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EL ESTADO - PU ERTO RÍCt) REVISTA BIMESTRAL DE ORIENTACION ESTADISTA Apartado 893 S. J.
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Suscripción Anual; Pago adelantado $1.50
SAN JUAN, P. R.
'Director Administrador: LUIS LOPEZ TIZOL
MARZO, ABRIL, 1946
NUM. 4
c D rr O RIA i
Nuestro Homenaje Hacia la feliz materialización ele toda em
presa humana, es menester el concurso espon
de ideales y orientaciones que casi han logra do adueñarse del alma puertorriqueña.
táneo y abnegado de todos los hombres dentro
Razones por millar nos asisten para dedi
de la comunidad ideológica; y las más eleva
car esta edición a una comunidad que siempre
das realizaciones no deben estar huérfanas de
ha estado a la vanguardia de las más altas ges
sus necesarios complementos. Por eso tiues-
tas patrióticas y que no ha dejado de ser tim
tra labor, enderezada a la defensa cálida y di
bre de orgullo de nuestra amada isla.
fusión constante del glorioso ideal de la vincu
Ponce aventaja a San Juan en extensión territorial, y asímsimo—nos atrevemos decirlo-
lación permanente de la isla a la gran nación
nos sobrepasa en firmeza de ideales y arrojo a nuestros más catros anhelos de identificación toda empresa de dignificación patria. Con per miso de los que gustan de la verdad amarga, espiritual, social y política, no se complemen ¡cuanto daríamos por estar en Ponce o que taria en su parte esencial de no constar—pri norteamericana, en la cual van empeñados
Ponce estuviera en nostros.
mero el ideario y después nosotros—con la co operación entusiasta y decidida, incondicional-
Nos descubrimos frente a la Perla del Sur,
mente al servicio de tan caro empeño, de los amigos—personas de prestigio—de la invicta ciu
y a la vez extendemos nuestro más cumplido reconocimiento a los amigos ponceños que bon
dad de Ponce.
dadosamente—poniendo de manifiesto el gran
Una y mil veces nos honramos con la co
laboración de los ponceños, porque en cada uno de ellos se aunan el espíritu combativo del bra vo espartano, el coraje del romano defensor de su derecho, la rectitud sin tacha, la coiisecuen-
espíritu de cooperación que les adorna—nos han favorecido con su valiosa aportación inte
lectual en esta causa de todos los puertorrique ños que sobreponen las conveniencias de la patria a los impulsos del corazón.
cia envidiable,- el entusiasmo que no cede ante
Nuestro homenaje a Ponce, nuestra grati
las más recias contrariedades,-amén de ser cuna
tud sin reservas, y nuestra admiración sincera.
¡TAMBIEN EL NIETO VESTIRA DE
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EL ESTADO — PUERTO RiCO
CONVENIENCIAS DE LA UNION PERMANENTE CON ESTADOS UNIDOS Por el Ledo. FERNANDO ZAPATEE . PONCE
Puerto Rico tiene ante sí, un grave problema
Estados Unidos, a los puertorriqueños que tienen
económico que afrontar en el inmediato devenir. Las
familiares en los distintos estados de la Unión, y ade
nuevas técnicas en Medicina, Física, Química y la intensificación de las medidas de salubridad, traerán consigo un aumento progresivo en su población—re
mas, tienen d resto de sus familiares en Puerto Rico
Traería el distanciamiento, y quizás la separación absoluto, entre padres e hijos, esposas y esposos, im
basando ya los dos millones—no siendo aventurado
posibilitados de reunirse por los requisitos de las le yes de inmigración. Además, limitaría las oportuni dades de los puertorriqueños en Puerto Rico a en namente no puede tolerar en 3435 millas cuadradas trar libremente en Estados Unidos. Con el nivel de de territorio, a menos que haya una intensificaeión población en Puerto Rico, y con la certeza matemá en sus técnicas industriales, agrícolas, y en los mo tica de que éste seguirá aumentando progresivamen dos de vida en Puerto Rico. De no ser ello posible, te, lo conveniente, lo lógico y lo sensato, es que exis indicar q.ue en no lejana fecha, frisaremos en los tres millones de habitantes, suma que Puerto Rico huma
habrá que fomentar el éxodo de los puertorriqueños
hacia lejanas playas, como un módulo de escape a
tan las oportunidades de entrar libremente en Esta dos Unidos. Solo así podremos descongestionar nues
una superpoblación, incapaz de sostenerse dentro de los apretados límites de nuestro territorio.
tra creciente población.
Como un índice poblacional que exc^dé de 544 ha bitantes por milla cuadrada de territorio. Puerto Ri co excede en densidad dé población á cualquier esta
que permite el ingreso-de nuestros productos en Es
Gozamos del beneficio de la protección tarifaria, tados Unidos, libre de tarifas.
do de la unión, con las excepciones de Rhode Island
Existen infinidad de leyes federales, beneficio sas a la agricultura, sanidad, al bienestar social y
y Kueva Jersey. En su area de 3435 millas cuadra
al mejoramiento de la población, que son extensivas
das de territorio. Puerto Rico tenía en el 1940, 1,869,255 habitantes mientras que Santo Domingo, con un
area de 19,332 millas* cuadradas, tres años más tar de, en el 1943, sólo alcanzaba a la suma de 1,826,407 habitantes. En diez años—del 1930 al 1940— au
mentó en un 21.1% su población, mientras que los
Estados Unidos continentales, en el mismo período de tiempo, sólo tuvo un aumento en su índice pobla cional de 7.2%.
Puerto Rico no puede destruir los lazos que lo unen a Estados Unidos, so pena de producir un caos en su economía. Entre las ventajas que conlleva la
.unión con Estados Unidos, están las siguientes:
expresamente a ,los territorios, y por ende a P.uerto
Rico. Ingresos federales, procedentes de Puerto Ri co, le son devueltos al Tesoro Insular, engrosando de ese modo las arcas de nuestro Tesoro.
El nivel de vida en Puerto Rico, actualmente, compara favorablemente con el nivel de vida en cual quiera de las repúblicas libres y soberanas. Puer to Rico, independiente, no puede competir en azúcar con Cuba, ni en café con el Brasil, donde para esta bilizar el precio del café, ha habido que destruir una
fabulosa cantidad de toneladas de café. Tendrían que abrirse nuevos mercados en competencia con países que están en condiciones de excluir a Puerto Rico de
Libre ingreso a Estados Unidos sin necesidad de cuotas. Hay una nutrida colonia puertorriqueña en Nueva York, que ha llegado a ser casi decisiva en las elecciones de dicha comunidad, y' hasta ha teni
los mismos. Nuestro alto nivel de vida, hace que el costo de producción de nuestros productos, sea de por
do representantes ep la legislatura estadual. Otra colonia puertorriqueña muy nutrida, está formándo se en el estado de Florida. Además hay grandes colonias puertorriqueñas en otros estados de la Unión. Rotos los nexos políticos entre Puerto Rico y Esta dos Unidos, se impondría el sistema de cuotas, bajo el cual sólo un limitado número de puertorriqueños que reunieran los requisitos sobre naturalización, po
jo, y por ende, el costo de producción más barato.
sí elevado, lo que es perjudicial para entrar en com petencia con países donde el nivel de vida es más ba-
Sabido es que no podemos competir en tejidos con Filipinas, ni con otros países donde la mano de obra es excesivamente barata.
Es preciso vivir al amparo de un país, donde el nivel promedio de vida sea elevado, y donde nuestros productos tengan libre acogida, sin vernos obligados
drían entrar libremente en Estados Unidos. Eso
a debatirnos en una lucha de mercados libres, sin
ocasionaría un grave problema en Puerto Rico y en
( Pasa a la pag. 7)
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CONVENIENCIA DE LA UNION PERMANENTE... Viene de la pag. 5
las oportunidades de competir ventajosamente con otros países más privilegiados en uno u otro sentido, desde el punto de vista de la competencia mercantil. N.uestra unión permanente con Estados Unidos, conlleva el dominio de dos idiomas, la fusión de dos razas, la compenetración y el intercambio material y cultural entre dos ideologías, dos culturas, la sa jona y la latina, y nos coloca en una posición privi legiada como el puente entre dos civilizaciones, dos culturas, con las consiguientes oportunidades para n,uestros conciudadanos, preparados para luchar en dos hemisferios y para servir de punto de contacto, de piedra de toque, entre dos ciAÚlizaciones.
sostener una población increscendo, con ,tui elevado
nivel de vida, que va en aumento, que sólo es posible al amparo de la bandera de Estados Unidos.
Romper esas amarras, desatar esos lazos, desu nir esos nexos, es destruir lo que hemos adelantado en 48 años, retrogradar cien años en nuestra civili
zación. Puerto Rico, como república soberana, no puede resolver su propio destino como eoinunidad
civilizada. No tiene la extensión territorial para ello, no tiene la industrialización, ni la agricultura ele
vada al cubo para ello; carece de materias primas para sus industrias; carece de mercados y de la posi bilidad de adquirirlos; r carece de los medios básicos
ría un colapso; el sistema educativo sufi-iría un se
esenciales para resolver sus problemas económicos, dentro de la actual civilización. Todo p.unto de com paración, toda tendencia a establecer paralelos en tre Puerto Rico y otros países, descansa sobre premi sas falsas. No hay en América ni en Europa país alguno que guarde similitud con Puerto Rieo. Que tenga su extensión territorial, su índice poblacional,
rio quebranto por falta de fondos, y por la desorienta
s,u flora y fauna, su suelo y subsuelo, para estable
ción consiguiente a un viraje tan fundamental en materia de enseñanza; Sanidad retrogradaría cien
cer un punto de comparación o paralelo que nos per mita resoUer inteligentemente sobre la posibilidad de una república en Puerto Rico. Y, las soluciones
La independencia de Puerto Rico, traería un descenso inmediato en el nivel de vida, lo que con lleva miseria y enfermedades, y caos en lo económico y en lo social." Nuestras industrias y nuevo "apital emigraría en gran parte; nuestro presupuesto sufri
años. No podríamos sostener este creciente ritmo de vida, e iniciaríamos una carrera de retroceso, difícil de parar una vez iniciada, conforme a las lejms de la mecánica social.
No podemos mirar a Santo Domingo como punto de comparación. La extensión territorial y poblaeional es distinta. El problema de Puerto Rico no guarda similitud alguna con el problema de Santo Domingo. Puerto Rico como repfiblica tendría
económicas, los problemas básicos de la AÚda, el por venir de nuestras generaciones futuras, no puede estar sujeto al capricho de teorizantes improvisados, de economistas de café, o de j.uglares del pensamiento. Hay que vivir de realidades, pues como dijera Don Luis Muñoz RiA'era, en feliz y memorable ocasión, y en bien centrado pensamiento, "se sueña y se delira en verso, pero se AÚve y se prospera en prosa."
que transformar como por medio de una varita mági ca, de la noche a la mañana, su economía, su agri
Puerto Rico es lo más remoto que podemos con cebir de una autarquía; país que se basta a sí mis
cultura, sus técnicas industriales. Las tentativas al
mo económicamente, auto-suficiente para cubrir sus necesidades económicas. Puerto Rico ni siquiera pro duce sus productos básicos de alimentación. Im porta el arroz y las habichuelas. Importa la mayor parte de sus productos alimenticios. Puerto Rico ni siquiera produce la totalidad de la leche, huevos y
efecto, estarían rodeadas de grandes incertidumbres, toda vez que los milagros no se dan en economía po lítica, lo que nos lleva a preguntar si la actual gene ración tiene el derecho de comprometer el futuro po
lítico y económico de las siguientes generaciones, de un modo irrevocable, cuando serán esas futuras ge neraciones las que tendrán que sufrir por nuestras
carnes de todas clases.
En materia de ropas y cal
zados, depende casi en su totalidad del mercado ame
equivocaciones y desaciertos en el orden político. La ricano. Un bloqueo de nuestras costas, provocaría la economía política vive de realidades, y no de senti mentalismos y líricas explosiones. Los programas
i-uina total de Puerto Rieo.
económicos se esbozan con proy'ecciones hacia el fu turo. No sólo tenemos que pensar en nuestra actual
de dependencia, no está preparado para soltar las
población, sino que también en nuestra potencial po
Un país que, económicamente está en ese plano
amarras y lanzar la nave al garete en el alborotado
blación en el 1960, o en el año 2000. Y en materia mar de una mal llamada independencia política, que no siempre conlleva independencia de pensamiento de leyes económicas, de necesidades básicas de AÚda, las matemáticas clásicas no fallan, los números no se
trastocan. Son leyes inexorables que no están suje tas a nuestros atavismos de raza, o a nuestros módu los culturales del momento. Puerto Rico tiene que
n rip acción, como lo demuestran los tiranos Rozas
y doctor Francia en Sur América, cuya independen cia traería como consecuencia el aniquilamiento de
(Pasa a la pag. 46)
Cortesía de
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EL ESTADO — PUERTO RICO
SPEECH BY ATTORNEY JOSE A.POVENTUD AT THE THIRD PRO-STATEHOOD CONGRESS
HELD AT RONCE,PUERTO RICO' litj- and fraternity. Jnlj' 17th and 27th, are also birthday annÍA'ersaries of Luis hluñoz Rivera, aptly called the George Washington of Puerto Rico, and of Dr. José Celso Barbosa, a gallant politieal leader and most fervent adA'ocate of o,ur permanent entry into the Unión created bj- and under the Constitütion. I am snre. both spiritually join us in the deep . 'content found in this ihost ■ qxtraordinary opportu. nity to see, united under one heaA^enly roof and one
snpreme ideal, this patriotic gathering, f.ully cons-
cious thaít stafqhqod, is ^he.nily system which would
.;spfinkie, • ' 'as gVíitle fain from heawén'
géniiine li-
Uerty and happiness upon this Pnerto Rican Ameri can family. The outstanding purpose of this Imge assembly vis to affirm our unanimous faith in a common creed, A common belief, a common dcA'otion.' Our acceptance :of American citizenship in 1917, freely and unreser"vedly, meant for us one country, one allegiance and one flag: The Stars and Stripes.
The Cid Glory
should be o,ur einblem of unity and power.
