desplazamiento forzado en la región Conferencia Regional Humanitaria sobre la protección de personas desplazadas y refugiadas: Seguimiento a la Declaración y al Plan de Acción de México
126
7.1. Prólogo: El desplazamiento forzado en la región, las soluciones duraderas y los derechos humanos En este capítulo se abordan los principales retos en materia de prevención del desplazamiento forzado interno, protección de los derechos y la seguridad humana de los desplazados internos, atención a sus necesidades, restablecimiento de sus derechos, restitución de bienes, reparación integral y, en general, la búsqueda de soluciones duraderas. Respecto a la prevención, uno de los puntos centrales que surgió de la discusión en el panel sobre desplazamiento forzado, tiene que ver con el reconocimiento de diversos factores que están causando desplazamiento interno en la región. Entre ellos, manifestaciones de violencia sociopolítica derivadas del crimen organizado, dinámicas transnacionales del conflicto armado colombiano en las fronteras (con Ecuador y Venezuela principalmente) y de las economías ilegales (narcotráfico, tráfico de armas), eventos súbitos asociados al cambio ambiental global o al cambio climático, los proyectos de desarrollo a gran escala y sus efectos indiscriminados en la vida de las personas y en las condiciones medio ambientales que les permiten permanecer en un territorio determinado. Aunque la mayoría de estas causas están reconocidas en los Principios Rectores de los Desplazamientos Internos de Naciones Unidas –específicamente los factores medioambientales y los proyectos de desarrollo a gran escala- los Estados de la región no han incorporado en su legislación estos factores ni han reconocido la persistencia de las causas del desplazamiento forzado en su política interna. Este es uno de los principales retos en el actual contexto regional. Con relación a los derechos de las personas desplazadas, el nudo gordiano de la discusión en el panel, estuvo asociada a la necesidad de medir hasta qué punto han sido restablecidos los derechos de estas personas y cuándo cesa el status de desplazado. Al respecto, es importante mencionar que el Marco de Soluciones Duraderas para los Desplazados Internos, del Representante del Secretario General sobre los Derechos Humanos de los Desplazados Internos, Walter Kälin (A/HRC/13/21/Add.4 del 9 de febrero de 2010), señala que, aunque hayan terminado los conflictos armados o los sucesos que causaron el desplazamiento, las personas desplazadas siguen enfrentando situaciones de crisis durante periodos prolongados y que el desplazamiento forzado no es un status legal. Se considera que cesa la condición de desplazado cuando la persona alcanza una solución duradera. Una solución duradera implica que existen condiciones de igualdad de deConferencia Regional Humanitaria sobre la protección de personas desplazadas y refugiadas: Seguimiento a la Declaración y al Plan de Acción de México
rechos de esta población respecto de las poblaciones en zonas receptoras, y que dichas condiciones implican unos estándares universales en materia de derechos económicos, sociales, culturales, ambientales (bases de la integración) y de reparación integral por los daños sufridos por efecto del desplazamiento forzado. En este sentido, es claro que las respuestas institucionales al desplazamiento forzado interno deben estar articuladas con las políticas de desarrollo, de equidad, de igualdad, de reparación integral a víctimas de la violencia, de construcción de paz, de reconstrucción en casos de eventos súbitos y de integración en el caso de las regiones fronterizas. Por último, con relación a los principios que deberían orientar estas respuestas institucionales al fenómeno, los panelistas resaltaron la participación de la población desplazada en el diseño e implementación de estas políticas, así como los principios de complementariedad en la acción de los organismos internacionales y agentes humanitarios, de responsabilidad primaria en la intervención de los Estados, así como de subsidiariedad, integralidad, coherencia y coordinación en las políticas nacionales de prevención, atención y reparación a población desplazada.
128
7.2. Reflexiones en torno a la atención al Desplazamiento Forzado Interno en la Región
Gimena Sanchez-Garzoli59
Quiero empezar esta intervención diciendo que la protección de población internamente desplazada no puede estar divorciada de la asistencia humanitaria y de los esfuerzos por buscar soluciones duraderas. Desde el momento en que se empieza a atender un desplazamiento, hay que integrar esfuerzos de protección y planificar para la auto sostenibilidad del desplazado. La fragmentación de las acciones de asistencia por parte del gobierno de Colombia, explica en parte por qué ahora hay una situación donde se encuentran desplazados en diferentes periodos mezclados con personas recientemente desplazadas, lo cual implica que no hay enfoque diferencial en la atención. La ausencia de un enfoque integral en la atención a población desplazada, genera una situación de desplazamiento de largo plazo, ya que aumenta los grados de vulnerabilidad y existen altas posibilidades de que estas personas puedan ser víctimas del desplazamiento varias veces. Cuanto más tiempo se encuentran en situación de desplazamiento, su exposición al riesgo es mayor, siendo susceptibles a violaciones de sus derechos, por ejemplo, a través del reclutamiento forzado. La experiencia de Perú demuestra que, si no se resuelve la situación de desplazamiento de forma integral, la consecuencia es una situación precaria, en la cual la población desplazada no tendrá otra opción que seguir viviendo en la pobreza absoluta. La negación o minimización del conflicto armado interno y de una de sus evidencias, el desplazamiento interno, así como los abusos que contribuyen al desplazamiento -como la estrategia del previo gobierno colombiano- no implica que el problema haya desaparecido. Además, el problema está mal caracterizado, siendo aún más difícil conseguir el apoyo internacional necesario para resolver la crisis humanitaria y atender las necesidades de los afectados. El reconocimiento del desplazamiento interno y la elaboración de normativas basadas en los Principios Rectores de los Desplazamientos Internos, es un buen primer paso. Sin embargo, si no se acompañan las leyes y programas con presupuestos adecuados y la voluntad política desde el momento en que se formulan dichas respuestas, se verán debilitadas. Existen expectativas en la población desplazada que no se cumplen y aumentan su nivel de frustración y fricción con las entidades del gobierno. Es importante que el go59 Delegada de la ONG Washington Office on Latin America (WOLA).
Conferencia Regional Humanitaria sobre la protección de personas desplazadas y refugiadas: Seguimiento a la Declaración y al Plan de Acción de México
bierno no espere hasta que haya miles de tutelas contra la falta de respuesta institucional y que no espere hasta que sean emitidas las órdenes de la Corte Constitucional para incrementar el presupuesto para atender a los desplazados. La seguridad enfocada en la presencia militar del Estado no es suficiente para proveer la seguridad física de los desplazados y, en algunos casos, es problemática porque puede aumentar la inseguridad de los mismos. Lo que se requiere es una “seguridad humana” que incluya la presencia de entidades del Estado dedicadas a la protección de derechos (como las Defensorías del Pueblo, Procuradurías y agencias de apoyo) y un esfuerzo para garantizar la seguridad alimentaria. De otro lado, Colombia tiene en el papel el sistema de alerta temprana más sofisticado del mundo, pero este sistema no es efectivos cuando las respuestas son minimizar el riesgo o no dar una respuesta rápida y adecuada a quienes están en riesgo de desplazamiento. Los sistemas de respuesta que involucran demasiados actores institucionales y que imponen demasiados procedimientos tomar una decisión, no asegura una respuesta rápida a emergencias. Es importante aumentar los esfuerzos de protección que brindan las agencias del sistema de Naciones Unidas y organizaciones no gubernamentales. La participación, consulta e integración de sugerencias de los líderes y organizaciones de desplazados es clave y no debe ser solo retórica o algo que se muestra en el papel. Dichos grupos y líderes deben ser invitados a reuniones con los oficiales del gobierno y ONG y sus propuestas y recomendaciones deberían ser integradas a la formulación de proyectos, programas y la implementación de dichos proyectos. Cuando se capacitan líderes de desplazados, dichas capacitaciones deben venir de la mano con mecanismos de protección para dichas personas. Cuando los líderes participan en foros como este su perfil o visibilidad aumente y con ello, el grado de vulnerabilidad e inseguridad personal. En el caso de Colombia, hay una población desplazada muy organizada, propositiva y creativa en sus propuestas de soluciones. Sin embargo, esto significa que ha habido mayor exposición al riesgo, ya que se han reportado más de 30 asesinatos de líderes de desplazados desde el año 2002. Las amenazas contra dichas organizaciones y sus líderes han aumentado. Los donantes deberían capacitar a las organizaciones de desplazados para poder administrar fondos y financiar sus iniciativas. Ejemplos como Asociación de Afro descendientes Desplazados (AFRODES) y la liga de mujeres desplazadas, quienes han recibido fondos directamente, demuestra que dichos grupos tienen la capacidad de manejar recursos y mucho que aportar en el desarrollo de políticas públicas para mejorar la efectividad de programas dirigidos a la población desplazada. Con el fin de prevenir el desplazamiento forzado, los mecanismos de auto-protección desarrollados por los desplazados que no quieren ser desplazados nuevamente y los cam-
130
pesinos en alto riesgo de desplazamiento, deberían ser apoyados por los gobiernos y las agencias internacionales. Al respecto, es necesario señalar que en Colombia existen varios ejemplos de mecanismos de auto-protección de desplazados retornados. Por ejemplo las comunidades de paz, las zonas humanitarias y de biodiversidad y las “comunidades de resistencia” al desplazamiento como los casos de las MINGAS contra el cultivo de coca de las comunidades negras del rio Yurumanguí y las “zonas campesinas de resistencia.” Es importante resaltar que todos estos mecanismos de auto-protección combinan la protección física con la seguridad alimentaria de las personas. La atención a los desplazados en contextos urbanos no debería ser secundaria frente a la atención a desplazados en zonas rurales. Ambos requieren el mismo nivel de atención. Con relación a esto, se recomienda aplicar la Guía para la Aplicación de los Principios Rectores para los Desplazamientos Internos en contextos urbanos. Las ONG y la comunidad internacional deberían apoyar los mecanismos de auto-protección desarrollados por las organizaciones de desplazados para evitar los desplazamientos intra-urbanos. Combatir la impunidad y asegurar la justicia en los casos que generan el desplazamiento, es una buena estrategia para asegurar la no-repetición de hechos que conllevan al desplazamiento interno. Dichos esfuerzos aseguran un nivel de protección básico a las víctimas. El enfoque diferencial para los desplazados de minorías étnicas no debería ser un esfuerzo secundario del gobierno, más bien debería formar parte integral de las respuestas estatales. En Colombia existen aproximadamente 102 grupos indígenas (el gobierno sólo reconoce 88) y hoy en día hay aproximadamente 34 grupos indígenas al borde de la extinción cultural y física. Unos 18 grupos tienen menos de 200 miembros y 10 menos de 100 miembros. El desplazamiento interno ha sido uno de los factores causantes de esta crisis. En el año 2009, por lo menos 110 indígenas - fueron asesinados, pese a la orden de la Corte Constitucional emitida en el año 2004, la cual obliga al gobierno colombiano a tomar medidas de prevención y protección especiales para grupos indígenas en alto riesgo de desplazamiento interno. Más de 42 líderes afrocolombianos, incluyendo desplazados internos, han sido asesinados desde el año 2002, aproximadamente 8 en lo que va corrido del año. En la localidad de Guapi han sido asesinados 17 afro descendientes entre el 1 de mayo y el 30 de septiembre de este año. También pese a una orden de la Corte Constitucional que obliga al gobierno a formular planes de salvaguarda para unas 60 comunidades afrocolombianas en el 2009. Es necesario recordar que la responsabilidad principal de los desplazados recae en el Estado y es valiente e importante que la comunidad internacional complemente dichos esConferencia Regional Humanitaria sobre la protección de personas desplazadas y refugiadas: Seguimiento a la Declaración y al Plan de Acción de México
fuerzos. Sin embargo, dicha complementariedad por parte de la comunidad internacional (como la del sistema de Naciones Unidas) no debe perder su independencia. El sistema de Naciones Unidas no puede dejar de cuestionar públicamente y de otras maneras las actuaciones del gobierno al cual le está brindando asesorías. Abstenerse de criticar o cuestionar en los medios públicos las acciones del gobierno que debilitan los derechos de los desplazados, debilita sus niveles de protección. Las agencias internacionales juegan un papel importante en el campo de la protección cuando visibilizan las problemáticas y develan la retórica estigmatizadora del Estado frente a los desplazados. Si la situación diplomática y la continuidad de los proyectos de Naciones Unidas dentro del país se ven amenazados por denunciar estos hechos, entonces es necesario buscar que los mecanismos especiales y los principales de sus agencias en Nueva York o Ginebra hagan estas declaraciones. La función de dichas agencias no es solamente complementar esfuerzos del gobierno sino también asegurar una protección y asistencia efectiva para los desplazados internos. A manera de conclusión, me permito señalar que no se puede garantizar la seguridad, la restitución de derechos de los desplazados internos ni los retornos a sus sitios de origen, en una situación en la cual sigue vigente un conflicto interno armado y los actores armados ilegales siguen dominando amplios territorios del país. Los países en la región, las agencias internacionales y donantes deberían apoyar esfuerzos para avanzar en una solución negociada y una salida política al conflicto interno armado En Colombia. Por último, las políticas internacionales que proporcionan ayuda financiera -por ejemplo el apoyo que brinda el gobierno de los Estados Unidos al gobierno de Colombia para la lucha anti-narcóticos) y los acuerdos comerciales (como los tratados de libre comercio y los proyectos económicos a gran escala), deberían ser revisados para mitigar los efectos de estas políticas que implican el aumento del desplazamiento interno. Es el caso del programa de erradicación forzada de cultivos de uso ilícito mediante las fumigaciones aéreas con glifosato y la asistencia militar de Estados Unidos a batallones y brigadas del Ejército comprometidas con las violaciones de derechos humanos. Al mismo tiempo, existen esfuerzos constructivos que fortalecen la exigibilidad de derechos y la asistencia al desplazado; estos requieren más financiamiento y apoyo político. Por ejemplo, la asistencia que brinda USAID a los desplazados internos en Colombia y ACNUR en la región. Los gobiernos de países extranjeros deberían revisar su financiamiento y apoyo a mega-proyectos que se implementan sin consulta previa a las comunidades afectadas y en situaciones de un conflicto armado, ya que estos proyectos llevan al desplazamiento forzado. En muchos casos, dichos proyectos han resultado en violencia, asociada a la presencia y accionar de grupos al margen de la ley que generan desplazamientos internos. Es necesario resaltar los esfuerzos internacionales, por ejemplo el apoyo político brindado por la Cámara Representantes de los Estados Unidos en el año 2007 mediante la resolución emitida por esta corporación. Esto ayudó a visibilizar el problema del despla-
132
zamiento forzado, impulsando un incremento en los fondos destinados por el gobierno de los estados Unidos a la atención de población desplazada en Colombia. También es importante mencionar otras resoluciones que resaltan la importancia del papel de la Corte Constitucional y sus órdenes número 004, 005 y 009. Los países donantes -como los Estados Unidos y otros- deberían consultar con las organizaciones de desplazados internos para asegurar que su apoyo para los desplazados sea efectivo y pueda generar cambios reales en la vida de esta población. Si no se buscan soluciones efectivas al desplazamiento interno, el desbordamiento de la crisis humanitaria solo seguirá aumentando, con efectos nefastos para los países fronterizos y países de destino de los programas de reasentamiento solidario. Es necesario que se respete el derecho al refugio, pero el apoyo a los refugiados no tendría que restarle atención a las soluciones duraderas para el desplazamiento interno. Las dos situaciones de protección están estrechamente relacionadas entre sí.
