MECANISMO DE PROTECCIÓN AL CESANTE
Subsidio al desempleo
QUE´ ES EL FOSFEC?
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El Fondo de Solidaridad y Fomento al Empleo y Protección al Cesante es un componente del Mecanismo de Protección al Cesante, el cual será administrado por las Cajas de Compensación Familiar y se encargará de otorgar beneficios a la población cesante que cumpla con los requisitos de acceso, con el fin de proteger a los trabajadores de los riesgos producidos por las fluctuaciones en los ingresos en períodos de desempleo
A QUÉ BENEFICIOS PUEDO ACCEDER?
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El Fondo de Solidaridad y Fomento al Empleo y Protección al Cesante dará a los postulantes que cumplan con los requisitos, los siguientes beneficios: Seguridad Social, pago de aportes de salud y pensión liquidado con base en un salario mínimo Subsidio Familiar (cuota monetaria $27.760) si la viene recibiendo Bono de alimentación del Fosfec $184.429 por mes durante un semestre Capacitación gratuita Ruta de Empleabilidad Incentivo económico por ahorro de cesantías
QUIÉNES PUEDEN ACCEDER A LOS BENEFICIOS?
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Quienes su situación laboral haya terminado por cualquier causa o en el caso de ser independiente su contrato haya cumplido con el plazo de duración pactado y no cuente con ningún otro o no tenga ninguna fuente de ingresos. Quienes hayan realizado aportes durante un año, continuo o discontinuo, a una Caja de Compensación Familiar en el transcurso de los últimos tres años para el caso de los trabajadores dependientes y dos años, continuos o discontinuos, para los independientes. Además deberán inscribirse en cualquiera de los servicios de empleo autorizados pertenecientes a la Red de Servicios de Empleo y desarrollar la ruta hacia la búsqueda de empleo que incluye programas de capacitación y reentrenamiento.
QUÉ DOCUMENTOS DEBO ADJUNTAR? 1. 2. 3. 4. 5.
Formulario debidamente diligenciado y firmado Certificado de cesación de la relación laboral Fotocopia de cédula de ciudadanía del Cesante Certificado de última EPS y Fondo de Pensiones, no mayor a 30 días Certificado de Inscripción al Servicio Público de Empleo donde conste que actualmente la hoja de vida esta completa y ha sido actualizada en los últimos 3 meses 6. Certificado de Fondo de Cesantías, si realizó el ahorro voluntario de cesantías al Mecanismo de Protección al Cesante
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Si sus aportes fueron realizados a otras Cajas de Compensación: 7. Certificado de Caja de Compensación por aportes realizados en los últimos 3 años, con fecha de afiliación y fecha de retiro 8. Si recibió cuota monetaria, anexar Registro civil de los hijos donde demuestre parentesco y/o fotocopia de cédulas por padres a cargo, mayores de 60 años 9. Certificado de discapacidad (si lo requiere)
CUÁNDO ACABAN LOS BENEFICIOS?
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Cuando no acuden a los servicios de colocación ofrecidos por el Servicio Público de Empleo, incumplen sin justificación a los trámites exigidos por el Servicio Público de Empleo y los requisitos para participar en el proceso de selección de los empleadores a los que sea remitido. Cuando rechazan sin causa justificada la ocupación que le ofrezca el Servicio Público de Empleo, siempre y cuando la remuneración sea igual o superior al 80% de la última devengada. Por ninguna circunstancia el Servicio Público de Empleo podrá ofertar vacantes con remuneraciones mínimas al salario mínimo mensual legal vigente. Cuando descartan o no culminan el proceso de formación para adecuar sus competencias básicas y laborales específicas.
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Se refiere a destinar voluntariamente una parte de las cesantías para épocas de desempleo. Por dicho ahorro, el Gobierno Nacional a través del FOSFEC entregará un beneficio proporcional.
CUÁL ES EL BENEFICIO QUE SE OTORGA POR AHORRAR LAS CESANTÍAS?
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Con el objetivo de incentivar el ahorro de las cesantías como auxilio de desempleo, el Mecanismo de Protección al Cesante otorga un benecio económico el cual se calculará teniendo en cuenta tres variables: Tiempo que lleve ahorrando las cesantías Ingreso que recibe por la relación laboral Monto que decida ahorrar
CUÁNTO ES EL AHORRO MÍNIMO PARA ACCEDER AL BENEFICIO ECONÓMICO POR AHORRO DE CENSANTÍAS?
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Para acceder al incentivo monetario por ahorro de cesantías debe haber manifestado su voluntad de ahorro y haberlo hecho durante un año. Si devenga hasta dos (2) SMMLV (mínimo el 10% del promedio de su salario mensual durante el último año). Si devenga más de dos (2) SMMLV (mínimo el 25% del promedio de su salario mensual durante el último año).
CÓMO ACCEDER AL INCENTIVO POR AHORRO VOLUNTARIO DE CENSANTÍAS?
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Los aportes de cesantías destinados de manera voluntaria, permanecen en la Administradora del Fondo de Cesantías, AFC, hasta que la persona tenga la condición de beneciaria del mecanismo; en ese momento la AFC traslada el ahorro voluntario del aliado al Fondo de Solidaridad de Fomento al Empleo y protección al Cesante, FOSFEC.
INFORMES Villavicencio: Calle 26 No. 38-89 Barrio 7 de Agosto Cel. 318 280 12 06 Acacías y Guamal: 317 364 79 70 San Martín, Granada, Vista Hermosa: 317 372 13 48 Pto. López, Cabuyaro y Pto. Gaitán: 317 372 31 59 Restrepo, Cumaral y Barranca de Upía: 317 440 01 89
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