DIARIO DE LOS DEBATES

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Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 – Guadalajara, Jal., 25-Agosto-2015



DIARIO DE LOS DEBATES ÓRGANO OFICIAL DEL PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO DE JALISCO

LX LEGISLATURA TERCER AÑO DE EJERCICIO

ÍNDICE DE ACUERDOS Y DECRETOS APROBADOS EN LAS SESIONES DEL PLENO Año III – Tomo XXXVI– Núm. 192 – Guadalajara, Jalisco, 25 de agosto de 2015 ORIGEN

FECHA DE APROBACIÓN

Dip. J. Jesús Palos Vaca.

25/Ago/2015

Comisión de Vigilancia. 25/Ago/2015

DESCRIPCIÓN

Solicita a la Secretaría de Turismo estatal y a los ayuntamientos de Mazamitla, Tapalpa, Tequila, San Sebastián del Oeste y Lagos de Moreno, todos de Jalisco, que de manera conjunta o coordinada establezcan acciones para brindar prevención y protección a los ciudadanos, comerciantes y turistas contra las conductas de estafa y fraude señaladas en la exposición de motivos de este acuerdo, que incluyan la creación de filtros de control en los que se establezca una lista de ligas oficiales que anuncien servicios de renta o venta de cualquier actividad o producto propio del pueblo mágico o destino turístico de que se trate. Aprueba devolver a la Auditoría Superior del Estado el informe final de la cuenta pública y los estados financieros del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF-LX del municipio de Lagos de Moreno, Jalisco, por

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ORIGEN

FECHA DE APROBACIÓN

Dip. J. Jesús Palos Vaca.

25/Ago/2015

Comisión de Vigilancia. 25/Ago/2015

Dip. Édgar Enrique Velázquez González.

25/Ago/2015

Comisión de Vigilancia.

25/Ago/2015

Comisión de Vigilancia.

25/Ago/2015

Comisión de Vigilancia.

25/Ago/2015

Comisión de Vigilancia.

25/Ago/2015

Comisión de Vigilancia.

25/Ago/2015

Comisión de

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Guadalajara, Jalisco, 25 de agosto de 2015

DESCRIPCIÓN

el ejercicio fiscal de 2009. Exhorta a los 125 ayuntamientos del estado, a la Delegación Jalisco de la Comisión Nacional del Agua y a la Secretaría de Salud estatal a que de forma coordinada atiendan y realicen una revisión, limpieza y fumigación en los cuerpos de agua que tengan en su territorio, para eliminar cualquier tipo de contaminación en dichos lugares y mantenerlos acordes con la naturaleza propia del lugar y en buen estado, y consideren implementar campañas de concientización dirigidas a la población. Aprueba devolver a la Auditoría Superior del Estado el informe final de la cuenta pública del ayuntamiento de San Cristóbal de la Barranca, Jalisco, por el ejercicio fiscal de 2012. Autoriza la compra extraordinaria, de conformidad con lo establecido en los artículos 158, 160 y 164 del Reglamento de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, del licenciamiento de productos de software Microsoft, bajo esquema enterprise agreement, a la empresa Microsoft. Aprueba la cuenta pública del ayuntamiento de Mazamitla, Jalisco, por el ejercicio fiscal de 2011. Aprueba la cuenta pública del ayuntamiento de Totatiche, Jalisco, por el ejercicio fiscal de 2012. Aprueba la cuenta pública del ayuntamiento de El Arenal, Jalisco, por el ejercicio fiscal de 2010. Aprueba la cuenta pública y los estados financieros del Tribunal Electoral del Poder Judicial del estado de Jalisco por el ejercicio fiscal de 2012. Aprueba la cuenta pública del ayuntamiento de Concepción de Buenos Aires, Jalisco, por el ejercicio fiscal de 2011. Aprueba la cuenta pública del ayuntamiento

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ORIGEN

FECHA DE APROBACIÓN

Vigilancia. Comisión de Vigilancia.

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Comisión de Vigilancia.

25/Ago/2015

Comisión de Higiene y Salud Pública. Comisión de Higiene y Salud Pública.

25/Ago/2015

25/Ago/2015

Comisión de Hacienda y Presupuestos. Comisión de Justicia.

25/Ago/2015

25/Ago/2015

Comisión de Justicia.

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Comisión de Puntos Constitucionales, Estudios Legislativos y Reglamentos.

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DESCRIPCIÓN

de Amatitán, Jalisco, por el ejercicio fiscal de 2012. Aprueba la cuenta pública del ayuntamiento de Ejutla, Jalisco, por el ejercicio fiscal de 2012. Aprueba la cuenta pública del ayuntamiento de Villa Purificación, Jalisco, por el ejercicio fiscal de 2011. Reforma la Ley de Salud del estado de Jalisco. Reforma los artículos 62, fracción II, adicionando las fracciones VI y VII, 66 adicionando una fracción V y recorriendo las siguientes a partir de la actual en su orden y número, y adiciona los artículos 67Bis y 67-Ter, todos de la Ley de Salud del estado de Jalisco. Reforma el artículo 74, fracción II, de la Ley de Ingresos del municipio de Tonalá, Jalisco, para el ejercicio fiscal de 2015. Adiciona el Título Séptimo-Bis, Capítulo Único, y el artículo 154-Bis al Código Penal para el estado de Jalisco. Expide la Ley de Extinción de Dominio, reforma el artículo 860, fracción VII, y adiciona un párrafo segundo al artículo 911 del Código de Procedimientos Civiles, y reforma el inciso b-LX de la fracción II del artículo 23 de la Ley del Registro Público de la Propiedad, todos ordenamientos del estado de Jalisco. Reforma los artículos 4.°, 9.°, 15, 35, 97, 100 y 111 de la Constitución Política del estado de Jalisco.

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LX LEGISLATURA TERCER AÑO DE EJERCICIO

ÍNDICE DE ANEXOS (CONFORME AL DESARROLLO DE LA SESIÓN) Año III – Tomo XXXVI– Núm. 192 – Guadalajara, Jalisco, 25 de agosto de 2015

ORIGEN Mesa Directiva. Mesa Directiva. Mesa Directiva. Mesa Directiva. Mesa Directiva. Mesa Directiva. Mesa Directiva. Dip. Víctor Manuel Sánchez Orozco. Mesa Directiva. Mesa Directiva.

DESCRIPCIÓN (Anexo No. 1) Orden del día. (Anexo No. 2) Acta de la sesión ordinaria del 23 de julio de 2015. (Anexo No. 3) Acta de la sesión extraordinaria del 28 de julio de 2015. (Anexo No. 4) Acta de la sesión ordinaria del 30 de julio de 2015. (Anexo No. 5) Acta de la sesión extraordinaria del 4 de agosto de 2015. (Anexo No. 6) Acta de la segunda sesión extraordinaria del 4 de agosto de 2015. (Anexo No. 7) Cuenta al Congreso del Estado, de las comunicaciones recibidas. (Anexo No. 8) Expide la Ley de la Educación Emocional del estado de Jalisco. (Anexo No. 9) Acuerdos legislativos (Anexo No. 10) Dictámenes de decreto de primera lectura.

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ORIGEN Mesa Directiva. Mesa Directiva.

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DESCRIPCIÓN (Anexo No. 11) Dictámenes de decreto de segunda lectura y discusión. (Anexo No. 12) Minutas de decreto.

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Dip. Juan Manuel Alatorre Franco Presidente de la Mesa Directiva

Lic. Francisco Arturo Contreras Loza

Dr. Marco Antonio Daza Mercado

Director de Procesos Legislativos

Secretario General

Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 – Guadalajara, Jalisco, 25 de agosto de 2015 Sumario

Pág.

Declaración de quórum y apertura...............

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Orden del día ...............................................

116

Lectura y votación de actas de sesiones anteriores ..................................

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Cuenta al H. Congreso del Estado de las comunicaciones recibidas ..................

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Dictámenes de decreto de primera lectura .......................................

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Dictámenes de decreto de segunda lectura y discusión....................

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Propuestas de la Junta de Coordinación Política o de la mesa directiva .....................

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Minutas de decreto ......................................

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Acuerdos legislativos...................................

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Conclusión ..................................................

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SESIONES ORDINARIAS, SOLEMNES Y EXTRAORDINARIAS CORRESPONDIENTES AL TERCER AÑO DE EJERCICIO CONSTITUCIONAL DE LA “LX” LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO SEGUNDA SESIÓN EXTRAORDINARIA DEL 25 DE AGOSTO DE 2015 Presidencia: C. Diputado Juan Manuel Alatorre Franco. Secretarías: CC. Diputados Bertha Yolanda Rodríguez Ramírez y Gustavo González Villaseñor. Secretaría General: Dr. Marco Antonio Daza Mercado.

DECLARACIÓN DE QUÓRUM Y APERTURA El C. Presidente: Para dar inicio a esta sesión, y de conformidad con lo establecido en el artículo 37, fracción VII, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, se pide a la diputada secretaria Bertha Yolanda Rodríguez Ramírez informe el número de diputados presentes y valide con su firma el documento que lo haga constar. La C. Secretaria Bertha Yolanda Rodríguez Ramírez: Tal como indica, diputado Presidente. Informo a usted que se encuentran presentes… han verificado asistencia 23 diputados y diputadas. Es cuanto. El C. Presidente: Se ordena el cierre del registro electrónico de asistencia. Dado que hay quórum para sesionar, se declara su existencia legal y el inicio de esta segunda sesión extraordinaria a las 15:31 horas del 25 de agosto de 2015, instalados en el recinto de este Poder Legislativo. Con fundamento en los artículos 36, fracción VII, de la Ley Orgánica del Poder Legisla-

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tivo y 21 del reglamento de esa ley, esta Presidencia somete a consideración de la asamblea la justificación de inasistencia del diputado Miguel Hernández Anaya, quien ha entregado en tiempo y forma su solicitud en referencia, por lo que en votación económica se pregunta si es de aprobarse la justificación propuesta... Aprobada. Doy cuenta de la asistencia de los diputados Fabiola Raquel Guadalupe Loya Hernández, Salvador Zamora Zamora y Víctor Manuel Sánchez Orozco.

ORDEN DEL DÍA El C. Presidente: A continuación, se solicita al diputado secretario Gustavo González Villaseñor dé lectura al orden del día propuesto por esta Presidencia para la sesión de hoy. El C. Secretario Gustavo González Villaseñor: (Da lectura al orden del día señalado en el sumario. Se anexa documento al final de este diario, con el número 1) El C. Presidente: Gracias. Doy cuenta de la asistencia del diputado José Clemente Castañeda Hoeflich, de la diputada Norma Angélica Cordero Prado, de la diputada Gabriela Andalón Becerra y del diputado Luis Guillermo Martínez Mora. Conforme al artículo 36, fracciones V y VI, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, está a consideración de la asamblea el orden del día propuesto, por lo que en votación económica se pregunta si se aprueba... Aprobado.

LECTURA Y VOTACIÓN DE ACTAS DE SESIONES ANTERIORES El C. Presidente: Con fundamento en lo señalado por el artículo 164 de nuestra Ley Orgánica, se pone a consideración de esta asamblea la


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dispensa de lectura de las siguientes actas: acta de la sesión ordinaria del 23 de julio, acta de la sesión extraordinaria del 28 de julio, acta de la sesión ordinaria del 30 de julio, actas de la primera y segunda sesiones extraordinarias del 4 de agosto, todas de 2015, por lo que en votación económica se pregunta si es de aprobarse la dispensa en referencia… Aprobada. En consecuencia, conforme al artículo 36, fracciones V y VI, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, se pone a consideración de la asamblea la aprobación de las actas de las sesiones anteriores de las cuales ha sido dispensada su lectura, por lo que en votación económica se pregunta si son de aprobarse… Aprobadas. Doy cuenta de la asistencia de la diputada Dulce Milagros Villaseñor López. (Se anexan los documentos respectivos al final de este diario, con los números del 2 al 6)

CUENTA AL H. CONGRESO DEL ESTADO, DE LAS COMUNICACIONES RECIBIDAS El C. Presidente: En desahogo del siguiente punto del orden del día, esta Presidencia pone a su consideración la dispensa de lectura de las síntesis de las comunicaciones recibidas a la cuenta del Congreso con el turno propuesto, en virtud de que fueron publicadas y entregadas en tiempo y forma, por lo que en votación económica se pregunta si es de aprobarse la dispensa en referencia... Aprobada. Por consiguiente, se ordena al Secretario General que se integre en el contenido del acta de esta sesión la síntesis de la lectura que ha sido dispensada. (Se anexa documento al final de este diario, con el número 7. Conforme a lo acordado no fueron leídas las síntesis de las comunicaciones recibidas a la cuenta del Congreso con el

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turno propuesto, las cuales se refieren a continuación) 3.1. Acuerdo interno mediante el que se reciben, en sentido aprobatorio, las opiniones técnicas remitidas por la Auditoría Superior del estado de Jalisco, las cuales se hacen del conocimiento del pleno para todos los efectos de ley a que hubiere lugar y su resguardo final como asunto concluido en la Dirección de Biblioteca, Archivo y Editorial de este Congreso. ENTERADO CON ACUSE DE RECIBO Y REMÍTANSE A LA DIRECCIÓN DE BIBLIOTECA, ARCHIVO Y EDITORIAL COMO ASUNTOS CONCLUIDOS.

3.2. Oficio número 2096/2012-2015 del Encargado de la Hacienda y Tesorero Municipal del H. Ayuntamiento Constitucional de Tepatitlán de Morelos, Jalisco, por el que solicita a esta asamblea fije una interpretación respecto de la controversia de las contribuciones inmobiliarias causadas por concepto de traslación de dominio sobre bienes inmuebles. ENTERADO CON ACUSE DE RECIBO Y REMÍTASE A LA COMISIÓN DE HACIENDA Y PRESUPUESTOS.

3.3. Iniciativa de ley del H. Ayuntamiento Constitucional de Tequila, Jalisco, que aprueba su Ley de Ingresos para el ejercicio fiscal de 2016. TÚRNESE A LA COMISIÓN DE HACIENDA Y PRESUPUESTOS. 3.4. Oficio número SLDR/364/2015 del contador público Humberto Muñoz Vargas, regidor del H. Ayuntamiento Constitucional de Puerto Vallarta, Jalisco, por el que solicita se exhorte al Presidente Municipal Interino para que convoque a sesión ordinaria. (c/anexo) (El anexo no se publica, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 17, numeral 1, fracción I, inciso g), de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios; queda a disposición de los integrantes de la asamblea, para su revisión, en la Jefatura de Servicios Parlamentarios) TÚRNESE A LAS COMISIONES DE GOBERNACIÓN Y DE DESARROLLO MUNICIPAL.

3.5. Oficio sin número de la Directora


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General del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del municipio de Tala, Jalisco, dirigido al Auditor Superior del Estado, por el que solicita su intervención a fin de que ordene una auditoría sobre el estado en que se recibió la administración del DIF. (c/anexo) (El anexo no se publica, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 65 de la Ley de Fiscalización del estado de Jalisco y 17, numeral 1, fracción I, inciso d), de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios; queda a disposición de los integrantes de la asamblea, para su revisión, en la Jefatura de Servicios Parlamentarios) ENTERADO CON ACUSE DE RECIBO. 3.6. Iniciativa de decreto del H. Ayuntamiento Constitucional de Talpa de Allende, Jalisco, que aprueba sus tablas de valores para el ejercicio fiscal de 2016. (c/anexo) TÚRNESE A LA COMISIÓN DE HACIENDA Y PRESUPUESTOS. 3.7. Iniciativa de ley del H. Ayuntamiento Constitucional de Valle de Juárez, Jalisco, que aprueba su Ley de Ingresos para el ejercicio fiscal de 2016. (c/anexo) TÚRNESE A LA COMISIÓN DE HACIENDA Y PRESUPUESTOS. 3.8. Oficio número 510/DGANC/ 3007/2015 de la Abogada General y Comisionada para la Transparencia de la SEDESOL, por el que da respuesta al acuerdo legislativo número 1258-LX-15 remitiendo el Registro Nacional de Productores de Leche. (c/anexo) (No se publica el anexo, ya que la contestación misma corresponde al acuerdo legislativo que le da origen) ENTERADO CON ACUSE DE RECIBO, TÚRNESE A SUS ANTECEDENTES EN EL ACUERDO LEGISLATIVO NÚMERO 1258-LX-15 Y REMÍTASE COPIA A LOS DIPUTADOS NORMA ANGÉLICA CORDERO PRADO, GABRIELA ANDALÓN BECERRA Y JOSÉ LUIS MUNGUÍA CARDONA, PARA SU CONOCIMIENTO.

3.9. Oficio PFPA/21.7/1470-15 de la Delegada de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, por el que da respuesta al acuerdo legislativo número 1427-LX-15 informando,

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entre otras cosas, que no se presentaron 92 remisiones forestales pertenecientes a las anualidades 2013, 2014, y 2015, para el aprovechamiento de especies de pino y encino que acreditan la legal procedencia de los productos forestales. ENTERADO CON ACUSE DE RECIBO, TÚRNESE A SUS ANTECEDENTES EN EL ACUERDO LEGISLATIVO NÚMERO 1427-LX-15 Y REMÍTASE COPIA AL DIPUTADO ROBERTO MENDOZA CÁRDENAS, PARA SU CONOCIMIENTO.

3.10. Oficio número 50/2015 del Procurador Estatal de Protección al Ambiente, por el que da respuesta al acuerdo legislativo número 1410-LX-15 informando que fue realizada una visita de inspección a uno de sus establecimientos de la empresa EKH_FURNITUR Industriales, S. A. de C. V., en la cual se detectaron irregularidades, por lo cual se impusieron medidas técnicas y fue iniciado el procedimiento administrativo 165/2015 por infracciones a la Ley del Equilibrio Ecológico y de la Protección al Ambiente del Estado. ENTERADO CON ACUSE DE RECIBO, TÚRNESE A SUS ANTECEDENTES EN EL ACUERDO LEGISLATIVO NÚMERO 1410-LX-15 Y REMÍTASE COPIA AL DIPUTADO J. JESÚS PALOS VACA, PARA SU CONOCIMIENTO. 3.11. Oficio número SELAP/UEL/ 311/1340/15 del Encargado de la Unidad de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación, por el que da respuesta al acuerdo legislativo número 1328-LX-15 informando que la dependencia otorga a las entidades federativas subsidios a través de diversos programas para el mejoramiento de infraestructura y equipamiento turístico. (c/anexo) (No se publica el anexo, ya que la contestación misma corresponde al acuerdo legislativo que le da origen) ENTERADO CON ACUSE DE RECIBO, TÚRNESE A SUS ANTECEDENTES EN EL ACUERDO LEGISLATIVO NÚMERO 1328-LX-15 Y REMÍTASE COPIA AL DIPUTADO JUAN JOSÉ CUEVAS GARCÍA, PARA SU CONOCIMIENTO.

