Gaceta de Puerto Rico (21 jul. 1835)

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GACETA DEL GOBIERNO DE PUERTO-EICO vi

DEL MARTES 21 DE JULIO DE 1835. ^

ABTICULO DE OFICIO.

expresa, he teaido a sejo de Gobieino y del Las Cortes genera' aunado cou el debido

Dona Isabel ii, per la gracia de Dios, Reina de Castilla, de Leon, de Aragon, de las Uos Sicilias, de Jerusalen, de Navarra, de Granada, de Toledo, de Valencia, de Galicia, de Mallorca, de Sevilla, de Cerdena, de Cordoba, de Coreega, de JMiurcia, de Jaen, de los Algarbes, de Algeciras, de Gibraltar, delas Isias de Canaria, de las Indias orientaies y occideritales, Islas y Tierra-firme del mar Oceano, Archidaqiiesa de Aus tria; Duquesa de Borgona, de Brabante y de Milan; Condesa de Abspurg, Flandes, Tirol y Barcelona; Senora de Vi^caya y de Molina; &c. &c.; y en su Real nombre Dona Maria Cristina de Borboa como Reina Gobernadora durante la menor edad de su excelsa Hija, a todos los qua las presentes vieren y entendieren sabed: Q,ae habiendo ju^gado coiiveniente precoiitar a las Cortea generales, con arreglo a lo que previene el articulo 33 del Estatuto Real, un proyecto de ley relatifo al presupuesto de gastos extraordinarios de guerra para el corriente aiio de 1835; y habiendo sido aprobado diclio pro yecto de ley por amb^ Esta*nentos, como a contiiioacion se IsiE^espues de oir el dicJ nun'del Con1 oSpinistros, darle la sancion Real. ;raralP del reino, despues de haber exa-' detenimiento, y obscrvundo los trajniifs y iormaliiiades preocrreas, ei presupuesio ae los gaslos extraordinarios de guerra para el corriente ailo de 1835, qua per Real orden de 19 de Enero ultimo y conforme con lo prevenido en ei artlculo 33 del Estatuto Real se soraetio k su exaraen y deiiberacion, presentan respetuo-iamente a V. HI. el siguiente proyecto de ley, para qua V. M. se digne, jSi lo tuviese a bien, darle la sancion Real.

Articulo unico.

Se conceden al Gobierno 150 millones de reales, para los gastos extraordinarios de la guerra en el presente ano de 1835.

Sanciono, y ejecutese.—YO LA REINA Gobernadora. Esta rubricado de la Real mano.—iMadrid a 2 de Mayo de 1835.—Como encargado interinamente del Despacho del mi* jjisterio de la Guerra,—Valentin Ferraz, For tanto, mando y ordeno que se guarde, cnmpla yejecute la precedeiite ley como ley del reino , promulgandose con la acosiuinbrada solenmidad, para que ninguno pueda alegar ignorancia, y antes bien sea de todos acatada y obedecida. Tendreislo eiitendido, y dispondreis lo necesario a su cumpliroiento.—Esta rubricado de la Real mano.—En Palacio a 3 de Mayo de 1835,—A D. Valentin Ferraz.

NOTICIAS EXTRANGERAS. AUSTRIA.

Mtfertnedad del JEmperador.—Sus divergencias con el Princi pe de Metternich.

Se lee en la correspondencia del Constitudonal de Paris con fecha de Stultgard a 19 de Abnl lo siguiente; „Se observa desde ayer un gran naovimiento en naestra corte y en el mundo dipionnatico, Esta agitacion se esplica en las cartas de Viena, cuyo contenldo no concuerda con las noticias de algunos periodicos, y segun las cuales el etnperador Fernando ha estado bastante enfermo. El ataque nervioso gue le acometid el dia 10 de Ahril parecia calmarse en los dias

ininedlatos, pero aunque doliente tnvo una larga sesion con el priucipe de Metternich respecto de la situacion de las provincias, y segun acoslumbra insistio sobre la necesidad de remediar los males publicos. La conversacion giro principalinente sobre los negocios de la Hungria y de la Bohemia, y coiitrariado por la oposicion sislematica del minislro, el eaiperador tuvo una recaida.

