GACETA DEL GOBIERNO
DE PÜERTO-KICO
f-. V - -
rs-^r'
DEL JUEVES 93 DE MAYO DE 1833,
ARTICULO DE OFICIO. i# lieal decretflt r'_
' Queriendo que un rp^i iiiento de mi ejército lleve el nom» bpe de mi nmy (juerid;» Hiiia primogénita U heretlera de mi Corona, y restaurar con esta, ocasión en h lista de lo.f cijer-^ pos el regimiento de (a PrUcen^i que tan (Jistin-uidos servi cio» huo a. Estarlo, y cuyií anticua ,denom/naeion perpetúa el lecuerdo de las herederas deJ Irono, lie venido en decretar Jo stguienle;-
Art. 1° Queda instituido el regiiíiíjtito de la Princesa María Isabel que se compondrá de,tres liatadoues, y ocu pará por privilegio el cuarto lugar de los de infantería ríe linea del ejército, tornaado ¡os que le siguen el número suresivocorrespondiente.
\xt. 29 ^ Todos loa reoiraienloa de \a infantería d'»! ejército participarán y conítihuirán á la formación del regim ento de Ja PsixcESA Mahia Isabel, iT.® /ww.
N-tX Se\\\\a.de Vase general para la coiofcacion de ofi ciales en dicho regitijienfo eJ orden de inmediato ascenso entre los mas beneméritos, como recompensa de la mas fervorosa leal, tad individual y de la particular de sus clases.
Art: 49 Todas las vacantes que resultaren en los cuerpos del ejército por promoción al regím/eyifo de la Princesa María Isabel se proveerán por reemplazo entre los o/iciales «xcedenles mas acreedores por su ant gtiedatJ y mériio reiidréislo entendido, y. dispondréis su cinnplimienio.—üsta nibricado de la Real mano—En Palacio á 10 de Febrero de lS3d.
-^A Ü. Josef de la Cruz.
Jieul orden libertando del pago de derechas de puertas la uva, moS' to y aceituna que se introduzca en los pueblos.
Escmo. Sr: He dado cuenta á la Réina nuestra Sefiora «Je lo expuesto por la Dirección general al remitir el expedien•te f romov'do á instancia de los cosecheros de vino y acei te de 'as ciudades de Jaén y Ciudad líeal, en solicitud de que no .se haga novedad en la ejecución del artículo 30 de la Real instrucción de 4 de Enero de 1830 para la exacción de los derechos de puertas á la uva, mosto y aceituna, según se in troduzca en esta especie en las capitales, y que quede sin efec to la Real orden de 16 de Agosto de 1831, por la cual se dero gó el referido articu'o 30, y dispuso que en el cobro de los de rechos de puer as sobre las citadas especie-, se guardasen las reglas que se observaban antes de publicarse la expresada Real i; struccion de 4 de Enero de 1830, de aforar á su tiempo ei vino y aceite para deducir loh derechos correspondientes á lo que se destinase al consumo en ios términos explicados en la misma instrucción; y entereda de todo vS, M. se ha servido mandar que en los pueblos, capi'ales de provincia de Jaén y Ciudad Real, y demás que se hallan en su caso, se cum pla á la letra lo dispuesto en la exp esada Rea! orden de 16 de Agosto dé 1831, declarando al mismo tiempo, para evitar «ludas y reclamaciones: 19 Que sean libres de los derechos de puertas la uva, mosto y aceituna que se introduzcan en su es pecie para ios lagares y molinos de los pueblos donde rigen dichos derecho»; 2? Que para el arJeudode los mismos dere chos en los vinos y aceit-s se rebajen y abonen, segnn lo que resulte del af ro, las mermas, derrames, declinaciones del vino en vinagre, y otras cualesrjuiera deducciones que estuviesen en tiío en tiempo que ia Real íJacienda adouiniitraba cate impuei-
to; y 39 que no habiendo entonces cebrado los derechos la fteat Hacienda en las ventas" de vino y aceite destinados al consu mo de otros pueblos, bien de cuenta de los cosecheros ó dé la de comerciantes ()ue se los compren con este ol jeto, tam-poco debe exigirlos ahora el empresario D. Felipe Riera en uno ni en otro caso. De Real orden & •. Madrid 29 de Noviembre de 1832.— Victoriano de Encima y Piedra.