3.12. Oficio número UEPCB/DG-2785/ CSVA-1910/2015 del Director General de la Unidad Estatal de Protección Civil y Bomberos, por el que da respuesta al acuerdo legislativo


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número 1240-LX-15 informando que se realiza supervisión de manera permanente en el manejo, almacenamiento y distribución de gas L. P. ENTERADO CON ACUSE DE RECIBO, TÚRNESE A SUS ANTECEDENTES EN EL ACUERDO LEGISLATIVO NÚMERO 1240-LX-15 Y REMÍTASE COPIA AL DIPUTADO LUIS GUILLERMO MARTÍNEZ MORA, PARA SU CONOCIMIENTO.

3.13. Oficio número INE/PC/212/2015 del consejero Presidente del Instituto Nacional Electoral, mediante el cual informa que se iniciaran los trabajos para definir el trazo de los distritos electorales, considerando que podría realizarse una reforma político-electoral. TÚRNESE A LA COMISIÓN DE ASUNTOS ELECTORALES.

3.14. Oficio sin número del H. Congreso del estado de Morelos, mediante el cual se informa sobre la aprobación de la minuta proyecto de decreto por el que se reforman los párrafos cuarto y sexto del artículo 18 y el inciso c) de la fracción XXI del artículo 73 de la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de justicia para adolescentes. (c/anexo) (Dada la propuesta de turno, y por economía procesal, el anexo no se publica, de conformidad con el protocolo marcado con el código GIL-ANEXOS del Sistema de Gestión de Calidad ISO 9001:2008; queda a disposición de los integrantes de la asamblea, para su revisión, en la Jefatura de Servicios Parlamentarios) ENTERADO CON ACUSE DE RECIBO. 3.15. Oficio sin número del H. Congreso del estado de Morelos, por el que solicita se adhieran al acuerdo referente a la suspensión provisional de la evaluación del desempeño docente. (c/anexo) (Dada la propuesta de turno, y por economía procesal, el anexo no se publica, de conformidad con el protocolo marcado con el código G-IL-ANEXOS del Sistema de Gestión de Calidad ISO 9001:2008; queda a disposición de los integrantes de la asamblea, para su revisión, en la Jefatura de Servicios Parlamentarios) ENTERADO CON ACUSE DE RECIBO Y REMÍTASE COPIA A LA COMISIÓN DE EDUCACIÓN, PARA SU CONOCIMIENTO.

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3.16. Circular número 29 del H. Congreso del estado de Hidalgo, mediante la cual se informa sobre la integración de la mesa directiva que fungirá durante julio de 2015. ENTERADO CON ACUSE DE RECIBO. 3.17. Circular número 45/2015 del H. Congreso del estado de Yucatán, mediante la cual se informa sobre la clausura del tercer periodo ordinario de sesiones correspondiente al tercer año de ejercicio constitucional. ENTERADO CON ACUSE DE RECIBO. 3.18. Circular número 44/2015 del H. Congreso del estado de Yucatán, mediante la cual informa la integración de la diputación permanente que fungirá durante el receso del H. Congreso. ENTERADO CON ACUSE DE RECIBO. 3.19. Circular número 46/2015 del H. Congreso del estado de Yucatán, mediante la cual informa sobre la instalación de la diputación permanente de la LX Legislatura. ENTERADO CON ACUSE DE RECIBO. 3.20. Circular número 37 del H. Congreso del estado de Campeche, mediante la cual informa sobre la clausura de los trabajos correspondientes al segundo periodo ordinario de sesiones del tercer año de ejercicio constitucional. ENTERADO CON ACUSE DE RECIBO. 3.21. Circular número 38 del H. Congreso del estado de Campeche, mediante la cual informa sobre la integración de la mesa directiva que fungirá durante el tercer periodo de receso del tercer año de ejercicio constitucional. ENTERADO CON ACUSE DE RECIBO. 3.22. Oficio número 1211/-13/15 II P.O. del H. Congreso del estado de Chihuahua, por el que solicita la adhesión del dictamen por el cual se exhorta al Congreso de la Unión para que se proceda a analizar las iniciativas mediante las cuales se propone reformar la Ley del Seguro Social. (c/anexo) (Dada la propuesta de turno, y por economía procesal, el anexo no se publica, de conformidad con el protocolo marcado con el código G-IL-ANEXOS del Sistema


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de Gestión de Calidad ISO 9001:2008; queda a disposición de los integrantes de la asamblea, para su revisión, en la Jefatura de Servicios Parlamentarios) ENTERADO CON ACUSE DE RECIBO. 3.23. Oficio sin número del H. Congreso del estado de Morelos, mediante el cual se informa sobre la aprobación de la minuta proyecto de decreto por el que se reforma el inciso a) de la fracción XXI del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de desaparición forzada de personas, tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes. (c/anexo) (Dada la propuesta de turno, y por economía procesal, el anexo no se publica, de conformidad con el protocolo marcado con el código G-ILANEXOS del Sistema de Gestión de Calidad ISO 9001:2008; queda a disposición de los integrantes de la asamblea, para su revisión, en la Jefatura de Servicios Parlamentarios) ENTERADO CON ACUSE DE RECIBO. 3.24. Oficio sin número del H. Congreso del estado de Morelos, mediante el cual se remite copia del acuerdo por el que esa Legislatura se adhiere al acuerdo legislativo número 676LX-13 aprobado por el Congreso del estado de Jalisco. (c/anexo) (No se publica el anexo, ya que la contestación misma corresponde al acuerdo legislativo que le da origen) ENTERADO CON ACUSE DE RECIBO, TÚRNESE A SUS ANTECEDENTES EN EL ACUERDO LEGISLATIVO NÚMERO 676-LX-13 Y REMÍTASE COPIA AL DIPUTADO ELÍAS OCTAVIO ÍÑIGUEZ MEJÍA, PARA SU CONOCIMIENTO.

3.25. Ocurso suscrito por el Presidente Ejecutivo de la Federación de Asociaciones de Padres de Familia del estado de Jalisco, A. C, mediante el cual manifiestan su inconformidad sobre la educación sexual a corta edad que se pretende implementar en las aulas escolares. (c/anexo) (De conformidad con lo establecido al artículo 122 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del estado de Jalisco, previo acuerdo del Comité de Peticiones y Atención Ciudadana, serán publicados o no los anexos) TÚRNE-

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SE AL COMITÉ DE PETICIONES Y ATENCIÓN CIUDADANA.

3.26. Ocurso suscrito por Eugenia Martínez, mediante el cual informa sobre actos de corrupción por parte del director general de salud pública, doctor Héctor Ramírez Cordero. (De conformidad con lo establecido en el artículo 122 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del estado de Jalisco, previo acuerdo del Comité de Peticiones y Atención Ciudadana, serán publicados o no los anexos) TÚRNESE AL COMITÉ DE PETICIONES Y ATENCIÓN CIUDADANA. 3.27. Ocurso suscrito por Martín Robles Gutiérrez, mediante el cual solicita copias certificadas del acta de la sesión extraordinaria número 124, del 26 de noviembre de 2014, las cuales son necesarias para la tramitación del juicio de amparo 562/2015. COMO SE SOLICITA, CONDICIONADO A SU EXISTENCIA Y PREVIO PAGO DE LOS DERECHOS CORRESPONDIENTES, DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 27, FRACCIÓN VI, DE LA LEY DE INGRESOS DEL ESTADO DE JALISCO PARA EL EJERCICIO FISCAL DE 2015.

3.28. Ocurso suscrito por el apoderado legal de CAABSA Eagle Tlajomulco, mediante el cual solicita copia certificada del decreto número 18503. COMO SE SOLICITA, CONDICIONADO A SU EXISTENCIA Y PREVIO PAGO DE LOS DERECHOS CORRESPONDIENTES, DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 27, FRACCIÓN VI, DE LA LEY DE INGRESOS DEL ESTADO DE JALISCO PARA EL EJERCICIO FISCAL DE 2015.

3.29. Ocurso suscrito por Fernando Díaz Navarro, mediante el cual solicita apoyo para que no se privaticen los servicios y medicamentos del Instituto Mexicano del Seguro Social. TÚRNESE AL COMITÉ DE PETICIONES Y ATENCIÓN CIUDADANA.

3.30. Ocurso suscrito por Ernesto Chavoya Cervantes, por el cual solicita copias certificadas del acuerdo legislativo mediante el cual se ordenó la convocatoria realizada a la sociedad en general para la presentación de propuestas de candidatos para la elección de un magis-


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trado integrante del Supremo Tribunal de Justicia del estado de Jalisco. COMO SE SOLICITA, CONDICIONADO A SU EXISTENCIA Y PREVIO PAGO DE LOS DERECHOS CORRESPONDIENTES, DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 27, FRACCIÓN VI, DE LA LEY DE INGRESOS DEL ESTADO DE JALISCO PARA EL EJERCICIO FISCAL DE 2015.

3.31. Ocurso suscrito por un ciudadano que se identifica como marsanvaleri —nombre de correo electrónico—, mediante el cual remite un informe como observador electoral. ENTERADO CON ACUSE DE RECIBO. 3.32. Oficio número 2015/108 del Secretario General del H. Ayuntamiento Constitucional de Mascota, Jalisco, mediante el cual remite un ejemplar del Reglamento para la Prestación de los Servicios de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento. (c/anexo) (Dada la propuesta de turno, y por economía procesal, el anexo no se publica, de conformidad con el protocolo marcado con el código G-IL-ANEXOS del Sistema de Gestión de Calidad ISO 9001:2008; queda a disposición de los integrantes de la asamblea, para su revisión, en la Jefatura de Servicios Parlamentarios) ENTERADO CON ACUSE DE RECIBO Y REMÍTASE A LA BIBLIOTECA DE ESTE PODER LEGISLATIVO PARA SU GUARDA Y CUSTODIA.

3.33. Oficio del Secretario General de este Congreso, mediante el cual presenta la ratificación del Tribunal de Arbitraje y Escalafón del Estado para suspender de su cargo al Presidente Municipal del H. Ayuntamiento Constitucional de Guadalajara, Jalisco, por un plazo de quince días, sin goce de sueldo, por no dar cumplimiento a la resolución emitida en el juicio laboral número 172/2010-D1. (c/anexo) (El anexo no se publica, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 17, numeral 1, fracción V, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios; queda a disposición de los integrantes de la asamblea, para su revisión, en la Jefatura de Servicios Parlamentarios) TÚRNESE A LAS COMISIONES DE GOBERNACIÓN Y DE DESARROLLO MUNICIPAL.

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3.34. Oficio del Secretario General de este Congreso, mediante el cual presenta la ratificación del Tribunal de Arbitraje y Escalafón del Estado para suspender de su cargo al Presidente Municipal del H. Ayuntamiento Constitucional de Tlajomulco de Zúñiga, Jalisco, por un plazo de quince días, sin goce de sueldo, por no dar cumplimiento a la resolución emitida en el juicio laboral número 414/2010-D1. (c/anexo) (El anexo no se publica, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 17, numeral 1, fracción V, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios; queda a disposición de los integrantes de la asamblea, para su revisión, en la Jefatura de Servicios Parlamentarios) TÚRNESE A LAS COMISIONES DE GOBERNACIÓN Y DE DESARROLLO MUNICIPAL.

3.35. Oficio del Secretario General de este Congreso, mediante el cual presenta la ratificación del Tribunal de Arbitraje y Escalafón del Estado para suspender de su cargo al Presidente Municipal del H. Ayuntamiento Constitucional de Cihuatlán, Jalisco, por un plazo de quince días, sin goce de sueldo, por no dar cumplimiento a la resolución emitida en el juicio laboral número 2409/2010-D1. (c/anexo) (El anexo no se publica, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 17, numeral 1, fracción V, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios; queda a disposición de los integrantes de la asamblea, para su revisión, en la Jefatura de Servicios Parlamentarios) TÚRNESE A LAS COMISIONES DE GOBERNACIÓN Y DE DESARROLLO MUNICIPAL.

3.36. Oficio del Secretario General de este Congreso, mediante el cual presenta la ratificación del Tribunal de Arbitraje y Escalafón del Estado para suspender de su cargo al Presidente Municipal del H. Ayuntamiento Constitucional de Tala, Jalisco, por un plazo de quince días, sin goce de sueldo, por no dar cumplimiento a la resolución emitida en el juicio laboral número 3030/2010-D1. (c/anexo) (El anexo no se publica, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 17, numeral 1, fracción V, de la Ley de


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Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios; queda a disposición de los integrantes de la asamblea, para su revisión, en la Jefatura de Servicios Parlamentarios) TÚRNESE A LAS COMISIONES DE GOBERNACIÓN Y DE DESARROLLO MUNICIPAL.

3.37. Oficio del Secretario General de este Congreso, mediante el cual presenta la ratificación del Tribunal de Arbitraje y Escalafón del Estado para suspender de su cargo al Presidente Municipal del H. Ayuntamiento Constitucional de Tlajomulco de Zúñiga, Jalisco, por un plazo de quince días, sin goce de sueldo, por no dar cumplimiento a la resolución emitida en el juicio laboral número 1162/2011-C1. (c/anexo) (El anexo no se publica, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 17, numeral 1, fracción V, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios; queda a disposición de los integrantes de la asamblea, para su revisión, en la Jefatura de Servicios Parlamentarios) TÚRNESE A LAS COMISIONES DE GOBERNACIÓN Y DE DESARROLLO MUNICIPAL.

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remite un ejemplar de la Gaceta Municipal, del tomo IV, número 10, primera sección, año 98, del 30 de julio de 2015. (c/anexo) (Dada la propuesta de turno, y por economía procesal, el anexo no se publica, de conformidad con el protocolo marcado con el código G-ILANEXOS del Sistema de Gestión de Calidad ISO 9001:2008; queda a disposición de los integrantes de la asamblea, para su revisión, en la Jefatura de Servicios Parlamentarios) ENTERADO CON ACUSE DE RECIBO Y REMÍTASE A LA BIBLIOTECA DE ESTE PODER LEGISLATIVO PARA SU GUARDA Y CUSTODIA.

3.40. Oficio número 2408/2015 del Secretario General del H. Ayuntamiento Constitucional de Guadalajara, Jalisco, mediante el cual remite un ejemplar de la Gaceta Municipal, del tomo IV, número 11, año 98, del 31 de julio de 2015. (c/anexo) (Dada la propuesta de turno, y por economía procesal, el anexo no se publica, de conformidad con el protocolo marcado con el código G-IL-ANEXOS del Sistema de Gestión de Calidad ISO 9001:2008; queda a disposición de los integrantes de la asamblea, para su revisión, en la Jefatura de Servicios Parlamentarios) ENTERADO CON ACUSE DE RECIBO Y REMÍ-

3.38. Oficio del Secretario General de este Congreso, mediante el cual presenta la ratificación del Tribunal de Arbitraje y Escalafón del Estado para suspender de su cargo al Síndico Municipal del H. Ayuntamiento Constitucional de Guadalajara, Jalisco, por un plazo de quince días, sin goce de sueldo, por no dar cumplimiento a la resolución emitida en el juicio laboral número 1651/2010-B. (c/anexo) (El anexo no se publica, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 17, numeral 1, fracción V, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios; queda a disposición de los integrantes de la asamblea, para su revisión, en la Jefatura de Servicios Parlamentarios) TÚRNESE A LAS COMI-

TASE A LA BIBLIOTECA DE ESTE PODER LEGISLATIVO PARA SU GUARDA Y CUSTODIA.

SIONES DE GOBERNACIÓN Y DE DESARROLLO MUNICIPAL.

TASE A LA BIBLIOTECA DE ESTE PODER LEGISLATIVO PARA SU GUARDA Y CUSTODIA.

3.39. Oficio número 2424/2015 del Secretario General del H. Ayuntamiento Constitucional de Guadalajara, Jalisco, mediante el cual

3.42. Iniciativa de decreto del Presidente Municipal del H. Ayuntamiento Constitucional de Zapopan, Jalisco, mediante la cual solicita se

3.41. Oficio número 2399/2015 del Secretario General del H. Ayuntamiento Constitucional de Guadalajara, Jalisco, mediante el cual remite un ejemplar de la Gaceta Municipal, del tomo IV, número 10, año 98, del 29 de julio de 2015. (c/anexo) (Dada la propuesta de turno, y por economía procesal, el anexo no se publica, de conformidad con el protocolo marcado con el código G-IL-ANEXOS del Sistema de Gestión de Calidad ISO 9001:2008; queda a disposición de los integrantes de la asamblea, para su revisión, en la Jefatura de Servicios Parlamentarios) ENTERADO CON ACUSE DE RECIBO Y REMÍ-


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apliquen descuentos o condonación, o ambos, en el pago de impuesto predial y de los derechos correspondientes a las licencias anuales de los giros comerciales en beneficio de los comerciantes o propietarios de los locales afectados por la construcción de la Línea Tres del Sistema de Tren Eléctrico Urbano. (c/anexo) TÚRNESE A LA COMISIÓN DE HACIENDA Y PRESUPUESTOS.

3.43. Oficio número 1.3/15/1563 del H. Ayuntamiento Constitucional de Zapopan, Jalisco, por el que se da respuesta al acuerdo legislativo número 1176-LX-14 informando que no es posible atender de manera procedente el exhorto, en virtud de que no se advierte cuál es la ubicación exacta de los cuatro predios de los cuales se propone su desincorporación. (c/anexo) (No se publica el anexo, ya que la contestación misma corresponde al acuerdo legislativo que le da origen) ENTERADO CON ACUSE DE RECIBO, TÚRNESE A SUS ANTECEDEN-

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PARA LOS EFECTOS LEGALES DE SU INTERVENCIÓN.

3.47. Oficio número 1039/15 del Secretario General del H. Ayuntamiento Constitucional de Tonalá, Jalisco, mediante el cual informa que se aprobó que dicho ayuntamiento se manifieste en base a la solicitud recibida de la integración del municipio de Zapotlanejo a la zona metropolitana de Guadalajara. (c/anexo) (No se publica el anexo, ya que la contestación misma corresponde al decreto que le da origen) ENTERADO CON ACUSE DE RECIBO Y REMÍTASE AL EXPEDIENTE DEL DECRETO 25400/LX/15.

3.48. Iniciativa de ley del H. Ayuntamiento Constitucional de Tototlán, Jalisco, que aprueba su Ley de Ingresos para el ejercicio fiscal de 2016. (c/anexos) TÚRNESE A LA COMISIÓN DE HACIENDA Y PRESUPUESTOS.

TES EN EL ACUERDO LEGISLATIVO NÚMERO 1176-LX-15 Y REMÍTASE COPIA AL COMITÉ DE PETICIONES Y ATENCIÓN CIUDADANA, PARA SU CONOCIMIENTO.

3.49. Ocurso suscrito por Lilia Nancy de la Rosa Ramírez, por el que solicita su inamovilidad por haber transcurrido más de seis meses de trabajo ininterrumpido en el H. Congreso del estado de Jalisco. TÚRNESE A LA COMISIÓN DE ADMINISTRACIÓN.

3.44. Ocurso suscrito por Dulce Milagros Villaseñor López, por el que solicita se le llame a rendir protesta constitucional para desempeñarse en el cargo de diputada de la LX Legislatura del Estado a partir del 16 de agosto de 2015. (c/anexo) ENTERADO CON ACUSE DE RECIBO Y TÚRNESE A LA MESA DIRECTIVA.

