V IjiHn ■ ; Mensuario Informativo del Senado de Puerto Rico VOLUMEN III AGOSTÜ-SEPTIEMBRE-OCTUBRE 1971 Senado La Aprueba Para 1973 NUMERO 7
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Insistencia Del Gobernador En Que Sea En 1972 Derrota Consulta Sobre Voto Presidencial
La Resolución Núm. 1 dio lugar a la creación de la Comisión de Status, la que a su vez dio lugar al plebiscito de 1967, donde nuestro pueblo favoreció mayoritariamente el Estado Libre Asociado y dio un mandato en el siguiente sentido: "Un voto a favor del Estado Libre Asociado significará: La autorización para desarrollar el Estado Libre Asociado hasta un máximum de gobierno propio". Para llevar a cabo ese mandato, se crearían por el Gobemador de Puerto Rico y por el Presidente de Estados Unidos, unos grupos asesores conocidos como Comités Ad Hoc. (Pasa a la pág. 21
HERNANDEZ COLON ANTE LA CAMARA — Contrario al gobernador Ferré, quien declinó una invitación del Senado para que compareciera a exponer su posición sobre la celebración de la consulta al pueblo en torno al voto presidencial, el Presidente del Senado, Ledo. Rafael Hernández Colón, honró una invitación similar de la Cámara. Arriba vemos al dirigente de la Alta Cámara deponiendo ante la comisión correspondiente de la Cámara. (Foto Gómez)
La insistencia del gobernador Ferré en que la consulta - o referendum - sobre el voto presidencial se llevara a cabo en 1972, año de elecciones expresamente desacartado hasta por el Comité Ad Hoc que consideró el asunto, derrotó el propósito del Senado de llevar el caso ante el pueblo en 1973. Así lo hace constar en informe rendido al pueblo al terminar la sesión especial de las cámaras convocada para considerar el referendum, el Presidente del Senado, Ledo. Rafael Hernández Colón. A continuación transcribimos el texto completo del mensaje del senador Hernández Colón trasmitido por estaciones de televisión y radio el miércoles, 6 de octubre de 1971: Compatriotas: La sesión extraordinaria convocada sobre el voto presidencial, acaba de terminar con un impase sobre la fecha para celebrar la consulta. El Senado fijó la fecha de 1973 y el Gobemador insistió en que fuera en 1972. Comparezco ante ustedes para exponer la posición del Senado. Historia del Voto Primero, permítanme hacer un poco de historia. El voto Presidencial se propuso como parte del crecimiento del Estado Libre Asociado por Don Luis Muñoz Marín ante el Congreso de los Estados Unidos en 1960, cuando se celebraban vistas públicas sobre el voto Presidencial para los residentes del Distrito de Columbia. Al conocer de esta propuesta, el hoy Gobemador de Puerto Rico, Don Luis A. Ferré, la calificó de indigna e ilegítima porque, según sus palabras, la única forma digna y legítima de aspirar al voto presidencial era a través de la estadidad federada. Posteriormente, en 1962, cuando la Legislatura de Puerto Rico resuelve proponer al Congreso la solución definüva del problema de nuestro status político, surge nuevamente el voto presidencial como un elemento dentro del desarrollo integral del Estado Libre Asociado. El Mandato Plebiscitario
P: Considerando estas diferencias. Permítanme leerles parte del cable del
"El Comité Ad Hoc recomienda un referendum sobre el voto presidencial a celebrarse lo antes posible, pero no conjuntamente con las elecciones de 1972. Los primeros cinco meses del año de 1972 están ocupados por la sesión legislativa y, al terminar la misma, comienza el período eleccionario.
"Ya que la estadidad por definición conlleva el votar por el Presidente y el Vice Presidente es en extremo dudoso que el Congreso considerara seriamente adelantar una enmienda constitucional para otorgar exclusivamente a los ciudadanos puertorriqueños el derecho a votar por el Presidente dentro dej status de Estado Libre Asociado mientras exista la razonable posibilidad de que se nos peticione por todos los derechos de la estadidad para Puerto Rico. Por estas razones creo que el Congreso tendría una mejor idea sobre los deseos del pueblo de Puerto Rico si el referendum sobre el asunto de votar por el Presidente y Vice Presidente de los Estados Unidos dentro del Estado Libre Asociado se celebrara después de las elecciones de 1972".
CARLOS ROMERO BARCELO ante el Senado en Represen Gobernador. Comparece tacíón del verdad, en el proceso de lograr deponente que si se cumplen los deseos del Partido Nuevo de lograr la victoria de ponente que si se cumplen los deseos del Partido Nuevo de lograr la victoria en el 1972 y se lleva la estadidad a referendum y nuevamente se cumplen sus deseos de que triunfe la estadidad, ¿no habría una inconsistencia entre seguir aspirando al logro del voto presidencial separadamente con la aspiración a la estadidad en esos momentos?
Quedaban, pues, las alternativas de 1972 o 1973. Comenzamos a celebrar vistas públicas. Compareció ante nosotros el Hon. Carlos Romero Barceló, en representación del Partido Nuevo Progresista y del Gobernador Luis A. Ferré. Sus declaraciones militaron fuertemente en contra de que fuera en 1972. Las Declaraciones de Romero
Tardía El gobernador convocó la Legislatura tardíamente y el Superintendente de Elecciones se empeñó, contra toda la evidencia, en que el referendum no se podía celebrar en 1971. Dejaron pasar el tiempo y efectivamente se hizo imposible celebrarlo este año.
En vista de ello, propongo que se convoque, a la brevedad posible, una sesión especial de la Legislatura para celebrar el referendum este mismo año, durante el mes de noviembre o a principios de diciembre.
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Ferré Ignora el Mandato Los Comités Ad Hoc para desarrollar el Estado Libre Asociado hasta un máximum de gobierno propio nunca se crearon. Sólo se organizó un Comité para estudiar el voto presidencial.