It gra-
ciously tenders loyal Ámericans only one choice: to honor and stand by it foreA'er. Indestructible ties of irrevocable American citizenship solidly associate US today and indissolubly bind us to the manifest - and glorio,US destiny of the American democracy. Alohg thát path, 'I trüst! ®ur cherished statehoód
fttR. JOSE A.JPOVENTUD
Distininiished and'faWus iáwyer of Ponce ;■
Allow me to express my deep appreciation of
•Hhe kindness by which I ani privileged to address • this entliusiastic, colossal mass-meeting of full-fled,!ged citizens of the United States. 1; As I pause to gaze upoii the myriads of respon;j;sible citizens from all walks of life, here assembled,
VI eannot help looking oy'tíii? evmit as a .véry forfn--' : nate ornen. It séenis Jike a- RiÁvideivtial idispénsa-
^tion which, once more, places us in possesion of our sound, favorable judgement upon a momento,us pro-
c^blem profoundly affecting the happiness, progress laiid collective security of some two milliou people. v Our efforts in shaping Porto Rico's ultimate desvtiny, become lighter and more promising, as this Conv'gress meets under inspiring, historie achievements
vfor which this auspicious month of July' stands.
The
;^Deelaration of Independenee in J,uly, 1776,, the fall of the Bastille dn July, 1789; and General Miles, i'e-
presenting a mightjdNatión tritly cohceived in'íiberty, promising our people in. July, 1898, security, prosjoperity and the blessings of American liberal institu-
l-tions. These outstanding events, mark the fall of ■a-nd-tfld .(Mleh- aad the rise of men with liberty, equa-
ideal Avill turn, perhaps on some nearby 4th of July, luto the 49th Star of the Federal constellation of
ítates.—to help emblazon the mightiest gOA^ernmentál
Unión in the Globe. The lofty ideal should be warmly encouraged not only' as a partisant issue, but mainly as a patriotic sentiment of all freedom-loAÚng personsj or grpups.
'
|Yet, 'politieal destiny ís .not a mere matter of
chance. It doés not fatl by forcé of gravitation. It is something to be orderly achieved. It eommands thoughtful action. I am not here for details.
However, learned
economists from within and without the Island, convincingly agree that absoli;te independenee points to chaos and catastrophe;—that it would be disastrous
and equivalent to throwing our people "to the wolves". Even the farsighted Chaii-man of our LegislatWe Joint Commission, before the Senate Committ.ee
pn; Insular Affair^, recognized that politieal secession would mean our deatíi here "on roads and *
The address was made in Spanish durlng the morning session of the 3rd. Congress, July 29, 1945.
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SPEECH BY ATTORNEY JOSE A. POVENTUD... (from page 9)
streets", unless fortified by eertain minimal economic protection bj' tlie Uiiited States. B,ut the snggested federal guarantee of minimnm aid, like free trade and otber national help, for an indefiiiite period which might possibly extend to over half a centurj'', Avould oniy exhibit a eondition of pitiful dependence rather than of real emancipation. No eountry is justified in feeling truly free if its pursestriiigs are to be con-
trolled by a foreign power. When a community elaiins the lofty dignity of absolute sovereignty, it must be able and ieel perfeetly capable of upholding national honor in every respeet.
In the Avords of our good friend Senator ChaA^ez: "for P.nerto Rico to be free, she must remain
Avithin the Unión. As a inember of the Unión, there is nothing to AA'hieh Puerto Riean people cannot aspire. Preedom, economic securitj' and liberty, are all under the Stars and Stripes." Of course, adecpiate home rule reforms should
be elieerfully AA-eleomed, as long as they are Avorkable intermedíate steps toAA'ard statehood.
The amended Tydings Bill, AA'hile purporting to establish "The Dominión of Puerto Rico", as a sovereign and permanent home rule status and the eventual surrender of all rigths of supervisión, jurisdiction and control by the United States OA^er Puer
to Rico and its people, paradoxieally continúes us under the protection of the federal gOA^eriiment, as faithful citizens. "Witliin the British Empire and in face of its
Weistminster statute (1931), the Dominión formula is feasible.
British Dominions are defined as autono-
mous communities, equal in status, in no Avay subor dínate as to their domestic or foreign affairs. They are freely associated as membei-s of the English CommouAA'eatlh of Nations. Thej' are held together solelj'
by the spii'itual bond of a common allegiance to the CroAA-n.
Yet, under the American Constitutional scheine, a dominión status aaúII not Avork. With us, until Americans sovereignty is AvithdraAvn, Congress cons-
titutionally reserves unforsakable control in the interest of our pi-ogre.ss, Avelfare and domestic order. That is Avhy experts on Puerto Rican affairs have
alreacly intimated that the Dominión status "has iio chance." But the question seems to haA'e been foreclo.sed by .iudieial pronouneements The Chief Justice of the United States, alluding to the Philip-
pine Islands, recently announced that "Congress retains plenary povers over the territorial government until such time as the Philippines are made inde-
pendent." That meaus, until the 4th of July, 1946.
Besides, the Dominión feafure of the ncAV Ty'dings Bill has bred some reasonable apprehension as to AA'hether or not it might open a secret door for our entrance into a plan of confederation Avith foreign, dependent Caribbean
communities, far behind
our
political, social and economic eondition. Any association for deA'elopment of backAAurd regions Avould mean a serious impact upon the Island's standards of living and AA'ould attaeh burdensome tasks. It might even cause detrimental removal from our rightful orbit AAdthin the American Pederation. Sporadic attempts at outright independence by intellectual mi-
norities, may keep on stirring local sentiment leading to harmful social and political unrest. Statehood, once and foreA'er, Avill discontinué such disturbing irpheaAuls in local public opinión. Statehood is the most essential alternatlA^e for
Puerto Rico. It represents a fonn of goA-ernment AAdiieh Avould entitle us, of right, to vhateA^er Ave might need from Avomb to tomb. Statehood, as an
enduring link of the American governmental fabrie, Avill ahvays protect the God-given rights of man. This in turn, reciproeally demands devoted fealty to American institutions.
Puerto Rico's incorporation into the Federal system as a state, AA'ould be a fruitful source of mu tual pov'er. Puerto Rico is the center of the A-ast natural shield are runing from Florida to the shonl-
der of South América. The NaA'y AA-ar time defense base in Puerto Rico is, potentially, the greatest in
the Western Hemisphere. From geographic and strategic vieAv-points, it is easily pereeived that s+atehood rather than any other political formula slioidd merit support. On becoming a state, this Island's economy and social Avelfare, Avould, in fact, be strengthened. This is
the criteria of qualified iuA'estigators. The Federal per capita expenditnre here Avould then ajApreciably augment. Assnrance of permanent free-access to Ame rican markets Avould also foment further dcA-elopment of dÍA'ers local productÍA-e actlAÚties. Needed restoration of confidencé and protection to iuA-estors and business Avoirld folloAV.
In return, the main-
land finds here a prolific source of augar-supplies. Puerto Rico raides as the 7th largest purehaser of United States goods. Its normal buying annually, reaches the $100,000,000 mark. The Island returns to its continental source. 90e. on CA-ery dollar. Our standard of life and per capita AA'ealth, catu uoav, are the highest in the entire Caribbean area, and greatly excels conditions preA^ailing in numerous Latin Ame rican Repuhlics. Puerto Rico's insular indebted-
(to page 13)
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EL ESTADO — PUERTO RICO
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SPEECH BY ATTORNEY JOSE A. POVENTUD... (from oage II) that 110 poAver is given to aequire territory to be perjiess is arouncl $8.26 for each citizen to prosperous maiientlj^ held as a colony. Thomas Jeffersou, Avithout Cuba's $47.72 per capita. 0,ur revenues iu 1943-44 minding differenees in race, language and customs, were $77 per person to Cuba's $21. iu 1823, A'oiced his belief that Cuba AA'ould be a most Stateliood also implies inerease of our politi- , interesting addition to the American sisterhood of cal power. Two Senators and some six representa- states. President Polk eA'en offered Spains $100,tives would materially fortify federal interest on lo 000,000 for Cuba. And it seems apposite here to cal eoiicerns aiid our infl.uence over matters of narecall that the United States has often been aptly tional import. designated as a "melting pot". It must be recalled that while Cougress vested Non-contiguity is a discredited objeetion. It ,us Avith the potent shield of American eitizenship on easily A-aiiishes in vícav that the distant, outlying ter tlie basis of absolute parity ^vith continental born rritories of Alaska and HaAvaii liaA-e been incorpoAmericans, it withheld.that boon froin the Filipinos.rated. An incorporation is an important, though Instead, Congress adopted the Philippine Indepenunneeessary, step leading to stateliood. Texas and dence Act. The Filipinos will soon find themselves California, illustratÍA'e precedents in American hisbeyond the folds of the American flag, the very' han- tory, negatÍA^e the theory of prior territorial incorpo ner under which the famous hero of Bataan recently ration as a pre-requisite to statehood. liberated their ravaged soil and restored it to them. Loyalty and full voluiitary cooperation of our mth peace and liberty. Congress' significatat atpeople in the tAVo World Conflicts, haA-e merited natitude toAvards Puerto Rico in contrast Avith the treattional recognition. Puerto Rico proudly secured a ment accorded the Philippines, is cogent e\ddence of most eiiAÚable first position aniong American states its policy to make this Island, foreA'er, a part of the American constitutional fahric.
The executi\'e branch of our Federal govern-
ment, has likeAAÚse pointed to our destiny Avithin the Unión. It AA'as President McKinley AAdio instructed o.ur first civil goA'ernor to prepare Puerto Rico for stateliood. Since 1905, President Theodore Roosevelt had endorsed extensión to us of federal cititzen-
ship In 1917, President Wilson secured for us that signal prerrogative. An still in 1943, Pres. Roosevelt, hot long before his lamentable decease, dictated bis imperishable Avords that tlie United States should recognized the rights of all citizens "AA'hether conti nental or OA'erseas" to the greatest possible degree of home rule, and also of participation in the benefits and responsibilities of the federal, system. In the attainment of that legitimate goal Avithin the Unión, mastery of English is an inevitable duty arising from eitizenship. The English language is not only a convenient médium of communication, hut also a poAA'erful AA^eapon of defense. It is not
simpl.A* an instrument of edueation but. in addition, a common bond of understandinff and fraternal unity.
The oíd sentimental argnment of differenees in
race, langiiage, customs and modes of thought, is devoid of A'hlidity. Our Idehest Federal Tribunal long
ago forcefully dismissed the argument, Avhen it declined to hold that anythiug in the laAv of the land forbade the exten.sion to distant possessions of "the blessings of a free government under the Constitution." It added that a territory looks forAvard to
complete equality upon arriving at raanhood; and
and territories, in the 7th War Loan Campaign, aimed at inflieting a cr.ushing bloAV at Japanese brutal mi--
litarism.
Under the American Constitution, our admission as a state rests Avith a majority of both houses of Congress. Only that majority must be persuaded. It may not happen tomorroAV, but the happy day may not be far av-ay. One of the fundamental for which
Americans have fought from the beginning of the Nation, was the self-eAÚdent thruth recited in the
Declaration of Indepeiidenee, that all men are ereated equal. If this Avas true in 1776, it is still true
in 1945. TToav tlien, by Avhat superior moral right may several hundred federal legislators, citizens of the TTnited States, deny equalitA^' of treatment within the Constitutional federation
to their tAA'o-million
Puerto Rican american fellow citizens? Our promisiiiír and enlightened President, while a United States Senator some years ago, expressed belief that overseas citizens should be given the same treatment as people in the mainland.
As for US, Are we to he less coA-etous of Ameri can norms than the peoples of Texas, IlaAvaii and
Santo Domingo—three independent Repnblics— that once yearned for the protection of the United States free institutions and laws. its progress and equality of opportnnities? Texas lived under various flags. beeame a republic and lastly snceeeded in secnring admission as an American state.
The Hawaiian T.slands. a consti
tutional monarchy in 1840, turned into a repnblie
(To page 27)
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EL ESTADO — PUERTO RICO
DISCURSO PRONUNCIADO POR EL LCDO. DOMINGO SEPULVEDA EN LA MAGNA ASAMBLEA PRO-ESTADIDAD DEL DISTRITO DE RONCE. CELEBRADA EN EL HISTORICO TEATRO LA PERLA DE PONCE EL DIA 30 DE MAYO DE 1943 concurrentes, quienes, dejando a ,un iado, teinporalinente, sus particulares filiaciones políticas, se con funden en una sola y única aspiración: la Estadidad como status definitivo para .Puerto Rico. En los primeros días del mes en curso tuvo lu gar en San Juan el Congreso Pro Estadidad, al que concurrieron numerosos ciudadanos de la Capital y de la Isla y en el cual expusieron sus bien razonadas
opiniones distinguidas personalidades y se tomaron importantes acuerdos; iniciándo.se así esta cruzada patriótica en defensa de la Estadidad, que ha sido siempre la suprema aspiración de la inmensa mayo ría del Pueblo de Puerto Rico.
¿ Qué es lo que lia producido esta conmoción tan profunda en la conciencia cívica de Puerto Rico?
Como todos sabemos, la presentación del Bill Tydings en el Congreso Nacional "para conceder la Independencia a Puerto Rico, y para otros fines". El Bill Tydings, si a estas horas no ha muerto en
?1 seno mismo del Comité correspondiente, no podría ser aprobado por el Congreso de los Estados Unidos, compuesto casi en totalidad por miembros de los Par tidos Demócrata y Republicano.
Los Partidos son verdaderos órganos de la opi HON. DOMINGO SEPULVEDA
nión pública en la Gran Democracia Americana. Y
Ex-Juez de Distrito de Ponce y figura prominente de esa
en sus plataformas establecen sus principios, sus as piraciones, sus fines, sus medidas, sus compromi
Sociedad
sos y sus promesas, con el fin de convertirlos en rea
Señor Presidente de la Asamblea; Señoras y Señores:
Para mi es un alto honor y una gran satisfacción
dirigirme a esta Magna Asamblea Pro-Estadidad del Distrito de Ponce. Doy las gracias más expresivas
al Capítulo por la distinción con que me ha honrado. Antes de entrar en materia creo pertinente y
necesario hacer las siguientes aclaraciones: Esta no es una reunión de política partidista (politics) ;
pero sí es una reunión de alta política, de política tarscendental (i:>olitrj) ■ porque en esta Magna Asam blea se tratará sobre la forma de gobierno que en definitiva ha de tener nuestra bien amada Isla de Puerto Rico.