3.50. Ocurso suscrito por José Luis Salgado Cortés, mediante el cual remite una serie de peticiones para reactivar el Centro Histórico de Guadalajara. TÚRNESE AL COMITÉ DE PETICIONES Y ATENCIÓN CIUDADANA.

3.45. Iniciativa de decreto del H. Ayuntamiento Constitucional de Jocotepec, Jalisco, que aprueba sus tablas de valores para el ejercicio fiscal de 2016. TÚRNESE A LA COMISIÓN DE HACIENDA Y PRESUPUESTOS. 3.46. Oficio número 427/2015 de la Secretaría del H. Ayuntamiento Constitucional de Arandas, Jalisco, mediante el cual informa sobre la reincorporación al cargo del Presidente y del Síndico de dicho municipio. ENTERADO CON ACUSE DE RECIBO Y TÚRNESE A LA COMISIÓN DE VIGILANCIA, A FIN DE QUE POR SU CONDUCTO SE REMITA A LA AUDITORÍA SUPERIOR DEL ESTADO,

3.51. Oficio número 400/20154/426 del Secretario del H. Ayuntamiento Constitucional de Zapopan, Jalisco, por el que da respuesta al acuerdo legislativo número 1274-LX-15 informando que el Órgano de Control Disciplinario no ha iniciado ningún procedimiento administrativo en contra de la Dirección de Obra Pública y la Dirección de Ecología, en virtud de que no ha mediado ninguna instrucción o solicitud en dichos términos a esa Sindicatura Municipal. (c/anexo) (No se publica el anexo, ya que la contestación misma corresponde al acuerdo legislativo que le da origen) ENTERADO CON ACUSE DE RECIBO, TÚRNESE A SUS ANTECEDENTES EN EL ACUERDO LEGISLATIVO NÚMERO


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1274-LX-15

Y REMÍTASE COPIA AL DIPUTADO ÉDGAR ENRIQUE VELÁZQUEZ GONZÁLEZ, PARA SU CONOCIMIENTO.

3.52. Oficio número 400/20154/427 del Secretario del H. Ayuntamiento Constitucional de Zapopan, Jalisco, por el que da respuesta al acuerdo legislativo número 1270-LX-15 informando las acciones que se han emprendido para dar cabal cumplimiento a la recomendación 1/2009 que emitió la Comisión Estatal de los Derechos Humanos. (c/anexo) (No se publica el anexo, ya que la contestación misma corresponde al acuerdo legislativo que le da origen) ENTERADO CON ACUSE DE RECIBO, TÚRNESE A SUS ANTECEDENTES EN EL ACUERDO LEGISLATIVO NÚMERO 1270-LX-15 Y REMÍTASE COPIA AL DIPUTADO SALVADOR ZAMORA ZAMORA, PARA SU CONOCIMIENTO.

3.53. Oficio número SG/AM/LIB/ 0767/2015 del Director de Archivo del H. Ayuntamiento Constitucional de Guadalajara, Jalisco, mediante el cual remite un ejemplar de la Gaceta Municipal, del tomo IV, número 10, primera sección, año 98, del 30 de julio de 2015. (c/anexo) (Dada la propuesta de turno, y por economía procesal, el anexo no se publica, de conformidad con el protocolo marcado con el código G-IL-ANEXOS del Sistema de Gestión de Calidad ISO 9001:2008; queda a disposición de los integrantes de la asamblea, para su revisión, en la Jefatura de Servicios Parlamentarios) ENTERADO CON ACUSE DE RECIBO Y REMÍTASE A LA BIBLIOTECA DE ESTE PODER LEGISLATIVO PARA SU GUARDA Y CUSTODIA.

3.54. Oficio número SG/2662/2015/DID del Director de Integración y Dictaminación del H. Ayuntamiento Constitucional de Tlajomulco de Zúñiga, Jalisco, mediante el cual remite un ejemplar de la Gaceta Municipal publicada el 26 de septiembre de 2013, del volumen IV, publicación XXII. (c/anexo) (Dada la propuesta de turno, y por economía procesal, el anexo no se publica, de conformidad con el protocolo marcado con el código G-IL-ANEXOS del Sistema de Gestión de Calidad ISO 9001:2008; queda a disposición de los integrantes de la

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asamblea, para su revisión, en la Jefatura de Servicios Parlamentarios) ENTERADO CON ACUSE DE RECIBO Y REMÍTASE A LA BIBLIOTECA DE ESTE PODER LEGISLATIVO PARA SU GUARDA Y CUSTODIA.

3.55. Oficio número 2430/2015 del Secretario General del H. Ayuntamiento Constitucional de Guadalajara, Jalisco, mediante el cual remite un ejemplar de la Gaceta Municipal, del tomo IV, número 12, año 98, del 3 de agosto de 2015. (c/anexo) (Dada la propuesta de turno, y por economía procesal, el anexo no se publica, de conformidad con el protocolo marcado con el código G-IL-ANEXOS del Sistema de Gestión de Calidad ISO 9001:2008; queda a disposición de los integrantes de la asamblea, para su revisión, en la Jefatura de Servicios Parlamentarios) ENTERADO CON ACUSE DE RECIBO Y REMÍTASE A LA BIBLIOTECA DE ESTE PODER LEGISLATIVO PARA SU GUARDA Y CUSTODIA.

3.56. Oficio número 2443/2015 del Secretario General del H. Ayuntamiento Constitucional de Guadalajara, Jalisco, mediante el cual remite un ejemplar de la Gaceta Municipal, del tomo IV, número 14, año 98, del 5 de agosto de 2015. (c/anexo) (Dada la propuesta de turno, y por economía procesal, el anexo no se publica, de conformidad con el protocolo marcado con el código G-IL-ANEXOS del Sistema de Gestión de Calidad ISO 9001:2008; queda a disposición de los integrantes de la asamblea, para su revisión, en la Jefatura de Servicios Parlamentarios) ENTERADO CON ACUSE DE RECIBO Y REMÍTASE A LA BIBLIOTECA DE ESTE PODER LEGISLATIVO PARA SU GUARDA Y CUSTODIA.

3.57. Oficio número 2448/2015 del Secretario General del H. Ayuntamiento Constitucional de Guadalajara, Jalisco, mediante el cual remite un ejemplar de la Gaceta Municipal, del año 98, del 26 de junio de 2015. (c/anexo) (Dada la propuesta de turno, y por economía procesal, el anexo no se publica, de conformidad con el protocolo marcado con el código G-ILANEXOS del Sistema de Gestión de Calidad ISO 9001:2008; queda a disposición de los integrantes de la asamblea, para su revisión, en la


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Jefatura de Servicios Parlamentarios)

ENTERADO CON ACUSE DE RECIBO Y REMÍTASE A LA BIBLIOTECA DE ESTE PODER LEGISLATIVO PARA SU GUARDA Y CUSTODIA.

3.58. Oficio número 2451/2015 del Secretario General del H. Ayuntamiento Constitucional de Guadalajara, Jalisco, mediante el cual remite un ejemplar de la Gaceta Municipal, del tomo IV, número 13, año 98, del 4 de agosto de 2015. (c/anexo) (Dada la propuesta de turno, y por economía procesal, el anexo no se publica, de conformidad con el protocolo marcado con el código G-IL-ANEXOS del Sistema de Gestión de Calidad ISO 9001:2008; queda a disposición de los integrantes de la asamblea, para su revisión, en la Jefatura de Servicios Parlamentarios) ENTERADO CON ACUSE DE RECIBO Y REMÍTASE A LA BIBLIOTECA DE ESTE PODER LEGISLATIVO PARA SU GUARDA Y CUSTODIA.

3.59. Oficio número SG/2015/DID del Director de Integración y Dictaminación del H. Ayuntamiento Constitucional de Tlajomulco de Zúñiga, Jalisco, mediante el cual remite un ejemplar de la Gaceta Municipal publicada el 8 de julio de 2013, del volumen IV, publicación XIII. (c/anexo) (Dada la propuesta de turno, y por economía procesal, el anexo no se publica, de conformidad con el protocolo marcado con el código G-IL-ANEXOS del Sistema de Gestión de Calidad ISO 9001:2008; queda a disposición de los integrantes de la asamblea, para su revisión, en la Jefatura de Servicios Parlamentarios) ENTERADO CON ACUSE DE RECIBO Y REMÍTASE A LA BIBLIOTECA DE ESTE PODER LEGISLATIVO PARA SU GUARDA Y CUSTODIA.

3.60. Oficio número SG/1062/ 2015/ DAAS/P.A del Secretario General del H. Ayuntamiento Constitucional de Tlajomulco de Zúñiga, Jalisco, mediante el cual informa, entre otras cosas, que se aprobó la renuncia presentada por el Tesorero Municipal, con efectos a partir del 29 de julio de 2015. ENTERADO CON ACUSE DE RECIBO Y TÚRNESE A LA COMISIÓN DE VIGILANCIA, A FIN DE QUE POR SU CONDUCTO SE REMITA A LA AUDITORÍA SUPERIOR DEL ESTADO, PARA LOS EFECTOS LEGALES DE SU INTERVEN-

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CIÓN.

3.61. Oficio número 818/2015 del Secretario General de Gobierno, mediante el cual remite copia del oficio suscrito por el Secretario de Movilidad por el que se da respuesta al acuerdo legislativo número 1413-LX-15 informando que se aprobó un punto de acuerdo para que el municipio de Tuxpan, Jalisco, absorba las funciones de tránsito y vialidad. (c/anexo) (No se publica el anexo, ya que la contestación misma corresponde al acuerdo legislativo que le da origen) ENTERADO CON ACUSE DE RECIBO Y TÚRNESE A SUS ANTECEDENTES EN EL ACUERDO LEGISLATIVO NÚMERO 1413-LX-15.

3.62. Oficio sin número del H. Congreso del estado de San Luis Potosí, mediante el cual se informa sobre la clausura del segundo periodo ordinario de sesiones del tercer año de ejercicio legal y la instalación de la diputación permanente que fungirá durante el receso del 1.° de julio al 13 de septiembre de 2015. ENTERADO CON ACUSE DE RECIBO. 3.63. Circular número 64 del H. Congreso del estado de Colima, mediante la cual se informa sobre la elección de presidente y vicepresidente de la mesa directiva que fungirá en agosto durante el segundo periodo ordinario de sesiones, correspondiente al tercer año de ejercicio constitucional. ENTERADO CON ACUSE DE RECIBO. 3.64. Circular número HCE/OM /0137/ 2015 del H. Congreso del estado de Tabasco, mediante la cual se informa sobre la elección de la mesa directiva que fungió durante el segundo periodo extraordinario de sesiones del tercer año de ejercicio constitucional. ENTERADO CON ACUSE DE RECIBO. 3.65. Circular número 40 del H. Congreso del estado de Campeche, mediante la cual se informa sobre la clausura de trabajos del primer periodo extraordinario de sesiones, correspondiente al segundo periodo de receso del tercer año de ejercicio constitucional. ENTERADO CON ACUSE DE RECIBO.


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3.66. Circular número 39 del H. Congreso del Estado de Campeche, mediante la cual se informa sobre la apertura de los trabajos del primer periodo extraordinario de sesiones, correspondiente al segundo periodo de receso del tercer año de ejercicio constitucional. ENTERADO CON ACUSE DE RECIBO. 3.67. Iniciativa de decreto del H. Ayuntamiento Constitucional de Tecolotlán, Jalisco, que aprueba sus tablas de valores para el ejercicio fiscal de 2016. (c/anexo) TÚRNESE A LA COMISIÓN DE HACIENDA Y PRESUPUESTOS. 3.68. Iniciativa de ley del H. Ayuntamiento Constitucional de San Martín de Bolaños, Jalisco, que aprueba su Ley de Ingresos para el ejercicio fiscal de 2016. (c/anexo) TÚRNESE A LA COMISIÓN DE HACIENDA Y PRESUPUESTOS. 3.69. Oficio número NA-95/2015-K del Secretario del H. Ayuntamiento Constitucional de San Pedro Tlaquepaque, Jalisco, por el que informa que se autorizó la licencia por tiempo indefinido al regidor Germán Ernesto Ralis Cumplido, a partir del 31 de agosto de 2015. ENTERADO CON ACUSE DE RECIBO. 3.70. Oficio número J.P. 86-2015 del Director del Órgano Técnico de Responsabilidades mediante el cual, en cumplimiento de lo dispuesto por los artículos 12 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos y 36, fracciones IV y V, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del estado de Jalisco, se informa a la asamblea que los ciudadanos Marisol Palma Herrera, Gloria Bayardo Ramírez, Susana Patricia Orozco Lara, José Gorosita Ortega, Claudia Moreno Sifuentes, Carlos Moreno Sifuentes y Alejandra Vanesa Delgado Villalvazo ratificaron ante su presencia, con fecha 10 de agosto de 2015, la denuncia de juicio político presentada en contra de los ciudadanos Myriam Vachez Plagnol, Ricardo Villanueva Lomelí y Juan José Bañuelos Guardado, en sus cargos de secretaria de cultura, secretario de administración, planeación y finanzas y contralor del Gobierno del estado de Jalisco, registrado bajo expediente número 32/2015. (c/anexo) (El

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anexo no se publica, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 17, numeral 1, fracción I, inciso g) y fracción V de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios; queda a disposición de los integrantes de la asamblea, para su revisión, en la Jefatura de Servicios Parlamentarios) TÚRNESE A LA COMISIÓN DE RESPONSABILIDADES. 3.71. Oficio número 129 del Secretario de Salud del Estado, mediante el cual da respuesta al acuerdo legislativo número 1352-LX-15 informando que se entregaron a los municipios aledaños al volcán de Colima 7,000 piezas de cubrebocas, en coordinación con Protección Civil y DIF Municipal. ENTERADO CON ACUSE DE RECIBO Y TÚRNESE A SUS ANTECEDENTES EN EL ACUERDO LEGISLATIVO NÚMERO 1352-LX-15.

3.72. Iniciativa de decreto del H. Ayuntamiento Constitucional de Autlán de Navarro, Jalisco, que aprueba sus tablas de valores para el ejercicio fiscal de 2016. (c/anexo) TÚRNESE A LA COMISIÓN DE HACIENDA Y PRESUPUESTOS. 3.73. Ocurso suscrito por la ciudadana Bertha María Elena Godoy Rivera, dirigido al Delegado del Registro Agrario Nacional Jalisco, por el que solicita, entre otras cosas, se comisione personal para la ejecución del reconocimiento, el replanteo de linderos, así como depuración censal referente a los terrenos comunales del poblado de Tenzompa, del municipio de Huejuquilla el Alto, Jalisco. (c/anexo) (Dada la propuesta de turno, y por economía procesal, el anexo no se publica, de conformidad con el protocolo marcado con el código GIL-ANEXOS del Sistema de Gestión de Calidad ISO 9001:2008; queda a disposición de los integrantes de la asamblea, para su revisión, en la Jefatura de Servicios Parlamentarios) ENTERADO CON ACUSE DE RECIBO. 3.74. Oficio número SG/AM/LIB/ 0785/2015 del Director de Archivo del H. Ayuntamiento Constitucional de Guadalajara, Jalisco, mediante el cual remite un ejemplar de la Gaceta Municipal, del tomo IV, número 13,


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año 98, del 4 de agosto de 2015. (c/anexo) (Dada la propuesta de turno, y por economía procesal, el anexo no se publica, de conformidad con el protocolo marcado con el código G-ILANEXOS del Sistema de Gestión de Calidad ISO 9001:2008; queda a disposición de los integrantes de la asamblea, para su revisión, en la Jefatura de Servicios Parlamentarios) ENTERADO CON ACUSE DE RECIBO Y REMÍTASE A LA BIBLIOTECA DE ESTE PODER LEGISLATIVO PARA SU GUARDA Y CUSTODIA.

3.75. Oficio número SG/AM/LIB/ 0786/2015 del Director de Archivo del H. Ayuntamiento Constitucional de Guadalajara, Jalisco, mediante el cual remite un ejemplar de la Gaceta Municipal, del tomo IV, número 14, año 98, del 5 de agosto de 2015. (c/anexo) (Dada la propuesta de turno, y por economía procesal, el anexo no se publica, de conformidad con el protocolo marcado con el código G-ILANEXOS del Sistema de Gestión de Calidad ISO 9001:2008; queda a disposición de los integrantes de la asamblea, para su revisión, en la Jefatura de Servicios Parlamentarios) ENTERADO CON ACUSE DE RECIBO Y REMÍTASE A LA BIBLIOTECA DE ESTE PODER LEGISLATIVO PARA SU GUARDA Y CUSTODIA.

3.76. Oficio número DAP/1827 del H. Congreso del estado de Zacatecas, mediante el cual remite un acuerdo por el que se exhorta a este Congreso a que se autoricen instrumentos legislativos encaminados a la elaboración del proyecto de construcción de un puente superior vehicular sobre la autopista AguascalientesLeón. (c/anexo) (Dada la propuesta de turno, y por economía procesal, el anexo no se publica, de conformidad con el protocolo marcado con el código G-IL-ANEXOS del Sistema de Gestión de Calidad ISO 9001:2008; queda a disposición de los integrantes de la asamblea, para su revisión, en la Jefatura de Servicios Parlamentarios) ENTERADO CON ACUSE DE RECIBO Y REMÍTASE COPIA A LA COMISIÓN DE VIALIDAD, TRANSPORTE Y COMUNICACIONES, PARA SU CONOCIMIENTO. 3.77. Ocurso suscrito por Martín Robles

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Gutiérrez, por el que solicita copias certificadas de diversos documentos para el juicio de amparo 562/2015. COMO SE SOLICITA, CONDICIONADO A SU EXISTENCIA Y PREVIO PAGO DE LOS DERECHOS CORRESPONDIENTES, DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 27, FRACCIÓN VI, DE LA LEY DE INGRESOS DEL ESTADO DE JALISCO PARA EL EJERCICIO FISCAL DE 2015.

3.78. Oficio número 1332/14-C/SG15 del Secretario General del H. Ayuntamiento Constitucional de San Juan de los Lagos, Jalisco, dirigido al Presidente Municipal de ese ayuntamiento, mediante el cual remite el voto a la minuta de decreto número 25422 que adiciona un segundo párrafo al artículo 53 de la Constitución Política del estado de Jalisco. (c/anexo) TÚRNESE A LA COMISIÓN DE PUNTOS CONSTITUCIONALES, ESTUDIOS LEGISLATIVOS Y REGLAMENTOS.

3.79. Oficio número 271/SG/2015 del Secretario General del H. Ayuntamiento Constitucional de Atoyac, Jalisco, mediante el cual remite modificaciones a su Presupuesto de Egresos para el ejercicio fiscal de 2015. (Dada la propuesta de turno, y por economía procesal, el anexo no se publica, de conformidad con el protocolo marcado con el código G-ILANEXOS del Sistema de Gestión de Calidad ISO 9001:2008; queda a disposición de los integrantes de la asamblea, para su revisión, en la Jefatura de Servicios Parlamentarios. ENTERADO CON ACUSE DE RECIBO Y TÚRNESE A LA COMISIÓN DE VIGILANCIA, A FIN DE QUE POR SU CONDUCTO SE REMITA A LA AUDITORÍA SUPERIOR DEL ESTADO, PARA LOS EFECTOS LEGALES DE SU INTERVENCIÓN.