Conferencia Regional Humanitaria sobre la protección de personas desplazadas y refugiadas: Seguimiento a la Declaración y al Plan de Acción de México
7.3. Patrones Generales del Desplazamiento Forzado en el 2009.
Sebastián Albuja60
Buenos días a todos, representantes de los Estados, organizaciones de la sociedad civil, desplazados y refugiados aquí presentes, Comisión Inter-Americana de Derechos Humanos, organizaciones internacionales. Quiero comenzar agradeciendo a las organizaciones convocantes por habernos invitado a participar en este panel y felicitándoles por haber organizado esta conferencia. El Internal Displacement Monitoring Centre (IDMC) hace seguimiento a las situaciones de desplazamiento interno a nivel global. Para este efecto, publica informes periódicos y un informe anual sobre desplazamiento (Titulado Global Overview), del cual tengo algunas copias aquí para distribución. Sobre la base de este seguimiento hecho por IDMC, voy a presentar algunos patrones generales de desplazamiento en el año 2009 que son relevantes. En primer lugar, nuestro último informe reporta una cifra de 27.1 millones de personas desplazadas en el mundo para el año 2009, distribuidas en 54 países. Más de la mitad de los desplazados del mundo están en cinco países: Sudan, Colombia, Iraq, República Democrática del Congo y Somalia. En el año 2009 aproximadamente 23 países presentaron nuevos eventos de desplazamiento forzado y se registraron al menos 34 países con situaciones de desplazamiento prolongado. De otro lado, aproximadamente 16 países han adoptado legislación nacional que se refiere al desplazamiento forzado, incluyendo en nuestra región a Guatemala, Perú y, obviamente, Colombia. En las Américas, tal y como dijeron algunos panelistas ayer, existen situaciones de desplazamiento forzado causado por conflictos armados y otras formas de violencia, por desastres naturales y por proyectos de desarrollo—todas estas causas incluidas en los Principios Rectores de los Desplazamientos Internos. A continuación presentaré una síntesis de los desplazamientos generados por los dos primeros factores, pues IDMC no se enfoca en el último. Existe en la región desplazamiento causado por situaciones de conflictos armados que han concluido, y por situaciones que continúan. La Tabla 2 muestra la situación de desplazamiento forzado por país en términos de magnitud, diferenciando entre los sistemas de registro oficial y los sistemas alternativos. 60 Delegado del Internal Displacement Monitoring Centre (IDMC), Observatorio del Desplazamiento Interno. Centro creado por el Consejo Noruego para los Refugiados a petición de la Organización de Naciones Unidas en 1998, el mismo año en que se aprobaron Los Principios Rectores de los Desplazamientos Internos (más conocidos como Principios Deng).
134
Tabla 2. Número de desplazados en el continente americano por país y según fuente de información, a diciembre de 200961. País Colombia Guatemala
México
Perú
Número aprox. Cifras Otras cifras desplazados Gobierno 3.3 a 4.9 3.3 a diciembre 4.9 a diciembre millones 2009 2009 (CODHES) Indeterminado n/a n/a
5.000 a 8.000
n/a
Centro Fray Bartolomé (2007)
150.000
MIMDES, 2007
Mayo n/a
Comentarios Cifras acumuladas No se sabe si han alcanzado soluciones duraderas Figuras no incluyen desplazamineto carteles drogas
En Colombia hay entre 3.3 millones y 4.9 millones de desplazados internos, según el Gobierno y la ONG Consultoría para los Derechos Humanos y el Desplazamiento (CODHES) respectivamente. Estas son cifras acumuladas. En Guatemala, el conflicto armado terminó hace más de una década y, sin embargo, seguimos incluyendo a Guatemala en el Informe Global, porque no es claro si los desplazados alcanzaron soluciones duraderas y porque no ha habido ejercicios de caracterización. Quiero llamar la atención sobre el Marco para Soluciones Duraderas al desplazamiento interno del Comité Inter Agencial de Naciones Unidas. Es un referente importante, porque los Principios Rectores de los Desplazamientos Internos, a diferencia de la Convención sobre refugio -que tiene una cláusula de cesación- no indican cuándo termina el desplazamiento. Tal y como ha dicho el Representante Especial de Naciones Unidas para los Derechos Humanos de las personas internamente desplazadas, Walter Kälin, quien acaba de terminar su mandato, esta no es una limitación de los Principios Rectores de los Desplazamientos Internos. Simplemente no es posible hacer esa determinación de cesación de la condición de desplazado, porque el desplazamiento no es un status legal. Ayer hubo preguntas sobre este tema, tal vez un tema importante a discutir en la Mesa de Trabajo sobre Desplazamiento. En México, de igual manera, el levantamiento de Chiapas, como mencionó la representante del gobierno mexicano ayer, concluyó en 1994, pero persiste desplazamiento en los estados de Chiapas, Oaxaca y Guerrero. El Centro de Derechos Humanos Fray Bartolomé de las Casas, reportó en el año 2007, entre 5 mil y 8 mil desplazados. 61 De acuerdo con el reporte del IDMC para el año 2010, la cifra de desplazados a nivel global es de 27, 5 millones y aproximadamente 3 millones de personas fueron desplazadas por conflicto armado y violencia socio política en ese año. Colombia y Sudán tuvieron la población desplazada más numerosa seguidos de Iraq, República Democrática del Congo, Somalia y Pakistán. Ver: IDMC (2010) Internal Displacement: Global Overview of Trends and Developments in 2010. Ginebra: IDMC (Nota de la editora)
Conferencia Regional Humanitaria sobre la protección de personas desplazadas y refugiadas: Seguimiento a la Declaración y al Plan de Acción de México
La situación en Perú ha sido discutida ayer ampliamente por parte de la persona representante del Ministerio de la Mujer y el Desarrollo Social (MIMDES) y representantes de la sociedad civil. El Ministerio de la Mujer y el Desarrollo Social (MIMDES) ha dicho que quedan alrededor de 150 mil desplazados en el Perú por el conflicto que terminó hace ya diez años. Hemos observado que la inclusión de los desplazados en el registro para reparaciones es muy lenta: cuando nosotros publicamos el último informe sobre Perú el año pasado, sólo habían sido incluidos 5 mil desplazados. Adicionalmente, además de Colombia, existen situaciones que generan nuevos desplazamientos en la región. Se ha reportado desplazamiento interno en Venezuela, Panamá y Ecuador, causado por presencia de grupos armados ilegales relacionados al conflicto Colombiano. El IDMC ha mirado sólo el último caso, para el cual proporcionaron información muchos de los aquí presentes, y encontró que existen modalidades sistemáticas de desplazamiento forzado, sobre todo en las provincias de la frontera norte de Ecuador con Colombia, Esmeraldas y Sucumbíos. Se presentan otras formas de violencia, es decir, no conflicto armado en sus formas tradicionales. En México se han reportado hasta 200mil desplazados por la guerra entre los carteles de la droga, particularmente en los Estados de Baja California, Chihuahua, Tamaulipas y Nuevo León. Esta situación es preocupante y va a ser objeto de un informe del IDMC en los próximos meses. En esta misma categoría se encuentran otras formas de crimen organizado, tales como las “maras” o pandillas en Centroamérica, cuyas acciones causan desplazamiento y también refugio (lo último se sabe por las solicitudes de refugio que se han hecho por esta causa). De otro lado, se encuentran los desplazamientos forzados por desastres naturales, algo que fue mencionado ayer. En el año 2009, el IDMC hizo junto con la Oficina de Naciones Unidas para la Coordinación de Asuntos Humanitarios (OCHA), un estudio sobre desplazamiento causado por desastres naturales, en el contexto del cambio climático. Este estudio encontró que 36 millones de personas fueron desplazadas por riesgos naturales en el mundo durante el año 2008 y 20 millones de ellos por desastres naturales asociados al cambio climático (sobre todo inundaciones y tormentas tropicales.) Esta cifra total en 2008 alcanzó niveles similares a los de los desplazamientos por conflicto armado, que fue de 42 millones (incluyendo a 26 millones de desplazados internos y 16 millones de refugiados). Si examinamos la situación por región y nos enfocamos en las Américas, encontramos que hubo 3.8 millones de desplazados por desastres naturales en el año 2008 en el continente americano y que Asia fue la región más afectada (Ver Gráfico 1).
136
Total de desplazados y evacuados Total de desplazados y evacuados
Gráfico 1. Número de desplazados internos y personas evacuadas por eventos súbitos y desastres naturales, según región. 35000000
31.397.358
30000000 25000000 20000000 15000000 35000000
31.397.358
10000000 30000000 3.855.124
5000000 25000000 697.066 0 20000000
África
36.590 Americas
Asia
76.705
Europa
Oceanía
REGIONES
15000000
15000000
Gráfico 2. Número de desplazados11.454.137 internos y personas evacuadas según tipo de desastre reportado 10000000
8.246.523
20000000
5000000
15.699.180
11.454.137
24.250
31.281 Deslave mojado
508.241
Deslave seco
15000000 46.000
53.231
5000000
508.241
TIPO DE DESASTRE 24.250 31.281
46.000
Incendio forestal
8.246.523
Erupción Volcánica
Tormenta
Inundación
Temperatura extrema
10000000
Terremotos
0
53.231 Incendio forestal
Erupción Volcánica
Tormenta
Deslave mojado
Deslave seco
Inundación
Temperatura extrema
0 Terremotos
Total de desplazados y evacuados Total de desplazados y evacuados
10000000 Al examinar el número de desplazados según el tipo de desastre (Gráfico 2) encontramos 3.855.124 que5000000 la primera barra de izquierda a derecha es la más alta y refleja el número de despla697.066 36.590barra de izquierda 76.705 zados por terremotos, causando alrededor de 16 millones. La tercera a 20000000 0 derecha representaÁfrica el número de Americas desplazados porAsia inundaciones,Europa fenómeno que ha desOceanía 15.699.180 plazado alrededor de 11 millones de personas. REGIONES
TIPO DE DESASTRE
Conferencia Regional Humanitaria sobre la protección de personas desplazadas y refugiadas: Seguimiento a la Declaración y al Plan de Acción de México
Aquí es importante señalar que cada año puede variar en forma significativa. Durante el año 2008 ocurrió el terremoto en Sichuán en China. Pero si excluimos ese desastre en particular, las inundaciones serían la causa más importante de desplazamiento. Así mismo, en el año 2010, eventos como el terremoto de Haití y las inundaciones en Pakistán, van a tener un alto impacto en estos indicadores. En esta presentación hemos mirado patrones generales y cifras. Las cifras son sólo un medio para comprender la magnitud del fenómeno. Pero más allá del fenómeno en abstracto, lo importante es la protección de las personas desplazadas y su situación. La respuesta al desplazamiento interno, independientemente de la causa, debe garantizar los derechos humanos de los desplazados, como indican los Principios Rectores de los Desplazamientos Internos. Finalmente, para más información sobre el desplazamiento a nivel global y en la región, pueden visitar nuestra base de datos sobre desplazamiento.
138
7.4. El desplazamiento forzado interno en Colombia: retos y coyuntura actual.
Marco Romero62
La experiencia colombiana en el tema de la guerra muestra que hemos tenido muchas guerras pero es poca la experiencia en procesos de paz. Como efecto de estas guerras internas, el fenómeno del desplazamiento forzado no sólo es una constante histórica, sino que su magnitud es grande. Por ejemplo, la guerra partidista interna de los años cincuenta género más muertes que la revolución mexicana. Es importante resaltar que en Colombia se ha reconocido socialmente que presenciamos un conflicto armado interno y que está vigente; así como la intención de la sociedad civil y de la Iglesia Católica por visibilizar la situación y las responsabilidades del Estado frente a las consecuencias de la guerra. Sin embargo, la sociedad colombiana no sabe que es el desplazamiento forzado, aunque a estas personas se les ve diariamente, algunos sectores –la mayoría- considera que el desplazado es aquel que viene a quietarle el empleo. De otro lado, tenemos un Estado de derecho extremadamente formalista y la realización efectiva de derechos siempre se queda pendiente para cuando la economía lo permita, no hay un goce efectivo de los derechos. Aunque ya hubo una producción de leyes en temas de desplazamiento forzado interno en Colombia, no hay cumplimiento en los derechos de los desplazados, por lo cual la Corte Constitucional decidió reconocer que el Estado tiene normas adecuadas pero que no existe voluntad política para aplicarlas. En consecuencia, la Corte Constitucional hace exigencias y emite órdenes de seguimiento a la política pública que debe ser ejecutada por el Estado colombiano. Aunque ha habido avances en algunos campos como en la salud y en la educación, el estado colombiano no ha podido prestar una adecuada atención a la población desplazada. Las cifras y estadísticas de la Comisión de Seguimiento a la Sentencia de la Corte Constitucional Colombiana sobre Desplazamiento Forzado (ST025 de 2004) muestran que antes del desplazamiento el 50% de esta población se encontraba bajo la línea de pobreza en las zonas rurales y después del desplazamiento forzado aproximadamente el 95% de esta población se encuentra en condiciones de extrema pobreza. 62 Director de la Consultoría para los Derechos Humanos y el Desplazamiento (CODHES).
Conferencia Regional Humanitaria sobre la protección de personas desplazadas y refugiadas: Seguimiento a la Declaración y al Plan de Acción de México
La Corte Constitucional ha visibilizado la incompetencia del Estado para resolver las agendas sociales y, en respuesta, el estado colombiano ha acusado a la Corte Constitucional de ser parte de la oposición y califica sus acciones como ataques al Estado. Por último, es necesario señalar que el desplazamiento forzado no puede ser solo un tema de las agencias humanitarias, sino de la sociedad en general. La Comisión de Seguimiento a la Sentencia T-025 de 2004 ha entregado más de 20 informes sobre el estado de la población desplazada y sobre la forma en que el Estado ha atendido a esta población, así como sobre y los avances en materia de política pública. Como sociedad civil valoramos la intención del Estado de avanzar en le tema de restitución de tierras y reparación integral.
140
7.5. Representantes de asociaciones de población desplazada
Rosaliano Riascos63
Quiero agradecer el apoyo de CODHES a la población desplazada y resaltar que uno de los principales problemas que enfrenta la población desplazada en Colombia es la seguridad para los líderes afros, mujeres e indígenas. En Colombia la población desplazada elaboró un documento que recoge siete capítulos en donde se plantea como evaluar el riesgo de los líderes sociales y defensores de derechos humanos, con recomendaciones para el gobierno nacional. Al respecto, es necesario mencionar que el gobierno emitió recientemente un decreto que afecta gravemente las condiciones de seguridad a los líderes y defensores de derechos humanos64. Desde mayo de 2010 han sido asesinados mas 100 líderes, la guerra en Colombia continúa, sólo que ya no se cometen masacres sino asesinatos selectivos, tomas de los territorios colectivos de las minorías étnicas. Juan Edgardo Paí65 El pueblo Awá durante los últimos cinco años ha sido víctima del desplazamiento forzado, las masacres (han sido constantes) y, sin embargo, la atención a las víctimas por parte del gobierno nacional ha sido mínimo. Es mentira que el gobierno haya atendido integralmente al pueblo Awá, pues nos ha llevado a la mendicidad. Llevamos dos años discutiendo con el Estado sobre el plan de salvaguarda para los pueblos indígenas en Colombia, a pesar de estar mencionado en el Auto Número 004 de la Corte Constitucional66. Existen refugiados del pueblo Awá en diferentes provincias que han huido de la violencia en Colombia. A pesar de las propuestas entregadas al gobierno por parte de nuestra organización, no han sido restablecidos los derechos de nuestro pueblo, ya que el gobierno no ha tenido la voluntad de hacerlo. 63 Delegado de la Asociación Nacional de Afrocolombianos Desplazados (AFRODES). 64 Se refiere al decreto 1740 que reglamenta los esquemas de Protección para quienes defienden los derechos humanos en Colombia y se encuentran bajo amenaza. Actualmente, las organizaciones sociales y de derechos humanos y el Gobierno Nacional se encuentran en un proceso de negociación que incluye este punto y otros relacionados con las garantías para la defensa de los derechos humanos, en la Mesa Nacional de Garantias De acuerdo con información de la Campaña “Por el Derecho a defender los Derechos Humanos en Colombia”, durante los 3 primeros meses de 2011, aproximadamente 9 defensores y líderes sociales fueron asesinados, 68 amenazados y 4 desaparecidos, casi 100 defensores de derechos humanos fueron agredidos entre enero y marzo de 2011. Ver informe completo en http://www.colombiadefensores.org/noticias/item.asp?n=12571 (Nota de la editora). 65 Delegado de la Unidad Nacional del Pueblo Awá UNIPA, Colombia 66 En dicho Auto u orden, la Corte Constitucional requiere al gobierno nacional para que adelante planes de salvaguarda que ayuden a prevenir y atender el desplazamiento forzado de pueblos indígenas en peligro de extinción por efectos del conflicto armado interno y de otros factores estructurales (Nota de la editora).
