Preguntas frecuentes sobre la liquidación laboral almni

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Preguntas frecuentes sobre la liquidaciรณn laboral


¿Qué rubros se reconocen en la liquidación cuando la salida es por responsabilidad patronal? Cuando se despide a un colaborador bajo responsabilidad patronal, se debe reconocer en su liquidación los siguiente:    

Aguinaldo Vacaciones Preaviso Cesantía

Cualquier pendiente de pago como horas extras, comisiones se pagará en enero 2021. ¿Qué es y cómo se calcula el aguinaldo? El aguinaldo corresponde un doceavo de todos los salarios ordinarios y extraordinarios, devengados por el colaborador durante un año, el cual comprende del 1° diciembre del año anterior (2019) al 30 de noviembre del año actual (2020). Se calcula sumando todos los salarios recibidos en dicho periodo y el resultado se divide entre doce. Para su caso particular debe considerar todos los salarios percibidos del 01 de diciembre de 2020 a la fecha de su salida, ese total lo debe dividir entre 12.

¿Cómo se calcula el valor monetario de las vacaciones? En la liquidación se debe pagar al colaborador las vacaciones acumuladas (saldo) que tenga en el momento de su salida.


El valor de un día de vacación se calcula con base en el salario promedio de los últimos seis meses; dicho promedio se debe dividir entre 30 para determinar cuánto vale el día. Por ejemplo, si a la fecha de salida el saldo de vacaciones es de 12 días, el monto por pagar es de 41,000, como se muestra: Mes ene-20 feb-20 mar-20 abr-20 may-20 jun-20 Promedio Valor diario Saldo vacaciones Vacaciones

Salario 115 000,00 95 000,00 110 000,00 100 000,00 97 000,00 98 000,00 102 500,00 3 416,67 12 41 000,00

¿Qué es el preaviso? Es un aviso previo que la persona trabajadora debe dar a la persona empleadora cuando renuncia, o la persona empleadora debe darle a la persona trabajadora cuando lo va a despedir sin tener justa causa para hacerlo. Este derecho solamente se otorga en los contratos por tiempo indefinido y se aplica de la siguiente forma: Antes de los tres meses no hay obligación de dar preaviso pues se trata del período de prueba. Si tiene más de 3 meses, pero menos de 6 meses de labores, debe darse 1 semana de preaviso. Si tiene más de 6 meses, pero menos de 1 año de labores, debe darse 15 días de preaviso

Después de 1 año de labores debe darse 1 mes de preaviso.


¿Cómo se calcula el preaviso? El preaviso se calcula con base en el salario (comisiones +salario base) promedio de los últimos seis meses y según la antigüedad en la empresa, como se muestra: Mes ene-20 feb-20 mar-20 abr-20 may-20 jun-20 Promedio Valor diario Días preaviso Preaviso

Salario 115 000,00 95 000,00 110 000,00 100 000,00 97 000,00 98 000,00 102 500,00 3 416,67 30 102 500,00

¿Qué es el auxilio de cesantía? Es un derecho que tienen las personas trabajadoras a ser indemnizados en caso de terminación de la relación laboral con responsabilidad patronal. Es el equivalente al seguro de desempleo que existe en otros países. Su objetivo es asegurar a la persona trabajadora que es despedida con una cantidad mínima para mantenerse mientras encuentra otro trabajo. ¿Cuánto se debe pagar el auxilio de cesantía? La persona empleadora deberá pagar un auxilio de cesantía de acuerdo con las siguientes reglas: 

Después de un trabajo continuo no menor de tres meses ni mayor de seis, un importe igual a siete días de salario.

Después de un trabajo continuo mayor de seis meses, pero menor de un año, un importe igual a catorce días de salario.


Después de un trabajo continuo mayor de un año, con el importe de días de salario indicado en la siguiente tabla: AÑO AÑO AÑO AÑO AÑO AÑO AÑO AÑO AÑO AÑO AÑO AÑO AÑO

1 19,5 días por año laborado. 2 20 días por año laborado o fracción superior a seis meses. 3 20,5 días por año laborado o fracción superior a seis meses. 4 21 días por año laborado o fracción superior a seis meses. 5 21,24 días por año laborado o fracción superior a seis meses. 6 21,5 días por año laborado o fracción superior a seis meses. 7 22 días por año laborado o fracción superior a seis meses. 8 22 días por año laborado o fracción superior a seis meses. 9 22 días por año laborado o fracción superior a seis meses. 10 21,5 días por año laborado o fracción superior a seis meses. 11 21 días por año laborado o fracción superior a seis meses. 12 20,5 días por año laborado o fracción superior a seis meses. 13 y siguientes: 20 días por año laborado o fracción superior a seis meses

¿Cómo se calcula la cesantía? Se debe considerar la antigüedad en la empresa, por ejemplo, si en el momento de la salida de la empresa la antigüedad es 5 años y 4 meses de labor, se deben reconocer 21,24 días por cada año, es decir se debe pagar un total de 106,20 días (5 años*21,24 días). El valor de un día se calcula con base en el salario promedio de los últimos seis meses, el promedio se divide entre 30 para determinar cuánto vale el día. Se detalla ejemplo del caso: Mes ene-20 feb-20 mar-20 abr-20 may-20 jun-20 Promedio Valor diario Días cesantía Cesantía

Salario 115 000,00 95 000,00 110 000,00 100 000,00 97 000,00 98 000,00 102 500,00 3 416,67 106,20 362 850,00


Si está afiliado a la Asociación Solidarista: ¿Qué sucede con el aporte patronal? En caso de estar afiliado a ASEBAC, el aporte patronal que custodia la Asociación se debe rebajar del monto total que corresponde por concepto de cesantía, lo cual se verá reflejado en la liquidación. La Asociación en el plazo de un mes depositará en su cuenta de planilla dicho aporte patronal, el aporte personal y cualquier ahorro que administre ASEBAC. Puede comunicarse a la Asociación al número: 2295-9595 / 2295-9212. ¿En cuál cuenta depositan la liquidación? La liquidación se deposita en la cuenta de planilla. Medios para consulta: En caso de duda respecto a la liquidación puede escribir al correo nominacr@baccredomatic.cr



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