3.80. Iniciativa de ley del H. Ayuntamiento Constitucional de Ojuelos de Jalisco, Jalisco, que aprueba su Ley de Ingresos para el ejercicio fiscal de 2016. (c/anexo) TÚRNESE A LA COMISIÓN DE HACIENDA Y PRESUPUESTOS. 3.81. Iniciativa de ley del H. Ayuntamiento Constitucional de Jalostotitlán, Jalisco, que aprueba su Ley de Ingresos para el ejercicio fiscal de 2016. (c/anexo) TÚRNESE A LA COMI-


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SIÓN DE HACIENDA Y PRESUPUESTOS.

3.82. Iniciativa de decreto del H. Ayuntamiento Constitucional de Jalostotitlán, Jalisco, que aprueba sus tablas de valores para el ejercicio fiscal de 2016. (c/anexo) TÚRNESE A LA COMISIÓN DE HACIENDA Y PRESUPUESTOS. 3.83. Copia del oficio UTZMG-R-164/15 del Rector de la Universidad Tecnológica de la Zona Metropolitana de Guadalajara, dirigido al Gobernador del Estado, por el que solicita se realicen las gestiones correspondientes para que se ministren los recursos adeudados por el Gobierno del Estado en los ejercicios 2010, 2011, 2012, 2013 y 2014. (c/anexo) (Dada la propuesta de turno, y por economía procesal, el anexo no se publica, de conformidad con el protocolo marcado con el código G-IL-ANEXOS del Sistema de Gestión de Calidad ISO 9001:2008; queda a disposición de los integrantes de la asamblea, para su revisión, en la Jefatura de Servicios Parlamentarios) ENTERADO CON ACUSE DE RECIBO Y REMÍTASE COPIA A LA COMISIÓN DE HACIENDA Y PRESUPUESTOS, PARA SU CONOCIMIENTO.

3.84. Oficio del Secretario General de este Congreso, mediante el cual presenta la ratificación del Tribunal de Arbitraje y Escalafón del Estado para suspender de su cargo al Presidente Municipal del H. Ayuntamiento Constitucional de Zapotlanejo, Jalisco, por un plazo de quince días, sin goce de sueldo, por no dar cumplimiento a la resolución emitida en el juicio laboral número 132/2007-B1. (c/anexo) (El anexo no se publica, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 17, numeral 1, fracción V, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios; queda a disposición de los integrantes de la asamblea, para su revisión, en la Jefatura de Servicios Parlamentarios) TÚRNESE A LAS COMISIONES DE GOBERNACIÓN Y DE DESARROLLO MUNICIPAL.

3.85. Oficio del Secretario General de este Congreso, mediante el cual presenta la ratificación del Tribunal de Arbitraje y Escalafón del

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Estado para suspender de su cargo al Síndico Municipal del H. Ayuntamiento Constitucional de Tonalá, Jalisco, por un plazo de quince días, sin goce de sueldo, por no dar cumplimiento a la resolución emitida en el juicio laboral número 1205/2012-B2. (c/anexo) (El anexo no se publica, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 17, numeral 1, fracción V, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios; queda a disposición de los integrantes de la asamblea, para su revisión, en la Jefatura de Servicios Parlamentarios) TÚRNESE A LAS COMISIONES DE GOBERNACIÓN Y DE DESARROLLO MUNICIPAL.

3.86. Oficio del Secretario General del H. Ayuntamiento Constitucional de Puerto Vallarta, Jalisco, mediante el cual remite el voto a la minuta de decreto número 25023, que reforma los artículos 4.°, 5.° y 15 de la Constitución Política del estado de Jalisco. (s/anexo) ENTERADO CON ACUSE DE RECIBO Y REMÍTASE A SUS ANTECEDENTES EN EL DECRETO NÚMERO 25023/LX/15.

3.87. Oficio sin número del Coordinador de Alianza Joven del Partido Nueva Alianza, por el que se exhorta al H. Congreso del estado de Jalisco a que en la Ley de Atención a la Juventud del estado de Jalisco se incluya la obligación de la organización del gasto con perspectiva generacional. (s/anexo) TÚRNESE AL COMITÉ DE PETICIONES Y ATENCIÓN CIUDADANA. 3.88. Oficio número 157/2015 del Secretario General del H. Ayuntamiento Constitucional Tototlán, Jalisco, mediante el cual remite el voto a la minuta de decreto número 25422 que adiciona un segundo párrafo al artículo 53 de la Constitución Política del estado de Jalisco. TÚRNESE A LA COMISIÓN DE PUNTOS CONSTITUCIONALES, ESTUDIOS LEGISLATIVOS Y REGLAMENTOS.

3.89. Iniciativa de ley del H. Ayuntamiento Constitucional de Ayotlán Jalisco, que aprueba su Ley de Ingresos para el ejercicio fiscal de 2016. (c/anexo) TÚRNESE A LA COMI-


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SIÓN DE HACIENDA Y PRESUPUESTOS.

3.90. Iniciativa de ley del H. Ayuntamiento Constitucional de Colotlán, Jalisco, que aprueba su Ley de Ingresos para el ejercicio fiscal de 2016. (c/anexo) TÚRNESE A LA COMISIÓN DE HACIENDA Y PRESUPUESTOS. 3.91. Oficio número 1461/0178/2015 del H. Ayuntamiento Constitucional de Zapopan, Jalisco, mediante el cual informa que se autorizó la desincorporación y baja del inventario municipal de 948 chalecos antibalas y 949 placas balísticas que ya caducaron. (s/anexo) ENTERADO CON ACUSE DE RECIBO Y TÚRNESE A LA COMISIÓN DE VIGILANCIA, A FIN DE QUE POR SU CONDUCTO SE REMITA A LA AUDITORÍA SUPERIOR DEL ESTADO, PARA LOS EFECTOS LEGALES DE SU INTERVENCIÓN.

3.92. Oficio número 876/2015 del Secretario General de Gobierno, por el que da respuesta al acuerdo legislativo número 1342-LX15 comunicando que la información solicitada tiene carácter de reservada y no se puede proporcionar, ya que se transgredirían los derechos de las víctimas a quienes se les protegen su derecho a la intimidad, identidad, y datos personales. ENTERADO CON ACUSE DE RECIBO, REMÍTASE A SUS ANTECEDENTES EN EL ACUERDO LEGISLATIVO 1342-LX-15 Y REMÍTASE COPIA A LA JUNTA DE COORDINACIÓN POLÍTICA, PARA SU CONOCIMIENTO.

3.93. Oficio número 874/2015 del Secretario General de Gobierno, por el que da respuesta al acuerdo legislativo número 1255-LX15 informando que la Secretaría de Cultura se encuentra en proceso de actualización del inventario estatal de patrimonio cultural. ENTERADO CON ACUSE DE RECIBO, REMÍTASE A SUS

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14 informando que no se cuenta con los recursos suficientes para atender lo exhortado y que, no obstante a lo anterior, la Unidad Estatal de Protección Civil y Bomberos mantiene contacto constante con las respectivas instancias municipales y les comparte asesoría, capacitación y apoyo operativo de forma permanente. ENTERADO CON ACUSE DE RECIBO, REMÍTASE A SUS ANTECEDENTES EN EL ACUERDO LEGISLATIVO 1076-LX-14 Y REMÍTASE COPIA A LA FRACCIÓN PARLAMENTARIA DEL PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA, PARA SU CONOCIMIENTO.

3.95. Oficio número 122/2015 del Secretario General del H. Ayuntamiento Constitucional de San Miguel el Alto, Jalisco, mediante el cual remite el voto a la minuta de decreto número 25422 que adiciona un segundo párrafo al artículo 53 de la Constitución Política del estado de Jalisco. TÚRNESE A LA COMISIÓN DE PUNTOS CONSTITUCIONALES, ESTUDIOS LEGISLATIVOS Y REGLAMENTOS. 3.96. Oficio número DGSP/DPS/DMS/ 118/15 del Secretario de Salud del Estado, por el que da respuesta al acuerdo legislativo número 1414-LX-15 informando que en la ferias de salud realizadas por la Secretaría de Salud Jalisco se llevan a cabo actividades de prevención, promoción y educación para la salud dirigidas a las familias jornaleras migrantes que en su momento se encuentren habitando en albergue. ENTERADO CON ACUSE DE RECIBO, REMÍTASE A SUS ANTECEDENTES EN EL ACUERDO LEGISLATIVO 1414-LX-15 Y REMÍTASE COPIA A LA COMISIÓN DE ASUNTOS INDÍGENAS, PARA SU CONOCIMIENTO.

ANTECEDENTES EN EL ACUERDO LEGISLATIVO 1255-LX-15 Y REMÍTASE COPIA AL DIPUTADO JULIO NELSON GARCÍA SÁNCHEZ, PARA SU CONOCIMIENTO.

3.97. Oficio número 171/2015-D.P del H. Congreso del estado de Quintana Roo, mediante el cual informa sobre la elección de la mesa directiva que presidirá los trabajos del segundo periodo extraordinario de sesiones del segundo año de ejercicio constitucional. ENTERADO CON ACUSE DE RECIBO.

3.94. Oficio número 849/2015 del Secretario General de Gobierno, por el que da respuesta al acuerdo legislativo número 1076-LX-

3.98. Iniciativa de ley del H. Ayuntamiento Constitucional de Sayula, Jalisco, que aprueba su Ley de Ingresos para el ejercicio fiscal de


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2016. (c/anexo)

TÚRNESE A LA COMISIÓN DE HACIENDA Y PRESUPUESTOS.

3.99. Iniciativa de ley del H. Ayuntamiento Constitucional de Ixtlahuacán del Río, Jalisco, que aprueba su Ley de Ingresos para el ejercicio fiscal de 2016. (c/anexo) TÚRNESE A LA COMISIÓN DE HACIENDA Y PRESUPUESTOS. 3.100. Oficio número B-230/2015 del Secretario General del H. Ayuntamiento Constitucional de Degollado, Jalisco, mediante el cual remite el voto a la minuta de decreto número 25422 que adiciona un segundo párrafo al artículo 53 de la Constitución Política del estado de Jalisco. TÚRNESE A LA COMISIÓN DE PUNTOS CONSTITUCIONALES, ESTUDIOS LEGISLATIVOS Y REGLAMENTOS. 3.101. Oficio número 253/2013 del Director General del SAPASCO (Sistema de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento) del H. Ayuntamiento Constitucional de Colotlán, Jalisco, mediante el cual presenta el dictamen que aprueba las cuotas y tarifas de agua potable, alcantarillado y saneamiento para el periodo fiscal de 2016. (c/anexo) TÚRNESE A LA COMISIÓN DE HACIENDA Y PRESUPUESTOS.

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CONDUCTO SE REMITA A LA AUDITORÍA SUPERIOR DEL ESTADO, PARA LOS EFECTOS LEGALES DE SU INTERVENCIÓN.

3.103. Oficio número 2569/15/del Secretario General del H. Ayuntamiento Constitucional de Guadalajara, Jalisco, mediante el cual remite el decreto que autoriza el fallo emitido respecto a la concesión de las fracciones de dos inmuebles, una en avenida Chapultepec y otra en la calle Magisterio, para construcción, uso, aprovechamiento, operación, administración, mantenimiento, explotación comercial y concesión de servicio público, para los estacionamientos de estructura subterránea que se edificarán y operarán en dichas fracciones. (c/anexo) (Dada la propuesta de turno, y por economía procesal, el anexo no se publica, de conformidad con el protocolo marcado con el código G-IL-ANEXOS del Sistema de Gestión de Calidad ISO 9001:2008; queda a disposición de los integrantes de la asamblea, para su revisión, en la Jefatura de Servicios Parlamentarios) ENTERADO CON ACUSE DE RECIBO Y TÚRNESE A LA COMISIÓN DE VIGILANCIA, A FIN DE QUE POR SU CONDUCTO SE REMITA A LA AUDITORÍA SUPERIOR DEL ESTADO, PARA LOS EFECTOS LEGALES DE SU INTERVENCIÓN.

3.102. Oficio número 2560/15 del Secretario General del H. Ayuntamiento Constitucional de Guadalajara, Jalisco, mediante el cual remite el decreto que autoriza el fallo emitido respecto a la concesión de la fracción de la calle Belén y Humboldt, para la construcción, uso, aprovechamiento, operación, administración, mantenimiento, explotación comercial y concesión del servicio público del estacionamiento de estructura subterránea que se edificará y operará en dicha fracción de terreno. (c/anexo) (Dada la propuesta de turno, y por economía procesal, el anexo no se publica, de conformidad con el protocolo marcado con el código GIL-ANEXOS del Sistema de Gestión de Calidad ISO 9001:2008; queda a disposición de los integrantes de la asamblea, para su revisión, en la Jefatura de Servicios Parlamentarios) ENTE-

3.104. Oficio número 2495/2015 del Secretario General del H. Ayuntamiento Constitucional de Guadalajara, Jalisco, mediante el cual remite un ejemplar de la Gaceta Municipal, del tomo IV, número 9, año 98, del 25 de julio de 2015. (c/anexo) (Dada la propuesta de turno, y por economía procesal, el anexo no se publica, de conformidad con el protocolo marcado con el código G-IL-ANEXOS del Sistema de Gestión de Calidad ISO 9001:2008; queda a disposición de los integrantes de la asamblea, para su revisión, en la Jefatura de Servicios Parlamentarios) ENTERADO CON ACUSE DE RECIBO Y TÚRNESE A LA COMISIÓN DE VIGILANCIA, A FIN

RADO CON ACUSE DE RECIBO Y TÚRNESE A LA COMISIÓN DE VIGILANCIA, A FIN DE QUE POR SU

3.105. Oficio número ME1/3632/2015 del Secretario General del Tribunal de Arbitraje y

DE QUE POR SU CONDUCTO SE REMITA A LA AUDITORÍA SUPERIOR DEL ESTADO, PARA LOS EFECTOS LEGALES DE SU INTERVENCIÓN.


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Escalafón, mediante el cual solicita se informen las gestiones realizadas en el trámite de suspensión del Presidente Municipal de Gómez Farías, Jalisco, con relación al juicio laboral número 157/2010-E. (c/anexo) (El anexo no se publica, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 17, numeral 1, fracción V, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios; queda a disposición de los integrantes de la asamblea, para su revisión, en la Jefatura de Servicios Parlamentarios) TÚRNESE A LAS COMISIONES DE GOBERNACIÓN Y DE DESARROLLO MUNICIPAL.

3.106. Iniciativa de decreto del H. Ayuntamiento Constitucional de Mascota, Jalisco, que aprueba sus tablas de valores para el ejercicio fiscal de 2016. (c/anexo) TÚRNESE A LA COMISIÓN DE HACIENDA Y PRESUPUESTOS.

3.107. Iniciativa de decreto del H. Ayuntamiento Constitucional de Colotlán, Jalisco, que aprueba sus tablas de valores para el ejercicio fiscal de 2016. TÚRNESE A LA COMISIÓN DE HACIENDA Y PRESUPUESTOS. 3.108. Oficio número SELAP/300/ 1684/15 del Subsecretario de Enlace Legislativo y Acuerdos Políticos, por el que da respuesta al acuerdo legislativo número 1416-LX-15 informando que la Secretaría de Desarrollo Social no tiene atribuciones para la inclusión del área metropolitana del sur de Jalisco, integrada por los municipios de Zapotlán el Grande, Zapotiltic y Gómez Farías, y del área metropolitana de Autlán, integrada por los municipios de Autlán de Navarro, El Grullo y El Limón, en la delimitación de las zonas metropolitanas de México. (c/anexo) (No se publica el anexo, ya que la contestación misma corresponde al acuerdo legislativo que le da origen) ENTERADO CON ACUSE DE RECIBO, REMÍTASE A SUS ANTECEDENTES EN EL ACUERDO LEGISLATIVO 1416-LX-15 Y REMÍTASE COPIA A LOS DIPUTADOS SALVADOR ZAMORA ZAMORA, VERÓNICA DELGADILLO GARCÍA, ALBERTO ESQUER GUTIÉRREZ Y FABIOLA RAQUEL GUADALUPE LOYA HERNÁNDEZ, PA-

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RA SU CONOCIMIENTO.

3.109. Oficio número SELAP/UEL/ 311/1417/15 del Encargado del Despacho de la Unidad de Enlace Legislativo, por el que da respuesta al acuerdo legislativo número 1172LX-14 informando, entre otras cosas, que a la fecha se continúan realizando diligencias para esclarecer el destino o paradero de los 43 estudiantes normalistas. (c/anexo) (No se publica el anexo, ya que la contestación misma corresponde al acuerdo legislativo que le da origen) ENTERADO CON ACUSE DE RECIBO, REMÍTASE A SUS ANTECEDENTES EN EL ACUERDO LEGISLATIVO 1174-LX-14 Y REMÍTASE COPIA AL DIPUTADO VÍCTOR MANUEL SÁNCHEZ OROZCO, PARA SU CONOCIMIENTO.

3.110. Oficio número 651/2015 del magistrado Presidente de la Quinta Sala Unitaria del Tribunal de lo Administrativo del estado de Jalisco, mediante el cual remite informe y constancias de auditoría a dicha sala, al tomar posesión de la misma. (c/anexo) (El anexo no se publica, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 17, numeral 1, fracción I, inciso g), de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios; queda a disposición de los integrantes de la asamblea, para su revisión, en la Jefatura de Servicios Parlamentarios) TÚRNESE A LA COMISIÓN DE JUSTICIA. 3.111. Oficio número 62/2015 del H. Ayuntamiento Constitucional de Amacueca, Jalisco, mediante el cual informa que cumplió con la obligación de presentar la cuenta pública por el mes de mayo de 2015. (c/anexo) (Dada la propuesta de turno, y por economía procesal, el anexo no se publica, de conformidad con el protocolo marcado con el código G-ILANEXOS del Sistema de Gestión de Calidad ISO 9001:2008; queda a disposición de los integrantes de la asamblea, para su revisión, en la Jefatura de Servicios Parlamentarios) ENTERADO CON ACUSE DE RECIBO Y TÚRNESE A LA COMISIÓN DE VIGILANCIA, A FIN DE QUE POR SU CONDUCTO SE REMITA A LA AUDITORÍA SUPERIOR DEL ESTADO, PARA LOS EFECTOS LEGALES


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DE SU INTERVENCIÓN.

3.112. Oficio número 67/2015 del H. Ayuntamiento Constitucional de Amacueca, Jalisco, mediante el cual informa que cumplió con la obligación de presentar la cuenta pública por el mes de junio de 2015. (c/anexo) (Dada la propuesta de turno, y por economía procesal, el anexo no se publica, de conformidad con el protocolo marcado con el código G-ILANEXOS del Sistema de Gestión de Calidad ISO 9001:2008; queda a disposición de los integrantes de la asamblea, para su revisión, en la Jefatura de Servicios Parlamentarios) ENTERADO CON ACUSE DE RECIBO Y TÚRNESE A LA COMISIÓN DE VIGILANCIA, A FIN DE QUE POR SU CONDUCTO SE REMITA A LA AUDITORÍA SUPERIOR DEL ESTADO, PARA LOS EFECTOS LEGALES DE SU INTERVENCIÓN.