Conferencia Regional Humanitaria sobre la protección de personas desplazadas y refugiadas: Seguimiento a la Declaración y al Plan de Acción de México
Al contrario, las amenazas a los líderes y persecuciones han sido constantes. Es importante aclarar que en Colombia hay diferentes actores ilegales que actúan en nuestros territorios, pero el gobierno no los persigue a todos por igual. A unos los acompañan, como si ellos no cometieran daños. Por otra parte, es necesario señalar que ya no se presentan masacres sino asesinatos selectivos, ya no se utilizan armas de fuego sino armas blancas. En el año 2009 nuestro pueblo ha tenido dos desplazamientos masivos, con más 800 personas desplazadas. En el marco de la atención, hemos recibo granos de arroz y lentejas, esa es la única ayuda de emergencia que se recibe, la cual es insuficiente. Por último, quiero advertir que estos factores y circunstancias están exterminando física y culturalmente al pueblo Awá. En Colombia no hay voluntad política del gobierno actual ni del anterior para enfrentar esta situación de forma coherente. Rufina Rivera67 Se registran desplazamientos forzados desde 1980 hasta el año 2000, cuando empieza la violencia política en Perú, el desplazamiento masivo comienza en 1983, no ha sido directamente a las ciudades. La población desplazada en Perú ha sido víctima de discriminación por ser provenientes de las comunidades campesinas y amazónicas. En las circunstancias que acompañaron el desplazamiento forzado, las principales víctimas eran mujeres, no había acompañamiento de las parejas hombre porque éstos eran encarcelados o asesinados. Es por eso que las mujeres se han organizado para poder salir adelante. En el año 1985 muchos de los desplazados se ubican en Lima. No comprendían porque tenían que salir de su tierra, sin saber cómo afrontar la vida en las ciudades, porque es muy difícil ajustarse a una nueva sociedad. En el año 1998 llega a Perú el Relator de Naciones Unidas para los Desplazados Internos, Francis Deng, y este hecho ayuda a promover la instalación de la Comisión de la Verdad para esclarecer los hechos, responsables, estructuras y víctimas del desplazamiento forzado en el Perú. En nuestro país hay un promedio de 650.mil desplazados en la gran Lima. En este momento la población desplazada está peor que cuando llegó a la ciudad, porque no tienen acceso al trabajo, los jóvenes no han podido estudiar, no basta con la atención que el MINDES les da porque existen múltiples necesidades desatendidas. Además, no hay un registro único para la población desplazada ni se sabe a ciencia cierta cuáles son las necesidades de esta población. Las instituciones del Estado carecen del conocimiento adecuado para atender a la población desplazada. Las asociaciones de desplazados entregamos en octubre de este año una propuesta al gobierno peruano sobre cómo debería ser la atención integral a la población desplazada, en ella instamos a los partidos políticos a incluir en sus agendas de gobierno la problemática del desplazamiento. Por último, la población desplazada por el conflicto armado no quiere seguir siendo excluida de las políticas de gobierno. 67 Delegada de la Asociación de Familias Desplazadas (ASFADES) en Lima, Perú
142
7.6. Propuesta de Declaración de la Sociedad Civil sobre Desplazamiento Forzado Interno a la Conferencia Regional Humanitaria El desplazamiento interno ha sido un reto histórico que continúa ocurriendo en la región de las Américas. Los conflictos internos ahora superados en México, Guatemala, El Salvador y Perú, produjeron altas cifras de desplazamiento forzoso. A pesar de que estos conflictos terminaron hace mucho tiempo, gran parte de los desplazados hasta hoy no han encontrado soluciones duraderas que garanticen una vida digna y, en algunos casos, no han sido reparados integralmente por las pérdidas que han sufrido. Muchos de ellos siguen en una situación de vulnerabilidad derivada del desplazamiento forzado. Actualmente, Colombia es el país más afectado con nuevos desplazamientos internos, lo cual es una manifestación de la aguda crisis humanitaria y de derechos humanos en el país. No obstante esfuerzos del gobierno nacional, la Corte Constitucional de Colombia declaró en enero del 2004 la sentencia T-025. Dicha sentencia define que Colombia se encuentra en una situación inconstitucional en término de falta de protección por parte del Estado de los derechos de los desplazados. Hasta la fecha, la Corte Constitucional considera que no se ha superado dicho estado. Se debe destacar que el desplazamiento interno afecta de forma desproporcionada a mujeres y niños y ha tenido un impacto muy grave para las comunidades indígenas e afrocolombianas. Adicionalmente, hay nuevos desplazamientos internos en la región debido a las dinámicas de violencia generalizada, asociadas a actividades ilegales y la presencia del crimen organizado. También a los efectos indiscriminados de los esfuerzos adelantados por las fuerzas armadas del Estado para combatir dicha ilegalidad y a la implementación de políticas anti-narcóticos. Las regiones más afectadas incluyen México, Centro América y las zonas fronterizas con Colombia. Es evidente el desbordamiento del conflicto interno colombiano sobre todo a los países fronterizos, particularmente Ecuador y Venezuela. Uno de los impactos del deterioro de la seguridad humana, de los señalamientos por parte de distintos sectores y actores armados hacia poblaciones nacionales y de las sistemáticas violaciones de derechos humanos en dichas fronteras, es el desplazamiento forzado de refugiados colombianos y el desplazamiento interno de ecuatorianos y venezolanos residentes en esas zonas. Conferencia Regional Humanitaria sobre la protección de personas desplazadas y refugiadas: Seguimiento a la Declaración y al Plan de Acción de México
El incremento de la frecuencia e intensidad de riesgos y desastres naturales en toda la región también produce desplazamientos internos. Estos incluyen inundaciones causadas por estaciones lluviosas, deslaves, terremotos, erupciones volcánicas, entre otros. Dichos fenómenos requieren políticas de planeación de reducción de riesgo, respuestas contundentes basadas en proteger los derechos humanos de los afectados y un énfasis en los grupos más vulnerables, tales como indígenas, mujeres cabeza de hogar, niños, niñas, adolescentes, discapacitados y minorías étnicas. Otro factor que causa desplazamiento forzado tiene que ver con los efectos indiscriminados de los proyectos de desarrollo a gran escala, implementados sin considerar el derecho a la consulta previa de comunidades indígenas directamente afectadas y sin buscar alternativas de extracción de recursos que minimicen el impacto social, cultural y económico sobre las comunidades. Algunos ejemplos incluyen la construcción de represas hidroeléctricas, monocultivos agrícolas de larga escala y la extracción masiva de recursos naturales con impactos ambientales y socio económicamente insostenibles en las poblaciones locales. Para responder de forma adecuada a los derechos y necesidades de las personas afectadas por dichos desplazamientos internos y garantizar soluciones duraderas para los mismos,-solicitamos a los estados de la región considerar lo siguiente: 1. Considerar como guía principal de sus políticas y acciones los Principios Rectores de los Desplazamientos Internos de la Organización de las Naciones Unidas, los cuales sirven como el marco global de protección y asistencia de los desplazados internos. Dichos principios indican cómo realizar esfuerzos de protección y asistencia durante las tres fases—prevención de desplazamiento, protección y asistencia- durante el desplazamiento y en los procesos de retorno, reubicación o integración local de los desplazados. 2. Adoptar legislaciones internas y planes de respuesta institucionales, sobre la base de dichos principios rectores y otras herramientas como el Marco para la Responsabilidad Nacional, el Marco para las Soluciones Duraderas y la Guía Operativa para la Protección en Desastres Naturales, entre otros. 3. Incluir iniciativas y programas del marco normativo nacional, con el fin de prevenir el desplazamiento y minimizar sus efectos. Como parte de la estrategia gubernamental deberían desarrollar campañas de sensibilización nacional y caracterizar las condiciones y necesidades de la población desplazada. Desarrollar políticas públicas que garanticen los derechos humanos y la asistencia humanitaria de los desplazados. Para obtener políticas exitosas es fundamental la participación de los desplazados en la elaboración e implementación de dichas políticas. 4. Priorizar los recursos necesarios para restablecer los derechos fundamentales de las personas desplazadas en sus presupuestos nacionales y locales. Se requieren compromisos financieros adecuados, la capacidad institucional y personal competente y
144
el establecimiento de mecanismos de corresponsabilidad y de coordinación de las instancias gubernamentales nacionales y locales. 5. Solicitar la contribución de asistencia técnica y financiera de otros gobiernos, agencias internacionales, sociedad civil y otras entidades que han desarrollado conocimiento específico en el tema de desplazados internos. En particular, países con experiencia en el diseño e implementación de respuestas a los desplazados, quienes deberían compartir e intercambiar experiencias legislativas y lecciones aprendidas exitosas con otros países en la región.
Conferencia Regional Humanitaria sobre la protección de personas desplazadas y refugiadas: Seguimiento a la Declaración y al Plan de Acción de México
146
Octava parte Conclusiones de las mesas de trabajo Conferencia Regional Humanitaria sobre la protección de personas desplazadas y refugiadas: Seguimiento a la Declaración y al Plan de Acción de México
148
8.1. Mesa de Trabajo 1: Desplazamiento Forzado
Moderador: Monseñor Héctor Fabio Henao68 Relatora: Zully Laverde69
Se presentan a continuación las principales recomendaciones y propuestas que resultaron de esta Mesa: 1. Es necesario que los Estados de la región realicen una caracterización de la situación de desplazamiento interno en sus países, haciendo una nueva valoración de causas, efectos y riesgos para toda la sociedad. 2. Que los Estados asuman como prioritario, el trabajo de prevención del desplazamiento forzado y que este trabajo se articule a los planes de desarrollo de los países de origen. 3. En el marco del seguimiento a la Declaración y Plan de Acción de México Para Fortalecer la Protección Internacional de los Refugiados en América Latina, que se integre una aplicación de los Principios Rectores de los Desplazamientos Internos en la legislación interna. Esto incluye reconocer nuevas causas y consecuencias del desplazamiento forzado en la región, entre las cuales están los relacionados con nuevas manifestaciones de la violencia política, grandes proyectos económicos y la acción de organizaciones criminales en la región. 4. La situación de irregularidad de numerosas personas en la región, genera condiciones de vulnerabilidad; para superarla se requiere un plan de regularización por parte de los Estados. 5. Que los Estados incluyan en la agenda pública el tema del desplazamiento forzado con un enfoque de derechos y de inclusión social de las poblaciones afectadas. 6. Es urgente crear o fortalecer las instituciones de protección a población desplazada. 7. Es urgente que los Estados adopten, como prioridad, políticas de prevención del desplazamiento forzado y que las políticas estén articuladas con los planes de desarrollo 8. Que se asuman los principios de verdad, justicia, reparación y garantías de no repetición en la respuesta del Estado a las poblaciones victimas del desplazamiento forzado. 9. Que se creen políticas públicas de reparación integral a población víctima del desplazamiento, con enfoque diferencial, que tenga en cuenta las consecuencias e impactos del desplazamiento en cada uno de los sectores sociales afectados. 10. Que el Estado asuma la política de reparación bajo la perspectiva de responsabilidad, involucrando los entes regionales, nacionales y locales. Que no se confundan la ayuda humanitaria con la reparación integral. 68 Director del Secretariado Nacional de Pastoral Social de la Conferencia Episcopal Colombiana. 69 Representante de la Consultoría para los Derechos Humanos y el Desplazamiento (CODHES) en Ecuador.
Conferencia Regional Humanitaria sobre la protección de personas desplazadas y refugiadas: Seguimiento a la Declaración y al Plan de Acción de México
11. Que los Estados definan los conceptos y las políticas frente a población desplazada interna y refugiada 12. Que los retornos se hagan respetando los términos de seguridad, dignidad y voluntariedad. 13. Que los Estados tengan en cuenta las especificidades de procedencia y profundicen en el conocimiento de la realidad del país de origen, sensibilizando a los funcionarios frente a esas causas, en el tratamiento de población desplazada transfronteriza y población solicitante de refugio. 14. Asegurar la participación efectiva de las comunidades desplazadas en las políticas públicas. 15. Priorizar los recursos necesarios para el restablecimiento de derechos de esta población. 16. Solicitar el acompañamiento de la comunidad internacional, así como su asistencia técnica y financiera para encontrar soluciones al problema del desplazamiento. Instar a que se creen mecanismos y marcos normativos regionales vinculantes sobre el tema de desplazamiento, y que distintos organismos regionales como la Unión de Naciones Suramericanas (UNASUR), integren en sus agendas el tema de desplazamiento. 17. Que esta conferencia se convierta en un mecanismo de seguimiento más permanente y que articule los diferentes trabajos en la región, integrando la participación de gobiernos, academia, Iglesias, organizaciones no gubernamentales y personas refugiadas y desplazadas. 18. Que los Estados penalicen el desplazamiento forzado. 19. La Conferencia Regional Humanitaria llama la atención sobre la grave situación de Haití, donde prácticamente toda la población está en condiciones de desplazamiento forzado. 20. La Conferencia Regional Humanitaria llama la atención sobre la crisis de derechos humanos que se vive en Colombia por el desplazamiento forzado y el impacto regional de la misma. 21. Reconocemos como buenas prácticas las legislaciones existentes en Colombia y Perú sobre desplazamiento forzado y el aporte muy decidido de la Corte Constitucional colombiana para que esas medidas sean llevadas a la práctica. 22. La Comisión de sociedad civil que hace seguimiento a la política pública sobre desplazamiento forzado en Colombia, es una buena práctica que integra diferentes actores. 23. Se recomienda fortalecer los mecanismos fronterizos existentes de sociedad civil y de Estados, y en particular el trabajo común de las Defensorías del Pueblo para la protección de personas desplazadas, en el desarrollo de programas como Fronteras Solidarias 24. En el caso de desplazamientos arbitrarios, los cuales están prohibidos en el mundo, se recomienda que estos sean tipificados a nivel mundial. 25. Es necesario el seguimiento periódico a las conclusiones de esta Conferencia Regional Humanitaria.
