CO¡üSEJODE CAMERCIOEXTERIORE INVERS/O¡üES
,,,C O Nl,E Xll ¡¡¡
':i,, iii i:r'
lil ,:¡l i,i ::,. 1:1. r!;
Resolución No.513 ELCONSEJO DECOMERCIO EXTERIOR E INVERSIONES CONSIDERANDO Que,mediante Decreto Ejecutivo No.592,publicado enel Suplemento delRegistro Oficial No,1g1 del'f5 deoctubre de2007 se publicó elArancel Nacionalde queincluyó lmportaciones enelAnexo 2, unanómina desubpartidas sujetas a diferimiento arancelario; QueelArancel Nacional de lmportaciones constituye uninstrumento depolítica quedebe comercial, promover el desarrollo de las actividades productivas en el país,de conformidad conla política gubernamental de incremento dela competitividad y protección dela producción nacional, conforme el Programa Económico delGobierno Nacional; QueelBdeseptiembre de2009,laComisión delaComunidad Andina aprobó laDecisión 217sobre Política Arancelaria de la Comunidad queen su Artículo Andina, únicoextiende hastael 31 de diciembre de20'l1, losplazos previstos enlosartículos 1, 2 y 3 dela Decisión 6g5;quepermite a los Países Miembros mantener ungradode flexibilidad en la aplicación de losniveles arancelarios del Arancel Externo Común, entantoseestablezca unapolítica arancelaria delaComunidad Andina. Quemediante Resolución N0431delCOMEXI de 16de juliode 2008,publicado en el Registro Oficial N0391del29dejuliode 2008,se aprobó el informe de la V Reforma Arancelaria, la misma quefuepublicada mediante Decreto Ejecutivo No.1243en el Registro OficialNo.403de 14de agostode 2008,y en el que constael diferimiento parala subpartida arancelario arancelaria "-- Mucílagos 1302.32.00.00 y espesativos dela algarroba o desusemilla o delassemillas deguar, incluso modificados; conlanota:Solamente: y espesativos Mucílagos delaalgarroba. Queel PlenodelConsejo de Comercio Exterior e Inversiones, y aprobó conoció el Informe Técnico 259-09 SCt. Que,deacuerdo al artículo 15dela Leyorgánica deAduanas, corresponde al Consejo deComercio Exterior e Inversiones emitirdictamen parareformar favorable o suprimir losaranceles, tantoensu nomenclatura comoen sus tarifas, con sujeción a los Convenios Internacionales v cuandolas necesidades delpaíslo requieran, Enusodesusatribuciones legales,
r i r :X l , Á . C i l ¡ l I l i i ; : i - , i l : i : ; " ¡ r*: ,T, .r:;'r i , l ; il :5 { - 1 * ? l - : : : . ? : 5 f Ur!t* . Lil,lrj*l'
u r , , , , r . ' ' r , " : . , i , 1 r. ,
DE COMERCIOEXTERIORE INVERS/OA/ES COTVSEJO
c o M,E xtl
:v2'l-'
l:,,
ll:,ii,,
RESUELVE: paramodificar 1243 Ejecutivo 2 delDecreto el Anexo favorable Emitir dictamen Articulo Único.Nacional de paralasubpartida 1302320000 delArancel Arancelaria parael diferimiento arancelario términos, enlossiguientes lmportaciones, dice: 1243, donde 2 delDecreto EnelAnexo
coDtG0
AD. OBSERVACIONES VALOREM
DELA M DETALLE
NANDINA
653 DECtSI0N y espesativos dela 1302,32 00.00 - - Mucílagos
0Yo
o delas o desusemilla algarroba modificados gqrylqglqg!L{,1nglq9o
n¡ucitagoi SoUmente. y espesativos dela algarroba
Debedecir:
coDrG0
AD.VALOREM OBSERVACIONES
DELA M ] DETALLE
NANDINA 653 DECISToN
- - Mucílagos y espesativos dela o delas o desusemilla algarroba incluso deguar, semillas modificados.
y espesativos dela y delas I algarroba I sem illas deGuar .
(COMEXI), en porel Consejo Exterior e Inversiones de Comercio fueadoptada EstaResolución publicación partir y a de su envigencia de2009 entrará llevada a caboel 17deseptiembre sesión Oficial enelRegistro :
de200p Quitq-aU dese$iembrc \
' ::- 1:'' !
A{adVicuña Xavier (E ) PRESTD\NTE
H A i l , ¡ r l t l l l i - , ] : ' , i ' ¡ . ' .* rl .: :, ,' : " l i : ' r i , i : . , l l i ' i - " 1 1 ' l ' i - : : l i"l,:;;,
"
i
:,:'",
?:I*
e ' r ' l ' * ' ¡ r; .: :
:-r'i1