NOTICIAS ESTRANGERAS. INGLATERRA.
Londres 2 de Marzo. %
Ayer fue día muy ocupado prti los diplomáticos por ha^ berse recibido la víspera por la tarde plieg js de H danda. Ca si todos los embajadores han despachado c rre,ns a -us respec tivas corles. Lo- -pliegos del inin stro Belga fueron expedidos por ta vía cíe CJsteu'de y conducidos por .un coireo extraordi nario.
- En Dublln, Mayo, Carlow Birmihgh^m, Dundee y ojros pueblos se han tenido juntas públicas con el objeto de acor-! dar lo Conveiiiei te para representar al Par'amento contra la adopción de la» medidas coercitivas propuestas para pacificar la Irlanda. El fin de los exponentes no puede menos de ser loable á los ojos de todo hombre juicioso si se mira bajo ciepi to pun o de vista, es decir, porque se dirige á alejar todo ata que a los derechos constitucionales y á las libertades del pue—bio, pero vemos con gran sentimiento que ninguna de las re soluciones adoptadas toma en consideración las vi. lencias ile gales (]ue se cometen actualmente en algunos condados de Ir landa. ni menos proponer 8Í(|uiera una medida, que al mismo tie i.pu que proteja al inocente, aterre al culpado. No deben dirigirse contra el pueblo las medidas coercitivas, sino contra sus enemigos,^ contra losí asesinos, los ladrones y los incendia rios, pues es indispensable fjue se castigue á semejantes mise rables para la seguridad del Estado y la paz de la sociedad.
CÁMARA DE LOS COMUNES,
En la sesión del 19 continuó (como ya sé ha anunciado) la discusión de las medidas propuestas para Irlanda, y en ella votó el lord John Russel en su favor, porque á sU parecer e.staban suficientemente justificadas por Una imperiosa necesidad.
Mr, Grattan las combatió con mucha energía, porque en su Opinión equivalia á abo] r en Irlanda la const tucion.
Sir R. Peel sostuvo lo contrario, diciendo que el honor de la constitución inglesa exigía que á toda costa se pusiera término á los atentados que se cometen en aquel pais contra la vida y las ptopiedades. ,,Se ha preguntado, continuó el ora dor, si los ministr 9 se atrevetiaii k proponer para la Inglater ra semejante bilí, y siesta reino se somiAería á él, y despue» Se hd declamado contra la injusticia y la imparcialidad con que se trata á la Irlanda, [Escuchad; escuchad) Mas á esto digo, que se me permita proponer ahora una cuestión. ¿Podrá cre erse que la Inglaterra to'ere en su Seno un sisteiná tan de plorable de crimen y de amargura.? {■dplausos.) Sin duda á la Inglaterra repugna recurrir a medidas coercitivas; pero como se lia demostrado que son necesarias para evitar mayores males, se ve en la ob'igacion penosa de prestar su consentimiento % ellas: asi pues, lejos de exponernos al odio y reprobación du
Ja Irlanda Ú adopcíon del bilí que se está discutiendo, me per-' suado por el contrario, que la mas sana parte de la población le recibirá con gozo y gratitud; , ^ „Se ha asegurado que las turbufencias de Ir anda jamas podrán llegar al extremo, porque á la cabeza de tos alborota dores se hallan homlires de mucha influencia, quien«s sabrán contenerlop; v qué, ¿porque exista actualmente en Uub in un poder gigantesco que tiene una horrorosa influencia en la masa del pueblo, que subleva a su voluntad agitándole según le place y conviene, y porque esté organizando la tnsurreccion, será esto una razón para que el peligro sea mehor No pue do comprender, lo confieso, semejante argumento. Al contra, rio sostengo yo. y todo hombre prudente convendrá conmigo, qué es necesario darse por esto mucho mas prisa á remediar semejante estado de cosas en que la tranquilidad publica depende de una agitación política y sistemática. Asi que, me lan te á que es preciso contener la tempestad, pues que todavía es tiempo, voto por el bilí, a fi n de aseguraren Irlanda a totlos^los hombres de bien, de cualquier opinión que sean, la pro tección que las leyes ordinarias les niegan, Creedme.