Por eso vemos hoy aquí en el histórico solar del
Teatro "La Perla", un Capítulo Pro-Estadidad
compuesto por personas de distintas ideas políticas
partidistas y un inmenso número de distinguidos
lidades cuando lleguen al poder. Las plataformas son pautas que deben seguir, sin apartarse de ellas, los miembros de los partidos y, muy especialmente, aquellos que resultan electos para las más altas funciones legislativas y ejecutivas del gobierno. Examinemos rápidamente el Tratado de París y también las plataformas de los dos grandes partidos nacionales, en relación con el status político de las Islas Filipinas y de Puerto Rico, statiis cuya deter
minación se reservó al Congreso de los Estados Uni dos, de acuerdo con el Tratado que fué firmado en
París el 10 de diciembre de 1898 y proclamado en "Washington el 11 de abril de 1899. Por el Artículo I" del Tratado, España "renun
ció todo derecho de soberanía y propiedad sobre Cu ba"; debiendo los Estados Unidos ocupar temporal-
(Pasa a la pag. 17)
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EL ESTADO — PUEETO RICO
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DISCURSO PRONUNCIADO POR EL.... (Viene de la pag. 15) mente la Isla para la protección de vidas y' haciendas. Por el Artículo II, España, "cedió a los Esta dos Unidos la isla de P.uerto Rico y las demás que
El Partido Demócrata, que estaba entonces en el poder, consignó en su plataforma esta importante declaración: "Nosotros favorecemos la concesión al Pue
estaban entonces bajo su soberanía en las Indias Oc
blo de.Puerto Rico de la tradicional forma terri
cidentales, y la Isla de Guam en el Archipiélago de-
torial de gobierno, con vista a la Estadidad, con
las Marianas o Ladrones."
Por el Artículo III, España "cedió las Islas Fi lipinas a los Estados Unidos, mediante el pago de veinte' millones de dolares '.
y en el filtimo párrafo del Artículo IX del Tra-,
tado, se pactó lo siguiente: "Los derechos civiles y la condición polí tica (status) de los habitantes natnrales de los^ territorios aquí cedidos a los Estados Unidos se
determinarán por el Congreso". Recordemos ahora las plataformas de los dosprincipales partidos de los Estados Unidos, empe zando desde el año 1904, en relación con el status de Puerto Rico. En la plataforma de ese año, el Par tido Demócrata declaró:
cedida a todos los territorios de los Estados Uni
dos desde el prineiiiio de nuestro Gobierno." En el año 1924 ninguno de los dos partidos na cionales hizo referencia a Puerto Rico, en sus plata formas.
En el año 1928 el Partido Republicano no hizo en su plataforma referencia alguna a Puerto Rico.
El Partido Demócrata repitió sustancialmente su de claración de 1920, "con vista a la Estadidad" En el año 1932 el Partido Republicano decla ró en su plataforma lo que ya todos sabíamos: ''Que Puerto Rico era una parte de los Es
tados LTnidos y sus habitantes, ciudadanos ame ricanos, y que por tanto, nosotros teníamos dere cho a un reconoeiminto de buena fe del °spírita
y propósito de nuestra Ley Orgánica." "Nosotros favorecemos gobiernos territoria- ' Declaró además, que favorecía la inclusión de • . les para Alaska y Puerto Rico". Puerto Rico en todas las medidas legislativas y ad En su plataforma el Partido Republicano de claró :
"Nosotros hemos organizado el gobierno de Puerto Rico y su pueblo ahora disfruta de pa^^, libertad, orden y prosperidad". En el año 1908 el Partido Demócrata consignó en su plataforma:
"Nosotros demandamos para el pueblo de Alaska y Puerto Rico el pleno disfrute de los derechos y privilegios de una forma territorial de gobierno."
El Partido Republicano expresó su creencia de
que los puertoi'riqueños debían ser hechos colectiva mente, ciudadanos de los Estados Unidos. En el año 1912 el Partido Demócrata no hizo en
su plataforma referencia alguna a Puerto Rico. El Partido Republicano hizo la siguiente:
ministrativas que se adoptaran para el beneficio económico de nuestros conciudadanos del continente, y también expuso su creencia de que en tanto en cuanto fuera posible todos los funcionarios nombrados pa ra administrar los asuntos del gobierno de la Isla deberían ser residentes bona fide en Puerto Rico por no menos de cinco años.
Pero el Partido Demócrata en ese mismo año de
1932, hizo la declaración más clara, terminante y ca tegórica que podía hacerse, con respecto al status
de Puerto Rico y de las Islas Filipinas, cuando con signó en su plataforma lo siguiente: "We advócate independence for tbe Philippines; ultimate statehood for Puerto Rico." Lo o.ue traducido al idioma castellano, quiere
decir, y efectivamente dice:
"Nosotros ratificamos en todas sus partes
la plataforma de 1908 en lo que respecta a la ciudadanía para el Pueblo de Puerto Rico.' En su plataforma del año 1916 el Partido Re
publicano no hizo referencias alguna a Puerto Ri co, mientras que el Partido Demócrata hizo la si
"Nosotros abogamos por la independencia
para Filipinas: por la estadidad como condición política final para Puerto Rico." En sxis plataformas del año 1936 ninguno de los
partidos principales hizo referencia al status de Puer
guiente :
to Rico. El Partido Demócrata no tenía ninguna
"Nosotros creemos que los habitantes natu rales de Alaska, Plawaii y Puerto Rico deben tener el tradicional gobierno territorial conce dido a todos los Territorios de los Estados Uni dos desde el principio de, nuestro gobierno." En el año 1920 el Partido Republicano no hizo referencia a Puerto Rico.
declaración que hacer: ya la había hecho, de mane
ra terminante y definitiva, en su plataforma de 1932: "Nosotros abogamos por la independencia
para Filipinas; por la estadidad como status fi nal para Puerto Rico."
Y por fin llegamos al año de 1940.
(Pasa a la pag. 19)
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DISCURSO PRONUNCIADO POR EL.... (Viene de la pag. 17) En ese año el Partido Demócrata, consecuente con su declaración terminante de Estadidad para
dadanos de Puerjo Rico fueran declarados ciudada nos de los Estados Unidos,
Puerto Rico hecha en 1932, consignó en su platafor
Como resultado de estas recomendaciones,, se aprobó por el Congreso, en 12 de abril de 1900, la
ma las siguientes manifestaciones: "Nosotros favorecemos una medida mayo? de gobierno propio que conduzca a la Estadi
ker), estableciendo un Gobierno Civil de forma te rritorial; pero sin hacer disposición alguna con res
!
primera Acta Orgánica de Puerto Rico (Ley Fora-
dad, para Alaska, Hawaii y Puerto Rico. No
pecto a la concesión de la ciudadanía americana a
sotros favorecemos el nombramiento de funcio-
los puertorriqueños.
narios residentes y un trato igual para los ciu
Él 2 de marzo de 1917, se aprobó la segunda
dadanos de cada uno de estos tres territorios."
Acta Orgánica de Puerto Rico (Ley Jones), que aún rige; concediéndonos la ciudadanía americana y es tableciendo un gobierno civil de forma territorial,
Y en ese mismo año, el Partido Republicano que nunca antes había hecho declaración alguna sobre el status de Puerto Rico, consignó en su plataforma la siguiente: "La Estadidad es ,una lógica aspiración de los liabitantes (the people) de Puerto Rico, quie nes fueron hechos ciudadanos de los Estados
Unidos por el Congreso en 1917; la legislación que afecta a Puerto Rico, en tanto cuanto fuera posible, debe estar en armonía con la realización de esta aspiración.''
El Partido Demócrata quando llegó al poder
cumplió bien y fielmente su promesa consignada en la plataforma del'año 1932, aprobando en el 1935 la Le.v* T.ydings-McIJuffie, concediendo la independencia a las Islas Filipinas. Las Islas Filipinas nunca habían sido considera das como un territorio de los Estados Unidos, y nun ca se concedió la ciudadanía americana a los filipi nos. El Presidente McKinley, en las instrucciones que dió a la Comisión Filipina encargada de estu diar las condiciones del Archipiélago para establecer
allí el primer gobierno civil Americano, sugirió la eventual concesión de la independencia a las Islas Filipinas. La intención de conceder la independen cia a las Filipinas se repitió en los discursos y docu mentos de varios Presidentes de los E.stados Unidos,
por los Gobernadores de las Islas Filipinas y' también por el Congreso. Los filipinos por medio de sus re presentantes autorizados solicitaron invariablemente
y persistentemente, la independencia para su país. La posición de Puerto Rico, en cuanto a su status
político, ha sido diametralmente opuesta a la de las Filipinas. En el año 1898, poco después de la ocupación
de la Isla por el ejército americano, el Presidente McKinley nombró un Comisionado Especial para es tudiar las condiciones de Puerto Rico. Como resultado de su estudio, el Comisionado
hizo, entre otras, las siguientes recomendaciones: Que se estableciera en Puerto Rico una forma territoiúal
de gobierno similar a la establecida en el entonces Territorio de Oklahoma (hoy Estado) y que los ciu
con una legislatura bi-cameral elegible en su tota lidad por el pueblo.
La inmensa mayoría, casi la totalidad, del pue blo de Puerto Rico, ha aspirado siempre a formar parte integrante de la Federación de los Estados Unidos de América. la Legislatura de Puerto Ri co ha declarado que el status final de esta Isla debe ser la Estadidad y que el Pueblo de Puerto Rico desea que su Isla sea convertida en un Estado de la Federación Americana. El Comisionado Residen
te de Puerto Rico en 12 de abril de 1940 presentó:en la Cámara de Representantes, durante la 3a. Sesión
del Congreso 76 y con el número 9360, un pro yecto de Ley "para autorizar al Pueblo de Puerto
Rico a foi'mar una constitución y un gobierno de
Estado, y ser admitido en la Unión en iguales con diciones que los demás Estados.
Ningún funcionario autorizado del gobierno de los Estados Unidos, ni el Congreso, ha sugerido nun ca, expresa ó implícitamente, la eventual indepen dencia de Puerto Rico. Por el contrario, criando el primer Gobernador Civil de Puerto Rico, Charles
H. Alien, fué nombrado, el Presidente McKinley le dió instrucciones de preparar al Pueblo de la Isla para la Estadidad. Todos los Gobernadores de Puer
to Rico han estimulado a los puertorriqueños a estre char los lazos entre la Isla y los Estados Unidos con tinentales. Los Presidentes de los Estados Unidos, también.
El Presidente Teodoro Roosevelt, en sus men sajes al Congreso en los años 1905, 1906, 1907 y 1908, recomendó la concesión de la ciudadanía americana
a los puertorriqueños. Y también hicieron recomen daciones al Congreso, en el mismo sentido los Pre sidentes Taft y Wilson, concediéndosenos durante
la incumbencia del último y estando en el poder el Partido Demócrata la ciudadanía americana en 2 de marzo de 1917,
El Presidente Harding en su discurso pronuñ(Pasa 9 la pag. 45)
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Seamos Estadistas Por el Ledo. MAh'VEL LEON PARRA
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Puede afirmarse, que Puerto Rico surge a la vi da de los pueblos del muudo, en el conglomerado po lítico y económico de éstos, en el momento en que se consumaba la decadencia de España, con la per dida de sus colonias de América en los primeros años del siglo pasado; hasta entonces un núcleo, más o me
el que franca y lealmente unidos al Pueblo norteame
nos extenso de algunos cortos millares de seres huma sobrevivientes, constituían la vida humana en esta
obtenido nuestro pueblo bajo la bandera americana en educación, salud, respeto al hombre como tal, etc., y aún podremos lograr más, si ingresamos, no impor
Isla, sin más aspiración ni otro Norte que el esfuer
ta los esfuerzos que para ello precisemos, en la aso
zo de cada día para cubrir sus necesidades con el cultivo de la tierra en pequeñas heredades y ei-iauza de algunas reses. No fué hasta entonces, cuando las
ciación de Estados, que constituyen la Noble Nación
nos, descendientes de conquistadores y de los indios
ricano, cujm bandera ahora cubre la Isla entera, lu chemos para el logro de nuestro bienestar presente y futuro? No lo creemos en verdad: nada, política mente nos afinca a los tiempos pasados, que nos ha ga añorarlos como un bien perdido; y sí mucho ha
norteamericana.
guerras de emancipación de los Pueblos sudameri
Su Código constitucional, serie de leyes que con sagran el respeto más absoluto e imdolable de los de
canos, obligó a un gran número de familias de la América continental, a emigrar hacia lugar seguro,
rechos del hombre, hacen de él un palio bajo el cual, cualquier hombre de honor puede sentirse orgulloso
para librarse muchas de ellas, de la A'enganza de los
de vivir.
victoriosos, que nuestra Isla vió acrecentar el nume ro de sus habitantes, con el de aquellos que llegaban
en busca de un asilo de seguridad y paz. Traían pues, como bagaje en sus alnms, el recuerdo del- espec táculo de una guerra fratricida, y el temor desba
bar podido ser víctimas en ella, l^i^i^ás la melodía triste, que caracteriza a jruestra música aborigen, sea efecto de este estado de sus almas.
Nada pues,, de la gesta heróica y victoriosa de la historia de España por el Mundo, pudo anidar en el recuerdo de estos que pudiéramos llamar iniciadores de la personalidad de P.uerto Rico; recuerdos de pe nas y angustias hubo de ser su solo bagaje, sin duda, al asentar sus plantas en esta Isla, y no otra cosa legaron a sus hijos. Luchan estos con la naturaleza al principio, m.ás luego exteriorizan sus justos anhelos de intervenir en la gestión de su AÚda económica y política. Ouien
quiera que hay'a hojeado ligeramente la AÚda de Puer to Rico durante este lapso habrá de confesar que cons
tituyó una serie no interrumpida de obsteáulos teso neramente creados por nuestros gobernantes de la meti'ópolis, para impedir, como impidieron, el logro
Su enorme poderío económico y político, éste siem
pre noble' y generosamente ejercitado en el Mundo, de puelplo pobre,.j'' débil que somos, nuestro ingreso en lá asociación de Estados norteamericanos, nos con-
A'ertirá en pueblo respetado y grandemente conside rado por las demás naciones del Mundo, aiin las más poderosas e imperialistas. Nuestra protección polí tica, será entonces un derecho reconocido por la Na ción norteamericana y no una gracia que se nos otor gue por nuestra debilidad. Económicamente, las ven tadas nue nos reportará nuestra asociación como Es tado norteamericano, no son de menos monta: si no
hubiere otros, el contar con ese insaciable mercado, libre de derechos y tarifas para nuestra producción, constituiría la ambición suma para cualquier otra Nación del Mundo.