3.113. Oficio sin número del Presidente Municipal Interino del H. Ayuntamiento Constitucional de Atotonilco el Alto, Jalisco, mediante el cual remite el voto a la minuta de decreto número 25422 que adiciona un segundo párrafo al artículo 53 de la Constitución Política del estado de Jalisco. TÚRNESE A LA COMISIÓN DE PUNTOS CONSTITUCIONALES, ESTUDIOS LEGISLATIVOS Y REGLAMENTOS. 3.114. Oficio número 405/1.3/2014/3453 del Secretario del H. Ayuntamiento Constitucional de Zapopan, Jalisco, mediante el cual remite un ejemplar correspondiente de la Gaceta Municipal y copia del dictamen por el que se autoriza el Reglamento del Procedimiento Administrativo de Entrega-Recepción para el Gobierno y la Administración Pública Municipal de Zapopan, Jalisco. (c/anexo) (Dada la propuesta de turno, y por economía procesal, el anexo no se publica, de conformidad con el protocolo marcado con el código G-ILANEXOS del Sistema de Gestión de Calidad ISO 9001:2008; queda a disposición de los integrantes de la asamblea, para su revisión, en la Jefatura de Servicios Parlamentarios) ENTERADO CON ACUSE DE RECIBO Y REMÍTASE A LA DIRECCIÓN DE BIBLIOTECA, ARCHIVO Y EDITORIAL PARA SU GUARDA Y CUSTODIA.

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3.115. Oficio número 405/1.3/2014/3761 del Secretario del H. Ayuntamiento Constitucional de Zapopan, Jalisco, mediante el cual remite un ejemplar correspondiente de la Gaceta Municipal y copia del acuerdo por el que se aprueba la fe de erratas del dictamen relativo al expediente 132/14, por el cual se abrogó el procedimiento administrativo de entrega-recepción para el gobierno y la administración pública municipal de Zapopan, Jalisco. (c/anexo) (Dada la propuesta de turno, y por economía procesal, el anexo no se publica, de conformidad con el protocolo marcado con el código G-ILANEXOS del Sistema de Gestión de Calidad ISO 9001:2008; queda a disposición de los integrantes de la asamblea, para su revisión, en la Jefatura de Servicios Parlamentarios) ENTERADO CON ACUSE DE RECIBO Y REMÍTASE A LA DIRECCIÓN DE BIBLIOTECA, ARCHIVO Y EDITORIAL PARA SU GUARDA Y CUSTODIA.

3.116. Oficio número 405/1.3/2014/3842 del Secretario del H. Ayuntamiento Constitucional de Zapopan, Jalisco, mediante el cual remite un ejemplar correspondiente de la Gaceta Municipal y copia del dictamen que autoriza diversas modificaciones al Reglamento de Cementerios para el municipio de Zapopan. (c/anexo) (Dada la propuesta de turno, y por economía procesal, el anexo no se publica, de conformidad con el protocolo marcado con el código G-IL-ANEXOS del Sistema de Gestión de Calidad ISO 9001:2008; queda a disposición de los integrantes de la asamblea, para su revisión, en la Jefatura de Servicios Parlamentarios) ENTERADO CON ACUSE DE RECIBO Y REMÍTASE A LA DIRECCIÓN DE BIBLIOTECA, ARCHIVO Y EDITORIAL PARA SU GUARDA Y CUSTODIA.

3.117. Oficio número 405/1.3/2015/1482 del Secretario del H. Ayuntamiento Constitucional de Zapopan, Jalisco, mediante el cual remite un ejemplar correspondiente de la Gaceta Municipal y copia del dictamen que aprueba una modificación al artículo 29 del Reglamento de Asignación y Contratación de Obra Pública para el municipio de Zapopan, Jalisco. (c/anexo) (Dada la propuesta de turno, y por economía procesal, el anexo no se publica, de


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conformidad con el protocolo marcado con el código G-IL-ANEXOS del Sistema de Gestión de Calidad ISO 9001:2008; queda a disposición de los integrantes de la asamblea, para su revisión, en la Jefatura de Servicios Parlamentarios) ENTERADO CON ACUSE DE RECIBO Y REMÍTASE A LA DIRECCIÓN DE BIBLIOTECA, ARCHIVO Y EDITORIAL PARA SU GUARDA Y CUSTODIA.

3.118. Oficio número 405/1.3/2015/1538 del Secretario del H. Ayuntamiento Constitucional de Zapopan, Jalisco, mediante el cual remite un ejemplar correspondiente de la Gaceta Municipal y copia del dictamen que autoriza la creación del Reglamento de Cultura de ese municipio. (c/anexo) (Dada la propuesta de turno, y por economía procesal, el anexo no se publica, de conformidad con el protocolo marcado con el código G-IL-ANEXOS del Sistema de Gestión de Calidad ISO 9001:2008; queda a disposición de los integrantes de la asamblea, para su revisión, en la Jefatura de Servicios Parlamentarios) ENTERADO CON ACUSE DE RECIBO Y REMÍTASE A LA DIRECCIÓN DE BIBLIOTECA, ARCHIVO Y EDITORIAL PARA SU GUARDA Y CUSTODIA.

3.119. Oficio número 405/1.3/2015/1562 del Secretario del H. Ayuntamiento Constitucional de Zapopan, Jalisco, mediante el cual remite un ejemplar correspondiente de la Gaceta Municipal y copia del dictamen que autoriza la creación del Reglamento del Comité Técnico del Área Municipal de Protección Hidrológica Campana-Colomos III, del municipio de Zapopan, Jalisco. (c/anexo) (Dada la propuesta de turno, y por economía procesal, el anexo no se publica, de conformidad con el protocolo marcado con el código G-IL-ANEXOS del Sistema de Gestión de Calidad ISO 9001:2008; queda a disposición de los integrantes de la asamblea, para su revisión, en la Jefatura de Servicios Parlamentarios) ENTERADO CON ACUSE DE RECIBO Y REMÍTASE A LA DIRECCIÓN DE BIBLIOTECA, ARCHIVO Y EDITORIAL PARA SU GUARDA Y CUSTODIA.

3.120. Oficio número SG/295/2015 del Secretario General del H. Ayuntamiento Cons-

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titucional de Acatic, Jalisco, mediante el cual remite el voto a la minuta de decreto número 25422 que adiciona un segundo párrafo al artículo 53 de la Constitución Política del estado de Jalisco. (c/anexo) TÚRNESE A LA COMISIÓN DE PUNTOS CONSTITUCIONALES, ESTUDIOS LEGISLATIVOS Y REGLAMENTOS. 3.121. Oficio número SG/AM/LIB/ 0769/2015 del Director de Archivo del H. Ayuntamiento Constitucional de Guadalajara, Jalisco, por el que remite un ejemplar de la Gaceta Municipal, del tomo IV, número 12, año 98, del 3 de agosto de 2015. (c/anexo) (Dada la propuesta de turno, y por economía procesal, el anexo no se publica, de conformidad con el protocolo marcado con el código G-ILANEXOS del Sistema de Gestión de Calidad ISO 9001:2008; queda a disposición de los integrantes de la asamblea, para su revisión, en la Jefatura de Servicios Parlamentarios) ENTERADO CON ACUSE DE RECIBO Y REMÍTASE A LA DIRECCIÓN DE BIBLIOTECA, ARCHIVO Y EDITORIAL PARA SU GUARDA Y CUSTODIA.

3.122. Oficio número 1055/15 del Secretario General del H. Ayuntamiento Constitucional de Tonalá, Jalisco, mediante el cual informa que se autoriza desincorporar del patrimonio público inmuebles para pasar a patrimonio privado, a efecto de que constituyan garantía a favor de la sociedad mercantil denominada Mexiled S. A. C. V. (c/anexo) (Dada la propuesta de turno, y por economía procesal, el anexo no se publica, de conformidad con el protocolo marcado con el código G-ILANEXOS del Sistema de Gestión de Calidad ISO 9001:2008; queda a disposición de los integrantes de la asamblea, para su revisión, en la Jefatura de Servicios Parlamentarios) ENTERADO CON ACUSE DE RECIBO Y TÚRNESE A LA COMISIÓN DE VIGILANCIA, A FIN DE QUE POR SU CONDUCTO SE REMITA A LA AUDITORÍA SUPERIOR DEL ESTADO, PARA LOS EFECTOS LEGALES DE SU INTERVENCIÓN.

3.123. Oficio número DGG 0035/2015 del Director de la Secretaría General de Gobierno, por el que solicita copia de todos los


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decretos expedidos por el Poder Legislativo relacionado con los límites y división territorial de los municipios de Etzatlán, Ahualulco de Mercado, Teuchitlán, San Martín Hidalgo, Tecolotlán, Mixtlán y Guachinango. ENTERADO CON ACUSE DE RECIBO Y REMÍTASE A LA DIRECCIÓN DE BIBLIOTECA, ARCHIVO Y EDITORIAL DEL PODER LEGISLATIVO PARA QUE REMITA LA INFORMACIÓN SOLICITADA.

3.124. Oficio número 2542/15/del Secretario General del H. Ayuntamiento Constitucional de Guadalajara, Jalisco, mediante el cual remite el decreto D105/22TER/15 con dispensa de ordenamiento para modificar el decreto D 72/28/14. (c/anexo). (Dada la propuesta de turno, y por economía procesal, el anexo no se publica, de conformidad con el protocolo marcado con el código G-IL-ANEXOS del Sistema de Gestión de Calidad ISO 9001:2008; queda a disposición de los integrantes de la asamblea, para su revisión, en la Jefatura de Servicios Parlamentarios) ENTERADO CON ACUSE DE RECIBO Y TÚRNESE A LA COMISIÓN DE VIGILANCIA, A FIN DE QUE POR SU CONDUCTO SE REMITA A LA AUDITORÍA SUPERIOR DEL ESTADO, PARA LOS EFECTOS LEGALES DE SU INTERVENCIÓN.

3.125. Iniciativa de decreto del H. Ayuntamiento Constitucional de Acatic, Jalisco, que aprueba sus tablas de valores para el ejercicio fiscal de 2016. (c/anexo) TÚRNESE A LA COMISIÓN DE HACIENDA Y PRESUPUESTOS. 3.126. Iniciativa de decreto del H. Ayuntamiento Constitucional de Tecalitlán, Jalisco, que aprueba sus tablas de valores para el ejercicio fiscal de 2016. (c/anexo) TÚRNESE A LA COMISIÓN DE HACIENDA Y PRESUPUESTOS. 3.127. Iniciativa de ley del H. Ayuntamiento Constitucional de Tecalitlán, Jalisco, que aprueba su Ley de Ingresos para el ejercicio fiscal de 2016. (c/anexo) TÚRNESE A LA COMISIÓN DE HACIENDA Y PRESUPUESTOS. 3.128. Iniciativa de decreto del H. Ayuntamiento Constitucional de San Pedro Tlaquepaque, Jalisco, que solicita se apliquen descuen-

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tos sobre el pago del impuesto predial y de los derechos por la prestación de servicios en las licencias de giros de la Ley de Ingresos de dicho municipio, en beneficio de los comerciantes ubicados sobre la avenida Comonfort en su tramo de Periférico Sur hasta Independencia en Santa María Tequepexpan. TÚRNESE A LA COMISIÓN DE HACIENDA Y PRESUPUESTOS. 3.129. Iniciativa de decreto del H. Ayuntamiento Constitucional de San Pedro Tlaquepaque, Jalisco, que solicita se apliquen descuentos sobre el pago del impuesto predial y de los derechos por la prestación de servicios en las licencias de giros de la Ley de Ingresos de dicho municipio, en beneficio de los comerciantes ubicados sobre el corredor donde se realizan los trabajos de construcción de la Línea Tres del Sistema de Tren Eléctrico Urbano. TÚRNESE A LA COMISIÓN DE HACIENDA Y PRESUPUESTOS. 3.130. Oficio número 5322 del Secretario del Juzgado Primero de Distrito en Materia Administrativa y de Trabajo en el estado de Jalisco, mediante el cual informa que 1) se niega a Francisco Javier Padilla Villarruel, como tesorero municipal del H. Ayuntamiento Constitucional de Guadalajara, Jalisco, la suspensión definitiva solicitada contra las autoridades señaladas como responsables dependientes del Congreso del estado de Jalisco, por los motivos y razonamientos jurídicos expuestos en el tercer considerando de la interlocutoria pronunciada, y 2) se le concede a Francisco Javier Padilla Villarruel la suspensión definitiva solicitada contra las autoridades señaladas como responsables dependientes del Tribunal de Arbitraje y Escalafón del estado de Jalisco, por los motivos y razonamientos jurídicos expuestos en el último considerando de la interlocutoria pronunciada, con relación al juicio de amparo1576/2015. (El anexo no se publica, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 17, numeral 1, fracción V, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios; queda a disposición de los integrantes


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de la asamblea, para su revisión, en la Jefatura de Servicios Parlamentarios) TÚRNESE

LATIVOS Y REGLAMENTOS.

A LAS COMISIONES DE GOBERNACIÓN Y DE DESARROLLO MUNICIPAL Y REMÍTASE A LA DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS Y DICTAMEN LEGISLATIVO.

3.134. Acta de la undécima sesión ordinaria del H. Ayuntamiento Constitucional de Zapotlán del Rey, Jalisco, mediante la cual remite el voto a la minuta de decreto número 25422 que adiciona un segundo párrafo al artículo 53 de la Constitución Política del estado de Jalisco.

3.131. Oficio número 47018/2015 del Secretario del Juzgado Tercero de Distrito en Materia Administrativa y de Trabajo en el estado de Jalisco, mediante el cual informa, entre otras cosas, que se resuelve a la parte quejosa y se niega la medida cautelar solicitada respecto al acto reclamado consistente en la orden e imposición de la sanción de quince días sin goce de sueldo en el cargo de los ahora quejosos, contenida en el auto de fecha 1.° de junio de 2015, emitida en el juicio laboral 581/2011-E2, derivado del juicio de garantías número 1502/2015. (El anexo no se publica, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 17, numeral 1, fracción V, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios; queda a disposición de los integrantes de la asamblea, para su revisión, en la Jefatura de Servicios Parlamentarios) TÚRNESE A LAS COMISIONES DE GOBERNACIÓN Y DE DESARROLLO MUNICIPAL Y REMÍTASE A LA DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS Y DICTAMEN LEGISLATIVO.

3.132. Oficio número 1046/2015 del Secretario General del H. Ayuntamiento Constitucional de El Grullo, Jalisco, mediante el cual remite el voto a la minuta de decreto número 25422 que adiciona un segundo párrafo al artículo 53 de la Constitución Política del estado de Jalisco. TÚRNESE A LA COMISIÓN DE PUNTOS CONSTITUCIONALES, ESTUDIOS LEGISLATIVOS Y REGLAMENTOS. 3.133. Oficio número 279/SG/2015 del Secretario General del H. Ayuntamiento Constitucional de Atoyac, Jalisco, mediante el cual remite el voto a la minuta de decreto número 25422 que adiciona un segundo párrafo al artículo 53 de la Constitución Política del estado de Jalisco. TÚRNESE A LA COMISIÓN DE PUNTOS CONSTITUCIONALES, ESTUDIOS LEGIS-

TÚRNESE A LA COMISIÓN DE PUNTOS CONSTITUCIONALES, ESTUDIOS LEGISLATIVOS Y REGLAMENTOS.

3.135. Oficio número Not/116/2015 del Secretario General del H. Ayuntamiento Constitucional de Zapotlán el Grande, Jalisco, mediante el cual remite el voto a la minuta de decreto número 25422 que adiciona un segundo párrafo al artículo 53 de la Constitución Política del estado de Jalisco. TÚRNESE A LA COMISIÓN DE PUNTOS CONSTITUCIONALES, ESTUDIOS LEGISLATIVOS Y REGLAMENTOS. 3.136. Acta número 117 del H. Ayuntamiento Constitucional de Yahualica de González Gallo, Jalisco, remitiendo el voto a la minuta de decreto número 25422 que adiciona un segundo párrafo al artículo 53 de la Constitución Política del estado de Jalisco. TÚRNESE A LA COMISIÓN DE PUNTOS CONSTITUCIONALES, ESTUDIOS LEGISLATIVOS Y REGLAMENTOS.

3.137. Oficio número 177/2015-VIII del Secretario General del H. Ayuntamiento Constitucional de Villa Purificación, Jalisco, mediante el cual remite el voto a la minuta de decreto número 25422 que adiciona un segundo párrafo al artículo 53 de la Constitución Política del estado de Jalisco. TÚRNESE A LA COMISIÓN DE PUNTOS CONSTITUCIONALES, ESTUDIOS LEGISLATIVOS Y REGLAMENTOS. 3.138. Oficio número 146/SG/2015 del Secretario General del H. Ayuntamiento Constitucional de Villa Guerrero, Jalisco, mediante el cual remite el voto a la minuta de decreto número 25422 que adiciona un segundo párrafo al artículo 53 de la Constitución Política del estado de Jalisco. TÚRNESE A LA COMISIÓN DE


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PUNTOS CONSTITUCIONALES, ESTUDIOS LEGISLATIVOS Y REGLAMENTOS.

3.139. Acta de la sesión número 19/2015 del H. Ayuntamiento Constitucional de Villa Hidalgo, Jalisco, mediante la cual remite el voto a la minuta de decreto número 25422 que adiciona un segundo párrafo al artículo 53 de la Constitución Política del estado de Jalisco. TÚRNESE A LA COMISIÓN DE PUNTOS CONSTITUCIONALES, ESTUDIOS LEGISLATIVOS Y REGLAMENTOS.

3.140. Acta de la vigésima octava sesión extraordinaria del H. Ayuntamiento Constitucional de Villa Corona, Jalisco, mediante la cual remite el voto a la minuta de decreto número 25422 que adiciona un segundo párrafo al artículo 53 de la Constitución Política del estado de Jalisco. TÚRNESE A LA COMISIÓN DE PUNTOS CONSTITUCIONALES, ESTUDIOS LEGISLATIVOS Y REGLAMENTOS. 3.141. Acta número 42 de la sesión extraordinaria del H. Ayuntamiento Constitucional de Unión de Tula, Jalisco, mediante la cual remite el voto a la minuta de decreto número 25422 que adiciona un segundo párrafo al artículo 53 de la Constitución Política del estado de Jalisco. TÚRNESE A LA COMISIÓN DE PUNTOS CONSTITUCIONALES, ESTUDIOS LEGISLATIVOS Y REGLAMENTOS. 3.142. Oficio número SG047/2015 del Secretario General del H. Ayuntamiento Constitucional de Valle de Juárez, Jalisco, mediante el cual remite el voto a la minuta de decreto número 25422 que adiciona un segundo párrafo al artículo 53 de la Constitución Política del estado de Jalisco. TÚRNESE A LA COMISIÓN DE PUNTOS CONSTITUCIONALES, ESTUDIOS LEGISLATIVOS Y REGLAMENTOS. 3.143. Acta número 84 de la sesión extraordinaria del H. Ayuntamiento Constitucional de Tuxpan, Jalisco, mediante la cual se remite el voto a la minuta de decreto número 25422 que adiciona un segundo párrafo al artículo 53 de la Constitución Política del estado de Jalisco.