Senador
P: La pregunta es que el comenzar esas gestiones por la estadidad pues ya desiUrían de las gestiones por el voto presidencial, si no se ha logrado todavía, y claro, todo esto podría ocurrir en el año de 1973 o en el año de 1974, enteramente concebible que ocurra dentro de ese marco de tiempo. R: Efectivamente. Además que entiendo que el Congreso tan pronto le fuera, supiera, empezaría a pedir la estadidad y si supiera que están haciéndose gestiones para el voto presidencial en otros estados diría: Pero ven acá, esto, lo mayor, incluye los menor. Vamos a luchar con esto." En vista de los propósitos del Partido Nuevo Progresista de solicitar la estadidad federada si triunfa en 1972 y desechar el voto presidencial, el Presidente de la Comisión de Gobierno del Senado se dirigió a los Presidentes de las Comisiones del Congreso para determinar si el Congreso habría de actuar durante el 1972 en caso de que el referendum resultara favorable al voto Presidencial: Ambos contestaron que no. Escuchen sus palabras ante nosotros; Los Cables del Congreso
Senado Fija Voto para 1973 En vista de todo ello aprobamos la legislación fijando la fecha de 1973 para el referendum,enmarcando el voto dentro del mandato plebiscitario de 1967 y presentándolo en la forma en que lo está en la Resolución Núm. 1 de 1962. Esos precedentes representan el compromiso histórico del Partido Popular con el pueblo de Puerto Rico, y ese compromiso histórico tiene mi total respaldo. Interrogantes que Surgen Me pregunto yo, y estoy seguro que hoy el pueblo de Puerto Rico se pregunta también lo siguiente: ¿Por qué declaró esta tarde el Gobernador que el voto presidencial sería issue en las elecciones de 1972 y que de triunfar su partido, aprobarían legislación para celebrar el referendum en 1973 si acaban de rechazar el proyecto nuestro para que eso mismo se llevara a cabo? ¿Por qué insistió el Gobernador en un referendum sobre el voto Presidencial en 1972 si de acuerdo con Romero Barceló, de triunfar su partido en noviembre van a pedir la estadidad y van a echar a un lado el voto Presidencial? ¿Qué quiere el Partido Nuevo Progresista: la estadidad por la que abogó Romero en el Senado o el voto presidencial dentro del Estado Libre Asociado que el Pasa a la pág. 3
Byah que es muy elocuente: "Comparto su preocupación sobre el proceso electoral que afecta a todos los ciudadanos americanos y públicamente he abogado por el voto presidencial directo para los ciudadanos residentes en Puerto Rico así como para los de Guam y las Islas Vírgenes. No obstante, no creo que un referendum en Puerto Rico sería un paso apropiado en esta dirección hasta después que las elecciones de 1972 en Puerto Rico se hayan celebrado.
Todo lo demás que había en la Resolución Núm. 1, y que llamamos el desarrollo integral, quedó olvidado, a pesar de las decisiones del Tribunal Supremo y de las repetidas promesas del Gobernador de que habría de cumphr con el mandato del pueblo. De ese olvido, el Hon. Gobernador no ha rendido cuentas al pueblo ni al Tribunal Supremo. El Comité Ad Hoc que estudió solamente el voto presidencial, rindió su informe el pasado 18 de agosto. Cuando se rindió dicho informe, hice las siguientes declaraciones en reunión celebrada en La Fortaleza: Declaraciones de RHC en La Fortaleza
DELEGADO DEL GOBERNADOR DICE SE DESCARTARIA EL VOTO PRESIDENCIAL DE TRIUNFAR EL PNP EN 1972 (Viene de la pág. 1)
El voto presidencial debe figurar en la papeleta enmarcado dentro del mandato plebiscitario de 1967 y concebido en la forma en que lo está en la Resolución Núm. 1 de 1962. Estos son los precedentes históricos que dieron lugar a la encomienda que el Comité Ad Hoc está llamado a instrumentar". Convocatoria
R: Oh, definitivamente. Entonces tendríamos que ponernos a luchar porque sería la estadidad nada más, y hacer énfasis en eso. Oh,definitivamente.
SEN.JUAN CANCEL RIOS Presidente de la Comisión de Gobierno Pasa a la pág. 4
Se hace necesario definir ambas propuestas para fijar el planteamiento al pueblo en su justa dimensión. Lo que está ante el pueblo no es la existencia o no del Estado Libre Asociado. Lo que va a decidir el pueblo es si el voto Presidencial debe formar parte del desarrollo integral del Estado Libre Asociado. De ahí que al votar, el pueblo lo que decide es si el voto Presidencial es o no deseable como parte del crecimiento del Estado Libre Asociado. Si no se define el NO podría interpretarse que el que vota por él está votando contra la existencia del Estado Libre Asociado...
No Se Pueden Desacreditar Los Procesos Democráticos
Líderes Lugar Voto Presidencial Dentfo Del ELA Del Congreso Recomiendan Consulta Tenga Después De Las Elecciones De 1972
El Hon. Luis A. Ferré tendrá que responder ante la historia, de esas interrogantes. Esa misma persona, que un día pretende usar ese mismo proceso de la democracia para lograr su ideal de estadidad, insiste ahora que llevemos en 1972 ante este buen pueblo puertorriqueño una consulta que cuesta dos millones de dólares a pesar de que las voces más autorizadas ya han dicho qué en 1972 el Congreso no considerará el asunto hasta 1973 y a pesar de que su partido espera el respaldo del pueblo para solicitar la estadidad federada en 1973. El más elemental respeto a la vida democrática de este pueblo exige que no se juegue de esa forma con nuestros procesos básicos.