- mostre mos vigor; no permitamos á los facciosos que crean que care cemos de energía y de firmeza, y yo respondo ,de que bien pronto- se restablecerá el orden. Si en este momento retroce demos ya no sera tiempo después, y entonces caeríamos en una completa anarquía en que no valdrían leyes ni autoridad, en que solo el inocente padecería, pues no encontraría segundad ni protección, con lo cual el crimen triunfarla, Mr. Ruthwen pidió después que se difiriese la discusión. El lord Aithorp declara que estando á su parecer soficien-tejneote ilustrado el asunto, no solo seria inútil sino peligro so el continuarla.En seguida se procedió á votar la proposición de Mr« "Kuthwen, y resultaron 63 votos en íavor. de ella, 468-en con tra; y se resolvió al hu que el lunes 4 se coutinúarid la disci^siun del bilí.
PORTUGAL,
V Md '
r • Lisboa 7 de AJarzo.
' El gobierno de S. M. ha recibido hoy noticias de Bra-^ ga que alcanzan hasta 4 del corriente, v por ellas consta que 'el Rey nuestro Señor y sus augustas Hermanas continuaban gozando da la mas perfecta salud. ——También ha recibido el gobierno el siguiente o;icio: limo, y Escmo. Sr.; Tengo el honor de participar á V. E, que en el dia de hoy he destacado sobre U derecha de los rebeldes alguna fuerza con el fin de reconocer sos posiciones, la naturaleza de las obras que tienen en aquella parte, y^ la fuerza con que apoyan dicho punto. Combine |sta operación con un tiroteo genera! de piquetes en la 3- y 4" división, asi como en la columna móvil para llamar,la atención de ios re beldes, mandando asimi-smo arrojar algunas bombas contra el convento de Serra. Conseguido el fin que me habia propuesto, mandé que la tropa regresase á sus acantonamientos, sin que- el fuego durase mas de tres huras. La artillería asestada en la- pane extrema de nuestra linea fortificada protegió esta operación. Dios &tc. Cuartel general de Aguas Santas á 4 de Marzo de 1833.—ií/ conde de S. Lorenzo, comandante en gefe del ejército de operaciones."~'Iimo. y Escmo. Sr. vizconde de Santaren. , i—A->imismo ha recibido hoy el gobierno por el telégrafo la noticia de que en el (lia de ayer 6 fue echado a pique por nuestras baterías un bergantín de guerra de los rebeldes, que estaba en el Duero. El dia 4 del presente mes de Marzo el conde de S. Lorenzoy comandante en gefe del ejército de operaciones contra -Oporto, hizo un reconocimiento sobre aquella ciudad con el mayor acierto y discreción, y los ataques fiisos que se hicie ron en diferentes puntos de la linea enemiga tuvieron el me jor resulta.dí), particularmente el que dirigió la columna mó vil al norte del Dueru, que apoderándose de algunos de los Birincheramientos logró quemar varios almacenes y molinos, to mando asimismo ganados y víveres de los rebeldes. Después de haber conseguido el general el objeto que se propuso en <el reconocimiento, hizo su retirada en el mejor orden, de in?jnera que nuestra pérdida es muy poco considerable en muer tos y heridos, aunque no se puede expresar con exactitud cuál haya sido.