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TÚRNESE A LA COMISIÓN DE PUNTOS CONSTITUCIONALES, ESTUDIOS LEGISLATIVOS Y REGLAMENTOS.

3.144. Acta de la sesión extraordinaria número 53 del H. Ayuntamiento Constitucional de Tuxcueca, Jalisco, mediante la cual se remite el voto a la minuta de decreto número 25422 que adiciona un segundo párrafo al artículo 53 de la Constitución Política del estado de Jalisco. TÚRNESE A LA COMISIÓN DE PUNTOS CONSTITUCIONALES, ESTUDIOS LEGISLATIVOS Y REGLAMENTOS.

3.145. Punto de acuerdo de la vigésima séptima sesión ordinaria H. Ayuntamiento Constitucional de Tuxcacuesco, Jalisco, mediante el cual se remite el voto a la minuta de decreto número 25422 que adiciona un segundo párrafo al artículo 53 de la Constitución Política del estado de Jalisco. TÚRNESE A LA COMISIÓN DE PUNTOS CONSTITUCIONALES, ESTUDIOS LEGISLATIVOS Y REGLAMENTOS. 3.146. Acta número 6 de la sesión extraordinaria 13/08/2015 del H. Ayuntamiento Constitucional de Tototlán, Jalisco, mediante la cual se remite el voto a la minuta de decreto número 25422 que adiciona un segundo párrafo al artículo 53 de la Constitución Política del estado de Jalisco. TÚRNESE A LA COMISIÓN DE PUNTOS CONSTITUCIONALES, ESTUDIOS LEGISLATIVOS Y REGLAMENTOS. 3.147. Acta de la sesión extraordinaria número 47 del H. Ayuntamiento Constitucional de Tonila, Jalisco, mediante la cual se remite el voto a la minuta de decreto número 25422 que adiciona un segundo párrafo al artículo 53 de la Constitución Política del estado de Jalisco. TÚRNESE A LA COMISIÓN DE PUNTOS CONSTITUCIONALES, ESTUDIOS LEGISLATIVOS Y REGLAMENTOS.

3.148. Acta de la sesión extraordinaria del H. Ayuntamiento Constitucional de Tolimán, Jalisco, mediante la cual se remite el voto a la minuta de decreto número 25422 que adiciona un segundo párrafo al artículo 53 de la


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Constitución Política del estado de Jalisco. TÚRNESE A LA COMISIÓN DE PUNTOS CONSTITUCIONALES, ESTUDIOS LEGISLATIVOS Y REGLAMENTOS.

3.149. Oficio número 95/2015 del Secretario General del H. Ayuntamiento Constitucional de Tizapán, Jalisco, mediante el cual se remite el voto a la minuta de decreto número 25422 que adiciona un segundo párrafo al artículo 53 de la Constitución Política del estado de Jalisco. TÚRNESE A LA COMISIÓN DE PUNTOS CONSTITUCIONALES, ESTUDIOS LEGISLATIVOS Y REGLAMENTOS. 3.150. Oficio número SG/77 del Secretario General del H. Ayuntamiento Constitucional de Tequila, Jalisco, mediante el cual se remite el voto a la minuta de decreto número 25422 que adiciona un segundo párrafo al artículo 53 de la Constitución Política del estado de Jalisco. TÚRNESE A LA COMISIÓN DE PUNTOS CONSTITUCIONALES, ESTUDIOS LEGISLATIVOS Y REGLAMENTOS.

3.151. Acta número 41 de la sesión extraordinaria del H. Ayuntamiento Constitucional de Teocuitatlán, Jalisco, mediante la cual se remite el voto a la minuta de decreto número 25422 que adiciona un segundo párrafo al artículo 53 de la Constitución Política del estado de Jalisco. TÚRNESE A LA COMISIÓN DE PUNTOS CONSTITUCIONALES, ESTUDIOS LEGISLATIVOS Y REGLAMENTOS. 3.152. Punto del acta número 46 del 13 de agosto de 2015 del H. Ayuntamiento Constitucional de Tenamaxtlán, Jalisco, mediante el cual se remite el voto a la minuta de decreto número 25422 que adiciona un segundo párrafo al artículo 53 de la Constitución Política del estado de Jalisco. TÚRNESE A LA COMISIÓN DE PUNTOS CONSTITUCIONALES, ESTUDIOS LEGISLATIVOS Y REGLAMENTOS. 3.153. Oficio número 769/2015 del Secretario General del H. Ayuntamiento Constitucional de Teocaltiche, Jalisco, mediante el cual se remite el voto a la minuta de decreto número

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25422 que adiciona un segundo párrafo al artículo 53 de la Constitución Política del estado de Jalisco. TÚRNESE A LA COMISIÓN DE PUNTOS CONSTITUCIONALES, ESTUDIOS LEGISLATIVOS Y REGLAMENTOS. 3.154. Acta de la sesión extraordinaria del H. Ayuntamiento Constitucional de Tecalitlán, Jalisco, mediante la cual se remite el voto a la minuta de decreto número 25422 que adiciona un segundo párrafo al artículo 53 de la Constitución Política del estado de Jalisco. TÚRNESE A LA COMISIÓN DE PUNTOS CONSTITUCIONALES, ESTUDIOS LEGISLATIVOS Y REGLAMENTOS.

3.155. Acta número XXI de la sesión extraordinaria del H. Ayuntamiento Constitucional de Techaluta de Montenegro, Jalisco, mediante la cual se remite el voto a la minuta de decreto número 25422 que adiciona un segundo párrafo al artículo 53 de la Constitución Política del estado de Jalisco. TÚRNESE A LA COMISIÓN DE PUNTOS CONSTITUCIONALES, ESTUDIOS LEGISLATIVOS Y REGLAMENTOS. 3.156. Acta de la sesión extraordinaria número 27 del H. Ayuntamiento Constitucional de Tecolotlán, Jalisco, mediante la cual se remite el voto a la minuta de decreto número 25422 que adiciona un segundo párrafo al artículo 53 de la Constitución Política del estado de Jalisco. TÚRNESE A LA COMISIÓN DE PUNTOS CONSTITUCIONALES, ESTUDIOS LEGISLATIVOS Y REGLAMENTOS.

3.157. Acta número 61 de la sesión extraordinaria del H. Ayuntamiento Constitucional de Santa María del Oro, Jalisco, mediante la cual se remite el voto a la minuta de decreto número 25422 que adiciona un segundo párrafo al artículo 53 de la Constitución Política del estado de Jalisco. TÚRNESE A LA COMISIÓN DE PUNTOS CONSTITUCIONALES, ESTUDIOS LEGISLATIVOS Y REGLAMENTOS. 3.158. Acta número 48 de la sesión extraordinaria del H. Ayuntamiento Constitucional de San Sebastián del Oeste, Jalisco, median-


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te la cual se remite el voto a la minuta de decreto número 25422 que adiciona un segundo párrafo al artículo 53 de la Constitución Política del estado de Jalisco. TÚRNESE A LA COMISIÓN DE PUNTOS CONSTITUCIONALES, ESTUDIOS LEGISLATIVOS Y REGLAMENTOS. 3.159. Acta número 62, del libro 17, de la sesión extraordinaria del H. Ayuntamiento Constitucional de Sayula, Jalisco, mediante la cual se remite el voto a la minuta de decreto número 25422 que adiciona un segundo párrafo al artículo 53 de la Constitución Política del estado de Jalisco. TÚRNESE A LA COMISIÓN DE PUNTOS CONSTITUCIONALES, ESTUDIOS LEGISLATIVOS Y REGLAMENTOS.

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de San Martín de Bolaños, Jalisco, mediante la cual se remite el voto a la minuta de decreto número 25422 que adiciona un segundo párrafo al artículo 53 de la Constitución Política del estado de Jalisco. TÚRNESE A LA COMISIÓN DE PUNTOS CONSTITUCIONALES, ESTUDIOS LEGISLATIVOS Y REGLAMENTOS. 3.164. Oficio número 130/2015 del Secretario General del H. Ayuntamiento Constitucional de San Martín Hidalgo, Jalisco, mediante el cual se remite el voto a la minuta de decreto número 25422 que adiciona un segundo párrafo al artículo 53 de la Constitución Política del estado de Jalisco. TÚRNESE A LA COMISIÓN DE PUNTOS CONSTITUCIONALES, ESTUDIOS LEGISLATIVOS Y REGLAMENTOS.

3.160. Acta número 36 de la sesión ordinaria del H. Ayuntamiento Constitucional de Talpa de Allende, Jalisco, mediante la cual se remite el voto a la minuta de decreto número 25422 que adiciona un segundo párrafo al artículo 53 de la Constitución Política del estado de Jalisco. TÚRNESE A LA COMISIÓN DE PUNTOS CONSTITUCIONALES, ESTUDIOS LEGISLATIVOS Y REGLAMENTOS.

3.165. Punto de acuerdo del H. Ayuntamiento Constitucional de San Marcos, Jalisco, mediante el cual se remite el voto a la minuta de decreto número 25422 que adiciona un segundo párrafo al artículo 53 de la Constitución Política del estado de Jalisco. TÚRNESE A LA COMISIÓN DE PUNTOS CONSTITUCIONALES, ESTUDIOS LEGISLATIVOS Y REGLAMENTOS.

3.161. Oficio número 3125/15 del Secretario General del H. Ayuntamiento Constitucional de Santa María de los Ángeles, Jalisco, mediante el cual se remite el voto a la minuta de decreto número 25422 que adiciona un segundo párrafo al artículo 53 de la Constitución Política del estado de Jalisco. TÚRNESE A LA COMISIÓN DE PUNTOS CONSTITUCIONALES, ESTUDIOS LEGISLATIVOS Y REGLAMENTOS.

3.166. Acta número 74 de la sesión extraordinaria del H. Ayuntamiento Constitucional de San Juanito de Escobedo, Jalisco, mediante la cual se remite el voto a la minuta de decreto número 25422 que adiciona un segundo párrafo al artículo 53 de la Constitución Política del estado de Jalisco. TÚRNESE A LA COMISIÓN DE PUNTOS CONSTITUCIONALES, ESTUDIOS LEGISLATIVOS Y REGLAMENTOS.

3.162. Acta número 90 de la sesión extraordinaria del H. Ayuntamiento Constitucional de San Miguel el Alto, Jalisco, mediante la cual se remite el voto a la minuta de decreto número 25422 que adiciona un segundo párrafo al artículo 53 de la Constitución Política del estado de Jalisco. TÚRNESE A LA COMISIÓN DE PUNTOS CONSTITUCIONALES, ESTUDIOS LEGISLATIVOS Y REGLAMENTOS.

3.167. Oficio número 68/2015 del Secretario General del H. Ayuntamiento Constitucional de San Julián, Jalisco, mediante el cual se remite el voto a la minuta de decreto número 25422 que adiciona un segundo párrafo al artículo 53 de la Constitución Política del estado de Jalisco. TÚRNESE A LA COMISIÓN DE PUNTOS CONSTITUCIONALES, ESTUDIOS LEGISLATIVOS Y REGLAMENTOS.

3.163. Acta número 24 de la sesión extraordinaria del H. Ayuntamiento Constitucional

3.168. Oficio número S.G. 042/2015 del Secretario General del H. Ayuntamiento Cons-


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titucional de San Ignacio Cerro Gordo, Jalisco, mediante el cual se remite el voto a la minuta de decreto número 25422 que adiciona un segundo párrafo al artículo 53 de la Constitución Política del estado de Jalisco. TÚRNESE A LA COMISIÓN DE PUNTOS CONSTITUCIONALES, ESTUDIOS LEGISLATIVOS Y REGLAMENTOS.

3.169. Acta número 14 de la sesión extraordinaria del H. Ayuntamiento Constitucional de San Gabriel, Jalisco, mediante la cual se remite el voto a la minuta de decreto número 25422 que adiciona un segundo párrafo al artículo 53 de la Constitución Política del estado de Jalisco. TÚRNESE A LA COMISIÓN DE PUNTOS CONSTITUCIONALES, ESTUDIOS LEGISLATIVOS Y REGLAMENTOS. 3.170. Acta número 81 de la sesión extraordinaria del H. Ayuntamiento Constitucional de San Diego de Alejandría, Jalisco, mediante la cual se remite el voto a la minuta de decreto número 25422 que adiciona un segundo párrafo al artículo 53 de la Constitución Política del estado de Jalisco. TÚRNESE A LA COMISIÓN DE PUNTOS CONSTITUCIONALES, ESTUDIOS LEGISLATIVOS Y REGLAMENTOS.

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3.173. Oficio número 97-A del Secretario General del H. Ayuntamiento Constitucional de Poncitlán, Jalisco, mediante el cual se remite el voto a la minuta de decreto número 25422 que adiciona un segundo párrafo al artículo 53 de la Constitución Política del estado de Jalisco. TÚRNESE A LA COMISIÓN DE PUNTOS CONSTITUCIONALES, ESTUDIOS LEGISLATIVOS Y REGLAMENTOS. 3.174. Oficio número 1377/2015 del Secretario General del H. Ayuntamiento Constitucional de Ocotlán, Jalisco, mediante el cual se remite el voto a la minuta de decreto número 25422 que adiciona un segundo párrafo al artículo 53 de la Constitución Política del estado de Jalisco. TÚRNESE A LA COMISIÓN DE PUNTOS CONSTITUCIONALES, ESTUDIOS LEGISLATIVOS Y REGLAMENTOS. 3.175. Acta número 73 de la sesión extraordinaria del H. Ayuntamiento Constitucional de Mexticacán, Jalisco, mediante la cual se remite el voto a la minuta de decreto número 25422 que adiciona un segundo párrafo al artículo 53 de la Constitución Política del estado de Jalisco. TÚRNESE A LA COMISIÓN DE PUNTOS CONSTITUCIONALES, ESTUDIOS LEGISLATIVOS Y REGLAMENTOS.

3.171. Acta número 92 de la sesión extraordinaria del H. Ayuntamiento Constitucional de San Cristóbal de la Barranca, Jalisco, mediante la cual se remite el voto a la minuta de decreto número 25422 que adiciona un segundo párrafo al artículo 53 de la Constitución Política del estado de Jalisco.

3.176. Acta número 48 de la sesión extraordinaria del H. Ayuntamiento Constitucional de Mascota, Jalisco, mediante la cual se remite el voto a la minuta de decreto número 25422 que adiciona un segundo párrafo al artículo 53 de la Constitución Política del estado de Jalisco.

TÚRNESE A LA COMISIÓN DE PUNTOS CONSTITUCIONALES, ESTUDIOS LEGISLATIVOS Y REGLAMENTOS.

TÚRNESE A LA COMISIÓN DE PUNTOS CONSTITUCIONALES, ESTUDIOS LEGISLATIVOS Y REGLAMENTOS.

3.172. Acta número 42 de la sesión ordinaria del H. Ayuntamiento Constitucional de Quitupan, Jalisco, mediante la cual se remite el voto a la minuta de decreto número 25422 que adiciona un segundo párrafo al artículo 53 de la Constitución Política del estado de Jalisco.

3.177. Punto de acuerdo de la quinta sesión ordinaria del H. Ayuntamiento Constitucional de Magdalena, Jalisco, mediante el cual se remite el voto a la minuta de decreto número 25422 que adiciona un segundo párrafo al artículo 53 de la Constitución Política del estado de Jalisco. TÚRNESE A LA COMISIÓN DE PUNTOS CONSTITUCIONALES, ESTUDIOS LEGISLATIVOS Y REGLAMENTOS.

TÚRNESE A LA COMISIÓN DE PUNTOS CONSTITUCIONALES, ESTUDIOS LEGISLATIVOS Y REGLAMENTOS.


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3.178. Acta número 80 de la sesión extraordinaria del H. Ayuntamiento Constitucional de Lagos de Moreno, Jalisco, mediante la cual se remite el voto a la minuta de decreto número 25422 que adiciona un segundo párrafo al artículo 53 de la Constitución Política del estado de Jalisco. TÚRNESE A LA COMISIÓN DE PUNTOS CONSTITUCIONALES, ESTUDIOS LEGISLATIVOS Y REGLAMENTOS.

3.183. Acta número 36 de la sesión extraordinaria del H. Ayuntamiento Constitucional de Jilotlán de los Dolores, Jalisco, mediante la cual se remite el voto a la minuta de decreto número 25422 que adiciona un segundo párrafo al artículo 53 de la Constitución Política del estado de Jalisco. TÚRNESE A LA COMISIÓN DE PUNTOS CONSTITUCIONALES, ESTUDIOS LEGISLATIVOS Y REGLAMENTOS.

3.179. Punto de acuerdo de la tercera sesión extraordinaria del H. Ayuntamiento Constitucional de La Barca, Jalisco, mediante el cual se remite el voto a la minuta de decreto número 25422 que adiciona un segundo párrafo al artículo 53 de la Constitución Política del estado de Jalisco. TÚRNESE A LA COMISIÓN DE PUNTOS CONSTITUCIONALES, ESTUDIOS LEGISLATIVOS Y REGLAMENTOS.

3.184. Acta número 59 de la vigésima primera sesión extraordinaria del H. Ayuntamiento Constitucional de Etzatlán, Jalisco, mediante la cual se remite el voto a la minuta de decreto número 25422 que adiciona un segundo párrafo al artículo 53 de la Constitución Política del estado de Jalisco. TÚRNESE A LA COMISIÓN DE PUNTOS CONSTITUCIONALES, ESTUDIOS LEGISLATIVOS Y REGLAMENTOS.

3.180. Punto de acuerdo de la quincuagésima novena sesión ordinaria del H. Ayuntamiento Constitucional de Juchitlán, Jalisco, mediante el cual se remite el voto a la minuta de decreto número 25422 que adiciona un segundo párrafo al artículo 53 de la Constitución Política del estado de Jalisco. TÚRNESE A LA COMISIÓN DE PUNTOS CONSTITUCIONALES, ESTUDIOS LEGISLATIVOS Y REGLAMENTOS.

3.185. Oficio número 641 del Secretario General del H. Ayuntamiento Constitucional de Guachinango, Jalisco, mediante el cual se remite el voto a la minuta de decreto número 25422 que adiciona un segundo párrafo al artículo 53 de la Constitución Política del estado de Jalisco.

3.181. Acta número 19 de la sesión extraordinaria del H. Ayuntamiento Constitucional de Juanacatlán, Jalisco, mediante la cual se remite el voto a la minuta de decreto número 25422 que adiciona un segundo párrafo al artículo 53 de la Constitución Política del estado de Jalisco. TÚRNESE A LA COMISIÓN DE PUNTOS CONSTITUCIONALES, ESTUDIOS LEGISLATIVOS Y REGLAMENTOS.