Es c ierto que este incidente de Fernando ha desconcerlado todas las medidas de Metternich, La caida de este ministro seria un suceso de primer orden: tiene en la mano el cartapacio de los negocios estrangeros, reune el minisierjo de la casa imperial, los sellos, la secretaria de guerra, toda la adininistracion depende de el: preside el consejo: su inmensa fortuna, sus estensas relaciones aumeni an toda via mas su poder. Si este diplomatico sucumbe, el cambio de sistema sera compieto.

Las cartas asegqran que se establecera el campamento de Bruun, no solamente a causa de la agitacion de Holanda, sino porque en Bohemia se han manifeslado algutio- inditiios de descontentos. Este es un hecho enterameiue nuevo. La oposicion habia sido en Bohemia compriinida de.sde muy anligiio: y a consecuencia de estas combiiia nones se trata del advenimiento al ministerio de M. Lolkowiiz, descendienie de una familia bobemiana, y que seria iniiado cotno una garantia oe la concesion de instuuciones mas liberaies, tanto en todo ei imperio como en su pais natal particularmen te. ^

La caiJa de los Torys ha produdido aqui mucha sensacion. Se cree generalmente que nuestros estado.s, que se reuniran en Noviembre proximo, se aprovecharan de unas circnnstancias tan favorables. El Ray de Wurtemberg debe ver abo ra la necesidad de acercarse de nuevo a la alianza occident.aL Con un poco de habilidad toda la Alemania del O. quedara en armonia con la alianza francesa.

espaNa.

Palencia 4 de Mayo.

Accion con la faccion del cabecilla Modesto—Gobierno ci vil de esta provincia.—Comandancia militar de la misina.—Des pues de cuatro dias de marcha a grandes jornadas, logre dar alcance a la banda del cabecilla Modesto, compuesta de la fuerza de 40 hombres de a caballo en el pueblo de Matabiienn, juri.sdiccion de Aguilar de Campoo. Los eneniigos se hailabaq dispuestos a, raarchar por haberme avistado su centiiiela; pe ro la celeridad con que la caballerla de mi mando se precipiiaba sobreelios no me did lugar a su fuga, y al inomento los cargue con 50 caballos del 3? de ligeros y de la compania de seguridad de esta provincia, mandados por los tenientes D, Hilarion de Echavarria del D? y D. Pedro Rodriguezi de \« do seguridad. Puesios al fin en fuga los rebeldes en dos direcciones, dejaron sobre el campo, sin la menor novedad por naes tra part«5 muertos, pudiendose coger 3 caballos, 6 carabinas, un sable, dos slllas y varias capas y capotes. Los segui en su fuga haata la elevada montana que se enlaza con las de Branosera, (londe se detuvierou algun tanto sosteniendose con el fuego de carabina por haber tornado la cuspide de aqueila, no habiendo podido sacar mas ventajas por ser un terrene doude la caballerla no podia maniobrar, y ademas haber marchado cerca de siete leguas, entre alias, mas de dos al trote y galope, por lo que dispuse pernoctar en S, Cebrian de Muda, a doi leguas de Pmerga, i j. >.

La partida de InfanterUde segundad de 35 mandados por su capitan el teniente coronel D. Rafael Ls- Sro, y subteniente D. Meichor Gonzalez, no pudierontener parte en este encnentro por no haberles sido posible se- guir en aquellos rnomentos a la caballerxa, sm embargo de no baber perdido paso en su direccion.

Los senores oficiales y demas individuosde la columna de mi mando ban llenado su deber. Lo que p^ticipo a V. S. para su conocitniento y fines consipientes. Dioa guarde a V, S niuchos anos. Puebla de Valdavia y Abnl 24 de 1835.—El coronel de infanterla.—Francisco Velarde.—fer. goLernador civil de Palencia. Cordoba 6 de Mayo.