Vamos a Bregar con los Verdaderos Problemas de P.R. Ya es hora que en Puerto Rico nos pongamos a bregar con los problemas fundamentales del pueblo: la falta de recursos para la educación; la vivienda; los hospitales y servicios médicos; el desempleo alarmante y el estancamiento de nuestra industrialización; la crisis del turismo y de la agricultura; el crecimiento del problema de las drogas a pesar de los programas del gobierno; los precios por las nubes que elevan- el costo de la vida al puertorriqueño. Yo invito al Gobernador a unirse al Senado para concentrar en eso hasta el final de nuestro mandato y estoy seguro que este buen pueblo nos lo agradecerá mucho más que el que gastemos nuestros bríos en buscar ventajas políticas para 1972.
c. El voto a favor de la participación de Puerto Rico en el voto Presidencial no se interpretará ni constituirá expresión alguna del pueblo de Puerto Rico en apoyo de la admisión de Puerto Rico a la estadidad federada.
Proponemos por lo tanto, que la definición de las alternativas de la afirmativa y de la negativa del referéndum sean las siguientes: Un voto a favor del "SI" significará que se autoriza la siguient.e solicitud: El pueblo de Puerto Rico solicita del Congreso de los Estados Uniüos y de las Asambleas Legislativas de cada uno de los Estados Miembros de la Unión Americana que adopícn una enmienda a la Constitución de los Estados Unidos para conceder a los ciudadanos de Estados Unidos residentes de Puerto Rico el derecho a votar por el Presidente y Vicepresidente de los Estados Unidos, dentro de las siguientes condiciones:
a. Conforme al concepto de desarrollo orgánico e integral del Estado Libre Asociado que representa la Resolución Conjunta núm. 1 de 3 de diciembre de 1962, y en cumplimiento con la voluntad plebiscitaria del pueblo de Puerto Rico, conforme se expresó en 1967.
Mis queridos amigos: Una de las peores cosas que puedan ocurrir dentro de una democracia es que se desacrediten los procesos para expresar y hacer valer la voluntad de un pueblo. Hoy el pueblo de Puerto Rico se pregunta: ¿Qué ha pasado con el desarrollo del Estado Libre Asociado? ¿Qué ocurrió con la culminación? ¿Qué pasó con el mandato plebiscitario?
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b. La concesión de participación en el voto Presidencial no implicará la incorporación constitucional de Puerto Rico a los Estados Unidos ni, por consiguiente, la aplicación en Puerto Rico, ni ahora ni más tarde, de las leyes contributivas federales.
Viene de la pág. 2 Gobernador llamó indigno e ilegítimo cuando lo propuso Muñoz Marín en 1960? ¿Será verdad que Ferré, campeón de la estadidad toda su vida, ai terminar su carrera pública, va a dejar de plantear la estadidad si gana en 1972 y va a pedir sólo el voto presidencial que es más difícil de lograr? Que cada puertorriqueño dé su contestación a esta pregunta dentro de su propia conciencia. Para mi, la respuesta es clara y las motivaciones que veo nada tienen que ver con la participación democrática, ni con una genuina defensa de los derechos de los puertorriqueños. Tienen que ver con una sola cosa: con política, partidismo, y ventajeria electoral.
LA DEFINICION DEL VOTO
INSISTENCIA DEL GOBERNADOR EN QUE SEA EN 1972...
Líderes Del Congreso Recomiendan Consnita Tenga
Hace unas semanas el propio Gobernador Ferré dijo en un acto de su partido en Salinas, que allí en aquel momento comenzaba la campaña electoral de 1972. En las vistas públicas salió a la luz un hecho muy interesante que pone meridianamente de manifiesto lo inútil e ineficaz que es celebr el referéndum en 1972, además de las razones que hemos sefialai antes.
Viene de la pág. 3 Un voto en la negativa significará que no se desea el voto Presidencial como un modo de desarrollar el Estado Libre Asociado, pero dicho voto no se interpretará como un voto en contra de la reafirmación del Estado Libre Asociado y el mandato para su crecimiento hasta un máximum de gobierno propio según la voluntad del pueblo de Puerto Rico, expresada en el Plebiscito de 23 de julio de 1967.
LA PECHA La Comisión de Gobierno empezó a estudiar este asunto el 1ro de septiembre. Rindió su informe el 8 de septiembre. Pero el mismo no pudo ser considerado hasta el 16 dí septiembre porque el Gobernador Ferré que pudo convocar la Asamblea Legislativa para una fecha anterior, lo que hizo fue convocarla para el 16 de septiembre. Aprobamos la R. C. del S. 2276 que asignaba fondos para acelerar los trabajos electorales el mismo día 16, primer día de la sesión extraordinaria. Hasta ahí podía llegar la mayoría de este Senado. I-o hicimos con toda urgencia porque al apoyar el refere'ndum queríamos que se celebrara inmediatamente—específicamente en diciembre 19 de 1971. Con las tácticas dilatorias usadas hasta ahora por el gobierno ya no es posible celebrar el referéndum en 1971. Así lo informó a estas Comisiones el señor de Jesús en representación del grupo de técnicos que estuvo dispuesto a trabajar para que-se celebrara en 1971 siempre que se actuara sápidamente.