Nada nos aprisiona al pasado, que nos pueda de tener en nuestra ambición de ingresar en el seno de la grande y noble Nación norteamericana, como un Estado más entre los ya existentes. Cual los dane ses, suecos, alemanes, italianos, y demás nobles ra zas, cuyos descendientes constitujmn el gran conglo
merado de sus nacionales, recordemos cual ellos, nues
de ellos. Si hemos de ser sinceros con nosotros mismos, ha
tra estirpe, si ello nos satisface, xiero que no sea im pedimento para aspirar leal y tesoneramente a mar
bremos de convenir, que tampoco pudieron conser var un recuerdo risueño de este período de sus vidas,
char en la vida en estrecha unión con los demás Es tados de la Nación noi'teamericana. Estamos cu un momento crucial de nuestra historia: de nosotros,
los puertorriqueños que presenciaron el acto de enar
historia. / Podría haber algfin obstáculo, anidado
depende el legar a nuestros hijos ó una patria po derosa y' próspera, ó una nacionalidad débil poi su extensión y económicamente pobi-e, a merced de los
en lo más profundo de nuestro recuerdo, que impida
poderosos del Mundo.
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VICENTE BEANCO Y CIA.
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* LA FIRMA DE LOS EXITOS ★
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PRESENTA SUS PROXIMOS ESTRENOS
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"APASIONADAMENTE" Pedro López Lagar Zalh Moreno
"RIGOBERTO"
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Enrique Serrano
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Nini Marshall
"MARIA CELESTE" Pedro López Lagar
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José Olarra
"AMARGA VERDAD Carlos Cores
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"SE REMATAN ILUSIONES"
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VICENTE BLANCO Y CIA. ★ LA FIRMA DE LOS EXITOS ★
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EL ESTADO — PUERTO RICO
23
EMBRACEMOS LA FE For AGUSTIN FONT
carna los más altos valores morales y espirituales
sobre la faz dilatada del planeta; la ciudadanía que vincula los coeficientes definitivos que son nervio y espíritu, inspiración y contenido de la democracia.
Gomo tales ciudadanos nunca estaremos justifi cados en preguntarnos; ¿Nos convendrá ser un Es
m
tado más de la Unión Nacional? ¿Estaríamos jus
tificados, como tales ciudadanos, en exclamar ?: j Nun ca nos harán un Estado!
La interrogación implica ,un crematismo implí cito. No un alerta a la llamada de un deber; a la realización de una obra solidaria y comvin. Y ante
los imperativos de la vida; ante la significación pre ponderante de una ciudadanía que nos relaciona con el mundo haciéndonos respetables y señores, tal in
terrogación no es digna de seres responsables. Qui zás sea algo duro decirlo y penoso tenerlo que afir
i
mar ; pero más duro sería negar la realidad y más penoso ocultar la verdad. Y un portorriqueño hon rado, no debe ser hipócrita ni farsante. Lo segundo—lo que encierran los signos admi
rativos—revela una actitud dubitativa e insegura
honrado que me preguntara a raí mismo, ¿me conven dría seguir siendo portorriqueño? ¿Me dará Puer to Rico la felicidad que merezco y ansio? ¡NO! No debo hacerme tales preguntas si es
frente a la llamada resonante del porvenir. Y hom bres que llevan la ciudadanía que es partida de bau tismo de la Libertad y Credo en las sagradas litur gias de la Democracia, no deben dudar de lo que son, de lo mucho grande que pueden realizar y conquis tar si la levadura de sus esperanzas se elaboró con amasijo de valor y de fe. A veces—demasiadas veces—nos aletarga una hi perestesia que tiene hondas raíces en la historia.. Con una inconcebible y sutil frivolidad ,tramontamos el pasado y alardeamos la razón de nuestra existencia rememorando a Ronsesvalles; a Bailón; Villalar o
que tengo conciencia de lo que soy y del respeto que
Don Gonzálo Fernández de Córdoba. Otras veces nos
debo a mi país y a mí mismo. Sería inferirme un agravio.
dormimos en las proezas de Bizarro sobre el vasto im perio incaico o en las de Cortés quemando sus naves para caer sobre el de los aztecas. Y así, hilvanando recuerdos y quimeras, seguimos víctimas de una me galomanía inaudita y morbosa, extasiándonos en la
LCDO»«ÁGUSTIN FONT Ilustre Abogado y escritor puertorriqueño
Como p.iiertorriqueño, como hijo auténtico de esta tierra nacido en nna hacienda de café en la re
gión altureña de la Isla, estaría correcto y sería
Un portorriqueño no debe mirar a Puerto Rico sólo con interés crematístico, sino con los ojos del
alma, con amor de corazón, con toda la fe inconte nible de su espíritu.
Un puertorriqueño auténtico que no titubea su amor al terruño, no debe dudar de que ^u amada tie rra le dará la felicidad que sepa conquistar y ganarse
por sus merecimientos y por su lealtad. Me he referido a un portorriqueño en relación con su tierra de nacimiento; con la bella isla que a
Dios plugo colocar, como un canastillo, entre los bra zos amorosos de dos mares.
Ahora voy a referirme al portorriqueño en el
concepto de s,u ciudadanía; la ciudadanía que en
bastardía romancesca de O'Higgins; en las glorias de Ayacucho; en el Grito de Lares, o en la tragedia de Bolívar en San Pedro Alexandriiio.
No queremos darnos cuenta de que muchas de esas empresas, la colonización, el hispanoamericanis
mo, son empresas quebradas. En la raza—para los que creen en esas entelequias no hay nada vivo, o queda muy' poco. Y es absurdo, para seguir man teniendo ,un mal entendido orgullo, pedir auxilio a la muerte. Continuar justificándonos en las proe-
(Pasa a la pag, 45)
EL ESTADO — PUERTO RICO
24
La Mujer y Lá Estadídad Por CUTY L. DE BALASQUIDE
Ahora bien, para nsegurar una norma razona ble de vida familiar es necesario que exista fe inque brantable en la estabilidad y en la importancia de M
la familia como institución fundamental de la na
ción. Por eso en los países comunistas y fascistas la familia languidece y está llamada a desaparecer. Por el contrario esa fe se manifiesta en los Estados
Unidos con más vigor que en ninguna otra nación del mundo. En esa gran patria del niño la familia es la piedra angular sobre la cual se erigen los de rechos del hombre.
Las mujeres—acaso porque somos las que guar damos en nuestros claustros maternos la semilla de
la vida—sentimos hacia nuestros hijos ,un apego en trañable. y cuidamos todos sus pasos, no sólo en la
infancia y en la adolescencia, sino hasta en nuestras ansias de abrirles un camino sin dificultades hacia el
futuro. ^Inspiración del hogar, y', además, hélice de sus fuerzas interiores, en nosotras descansa el por venir para darle hijos sanos, hoy'; mujeres y hom bres felices, mañana. Por eso la mujer fué dotada por Dios de un sexto sentido: del sentido de la intui
SRA. CUTY L. DE BALASQUIDE
ción, que es como otra vista superior para adivinar no lo tangible, sino lo oculto y lo misterioso. Y ha ce mucho tiempo que ese poder de adivinación nos
Activísima y prestigiosa Presidenta del Comité de Damas
Inexcusable deber de toda madre es el de cuidar
vislumbró, lo que ahora la razón nos advierte: que si bajo la bandera de los Estados Unidos ha habido siempre paz para nuestra existencia, seguridad y sa
a sus hijos. El de cuidarlos física y espirifualmen-
lud para nuestros hijos y respeto para nuestros ho
te. De ahí que la mujer sienta, desde el alborear de la niñez, entrañable apego por el hogar y la familia.
gares, no debemos pensar nunca en cambiarla o en
Estadistas de Fonce
El anhelo maternal está tan enraizado en el alma fe
menina que sólo se destruye con la muerte. Por eso el corazón de la mujer siempre tiene ternuras de ma dre, y sirve como el manantial inagotable que da vi da perenne a la familia.
La familia es, sin duda alguna, la institución más adecuada para fomentar la Democracia. Las re
que nos cobije parcialmente. Al contrario, debemos pensar que si ha sido maternal y pródiga con noso tras y con los nuestros dentro del régimen de Gobier no actual, mucho mas habría de serlo cuando, dentro
de la Unión como uno de sus Estados, llegáramos a disfrutar de todos los beneficios de las instituciones de nuestras hermanas del Norte.
Es menester, en consecuencia, que la Asociación
laciones entre los padres y los hijos, entre éstos y los demás miembros de la familia y entre la familia y el
Puertorriqueña Pro-Estadidad que se mantiene aje
mundo exterior sirven para enseñar al niño las pri meras lecciones de la democracia. Porque es en la escuela del hogar donde el niño recibe las primaras nociones respecto a las relaciones sociales y dónde ad quiere las primeras normas de la moral y de la re
más las esperanzas y los entusiasmos de las almas grandes, de las almas de las mujeres decididas, de
ligión: factores indispensables en la vida democrá tica.
na a las luchas pequeñas de partido, gane cada día
terminadas a levantar y asegurar la institución de
la familia, dándole más escuelas, y más salud a sus
hijos, más prosperidad al hogar, más alegría, más se guridad y más libertad a nuestro pueblo al alcanzar las ventajas de la Estadidad para Puerto Rico.
EL ESTADO — PUERTO RICO
DIVACANDO Por Providencia Ramos de Villamil
Nuestro país no cuenta con materia prima pa ra industrializarse, para especializarse. ¿Quien podrá garantizar un mercado eficiente el día que nos veamos desligados del Continente ame ricano ?
¿ Con qué fuerza hidráulica y combustible con tamos como otro factor para la espeeialización ?
¿Tiene Puerto Rico mano de obra disponible si tenemos en consideración la impreparación casi ge neral de uuestra clase trabajadora?
Debe notarse que la industria azucarera hoy en día esta comercializada y necesita grandes capitales para fomentarla. ¿De dónde proceden, pues estas capitales? ¿De donde procederían desde el día que dejáramos de ser "un apéndice" de la nación ame ricana ?
Siguiendo el cui'so de otros factores que entran
en la espeeialización, ¿con qué relaciones financieras y comerciales podrá Puerto Rico contar?
Sra. PREVIDENCIA RAMOS DE VILLAMIL
No cabe duda q,ue para que un país se especia lice y se industrialice tendría que contar con una di rección competente. ¿ Cómo podremos probar que
Digna Presidenta de la Asociación Puertorriqueña de
la hay? ¿Qué garantías habría para el capital in
Mujeres Estadistas
vertido ?
Es bueno que los apasionados independentistas El verdadero estado democrático extiende su ra
analicen cada uno de esos factores y que presenten
dio de acción a la vida económica y social. La ten dencia es hacia una economía planeada para lograr "el reajuste entre la producción y el consumo, una distribución más justa de la riqueza de los pro ductos, la transformación de la organización econó mica existente en instrumento al servicio del pue
hechos y no palabras que prueben si nuestra isla los
blo", palabras textuales del fenecido ex-presidente Frauklin Delano Roosevelt.
Hay quienes desde la cátedra y la tribuna comen
posee o no que para la independencia que ellos piden serían estos los factores necesarios para que la isla no sucumbiera en un caos desgraciado. Hablando de los recursos naturales conque con
tamos, entre otras cosas, nos dice el Sr. Pablo Mora les Otero, en su libro Nuestros Problemas, que los bosques de PueiTo Rico han desaparecido porque las
gentes utilizan cai-bón vegetal como combustible pa
tan que es un error en Puerto Rico hablar de nues ra sus usos domésticos y de ahí se desprende la de tro sistema económico porque "nuestra economía", forestación. Nos dice también que existen yacimien dicen, "es un apéndice de la de los Estados Unidos". tos de cobre, oro y hierro pero que no son en canti dades suficientes para que sea económica sir explota Cuando las colonias americanas se independiza
ron del dominio inglés poseían enormes extensiones de tierras virgenes que eran fuentes de bienestar ya
ción comercial. Esto prueba que no contamos con materia prima.
que estas contenían ricos recursos naturales que pro
Toca a mis compañeros de ideales estadistas se
ducían materia prima tan necesaria para la especiali-
guir combatiendo la propaganda malsana y hasta cierto punto egoísta del sector independentista.
zación.
26-
EL ESTADO — PUERTO RICO
THE SIGNIFICANCE OF GENERAL
DEL VALLE'S GREATNESS fusal and the sound of a Japanese shot, this great thought carne to him;
"There comes a time in the destiny of men when they have to certify their teachings and beliefs. Now. my time has come to certify mine, and I do."
Bellavista has given us Puerto Ricans a lesson of the gravest importance; the glory of a firm conviction.
Del Valle, too, has such conviction. He certi fied himself in the same way.
'What we need in this Island, specially' among the leaders that point the way to the masses is their unwavering certification of belief. We have men
who stand on the fence not knowing where to jump, wanting to be with God and with the Devil, without certifying themselves to any ideáis, faith or belief.
MR. HARRY F. ®ESOSA, Lawyer
Puerto Rico has certainly been moved by the arrival of Gen. Del Valle. Why sliould Puerto Rico be specially proud of this outstanding native? Cer tainly not just beeause he was born iu Puerto Rico. There is nothing sacred abo,ut being born in one
This is disastrous and brings doubt, lack of confidence and respect from those in Washington who want to help ,us to help ourselves.
The status might not be at issue, as some say, but we all are always at issue, thus making the status possibilities, stronger or weaker, depending on the integrity and good faith of our men.
place more tha/n in another. Puerto Rico, like any other land, is sacred only as its sons make it so by their deeds and ideáis.
We are proud of Del Valle beeause he has helped to make our land and his, greater. He made himself a true American, bound himself to the ideáis of Ainericanisms, and in deeds out there in the Pa-
If we bind ourselves tightly to the American
faith and ideáis, not only will we get the stability of liberty and democracy, but also economic safety. On the other hand, any guaranty given us by any government or by any Congress based on favors
Let me explain what I mean by "certified". In
and not based on the constituency of ourselves as a part of that government, will mean as mueh as the guaranties of eertain European government meant in the cases of Uthiopia, Poland, Czechoslovakia. Par-
tile Pliilippines there is a rural teaeher by- the ñame
ties and Governments come and go, and Congresses
of Bellavista. When the Philippines were invaded, the
change their minds, but once we link our destiny
cific "certified" himself as a true American when
facing the eannonade of Japanese guns.
Japs eventually reached his small rural school where forever with the great American Republic as a State, he liad Ining on the wallan American and a Philip- then the guaranty is solemn and indissoluble. pine flag. A Japanese officer entering witii his men May our leaders become throughly coiivinced demanded that Bellavista tear down tho.se ñags. The little eo.untry teaeher explained eourteously' that he and certify themselves so that our great masses may could never do so himself for he had placed those
follow. Thus they will bring respect and greatness
banners on that wall and had been teaching his pu-
to Puertb Rico as our Gen. Del Valle has done.
pils, love and respect for those flags. Let the Ja
HARRY P. BESOSA
panese do it if they so desired.