ESPAÑA;
Madrid 6 de febrero*
Cualquiera que h»ye leído detenidamente t] Testi^ank de las actas ríe Cortes de 1780 sobre ¿asucesion de U Corona de Ls' paña, y de los dictámenes dados sobre esta materia, nece sariamente su atención en la constancia del voto publico y opinion general de los españoles en todos tiempos y en todas circunstancias: voto y opinión contrarios á la !«y hálica (l), mirada siempre cotrio producto de un suelo estrangero. Esta ley desconocida eo nuestra historia y en nuestras costumbres hasta gl ajío de 1713, halló grande oposición, cuan do se propuso por la vez primera, en los ministros del Con sejo Real y en los mas sabios jurisconsultos; y fue necesa rio para establecerla recurrir a medjos tales, que el ilustre con de de Campomanes, presidente de las Córtes de 1789, y uno de los mas grandes publicistas de su época, no dudó afirmar en la proposición que hizo en dichas Córtes, que no puede conceptuarse lo resuelto en l7l3 ,,como leyfundamental, ser cernerá 'as que existían y estaban juradas; no habiéndoso pedido ni tratacJo por el reino una alteración tan notab é en la sucesi'iv de la Culona." El voto de un- hombre cntno Cam pomanes en esta tñaferia puede llamarse sin injusticia tvi te. mor de yerro, voto de toda la sacion, E>a oposfoion, vencida en l713 por medio» que han reprobado tradición é historia, no se halla en las Cortes de 1789 'con re'ipecto al restablecimiento de la antigua ley fundamen tal. El presidente propone, las Córtes piden, el clero, con sultado por el Rey D. Carlos IV, apoya ta petición; y final mente eí Monarca !i sanciona, sin vestigio alguioo de la mas leve contradicción. Quien no vea en este consentimiento uni versal de los prelados, de los jurisconsultos, de los procura dores de las ciudades, de los ministros de los tribunales, con firmado por e\ lutsmo Rsy, d voto y opinión pública de la nación, es preciso que sea enteramente ciego» Uurjote )» ffuerrj^ de ]» independencia se maoifestfi esta opónáon y este noxo óoa VEvatveva.^ voviy solemnes ona y otra. El consejo reunido de España é Indias, compuesto d« los mejores publicistas que teníamos entonces, en su dictamen, dadu á COI suita de la Junta central en Sevilla á 13 de E.nero de ISIO sobre las pretensiones de la Serma. Sra. Dona Carlota de Borbon, princesa del Brasil, á la sucesión eventual de. la corona de España, apoyó esta solicitud con fuertes y gravísimos argument^, tomados ya de la historia general de la monarquía, ya de la situación crítica en que entonces se hallaba. La Junta central, acometida da loa franceses y obli gada á evacuar su residencia, como sucedió diez dias después, reservó á las Córtes, convocadas ya, la decisión de este negocio.
Las Córtes se reunieron en la isla de León, aunque no según los principios adoptados en sú convocación.* y si bien,, tomando el nombre de constituyentes, hicieron grandes alte raciones en las leyes fundamentales de la monarquía, no seatrevieron á tocar á la de sucesión de la corona. Su s/fuacioi^ era análoga á la dé la asamblea nacional de Francia en 1/89; y asi como en el nuevo código fundamental que los france ses forjaron, y en todos jos que le han sucedido durante su re volución, se ha conservado la ley sálica como principio anti guo é inconcuso de derecho público entre ellos, asi también las Córtes de Cádiz rindieron homenagc á la maxima cons tante de nuestra nación y monarquía, que asegura el cetro k la» hembras en linea directa. En otras cuestiones, sometidas .á la acción de las teorías ó de las pasiones políticas, hicie ron grave? alteraciones.* en esta, que por so naturaleza está libre' de aquel influjo, obedecieron la voz y opinión de los españoles de todos los siglos, , Esta Opinión, aunque puede apoyarse con argumentos con vincentes que la favorecen, ni se funda ni se ha fundado nun ca en España en teorías abstractas, sino en resultados prácti cos, en hechos históricos, en costumbres perpetuas é inmemariates, que vslen en política mas que todos los razonamientos. Asi es que el ssbio Campomanes en la proposición ya citada que hizo k las Córtes de 1789, no invoca en su favor ni la capacidad de las hembras para el gobierno, ni las numero-
(1) Adoptamos esta espresion inexacta para conformarnos con el uso común: pero ningún hombre instruido ignora en el dia, que la ley sálica relativa á la sucesión de la casa, no e« aplicable, ni se aplicó en loa siglos feudales, á la sucesión de los Estados.