Derrota de la partida defacciososproced,ente de SeviUa.-^ Cbmandancia general de \a provincia de Cordoba, lengo la catisfaccion de anunciar al publico aunque sin detenerrne en detalles, en obsequlo de la brevedad, que una partida de facciosos organizada en las inmediaciones de Sevilla, que ha osado hollar la provincia de mi mando, ha sido sorprendida al amanecer de este dia en la venta del Castillo, situada en la sierra, a seis leguas de esta capital, por una par tida de 13 voluntaries de la F compama de Seguridad, al mando del alferez de la inisma D. Gregorio Prieto, auxiliado por el celador de policia de esta ciudad D, Francisco Muiioz, de conocida inteligencia y practice en el pais, 14 facciosos y 15 caballos que se hallaban en la citada venta, habiendo caido en poder de dicho oficial 10 de aquellos, y otro muerto, con 13 caballos, porcion de armas, municiones y otros efectos. Solo lograron fugarse saliendo a caballo a escape de dicha venta ires facciosos, de los cuales nno se considera muerto de resultas de las heridas que recibid a su salida, y cuyo caballo se ha encontrado en aquel estado y recogido su montura y armamento. Los dos facciosos restaiues vinieron a caer en las manos de los voluntarios lanceros urbanos de esta capital, mandados por su primer ayudante y comandante accidental D. Julian Roino, que regre- sando a ella con otra partida del regimiento caballeria del Principe, 3? de linea, a las ordenes, del coronel comandan te principal de las partidas en persecucion D. Balbino Cor tes. los avistaron. dieron alcance. acuchillaron v orendieron. Los voluntarios Urbanos de los pueblos inmediatos por donde pasaban dichos facciosos y los de ambas annas de esta capital salieron en su persecucion, y he visto con la mayor complacencia la activa cooperacion de tan benemexitos individuos y su noble entusiasmo en defensa de la justa causa de S. M. la Reina Dona Isabel II. He dispuesto que se forme con la mayor actividad la correspondiente sumaria para que scan juzgados y castigados con arreglo a las ieyes los facciosos aprehendi'dos, cuya relacion nominal se inserta continuacion. Cordoba 6 de Mayo de 1835.—El marques dela Concordia,—Sigue la relacion de los facciosos aprehendidos, Madrid 10 de Mayo.

Parte recihido en la Secretaria de Estado y del Vespa* tho de la Guerra.

El capitan general de Castilla la Nueva traslada el par te que le ha dirigido el comandante general de la provin.cia de Toledo con fecha del 7, en que dice lo siguiente:

A esta bora, que son las nueve y media de la noche, recibo un aviso confidencial, del senor comandante general de la provincia, su fecha hoy a las cinco de la madrugada, en que me encarga ponga en noticia cle V. E. a la ligera, interin su seaoria lo haoe oficialmente, la gloriosa accion que el dia 6 gano destvoyendo en los valles de Gatves b las fac* clones reunidas en numero como de 150 a 200 hornbres, habiendolcs matado 17, entre eilos el que titnlabau su gene ral, uno de sus cabeciilas que .se ignora quien fuese, y se hizo prisionero el mayor de ellos y 2 mas, cogiendoles 31 caballos, mulas, yegnas y todo cuanto tenran en sti campainento y varias annas; sin que Iraya ocurrido otra desgracia que la de baber sido herido gravemente el valieiite sargento 19 Jose Blanco: las facciones dispersas en dicho encnen tro fueron persegiiidas iiasta una legua de distancia, y anrt a la salida del aviso no habian regresado las columnas que la emprendieron.