150
8.2. Mesa de Trabajo 2: Fortalecimiento Institucional
Moderadora: Ariela Peralta70 Relatora: Karin Eder71
1. En investigación y desarrollo doctrinal Avances en las Universidades: • Se evalúan de una manera positiva los avances en la Cátedra de Derechos Humanos, Derecho Internacional Humanitario y sobre la protección internacional de la población refugiada. • Se resalta una experiencia de la Universidad Católica de Sao Paulo, Brasil, donde se ha creado una cátedra para poder involucrar a las personas en la discusión sobre el trabajo en materia de refugio. Existe una red de universidades a través de un convenio con el ACNUR, para promover el desarrollo de doctrina sobre el tema de Derecho Internacional de los Refugiados. Además, se fortaleció la recepción de población refugiada en la universidad para que tengan acceso a la educación superior. En la sociedad civil: • En Colombia, se fortalece el trabajo con la población desplazada a través de asesoría a organizaciones regionales en el área de fortalecimiento organizacional. • Se reconocen los avances con respecto a la implementación de la Declaración y Plan de Acción de México Para Fortalecer la Protección Internacional de los Refugiados en América Latina, principalmente la inclusión del papel fundamental que ejerce la sociedad civil, la necesidad de visibilizar la posición de los refugiados y el papel de estas personas como afectadas y beneficiarias de las acciones que se adelanten. En el campo de la investigación: • Se subrayó la importancia de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), órgano de protección de los derechos humanos en la región. A través de la promoción de estudios sobre los estándares internacionales de protección de los derechos de población desplazada y refugiada, así como de sus informe temáticos sobre el seguimiento a la aplicación de normas en este campo, esta instancia está jugando un papel importante en la veeduría del cumplimento de derechos humanos en la región. La CIDH debería realizar un estudio especializado sobre el tema de desplazamiento y refugio. 70 Delegada del Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) 71 Delegada del Consejo Noruego para los Refugiados (CNR)
Conferencia Regional Humanitaria sobre la protección de personas desplazadas y refugiadas: Seguimiento a la Declaración y al Plan de Acción de México
• Además, la CIDH ha contribuido a fortalecer la función de múltiples organizaciones de la sociedad civil, con el apoyo de la cooperación internacional y el sector académico, levantando datos actualizados sobre violaciones de derechos humanos y sobre la situación de población desplazada y refugiada. • Es necesaria la socialización de los resultados de estudios con la población desplazada y refugiada, con el fin de fortalecer la apropiación y conocer rutas para el seguimiento desde la población afectada. • Se recomienda que, con base en los resultados de las investigaciones, se conformen mesas de expertos para la discusión sobre políticas públicas (por ejemplo, en temas s como salud, vivienda, infraestructura), con el fin de avanzar en el campo de la incidencia política. • Es importante visibilizar situaciones específicas como el caso de la población desplazada en el Perú. Es fundamental visibilizar la existencia de violencia política en Perú, ahora focalizada en ciertas áreas del país, y la situación de los desplazados en general. Además, es importante la necesidad de visibilizar la situación de los desplazados por proyectos extractivos y de multinacionales. Es necesario implementar un mecanismo de reparación que de vida a la ley de reparaciones ya existente en el Perú. Es alarmante la situación de derechos humanos de población desplazada (la mayoría no tiene acceso al derecho a la salud ni a la educación). • Es fundamental visibilizar la situación que vive la población desplazada en Colombia, en particular el pueblo indígena Awá. En este territorio indígena se reportan masacres, desplazamientos y constantes amenazas a la población indígena. Aunque existe un plan de restablecimiento, ninguna de las instituciones asume responsabilidad sobre el tema. No existen soluciones ni compromiso institucional con la población desplazada y, en especial, con la población indígena Se ha construido un plan de salvaguarda para el pueblo indígena, pero no existe voluntad de continuar e implementar este plan por parte del gobierno nacional. Falta voluntad de parte del gobierno para garantizar los derechos de los pueblos indígenas en Colombia. Es necesario también analizar el tipo de cooperación que se hace en el país. El plan Colombia financia la militarización de los territorios, la cooperación se concentra en lo militar y no en la dimensión social del problema. Se resalta la necesidad de fortalecer mecanismos que permitan la participación de población desplazada en el diseño de políticas públicas de planificación y ordenamiento territorial (por ejemplo, el Plan de Ordenamiento Territorial)
2. En el marco legal: • Se señala que en muchos países hay avances en el marco legal pero en su cumplimiento hay deficiencias. • La propuesta de la mesa es enriquecer el marco normativo actual con base en realidades nuevas en la región, por ejemplo los flujos mixtos y los flujos inter continentales. Se subrayó la importancia de incorporar un enfoque diferencial.
152
• Es indispensable armonizar el marco normativo interno de cada país con los estándares internacionales. • Es necesario un proceso de regularización real para personas en necesidad de protección internacional y analizar la opción de otro tipo de visas, en caso que no aplique el status de refugio. • Es necesario aplicar un sistema de protección que vaya más allá de la determinación del status (que avance en la garantía de derechos y cumplimiento de las políticas públicas de población desplazada y refugiada). • Aunque en Colombia existe un excelente marco legal y una constitución colombiana protectora de minorías y poblaciones vulnerables, la población desplazada vive en situación de pobreza y crisis humanitaria. La Corte Constitucional en Colombia ha resaltado que los derechos valen solamente si son reales y por lo tanto se ha obligado al Gobierno a medir esto en la práctica. Para esta iniciativa se han creado un sistema de indicadores para evaluar cada derecho. • Los desplazados han aprendido de la Corte Constitucional que no se trata de pedir favores sino de exigir derechos, aunque ningún gobierno ha podido cumplir con estos indicadores. La Corte Constitucional ha expresado que no es válido un argumento financiero para sacrificar la universalidad del acceso a derechos en población desplazada. • Es necesario enriquecer el marco normativo ajustado a las nuevas dinámicas del desplazamiento forzado. • Es necesario hacer seguimiento a la Conferencia de San José sobre movimientos migratorios mixtos. • Es necesario redefinir el rol de la cooperación, apuntando hacia la sensibilización de funcionarios y habitantes de zonas receptoras de población en necesidad de protección internacional, y mantener un mensaje único entre todas las organizaciones.
3. En el sistema legal: • Es necesario fortalecer el sistema legal en los diferentes países para garantizar el acceso a la justicia para población refugiada y solicitante de refugio y a recursos efectivos. • Se identificó la necesidad del desarrollo institucional en clave de derechos humanos. • Es necesario entender el desarrollo institucional en clave de derechos. Debe existir una lógica de derechos, criterios de atención, estándares para el cumplimiento, exigibilidad por parte de la sociedad civil de veeduría en el cumplimiento de derechos. • Se resalta la necesidad de fortalecer los sistemas de protección interna para población afectada la necesidad de crear se creen estándares mínimos sobre acceso a derechos. • Es necesario una legislación adecuada que cree un sistema interno para enfrentar la problemática del refugio en cada país. No hay articulación en las acciones que adelantan las personas afines al tema de refugiados y la población refugiada. • Se identificaron buenas prácticas como: • Las sentencias de la Corte Constitucional de Colombia sobre desplazamiento forzado interno, Conferencia Regional Humanitaria sobre la protección de personas desplazadas y refugiadas: Seguimiento a la Declaración y al Plan de Acción de México
• la creación de estándares mínimos de satisfacción de derechos humanos de la población desplazada interna, • el sistema de indicadores de cumplimiento de derechos para fortalecer políticas públicas acordes con los derechos humanos, • En Panamá es necesaria una reforma legal para articular las redes de protección entre instituciones estatales y ONG´s para garantizar derechos de las personas en necesidad de protección internacional.
4. Sobre las Comisiones Nacionales de Refugio: • Se reconocen avances en algunos países de la región. • Se identifican vacíos en el funcionamiento de las Comisiones Nacionales de Elegibilidad y, por lo tanto, se propone: • Capacitar a funcionarios públicos • Estandarizar los criterios de elegibilidad • Aplicar un enfoque diferencial en la determinación del status de refugiado • Descentralizar las Comisiones de Elegibilidad • Asignar mayores recursos financiaros y humanos a las instituciones encargadas de atender el refugio. • Promover y realizar un intercambio a nivel regional entre las diferentes Comisiones Nacionales de Elegibilidad que incluya: • Intercambio de experiencias, de información y de buenas prácticas. • Unificar procedimientos y criterios. • Consolidación y fortalecimiento de redes. • Fortalecer la formulación de políticas públicas en materia de refugio para incluir el tema de la descentralización de Comisiones Nacionales de Elegibilidad. Se subrayó la necesidad de incorporar el tema del refugio en las agendas de las instancias de planificación nacional. • Reducir el costo procedimental para la obtención de documentos para refugiados y solicitantes de refugio. • Apoyar aún más a las instituciones que llevan el procedimiento de registro desde las organizaciones de la sociedad civil y organismos internacionales como el ACNUR. • Fortalecer la capacidad de registro y atención de personas en el país. En Ecuador existen falencias dentro del registro y el proceso de reconocimiento del refugio en general. Existe un cuerpo legal que no incluye los avances legales a nivel internacional. Es necesario profundizar en el conocimiento sobre el tema de refugio a nivel de autoridades institucionales con el fin de alcanzar niveles óptimos de acceso a los servicios públicos; sobre todo en temas financieros y seguridad social en general. Existe discriminación hacia los refugiados en estas áreas. • En Panamá es necesario agilizar el procedimiento para obtenerla documentación. Existen deficiencias en el sistema de determinación del status de refugio que es necesario superar.
154
• En el caso de Chile, se recomienda no separar el tema de refugio del tema de derechos humanos. Se resalta además la necesidad de conformar equipos multidisciplinares para la determinación del status de refugio. • En Costa Rica se identifica la necesidad de medidas específicas para personas en necesidad de protección, de tal forma que visibilice la problemática del refugio extra regional. Es necesario un registro de información unificado para conocer la identidad y el origen de las personas que requieren refugio. Se logró identificar que estas personas habían recibido asilo o refugio en otros países de la región. • Se recomienda sensibilizar a las instituciones públicas y privadas sobre los derechos de los refugiados, sobre el derecho de la inclusión en los servicios sociales, con el fin de otorgar permisos de trabajo mientras se soluciona el trámite de refugio. Es necesaria la coordinación entre el ACNUR y el Estado para mejorar la situación de los refugiados. • En Argentina existen criterios muy dispares en materia de reconocimiento de refugio al interior de las instituciones, es necesario un análisis de protección efectiva con el fin de compartir información del país de origen y compartir buenas prácticas. Se propone un intercambio de oficiales de elegibilidad.
5. Sobre el papel de otras instancias del gobierno: Gobiernos locales: • Se propone un mayor involucramiento de las instancias de gobierno y de los gobiernos locales, como muestra la experiencia en Ecuador con los municipios grandes, con buenos resultados en el tema de movilidad humana. Es importante trabajar desde los gobiernos locales temas como sistema de atención con enfoque diferenciado de derechos, visibilizar la situación de género, de trata de personas y adelantar acciones para una mayor articulación entre población afectada e instituciones. Defensorías del Pueblo: • Es necesario promover el intercambio entre funcionarios y compartir buenas prácticas. • Instar a que en todos los espacios de diálogo de integración regional, las Defensorías del Pueblo visibilicen el tema del refugio y el desplazamiento. • Fortalecer el tema de refugio a nivel de las Defensorías del Pueblo. • Necesidad de articular redes locales de protección con el liderazgo de las Defensorías del Pueblo, especialmente en asesoría legal permanente a la población en situación de protección internacional. • Adaptar la experiencia brasilera sobre la cátedra universitaria a otras universidades. Defensoría General de la Nación: • Se aceptó la propuesta de la representación de la Defensoría General de la Nación Argentina, de realizar un seminario de transferencia de experiencias y buenas prácticas entre las Defensorías Públicas Oficiales de la Región, en materia de protección de los derechos humanos de las personas refugiadas. Se mencionan antecedentes en otras Conferencia Regional Humanitaria sobre la protección de personas desplazadas y refugiadas: Seguimiento a la Declaración y al Plan de Acción de México
materias con resultados satisfactorios. Las Defensorías Públicas Oficiales se encuentran asociadas a nivel interamericano en la Asociación Interamericana de Defensorías Públicas (AIDEF) y a nivel del MERCOSUR en el Bloque de Defensores Públicos Oficiales (BLODEPEM). En este contexto, se destaca el rol de las Defensorías Públicas Oficiales en cuanto a asegurar el acceso a la justicia y la exigibilidad de los derechos humanos de las personas refugiadas. A su vez, se compartió la iniciativa de la delegación del gobierno argentino de establecer un espacio permanente de intercambio entre los órganos de determinación de la condición de refugiados, con el fin de aunar criterios en materia de estándares, procedimientos, garantías e interpretación de las definiciones de refugiado. En tal sentido, se destaca la experiencia del Foro Especializado Migratorio del MERCOSUR, donde se han desarrollado talleres de intercambio de buenas prácticas y actividades de capacitación de funcionarios encargados de elegibilidad. Es menester fortalecer tales espacios en el marco de la Declaración y Plan de Acción de México Para Fortalecer la Protección Internacional de los Refugiados en América Latina. • Elevar a la Organización de Estados Americanos (OEA) las preocupaciones que existen en el tema de desplazamiento interno y el refugio. • Fortalecer el tema de refugio en los nuevos espacios regionales como Unión de Naciones Suramericana (UNASUR), Alianza Bolivariana para los Pueblos de Nuestra América (ALBA), el Mercado Común del Sur (MECOSUR). Sobre el papel de la sociedad civil: • Prestar servicios de asesoría legal gratuita a la población refugiada y desplazada. • Fortalecer la observancia del cumplimiento de los derechos por parte de los Estados. • Fortalecer la exigibilidad de los derechos de la población desplazada y refugiada. • Socializar la información relacionada con población desplazada y refugiada a través de sus líderes. • Participación de organizaciones desplazadas y refugiadas en la formulación de políticas públicas y exigibilidad de sus derechos.
156
8.3. Mesa de Trabajo 3: Fronteras Solidarias
Moderador: Luis Varese72 Relatora: Marcela Ceballos Medina73
Proponemos incluir en el concepto de fronteras solidarias, a puertos y aeropuertos, ya que el acceso a procedimientos de solicitud de asilo y refugio actualmente en estas regiones es restringida. Esto ayudará a mejorar la respuesta de los Estados a las afluencias y solicitudes de refugio en estas zonas. La seguridad es un asunto que no puede seguir entendiéndose desde un enfoque nacionalista, en las fronteras este concepto implica dinámicas regionales y binacionales que deben ser atendidas de ambos lados y que requieren respuestas en el ámbito regional, así como en múltiples dimensiones de la vida social. Por lo anterior, es necesario que la presencia y fortalecimiento institucional del Estado en las fronteras no estén concentrados exclusivamente en el aspecto militar. Proponemos a los Estados de la región pensar en un tipo de ocupación de la frontera que fortalezca la presencia de un Estado democrático, de tal manera que pueda prestar el acceso irrestricto y no condicionado a los servicios públicos y derechos básicos. Esto implica garantías para atender en igualdad de condiciones a desplazados, refugiados y población receptora. En ese sentido, las políticas y programas de desarrollo fronterizo e integración regional del ámbito nacional, binacional y regional, deben ser prioritarios como mecanismos para alcanzar soluciones duraderas para población desplazada, refugiada o en necesidad de protección internacional que se localiza en estas regiones. Esto implica revertir la tendencia centralista que ha predominado en el diseño e implementación de estas políticas de frontera, así como la voluntad decidida de romper el aislamiento en el que se encuentran estas regiones respecto de la vida social, económica y política. Desde la sociedad civil hacemos un llamado a los Estados, Naciones Unidas y agencias de cooperación, para crear un espacio de confluencia que cuente con la participación de ACNUR, agencias de cooperación internacional, organizaciones de derechos humanos y otras organizaciones de sociedad civil, iglesias y asociaciones de desplazados y refugiados, de tal manera que permita implementar estos acuerdos de solidaridad de la Declaración y Plan de Acción de México Para Fortalecer la Protección Internacional de los Refugiados en América Latina. Esto permitirá cumplir con el propósito de garantizar una 72 Representante adjunto de ACNUR, Ecuador. 73 Representante del Instituto de Estudios Urbanos de la Universidad Nacional de Colombia.