And like a flash, in the instant between his re-
San Juan, Puerto Rico, March 1, 1946.
EL ESTADO — PUERTO RICO
27
should., ever deny the boon of tr,ue liberty within
SPEECH BY ATTORNEY...
statehood to our two million Puerto Riean American
(From page 13)
citizens, it ivould instantlj' cease as a symbol of na-
¡11 1894. Later it spontaneo.iislj'' ceded its sovereignty
tional-justiee. But we know that can never happen
to tlie United States iu 1898.
if we keep hope and confidence in our hearts, as behooves lojml citizens of a great Nation.
líaivaii tlius insiired
real domestic tranquility, intenial freedom and fe deral military protectioii. And it was the mighty American flag, wliieh avenged the unpardonable treason of Japan at PearI Harbor. The Republic of San to Domingo, also, ivas another free country, ivhose goi'ernment and people voluntarily, uiiauimously,
The ultimate objective of Americaai economy' and government is the full protection of its" citizenship and the safeguarding of that invaluable legacj' stemming from national postulates of justice, whieh entitle evei-y American to workship as he will, to speak and write of public matters, to rule his home and
songht annexation to the United States. President
ülysses S. Grant expressed to tiie Senate unusual anxiet3^ for the ratification of the treaty for Domi-
childrens, choose his own activities, to go unmolested
niean annexation, becanse—he said— "1 believe
it ivill redound greatly to the glory of the two coun-
station 111 life to the highest public positon, regardless of origiii, aristocracia of wealth or birth and free
tries interested."
from dictatorial restraints.
Annexation
of
about his business and to rise from the humblest
Santo Domingo
failed solely for lack of the requisito supporting vo-
I will cióse mi' reniarks, bi' entreating all of yon to use this mass-meeting as the ocassion for re dedicating jm.urselves to sincere, profound and undjdng faith in the American s.ystem and its iinfailing
ies in the federal Senate.
Prom its birth as a Nation, the United States has been a puré eniblem of eventual liberty for humanity'. But if Congress in d,ue eoiirse of events,
justice.
LA ASOCIACION PUERTORRIQUEÑA DE MUJERES ESTADISTAS En su Asamblea General de Marzo 9, 1946 nombro a MERCEDES P. DE BALSEIRO
Presidenta Honoraria
PROVIDENCIA R. DE VILLAMIL
Presidenta
JANE NICOLE DE MARIANI
Vice Presidenta
SEÑORA DE W. RAMIREZ
Vice Presidenta
MERCEDES FANO DE MONSERRAT BEATRIZ LASSALLE
Vice Presidenta Secretaria Corresponsal
ANA HARRINGTON DE SOLTERO LIBRADA A. DE SOTO
Tesorera Secretaria
MONSITA FERRER providencia M. de DURAND..
Vocal Vocal Vocal
BARBARA DE MURIEL ALIDA R. DE GARCIA MARGARITA NANCE DE BESOSA AMERICA ARCE
MARIA L. DEL VALLE SEIJO
Vocal Vocal Vocal
,
Vocal
MARCOLA FERNANDEZ NATER.
Vocal
SARA R. DE GAETAN
Consejera
RICARDA DE RAMOS CASELLAS
Consejera
FELICTTMOS SINCERAMENTE A ESTA DISTINGUIDA DIRECTIVA Y LE DE SEAMOS MUCHOS EXITOS EN SUS DIFICILES EMPRESAS.
mi aftitf '
* * * * * ♦♦•♦♦♦♦♦♦♦♦♦♦♦♦♦♦••♦♦♦♦♦• ♦♦♦♦♦♦♦♦♦♦♦♦♦♦♦♦♦♦♦♦♦•♦♦♦♦♦♦♦
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EL ESTADO — PUERTO RICO
29
El Estado y la Justicia del Pueblo La Independencia de los Organismos del Gobierno que inyecta personalismo en sus arterias,—tendre mos una corrupción sosteniendo otra corrupción equi-' valente a dos corrupciones complementarias, igual
mente fatales para el mantenimiento de un buen go bierno.
Poned a un autómata a suministrar justicia de
hombres, y allí tendamos a un pueblo de rodillas esclavo y encadenado como Prometeo a la roca del suplicio.
Visitad una de esas repúblicas vecinas donde go bierna la omnipotencia de un tiranuelo, y allí en contraréis a ,un pueblo sediento de justicia y sedien to de leyes humanas y justas. Ese tiranuelo suele
ser el Dios de la patria, y la arbitraria ley opresora de un pueblo sojuzgado bajo el látigo del déspota. Allí donde gobierna un solo hombre, la ley de la ba lanza justiciera cede sus dominios a los pies omnimodos del gobernante.
''El hombre no hace la cosa'' y apesar de la dis
tancia de los siglos, cuando existieron los emperado
res romanos, la sombra malévola de aquellos déspo tas se cierne todavía sobre el solio funesto de ciertas repúblicas de hoy. Los Caracallas de entonces, sue LCDO. FRANK TORRES
Distinguido Abogado de Ponce y entusiasta estad¡sta_
Lema: La espada de la jus ticia está mal colocada en las manos de un rabioso.
SENECA.
len llamarse los presidentes de hogaño en esas pseudorepúblicas que con el nombre de democracias pisotean los derechos del pueblo, a cuyo nombre desgobiernan con el foete de su mandocracia. Esos pi-esidentes de oue hablamos son la repiíblica al revés, y como el ílitler y el Mussolini de Europa, ensombrecen la his toria de su pueblo para perpetuarse como criminales de los tiempos,
"La verdadera administración de la justicia es
el pedestal más firme de un buen gobierno." Esa es la célebre sentencia esculpida en el frontispicio de la Corte Suprema del estado de Nueva York, y a la
contemplación de la ciudad del mismo nombre. A su paso por la metrópolis del Mundo, viajeros, turis
tas, transeiiutes y visitantes de todas las partes del la tierra, rememoran y repiten la universal exclama ción de Cristo,—"ego sum lux et veritas ex vita."
¡Justicia...! i Justicia. .. ! ¡Justicia . . .! ¿Eres acaso una palabra vacía en boca de los fariseos? ¿Eres tal vez la mano de hierro esgrimida por las repúbli
cas tiranas, o eres por el contrario la firme balanza de la íazón que pesa los deberes y los derechos den
tro de las democracias? El brazo de la justicia y la mano de la justicia, pueden ser tan crueles y tan
despiadados o tan humanos y' tan equitativos, como lo puede ser el cuerpo o la autoridad que rige las
"Dura lex eest lex", o lo que es lo mismo, "la ley será dura, pero es la ley," La ley anda con pies de plomo pero castiga con mano de hierro, dijo el ex
presidente de nuestro Tribunal Supremo, Hon, Emi lio del Toro Cuebas, en una de sus decisiones, E.sa es la ley de los códigos que debe regir _v' rige a las
democracias, como gobiernos de leyes, pero no es la ley de los tiranos, administrada por hombres a ca pricho de un dictador.
Hay una diferencia fundamental entre la apli cación de las leyes y la existencia de las mismas. Tres poderes distintos, independientes el uno del otro cons tituyen la estructura viviente de la democracia ame ricana, Tres poderes distintos dimanantes de la vo
luntad del puehlo han sido consagrados y adoptados tradicionalmente—dentro de la constitución ameri cana, que es la ley suprema de los Estados Unidos
arterias vitales de esa mano. Si el cuerpo de la jus
de Norte América. Independientes entre sí, sin qne
ticia está corrompido y corroído por un gobierno
(Pasa a la pag. 31)
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EL ESTADO — PUERTO RICO
31
EL ESTADO Y LA JUSTICIA DEL PUEBLO (Viene de la pag. 29) el uno pueda obstaculizar, minar o influenciar sobre las ejecutorias del otro, son y han sido siempre esos
dos a la Unión, y también para gobernar dependen cias y territorios. Tal razón fundamental impone al pueblo Americano, a través de su Congreso, el inelu
poderes distintos la suprema garantía del ciudadano del pueblo, quien tiene ante la le.y tantos derechos o deberes como el más distinguido ciudadano de la
dible deber de dictaminar y determinar sobre el "status" de los territorios, antes de convertirse en
nación. Los poderes que no han sido delegados al
tado Soberano de la. Unión,: ese Estado alcanza su mayoridad política, elige sus propios representantes al parlamento de la Nación, y no tiene que estar su peditado ni sometido a la voluntad legislativa del
gobierno Federal, o lo que es lo mismo, gobierno cen tral, quedan por "fiat" de la Constitución reservados a los varios estados o reservados al pueblo. (Véase art. IX y X de la Constitución Americana). Así habla la traduccióir sustancial de la décima
enmienda de la Constitución Americana. Esa es la
interpretación racional a esa enmienda, de s,uerte
que el gobierno Federal es y' ha sido siempre legal y prácticamente hablando, un gobierno de poderes delegados o limitados por el lenguaje terminante de la propia constitución. Cualquier Estado de los que
Estados.
Una vez un territorio se transforma en Es
Congreso. Las cláusulas básicas de la Constitución origi
nal, incluyendo el derecho a juicio rápido, "habeas Corpus", "registros ilegales" y libertades ciudadanas, elocuentemente constatados en las primeras diez en miendas de la Constitución,, alcanzan y se aplican
por igual a los gobiernos de las dependencias y de los territorios, y también de-los Estados. De ahí que tam
bién se extiendan a Puerto Rico las garantías consa integran la unión que se conozca lesionado en su so beranía estadual, puede demandar en juicio al Go- . gradas a todos los ciudadanos Americanos habitantes bierno de los Estados Unidos, esto es, al Gobierno en todas las pai-tes de la Nación. El más humilde ciu dadano de nuestra tierra que se conozca atropellado Federal, invocando que su autonomía o gobierno lo en sus derechos eonstitueionales, puede tramitar su ca cal han sido infringidos, en violación de los precep tos claros de la constitución. Cada estado crea y so ante el Tribunal Supremo de Puerto Rico y hasta tiene su propia carta constitucional, que a su vez, no llegar al Tribunal Supremo de Washington en busca
puede estar en pugna con la constitución federal por que de estarlo, es la Corte Suprema Nacional la que
de Justicia.
finalmente resuelve sobre la constitucionalidad de las
mulada al igual que Cuba y Santo Domingo, el po bre ciudadano lesionado y atropellado en sus dere chos, tendría necesariamente que esperar a ser el Pre sidente de la República para poder prevalecer en sus
leyes que puedan afectar la constitución Nacional. Fué el 3 de abril de 1918 nue el Congreso Ame
ricano aprobó "el credo" de la nación, contentivo de
Pero si Puerto Rico fuera una República, for
la siguiente sentencia escrita por William Tyler Page, legítimas demandas ante la ley. entonces secretario del Congreso: "Los Estados Unidos de América son un go
El sistema americano no es gobierno de hombres
ni de caciques, es un gobierno de leyes, y regido por
bierno del pueblo, por el pueblo y para el pue
leyes.
blo, cuyos justos poderes se derivan del consen
Tres poderes, independientes entre si, constituy'en el triángulo indestructible donde descansa la
timiento de los gobernados; nna democracia den tro de una repiiblica,—una nación soberana com
justicia, la igualdad y^ la libertad del pueblo por más
puesta de muchos estados soberanos; una nnión perfecta e indivisible, establecida a base de los principios de libertad, igualdad, justicia y hu
fo definitivo del gobierno-del pueblo, dentro de una
manidad por los cuales los patriotas americanos sacrificaron sus vidas y haciendas." La ley' Orgánica de Marzo 2 de 1917, y sus en
miendas en vigor, estableció un sistema de gobierno
para Puerto Rico muy similar a los gobiernos terri toriales de Alasita y Hawaii. Tanto el gobierno lo cal que rige los destinos de las "dependencias" y de los territorios, así como el de los Estados, tiene oue actuar en concordancia con los preceptos inviolahles de la Constitución federal. Esa Constitución confiere poderes taxativos al
Congreso para organizar y "admitir" nuevos Esta
de ciento setenta años. Esa trilogía asegura el triun
verdadera democracia, que es la democracia consti"■'■cional Americana.
Esos tres organismos son:
1
ui 'mder legislativo, o sea el Congreso Ame
ricano, compuesto del Senado y la Cámara de Repre
sentantes, cuya misión es legislar, o revisar las le
yes que han de regir los destinos de la Nación. Es el pueblo quien dii'ectamente elige sus representan tes al Congreso, y es el Congreso la representación genuina del pueblo, de acuerdo con los principios de la Constitución.