POR QUE NO DEBE SER EN 1972 No queremos que se mezcle el voto Presidencial con el proceso electoral partidista del año de las elecciones. Hacerlo sería adulterar el ■procedimiento y confundir al pueblo. Desde el inicio de 1972 Puertq Rico entra de lleno en la campaña eleccionaria. El día 10 de enero se inicia la última, sesión legislativa del cuatrienio que todos sabemos se caracteriza por un fuerte y apasionado interés político partidista. Dos o tres días después comparece el Hon. Gobernador con su mensaje anual que no hay duda contendrá, una alta dosis de política partidista.^ Es el año de las elecciones y el Gobernador no va a dejar pasar por altó ese hecho. " En marzo se celebran nuevas inscripciones, con un estimado de doscientos mil nuevos electores según el Superintendente General dé Elecciones. Los partidos políticos celebran asambleas, convenciones, primarias y otros actos preparatorios para la fase final de la contienda electoral. El Senador Jackson dice en su informe separado del Comité Ad Hoc: Asumiendo que sea deseable un referéndum para conocer la opinión del pueblo puertorriqueño sobre este punto, aún puede cuestionarse la sabiduría de célélírar este referepdúm en*él períodd antes de las elecciones del año próximo en Puerto Rico cuando estará en su apogeo toda la carñpqña pre-eleccionaria. La cuestión del voto presidencial para los puertorriqueños se ha discutido por muchos años. En vista de este hecho, se hace difícil justificar la urgencia de un refere'ndum antes de las elecciones generales. Creo que hubiese sido más aconsejable que el Grupo Asesor recomendase posponer el referéndum hasta después de las próximas elecciones." (Subrayado nuestro).
SEN. SEVERO E. COLBERG Presidenle de la Comisión de Hacienda 4- EL BOLETIN ÍéHiéiÜlít
Lugar Después De Las Elecciones De 1972
En vista de estas declaraciones del Hon. Carlos Romero Barceló, quien compareció ante nosotros por delegación del Hon. Luis A. Ferré y en representación del Partido Nuevo Progresista, el Presidente de esta Comisión, dirigió un cable al Hon. Senador Birch Byah y al Hon. Representante Emanuel Celler, Presidentes respectivamente de los Comités del Senado y de la Cámara del Congreso de los Estados Unidos que habrían de considerar la propuesta de enmienda a la Constitución para conceder el voto Presidencial a Puerto Rico. El texto de este cable es el siguiente: Honorable Birch Byah, Presidente, Sub-Comité de Enmiendas Constitucionales Senado de Estados Unidos, Washington, D.C. Honorable Emanuel Celler, Presidente, Comisión Judicial Cámara de Representantes, Washington D.C. Un Comité Asesor Ad-Hoc nombrado por el Presidente de los Estados Unidos y por el Gobernador del Estado Libre Asociado de Puerto Rico recomendó que como desarrollo de nuestro status de Estado Libre Asociado se otorgue a los ciudadanos de los Estados Unidos residentes en Puerto Rico ei derecho a votar por el Presidente y Vice-Presidente de los Estados Unidos.
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CONSULTA A LAS COMISIONES DEL CONGRESO
LA DECLARACION DE ROMERO BARCELO Durante la vista pública que se celebrara el 27 de septiembre de 1971, compareció el Hon. Alcalde de San Juan, Carlos Romero Barceló, en su carácter de Primer Vice Presidente del Partido Nuevo Progresista, por delegación del Presidente, Hon. Luis A. Ferré, y en representación de dicha colectividad política para exponer la posición oficial del partido. En el curso de su comparecencia, el Alcalde contestó una serie de preguntas que tiene gran relevancia con el asunto que ocupa a esta Comisión. A continuación transcribimos parte de las preguntas y respuetas que se hicieron al Alcalde; "P. ¿Su partido favorece la Estadidad Federada? R. Correcto. P. ¿Su Partido no le ha dado cumplimiento a esta disposición de su plataforma? R. No triunfó completamente, ganamos tínicamente Ja Gobernación y la Cámara de Representantes y no el Senado. P. ¿Debo entender entonces que de haber ganado el Senado, se hubiera celebrado el plebiscito? R. Yo entiendo que si. P. ¿El señor Alcalde favorece el concepto de la Estadidad ahora? R. Lo antes posible."... P. ¿Y cuándo es lo antes posible? R. Cuando el pueblo de Puerto Rico por su mayoría vote a favor de la estadidad. Fíjese que la estadidad es el único status político que yo entiendo que para llegar a Puerto Rico para que lo logremos tiene que haber una expresión de una mayoría. P. ¿Y cómo obtendríamos esa expresión?
INCONSISTENCIA EN PEDIR EL VOTO Y LA ESTADIDAD Luego, al preguntársele que si considerando estas diferencias en el proceso de lograr la estadidad y el de lograr el voto Presidencial, si se cumplieran los deseos del Partido Nuevo Progresista de lograr la victoria en el 1972, y se lleva la Estadidad a referéndum y nuevamente se cumplen su s deseos de que triunfe la Estadidad, si no habría una inconsistencia entre seguir aspirando al logro del voto Pre.sidencial separadamente con la aspiración a la Estadidad en esos momentos? La respuesta del señor Romero Barceló fue la siguiente: R."Oh,definitivamente, entonces tendríamos que ponemos a luchar porque sería la Estadidad nada más, y hacer énfasis en eso, oh, definitivamente".
El Comité recomendó en adición que si la mayoría del electorado da un mandato en favor del derecho a votar por el Presidente y Vice-Presidente, entonces el Gobernador y la Legislatura del Estado Libre Asociado de Puerto Rico solicitarán del Presidente y el Congreso de Estados Unidos que tomen cualquier acción que pueda ser considerada apropiada para el ejercicio de ese derecho.
Apreciaríamos una contestación rápida a este cable ya que estamos en una Sesión Legislativa Especial que tennina el 5 de octubre de 197 1.
R. A través de un plebiscito o referéndum, como quiera llamarse. P. Y entendemos a base de lo que dijo usted anteriormente que de tener un triunfo completo el Partido Nuevo Progresista en 1972 se plantearía al pueblo de Puerto Rico ese plebiscito en el cuatrenio siguiente." R. Y yo sería uno de los que lo plantearía inmediatamente". P. Señor Alcalde, ¿ha escuchado usted o está familiarizado usted con unas declaraciones que ha hecho repetidas veces el Comisionado Córdova Díaz a los efectos de que obtener el voto presidencial para Puerto Rico sería más difícil que lograr la estadidad para Puerto Rico?