Conferencia Regional Humanitaria sobre la protección de personas desplazadas y refugiadas: Seguimiento a la Declaración y al Plan de Acción de México
vida digna y segura en la frontera. Este espacio debe contar con acuerdos y consensos básicos sobre los objetivos y compromisos en cumplimiento del Plan de Acción de México, así como con mecanismos de concertación binacional para mejorar la protección en estas regiones. Instamos a los gobiernos de los países aquí presentes a adelantar acciones para incorporar el tema de desplazamiento y del refugio en los organismos regionales de integración (Comunidad Andina de Naciones, Unión Suramericana de Naciones, el Mercado común del Sur). Sugerimos darle continuidad a esta Conferencia Regional Humanitaria, de tal forma que existan reuniones periódicas. En este proceso, es necesario que se adelanten acciones para el fortalecimiento de la sociedad civil y de los movimientos sociales como interlocutores y dinamizadores del proceso de implementación de estos acuerdos. Instamos a los Estados a incorporar el enfoque diferencial en las medidas de protección y atención a refugiados. Esto implica identificar respuestas distintas para población indígena, afro descendientes, mujeres de diferentes sectores sociales, niños y niñas, menores no acompañados. Las causas del desplazamiento forzado interno y del refugio deben ser atendidas de forma prioritaria; esto requiere de respuestas en el ámbito regional y binacional con todos los actores. En este sentido, el apoyo regional a una agenda de diálogo y negociación como solución política al conflicto armado interno en Colombia, es parte de la búsqueda de soluciones a las causas estructurales de la migración forzada. Reconocemos que el registro ampliado es un mecanismo de protección que dio resultados positivos en Ecuador. Sin embargo, para que sea posible replicar esta experiencia en otros países, requiere que los Estados acojan una definición ampliada de refugiado, incorporando la Declaración de Cartagena de 1984 sobre los Refugiados en su legislación nacional. El aporte de la sociedad civil en el diseño e implementación de mecanismos de protección a población en riesgo o situación de desplazamiento interno y refugiada, es mantener las acciones de monitoreo y sugerir recomendaciones, pero eso depende del acceso a las regiones fronterizas. Sugerimos a los Estados que dentro de las soluciones duraderas se incluyan políticas más generales de regularización, a las cuales pueda acogerse la población refugiada de hecho o personas en necesidad de protección en zonas de frontera. En las fronteras, existe una pluralidad de situaciones que requiere respuestas diferenciadas para suplir las necesidades de protección de forma adecuada, e identificar la pobla-
158
ción que requiere de una protección especial. Entre estas múltiples situaciones, se encuentran los flujos mixtos, las afluencias masivas de refugiados, la migración de pueblos indígenas y comunidades afro descendientes con presencia binacional, quienes ven en las divisiones político administrativas un obstáculo para su movilidad, entre otras. En este sentido, proponemos a los gobiernos re pensar la adopción de medidas de protección en la frontera que considere una actualización y armonización de las leyes migratorias de los países que, en muchos casos, pueden estar menos avanzadas que las normas en materia de refugio. Es necesario invertir todos los esfuerzos en visibilizar las personas que se encuentran en necesidad de protección, dentro o fuera de sus países de origen. Es necesario abordar el tema de trata y tráfico de personas con organizaciones de trabajadores y trabajadoras sexuales, así como con otras organizaciones de sociedad civil que avanzan en el campo de la prevención y la atención. Exhortamos a los gobiernos a mantener la ayuda y asistencia humanitaria de forma independiente de la función que desarrollan las fuerzas armadas en las zonas de frontera. La presencia militar del Estado, debe estar complementada con un mecanismo de protección de los derechos humanos y de un control civil. Proponemos a los Estados incorporar a las Defensorías del Pueblo de los diferentes países de la región, en las funciones de capacitación a las autoridades locales y fuerzas armadas sobre el respeto de los derechos humanos, legislación y marco normativo en materia de refugio, asilo y desplazamiento forzado interno. También en la activación de mecanismos de Alertas Tempranas o de respuesta rápida que incorporen actores de ambos lados de la frontera. Es necesario avanzar en acuerdos y mecanismos de carácter binacional para avanzar en la aplicación de principios de protección, así como para identificar estrategias de prevención de las causas estructurales del desplazamiento forzado interno y del refugio. Los retornos deben darse en el marco del respeto de la voluntariedad, seguridad y dignidad. Es necesario que los Estados valoren si el retorno se está concibiendo como una prioridad frente a la integración local. Es necesario que los Estados adopten protocolos de respeto de derechos humanos y de la biodiversidad, así como de consulta previa con pueblos indígenas y tribales, para que los procesos de intervención económica y militar en regiones fronterizas no atenten contra la seguridad humana y ambiental de estas regiones.
Conferencia Regional Humanitaria sobre la protección de personas desplazadas y refugiadas: Seguimiento a la Declaración y al Plan de Acción de México
8.4. Mesa de Trabajo 4: Ciudades Solidarias
Moderador: Orlando Fantazzini74 Relator: Raquel Álvarez Flores75
Se resumen las principales recomendaciones y propuestas: 1. Incluir a los refugiados en capacitación para mejorar los niveles de empleo. 2. Preparar a funcionarios del magisterio en programas de educación para niños refugiados. 3. Diseñar programas de vivienda para refugiados, Adelantar acciones en el campo de la integración comunitaria, con el fin de que la población refugiada se integre en el barrio a donde llega el desplazado o refugiado. 4. Atender a mujeres y niños refugiados como personas vulnerables, en cuestión de abuso y maltrato. 5. Incorporar modificaciones a las fases necesarias para adquirir documentos que acrediten la situación migratoria, principalmente agilizar permisos de trabajo y cambiar la categoría de refugiado en la documentación, para que se adopten otros términos que eviten la estigmatización de las personas en necesidad de protección internacional. En Ecuador, por ejemplo, hay problemas con los refugiados, no pueden vivir tranquilos por el hecho de ser refugiados, no quieren que la sociedad sepa que son refugiados. 6. Adelantar acciones que mejoren la integración socio-económica de las personas refugiadas, con el fin de mejorar el goce de los derechos de estas personas. 7. Sistematizar las prácticas de protección de los derechos de población en necesidad de protección internacional, por ejemplo, las casas de movilidad, el acompañamiento de organizaciones internacionales. 8. Es necesario abrir un espacio de diálogo con los medios de comunicación para que se informen en temas de refugiados y desplazados. 9. La búsqueda de soluciones duraderas implica la integración con los gobiernos locales, la intervención del Estado para apoyar el acceso a los servicios básicos, tanto para la población local como para refugiados.
74 Centro de Derechos Humanos de Guarulhos. Brasil 75 Centro de Estudios de Frontera e Integración CEFI. Universidad Los Andes Táchira. Venezuela
160
8.5. Mesa de Trabajo 5: Reasentamiento Solidario
Moderador: Pablo Zapata76 Relator: Gisela De León77
La Mesa recomienda: 1. Mejorar la educación en materia de refugio para crear una conciencia de solidaridad en la región. 2. Implementar programas de sensibilización de la sociedad para con los refugiados. 3. Fortalecer el reasentamiento solidario en la actualidad, para que los Estados trabajen con el ACNUR para aumentar la cobertura regional de estos programas. 4. Es necesario que los Estados que participan de estos programas se comprometan a aportar con recursos para las personas reasentadas. 5. Fortalecer el diálogo de los países de origen con los países receptores para coordinar recursos. 6. Acelerar los procesos de reasentamiento por parte del ACNUR y de los países receptores. 7. Modificar los documentos de las personas refugiadas para que no indiquen necesariamente que son refugiadas, evitando acciones de discriminación. Sin embargo, es necesario señalar que es difícil no usar el término refugiado, cuando dentro de las instituciones, que son conscientes del status de la persona, es requisito el uso del término refugiado. Sería mejor buscar otras soluciones a los problemas de discriminación. 8. Mejorar la orientación para las personas reasentadas en cuestión cultural y de idioma. 9. Mejorar la orientación a las personas reasentadas para que su proceso de integración local sea más acorde con los estándares internacionales. 10. Fortalecer el reasentamiento grupal, para que no sea necesario analizar caso por caso. 11. Es necesaria una respuesta más rápida de parte de ACNUR para con los refugiados que van a ser reasentados.
76 Unidad Reasentamiento ACNUR Ecuador 77 Delegada CEJIL Costa Rica
Conferencia Regional Humanitaria sobre la protección de personas desplazadas y refugiadas: Seguimiento a la Declaración y al Plan de Acción de México
Algunas conclusiones de la Conferencia Regional Humanitaria78 La Conferencia Regional Humanitaria sobre la Protección de Personas Desplazadas y Refugiadas, documentó situaciones actuales en el continente americano que requieren de una respuesta urgente por parte de los Estados de la región y de la comunidad internacional. A su vez, planteó propuestas para responder adecuadamente a estas situaciones y sugirió líneas de acción para la búsqueda de soluciones duraderas a la población desplazada, refugiada, solicitante de asilo y en necesidad de protección internacional, en el marco de la Declaración y Plan de Acción de México Para Fortalecer la Protección Internacional de los Refugiados en América Latina. La Conferencia Regional Humanitaria señaló que asistimos a una confluencia de múltiples factores que están generando migración forzada en el continente americano y que obliga a los Estados y a la Organización de Naciones Unidas, a revisar el marco normativo vigente, con el fin de adaptarlo a estas realidades. En particular, nuevas manifestaciones de violencia en masa asociadas a la acción del crimen organizado (principalmente narcotráfico) en México. También nuevas dinámicas transnacionales de economías ilegales en las fronteras, así como procesos de transnacionalización del conflicto armado colombiano en la frontera con Ecuador, Venezuela y Perú. Estos factores no han sido considerados tradicionalmente como causas de desplazamiento forzado interno ni de refugio, pero la magnitud y gravedad de sus efectos obliga una revisión a fondo del concepto “violencia sociopolítica” y “violencia generalizada”, con el fin de que responda adecuadamente a la coyuntura actual. De otro lado, los desastres asociados al cambio climático muestran la necesidad de revisar la aplicabilidad y vigencia del término “refugiados ambientales”. Teniendo en cuenta lo anterior, las estrategias migratorias muestran que los regímenes de protección internacional, especialmente el de refugio, deben adaptarse a estas circunstancias y las legislaciones internas deben ajustar sus criterios de tal forma que puedan ser cobijadas por estas medidas las víctimas del terremoto de Haití con estatutos subsidiarios de protección en diferentes países; así como las víctimas de las acciones de bandas del narcotráfico o de otras formas de crimen organizado sin determinar (incluidas las “maras” o pandillas en Centroamérica). La población refugiada, solicitante de asilo, desplazada y las personas en necesidad de protección internacional, requieren urgentemente que los procesos de reconocimiento existentes sean más efectivos. Aunque es importante no perder de vista las necesidades de protección especial de estas personas en tanto víctimas, es necesario contemplar su inclusión en otras medidas de regularización y en otras categorías migratorias que permi78 Elaborado por Marcela Ceballos, editora
162
tan avanzar en el proceso de integración local y en el acceso progresivo a los derechos por parte de estas personas. La Conferencia Regional Humanitaria subrayó que asistimos al fortalecimiento de políticas de seguridad concentradas en el componente militar y en la presencia armada de los Estados, principalmente en las fronteras. Esta tendencia regional está restringiendo el acceso a territorios que podrían otorgar beneficios de protección internacional a la población víctima de la violencia. Esto además significa un obstáculo al desarrollo del programa Fronteras Solidarias. La Conferencia Regional Humanitaria ratificó la necesidad de implementar medidas de protección especial para población refugiada y desplazada en las zonas de asentamiento y/o retorno, ya que, en muchos casos, la vida e integridad personal de estas personas corre peligro aún en otros países, debido a que persiste la persecución o se agudiza la violencia derivada de la discriminación o estigmatización. La situación de líderes de asociaciones de desplazados en Colombia y de refugiados colombianos en Ecuador, constituye un ejemplo de esto. Es necesario destacar los avances en materia normativa (por ejemplo, el registro ampliado para población colombiana en necesidad de protección internacional implementado por el gobierno de Ecuador, así como la Sentencia T-025 sobre desplazamiento interno de la Corte Constitucional colombiana) y en la adopción de medidas concertadas en el ámbito regional (el programa de Reasentamiento Solidario implementado por Argentina, Chile, Brasil, Uruguay). Frente a estas situaciones, la Conferencia Regional Humanitaria reconoció que, parte de las soluciones duraderas al desplazamiento forzado y al refugio, debe incluir una agenda regional de diálogo, que promueva la salida política y negociada al conflicto armado interno en Colombia, como país de origen con mayor número de desplazados internos, refugiados y solicitantes de refugio en el continente americano. La Conferencia Regional Humanitaria señaló también la necesidad de diseñar y adoptar respuestas regionales y concertadas a las migraciones forzadas, en particular, la urgencia de incluir el tema del refugio y del desplazamiento forzado en las agendas de los bloques y alianzas de la región (principalmente en UNASUR, MERCOSUR, ALBA, CAN, OEA). La Conferencia Regional Humanitaria insistió en la urgencia de armonizar la legislación interna de los países en materia de refugio con la legislación en materia de migración, ya que muchas veces los criterios que regulan el ingreso y permanencia de extranjeros son menos progresivos o más restringidos que los criterios establecidos en las leyes de refugio.
Conferencia Regional Humanitaria sobre la protección de personas desplazadas y refugiadas: Seguimiento a la Declaración y al Plan de Acción de México
La Conferencia Regional Humanitaria ratificó la necesidad de consolidar y mejorar los sistemas de información, con el fin de adoptar mecanismos para compartir las bases de datos, de tal forma que conduzcan a la acción coordinada de organizaciones de sociedad civil, agencias de cooperación internacional, organismos intergubernamentales, instituciones estatales y gubernamentales del orden nacional. La necesidad de profundizar el conocimiento del país de origen podría ser suplida en la medida en que mejore este intercambio fluido de información. La Conferencia Regional Humanitaria ratificó la necesidad de mejorar las acciones de educación, formación y sensibilización en materia de refugio y desplazamiento forzado. La Conferencia Regional Humanitaria reconoció que el desplazamiento forzado es parte del proceso migratorio que resulta muchas veces en el refugio, lo que significa que, parte de las soluciones duraderas al refugio, debe incluir medidas de prevención del desplazamiento forzado interno y garantías de no repetición en el país de origen. Por último, la Conferencia Regional Humanitaria propuso hacer de este un espacio de seguimiento y monitoreo sistemático a los compromisos adquiridos en la Declaración y Plan de Acción de México Para Fortalecer la Protección Internacional de los Refugiados en América Latina. Esto significa que es necesario desde ya, pensar en la continuidad de este espacio y México se propone como un escenario ideal, donde confluyen nuevas dinámicas documentadas en la Conferencia Regional Humanitaria y problemáticas fronterizas que aquejan de forma similar a todos los países de Centro y Suramérica.
164
Anexos Conferencia Regional Humanitaria sobre la protección de personas desplazadas y refugiadas: Seguimiento a la Declaración y al Plan de Acción de México
166
PARTICIPANTES CONFERENCIA REGIONAL HUMANITARIA SOBRE LA PROTECCIÓN DE LAS PERSONAS DESPLAZADAS Y REFUGIADAS Seguimiento a la Declaración y Plan de Acción de México Quito - Ecuador, noviembre 8 y 9 de 2010 LISTA DE PARTICIPANTES NOMBRE
ORGANIZACIÓN / INSTITUCIÓN ARGENTINA
1
Patricia Adelina Azzi
Defensoría General de la Nación
2
Maria Jose Marcogliese
Comisión Nacional de Refugiados CONARE BRASIL
3
Aldo Cândido Costa Filho
Consejo Nacional de Inmigración
4
Dr. Francesco Conti
5
Orlando Fantazzini
Centro de Defesa de Derechos Humanos de Guarulhos
6
Rosa Maria Zanchin
Centro de Acogida a Migrante Goiania, Brasil
7
Prof. Gilberto Rodrigues
Universidade Católica de Santos
8
Maria Ximena Almanza
Refugiada en Brasil
Coordinadot do Centro de Apoio Operacional de Defesa dos Direitos Humanos do Minsitério Pbulico do Rio Grande
CANADÁ 9
Francisco Rico
Canadian Council for Refugees CCR CHILE
10
Oscar Patricio Rojas Mesina
Grupo de Trabajo Migraciones de la Plataforma Interamericana de Derechos Humanos Democracia y Desarrollo PIDHDD COLOMBIA
11
Juan Pablo Franco Jiménez Acción Social
12
Eric Wyss
Acción Social
13
Hernando Toro
Defensoria del Pueblo/ Coordinación de Desplazados
14
Gabriel Riaño
Defensoria del Pueblo
15
María del Pilar Silva Garay
Corporación Colectivo de Abogados Jose Alvear Restrepo CCAJAR
16
Mónica Roa
Consejería en Proyectos (Project Counselling Service) PCS
17
Eduardo León
Consejería en Proyectos (Project Counselling Service) PCS
18
Amaury Padilla
Asociación MINGA
19
Mons. Héctor Fabio Henao
20
Hna. Ligia Ruiz
21
David Suárez
Director Secretariado Nacional de Pastoral Social Conferencia Episcopal Colombiana Secretaria Ejecutiva de la Sección Movilidad Humana de la Consejo Episcopal Latino Americana CELAM Universidad Javeriana / Profesor Conferencia Regional Humanitaria sobre la protección de personas desplazadas y refugiadas: Seguimiento a la Declaración y al Plan de Acción de México
LISTA DE PARTICIPANTES NOMBRE
ORGANIZACIÓN / INSTITUCIÓN
22
Marcela Ceballos
Universidad Nacional /Profesora
23
Rosaliano Riascos
Asociación de Afrodescendientes Desplazados AFRODES
24
Juan Edgardo Paí
Unidad Nacional Indigena del Pueblo Awá UNIPA
25
Yovana Saenz
Campaña Tierra, Vida y Dignidad
26
Daniel Rendón
Campaña Tierra, Vida y Dignidad
27
Rigoberto Jimenez
Coordinación Nacional de Desplazados CND
28
Robert Natiello
Organización Internacional para las Migraciones OIM Colombia
29
Martha Yolanda Gómez
30
Matías Martín
31
Adriana Fallas
Direccion de Migracion, Unidad de Refugiados
32
Ronald Obaldia
Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto
33
Andrea Hidalgo
Defensoría del los Habitantes
34
Gisela De leon
Center for Justice and International Law CEJIL
35
Gloria Maklouf
Asociación de Consultores y Asesores Internacionales ACAI
36
Mayra Fernandez
Asociación de Consultores y Asesores Internacionales ACAI
37
Angel Sancasimiro
Conferencia Episcopal Costa Rica
38
Alebrtina Pauletti
Pastoral Movilidad Humana Costa Rica
39
María Socorro Pazmiño
Refugiada en Costa Rica
Organización Internacional para las Migraciones OIM / Programa Desplazados Colombia Agencia Española Cooperación Internacional para el Desarrollo AECID (Colombia) COSTA RICA
40
Martha Lucía Nieto Cobaleda
Refugiada en Costa Rica ECUADOR
168
41
Ricardo Patiño
Ministro de Relaciones Exteriores República del Ecuador
42
Leonardo Carrión Eguiguren
43
Alfonso Morales Suarez
44
Santiago Chiriboga
45
Andres N.
Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración MRECI
46
Remigia Saldaña
Secretaría Nacional del Migrante SENAMI
47
Fernando Vega
Secretaría Nacional del Migrante SENAMI
48
Patricio Benalcazar
Defensoria del Pueblo
49
Jose Luis Guerra
Defensoría del Pueblo
50
Anaité Vargas
Asamblea Permanente de Derechos Humanos APDH
Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración MRECI / Subsecretario Servicios Consulares Dirección General de Refugiados DGR, Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración MRECI Dirección General de Refugiados DGR, Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración MRECI
LISTA DE PARTICIPANTES NOMBRE
ORGANIZACIÓN / INSTITUCIÓN
51
Rommel Vaca
Asamblea Permanente de Derechos Humanos APDH
52
Yazmina Zambrano
Foundation for the Refugee Education Trust RET
53
Alvaro de Vicente
54
Juan Fernando Borja
Organización Internacional para las Migraciones OIM Ecuador
55
Sabrina Lustgarten
Hebrew Immigrant Aid Society HIAS Ecuador
56
Veronica Supliguicha
Red Antitrata
57
María Isabel Sanchez
Organización Internacional para las Migraciones OIM
58
Gioconda Herrera
Facultad Latino Americana de Ciencias Sociales FLACSO
59
Lucy Santander
Colectivo de Migraciones y Refugio
60
Patricia Pazmiño
Fundación Esperanza
61
Gardenia Chávez Núñez
Universidad Andina Simón Bolívar UASB
62
Javier Arcentales
Coalición para las Migraciones y el Refugio
63
María Rosa Cajas
Fundación Ambiente y Sociedad FAS
64
Karina Sarmiento
Asylum Access
65
Simonetta Rossi
Programa Naciones Unidas para el Desarrollo PNUD Ecuador
66
Yoshinori Suzuki
Japan International Cooperation Agency JICA Ecuador
67
Angel Jimenez
Solidaridad Internacional Ecuador
68
Carline Merilien
Asociación de Haitianos Residentes en Ecuador
69
Pilar Pallares
Asociación 21 septiembre
70
Luz Mery Cortés
Manos Amigas
71
Ruth Alvarez
ASOCOMIRCE
72
Luz Marina Caicedo
73
Fernando Yépez
Departamento de Ayuda Humanitaria y Protección Civil de la Comisión Europea ECHO
Federación Nacional de Organizaciones de Refugiados Colombianos en Ecuador Comité Ecuatoriano de Derechos Humanos, Ambientales y Ecológicos CEDHAE EL SALVADOR
74
David Ernesto Morales Cruz
75
Benjamín Cuellar
Ministerio de Relaciones Exteriores El Salvador / Dirección de Derechos Humanos Instituto de Derechos Humanos de la Universidad Centro Americana IDHUCA ESTADOS UNIDOS
76
Ariela Peralta
Centro por la Justicia y el Derecho Internacional CEJIL
77
Mario López Garelli
Comision Interamericana Derechos Humanos CIDH
78
Gimena Sanchez-Garzoli
Washington Office on Latin America WOLA Conferencia Regional Humanitaria sobre la protección de personas desplazadas y refugiadas: Seguimiento a la Declaración y al Plan de Acción de México
LISTA DE PARTICIPANTES NOMBRE 79
Nancy Iris
80
Scott Higgins
81
Federico Salcedo
ORGANIZACIÓN / INSTITUCIÓN Bureau of Population, Refugees, and Migration BPRM / Sub-Directora de la Oficina para Asistencia en Europa, Asia Central y las Américas Bureau of Population, Refugees, and Migration BPRM (Oficina en Colombia) / Coordinador Regional Bureau of Population, Refugees, and Migration BPRM (Oficina en Colombia) PANAMÁ
82
Nayoret Geniva Escobar
Oficina Nacional para la Atención a Refugiados ONPAR
83
Janio Iván Tuñón Veilles
Ministerio de Relaciones Exteriores
84
Victor Atencio
Ministerio de Relaciones Exteriores
85
Jean Pierre Chevalier
Defensoria del Pueblo
86
Santander Tristán
87
Carlos Castro
IDEN (Instituto de Estudios Nacionales) Universidad dePanamá
88
Silvia Elena Álvarez Pérez
Refugiada en Panamá
89
Alonso Caballero Guevara
Refugiado en Panamá
90
Lizandro Tovar Acevedo
Ministerio de la Mujer y Desarrollo MIMDES
91
Elmer Galván Bermúdez
Ministerio de la Mujer y Desarrollo MIMDES
92
Lucy Maribel Pereda Marines Defensoría del Pueblo
93
Ronald Gamarra Herrera
El Instituto Promoviendo Desarrollo Social IPRODES
94
Silvia Toledo
Consejería en Proyectos (Project Counselling Service) PCS
95
Marcos Mario Bubniak
PMH - Conferencia Episcopal Perú
96
Teófilo Orozco
Asociación de Familias desplazadas de Lima ASFADEL
97
Rufina Rivera
Asociación de Familias desplazadas de Lima ASFADEL
98
Isabell Buchel
Comité Internacional de la Cruz Roja CICR /Regional Perú
99
Frederiqqe Desgrais
Comité Internacional de la Cruz Roja CICR /Regional Perú
100
Alvaro Cabrera
Defensoría del Pueblo
101
Migdalia Carrasquel
Caritas Venezuela
102
Ana Maria Cordoba
Hebrew Immigrant Aid Society HIAS
103
Bárbara Navas
104
Raquel Álvarez Flores
105
Yngvild Berggrav
CEALP (Centro de Asistencia Legal Popular, MENAMIRE (Mesa Nacional de Migrantes y Refugiados)
PERÚ
VENEZUELA
Centro de Derechos Humanos de la Universidad Católica Andrés Bello CDH-UCAB Centro de Estudios de Fronteras e Integración, Universidad de Los Andes CEFI- ULA EMBAJADAS EN COLOMBIA Y ECUADOR
170
Embajada de Noruega en Colombia / Consejera
LISTA DE PARTICIPANTES NOMBRE 106
Monica A. González
107
Jessica Eicher
108 109
ORGANIZACIÓN / INSTITUCIÓN Embajada de México en Ecuador / Promoción Económica Comercial y Turística Embajada de Estados Unidos en Ecuador / Sección Política
Alfonso Paz Soldán
Embajada del Perú en Ecuador/Consejero
Gonzales Margaret
Embajada de Canadá en Ecuador ASISTENTES ORGANIZACIONES DEL COMITÉ DE AUSPICIO CONFERENCIA REGIONAL
110
Andrea Lari
Refugees International
111
Fernando Ponce
Director Servicio Jesuita a Refugiados y Migrantes Ecuador SJRM
112
Juan Villalobos
SJRM Ecuador
113
Karina Villacis
SJRM Ecuador
114
Lenin Daza
SJRM Ecuador
115
Juan Sebastian Medina
SJRM Ecuador
116
Juan Felipe Carrillo
SJR-LAC
117
Janeth Ferreira
PMH / Hnas. Scalabrinianas
118
Jenith Chang
PMH / Hnas. Scalabrinianas
119
Wilfrido Acuña
PMH / Hnas. Scalabrinianas
120
Hermel Mendoza
PMH / Hnas. Scalabrinianas
121
Hna. Joana Da Silva
PMH / Hnas. Scalabrinianas
122
Karin Eder
Consejo Noruego para Refugiados NRC Ecuador
123
Enrique Torrella
Consejo Noruego para Refugiados NRC Panamá
124
Joe Kuper
Consejo Noruego para Refugiados NRC Venezuela
125
Atle Solberg
Consejo Noruego para Refugiados NRC Colombia
126
Camilo Ramírez
Consejo Noruego para Refugiados NRC Colombia
127
Andrés Lineiro
Consejo Noruego para Refugiados NRC Colombia
128
Maria Angelica Alvarado
Consejo Noruego para Refugiados NRC Colombia
129
David García
Consejo Noruego para Refugiados NRC Colombia
130
Sebastían Albuja
Internal Displacement Monitoring Centre IDMC - NRC
131
Deborah Elizondo
ACNUR Ecuador
132
Luis Varese
ACNUR Ecuador
133
Josep Herreros
ACNUR Ecuador
134
Andrea Durango
ACNUR Ecuador
135
Andrea Escalante
ACNUR Ecuador
136
Rafael Zavala
ACNUR Ecuador
137
Xavier Crech
ACNUR Ecuador
138
María Valles
ACNUR Ecuador
139
Kleber León
ACNUR Ecuador Conferencia Regional Humanitaria sobre la protección de personas desplazadas y refugiadas: Seguimiento a la Declaración y al Plan de Acción de México
LISTA DE PARTICIPANTES NOMBRE
172
ORGANIZACIÓN / INSTITUCIÓN
140
Ma. Verónica Espinel
ACNUR Ecuador
141
Manuel Oviedo
ACNUR Colombia
142
Jozef Merkx
ACNUR Costa Rica
143
Jose Xavier Samaniego
ACNUR Oficina del Director Adjunto para las Américas
144
Juan Pablo Terminiello
ACNUR Oficina para el Sur de América Latina
145
Jorge Rojas
CODHES Colombia/Ecuador
146
Zully Laverde
CODHES Ecuador
147
Marco Romero
CODHES Colombia
148
Alejandro Rojas
CODHES Colombia
149
Sol Gaitan
CODHES Colombia
150
Bibiana Ortiz
CODHES Colombia
Versión final 16/11/2004 Original español
“Declaración y Plan de Acción de México Para Fortalecer la Protección Internacional de los Refugiados en América Latina” Ciudad de México, 16 de noviembre del 2004 Declaración Los gobiernos de los países de América Latina participantes, Reunidos en la ciudad de México para celebrar el vigésimo aniversario de la Declaración de Cartagena sobre los Refugiados de 1984, que revitalizó la generosa tradición de asilo de América Latina, Reconociendo la contribución de América Latina al desarrollo progresivo del derecho internacional de los refugiados iniciado en 1889 con el Tratado sobre Derecho Penal Internacional y continuado, entre otros instrumentos, a través de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre de 1948, la Convención Americana sobre Derechos Humanos de 1969, la Declaración de Cartagena sobre los Refugiados de 1984; el documento “Principios y Criterios Para la Protección y Asistencia a los Refugiados, Repatriados y Desplazados Centroamericanos en América Latina” (CIREFCA-1989), el Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en materia de derechos económicos, sociales y culturales de 1988, “Protocolo de San Salvador” y la Declaración de San José sobre Refugiados y Personas Desplazadas de 1994; así como de la doctrina y jurisprudencia sobre la materia desarrollada, respectivamente, por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y la Corte Interamericana de Derechos Humanos, Reiterando su solemne compromiso con las personas que tienen el derecho a la protección internacional en América Latina, Enfatizando que el humanismo y la solidaridad son principios fundamentales que deben seguir orientando las políticas de Estado sobre refugiados en América Latina, Reafirmando el derecho fundamental de la persona de buscar y recibir asilo consagrado en el artículo XXVII de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre de 1948 y el artículo 22 (7) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos de 1969, Reafirmando, asimismo, la validez y vigencia de los principios y normas contenidos en la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951 y su Protocolo de 1967, así como la complementariedad del derecho internacional de los refugiados, del derecho internacional de los derechos humanos y del derecho internacional humanitario, y por ende la importancia de la utilización bajo el principio pro-homine de las normas y principios de estas tres ramas del derecho internacional para fortalecer la protección de los refugiados y otras personas que tienen el derecho a la protección internacional, Reconociendo el carácter de jus cogens del principio de la no-devolución (non-refoulement), incluyendo el no rechazo en frontera, piedra angular del derecho internacional de los refugiados, recogido en la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951 y su Protocolo de 1967, y afirmado asimismo en el artículo 22 (8) de la Convención Americana 1
Conferencia Regional Humanitaria sobre la protección de personas desplazadas y refugiadas: Seguimiento a la Declaración y al Plan de Acción de México
sobre Derechos Humanos, y el artículo 3 de la Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, y el compromiso de los países de América Latina con el mantenimiento de fronteras abiertas para garantizar la protección y seguridad de quienes tienen el derecho a la protección internacional, Reafirmando, la obligación de los Estados de respetar el principio de no discriminación y de adoptar medidas para prevenir, combatir y eliminar todas las formas de discriminación y xenofobia, garantizando el ejercicio de los derechos de todas las personas sujetas a la jurisdicción del Estado sin distinción alguna por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opiniones políticas o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición social, incluida la condición de refugiado y la de otras personas que necesitan protección, Pidiendo a los medios de comunicación que promuevan los valores de solidaridad, respeto, tolerancia y multiculturalismo, subrayando la problemática humanitaria de las víctimas del desplazamiento forzado y sus derechos fundamentales, Reafirmando los principios de indivisibilidad e interdependencia de todos los derechos humanos y la necesidad de una protección integral de los refugiados, que garantice el debido ejercicio de sus derechos, en particular, los derechos civiles, económicos, sociales y culturales, Reconociendo que la unidad de la familia es un derecho humano fundamental de los refugiados y recomendando, por tanto, la adopción de mecanismos que garanticen su respeto, Reconociendo la actualidad de la Declaración de Cartagena sobre los Refugiados de 1984 y su importancia para continuar inspirando las políticas públicas de protección y búsqueda de soluciones duraderas en las situaciones de refugiados que América Latina enfrenta en el presente, Reconociendo la importancia de los principios recogidos por la Declaración de Cartagena sobre los Refugiados para brindar protección y buscar soluciones duraderas, se constató la necesidad de avanzar en una consideración más profunda de sus recomendaciones, Recomendando que en el marco de una progresiva armonización legislativa en materia de refugiados, dentro de los procesos en marcha de integración regional, se incorporen debidamente los principios y normas contenidos en la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951 y su Protocolo de 1967, la Convención Americana sobre Derechos Humanos y demás instrumentos internacionales relevantes, Reconociendo los importantes avances que se han hecho en algunos países de la región Latinoamericana en el establecimiento de mecanismos eficientes para la determinación de la condición de refugiado, y señalando asimismo la importancia de continuar reforzando estos mecanismos, Animando a aquellos países que aún no cuentan con legislación sobre refugiados para que la adopten a la brevedad y soliciten a este fin la asesoría técnica del ACNUR; así como a aquellos países que están en proceso de revisión de su legislación a efecto de que su normativa interna sea consistente con los estándares internacionales y regionales en materia de refugiados y derechos humanos, y se supere la brecha que pudiese existir entre la práctica estatal y la norma escrita, Reconociendo la responsabilidad de los Estados de brindar protección internacional a los refugiados, así como la necesaria cooperación internacional técnica y financiera para encontrar soluciones duraderas, dentro de un marco de compromiso con la consolidación del 2
174
Estado de Derecho en los países de América Latina, el respeto universal de los derechos humanos y los principios de solidaridad y responsabilidad compartida, Afirmando que las políticas de seguridad y lucha contra el terrorismo deben enmarcarse dentro del respeto de los instrumentos nacionales e internacionales de protección de los refugiados y de los derechos humanos en general, Constatando con preocupación que en algunas partes de América Latina persiste el desplazamiento interno de personas así como flujos de refugiados, Subrayando que ante la gravedad de la problemática del desplazamiento forzado en la región es necesario atender sus causas y, a la vez, desarrollar políticas y soluciones pragmáticas para brindar protección efectiva a quienes la requieren, Reiterando la conclusión decimosexta de la Declaración de San José de 1994 sobre Refugiados y Personas Desplazadas en la que se afirmaba “que la problemática de los desplazados internos, no obstante ser fundamentalmente responsabilidad de los Estados de los que son nacionales, constituye también objeto de preocupación de la comunidad internacional por tratarse de un tema de derechos humanos que puede estar relacionado con la prevención de las causas que originan los flujos de los refugiados…”, Reconociendo que la persecución puede guardar relación con el género y la edad de los refugiados; así como la necesidad de brindar protección y asistencia humanitaria atendiendo a las necesidades diferenciadas de hombres y mujeres, niños y niñas, adolescentes y adultos mayores, personas con discapacidad, minorías y grupos étnicos, Reconociendo la existencia de flujos migratorios mixtos, dentro de los cuales hay personas que pueden calificar como refugiados que requieren un tratamiento específico con las debidas salvaguardas legales que garanticen su identificación y acceso a los procedimientos de determinación de la condición de refugiado; y por tanto resaltando la importancia de continuar prestando atención a la protección de los refugiados en los foros multilaterales regionales en materia de migración y, en particular, en la Conferencia Regional de Migración (Proceso Puebla) y la Conferencia Sudamericana de Migración, Destacando el papel en materia de protección de los refugiados de las Procuradurías y Comisionados de Derechos Humanos y las Defensorías del Pueblo y de los Habitantes, entendidas en adelante como instituciones nacionales de promoción y protección de derechos humanos, como entidades estatales independientes que velan por el debido ejercicio de la administración pública y la promoción y protección de los derechos fundamentales de la persona, Destacando, asimismo, el aporte decisivo brindado por las Organizaciones No Gubernamentales y otras instancias de la sociedad civil en la protección y asistencia de los refugiados y otras personas que requieren protección, incluyendo su labor de asesoría en el desarrollo de políticas de protección y soluciones duraderas, Reconociendo la necesidad de continuar promoviendo el derecho internacional de los refugiados, el derecho internacional de los derechos humanos y el derecho internacional humanitario, así como de difundir las buenas prácticas de protección y de soluciones duraderas en América Latina, Subrayando la importancia de fortalecer la cooperación entre los órganos del Sistema Interamericano de Derechos Humanos y el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), para una protección más efectiva de los refugiados y otras personas necesitadas de protección, e instándoles para continuar estrechando esta colaboración, 3
