COIVSEJODE COMERCIOEXTERIORE INVERS/ONES
, i i : : . { i : l lc o & e x f r F
f¡: !!;
'?¡..
sr
:Fi .',ii
ü . 6
Resolución No.514 ELCONSEJO DECOMERCIO EXTERIOR E INVERSIONES CONSIDERANDO Decreto Que,mediante Ejecutivo N0,592,publicado enel Suplemento delRegistro Oficial No.1g1 del15deoctubre de2007 sepublicó elArancel queincluyó Nacional delmportaciones enelAnexo 2 unanómina desubpartidas sujetas a diferimiento arancelario; Nacional QueelArancel de lmportaciones constituye uninstrumento quedebe depolítica comercial, promover el desarrollo de lasactividades productivas en el país,de conformidad conla política gubernamental deincremento delacompetitividad y protección dela producción nacional, conforme elPrograma Económico delGobierno Nacional; Queel8 deseptiembre de2009,laComisión delaComunidad Andina aprobó la Decisión 717sobre Política Arancelaria de la Comunidad queen su Artículo Andina, únicoextiende hastael 31 de diciembre previstos de2011,losplazos enlosartículos 1,2 y 3 delaDecisión 6g5;quepermite a los Países Miembros mantener ungradodeflexibilidad enla aplicación de losniveles arancelarios del Arancel Externo Común, entantoseestablezca unapolítica arancelaria delaComunidad Andina. Que,mediante Resolución No.463,el COMEXI paradiferir emitió Dictamen Favorable a 0o/o a la subpartida NANDINA 8438.30.00.00, y aparatos de Maquinas parala industria parauna azucarcra Unidad Funcional, porel período de seismeses, instrumentado mediante Decreto Ejecutivo No. 1581de12defebrero de2009. Queel Pleno delConsejo deComercio Exterior e Inversiones, y aprobó conoció el Informe Técnico 260-09 SCt. Que,deacuerdo alartículo 15dela Leyorgánica deAduanas, corresponde alConsejo deComercio Exterior e Inver5iones emitirdictamen parareformar favorable o suprimir losarancel-es, tantoensu nomenclatura comoen sustarifas, consujeción a los Convenios Internacionales y cuandolas necesidades delpaíslorequieran, Enusodesusatribuciones legales,
RESUELVE: paramodificar favorable el Decreto Ejecutivo 1581de 12 de \, ArtículoÚnico.-Emitirdictamen febrero para de 2009, el diferimiento para arancelario la subpartida Arancelaria 8438,30.00.00 del f, Nacional de lmportaciones, en los siguientes términos: \Arancel
*'¡i1,1'\!.{üll'lrxi.g*v.*r [r.lii.d*t ]4AilAf]-¡"11{ Av.lil*vAii¡¡'*-vA!1;:ü;r;s¡ ¡:r'int:'i.:ii;. Tr:l*i;x:I54-1S97 - 2:3-?:5S " ? i : i ' " " i , . : 'i , i i r