Juan J. Cancel Ríos Presidente del Comité de Gobierno del Senado del Estado Libre Asociado de Puerto Rico San Juan, Puerto Rico Pasa a la página 7
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• &\ApoT\icndo c)ue Pxacrto Rico vota a favor de Ja Estadidad o que Puerto Rivo vota a favor del voto Presidencial, es más fácil lograr la Estadidad que el voto Presidencial. " "La Estadidad viene como consecuencia de una ley habilitadora que aprueba la mayoría del Congreso. Para el voto Presidencial tiene que haber 2/3 partes del Congreso. y tres cuartas partes de la legislatura de los Estados".
Le estoy enviando este cable a usted como Presidente de la Comisión de Gobierno del Senado de Puerto Rico que al presente está estudiando un proyecto sometido por la Administración que dispone la celebración de un referéndum sobre el asunto de si el pueblo de Puerto Rico desea votoar dentro del status de Estado Libre Asociado por candidatos a Presidente y Vice-Presidente de los Estados Unidos. El proyecto dispone que el referéndum debe celebrarse el 20 de febrero de 1972. Como usted sabe ha habido una continua controversia por muchos años en Puerto Rico sobre si Puerto Rico debe continuar siendo un Estado Libre' ífociado a los Estados Unidos o si debe convertirse en un estado de la Unión o en una república independiente. Un referéndum sobre si debemos votar por el Presidente y Vice-Presidente de los Estados Unidos sería necesario únicamente si continuáramos siendo un Estado Libre Asociado; ya que bajo la estadidad ese voto sería automático, y sería incompatible con el status si fuéramos una república independiente. El partido que favorece la estadidad para Puerto Rico ganó la gobernación y una mayoría en la Cámara de Representantes en nuestras elecciones de 1968. Este Comité ha escuchado testimonios de parte de una representante autorizado de ese partido al efecto de que si ese partido gana la gobernación, la Cámara y el Senado en las elecciones de noviembre de 1972, un plebiscito será celebrado para determinar si el pueblo de Puerto Rico desea convertirse en un Estado de la Unión, y en la eventualidad de que una mayoría del pueblo favoreciera esta proposición, entonces el Gobierno de Puerto Rico solicitaría del Congreso a nombre del pueblo la Estadidad para Puerto Rico. Ellos han testificado que ésto podría ocurrir en 1973 ó 1974. Puesto que la Estadidad conlleva el votar por el Presidente y Vice-Presidente de los Estados Unidos, este Comité está considerando la cuestión de la cuál sería la fecha más apropiada para un referendum sobre el asunto de votar por el Presidente y Vice-Presidente de los Estados Unidos dentro del status de Estado Libre Asociado. Como (Presidente del Sub-Comité de Enmiendas Constitucionales del Senado de los Estados Unidos), (Presidente del Comité de la Judicial de la Cámara de Representantes de los Estados Unidos), si el referendum se celebrará en febrero 20 de 1972 y los resultados fueran favorables, un proyecto proponiendo una enmienda constitucional para otorgar el voto presidencial para Puerto Rico sería referido a su atención durante el mes de marzo de 1972. t)e acuerdo al programa de trabajo que usted ha estructurado para su comité para 1972 y a los efectos que pudieran tener las elecciones de 1972, De acuerdo al programa de trabajo que usted ha estructurado para su comité para 1972 y a los efectos que pudieran tener las elecciones de 1972 sobre el asunto de la Estadidad para Puerto Rico, nos gustaría tener su consejo sobre si usted considera esta materia de tal urgencia que sería preferible celebrar este referendum en Puerto Rico en febrero de 1972 o si sería preferible celebrar el mismo después de las elecciones de noviembre de 1972 en Puerto Rico.
Viene de la pág.
PNP ABANDONARIA EL VOTO PRESIDENCIAL SI TRIUNFA EN 1972 Cuando mas adelante se le preguntó si partiendo de la base de que triunfara el Partido Nuevo Progresista y la Estadidad en un referéndum, si al comenzar a gestionar la Estadidad desistirían de las gestiones por ei voto Presidencial si no se ha logrado todavía, y que todo ello podría ocurrir en el año de 1973 o en el año de 1974, el Hon. Alcalde contestó de la manera siguiente: R. "Efectivamente. Además que entiendo que el Congreso tan pronto le fuera, supiera, empezaría a pedir la Estadidad y si supiera que están haciéndose gestiones para el voto Pre<;i(Vri<-i;q en otro? Estados, diría: Pero ven acá, esto lo mayor incluye lo menor. Vamos a luchar con eso".
El Comité también recomendó que se celebre un referéndum para determinar si la mayoría del electorado en Puerto Rico desea votar dentro del status de Estado Libre Asociado por candidatos para Pre.sidente y Vice-Pre.sidente.
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4. Se reconocerá la facultad de la asamblea de delegados para formular en el momento que estime necesario, de convenir al interés público, modos alternativos al voto presidencial para la participación de Puerto Rico en los poderes que ejercita el gobierno de Estados Unidos bajo el pacto en aquellos asuntos que afectan a Puerto Rico.
8. Se debe especificar que la concesión del voto presidencial no se interpretará como promesa alguna por parte del Congreso de admitir a Puerto Rico como estado de la Unión.
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7. Se deberá aclarar que el voto presidencial no se interpretará como expresión alguna por parte del pueblo de Puerto Rico en apoyo de la estadidad.
9. Deberá disponerse que el número de compromi.sarios a que tendría derecho Puerto Rico en el Colegio Electoral sería igual al que le correspondería de ser estado.