Tambien me dice el Sr. comandante general que ha re*

cibido aviso del coronel D. Antonio Diaz Heifrera participaa- dole haber sorprendido una pequena faccion de 7 hornbres, de los cuales mato 4, y se apodero de 6 yeguas, armas, calderos y otros efectos, Lo que me apresuro a participar a V, E. por medic del mayoral de la diligencia pasa su saiisfaccion y debido conocimiento,

Ya hemos dicho que el general Espartero habia salido de Vitoria con objeto de socorrer la columna de Iriarte. Noticias posteriores anuncian que sabedor de que el valiente comandante Vazcaran con uu destacaraento de 300 hornbres se estaba sosteniendo en el convento de monjas de Guerni ca, donde se hailaba sitiado por las facciones vizcaina, alavesa y guipuzcoana, el referido general marcho con ocho batallones k salvar a aquellos valientes, haciendo que sus soldados no llevasen mas que pan y cartachos. Al medio dia hizo alto en Duraugo, y peusaba baeet i\oc\ie eta Mvmiqae- ta, dos leguas distante de Guernica, por lo qua es de creer que llegasen a tierapo de socorrer a los sitiados. Desde Durango ban escrito algunos oficiales, que mientras los solda dos comian el rancho, habian llegado a saber que aun se defendia Vazcaran, y que se contabau ya mas de 400 muertos de los sitiadores.

Hoy domingo se ha verificado el enlace del Escmo. Sr. conde de Toreno con la Escma. Sra. marquesa viuda de Villarnaina, y la ceremonia religiosa ha sido celebrada en la capilla particular del Escmo. Sr. marques de Camarasa, pa dre de dicha senora. S. M. la Reina Goberuadora es la madrina, y ha sido representada por la E.scma, Sra. marquesa de Santa Cruz, camarera mayor, y por el Escmo. Sr. conde de Torrejon, mayordorao. mayor de S. M. ^ EspaHola.)

VARIEDADES. ^ f . . . . De la emigracion interior y esterior.

Es didcil determmat en muchasi ocasmnes-pJ de )}- * bertad que corresponde al inUividuo, reiativamente a su per sona, para que la sociedad no sea perjudicada por el abuso, ni el individuo menoscabado en el goce de on bien precioso, que procura asegurar por medio de los vinculos sociales. No es menos dificii decidir hasta donde alcanza el derecho de pro- piedad, reconocido y protegido para el beneficio comun, no me nos que para el particular, especialmente cuando ei uso de este derecho pone en riesgo los intereses de aquella sociedad en que se ejerce. El que posee una cosa en propiedad no podra llamarse verdadero dueno mientras que no se halle con facultades para disponer de ella a su arbitrio, a no ser cuan do resulte perjuicio a tercero; en cualquiera otro caso la vende, la cede, la regain, la permuta 6 la trasporta, segun qne cree convenirle mas, ora promueva de este modo los intere ses, era los deteriore, toda vez que se le reconozca legalraente capaz de dominio.

Si tiene el derecho de trasladaf adonde quiera su propie dad, como consecuencia del dominio que ejerce sobre ella, es evidente que podra remitirla 6 ilevarla cqnsigo al extfangero. Podra bacerlo, tanto si consiste en bienes muebles como en bienes raices, pues en este caso recibira nn equivalente en dinero 6 efectos trasportables, pero de cualquier raodo que se verifique, siempre resultara esportacion que no ofrece retorno alguno, valores perdidos para el pais de donde.salen.

Estas consideraciones nos llevan al exameu ne uu punto economico de mucho interes, de las consecuencias que nacen de la esportacion de un capital 6 de una renta, y del consurao que se hace de uno u otro dentro del pais en que se produ ce. En cuanto a lo primero, la esportacion de un capital equivale a su disipacion, porque encierra la stipresion de una renta que tenia la nacion con el empleo de este capital, y la supresion de los beneficios qua sacaban los trabajadores de este em pleo; en cuanto a lo segnndo, ni la renta que uno recibe ea una provincia la consume en otra, el efecto no sera tan futiesto, y aun parece a primera vista que poco 6 nrnguno debe producir en la fortuna general del pais; sin embargo, adn en es te caso el mal es grave bajo muchos aspectos, no solanaentt, egondmicos sino morales.

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