MtLá v^ntahs pofittci^ qvie «suTtan d? no cscluirlas d# U s^s, swr ventajan po 4 peligros é inconvenirntes h que cesión direcU. los grave p g dinastías. S >'lo cita en •lu^nilria sti escluston las naciones y las amas sífVoyo los detechos de la augusta casa He A" hel* ¿08 de hembra; los reinados gloriosos de ® ; V la venturosa reunión de las coronas de León y LasuUa 0 f» 1. primer., y de CastlU. yAr.gon bajeU «gend.; en6 . 1. esperieeri. de los siglo., qüe es , debe «er 1. los v^eblos, asi como lo es de los '"dividuos. ,035 ^o es de estrañar pues, que cuando^se publico ^ la pragmática sanción del Rey nuestro Señor, Wicamlnle V sancionarido las determinaciones tomadas en las 'Córtes de 1789, se manifestase la opmion publica de un ñera tan solemne y general en las esposicianes y repreclones de las ciudades de Voto en Córtes; ni que esta op n on continúe manifestamdose con motivd d®' "ri tafalecimiento de la salud de nuestro «dorado Monarca J del fausto gobierno de su augusta Esposa, f lev de la sucesión directa esta consignada iiideleblemente, no ÍoCen los códigos, sino también en los ánimos y corazones ¿e los españoles. Las dos veces que ha parecido dominar eti EspsL la ley sálica, ha sido siempre por la influencia estran^ cera- diplomática en 1713; militar y usurpadora en 1808 cuan do se consignó dicha ley en la llamada consmucioiv de Bayona. Siempre que nuestro gobierno hs seguido en lia las inspiraciones del veto nacional, ha proferido p p?o que puso en el trono español á U madre de S. Fern ndo, á la conquistadora del nuevo mundo, a Ja dinastía augusta de ir» Borboneg.
J)e las ventajas de la institución dejueces avenidores en negoaoi de comercib.
Lo» hombres de erte siglo ilustrado, se jactan te de no creer en magiaj buena ventura, ni otras sandeces, nue tantas riquezas Ivm producido ú jos agoreros, gitanos y otra^ Lotes de estejaez: sin embargo, el mal aun conserva algunas credulidad es una flaqueza inherente á nuestra natu raleza-; Siempre existe, y nunca müere; solo v^iria según lo» Cásos-y tiempo de farma, objeto y lenguag*. ^
Se han visto espíritus fuertes, no ttjs dias que reputan por aciagos, tales como el martes u cualouiera Urta gran soberana y uno de los generales mas • "oX "vil» .Ij.to.aan» .a..r.ian irr.si.úbl.,a. no po-,íliín vencer ni disimular á los lutos.