Conferencia Regional Humanitaria sobre la protección de personas desplazadas y refugiadas: Seguimiento a la Declaración y al Plan de Acción de México
Convencidos que, a pesar de los significativos avances en la protección de los refugiados en América Latina, es necesario que los Estados intensifiquen sus esfuerzos para brindar protección, asistencia y encontrar soluciones adecuadas para los refugiados en la región, dentro de un espíritu de solidaridad y responsabilidad compartida con el apoyo de la cooperación internacional, Subrayando que la repatriación voluntaria es la solución duradera por excelencia para los refugiados y que para su realización en seguridad y dignidad es fundamental que los gobiernos de los países de origen, con el apoyo de la cooperación internacional, tomen las medidas oportunas para garantizar la protección de sus nacionales repatriados, Reiterando a los Estados, los organismos internacionales y a la sociedad civil la importancia de incorporar plenamente a las poblaciones desarraigadas en el diseño y puesta en práctica de los programas para su atención y protección, reconociendo y valorando su potencial humano, Haciendo un llamado a la comunidad internacional, representada por las Naciones Unidas, el Sistema Interamericano y, particularmente, a los países donantes, para que continúen apoyando esta importante labor de protección de los refugiados que realizan los Estados de América Latina con la cooperación del ACNUR y la sociedad civil, Habiendo tomado nota de las conclusiones adoptadas por consenso en las cuatro reuniones sub-regionales realizadas en Brasilia, Brasil; San José, Costa Rica; Cartagena de Indias y Bogotá, Colombia, y deseando poner en práctica las valiosas recomendaciones del proceso preparatorio, cuya ejecución contribuirá al cumplimiento en América Latina de la Agenda Para la Protección adoptada por el Comité Ejecutivo del ACNUR en el 2002, RESUELVEN, Aprobar la presente Declaración y el Plan de Acción adjunto como “Declaración y Plan de Acción de México para Fortalecer la Protección Internacional de los Refugiados en América Latina”. Solicitar al ACNUR y a la comunidad internacional su apoyo en la ejecución del Plan de Acción, incluyendo los programas relativos a soluciones duraderas. Celebrar y apoyar la propuesta de Brasil para el establecimiento de un programa regional de reasentamiento en América Latina. Exhortar al ACNUR para que en el ejercicio de su responsabilidad de supervisión solicite informes periódicos a los Estados respecto de la situación de los refugiados en los países de América Latina y, a aquellos Estados parte, respecto de la aplicación de la Convención de 1951 y su Protocolo de 1967. Solicitar al ACNUR apoyar con mayor intensidad a los países de América Latina en los procesos de integración local de los refugiados. Tomar en cuenta debidamente la presente Declaración y el Plan de Acción adjunto para encarar la solución de la situación de los refugiados en América Latina. Solicitar a los organizadores y patrocinadores de este evento que se publique un volumen que contenga los documentos de trabajo, los informes de las reuniones preparatorias y la Declaración y el Plan de Acción de México, solicitando al Gobierno de México, al ACNUR y
4
176
a los organismos competentes de la OEA que adopten las medidas necesarias para lograr una amplia difusión. Solicitar al ACNUR transmitir oficialmente el contenido de la Declaración y Plan de Acción de México a los Jefes de Estado de los países participantes para su amplia difusión. Solicitar al Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, Vicente Fox Quesada que, si lo tuviera a bien, diera a conocer la realización del presente evento en la XIV Cumbre Iberoamericana, que tendrá lugar el 18 y 19 de noviembre del año en curso en San José de Costa Rica. Finalmente, los participantes expresaron su profundo agradecimiento al Gobierno y al pueblo de México como país anfitrión del evento conmemorativo los días 15 y 16 de noviembre de 2004 en la Ciudad de México; a los gobiernos de Costa Rica, Brasil y Colombia por haber coauspiciado las reuniones preparatorias, al ACNUR y al Consejo Noruego para Refugiados como organizadores, y a la Corte Interamericana de Derechos Humanos, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y al Instituto Interamericano de Derechos Humanos como patrocinadores; así como a las organizaciones de la sociedad civil, las instituciones nacionales de promoción y protección de derechos humanos, y a los expertos que con sus consejos y oportunas recomendaciones han prestado una contribución fundamental en este proceso. Ciudad de México, a 16 de noviembre de 2004.
5
Conferencia Regional Humanitaria sobre la protección de personas desplazadas y refugiadas: Seguimiento a la Declaración y al Plan de Acción de México
Plan de Acción de México “Para Fortalecer la Protección Internacional de los Refugiados en América Latina” Preámbulo En ocasión del vigésimo aniversario de la Declaración de Cartagena sobre los Refugiados, el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), junto con el Consejo Noruego para Refugiados, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, el Instituto Interamericano de Derechos Humanos y los gobiernos de Brasil, Costa Rica y México, reunieron a los gobiernos de los países de América Latina, expertos y diferentes sectores de la sociedad civil para analizar conjuntamente los principales desafíos que enfrenta hoy la protección de los refugiados y otras personas que necesitan protección internacional en América Latina, e identificar líneas de acción para asistir a los países de asilo en la búsqueda de soluciones adecuadas dentro del espíritu pragmático y de principios que propugna la Declaración de Cartagena. Con este propósito se realizaron cuatro reuniones consultivas preparatorias en San José, Costa Rica (12-13 de agosto), Brasilia, Brasil (26-27 de agosto), Cartagena de Indias, Colombia (1617 de septiembre) y Bogotá, Colombia (6-7 de octubre), en las que se analizó la problemática de refugiados en cada región. Como resultado de cada encuentro, un informe fue adoptado por consenso. Con base en las conclusiones y recomendaciones de estas reuniones regionales preparatorias, los participantes han elaborado el presente Plan de Acción con el propósito de continuar fortaleciendo los mecanismos de protección y de búsqueda de soluciones para los refugiados y otras personas que necesitan protección internacional en la región. Capítulo Primero La Situación de los Refugiados en América Latina Al conmemorarse el vigésimo aniversario de la Declaración de Cartagena sobre los Refugiados, en Latinoamérica todavía subsisten situaciones que generan desplazamiento forzado, particularmente en la región andina. Además de un creciente número de refugiados latinoamericanos, la región igualmente brinda protección y soluciones duraderas a refugiados de otros continentes. Salvedad hecha de la región andina, donde los flujos transfronterizos obedecen particularmente a una crisis humanitaria que se caracteriza por desplazamientos forzados al interior de Colombia, y que afecta de manera diferenciada a los países vecinos y otros países de la región, en la actualidad los solicitantes de la condición de refugiado y refugiados están inmersos dentro de los flujos migratorios que atraviesan el continente. Por otra parte, en la región andina la magnitud del desplazamiento forzado se ve opacada por un contexto en el que muchas personas que requieren protección optan por el anonimato y la dispersión, y por ende, no solicitan formalmente protección internacional. Paralelamente, en el Cono Sur, se han iniciado programas pilotos de reasentamiento de refugiados reconocidos en otras partes del mundo. Esto hace que en la actualidad en Latinoamérica coexistan varias situaciones: 1) países que continúan recibiendo a un número reducido de solicitantes de la condición de refugiado y refugiados inmersos en los flujos migratorios regionales y continentales; 2) países que 6
178
albergan a un número significativo de refugiados reconocidos y/o solicitantes de la condición de refugiado; y 3) países con programas emergentes de reasentamiento. En algunos países de la región estas situaciones convergen. El marco normativo e institucional para la protección de refugiados se ha fortalecido en los últimos 20 años. Un importante número de países de América Latina han consagrado a nivel constitucional el derecho de asilo y la gran mayoría es parte de la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951 y/o de su Protocolo de 1967. Asimismo, la gran mayoría dispone de órganos, normas y procedimientos nacionales para la determinación de la condición de refugiado. Algunos países reconocen que la persecución puede guardar relación con el género y la edad, teniendo presente las necesidades diferenciadas de protección de hombres y mujeres, niños y niñas, adolescentes, y ancianos. Sin embargo, algunos de estos mecanismos nacionales son todavía incipientes y requieren para ser operativos de mayores recursos humanos, técnicos y financieros, incluyendo capacitación en materia de derecho internacional de los refugiados, y así garantizar un procedimiento justo y eficiente. La definición de refugiado de la Declaración de Cartagena ha sido incluida en la legislación interna de un número importante de países. No obstante, durante el proceso preparatorio se constató la necesidad de aclarar y precisar los criterios para su interpretación, en particular la interpretación restrictiva de las cláusulas de exclusión, la interpretación de las circunstancias específicas y su aplicación a los casos individuales, utilizando la jurisprudencia establecida por los órganos y tribunales de derechos humanos y tomando en cuenta los legítimos intereses de seguridad de los Estados, a través de un diálogo amplio y abierto con miras a la sistematización de la práctica estatal y la doctrina. El ejercicio de derechos fundamentales por parte de los refugiados determina la calidad del asilo. La calidad del asilo es asimismo primordial para encontrar soluciones duraderas a la problemática de los refugiados. En la medida que un refugiado encuentre protección efectiva en un país no se verá en la necesidad de buscar protección en un tercer país a través de movimientos secundarios y/o irregulares. Al mismo tiempo, es necesario que los países de origen de los refugiados, con la cooperación de la comunidad internacional, continúen realizando esfuerzos para crear condiciones adecuadas para el retorno en seguridad y dignidad de sus nacionales refugiados. Sobre la base de las condiciones socioeconómicas imperantes en los países de asilo, así como los distintos perfiles de los refugiados y otras personas que requieren protección en la región, es necesario diseñar y poner en práctica nuevas políticas creativas que faciliten la búsqueda de soluciones adecuadas. Esto obliga a plantearse nuevas estrategias en materia de autosuficiencia e integración local, tanto en centros urbanos como en zonas fronterizas, así como el uso estratégico del reasentamiento, en un marco de solidaridad regional. Paralelamente, en las zonas fronterizas es importante fortalecer los programas de atención humanitaria y social, dando énfasis a enfoques territoriales y no poblacionales, de tal forma que las comunidades receptoras se beneficien al igual que los refugiados y otras personas que requieren protección. Capítulo Segundo La Protección Internacional para los Refugiados 1. Investigación y Desarrollo Doctrinal: Las reuniones preparatorias consideraron oportuno que se haga un reconocimiento a la contribución de América Latina al desarrollo progresivo del derecho internacional de los 7
Conferencia Regional Humanitaria sobre la protección de personas desplazadas y refugiadas: Seguimiento a la Declaración y al Plan de Acción de México
refugiados. Al respecto, instrumentos regionales como la Declaración de Cartagena sobre los Refugiados, la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre de 1948 y la Convención Americana sobre Derechos Humanos de 1969; así como la doctrina y jurisprudencia sobre la materia desarrollada, respectivamente, por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y la Corte Interamericana de Derechos Humanos, han contribuido a mejorar las condiciones de los refugiados en América Latina. Al respecto, se toma nota además de otra recomendación reiterada en todas las reuniones preparatorias de fortalecer la cooperación de los Estados de la región entre sí y con el ACNUR, los órganos de derechos humanos del Sistema Interamericano y las instituciones académicas y de investigación de América Latina en los campos de la investigación interdisciplinaria, la promoción y la formación del derecho internacional de los refugiados. En el marco de esta cooperación, se recomendó abrir un proceso de consultas con el fin de precisar el contenido y alcance de la conclusión III de la Declaración de Cartagena sobre los Refugiados, para fortalecer la protección internacional de los refugiados en América Latina. Al respecto se ha previsto la elaboración de un Manual de Procedimientos y Criterios para la Aplicación de la Definición de Refugiado de la Declaración de Cartagena. Para profundizar en el conocimiento del Derecho de los Refugiados, se propone la realización por parte del ACNUR, en cooperación con los órganos de derechos humanos del sistema interamericano y las instituciones académicas y de investigación, de los proyectos siguientes: • • •
Serie de Investigación Jurídica sobre “La Protección Internacional de los Refugiados en América Latina”, Manual sobre “Procedimientos y Criterios para la Aplicación de la Definición de Refugiado de la Declaración de Cartagena”, y Glosario sobre “Conceptos y Términos Jurídicos del Derecho de los Refugiados”
2. Formación y Fortalecimiento Institucional: En el proceso de consultas se reconoció el notable esfuerzo que los países de América Latina han realizado en los últimos 20 años para erigir un marco institucional que garantice el derecho a buscar y recibir asilo. No obstante, también se señalaron deficiencias en los sistemas de asilo que dificultan el acceso a una protección efectiva por parte de los refugiados y los solicitantes de esta condición. 2.1. A fin de contribuir a un amplio conocimiento y una efectiva ejecución del marco normativo, así como para facilitar el uso efectivo de los recursos legales internos (administrativos, judiciales y constitucionales) en la protección de los derechos de solicitantes de la condición de refugiado y de los refugiados y garantizar, de esta forma, el derecho a buscar y recibir asilo, se acuerda pedir al ACNUR que, en cooperación con los órganos de derechos humanos del Sistema Interamericano, el Instituto Interamericano de Derechos Humanos, las universidades, organizaciones de la sociedad civil e instituciones nacionales de promoción y protección de derechos humanos, desarrolle y ejecute un “Programa Latinoamericano de Formación en Protección Internacional de los Refugiados”. Este Programa estará dirigido a funcionarios de Estado y a la sociedad civil organizada en redes de protección. El Programa conllevará un proceso minucioso de selección de participantes, un régimen docente que combine la formación en el trabajo, la formación a distancia, el autoestudio y el estudio en régimen residencial, el establecimiento de precisos parámetros de evaluación e impacto y un debido seguimiento de los graduados, entre otros elementos técnicos.
