Colaboradores Líderes Reforma art 33 ley renta

Page 1


Cambio en el plazo del registro y aprobación de horas extras

Preguntas Frecuentes

Personas colaboradoras

Preguntas Frecuentes

1.¿Qué pasa si no registro mis horas extras en el plazo de 2 semanas?

El registro de las horas extras cierra su ventana en 2 semanas, de no registrarse a tiempo en el sistema se corre el riesgo de que no queden procesadas y, por ende, deben recurrir a la solicitud de la excepción del pago con la llamada de atención correspondiente.

2.¿A partir de que fecha me cuentan las 2 semanas para registrar?

A partir de la fecha en que se labora la hora extra, como puede verse en el ejemplo adjunto si un colaborador laboró su hora extra en la semana denominada “T”, tendrá hasta el último día de la semana “T+2” para dejarla registrada.

3. ¿Qué puedo hacer para garantizar la aprobación de las horas extras?

Te recomendamos llevar planificadas tus horas extras, registrarlas lo más pronto posible y dar seguimiento a tu jefatura inmediata sobre la aprobación de estas mediante el flujo en el sistema.

4. ¿Qué implica el ajuste de la reforma del art. 33 de la ley de renta en el pago de mis horas extras?

Directamente en el pago de tus horas extras no tiene impacto, sin embargo sí lo tendrá en el cálculo total de las rentas de tu salario, ya que como se ve en el ejemplo anterior, si las horas extras laboradas quedan registradas en el mes donde fueron trabajadas (franja verde), no habrá que rectificar el pago de renta de ese mes, sin embargo si esto sucede el siguiente mes (franja roja), los equipos operativos, deberán rectificar el salario del mes anterior incluyendo en el mismo las horas extras laboradas y con ello sumar o descontar el ajuste de pago de renta correspondiente

Turn static files into dynamic content formats.

Create a flipbook
Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.