'i m I %tk '■
"\ •'■' ." .v' '
Por el artículo 19 de la ley da 24 de Julio de 1830 so bre el orden que debe seguirse en la instrucción y sustaucia^lon de todos loa procedimneutos é Vuslancns " exí negocios de comer io, se digno vo opae wo se de eot%o eetton aíguna jucftaiaí, sm qu« se presente con la demanda una certiricacion que acrediteha berse celebrado la comparecencia ante el juez avenidor cornpeiente, 6 haber dejado de celebrarse por contumacia del de-
""""convencido S. M, de los funestos males económicos y morales que acarrean frecueníemerfte los litigios enye comer- XoteT Liso que la^ partes, antes de sujetar la decisión de so derecho al juicio de los tribunaíes» examinasen mutuamen te los fundamentos de sus demandas en presencia de una per sona imparcial, prácticamente conocedora de la naturaleza y Ciro de los negocios mercantiles. , .j ' .1. ina Esta benéfica dispcsioion, propia de la sabiduría y de los «entimientos paternales de S, M., ha producioo los mas L iees resoltados. Porau medio se han estiogui^do rencores anli«ruos; se ha conservado U paz de muchas fAmiiias; y mcrciantes han ocupado el tiempo con utilidad P^op'^J del Estado, economizando los fondos que hubieran inver 1 o símencr ilusiones, que al fin hubieran visto desaparecer ante la iusticia de los tribunales. ^ , rs -i
El juez avenidor del partido de Barcelona D. Joaquín Compte. ha participado á S. M. el resultado de sus tareas en el afio último en que ha desempeñado este honorihco encar go. De 121 demandas principiadas, que debían continuarse en el tribunal competente, ha conseguido conciliar a las partes del modo mas sincero y amistoso en 82, evitando pof consecuen cía á 164 familias laboriosas los sinsabores y perjuicios que in dudablemente les hubiera acarreado tiffios Los jueces avenidores de los anos 1830 y 1831 Kido" de Va. parte, en o,,.. 212 dern.ndan siendo por consecuencia 588 las familias q'-e solo en el P tido de Barcelona han experimentado los f® *de importante medida en los tres años que rige la filada ley d eZiciaraientn. Ea de esperar que los jueces avenidores de los deínas juagados del reino,a ejemplo de los del partido de B ceiooB, desempeñaran con igual zelo sus nobles funciunes, co • servando la paz entre las familias dedicadas al comercio^ «• «essria quizá m»» que en ninguna otra profesión, P»" ®1 f®" Jiz resultado de sus útiles tareas, y fomento de uno do los mas " iaxporWBie» manantiales de la prosperidad publica.
" iOaceta de Madrid)
Uno de ios hombres mas éstraordinarios de este siglo ( poleon) creia -en los presentimientos, y no dudo las " les hechas á su esposa por una" vieja eh su país, que J • P/.C/1 V á Francia para casarse: su(inatrimon'o no.scra f.^ hz su esposo acabará trágicamente, CMr. Beauharnais murió mtillotinado ) V. correrá en aquella época riesgos inmensos; per rema será V. mucho mas que mito.' habiéndose roto casual^ mente el cristal de su fetrato en el bolsillo, creyó ser 80 de la muerte de su ^posa; despachó inmediataiqente espreso, y no sosegó un momento hasta que e correo regre- •vó a Italia donde se hallaba mandando el ejercito. _ _ E filósofo Bruto no dudaba de la realidad en la aparición ie un ."'«lo. qne, un año an.ca le anun.ii .0 ñerre.a en T";":'ignor.nte, In, par.iaarin. y s.cnaoe. de 1, piedra ñlosnf.!,, el oro potable y las predice,ones, 4 pe.a^ da nuestro orgullo, somos esclavos de la imaginación, pre Jldon! «mor y d«.o.-no, convierten en b.elo pata 1. verdad. ' cX'oñ lo. m="S eñeaee, pata hnlr y redimimc. d- unos errores i que, somoa tan adieto»? ¿Como diVicultar la
^nn \a reemplaza y reina sobre nosotros. Bajo el aspecto ée l'a alegría guarnece nuestra cuna con flores; después nos mesentalfs placeres adornados con rosas y mirtos, nos cubre corsus guirnaldas; luego es la gloria coronada de laureles la nufi nos une á su carro.' por ultimo, por medio del consue lo de la esperanza, oculta á,la^vejez el triMe ^ fin' le enseña los secretos de Esculapio, ios tesoros de Pluton, ría entretiene despu.s en los tranquilos y apacibles campos Elíseos resordañdo sus placeres, amores y hazañas. Ea ilusión es soberana del mundoj y nadie puede substraerse de su fh- Lin.o, por cuya razón debemos buscar arbitrios Con el fin de vivir felices bajo su poder. ^ El hombre es «« pequeño mande, es tan cierto, como ser el niño im hombre pequeño. El oráculo de la sabiduría nos pre viene que esiudiemos mutuamente para conocernos, obsérveme , pues, á 1^ iníancis; y hallaremos en ella nuestro retrato en mmiatiita. V el estracto de nuestra historia.