2.—El poder judicial, o sea el Departamento de
(Pasa a la pag. 33)
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AUTORIDAD DE LAS FUENTES FLUVIALES
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El público, todo, sin distinción algún., eslú directamente interesado en que el servicio de
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electricidad funcione sin entorpecimiento y esté disponible en el momento m.smo en que se ne-
""'unÍctsa'LneÍe de interrupción del servicio de electricidad, especialmente en el área metropolitana, es la rotura de las líneas de distribución en las calles, ocasionada por el lanza
miento de alambres y trozos de metal sobre las líneas así como el cruce de las mismas con los hilos de chiringas y volantines. A veces estas roturas resultan en casos trágicos, pues pueden causar la muerte de los viandantes que hagan contacto con las lineas caídas. Es pues en nuestro interés de evitar lamentables accidentes que causen perdidas de vida
y de propiedad y que afecten la buena calidad del servicio de electricidad que nos esfoiVcamos
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en ofrecer al piíblico, que nos dirigimos a todos los habitantes de Puerto Rico y especia men e
de niños pequeños, solicitando de cada uno que se convierta en un guardan del I I abuenlos padres funcionamiento de las líneas eléctricas evitando que alguien la cruce lanzando alambres I y otros objetos sobre las mismas, y si se viere a alguien hacerlo, que se avise a nuestra oficina
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local o al Cuartel de Policía más cercano. AUTORIDAD DE LAS PUENTES PLUVIALES DE PUERTO RICO t
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NO SEA ESCLAVO DE LA RUTINA SELECCIONE EL LICOR QUE USTED TOMA,
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EL ESTADO — PUERTO RICO
33
EL ESTADO Y LA JUSTICIA DEL PUEBLO (Viene de la pag. 31). J.ustieia, y los miembros de la judicatura, cuya mi
ahí que el Gobierno Americano sea un gobierno del Pueblo, por el pueblo y para el pueblo, según el fa moso discurso de Lincoln en Gettysburg. La Independencia es la aspiración limitadora del
sión es interpretar las leyes de acuerdo con la ley, según los preceptos de la Constitución. 3.—El poder ejecutivo, encabezado por el Pre sidente de la nación, quien es el funcionario que por la naturaleza de su cargo vela por la seguridad e in tegridad nacional, y ejecuta los poderes que le con fiere y le otorga la propia constitución, sin abrogarse los poderes de los otros organismos. Cada inio de los anteriores poderes está regido
tados e ilimitables.
y estructurado con entera independencia orgánica,
habrían alcanzado romper para siempre los nexos
de tal suerte,—que ni el mío ni el otro están sujetos o supeditados a escuchar o seguir las pautas traza
tinos de Puerto Rico a los Estados Unidos. Nues
das por los demás.
tra isla tendría que empezar a luchar sola en el ine
El Congreso no le debe sus funciones al Presi
porvenir de nuestro pueblo. La Estadidad es el ideal
que persigue un futuro glorioso, de horizontes ilimi Puerto Rico ha participado del progreso evolu tivo americano durante medio siglo. Si mañana Puerto Rico fuera una república li bre e independiente, sus dos millones de habitantes
políticos, económicos y sociales que han unido los des
vitable desconcierto de los pueblos débiles. La com
dente, o vice versa; ni tampoco el Congreso puede in
petencia comercial e industrial de las otras nacio
fluenciar a los jueces del Supremo, o vice versa. Ca da organismo respeta las prerrogativas del otro, de
nes, obligaría la competencia de Puerto Rico y en
tal manera que desempeñan y desarrollan sus funcio
nes con absoluta independencia de carácter, sin fa voritismos ni cortapisas. Esa nomenclatura constitucional, que rige los des
tinos del Gobierno central, o sea el gobierno federal, es exactamente la misma formula adoptada por to dos los cuarenta y ocho Estados de la Unión, que tam bién participan de un gobierno de leyes dentro de sus respectivos Estados. Es el imperio de la ley; no es el imperio de los hombres. ESTADO O INDEPENDENCIA
Dos finalidades o soluciones políticas detienen
el pensamiento del legislador y del pueblo puerto rriqueño. Puerto Rico el Estado de la Unión de los Estados Unidos de Norte América, o por el contra rio Puerto Rico, la pequeña república antillana libre,
soberana e independiente, rigiendo sus destinos pre sentes y futuros, a la par que las otras naciones del mundo, grandes o pequeñas.
qué productos o industrias podría competir Puerto Rico con las demás repiiblicas del mundo? Nues tro azúcar descendería al precio del de Cuba y San to Domingo, y los jornales de nuestros obreros y campesinos se estancarían al nivel del exiguo precio de nuestro azúcar.
Aparte de las limitaciones políticas y económi cas—consecuentes de la república independiente, ten
dríamos la inexorable barrera de la emigi-ación puer torriqueña a los Estados Unidos continentales. Eso no sería cuestión de tratado ni de entendido entre
el Puerto Rico libre y' la república Estadounidense. Vendría con la bandera de nuestra república. Así como los diversos países de Europa y Asia, de Amé rica y del mundo tienen su cuota migratoria, la re pública de Puerto Rico tendría la suym, y entonces los puertorriqueños no podrían embarcar al conti nente estadounidenses como americanos, sino que en
,su condición de extranjeros emigrantes, tendrían que buscar descongestionados horizontes en otros países del mundo.
jA dónde iría a emigrar nuestra superpobla
Al hablar de los Estados Unidos de Norte Amé
ción que se calcula en tres millones de habitantes
rica, automáticamente pensamos en términos de una nación libre, soberana e independiente, compuesta de
dentro de los próximos diez años? La actual ciuda
cuarenta y ocho estados libres, soberanos e indepen dientes, cada uno con su propio gobierno local, los cuales hanse vinculado entre sí hace cerca de dos
cientos años, mediante una sola constitución para for
danía americana nos permite transportarnos a las vas tas, despobladas y extensas regiones de los cuarenta y ocho Estados Americanos. /.Dónde iríamos a pa
rar, ni nos cerraran las puertas migratorias del con tinente, cuando otras regiones de Europa, de Asia y
mar la indisoluble y poderosa Confederación de Es
del mundo entero están ansiosas de instalarse en la
tados que se llama Estados Unidos de América. Pri mero el Pueblo formó el Gobierno de cada Estado
inabarcable tierra de promisión americana que no
autónomo, luego el pueblo mediante los represen tantes de todos los Estados se reunieron en Conven
Puerto Rico puede llegar a ser Estado federado de los Estados Unidos. Nada hay en las tradicio-
ción, y constituyó el Gobierno Federal o Central, De
(Pasa a la pag. 46)
sotros pretendemos ignorar?
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EL ESTADO — PUERTO RICO
35
EL PORVENIR DE LOS PEQUEÑOS ESTADOS Por Juan B. Soto
dos igualmente í El organismo central o gobierno fe deral es el gobierno de todos los estados, no impli cando en modo alguno la renuncia de su soberanía, según suele afirmarse por algunos. La renuncia de un'derecho lleva envuelta la pérdida del mismo, ce sando el que renuncia en su ejercicio; ¿y ocurre esto a alguno de los estados integrales de la unión ameri cana, en virtud de la constitución ? Claro es que no.
Aqní cada estado delega la facultad de ejercer ciertos poderes inherentes a su soberanía, en un organismo creado por sus propios representantes, junto a los re presentantes de los demás estados que forman la na
HON JUAN B. SOTO
Abogado prominente y Ex-Canciller de la Universidad de Puerto Rico
Mucho se ha discutido sobre si no es preferible,
para los pequeños países, una constitución .unitaria con un protectorado ejercido por potencia capaz de imponer respeto con la pujanza de sus fuerzas. No
ción, y nadie puede delegar lo que no tiene. La mis ma creación del gobierno federal implica el ejercicio de la soberanía de los estados, pues aquél está consti tuido por representantes escogidos y enviados por cada uno de éstos, y el que ejercita un derecho por me dio de su repersentante, lo ejercita él. Esta es la teoría, es el principio fundamental de las modernas democracias; principio a cuya fuerza no se puede escapar bajo las circunstancias que caracterizan las sociedades modernas.
Y no se alegue como argumento contrario a nues
tra tesis que los gobiernos federales sólo pueden exis tir cuando se trata de pueblos afines, de una misma
creemos difícil demostrar cuan superior es el siste
raza, hablando un mismo idioma, y guiados por un
ma federal a esta mentida independencia. Suponien
interés comvm. Tal argumento, que a priori formiilado, parece de un valor excepcional, dista mucho de ajustarse a la realidad histórica. Una de las más hermosas, progresistas y pacíficas repúblicas que la historia política reconoce, la integran comunida des de raza, idioma y tradiciones completamente dis tintos. Me refiero a la bella república de Suiza, don de el derecho, la libertad j el progreso se realizan
do que desde el p.unto de vista de la defensa racio nal, el protectorado obrara con igual eficacia que la unión que implica el sistema federal, aún existen razones para proclamar la superioridad de éste. En primer término los pueblos así federados, no
gozan de privilegio alguno los unos sobre los otros; privilegio indiscutible por parte de la nación protec tora, cuando a esa protección ha habido necesidad de acudir en garantía de la vida y la libertad. Tomad
por ejemplo a la gran República de los Estados Uni dos, o la República ejemplar de Suiza. En la pri mera de éstas existen cuarenta y nueve estados abso lutamente independientes entre sí, e igualmente in
dependientes para con el resto de las demás naciones. Verdad es que existe un gobierno central, el llama
do gobierno federal, que ejecuta ciertos actos de sobe ranía, no admitidos a ningún estado separadamente.;
pero ese gobierno central qué es?
en un ambiente de paz y de armonía, que purifica el espíritu y eleva el pensamiento; y donde las diferen cias de raza, de idioma y de tradiciones, no logran
perturbar el goce sereno, tranquilo y' dulce de la vida y de la libertad.
El gobierno federal no demanda, no necesita,
para su permanencia y estabilidad, analogía completa por parte de los pueblos federados. Las diferencias de raza, de idioma y de tradiciones, no son fundamen tales, Por encima de ellas y a pesar de ellas, es po
Quién lo cons- sible la unidad del pensamiento y la comunidad del
tituve, y quién lo ejerce? /.Forma él una entidad
ideal. Tales diferencias son meros accidentes en la
superior y separada de los diversos estados, o es una
vida de los pueblos y en la AÚda de los individuos.
maauinaria, por decirlo así. una agencia ñor medio de la cual los estados expresan .su voluntad respecto de ciertas materias que, por afectar a todos por igual, V por reouerir completa unidad en la acción, deben ser resueltas por un organismo que pertenezca a to
Los hombres somos fundanientalmente iguales, nues tras necesidades fundamentales son las mismas, so bre todo para los ciAulizados.
El gran Pí y Margall, con amplia visión políti.{Pasa a la pag. 37)
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EL- ESTADO — PUERTO RICO
37
EL PORVENIR DE LOS PEQUEÑOS ESTADOS (Viene de la pag. 35) ea, y fundado en lieelios de incuestionable verdad Iiistóriea, defendió los gobiernos federales, y procla mó la alta conveniencia de que ellos sean e], sistema
universal. En su valioso libro, "Las Nacionalida des", con elocuencia irresistible, dice: "Uno de los pueblos, como antes dije, más acti vos y poderosos del mundo, el primero en haber rea lizado el ideal de la democracia, el más genuino re
por una larga serie de evoluciones antes de llegar a
realizarse en todo su contenido y en toda su pureza. Las vemos por ese motivo reaparecer con frecuencia en el curso de los acontecimientos.
Las instituciones
en que se encarnan, los hechos por que se manifiestan,
las formas que revisten, distan, no obstante, de ser las mismas. Cambian de siglo a siglo y hasta de pueblo a pueblo. Cambian principalmente según el lugar que ocupan y la importancia que alcanzan en tre las demás del mismo órden; y son cada vez más
presentante de la vida moderna, son los Estados Uni
perfectas.
dos de América: están, como acabamos de ver, fede■^•almente constituidos. La nación que hoy predo^ mina en Europa, no sólo por sus ai'mas, sino tam
menos de. suceder con la federación, antigua como el mundo. La distinguimos ya en los primeros al
Esto es lo que ha sucedido y no podía
bién por sus letras, es Alemania: aunque reorgani
bores de la Historia. La hallamos primeramente en tre los israelitas y los fenicios; después en Grecia
zada de ayer, sobre el principio federal descansa. . . "Es aquella el porta-estandarte de la libertad
é Italia más tarde en la misma Italia, en Alemania, en Holanda; al fin, en las naciones que van hoy a la
política; ésta el de la libei'tad religiosa. Recuérde
cabeza del mundo."
se ahora cómo han resuelto la pavorosa cuestión de la esclavitud los Estados Unidos. ¿Qué nación ha
mostrado ni más grandeza, ni más energía, ni más
El sistema federal no sólo da fuerza y consis tencia a pueblos débiles en su organización .unitaria, sino que también garantiza la plena soberanía, mien
audacia ?
tras que, por más que se intente demostrar lo con
Han debido arrostrar una de las más san
grientas luchas civiles, y la han arrostrado sin perdo nar sacrificio porque prevaleciera su generoso pen samiento. Y hoy millones de esclavos son ya, no só lo hombres, sino también ciudadanos. Y, es la fe deración un anacronismo? Y, ¿son los pueblos fede rales eco de mezquinos intereses ?. . . "La federación, lejos de ser una idea de otros
días, es la de los nuestros. Montesquieu, que no per tenecía por cierto a la antigüedad ni a la Edad Me
dia, la consideraba como el único sistema capaz de
trario, los pueblos sometidos a la tutela que consti tuye el llamado protectorado, no son sino colonias sacrificadas a la voluntad del protector. En la moderna ciencia política, particularmente en el derecho internacional, estos pueblos no reciben el calificativo de soberanos, sino la denominación es
pecial de parcialmente soberanos. Y aquél que sólo goza de una soberanía parcial, ¿.puede llamarse, aca so, pueblo independiente, siendo así que la caracterís tica principal de la independencia es el completo ejer
obviar los inconvenientes de las pequeñas y las gran des naciones, conciliar las ventajas de la república con la grandeza de la monarquía, y ser a la vez am
cicio de la soberanía?
paro de la libertad y garantía del orden. Prudhon
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terminó por hacerla programa de gobierno. La mi raba como la solución de todas las antinomias polí
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ticas, como el más firme valladar contra las usur
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bres. como la más solemne expresión de la dignidad
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paciones del estado y la idolatría de las muchedum
del hombre, como el único sistema |)or el que descansa '4 y en equilibrio indestructible la paz y la justicia. Ger- yy vino nno de los más sensatos v perspicaces historia yy dores del siglo cree que sólo por ella cabe asegurar yy y la libertad y la paz de Europa. Ya en 1852 anun yy
ciaba el actual engrandecimiento de Alemania ; y pa ra cuando éste se verificase, le daba por fin políti co transformar en federaciones los grandes Estados, puya unidad, decía es tan ocasionada a peligros. "Solo desconociendo cómo las ideas se desenvuel
ven y toman cuerpo, se puede sostener que la fede ración sea un retroceso. Toda ley es eterna y pasa
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EL.ESTADO — PUERTO RICO
39
The case of Puerto Rico By PASCUAL AMADO RIVERA The case of Puerto Rico is unique. The faets leading up to the present situation are historical
and undisputed. Almost forty-eight years ago, on "Jul-y 28, 1898, the American armed forces invaded" P.uerto Rico, then a Spanish colony. The commanding officer of the invading armj% in his ñrst official proclamation to the people, assured them that he was bringing to the island the blessings of the libe ral institutions of the American government. A few months later President McKinley sent the first Ame rican governor to Puerto Rico ^vith specifie instruc-
tions to prepare the people of Puerto Rico for statehood.
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From then on Puerto Ricans -were'trained in
American vays and customs. They "vere taught American ideáis. The teaching of Eñglish developed. An entirely new pattern of government based on American principies replaced the oíd. The people's Avaj' of living as a whole was slowly eonformed to American standards.
This transformation culminated in the granting of a greater measure of self government to Puerto Rico and United States citizenship to its people, un der the provisions of an Act Congress commonlj'' known as the Jones Act, approved on March 2, 1917. HON. PASCUAL AMADO RIVERA
Asst_ United States Attorney Federal District Coiurt—San Juan, Puerto Rico.