3.186. Acta número 60 de la sesión extraordinaria del H. Ayuntamiento Constitucional de Hostotipaquillo, Jalisco, mediante la cual se remite el voto a la minuta de decreto número 25422 que adiciona un segundo párrafo al artículo 53 de la Constitución Política del estado de Jalisco. TÚRNESE A LA COMISIÓN DE PUNTOS CONSTITUCIONALES, ESTUDIOS LEGISLATIVOS Y REGLAMENTOS.

3.182. Acta número 4 de la cuarta sesión extraordinaria del H. Ayuntamiento Constitucional de Jocotepec, Jalisco, mediante la cual se remite el voto a la minuta de decreto número 25422 que adiciona un segundo párrafo al artículo 53 de la Constitución Política del estado de Jalisco. TÚRNESE A LA COMISIÓN DE PUNTOS CONSTITUCIONALES, ESTUDIOS LEGISLATIVOS Y REGLAMENTOS.

3.187. Acta número 54 de la sesión extraordinaria del H. Ayuntamiento Constitucional de Huejúcar, Jalisco, mediante la cual se remite el voto a la minuta de decreto número 25422 que adiciona un segundo párrafo al artículo 53 de la Constitución Política del estado de Jalisco.

TÚRNESE A LA COMISIÓN DE PUNTOS CONSTITUCIONALES, ESTUDIOS LEGISLATIVOS Y REGLAMENTOS.

TÚRNESE A LA COMISIÓN DE PUNTOS CONSTITUCIONALES, ESTUDIOS LEGISLATIVOS Y REGLAMENTOS.


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3.188. Acta de la trigésima primera sesión extraordinaria del H. Ayuntamiento Constitucional de Ixtlahuacán de los Membrillos, Jalisco, mediante la cual se remite el voto a la minuta de decreto número 25422 que adiciona un segundo párrafo al artículo 53 de la Constitución Política del estado de Jalisco. TÚRNESE A LA COMISIÓN DE PUNTOS CONSTITUCIONALES, ESTUDIOS LEGISLATIVOS Y REGLAMENTOS.

3.193. Acta número 10 de la sesión extraordinaria del H. Ayuntamiento Constitucional de Ejutla, Jalisco, mediante la cual se remite el voto a la minuta de decreto número 25422 que adiciona un segundo párrafo al artículo 53 de la Constitución Política del estado de Jalisco.

3.189. Acta de la segunda sesión extraordinaria del H. Ayuntamiento Constitucional de Ixtlahuacán del Río, Jalisco, mediante la cual se remite el voto a la minuta de decreto número 25422 que adiciona un segundo párrafo al artículo 53 de la Constitución Política del estado de Jalisco. TÚRNESE A LA COMISIÓN DE PUNTOS CONSTITUCIONALES, ESTUDIOS LEGISLATIVOS Y REGLAMENTOS.

3.194. Acta número 81 de la sesión extraordinaria del H. Ayuntamiento Constitucional de El Grullo, Jalisco, mediante la cual se remite el voto a la minuta de decreto número 25422 que adiciona un segundo párrafo al artículo 53 de la Constitución Política del estado de Jalisco.

3.190. Oficio número 2-3145/2015 del Secretario General del H. Ayuntamiento Constitucional de Jalostotitlán, Jalisco, mediante el cual se remite el voto a la minuta de decreto número 25422 que adiciona un segundo párrafo al artículo 53 de la Constitución Política del estado de Jalisco. TÚRNESE A LA COMISIÓN DE PUNTOS CONSTITUCIONALES, ESTUDIOS LEGISLATIVOS Y REGLAMENTOS.

3.195. Acta número 41 de la sesión del H. Ayuntamiento Constitucional de El Arenal, Jalisco, mediante la cual se remite el voto a la minuta de decreto número 25422 que adiciona un segundo párrafo al artículo 53 de la Constitución Política del estado de Jalisco.

3.191. Punto de acuerdo de la sesión número 10 extraordinaria del H. Ayuntamiento Constitucional de Jamay, Jalisco, mediante el cual se remite el voto a la minuta de decreto número 25422 que adiciona un segundo párrafo al artículo 53 de la Constitución Política del estado de Jalisco. TÚRNESE A LA COMISIÓN DE PUNTOS CONSTITUCIONALES, ESTUDIOS LEGISLATIVOS Y REGLAMENTOS.

3.196. Acta número 45 de la sesión ordinaria del H. Ayuntamiento Constitucional de Degollado, Jalisco, mediante la cual se remite el voto a la minuta de decreto número 25422 que adiciona un segundo párrafo al artículo 53 de la Constitución Política del estado de Jalisco.

3.192. Acta número 66 de la sesión extraordinaria del H. Ayuntamiento Constitucional de Jesús María, Jalisco, mediante la cual se remite el voto a la minuta de decreto número 25422 que adiciona un segundo párrafo al artículo 53 de la Constitución Política del estado de Jalisco. TÚRNESE A LA COMISIÓN DE PUNTOS CONSTITUCIONALES, ESTUDIOS LEGISLATIVOS Y REGLAMENTOS.

3.197. Acta número 12 de la sesión ordinaria del H. Ayuntamiento Constitucional de Concepción de Buenos Aires, Jalisco, mediante la cual se remite el voto a la minuta de decreto número 25422 que adiciona un segundo párrafo al artículo 53 de la Constitución Política del estado de Jalisco. TÚRNESE A LA COMISIÓN DE PUNTOS CONSTITUCIONALES, ESTUDIOS LEGISLATIVOS Y REGLAMENTOS.

TÚRNESE A LA COMISIÓN DE PUNTOS CONSTITUCIONALES, ESTUDIOS LEGISLATIVOS Y REGLAMENTOS.

TÚRNESE A LA COMISIÓN DE PUNTOS CONSTITUCIONALES, ESTUDIOS LEGISLATIVOS Y REGLAMENTOS.

TÚRNESE A LA COMISIÓN DE PUNTOS CONSTITUCIONALES, ESTUDIOS LEGISLATIVOS Y REGLAMENTOS.

TÚRNESE A LA COMISIÓN DE PUNTOS CONSTITUCIONALES, ESTUDIOS LEGISLATIVOS Y REGLAMENTOS.


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3.198. Oficio número 2019/2015 del Secretario General del H. Ayuntamiento Constitucional de Colotlán, Jalisco, mediante el cual se remite el voto a la minuta de decreto número 25422 que adiciona un segundo párrafo al artículo 53 de la Constitución Política del estado de Jalisco. TÚRNESE A LA COMISIÓN DE PUNTOS CONSTITUCIONALES, ESTUDIOS LEGISLATIVOS Y REGLAMENTOS.

3.203. Punto de acuerdo de la sesión número 33 extraordinaria del H. Ayuntamiento Constitucional de Bolaños, Jalisco, mediante el cual se remite el voto a la minuta de decreto número 25422 que adiciona un segundo párrafo al artículo 53 de la Constitución Política del estado de Jalisco. TÚRNESE A LA COMISIÓN DE PUNTOS CONSTITUCIONALES, ESTUDIOS LEGISLATIVOS Y REGLAMENTOS.

3.199. Oficio número 416/2015 de la Secretaria General del H. Ayuntamiento Constitucional de Chiquilistlán, Jalisco, mediante el cual se remite el voto a la minuta de decreto número 25422 que adiciona un segundo párrafo al artículo 53 de la Constitución Política del estado de Jalisco. TÚRNESE A LA COMISIÓN DE PUNTOS CONSTITUCIONALES, ESTUDIOS LEGISLATIVOS Y REGLAMENTOS.

3.204. Acta número 47 de la sesión ordinaria del H. Ayuntamiento Constitucional de Ayutla, Jalisco, mediante la cual se remite el voto a la minuta de decreto número 25422 que adiciona un segundo párrafo al artículo 53 de la Constitución Política del estado de Jalisco.

3.200. Acta de la tercera sesión del H. Ayuntamiento Constitucional de Chimaltitán, Jalisco, mediante la cual se remite el voto a la minuta de decreto número 25422 que adiciona un segundo párrafo al artículo 53 de la Constitución Política del estado de Jalisco.

3.205. Acta de la sesión extraordinaria número 71 del H. Ayuntamiento Constitucional de Ayotlán, Jalisco, mediante la cual se remite el voto a la minuta de decreto número 25422 que adiciona un segundo párrafo al artículo 53 de la Constitución Política del estado de Jalisco.

TÚRNESE A LA COMISIÓN DE PUNTOS CONSTITUCIONALES, ESTUDIOS LEGISLATIVOS Y REGLAMENTOS.

TÚRNESE A LA COMISIÓN DE PUNTOS CONSTITUCIONALES, ESTUDIOS LEGISLATIVOS Y REGLAMENTOS.

3.201. Oficio número 74/2015 del Secretario General del H. Ayuntamiento Constitucional de Chapala, Jalisco, mediante el cual se remite el voto a la minuta de decreto número 25422 que adiciona un segundo párrafo al artículo 53 de la Constitución Política del estado de Jalisco. TÚRNESE A LA COMISIÓN DE PUNTOS CONSTITUCIONALES, ESTUDIOS LEGISLATIVOS Y REGLAMENTOS.

3.206. Acta de la sesión extraordinaria del H. Ayuntamiento Constitucional de Autlán de Navarro, Jalisco, mediante la cual se remite el voto a la minuta de decreto número 25422 que adiciona un segundo párrafo al artículo 53 de la Constitución Política del estado de Jalisco.

3.202. Oficio número 337115 del Secretario General del H. Ayuntamiento Constitucional de Cañadas de Obregón, Jalisco, mediante el cual se remite el voto a la minuta de decreto número 25422 que adiciona un segundo párrafo al artículo 53 de la Constitución Política del estado de Jalisco. TÚRNESE A LA COMISIÓN DE PUNTOS CONSTITUCIONALES, ESTUDIOS LEGISLATIVOS Y REGLAMENTOS.

3.207. Acta número 14/2015 de la sesión extraordinaria del H. Ayuntamiento Constitucional de Atoyac, Jalisco, mediante la cual se remite el voto a la minuta de decreto número 25422 que adiciona un segundo párrafo al artículo 53 de la Constitución Política del estado de Jalisco. TÚRNESE A LA COMISIÓN DE PUNTOS CONSTITUCIONALES, ESTUDIOS LEGISLATIVOS Y REGLAMENTOS.

TÚRNESE A LA COMISIÓN DE PUNTOS CONSTITUCIONALES, ESTUDIOS LEGISLATIVOS Y REGLAMENTOS.

TÚRNESE A LA COMISIÓN DE PUNTOS CONSTITUCIONALES, ESTUDIOS LEGISLATIVOS Y REGLAMENTOS.


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Guadalajara, Jalisco, 25 de agosto de 2015

3.208. Oficio sin número del Secretario General del H. Ayuntamiento Constitucional de Atotonilco el Alto, Jalisco, mediante el cual se remite el voto a la minuta de decreto número 25422 que adiciona un segundo párrafo al artículo 53 de la Constitución Política del estado de Jalisco. TÚRNESE A LA COMISIÓN DE PUNTOS CONSTITUCIONALES, ESTUDIOS LEGISLATIVOS Y REGLAMENTOS.

3.213. Oficio número 1639/2015 de la Secretaría General del H. Ayuntamiento Constitucional de Ameca, Jalisco, mediante el cual se remite el voto a la minuta de decreto número 25422 que adiciona un segundo párrafo al artículo 53 de la Constitución Política del estado de Jalisco. TÚRNESE A LA COMISIÓN DE PUNTOS CONSTITUCIONALES, ESTUDIOS LEGISLATIVOS Y REGLAMENTOS.

3.209. Acta de la sesión extraordinaria del H. Ayuntamiento Constitucional de Atenguillo, Jalisco, mediante la cual se remite el voto a la minuta de decreto número 25422 que adiciona un segundo párrafo al artículo 53 de la Constitución Política del estado de Jalisco.

3.214. Punto de acuerdo de la sesión número 20 extraordinaria del H. Ayuntamiento Constitucional de Amatitán, Jalisco, mediante el cual se remite el voto a la minuta de decreto número 25422 que adiciona un segundo párrafo al artículo 53 de la Constitución Política del estado de Jalisco. TÚRNESE A LA COMISIÓN DE PUNTOS CONSTITUCIONALES, ESTUDIOS LEGISLATIVOS Y REGLAMENTOS.

TÚRNESE A LA COMISIÓN DE PUNTOS CONSTITUCIONALES, ESTUDIOS LEGISLATIVOS Y REGLAMENTOS.

3.210. Acta de la sesión extraordinaria del H. Ayuntamiento Constitucional de Atengo, Jalisco, mediante la cual se remite el voto a la minuta de decreto número 25422 que adiciona un segundo párrafo al artículo 53 de la Constitución Política del estado de Jalisco. TÚRNESE A LA COMISIÓN DE PUNTOS CONSTITUCIONALES, ESTUDIOS LEGISLATIVOS Y REGLAMENTOS.

3.215. Oficio número 528/2015 del Secretario General del H. Ayuntamiento Constitucional de Amacueca, Jalisco, mediante el cual se remite el voto a la minuta de decreto número 25422 que adiciona un segundo párrafo al artículo 53 de la Constitución Política del estado de Jalisco. TÚRNESE A LA COMISIÓN DE PUNTOS CONSTITUCIONALES, ESTUDIOS LEGISLATIVOS Y REGLAMENTOS.

3.211. Acta número 40 de la sesión extraordinaria del H. Ayuntamiento Constitucional de Atemajac de Brizuela, Jalisco, mediante la cual se remite el voto a la minuta de decreto número 25422 que adiciona un segundo párrafo al artículo 53 de la Constitución Política del estado de Jalisco. TÚRNESE A LA COMISIÓN DE PUNTOS CONSTITUCIONALES, ESTUDIOS LEGISLATIVOS Y REGLAMENTOS.

3.216. Punto de acuerdo de la sesión extraordinaria del H. Ayuntamiento Constitucional de la Ahualulco del Mercado, Jalisco, mediante el cual se remite el voto a la minuta de decreto número 25422 que adiciona un segundo párrafo al artículo 53 de la Constitución Política del estado de Jalisco. TÚRNESE A LA COMISIÓN DE PUNTOS CONSTITUCIONALES, ESTUDIOS LEGISLATIVOS Y REGLAMENTOS.

3.212. Oficio número 455/2015 del Secretario General del H. Ayuntamiento Constitucional de Arandas, Jalisco, mediante el cual se remite el voto a la minuta de decreto número 25422 que adiciona un segundo párrafo al artículo 53 de la Constitución Política del estado de Jalisco. TÚRNESE A LA COMISIÓN DE PUNTOS CONSTITUCIONALES, ESTUDIOS LEGISLATIVOS Y REGLAMENTOS.

3.217. Acta de la sesión extraordinaria 14/08/2015 del H. Ayuntamiento Constitucional de Acatlán de Juárez, Jalisco, mediante la cual se remite el voto a la minuta de decreto número 25422 que adiciona un segundo párrafo al artículo 53 de la Constitución Política del estado de Jalisco. TÚRNESE A LA COMISIÓN DE PUNTOS CONSTITUCIONALES, ESTUDIOS LEGISLATIVOS Y REGLAMENTOS.


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3.218. Punto de acuerdo de la sesión ordinaria del H. Ayuntamiento Constitucional de la Acatic Jalisco, mediante el cual se remite el voto a la minuta de decreto número 25422 que adiciona un segundo párrafo al artículo 53 de la Constitución Política del estado de Jalisco.

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TÚRNESE A LA COMISIÓN DE PUNTOS CONSTITUCIONALES, ESTUDIOS LEGISLATIVOS Y REGLAMENTOS.

3.223. Oficio del Secretario General del H. Ayuntamiento Constitucional de La Manzanilla de la Paz, Jalisco, mediante el cual se remite el voto a la minuta de decreto número 25422 que adiciona un segundo párrafo al artículo 53 de la Constitución Política del estado de Jalisco. TÚRNESE A LA COMISIÓN DE PUNTOS CONSTITUCIONALES, ESTUDIOS LEGISLATIVOS Y REGLAMENTOS.

3.219. Acta número 59 de la sesión extraordinaria 14/08/2015 del H. Ayuntamiento Constitucional de Cihuatlán, Jalisco, mediante la cual se remite el voto a la minuta de decreto número 25422 que adiciona un segundo párrafo al artículo 53 de la Constitución Política del estado de Jalisco. TÚRNESE A LA COMISIÓN DE PUNTOS CONSTITUCIONALES, ESTUDIOS LEGISLATIVOS Y REGLAMENTOS.

3.224. Acta número 59 de la sesión extraordinaria del H. Ayuntamiento Constitucional de Mazamitla, Jalisco, mediante la cual se remite el voto a la minuta de decreto número 25422 que adiciona un segundo párrafo al artículo 53 de la Constitución Política del estado de Jalisco. TÚRNESE A LA COMISIÓN DE PUNTOS CONSTITUCIONALES, ESTUDIOS LEGISLATIVOS Y REGLAMENTOS.

3.220. Oficio número 1811/2015 del Secretario General del H. Ayuntamiento Constitucional de Cuautitlán, Jalisco, mediante el cual se remite el voto a la minuta de decreto número 25422 que adiciona un segundo párrafo al artículo 53 de la Constitución Política del estado de Jalisco. TÚRNESE A LA COMISIÓN DE PUNTOS CONSTITUCIONALES, ESTUDIOS LEGISLATIVOS Y REGLAMENTOS.

3.225. Oficio número 335/2015 de la Secretaría General del H. Ayuntamiento Constitucional de Pihuamo, Jalisco, mediante el cual se remite el voto a la minuta de decreto número 25422 que adiciona un segundo párrafo al artículo 53 de la Constitución Política del estado de Jalisco. TÚRNESE A LA COMISIÓN DE PUNTOS CONSTITUCIONALES, ESTUDIOS LEGISLATIVOS Y REGLAMENTOS.

3.221. Acta de la decima séptima sesión extraordinaria del H. Ayuntamiento Constitucional de Gómez Farías, Jalisco, mediante la cual se remite el voto a la minuta de decreto número 25422 que adiciona un segundo párrafo al artículo 53 de la Constitución Política del estado de Jalisco. TÚRNESE A LA COMISIÓN DE PUNTOS CONSTITUCIONALES, ESTUDIOS LEGISLATIVOS Y REGLAMENTOS.

3.226. Punto de acuerdo de la sesión del Ayuntamiento del H. Ayuntamiento Constitucional de Tonaya, Jalisco, mediante el cual se remite el voto a la minuta de decreto número 25422 que adiciona un segundo párrafo al artículo 53 de la Constitución Política del estado de Jalisco. TÚRNESE A LA COMISIÓN DE PUNTOS CONSTITUCIONALES, ESTUDIOS LEGISLATIVOS Y REGLAMENTOS.

3.222. Oficio del Secretario General del H. Ayuntamiento Constitucional de La Huerta, Jalisco, mediante el cual se remite el voto a la minuta de decreto número 25422 que adiciona un segundo párrafo al artículo 53 de la Constitución Política del estado de Jalisco.

3.227. Acta de la 13 sesión extraordinaria del H. Ayuntamiento Constitucional de Zapotitlán de Vadillo, Jalisco, mediante la cual se remite el voto a la minuta de decreto número 25422 que adiciona un segundo párrafo al artículo 53 de la Constitución Política del estado de Jalisco. TÚRNESE A LA COMISIÓN DE PUNTOS CONSTITUCIONALES, ESTUDIOS LEGISLATIVOS Y REGLAMENTOS.

