CONSEJODE COMERCIOEXTERIOR E INVERS/ONES
ffiFo&exffi nesoluclóN No.5so ELCONSEJO DECOMERCIO EXTERIOR E INVERSIONES CONSIDERANDO: conel numeral Quedeconformidad 5 delartículo 261delaConstitución delaRepública delEcuador, la política económica, tributaria, aduanera, arancelaria, decomercio exterior entreotras, soncompetencias exclusivas delEstado central; 305de la Constitución Queel artículo que:"Lacreación de la República delEcuador, establece de y fijación aranceles desusniveles soncompetencia exclusiva delaFunción Ejecutiva"; Nacional Queel Arancel delmportaciones constituye uninstrumento quedebe dela política comercial, promover productivas país; eldesanollo delasactividades enel Decreto Ejecutivo Quemediante N' 592,publicado enel Suplemento delRegisho Oficial No.191de15 deoctubre de 2007,en suAnexol, se pusoenvigencia el Arancel Nacional de lmportaciones enel Ecuador. Posteriormente, publicado dichoarancel fueactualizado conDecreto Ejecutivo 1243, en el Registro Oficial No.403del14deagosto de2008; de2009, la Comisión Queel 8 deseptiembre dela Comunidad Andina aprobó la Decisión 717sobre queen su artículo Política Arancelaria, únicoextiende hastael 31 de diciembre de 2011,losplazos previstos enlosartículos 1,2 y 3 dela Decisión 695,quepermite a losPaíses Miembros mantener un grado deflexibilidad enlaaplicación delosniveles arancelarios delArancel Extemo Común, entantose establezca unapolítica arancelaria comunitaria; segundo delartículo 15dela LeyOrgánica Queel inciso deAduanas, señalaque:"consujeción a los y cuando convenios intemacionales lasnecesidades delpaíslo requieran, el Presidente dela República, y previodictamen mediante decreto favorable delConsejo deComercio Exterior e lnversiones, C)MEX\, establecerá, reformará o suprimirá losaranceles, tantoensunomenclatura comoensustarifas."; delConsejo deComercio Exterior QueelPleno e Inversiones, ensesión de3 defebrero de2010, aprobó paralos productos el Informe Técnido No,024,querecomienda aplicar un nuevotipode arancel importados delsector calzado, elcualconsiste enunarancel mixto; queleconfiere Enejercicio delasfacultades elartículo 11delaLeydeComercio Exterior e Inversiones, RESUELVE: parareformar Artículo1.-Emitirdictamen favorable elAnexo1delDecreto Ejecutivo 592,publicado enel Suplemento alRegistro Oficial 191de15deoctubre de2007, enlossiguientes términos:
- - Quecubran eltobillosin cubrir larodilla
a r ¡ F l n r ¡ . a l f r ¡ ' vn a n r : r p ¡ ; 1 5 L , c { i f .d e l M A C A P - M I C p ; " i m e p n i s c . T e l e f n x2: 5 4 - 3 8 9 7 . 2 2 3 - 9 2 5 ü . W W w . C o m e x i . g o v . e c ¡ r r ¡ q ¡ v / 1 x ¡ , , s ¿
Quitn ' [,cuador
CONSEJODE COMERCIOEXTERIOR E INVERS/ONES
ffi o&EXffip 6401 9900
.UU
64021200 .00 64021 900
.00
64022000 .00 640291 00 6402991 0
.00 .00
64029990 .00
64031 200 64031 900
.00 00
1 par
10To
1par
100/o
1 par
10To
1par - Calzado conla parte superior detiraso bridas fijas a la suelapor tetones(espiqas) 1 par - Quecubran el tobillo - - - Conpuntera metálica de 1 par protección
100/o
- Losdemás - - Calzado deesquiy parala práctica calzado de <<snowboard>> ( tablapara nieve) - Losdemás
I par
100/o
- - Calzado deesquiy calzadoparala práctica de <<snowboard>> ( tablapara nieve)
1 par
10To
1 par
llYo
- Losdemás 100/o
USD6/POR PAR USD6/POR PAR
USD6/POR PAR USD6/POR PAR USD6/POR PAR USD6/POR PAR
USD6/POR PAR USD6/POR PAR
1}Yo
USD6/POR PAR
100/o
USD6/POR PAR
10o/o
USD6/POR PAR USD6/POR PAR
1 par - - - Calzado conpalmilla o plataforma demadera, sin plantillas ni puntera metálica deprotección
10%
1par
1}Yo
USD6/POR PAR
1par - - - Calzado conpalmilla o plataforma demadera, sin plantillas nipuntera metálica .00 deprotección 1par - Losdemás .00
10To
USD6/POR PAR
1IYo
USD6/POR PAR
640391 10
.00
640391 90
00
\4039990
1l%o
- Losdemás
1 par - Calzado consuela decuero y parte natural superior de que tirasdecuero natural pasan porelempeine y 64032000 .00 rodean eldedoqordo - Losdemás calzados, con 1 par puntera metálica de 64034000 .00 orotección 1par - Quecubran 640351 00 00 eltobillo 1 par 64035900 .00 Losdemás
6403991 0
10To
USD6/POR PAR USD6/POR PAR
- Losdemás
Av. FloyAlfaroyAmazon;s,Edif.delMAüAP-MICprim*r piso . Telef;x:254-3897 " 223-925&. www.cotrlexi.gov.ec Quito * fi.cr"laclor
CONSEJODE COMERCIO EXTERIORE /NYERS/ONES
&"bo&Exff} 1nal
1}Yo
1 par
1}Yo
1 par
10To
- Calzado consueladecuero1par 64042000 .00 natural o reoenerado I par - Conlaparte superior de naturalo reqenerado 64051 000 .00 cuero 1 par - Conlapartesuperior de 64052000 .00 materia textil 1 par 64059000 .00 Losdemás - Partes I par suoeriores de y suspartes, calzado excepto y punteras loscontrafuertes 64061000 .00 duras 1 par - Losdemás 64069990 00
1}Yo
.00
- Calzado dedeoorte
64041120 .00
- - - Calzado detenis, gimnasia, baloncesto, y calzado enhenamiento similares
64041 110
64041 900
.00
- Losdemás
100/o 100/o 100/o 100/o
10o/o
USD6/POR PAR USD6/POR PAR
USD6/POR PAR USD6/POR PAR USD6/POR PAR USD6/POR PAR USD6/POR PAR USD6/POR PAR
Solamente: Paralas partes superiores decalzado "caoelladas"
USD6/POR PAR
Elarancel mixto deberá entrar envigencia a partir del01dejuniode2010. detallado enesteartículo, quela Corporación Adhocdel Artículo 2,- Disponer Aduanera Ecuatoriana, enconjunto conel grupo quepermita mejorar implementen indicativos el conhol delavaloración COMEXI, unsistema deprecios para la Dichospreciosserviránde baseobligatoria aduanera del calzado de importación. liquidación delostributos alcomercio exterior, porel Consejo EstaResolución fueadoptada deComercio publicarse enelRegistro llevada a caboel.3defebrero de2010y deberá
(COMEXI), ensesión
Av. iloy Alf,rroy Antazonas, Édif.dElMAfrAP-MlCprinrerpiso * Teiefax:254-3897. 223-9258 . www.comexi.gov.ec Ouit* " [cLl¡dc¡