Consideremos' á un niño que toca un tambor, ,que arras tra un sable de md-deía, que" trae eh la cabeza un^morrion da napel ¡qué marcialidad en su porte! que aliivez Cree ser un Toldado un granadero, un geaérah otro á caballo en un bastan; corre dando fuertes chasquidos con un látigo, aq^el que Duesta una casulla de papel canta una misa &c. &c. Nos sonTeimos á la vista de este espectáculo pueril, ¡pues debemos penetrarnos que represehun nuestras propias acciones! que k ilusión sin habernos mudado, el tiempo, solo nos ofrece un teatro mas elevado, tramoyas mejor pintadas, tragps hechos con mas cuidado. Si hemos olvidado las escenas de nuestra infan cia, adolescencia y juventud, locuras; pesares, y recaidasj^es LLba de que la ilisiort nos gobiérna como a aquellos nino» de quien nos reiamos y quienes á corta-diferencia pueden conararse con aquel poderoso monarca Xerxes que hactq azot ál mar óue mandó retat en Úrsafi<r al monte Athos, y al gran Ciro, que perdió muchos meses en variar el curso de un nopa* r/i castigarle de fue se opusiese á su paso, ^ e. an -vompae.». Se Veúoue. mef Aflcl., da combatir. M.lebr.nche y otro, filósofo,, graduaron la -p». d» no suíñ"./Cómo podtin evitaran-totlo, lo, errores morales qn« ÍM eatravfei.. coindo m» enageliaii basta aensaoiones?
f P » Se concluirá,Jl
*IJ»T0 meo 25 SS MAYO )DJ i83s; estadística.
*ÍI KL JtffSDB ABRIL, ' JVacidos. Muertos. Mattim. Vacun, Coroz8> J ^ Mavagues. S, Geraiaa , , Añasco ., , , Ca'o-rojb,, íSübáoa grande
En lobos estos pueWos se d'sfrutó buena salud. Eii S. Ger mán se continuó en la reedificación de Ja iglesia.
Melacion dé las multas que han impuesto varios Tenientes a giter- r<i por las causas^ en las épocas que se espresan. Ps- Rs.
Enero* l Febrero.
Marzo. , Víga baja.
Juan Se la Merced, reses sueltas
Víctor Arroyo, ídem , , F-ljpe, Eamirez, Idem
Francisco Maldonado, ídem. . .
Santiago Vázquez, idern , ,
D. Juan Dumorosa, idem. . , ,
Dotiá Simona Maldonado, ídem. .
D. Juan Rumorosa,Idem. ,
Doaa Maciat Canales, idem. . .
í-.* *
^ Entrada y salida de buques en el mes de Abril.
Entradas. Salidas
^ardo: : I ; ; ;: ;
.'lípaüole»..
Extrajeron,
50 bocoyes melao. 4 sacos arroz. 349 quintaíes 31 libras tabaco. 1 cajnn de azúcar, 9 quintales café. 1 idem tabaco. 60 cucT 6 de res. maderas del país.
MAYAGUES.