10. Deberá disponerse que de no aprobarse la enmienda constitucional dentro de un término específico a parth de su propuesta al Congresgo, .se con,siderará desistida de la misma. Igualmente se considerará desistida si fuere aprobada por el Congreso de un modo materialmente diferente. La asamblea de'delegados juzgará la materialidad de cualquier cambio. 11. Para evitar malos entendidos, el proyecto deberá incluir, finalmente, el lenguaje exacto de la enmienda constitucional que se propone. Pasa a la pág.
Trías AAonge Ante El Senado AFIRMA ACTUAL GOBIERNO QUIERE SUBVERTIR Y ANULAR EL MANDATO PLEBISCITARIO DE 1967
5. En atención a todo lo anterior, deberán derogarse las disposiciones de ley en que funda el señor Gobernador su alegación de que es a él a quien le toca dictar el desarrolllo del ELA.
Respecto a la relevancia del tema, es innegable que el país se enfrenta a problemas mucho más básicos que el de la ausencia de participación en las elecciones presidenciales. Son problemas más hondos el alza vertiginosa en el costo de vida, el desempleo, la sobrepoblación, el deterioro de nuestro clima económico e industrial, la injusta distribución de la riqueza. En el propio campo político, el problema central es otro. El problema central es la .solución definitiva y pronta del problema del status, la abolición de todo ve.stigio de relación colonial entre Puerto Rico y Estados Unidos. Estos no son tiempos ya para el triste reformismo gradualista de las primeras décadas de nuestra relación con la Unión Americana. No hay derecho para continuar sometiendo este país, y mucho menos a iniciativa nuestra, al viejo sistema de libertad por entregas y de igualdad a plazos. El índice de urgencia es igualmente bajo. Fuera del hecho de que otros problemas de nuestro pueblo son merecedores de mayor prioridad, el año que viene se estaría ya en la segunda sesión del nonagésimosegundoCongreso. Las posibilidades de acción favorable en el curso del año entrante son prácticamente inexistentes. La propuesta de voto presidencial para los residentes del Distrito de Colombia se se presentó a cada Congreso a partir de 1921 y tomó treinta y nueve años en aprobarse por dicho cuerpo, aunque su ratificación por la legislaturas de los estados fue cuestión de meses. El caso de Puerto Rico, además, en opinión de Friedrich, asesor del comité ad hoc sobre el voto presidencial, puede ser má.s arduo que el del Distrito de Columbia. ¿Por qué la insistencia entonces en la celebración del referéndum antes de las elecciones de 1972? El índice de viabilidad tampoco justifica la importancia que se le pretende impartir a la propuesta bajo estudio. La posibilidad de su consideración favorable, antes o después de 1972, es en extremo remota. Tanto Friedrich como el propio Comisionado Residente de Puerto Rico han expresado que el logro del voto presidencial puede ser aun más difícil que el de la propia estadidad. La determinación del índice de sinceridad es más azarosa. De un lado, hay base aparente para cuestionar las motivaciones de la administración actual al seleccionar tema tan irreal y adjetivo como objeto principal de estudio para el desarrollo del ELA y al insistir en que se lleve el asunto a votación durante un año eleccionario. ¿Por qué este súbito y conmovedor interés republicano en el voto presidencia? ¿Por qué esta prisa insana? El voto presidencial no figuró nunca en los programas de los partidos republicanos, aun en ios casos en que se apoyaron reformas intermedias como paso hacia la estadidad. Al proponerse el voto presidencial por Muñoz Marín en 1960, parte del liderato republicano recibió con frialdad la idea y parte la atacó duramente. La resistencia republicana a poner en marcha, conforme al mandato plebiscitario de 1967, el mecanismo para el desarrollo del ELA es también conocida de todos. Hay base igualmente para pensar que lo que está en juego aquí no es simplemente el voto presidencial; que, en adición, y quizás principalmente, se persiguen por la Administración otros objetivos; capturar el control del desarrollo del ELA; lanzarlo por rumbos de la estadidad o paralizarlo, al rúenos; subvertir y anular, en consecuencia, el mandato plebiscitario de 1967; incitar a una división del Partido Popular; y desviar la atención del electorado de la crisis en que está sumido el país.
3. La formulación de las propuestas constitutivas de tal desarrollo integral deberá estar exclusivamente a cargo de una asamblea de delegados del pueblo especialmente electos para tal propósito. Hasta aliora el Gobernador de Puerto Rico ha venido reclamando que es a él a quien le toca iniciar y regir el desarrollo del Estado Libre Asociado. Si hay algo que el presente proyecto debe hacer es devolverle al pueblo tal función y cumplir lo que fue uno de los propósitos primarios del plebiscito de 1967; divorciar la responsabilidad de gobernar de la de intentar resolver el problema del status.
6. Se deberá aclarar que el voto presidencial no podrá conllevar, ni ahora ni más tarde, la aplicación a Puerto Rico de las leyes contributivas federales.