The case of The Pcople of Puerto Rico v. United States of América cloes not nave its origin iii a court
of justice. The title is imaginai-y. On the other hand, the questioii involved is a very real one and of vital importanee hoth to P.uerto Ricans and to the United States. The issue is limited to the legitimate
complaint of the people of Puerto Rico against the
governinent of the United States, arising from the insensibility of Congress to the logical aspirations of
the people, that a final deterinination he inade of the
Under the terms of the Jones Act, all citizens of Puerto Rico and all nativos of Puerto Rico perma-
nently residing in the island, not citizens of any foreign country, were declared to be citizens of the United States. It should be clearly understood, however, that the act did not impose citizenship upon the people. It provided that thej'- could retain their
political status and not become United States citi zens by simply filing a deelaration to that effect. It also provided a term of six months from the date of approval of the act in whieh to file such a deelaration. Therefore, any-Pueido Rican vrho did not wish to become a citizen could have easily prevented it. The population of the island at that time consisted
political status of the island. It is an oíd case.
of almost one million and a half inhabitants.
Puerto Rico has been urging Congress to act on this matter for inany years. The q.uestion has been argned extensively but arguments and reasons go unheeded. That is precisely the gist of the complaint by the
these, only two hundred eighty-three decided to re tain their status by filing declarations. The others became citizens because they wanted to be citizens
people of Puerto Rico. Wliat reasons, if any,, does
Of
of the United States.
I look upon this remarkable demonstration of
Conoress have for not acting on this matter? "Will faitli and confidence of the Puerto Ricans towards a final determination ever be made? The patient the United States, which took place searcely twentyPuerto Ricans are at least entitled to hnoAv the nine years ago, as the only true test to determine answer to these questiohs. They represent two mil- what is the present feeling of the majoritj' of the peo lion. United States citizens living under an uneertain ple of Puerto Rico concerning their future poli territorial type of government. Is Congress to side tical relations with the United States. To me, it is
step indefinitely the colonial problem confronting the United States?
(To page 41)
40
EL ESTADO — PUERTO RICO
ASOCIACION PRODUCTORES DE AZUCAR DE PUERTO RICO '
RESOLUCION
PARA EXPRESAR LA CONDOLENCIA DE LA ASOCIACION DE
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PRODUCTORES DE AZUCAR DE PUERTO RICO POR LA
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MUERTE DE MR. F. T. MAXWELL.
€ •
r •j.
POR CUANTO, Mr. F. T. Maxwell de-
i.—Consignar en acta la pena de la Aso-
dicó una gran parte de su vida al desenvolvimiento y progreso de la industria azucarera de Puerto Rico desde las distintas posiciones que ocupó en la South Porto Rico Sugar Com-
ciación y sus miembros por el fallecimiento de Mr. F. T. Maxwell, con lo cual pierde la industria azucarera y el pueblo de la isla en general un fervoroso colaborador; y
pany of Puerto Rico; 2.—Expresar a la señora Mary F. MaxPOR CUANTO, Mr. F. T. Maxwell, co-
„ ali señor ~ Horace u n a/t n y a la i Soutíf c is. well, R. Maxwell
mo ingeniero y como administrador, contribu-
Company of'Puerto Rico la
yó con incansable entusiasmo a colocar la in- condolencia de la Asociación por el fallecídustria azucarera de Puerto Rico sobre un ni- miento de Mr. F. T. Maxwell vel que pudiera subsistir, frente a la competen
cia de las demás regiones productoras, mante-
En San Juan, Puerto Rico, a 25 de marzo
niéndose con la solvencia indispensable para de 1946. llenar su cometido como fuente de bienestar Vo. Bo.
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para el pueblo de Puerto Rico;
POR TANTO, RESUELVESE por la ^Í^RCELO J. OBEN /
Asociación de Productores de Azúcar de Puer-
„ ■
Presidente
, , .i;
to Rico, reunida en Junta General Extraordi-
'
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naria en San Juan, Puerto Rico, hoy viernes
J. M. RIOS, '
22 de marzo de 1946:
Secretario
EL ESTADO — PUERTO RICO
41
THE CASE OF PUERTO RICO (From page 39) a clear manifestation of tlieir desire to form a part of tlie United States.
It ineaiit inucli more to them
than a changa in citizenship. They eonsidex-ed the graiit of citizenship a forward step towards a permanent unión witli the United States, a step towards statehood.
After becoming citizens P.uerto Ricaus served
under the American flag, their new flag, in the first World War. A largar munber, about 70,000, served loyally and with distinction in the second World War. Many saw action in different fronts. Some shed their blood, others gave their lives for their couñtry'. With but a very feAV and marked exceptions the people of Puerto Rico are good citizens of the United States, Avell aAvare of their rights and obli-
gations as such. Most of the island's tAA'o million inhabitants have been
born since the advent of the
American rule. They liaA-e lived as Ainericans, under the American flag and democratics traditions of
govcrmnent. That is Avhy they know, as good Americans do, that all men are created equal and that
being a free people, they have a right to choose Avhatever form of government they wish. They have come to abhor the fact that they live in a
posses-
sion of the United States, under an uncertain system
of government Avhich has lasted for many y'ears.
They Avant to govern themselves.
The group that físvors independence is composed largelj- of inen and Avomen aaIio wo.uld not hesitate one second to Amte for statehood if they saw any possibility of obtaining it. They realize that
statehood means recognition, sovereignty, a dignified solution to their political status. But this group is convinced that statehood is unattainable.
The im-
passibleness of the part of Congress CA'ery time the question of the political status of Puerto Rico is presented to it, has led them to belieAm that, as Ame rican citizens living in a territory, they haA-e obtained the greatest measure of self goA'ernment they can expect, that is, the present uncertain status, no more. Therefore, they favor independence, which they think may be granted. I am not trying to say that there are no bonafide independentist in Puerto Rico. I do say, Avitho.ut hesitation, that if Congress should show its
willingnesss to accept Puerto Rico as a state of the Unión, many of the so-ealled independentist Avould inmediately join the larger group of Puerto Ricans AAdio faA'or statehood, in petitioning Congress for the admission of Puerto Rico as a state.
The adAmcates for estatehood consider it the only logical and practical solution to the problem concerning the political status of the island. As Uni ted States citizens Avho haA*e not lost faith in their
nation, statehood is their legitimate aspiration. They haAm been encouraged to hope for it, haA-e fought for it and will continué to do so. To them, acting otherwise Avould be unworthy of good citizens of the Uni
ted States. They represent a majority of the Puerto Ricans.
The people are divided into tAvo groups. A ma-
jority of the Puerto Ricans would like to see the island admitted into the Unión as a State. But, in sad contrast AAÍtli the Avonderful demonstration of faith and confidence iri the United States shown by
Recently, on two different occasions, President Truman urged of Congress to approAm legislation whereby the Puerto Ricans Avould be anthorized to A-ote on the foimi of goAunmment they desire. Pi-esident Roosevelt had also urged Congress to grant
US that right.. The political leaders of Puerto Rico,
the people of Puerto Rico in 1917, when only tAA'o
for once united in a common p.urpose, haA-e nnani-
hundred eighty three out of a million and a half refused to become citizen, today Ave find a relatively
mously asked for congressional action on this matter.
large number Avho favor independence from the
October 16, 1945, dealing Avith the political status of the island, is significant. It reminded Congress that
United States.
It will probably be difficult for our fellow ci
tizens in the United States to understand why we
The second Presidential Message to Congress, on
it Avas the established policy of the goveiaiment of the United States to support and enconrage the poli
tical, social and economie development of those peo
have an independentist group, speciaUy' so, if they
ple who have not yet attained a full measure of self
knew that the independentist, at least the great ma-
government and to make it possible for them even-
jority' of them are not anti-American.. There is a tually to determine their own form of government. (To page 46)
simple explanation for this.
42
EL ESTADO — PUERTO RICO
Importantes Manifestaciones del Ledo. Cuevas Zequeira DISTRITO JUDICIAL DE HUMACAO, P. R. EN LA CORTE DE DISTRITO
)
EL PUEBLO DE PUERTO RICO) Iiif Ley Pesas vs.
JULIO CAY
) ) )
y medidas;
) Causa No. 2940 )
I
OPINION
Julio Gay, administrador de la Central Juncos, fué acusado ante esta Corte, de haber infringido la Ley de Pesas y Medidas; y en el acto de la lectura de la denuncia presentada por el Fiscal del Distri to, el acusado solicitó ser juzgado por un Jurado. Los hechos delictivos que a dicho acusado se
imputan, contituyen un delito menos grave (midemeanor,) y de acuerdo con las leyes procesales vi gentes, el derecho a juicio por jurado solo existe en casos de delitos graves (felonies). Pero el acusado Gay, funda su petición, no en las disposiciones del Código de Enjuiciamiento Cri t
LCDO. RAFAEL CUEVAS ZEQUEIRA
Prestigioso Abogado; Ex-Representante a la Cámara; ExSenador; Ex-Juez de Distrito de Humacao; Expresidente Alianza Puertorriqueña
Habiendo solicitado del Ledo. Rafael Cuevas
minal, sino en los preceptos de la enmienda sexta de la Constitución de los Estados Unidos que, según la representación del mencionado acusado, está en vi gor en Puerto Rico desde el dos de marzo de mil no
vecientos diez y siete, en que fué aprobada la presen te Carta Orgánica de esta isla, conocida con el nom bre de Ley Jones.
Zequeira nos permitiera conocer sus puntos de vis ta en relación con el problema del "STATUS" de Puerto Rico en lo que concierne a las relaciones con E.stados Unidos, nos expresó que su criterio firme
La cuestión así planteada reviste a nuestro juicio una importancia excepcional, ya que este caso en úl tima instancia puede resolver en definitiva el pro
es que la concesión de la ciudadanía americana a los
la unión americana, desde el punto de vista del de
puertorriqueños, decretada como una de las disposi ciones fundamentales de la "LEY JONES" implica
recho constitucional.
el cumplimiento de la obligación contraída por los
por el acusado eir lo pertinente, dice así: 'En todo proceso criminal el acusado ten drá derecho a un juicio rápido y piiblico, ante
Estados Unidos a virtud del Tratado de París, de resolver el status de los liabitantes de la isla. El Ledo. Cuevas Zequeira nos indicó también que su
criterio jurídico fué claramente expresado en la re solución del primer caso que se decidió en Puerto Rico interpretando la "LEY ORGANICA DE 1917."
La opinión emitida por la Corte de Distrito de Humacao, fué la siguiente:
blema trascendental de nuestro STATUS dentro de
La enmienda sexta de la Constitución invocada
un jurado imparcial, etc." El punto en discusión en este caso presenta dos aspectos: uno es, si la Constitución de los Estados Unidos es aplicable a Puerto Rico y el otro aspecto
de la cuestión es, si aún rigiendo en Puerto Rico la Constitución Federal, priva ésta al Congreso de los
(Pasa a la pag. 43)
43
EL ESTADO — PUERTO RICO
IMPORTANTES MANIFESTACIONES.... (Viene de la pag. 42) Estados Unidos o la Legislatura de la Isla, del dej'eclio de regular el sistema de tramitación judicial en casos criminales.
De acuerdo con una gran corriente de jurispru
dencia, la Constitución de los Estados Unidos rige sin ninguna suerte de limitaciones, en aquellos te rritorios que lina vez adquiridos por el iDoder Pede-
ral, fueron definitivamente incorporados a la nación por la voluntad del Congreso. 38 Cyc196
Y que Puerto Rico constituye desde que se puso
en vigor la Lej' Jones, un territorio debidamente in
bunal, en el caso de Hawaii vs. hlaukiclii, 190 U. S. 197, se resolvió una cuestión en cierto modo análoga a la suscitada por el acusado en este caso. En aquel se sostiene la doctrina de que, no obs tante la adquisición de las Islas Ilawaii por virtud de un tratado de anexión, las enmiendas 5a. y 6a. de
la Constitución no eran aplicables a aquel territorio; quedado por tanto en vigor las leyes locales, que permitían en procesos criminales, veredictos por ma yoría en lugar de los veredictos unánimes del dere cho común.
Y en 1904, la Corte Suprema tuvo una nueva
oportunidad de afirmar sus puntos de vista en la
debatida cuestión de las posesiones insulares. En el caso de Dorr VS Lbiited States, 195 U. S. 138,
procedente de Filipinas, se sostiene el principio, de
corporado, es cuestión fuera de duda a nuestro juicio que la Constitución Federal no se extiende automáti y conclusión a la que es fácil llegar, mediante un camente, sin legislación del Congreso, a los terri examen del aspecto legal del asunto desde la adqui torios cedidos por España y no incorporados por sición de esta Isla por los Estados Unidos, hasta la voluntad legislativa. fecha.
Él tratado de París en virtud del cual cedió Es
paña la Isla de Puerto Rico a los Estados Unidos, de termina, en el artículo 9, que el Status de los habi tantes nativos de los territorios cedidos, sería deter
minado por el Congreso. Y la Corte Suprema de la
De suerte, que si la Constitución no se extiende a los territorios mientras éstos no han sido incorpo
rados; a CONTRARIO SENSU si la incorporación se ha llevado a cabo, rige entonces la constitución. Pero ésta es una cuestión resuelta y'a de ante
mano, pues, el Congreso decretó en 1878, que la cons nación en reiteradas ocasiones expresó claramente, titución y leyes federales se harían extensivas a to la doctrina j.uridica a la luz de la cual debía consi dos los territorios adqiiiridos que pudieran adqui derarse el tratado; pronunciándose la mayoría de di rirse, una vez que fueran debidamente organizados. cho alto tribunal, en el sentido de que la mera ce (Revise Statutes at large 1878 Sec. 1891).
sión no era bastante, sin especial legislación del Con
Puerto Rico no era un territorio incorxjorado
greso, para convertir los territorios adquiridos en mientras vivía a la sombra de la Ley Foraker, según una parte de los Estados Unidos. Tal fué el prin opinión de la mayoría de los Jueces de la Corte Sxicipio enunciado en los casos De Lima vs. Bidwell, prema de Estados. Puerto Rico es un territorio 182 U. S. 743, y Downes vs. Bidwell, 182 U. S. 244; definitivamente incorporado a los Estados Unidos,si bien se sostiene en ambos, que la cesión fué sufi desde que comenzó a reg;ir el. acta Jones, ley de ciente para que Puerto Rico dejara de ser un país ex carácter permanente, cpie hace del pueblo de la Is tranjero, a los efectos de ciertas regulaciones fiscales la, uua comunidad de ciudadanos de los Estados Uni y aduaneras y dentro del derecho internacional. dos, con los mismos derechos y con los mismos debe
''Así las cosas, el Congreso aprobó en 12 de abril res, que los de cualquiera de los, distintos territorios de 1900. la ley orgánica titulada "I^ey para proveer del continente, que luego hubieron de convertirse en temporalmente de rentas ,v' un Gobierno Civil, a la Estados de la Unión. Isla de Puerto Rico, y para otros fines", que fué No podríamos concebir una d.efinición distinta
objeto de estudio e interpretación en el caso de Dow do nue.stro Status, sin caer en la anomalía jurídica nes Vs Bidwell ya citados, y a propósito de la cual, la mayoría de los jueces de la Corte Suprema, sos- de que ciudadanos de una misma nación, habrían de „en que la intención del Congreso al adoptar el
estar o no protegidos por la Ley Fundamental del
país, según la posición geográfica en que vivieren. estatuto conocido con el nombre de LEY PORAKER. Tal concepción sería impropia de la más grande de
no fué la de incorporar a Puerto Rico como parte democracias modernas, que al decretar la preseute ¿e los Estados Unidos. Y a tal conclusión llego la L»v Or<-áuica de la Isla la tituló TiE.Y PARA ESTA Corte Suprema sin duda alguna, por los distin^-os BLECER UN GOBIERNO CIVIL PARA PTTER-
aspectos de la ley en cuestión, y especialmente, por TO RICO; de modo que si su intención no hubiera su carácter transitorio. Y más tarde, allá por 1903, por el propio tri
(Pasa a la pag- 44)
44
EL ESTADO — PUEETO EICO
IMPORTANTES MANIFESTACIONES.... (Viene de la pag. 43)
Suprema de Estados Unidos en múltiples casos. (Wal-
sido incorporar definitivamente a este país como te
ker VS Sawvinet 92 U. S. 90—Munn VS Illinois 94
rritorio de la Unión, habría hecho una ley de carác
U. S. 113—). Y en el más reciente de Reyliolds VS
ter transitorio como lo era el ACTA PORAKER.