Espafíolé». 1
Aenericauos
Brenit'ses. , lamieses ' .* 9
Entradas. Salidas
Extrajeron.
15O40 ijiea. P Ib. azúcar, 9476 qíes, 55 Ib, café, 29 toneladas guajacan. 92 libras cobre viejo.
479 bocoyes miel. 29 tersones id. 157 qics. 14 libras cueros, varios efectos de cabotaje.
AÑASCO. % ,•> 0
CABO-ROJO. EapaShitm
Entradas, Salidas. S 2
Entradas, Salidas,
Extrageron.
118 bocoyes de azúcar, 32 idem mora.
í®"' - 212 fanegas sal. 8 barriles ídem. g quintales arroz.' 2o tersones cafe. 50 mi! mazorcas maíz,' 7 barriles ídem. 1554 pacas algodón. 15 toneladas guayacan, 7 barriles almidón. varios efectos de cabotaje.
Juzgado general de bienes de difuntos.
'Por auto de diez y ocho del corriente se manda citar y emplazar por treinta días como primero y último lérmino, á las personas que se crean con derecho á los bienes que han que- do por el fallecimiento intestado de la estrangera iVlariá Yins, vecina que fué del pueblo de Guayama en esta isla, con ob jeto de que acudan aquellas al juzgado a poner en ejercicio sus acciones.—Puerto Rico 21 de Mayo de 1833.—D. Manuel Coronado, Escribano Real.—1
REAL LOTERIA.
El 30 del corriente se verificará el tercer Gran Sorteo extrasrdiiiario.
ANUNCIOS.
Varios muebles, como son: un famaso ropero, utia docena Mié svilds subre un costurero con su escv\bania, una fd— masa mesa, ima siUa de mecer, un butaque, algunas láminas fí na:*, un tocador y otras varias frioleras, están de venta, do las cuales se dará razón en la tienda de L). Timoteo Boncta. 2
De la hacienda de D. luán Rijo sita en Toa-bajá, se des apareció el tíos dé los corrientes un mulato que fue de Caguas del Dr. Jimcnez, y lleva'consigo un potro rucio canelo, ore jó^, canbiancu, cola y cjin blanca; dicho mulato se llama An« color claro, pelo apasado, cara larga, nariz larga y abul tad;, en la sien izquierda una cicatriz; y otra junto á la mu ñeca de la mano izquierda, ojos pequeños. El que lo entre gare en la reicrida hacienda ó en esta capital á su dueño, se rá competentemente gratificado.—3
En el presente mes se huyó del partido de Juncos, un esclavo nombrado Ramón, de edad como de 20 años, su estatura regular, con un verdugón en el pescuezo y.ojos gran des; el cual se llevó un' caballo pequeño color zaino, zambo de las patas de atras, y el rabo matad< >- el que lo aprendiese ó diese razón en dicho partido á D. Jusé Saldáña, será gra tificado. 2
Quien quisiere comprar una negra de buenas cualidades con principios de cosinera y labandera, también entiende tra bajar de campo; el que se interese á ella,se le admite una de duce años, recibiendo el restante en dinero.—2
El día 20 del mes próximo pasado se apareció en la juliádiccion de la Moca, un caballo de las señales siguientes: color prieto, escaso de crin, cola corta y abultada, algunos pelos blancos entre las orejas, en la frente y nacimiento del rabo, viejo, de siete cuartas y de paso largo. Lo que se avist* al público para su notoriedad. 2
En la juri. dicción de Manatí se hsti aparecido un caballo y una yegua de las señales siguientes: el caballo negro, en tero. de cuerpo regular, paso tranqueado, crin y cola abulta da, y las dos cuartillas traseras blancas. La yegua, zaina clara, pago muy corto y forzado, y un lobanillo en el nacimiento de la crin por el lado derecho del peacuizo. Avisase al públicq para su notoriedad. 2 '
imprenta del Gobierno á cargo de D. Valerítao de SanmiliaDe