En otras palabras, los indicios parecen ser que para el Partido Nuevo Progresista el voto presidencial es otro "gimmick". Del otro lado, creo innecesario indagar las razones, oscuras o claras, que puedan haber llevado a la presente Administración a desatar tan peregrino e insustancial debate como el que nos ocupa en momentos en que graves problemas exigen la inmediata y total atención de nuestro gobierno. Lo cieo innecesario porque el proyecto que está ante la consideración de este honorable cuerpo provee precisamente la oportunidad, mediante enmiendas adecuadas, para di.sipar posibles dudas sobre el propósito que lo anima y la relación que debe existir entre el voto presidencial y el desarrollo del ELA conforme al mandato plebiscitario. Otro factor que merece tomarse en cuenta en la redacción de esta medida es la necesidad de ser absolutamente claro en cuanto a qué es exactamente lo que se solicita y en cuanto a las consecuencias de dicha solicitud. Esta necesidad nace del hecho de que el voto presidencial puede ser atractivo para ciertas personas bajo determinadas condiciones e inaceptable bajo otras. Por eso es que una votación sobre el voto presidencial a ba.se de SI o NO, sin más explicación, es ininteligible, ¿Cuántosestadoístas y estadolibristas responsables, por ejemplo, favorecerían dicho voto si el resultado fuese la extensión a Puerto Rico de las leyes tributarias federales? ¿Cuántos lo apoyarían si hubiese que aguardar las décadas que los residentes del Distrito de Columbia tuvieron que e.sperar, con el consiguiente estancamiento de otras de sus demandas de mejoramiento político? En el curso del actual debate se ha alegado que quien esté en contra del voto presidencial está necesariamente en contra de la unión permanente con Estados Unidos. La imputación es obviamente superficial e insostenible. A la luz de lo anterior, respetuosamente someto a la consideración de esta Hon. Comisión la siguiente propuesta de bases para la estructuración de un proyecto de referéndum sobre el voto presidencial; 1. El proyecto debe aclararle al pueblo de Puerto Rico que la solicitud del voto presidencial entraña la adopción de una enmienda a la Constitución de los Estados Unidos por acción de dos terceras partes del Congreso y de tres cuartas partes de las Asambleas Legislativas de los estados. Ha habido personas que han urgido la pronta celebración del referéndum a fines supuestamente de permitir nuestra participación en las elecciones presidenciales de 1972. Debe protegerse a nuestro electorado de afirmaciones tan disparatadas como ésta. 2. El proyecto debe consignar que la solicitud y la concesión del voto presidencial deberán hacerse como parte del desarrollo integial del ELA y no aisladamente. No deberá solicitarse el voto presidencial hasta tanto se formule el plan de desarrollo integral. Esto toca la esencia misma del Estado Libre Asociado. El Estado Libre Asociado se funda en un delicado equilibrio entre la búsqueda de mayores poderes de gobierno propio para el pueblo de Puerto Rico, de un lado, y el fortalecimiento, del otro, de sus vínculos de asociación con los Estados Unidos. No pueden sacrificarse, ni anteponerse, los valores de la asociación a los de la libertad, ni viceversa. De tener que señalar los más necesitados de énfasis, habría que apuntar, por lo contrario, a los valores de la libertad. Nuestros años de relación con los Estados Unidos han estrechado cada vez más nuestros vínculos con la Unión Americana, sin que nuestros poderes de gobierno propio hayan en verdad crecido en modo comparable.
Deponiendo ante las Comisiones de Gobierno y Hacienda del Senado sobre la propuesta para celebrar un referéndum en tomo al voto presidencial, el eminente abogado puertorriqueño, quien fue miembro alterno de la Comisión del Status, Ledo. José Trías Monge, dijo lo siguiente; "Antes de hacer expresión alguna sobre la ocasión y el modo de convocar a referéndum sobre el voto presidencial, conviene examinar las verdaderas dimensiones del problema. Hagámoslo a base de cuatro índicos; el índice de relevancia, o sea, la conexión entre este asunto y los problemas más serios del país; el índice de urgencia o la prioridad que debe asignársele a esta cuestión; el índice de viabilidad o el realismo de la propuesta; y, por último, el índice de sinceridad, las motivaciones que impulsan el planteamiento.
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El calendariocongresional para 1972 incluirá recesos para las convenciones de los dos partidos políticos nacionales además de la posibilidad de un receso ndicional q clausura antes de las elecciones de noviembre. Por consiguiente creo que no habra tiempo suficiente antes de las elecciones de noviembre de 1972 para que ambas Camaras del Congreso procesen y aprueben una propuesta enmienda constitucional para extender el voto presidencial al Estado Libre Asociado. Si ese referendum se celebrara después de las AfAMMa Aa*AM i Aelecciones de 1972, e! nonagésimo-tercer Congreso que se reúne en enero d© 1973 estará en posición de dar pronta atención a ese asunto.
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Birch Byah, Presidente del Sub-Comité de Enmiendas Constitucionales dd Senado de los Estados Unidos La respuesta telegráfica del Hon. Emanuel Celler fue la siguiente; Hon. Juan J. Cancel Ríos, Presidente Comisión de Gobierno del Senado Estado Libre Asociado de Puerto Rico San Juan Estimado Senador Ríos: Esto contesta su cable fechado septiembre 30 solicitando mis comentarios sobre la factibilidad de programar un referendum en febrero de 1972 sobre si extender el voto presidencial al Estado Libre Asociado de Puerto Rico.
PRESIDENTES COMISIONES CONGRESO RESPONDEN REFERENDUM NO DEBE CELEBRARSE EN 1972 La respuesta telegráfica del Hon, Birch Byah fue la siguiente': Juan J. Cancel Ríos, Presidente Comité de Gobierno del Senado Estado Libre Asociado de Puerto Rico San Juan, P. R. Comparto su preocupación sobre el proceso electoral que afecta a todos Jos ciudadanos americanos y publicamente ha abogado por el voto presidencial directo para los ciudadanos residentes en Puerto Rico así como para los de Guam y las Islas Vírgenes. No obstante, no creo que un referendum en Puerto Rico sería un paso apropiado en esta dirección hasta después que las elecciones de 1972 en Puerto Rico se hayan celebrado. Según entiendo los hechos presentados en su cable los resultados de las elecciones de noviembre pueden afectar en su totalidad el asimto del status de Puerto Rico por el compromiso del Partido Estadista de celebrar un plebiscito sobre la estadidad si ellos ganaren la gobernación y controlaran la Legislatura. Ya que la estadidad por definición conlleva el votar por él Presidente y el Vicepresidente es en extremo dudoso que el Congreso considerara seriamente el adelantar una enmienda constitucional para otorgar exclusivamente a los ciudadanos puertorriqueños el derecho a votar por el Presidente dentro del status de Estado Libre Asociado mientras exista la razonable posibilidad de que se nos peticione por todos los derechos de la Estadidad para Puerto Rico. Por estas razones creo que el Congreso tendría una mejor idea cotre los deseos deí pueblo de Puerto Rico si el referendum sobre el asunto de votar por el Presidente y Vice-Presidente de los Estados! Unidos dentro del Estado Libre Asociado se celebrara después de las elecciones de 1972.