8
180
Este Programa sería destinado prioritariamente a: -Presidentes, miembros, asesores jurídicos y entrevistadores de las Comisiones Nacionales de Refugiados; -Funcionarios públicos de fronteras y aeropuertos (policía, fuerzas armadas y migración) -Jueces, defensores públicos y fiscales; -Personal profesional de las instituciones nacionales de promoción y protección de derechos humanos; -Personal de las organizaciones no gubernamentales y otras instituciones de la sociedad civil participantes en las redes nacionales y regionales de protección; y -Legisladores. 2.2. También se constataron las dificultades de algunas Comisiones Nacionales de Refugiados, u otras instancias responsables de refugiados, para la identificación de personal especializado, la puesta en marcha de sistemas de registro computarizados, la lentitud de los procesos de determinación de la condición de refugiado o la debilidad de los procesos de documentación por falta, entre otros motivos, de recursos técnicos, humanos y financieros. Al respecto, se instó a los Estados a fortalecer los mecanismos institucionales creados para la determinación de la condición de refugiado, dotándoles de mayores recursos financieros, y se requirió al ACNUR para que proporcione capacitación y asesoría técnica. En reconocimiento de la importancia de las Comisiones Nacionales de Refugiados para garantizar una protección efectiva, se solicita al ACNUR que coopere con los gobiernos de América Latina interesados en la elaboración de proyectos regionales o de ámbito nacional dentro del marco y las prioridades de un “Programa de Fortalecimiento de las Comisiones Nacionales de Refugiados”. En relación con lo anterior, es preciso anotar que los países andinos reunidos en Cartagena de Indias el 16-17 de septiembre 2004, dentro del proceso preparatorio, acordaron someter a la consideración del Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores la creación de un Comité Andino de Autoridades Responsables de Refugiados. El proceso de consultas determinó que el fortalecimiento de las Comisiones podría orientarse, entre otros aspectos, a: -Garantizar el respeto de las normas del debido proceso, a través del acceso de los solicitantes al procedimiento de determinación de la condición de refugiado, el establecimiento de recursos efectivos, la adopción de decisiones en un plazo razonable y procedimientos de apelación ante instancias independientes; y -Simplificar los trámites y facilitar la expedición de documentos. 2.3. La sociedad civil y las instituciones nacionales de promoción y protección de derechos humanos en América Latina están desempeñando un papel en la protección y defensa de los refugiados ampliamente reconocido por los propios gobiernos. Esta importante tarea la llevan a cabo las organizaciones no gubernamentales y las iglesias, dentro de un espíritu de cooperación con las instituciones del Estado, incluidas las instituciones nacionales de promoción y protección de derechos humanos, con el ACNUR y otros organismos de protección regionales e internacionales. En las reuniones preparatorias hubo recomendaciones para incorporar más a la sociedad civil en la formulación de las políticas públicas sobre refugiados y para continuar apoyando su fortalecimiento. Se propone por tanto la ejecución de un “Programa de Fortalecimiento de las Redes Nacionales y Regionales de Protección”, que deberá atender las necesidades de las organizaciones no gubernamentales, iglesias e instituciones nacionales de promoción y protección de derechos humanos. Este Programa podría dirigirse prioritariamente a las siguientes áreas: -Reforzar los servicios de asesoría legal y asistencia al refugiado y solicitante de dicha condición, dentro de una perspectiva que atienda los específicos requerimientos de los beneficiarios de sus servicios, ya sean éstos: hombres, mujeres, niños y niñas, 9
Conferencia Regional Humanitaria sobre la protección de personas desplazadas y refugiadas: Seguimiento a la Declaración y al Plan de Acción de México
adolescentes, adultos mayores, personas con discapacidades, indígenas u otras categorías; -Reforzar el conocimiento del derecho internacional de los refugiados y de los derechos humanos; -Sistematizar y difundir buenas prácticas y experiencias exitosas desarrolladas por algunas redes; e -Intercambiar experiencias entre las distintas redes de la región. Por lo tanto, bajo este rubro de Formación y Fortalecimiento Institucional se proponen los siguientes programas: • • •
Programa Latinoamericano de Formación en Protección Internacional de los Refugiados Programa de Fortalecimiento de las Comisiones Nacionales de Refugiados Programa de Fortalecimiento de las Redes Nacionales y Regionales de Protección
Capítulo Tercero Soluciones Duraderas Las reuniones preparatorias señalaron las prioridades operativas en las diferentes sub-regiones y países de la región. Se constató que América Latina cuenta con una amplia tradición solidaria de protección al perseguido y que ha sido una región que ha sabido encontrar soluciones a sus propios refugiados dentro del sub-continente. Se reconoció que la repatriación voluntaria es la solución óptima para los refugiados, como derecho individual que ha de ejercerse de manera voluntaria en condiciones de seguridad y dignidad. Asimismo, se subrayaron las necesidades existentes para facilitar la autosuficiencia y la integración local de un creciente número de refugiados y el desafío que esto representa para los países de América Latina. Se reiteró la necesidad de la cooperación internacional, acorde con los principios de solidaridad y responsabilidad compartida, para poner en práctica soluciones duraderas efectivas, así como para la difusión de buenas prácticas de soluciones duraderas en la región, propiciando la cooperación sur-sur, y el enfoque creativo de la Declaración de Cartagena de los Refugiados de 1984. Del contexto actual regional sobresalieron dos situaciones que requieren urgente tratamiento y apoyo internacional. Por un lado, la situación de un número creciente de refugiados de extracción urbana asentados en los grandes núcleos urbanos de América Latina. Por otro lado, la situación de un gran número de ciudadanos colombianos en las zonas fronterizas con Colombia de Ecuador, Panamá y Venezuela, en su mayoría indocumentados y necesitados de una acción urgente de protección y asistencia humanitaria dada su alta vulnerabilidad. 1. Programa de Autosuficiencia e Integración Local “Ciudades Solidarias” Los refugiados urbanos provienen de un amplio abanico de nacionalidades, con un porcentaje aún pequeño pero en aumento de refugiados de otros continentes y culturas. Estos refugiados se asientan fundamentalmente en centros urbanos y su autosuficiencia e integración socioeconómica es un desafío para los Estados y la sociedad civil, sobre todo teniendo en cuenta las dificultades económicas que los propios países de asilo enfrentan. Es por tanto necesario tener presente la difícil realidad de las comunidades de acogida al momento de diseñar proyectos de integración. 10
182
Del proceso preparatorio habría que destacar: a) la voluntad política de los gobiernos para facilitar la autosuficiencia económica de los refugiados; b) la falta de recursos y de experiencia del aparato estatal social para lograr esta meta; c) el reconocimiento de la labor y experiencia de la sociedad civil; d) la necesidad de plantear estrategias adecuadas con la realidad de los países de asilo y de intercambiar buenas prácticas; e) la necesidad de contar con cooperación técnica y financiera internacional. Las reuniones preparatorias indicaron que en la elaboración de este Programa se deberán tener en cuenta las realidades socioeconómicas de la región, en términos de índices de desempleo, pobreza, y exclusión social, así como el perfil socioeconómico de los beneficiarios. En este sentido, se mencionaron algunas metas indicativas: -Propiciar la generación de fuentes de empleo, en particular se sugirió el establecimiento de sistemas de micro-crédito; -Establecer mecanismos para una expedita entrega de documentos y simplificación de los trámites de validación y reconocimiento de certificados y diplomas; y -Contemplar mecanismos de participación de la sociedad civil organizada y del ACNUR en la elaboración, ejecución, seguimiento y mejora de los proyectos de integración. El Programa de Autosuficiencia e Integración “Ciudades Solidarias” pretende evitar, en la medida de lo posible, los llamados “movimientos irregulares o secundarios”, pero sobre todo busca una protección más efectiva que abarque los derechos y obligaciones sociales, económicos y culturales del refugiado. Se trataría de facilitar la ejecución de políticas públicas, dentro de una estrategia social integral, con la cooperación técnica de las Naciones Unidas y de las organizaciones de la sociedad civil y el apoyo financiero de la comunidad internacional, para integrar a un número de refugiados a ser determinado en una serie de centros urbanos “piloto” de América Latina. 2. Programa Integral “Fronteras Solidarias” Los representantes gubernamentales de Ecuador, Panamá y Venezuela, en la III Reunión SubRegional Preparatoria celebrada en Cartagena de Indias, Colombia (16-17 de septiembre, 2004), indicaron que se desconoce la real magnitud de la problemática de los refugiados. En este sentido, los 10,000 refugiados y los 30,000 solicitantes de la condición de refugiado en estos tres países, representarían solamente una fracción del total de ciudadanos colombianos que transitan y/o permanecen en estos países, en su mayoría en situación irregular, resaltándose la especial situación que enfrentan las provincias o Estados fronterizos con Colombia. Dada la situación imperante en el país de origen, y las dificultades económicas de los países de recepción, se presume que un número considerable de los colombianos indocumentados o en situación migratoria “irregular” requieren protección y asistencia humanitaria. Sin embargo, en su mayoría, permanecen “invisibles” y, por tanto, vulnerables y marginados. Los países de recepción manifiestan voluntad para cumplir con sus obligaciones internacionales de protección, pero asimismo preocupación por la magnitud del problema humanitario cuya dimensión real aún se desconoce. Para promover una respuesta humanitaria a favor de quienes requieren y merecen protección internacional, al igual que para atender las necesidades básicas de infraestructura y de acceso a servicios comunitarios, en particular en materia de salud y educación, y facilitar la generación de fuentes de empleo y proyectos productivos, es necesario propiciar el desarrollo fronterizo a través de la consolidación de la presencia de las instituciones del Estado, y de inversiones y proyectos concretos de la comunidad internacional.
11
Conferencia Regional Humanitaria sobre la protección de personas desplazadas y refugiadas: Seguimiento a la Declaración y al Plan de Acción de México
Los representantes de gobierno en la reunión de Cartagena de Indias indicaron las dificultades que enfrentan las autoridades locales para mantener los servicios básicos en salud, saneamiento, educación y otros que se encuentran afectados por un exceso de demanda no planificada. En todo caso, se subraya la necesidad imperiosa de incluir a las poblaciones locales como receptoras de ayuda al desarrollo, al ser éstas las que asumen gran parte del peso de la solidaridad, a pesar de ser poblaciones tan pobres y necesitadas como los propios refugiados. Las reuniones preparatorias propusieron las siguientes prioridades en las zonas fronterizas de acogida de los países citados: •
• • •
Apoyo para ejecutar un programa a fin de establecer de una forma fiable la magnitud y las características de la problemática de los refugiados con el objeto de determinar sus necesidades de protección y asistencia, además de proponer las soluciones duraderas más adecuadas; Fortalecimiento de los mecanismos institucionales de protección y de determinación de la condición de refugiado; Ejecución de Programas de Sensibilización dirigidos a la población local para prevenir sentimientos adversos y toda forma de discriminación; Elaboración de un Plan Estratégico Regional para atender las necesidades de protección, de asistencia básica y de integración de todas las poblaciones necesitadas bajo un enfoque territorial y diferenciado, cuyos ejes orientadores podrían ser, entre otros: -Promover el desarrollo social y económico, beneficiando por igual a las personas que requieren protección internacional y a las poblaciones locales de acogida; -Tomar en cuenta el perfil de la población desarraigada y la población de las comunidades locales que habitan en zonas fronterizas, que principalmente se constituye por población rural, agrícola, con una mayoría de mujeres y niños; y -Tomar en cuenta las necesidades específicas de protección de mujeres y hombres, minorías étnicas, ancianos y personas con discapacidades.
Se señala que la solidaridad sólo se puede sustentar en un trabajo de cooperación activa del Estado, la sociedad civil y el ACNUR, con la contribución financiera de la comunidad internacional, enmarcada en el principio de la responsabilidad compartida. Al respecto, se mencionó la importancia de asegurar la participación de la sociedad civil en los mecanismos establecidos o por establecer (bilaterales, tripartitos e internacionales) para afianzar el marco de protección de las personas afectadas en zonas fronterizas y analizar la problemática del desplazamiento forzado en la región. En este sentido, se tomó nota con satisfacción de la propuesta de Brasil de promover la creación de un programa de reasentamiento regional (ver apartado siguiente). 3. Programa Regional de “Reasentamiento Solidario“ En la reunión preparatoria de Brasilia (26-27 de agosto, 2004), el Gobierno de Brasil propuso la creación de un programa de reasentamiento regional para refugiados latinoamericanos, enmarcado en los principios de solidaridad internacional y responsabilidad compartida. Esta iniciativa abre la posibilidad para que cualquier país de América Latina se asocie en el momento que lo considere oportuno, ofreciendo recibir refugiados que se encuentran en otros países de América Latina. El anuncio de este Programa fue bien recibido por los países de la región que acogen a un importante número de refugiados, como instrumento que ayude a mitigar el impacto de la situación humanitaria que enfrentan. Los países de América Latina coinciden en la importancia de propiciar el establecimiento de políticas de reasentamiento que incluyan un marco de principios y criterios de elegibilidad, respetando el principio de no discriminación. Asimismo, a la luz de la experiencia de Brasil y 12
184
Chile como países con programas emergentes de reasentamiento, hacen un llamado a la comunidad internacional para apoyar el fortalecimiento y consolidación de estas iniciativas, a efecto de que puedan ser mejoradas y replicadas en otros países de América Latina. En todo caso, se subraya que el reasentamiento como solución duradera en la región y para la región no debe ser visto como una carga compartida sino como un deber de solidaridad internacional, y se reitera la necesidad de contar con cooperación técnica y financiera de la comunidad internacional para su fortalecimiento y consolidación. Capítulo Cuarto “Mecanismos de Promoción, Ejecución, Seguimiento y Evaluación” Con el fin de ejecutar este Plan de Acción se prevé una serie de actividades a varios niveles: A nivel nacional (durante el primer semestre del 2005) Llevar a cabo un diagnóstico del número de personas que podrían beneficiarse de este Plan de Acción para sustentar la formulación de proyectos dentro de los programas contemplados en el mismo. Elaboración de proyectos nacionales dentro del ámbito del Plan de Acción. Asimismo, los países interesados en el Programa “Fronteras Solidarias” deberían preparar un estudio sobre el impacto de la presencia de solicitantes de la condición de refugiados, refugiados y otras personas que requieren protección internacional en las áreas de ejecución del Programa. El ACNUR brindará todo su apoyo y experiencia en la formulación de dichos proyectos, los cuales serán sometidos a consideración de la comunidad internacional. Las instituciones nacionales de promoción y protección de derechos humanos elaborarán periódicamente un informe de evaluación y seguimiento en relación con los proyectos y programas formulados dentro del ámbito de este plan de acción A nivel regional y sub-regional Organizar por lo menos dos reuniones al año que permitan el intercambio de informaciones y experiencias, la elaboración de proyectos regionales y la supervisión de la ejecución de este Plan de Acción con la participación de gobiernos, el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados, otros organismos de Naciones Unidas, la Organización de los Estados Americanos, donantes, representantes de la sociedad civil, las instituciones nacionales de promoción y protección de derechos humanos y expertos. A nivel internacional Dentro del marco del Comité Ejecutivo del ACNUR, organizar una reunión anual con países donantes e instituciones financieras, con la participación de la sociedad civil, con el fin de presentar los programas y proyectos del Plan de Acción e informar sobre su ejecución e impacto en las poblaciones beneficiarias.
13
Conferencia Regional Humanitaria sobre la protección de personas desplazadas y refugiadas: Seguimiento a la Declaración y al Plan de Acción de México