United States, que guarda gran analogía con el que motiva esta opinión, dicho alto Tribunal sostuvo,
Y organizado como lo está por la Ley Jones, el territorio de Puerto Rico, la constitución tiene entre nosotros fuerza y' vigor no solo como derecho implí cito inherente a la incorporación, sino en virtud de la voluntad legislativa Federal, manifestada en el e.statuto de 1878 ya citado, que es aplicable a Puer to Rico, por no haberse expresado lo contrario en la actual ley orgánica, como se hizo al decretarse la ley conocida con el nombre de BILL DE FILIPINAS
en 1902, q.ue contenía una cláusula especial, dispo niendo, que el mencionado estatuto de 1878 no ten dría aplicación al Archipiélago Filipino, úncierto quizás el Congreso en cuanto a los futuros destinos de aquel pueblo. 32 Statutes at large 691 Pero si las razones expuestas no fueran suficien
tes para sostener nuestro punto de vista referente a la incorporación, habríamos de encontrar fuerte apoyo en el caso citado de Downes VS. Bidvrell en el cual se establece la siguiente doctrina: "La incorporación de territorio adquirido, por
que las Cortes territoriales estaban obligadas a obe decer las leyes del territorio. 98 U. S. 244. Véanse también los casos de Brown VS Ne-w Jersey 175 U. S. 172; Maxwell VS Dow 176 U. S. 587.
De manera pues, que a pesar de ser Puerto Rico un territorio incorporado, y ser aplicable a esta is la a la Constitución Federal, las Cortes Insulares, cuya existencia, continuación y procedimientos, es tán sancionados por la actual Ley Orgánica, deben desenvolverse de acuerdo con las leyes vigentes, sin otras limitaciones que las contenidas en la declara
ción de derechos que forma parte del Acta Jones y en la cual no se concede el privilegio invocado por el acusado.
Se declara sin lugar la moción. Díida en Corte abierta en Humacao, P. R. hoy día 5 de abril de 1917.
(Fdo.) B. Cuevas Zequeira Juez de Distrito
cesión no se verifica hasta tanto que el Congreso en su
sabudía, entienda que tal territorio ha llegado a un estado que le permite formar parte de la familia
IN
MEMORIAM
americana.''
Ahora bien, que hemos alcanzado el estado a que
se refiere la Corte Suprema, lo demuestra la sabidu ría del Congreso, otorgándonos la plenitud de la Ciu dadanía, que nos convierte en miembros de la fami lia americana.
Resuelto el primer aspecto de la cuestión, vea mos si al acusado le asiste el derecho que solicita.
FRANCISCO ACEVEDO Ha caído un compañero, un batallador incansa ble del periodismo, un representativo que supo poner muy en alto el Cuarto Poder, y que su paso por la vida, como el buen sembrador, cosechó el fruto ópimo del corazón puertorriqueño.
La enmienda 6a. de la constitución Federal, sos
tiene que en todo proceso criminal el acusado tiene derecho a un juicio por Jurado. Pero debe tenerse
en cuenta, que las enmiendas de la Constitución limi tan al poder Federal, y en lo que a procedimiento cri minal se refiere, afectan tan sólo a aquellas Cortes
que han sido creadas por la Constitución misma, ta les como la Corte Suprema de los Estados Unidos y las Cortes Federales. Dichas enmiendas solo hacen relación a los Estados cuando éstos son mencionados
expresamente. Cooley, el gran comentarista de la Constitución, sostiene este criterio y agrega que las enmiendas 6a. y ?a. que garantizan el derecho a jui cio por Jurado, no deben entenderse como restrictivas del poder que a los estados asiste, de regular los jui cios por delitos contra sus propias leyes. Cooley Constitiitional Limitations pág. 46. Esta doctrina ha sido reconocida por la Corte
Ante la desaparición siempre sentida del ami go, cuyo recuerdo ahoga en un mar de lágrimas nues
tra voz, en actitud reverente, como si algo de nuestro propio ser pareciera desprenderse, hacemos mutis, en su tumba, y dejamos que una lágrima corra por nues tras mejillas y se confunda con la tierra que oculta sus restos, para que su recuerdo se fertilice aún más
en la posteridad. Elevamos una plegaria al Divino Hacedor en sú
plica cristiana porque su alma descanse en la paz eter na del cielo...
...Bienaventurados los mortales que, como el nunca bien llorado comentarista de la radio, no vivie ron
en vano. . .
EL ESTADO — PUERTO RICO
EMBRACEMOS LA FE
45
DISCURSO PRONUNCIADO..,
(Viene de la pag. 23)
(Viene de la pag. 19)
zas de Roldan y Carlomaguo; en los comuneros de
ciado en la ciudad de Nueva York, en Abril 19 de
Villalar; en la tragedia de Guzmán en Tarifa, etc.,
1921, al descubrirse la estatua de Simón Bolívar, lla
etc., es seguir viviendo un sueño de opio.
mó a Puerto Rico "nuestro Estado".
No es que debe renegai-se de la mucha gloria que hay' en todas aquellas proezas que permiten a la historia seguir alumbrándose con el reflejo de sus hazañas. Pero es insensato comprometer el porve nir, ignorando que hacia él se va por caminos que implican nuevas normas; nuevos acosos; nuevas reali dades ingentes compatibles con un grado de civiliza ción extraordinario que pide a la humanidad no un
sentido místico de las cosas, sino un sentido realista, que tiene mucho de espiritual porque clama a la so lidaridad humana y al sentido de unidad que forta lece los vínculos entre las regiones para hacerlas más fuertes, precisamente por la recíproca ayuda que pue den y deben facilitarse, rompiendo fronteras y es collos de guardarraya.
Nos conviene seguir siendo portorriqueños; pero aupándonos ante los clamores del porvenir. Puerto
Rico nos dará la felicidad a que aspiramos ni los cla mores de ese porvenir son para nosotros voces de alerta, llamadas para realizar una obra que es soli
daria a 6S0S ciudadanos cpie se fueron por las rutas del mundo a rescatar la justicia y la libertad para
los pueblos y para los hombres. Nos convendrá ser un Estado de la Unión por
Después de todo lo anteriormente expuesto, que es historia contemporánea que todos los ciudadanos americanos de Puerto Rico y del Continente, cono
cemos, solo puede llegarse inevitablemente, a las si guientes conclusiones:
la. Que el Senador T^'dings al presentar el borrascoso Bill que lleva su nombre, concediendo a Puerto Rico una clase de independencia que conver
tiría a los ciudadanos de esa nueva república en al go semejante a prisioneros perpetuos encerrados en un campo de concentración y despojado del precioso tesoro de la ciudadanía americana, actuó sin poder, ni autoridad: violando abiertamente la plataforma
del Partido Demócrata del año 1932, ratificada en
el año 1940; que ningún otro legislador del Parti do Demócrata—a menos que sea un rebelde y mere
cedor de una purga política—dará s,u voto a ese Bill,
y que ningún legislador del Partido Republicano ten drá poder o autoridad para favorecerlo con su vo to, si respeta su plataforma del año 1940.
que eso afirma el sentido de solidaridad y nos hace 2a. Que la inmensa mayoría de puertorrique
núcleos de un "Todopoderoso", material y espiritualmente. Ser una comunidad más de las muchas feli
ños partidarios de la Estadidad, al reclamar, como
ces y libres que unidas forman la Nación que es re-
reclamamos, ese status definitivo, no estamos pidien
fuo'io de la humanidad en sus quebrantos y en sus
do dádivas ni favores, sino que estamos reclamando
dolores; que es barricada que peleó por esa comuni dad para salvarlas. Que es arca y relicario para los espíritus agotados que perdieron la fe y encon traron en ella la cristalización de sus esperanzas.
un legítimo derecho que nos pertenece y que nos ha
No digamos más, no repitamos más, que no nos
sido constantemente reconocido.
Para conseguir nuestra suprema aspiración, de bemos recorrer el largo y áspero camino que condu
harán un Estado. No nos infiramos el agravio de
ce a la Estadidad, con fe inquebrantable, con propó
que para ser algo tienen que hacernos algo. Em
sito firme, con ánimo sereno, con paciencia inago
bracemos la fe en que debemos ser algo y empeñemos nuestros propósitos en serlo. En ser un pueblo libre
table, con orgullo manifiesto de nuestra ciudadanía
y feliz. En el pueblo libre y feliz que nos dá la ciudadanía que ostentamos y que nos lleva a todas las latitudes del planeta como seres qpe significan un valor jurídico, indiscutible, respetable y señero,
americana y, sobre todo, con absofuta lealtad a nues
tra Nación, de la que es Presidente Franldin D.
Roosevelt, apóstol y cruzado de la Democracia, de la paz y de la Justicia Social.
46
EL ESTADO — PUERTO RICO
EL ESTADO Y LA..
THE CASE OF... (From page 41)
(Viene de la pag. 33)
Referring to the specific case of Puerto Rico, the
nes, en la historia, ni en la Constitución Americana que lo impida. Texas fué una república y se con virtió en estado. California era parte de Méjico j se convirtió en estado. Arizona era territorio y'
President made it known that, in his opinión, the time has come to find out what is the Avill of the people of the island eoneerning their final status.
He men-
tioned four alternatiA'es to be submitted to a vote by
se admitió en la familia de estados en el año 1912.
their OArn governor and to a greater measure of local
¿Por qué razón Puerto Rico que ha peleado fielmen te en dos guerras universales junto a los Estados Uni dos no puede colmar sus legítimas a.spiraciones y lle gar a su sitio al igual que aquellos que le precedie
self government; seeond—statehcod for Puerto Rico;
ron en su camino hacia la estadidad nacional?
third—full independence, and fourth—a dominión
Esa lucha por la estadidad en Puerto Rico no es nueva ni estéril, como tampoco fué nueva ni estéril la lucha de los territorios que hoy son estados. En su destino hacia la Estadidad, Puerto Rico tendrá que
the people in order to determine the will of the ma-
jority. Pirst—the right of the Puerto Rieans to elect
form of government. The President's Message ends
Avith a recommendation that proinpt attention be giA'en to this matter and a Avarning to Gongress not to submit to a vote any proposition or alternative Avhich
it is not disposed to carry into effect and consúmate through legislativo action once it has been cliosen
by the people of Puerto Rico.
sufrir el viacrucis de todas las batallas.
Nuestro
pueblo necesita seguir su cruzada indispensable ha cia el porA'enir. ¿ Por qué cerrarnos las amplias puer tas de la ciudadanía americana? El porvenir es el Estado, con todas sus virtudes democráticas y prerrogatÍA'as constitucionales Siendo Estado, tendría
The case of P.uerto Rico is again before Gongress
mos dos senadores y ocho representantes al Gongre-
and the people of the United States. It is also be
so y tendríamos los consecuentes derechos políticos,
fore the eyes of the world. The cause is a just one in Avhich Gongress can no longer afford to ignore
sociales y económicos y las influencias inalienables de
gracefully. President Truman has indicated
the
course of action for Gongress to take. It is noAv up
ese Gongreso. Seríamos una parte integrante de la
Nación más rica y más poderosa del mundo. En el mañana, en el porvenir de otras generaciones que nos sucederán, tendermos derecho a que un hijo favori
to Gongress to do justiee to tAA'o million American
to de Puerto Rico, ocupe también la presidencia de
citizens of Puerto Rico and Gongress should realize that true justiee can oniy' be accomplished in this
la república de Washington y Lincoln, patriótica
case by including statehood as one of the alternatives
la segunda guerra universal.
to be submitted to a vote by the people in case a plebifscite is approved. OtherAvise, the Gongress of the United States Avould be forsaking the majority
Abril 12 de 1946.
mente defendida por nuestros héroes de Bataan en FRANK TORRES
group in Puerto Rico Avhich advocates statehood for the island; the group Avhich has kept its faith and confidence in the United States throughout all these
CONVENIENCIA DE LA... (Viene de la pag. 7)
years of uncertainty, steadfastly believing in the spi-
rit of fair play of the American peOple; a group of citizens wliose loyalty to the United States cannot be questioned, aaAo favor statehood for Puerto Rico solely beca,use they are American and A?ish to continué
being Araericans; citizens of the United States Avho, having fought unsuccessfully for the admission of Puerto Rico as a state of the Unión, year after year, would noAv feel betrayed by their OAvn nation should
nuestra economía, y la destrucción total de nuestras oportunidades de vivir una vida civilizada, libre de necesidades, libre del miedo, con libertad de cultos y libertad de pensamiento: esto es, con las cuatro li bertades básicas esbozadas por el Pi'esidente RooseA'elt en siA discurso ante el Gongreso Americano el 6 de Enero de 1941, como necesarias y esenciales a ,un mundo civilizado.
Esas cuatro libertades básicas,
Gongress fail to, at least, grant them an opportunity
Puerto Rico las puede gozar al amparo de la bandera americana. Hacia ese Norte, debemos enfilar la proa
to vote for statehood.
de nuestra Nave,
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