Emanuel Celleí, Presidente "" * Del Comité de lo Jidicial de la Cámara de Representantes de los Estados Unidos
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Con esas intenciones del Partido Nuevo Progresista en la eventualidad da ganar las elecciones de 1972, estas Comisiones de Gobierno y Hacienda, ante la imposibilidad en este momento de celebrar el referéndum en 1971,y no deseable por las razones expuestas celebrarlo en el año 1972, proponeque se celebre en 1973. Se le ahorra dinero y esfuerzo al pueblo de Puerto Rico, se pone en sus justos y precisos términos la campaña electoral de 1972 y se clarlfio, con el resultado de las elecciones de 1972, si el camino es el referendum del voto presidencial o el plebiscito sobre la estadidad. Sobre un referendum en 1972 pendería siempre, como espada de Dámocles, el resultado de las elecciones generales de noviembre. Una posible victoria del Partido Nuevo Progresista en noviembre, en palabras del Hon. Carlos Romero Barceló, anularía el referendum porque la lucha se dirigiría inmediatamente a conseguir la estadidad. Si esa es una posibilidad, ¿para qué gastar dinero y esfuerzo? ¿Para qué inyectar confusión en la campaña electoral de 1972 con d ingrediente del voto presidencial?
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SENADO FIJA REFERENDUM 1973
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San Juan, P.R. 00936 PtTinit No. 213 Blblopteca General Universidad de Rico Rio Piedras, P* R« ó O ^ / 8 - EL BOLETIN
Esfuerzos Realizados Para Que Fuera Durante el 1971 Después De 1972, Dice El Senador Jackson
En su informe por separado del informe del Comité Ad Roe que recomendó la celebración de una consulta sobre el voto presidencial, el senador Henry Jackson (D-de Washington)dice lo siguiente: "Asumiendo que sea deseable un referendum para conocer la opinión del pueblo puertorriqueño sobre este punto (el voto presidencial) aún puede cuestionarse la sabiduría de celebrar este referendum en el período antes de las elecciones del año próximo (1972) en Puerto Rico, cuando estará en su apogeo toda la campaña pre-eleccionaria.
El gobemador Ferré se encargó de imprimirle validez a la recomendación del senador Jackson cuando, hace unas i-sernan^s,. mientras hablaba en un acto de su partido en Sálinás,~aijb quT allí; «n aquel mom|ntqt comenzaba la capaña-íectoral de 1972./ Continuación de la pag.6
La Comisión de Gobierno del Senado empezó a estudiar el asunto del referendum el 1ro de septiembre. Rindió su informe el 8 de septiembre. Pero el mismo no pudo ser considerado hasta el 16 de septiembre porque el goliemador Ferré, que pudo convocar la Asamblea Legislativa para una fecha anterior, lo que hizo fue convocarla para el 16 de septiembre. Dice el informe de la Comisión que, "perdimos por esa acción del gobernador Ferré dos semanas, a pesar de que por otro lado el gobemador Ferré dice que quiere el plebiscito a la mayor brevedad posible,en 1971. ¿Porqué no convocó la Asamblea Legislativa para una fecha anterior? El Presidente de la Comisión de Gobierno pidió públicamente al Gobernador Ferré que adelantara la" fecha de la sesión". El informe de la Comisión sigue diciendo: "Aprobamos la R.C. del S. 2276 que asignaba fondos para acelerar los trabajos electorales el mismo día 16, primer día de la sesión extraordinaria. Hasta ahí podía^t llegar la mayoría de este Senado.' Lóhicimos con toda urgencia porqué al,: apoyar el referéndum queríamos que se celebrara inmediatamente —específicamente en diciembre 19 de 1971. Con las tácticas dilatorias usadas hasta ahora por el gobierno ya no es posible celebrar el referendum en 1971. Así lo informó a estas Comisiones el señor de Jesús en representación del grupo de técnicos que estuvo dispuesto a trabajar para que se celebrara en 1971 siempre que se actuara rápidamente."
La cuestión del voto presidencial para los puertorriqueños se ha discutido por muchos años. En vista de este hecho, se hace difícil justificar la urgencia de un referendum antes de las elecciones generales. Creo que hubiese sido más aconsejable que el Giaipo Asesor (Comité Ad Hoc) recomendase posponer el referendum hasta después de las próximas elecciones."
El voto presidencial, en conclusión, no reviste la importancia que se le intenta dar. Lo verdaderamente relevante y urgente es la solución definitiva de nuestro problema de status para liberar nuestras energías de pueblo y permitir su dedicación al encaramiento de nuestros difíciles problemas de orden social y económico. No objeto, sin embargo, el referéndum, siempre que no se celeb.'e en año eleccionario para lo cual no existe necesidad práctica alguna, y siempre que se le encuadre claramente, conforme las normas expresadas, dentro de los témiinos de! mandato plebiscitario de 1967." el boletín'
RAFAEL HERNANDEZ COLON Presidente del Senado Mensuario informativo del Senado de Puerto Rico editado por la Oficina de In formación y Publicaciones del Senado. Se distribuye entre los miembros de la Asam blea Legislativa, el Gobernador y otros fun cionarlos de Departamentos y Agencias Ejecutivas, Alcaldes, Asambleístas Muñid» pales, exlegisladores, periodistas, biblio tecas públicas, líderes cívicos y laborales. Rale II.S. Poslagc PAID