TÚRNESE A LA COMISIÓN DE PUNTOS CONSTITUCIONALES, ESTUDIOS LEGISLATIVOS Y REGLAMENTOS.


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3.228. Oficio número PM-237/SG/ VIII/2015 de la Secretaría General del H. Ayuntamiento Constitucional de Etzatlán, Jalisco, mediante el cual se remite el voto a la minuta de decreto número 25422 que adiciona un segundo párrafo al artículo 53 de la Constitución Política del estado de Jalisco. TÚRNESE A LA COMISIÓN DE PUNTOS CONSTITUCIONALES, ESTUDIOS LEGISLATIVOS Y REGLAMENTOS. 3.229. Acta de la 63 sesión extraordinaria del H. Ayuntamiento Constitucional de Cocula, Jalisco, mediante la cual se remite el voto a la minuta de decreto número 25422 que adiciona un segundo párrafo al artículo 53 de la Constitución Política del estado de Jalisco. TÚRNESE A LA COMISIÓN DE PUNTOS CONSTITUCIONALES, ESTUDIOS LEGISLATIVOS Y REGLAMENTOS. 3.230. Oficio número 502/2015 del Secretario General y Sindico del H. Ayuntamiento Constitucional de Valle de Guadalupe, Jalisco, mediante el cual se remite el voto a la minuta de decreto número 25422 que adiciona un segundo párrafo al artículo 53 de la Constitución Política del estado de Jalisco. TÚRNESE A LA COMISIÓN DE PUNTOS CONSTITUCIONALES, ESTUDIOS LEGISLATIVOS Y REGLAMENTOS. 3.231. Punto de acuerdo de la sesión del H. Ayuntamiento Constitucional de Tepatitlán de Morelos, Jalisco, mediante el cual se remite el voto a la minuta de decreto número 25422 que adiciona un segundo párrafo al artículo 53 de la Constitución Política del estado de Jalisco. TÚRNESE A LA COMISIÓN DE PUNTOS CONSTITUCIONALES, ESTUDIOS LEGISLATIVOS Y REGLAMENTOS.

3.232. Oficio número 2536/15 del Secretario General del H. Ayuntamiento Constitucional de Guadalajara, Jalisco, mediante el cual se remite decreto con dispensa de ordenamiento para la entrega en comodato de una superficie de terreno de propiedad municipal a favor del OPD de la administración pública de Guadalajara denominado Bosque Los Colomos. (c/anexo) (Dada la propuesta de turno, y por economía procesal, el anexo no se publica, de conformi-

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dad con el protocolo marcado con el código GIL-ANEXOS del Sistema de Gestión de Calidad ISO 9001:2008; queda a disposición de los integrantes de la asamblea, para su revisión, en la Jefatura de Servicios Parlamentarios) ENTERADO CON ACUSE DE RECIBO Y TÚRNESE A LA COMISIÓN DE VIGILANCIA, A FIN DE QUE POR SU CONDUCTO SE REMITA A LA AUDITORÍA SUPERIOR DEL ESTADO, PARA LOS EFECTOS LEGALES DE SU INTERVENCIÓN.

3.233. Oficio número 2530/15 del Secretario General del H. Ayuntamiento Constitucional de Guadalajara, Jalisco, mediante el cual se remite decreto con dispensa de ordenamiento para la suscripción de un convenio de colaboración con el OPD de la administración pública municipal denominado Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del municipio de Guadalajara. (c/anexo) (Dada la propuesta de turno, y por economía procesal, el anexo no se publica, de conformidad con el protocolo marcado con el código G-IL-ANEXOS del Sistema de Gestión de Calidad ISO 9001:2008; queda a disposición de los integrantes de la asamblea, para su revisión, en la Jefatura de Servicios Parlamentarios) ENTERADO CON ACUSE DE RECIBO Y TÚRNESE A LA COMISIÓN DE VIGILANCIA, A FIN DE QUE POR SU CONDUCTO SE REMITA A LA AUDITORÍA SUPERIOR DEL ESTADO, PARA LOS EFECTOS LEGALES DE SU INTERVENCIÓN.

3.234. Oficio número CERT/1030/2015 del Encargado de la Secretaría General del H. Ayuntamiento Constitucional de Zacoalco de Torres, Jalisco, mediante el cual se remite el voto a la minuta de decreto número 25422 que adiciona un segundo párrafo al artículo 53 de la Constitución Política del estado de Jalisco. TÚRNESE A LA COMISIÓN DE PUNTOS CONSTITUCIONALES, ESTUDIOS LEGISLATIVOS Y REGLAMENTOS.

3.235. Oficio número SLDR/364/2015 del contador público Humberto Muñoz Vargas, regidor del H. Ayuntamiento Constitucional de Puerto Vallarta, Jalisco, por el que solicita se exhorte al Presidente Municipal Interino de dicho municipio a cumplir con su obligación,


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establecida en la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal y actúe en salvaguarda de los intereses de la sociedad. (c/anexo) (El anexo no se publica, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 17, numeral 1, fracción I, inciso g), de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios; queda a disposición de los integrantes de la asamblea, para su revisión, en la Jefatura de Servicios Parlamentarios) TÚRNESE A LAS COMISIONES DE GOBERNACIÓN Y DE DESARROLLO MUNICIPAL.

3.236. Iniciativa de decreto del H. Ayuntamiento Constitucional de Magdalena, Jalisco, que aprueba sus tablas de valores para el ejercicio fiscal de 2016. (c/anexo) TÚRNESE A LA COMISIÓN DE HACIENDA Y PRESUPUESTOS. 3.237. Iniciativa de ley del H. Ayuntamiento Constitucional de Amatitán, Jalisco, que aprueba su Ley de Ingresos para el ejercicio fiscal de 2016. (c/anexo) TÚRNESE A LA COMISIÓN DE HACIENDA Y PRESUPUESTOS. 3.238. Iniciativa de ley del H. Ayuntamiento Constitucional de Talpa de Allende, Jalisco, que aprueba su Ley de Ingresos para el ejercicio fiscal de 2016. (c/anexo) TÚRNESE A LA COMISIÓN DE HACIENDA Y PRESUPUESTOS. 3.239. Oficio número 1463-0919-2015 del Tesorero Municipal del H. Ayuntamiento Constitucional de Zapopan, Jalisco, mediante el cual se informa sobre la desincorporación del servicio público y baja de los inventarios por robo y pérdida total del parque vehicular municipal. ENTERADO CON ACUSE DE RECIBO Y TÚRNESE A LA COMISIÓN DE VIGILANCIA, A FIN DE QUE POR SU CONDUCTO SE REMITA A LA AUDITORÍA SUPERIOR DEL ESTADO, PARA LOS EFECTOS LEGALES DE SU INTERVENCIÓN.

3.240. Oficio número SC/1400/2015 de la Secretaría de de Cultura del Gobierno del estado de Jalisco, por el que se da respuesta al acuerdo legislativo número 1462-LX-15 remitiendo expediente sobre las acciones emprendidas con relación a la salvaguardia e inventaria-

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do del inmueble ubicado en avenida Guadalupe número1001, en la colonia Chapalita de esta ciudad. (c/anexo) (No se publica el anexo, ya que la contestación misma corresponde al acuerdo legislativo que le da origen) ENTERADO CON ACUSE DE RECIBO, TÚRNESE A SUS ANTECEDENTES EN EL ACUERDO LEGISLATIVO NÚMERO 1462-LX-15 Y REMÍTASE COPIA A LOS DIPUTADOS RICARDO RODRÍGUEZ JIMÉNEZ, JOSÉ CLEMENTE CASTAÑEDA HOEFLICH, VERÓNICA DELGADILLO GARCÍA Y FABIOLA RAQUEL GUADALUPE LOYA HERNÁNDEZ, PARA SU CONOCIMIENTO.

3.241. Oficio número S.A.I./728/2015 del Subsecretario de Asuntos del Interior, de la Secretaría General de Gobierno, mediante el cual se remite escrito del ciudadano Érik Fuentes González por el que hace un llamado al Poder Legislativo del estado de Jalisco para que armonice el Código Civil con la resolución de la Suprema Corte de Justicia referente al reconocimiento de los derechos humanos de personas lesbianas, gays, bisexuales y transexuales. (c/anexo) (De conformidad con lo establecido en el artículo 122 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del estado de Jalisco, previo acuerdo del Comité de Peticiones y Atención Ciudadana, serán publicados o no los anexos) TÚRNESE AL COMITÉ DE PETICIONES Y ATENCIÓN CIUDADANA.

3.242. Oficio número UAOS/212/ 848/2015 del titular de la Unidad para la Atención de las Organizaciones Sociales, mediante el cual remite copia del escrito presentado por representantes del Frente Zapatista de la República, Delegación Jalisco, por el que se inconforman por la designación de delegados municipales en el municipio de San Pedro Tlaquepaque, Jalisco. (c/anexo) (De conformidad con lo establecido en el artículo 122 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del estado de Jalisco, previo acuerdo del Comité de Peticiones y Atención Ciudadana, serán publicados o no los anexos) TÚRNESE AL COMITÉ DE PETICIONES Y ATENCIÓN CIUDADANA. 3.243. Copia del oficio número P/CEDHJ/391/2015 del Presidente de la Comi-


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sión Estatal de Derechos Humanos, dirigido al Gobernador del Estado, mediante el cual se remite la propuesta del anteproyecto del Presupuesto de Egresos de dicho organismo para el ejercicio de 2016. (c/anexo) (El anexo no se publica, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 65 de la Ley de Fiscalización del estado de Jalisco y 17, numeral 1, fracción I, inciso d), de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios; queda a disposición de los integrantes de la asamblea, para su revisión, en la Jefatura de Servicios Parlamentarios) ENTERADO CON ACUSE DE RECIBO Y REMÍTASE COPIA A LA COMISIÓN DE HACIENDA Y PRESUPUESTOS, PARA SU CONOCIMIENTO.

3.244. Oficio número 48407/2015 del Secretario del Juzgado Séptimo de Distrito en Materia Administrativa y de Trabajo en el estado de Jalisco, mediante el cual informa que se niega a Antonio López Orozco, Roberto Iram Alcalá Camberos, Pedro Francisco Calderón Guzmán, Álvaro González Ramírez, Héctor Mejía García, Dulce María Sánchez Hernández y Javier Flores Pérez la suspensión definitiva, por los motivos y fundamentos expuestos en la interlocutoria, derivado del juicio de amparo 1679/2015. TÚRNESE A LAS COMISIONES DE GOBERNACIÓN Y DE DESARROLLO MUNICIPAL Y REMÍTASE A LA DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS Y DICTAMEN LEGISLATIVO.

3.245. Oficio sin número del diputado José Clemente Castañeda Hoeflich, mediante el cual solicita licencia para separarse del cargo como diputado integrante de la LX Legislatura del estado de Jalisco, por tiempo indefinido, a partir del 26 de agosto de 2015. ENTERADO CON ACUSE DE RECIBO Y APRUÉBESE EN SUS TÉRMINOS.

3.246. Oficio sin número de la diputada Verónica Delgadillo García, mediante el cual solicita licencia para separarse del cargo como diputada integrante de la LX Legislatura del estado de Jalisco, por tiempo indefinido, a partir del 26 de agosto de 2015. ENTERADO CON ACUSE DE RECIBO Y APRUÉBESE EN SUS TÉRMI-

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NOS.

3.247. Oficio sin número del diputado Salvador Zamora Zamora, por el que solicita licencia para separarse del cargo como diputado integrante de la LX Legislatura del estado de Jalisco, por tiempo indefinido, a partir del 26 de agosto de 2015. ENTERADO CON ACUSE DE RECIBO Y APRUÉBESE EN SUS TÉRMINOS. 3.248. Oficio sin número del diputado Víctor Manuel Sánchez Orozco, por el que solicita licencia para separarse del cargo como diputado integrante de la LX Legislatura del estado de Jalisco, por tiempo indefinido, a partir del 26 de agosto de 2015. ENTERADO CON ACUSE DE RECIBO Y APRUÉBESE EN SUS TÉRMINOS. 3.249. Iniciativa de ley del diputado Víctor Manuel Sánchez Orozco que expide la Ley de la Educación Emocional del estado de Jalisco. TÚRNESE A LAS COMISIONES DE EDUCACIÓN Y DE PUNTOS CONSTITUCIONALES, ESTUDIOS LEGISLATIVOS Y REGLAMENTOS. (Se anexa al final de este diario, con el número 8) 3.250. Oficio número 1044/2015 del Secretario General del H. Ayuntamiento Constitucional de El Grullo, Jalisco, por el que da respuesta al acuerdo legislativo número 1475-LX15 informando que se ha enviado copia de dicha iniciativa y del acuerdo legislativo a la Directora de Seguridad Pública Municipal, para en su momento suscribir el convenio correspondiente de colaboración. ENTERADO CON ACUSE DE RECIBO, TÚRNESE A SUS ANTECEDENTES EN EL ACUERDO LEGISLATIVO NÚMERO 1475-LX-15 Y REMÍTASE COPIA A LOS DIPUTADOS NORMA ANGÉLICA CORDERO PRADO Y JOSÉ LUIS MUNGUÍA CARDONA, PARA SU CONOCIMIENTO.

3.251. Oficio número SO.27/ 2015A178GRAL&8467 del Secretario General del Consejo de la Judicatura del estado de Jalisco, mediante el cual informa el nuevo domicilio del Juzgado de Paz de Atengo, Jalisco, situado en la finca marcada con el número 15 de la ca-


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lle Jalisco de dicha localidad. ACUSE DE RECIBO.

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ENTERADO CON

3.252. Oficio número SO.24/ 2015GRAL/ 7765 del Secretario General del Consejo de la Judicatura del estado de Jalisco, mediante el cual informa los domicilios donde se localizan los juzgados de control y juicio oral, en virtud de la entrada en vigor del nuevo sistema de justicia penal en el estado. ENTERADO CON ACUSE DE RECIBO. 3.253. Circular número 30 del H. Congreso del estado de Hidalgo, mediante la cual informa sobre la clausura de sesiones e instalación de la Diputación Permanente que fungirá durante el receso comprendido del 1.° de agosto al 4 de septiembre de 2015. ENTERADO CON ACUSE DE RECIBO. 3.254. Copia del ocurso suscrito por la maestra Josefa Araceli Leal López, dirigido al Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, mediante el cual solicita se respete su derecho a su asignación de plaza. ENTERADO CON ACUSE DE RECIBO. 3.255. Ocurso suscrito por Martín Robles Gutiérrez, por el que solicita copias certificadas de diversos documentos necesarios para la tramitación del juicio de amparo 562/2015. COMO SE SOLICITA, CONDICIONADO A SU EXISTENCIA Y PREVIO PAGO DE LOS DERECHOS CORRESPONDIENTES, DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 27, FRACCIÓN VI, DE LA LEY DE INGRESOS DEL ESTADO DE JALISCO PARA EL EJERCICIO FISCAL DE 2015.

3.256. Oficio sin número del diputado Elías Octavio Íñiguez Mejía, por el que solicita licencia para separarse del cargo como diputado integrante de la LX Legislatura del estado de Jalisco, por tiempo indefinido, a partir del 28 de agosto de 2015. ENTERADO CON ACUSE DE RECIBO Y APRUÉBESE EN SUS TÉRMINOS. 3.257. Oficio sin número de la diputada Mariana Arámbula Meléndez, por el que solicita licencia para separarse del cargo como dipu-

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tada integrante de la LX Legislatura del estado de Jalisco, por tiempo indefinido, a partir del 27 de agosto de 2015. ENTERADO CON ACUSE DE RECIBO Y APRUÉBESE EN SUS TÉRMINOS. 3.258. Oficio sin número del diputado Juan José Cuevas García, por el que solicita licencia temporal para separarse del cargo como diputado integrante de la LX Legislatura del estado de Jalisco, a partir del 30 de septiembre y hasta el 1.° de octubre de 2015. ENTERADO CON ACUSE DE RECIBO Y APRUÉBESE EN SUS TÉRMINOS.

El C. Presidente: En consecuencia, conforme a las fracciones V y VI del artículo 36 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, están a consideración de esta asamblea los turnos propuestos para las comunicaciones recibidas, por lo que se les pregunta si desean hacer alguna observación a los mismos… Al no haber ninguna observación, en votación económica se pregunta si se aprueban las propuestas de turno de las comunicaciones recibidas que realiza esta Presidencia… Aprobadas.

PROPUESTAS DE LA JUNTA DE COORDINACIÓN POLÍTICA O DE LA MESA DIRECTIVA El C. Presidente: En virtud de que no se agendó ninguna propuesta de acuerdo legislativo por parte de la Junta de Coordinación Política o de la mesa directiva, continuamos con el siguiente punto del orden del día.

ACUERDOS LEGISLATIVOS El C. Presidente: Para continuar con el siguiente punto del orden del día, y de conformidad con lo facultado por los artículos 164 y 165 de nuestra Ley Orgánica, esta Presidencia pone a su consideración la dispensa de lectura de los acuerdos legislativos marcados con los números del 5.1 al 5.4, en virtud de que obran en poder


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de cada uno de ustedes las copias respectivas, y se lea solo la síntesis de los mismos, por lo que en votación económica se pregunta si es de aprobarse… Para antes, el diputado Rafael González Pimienta. El C. Diputado Rafael González Pimienta: Buenas tardes. Preguntar, Presidente: lo que votamos en el trámite fue las licencias de las compañeras y compañeros diputados que solicitaron licencia, ¿verdad…? Siendo así, quería yo aprovechar y, a nombre de la fracción parlamentaria del Partido Revolucionario Institucional, felicitar a los diputados, al compañero Clemente Castañeda, al compañero Salvador Zamora, a la compañera Verónica Delgadillo y al compañero Víctor Sánchez, por el encargo al que habrán de arribar el día 1.° de septiembre. Decirles que estamos en esta Legislatura muy complacidos de haber compartido con ustedes estos momentos, en los que vimos cosas trascendentes para la vida del Congreso del Estado; que juntos pudimos construir una serie de cambios y de transformaciones en las formas en que se venía haciendo política en el Congreso; que no fue fácil, que había que vencer inercias, había que vencer resistencias, y que fue un proceso desgastante para la Legislatura, pero que al final del camino estamos convencidos en la fracción del PRI de que logramos el objetivo y de que logramos esa transformación. Van ustedes a un escenario diferente, van a un escenario en el que serán parte de una Legislatura mayor, de quinientos compañeros diputados y diputadas, pero seguramente… con esa formación que tienen, estamos ciertos de que habrán de hacer un extraordinario trabajo, como lo hicieron aquí, y habrán de hacer equipo con sus demás compañeros diputados para transformar a México y por el bien del país y por el bien de los mexicanos. ¡Muchas felicidades! Y nos sentimos muy contentos de ser sus amigos. Muchas gracias.

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El C. Presidente: En uso de la voz, el diputado Édgar Enrique Velázquez González. El C. Diputado Édgar Enrique Velázquez González: Muchas gracias, diputado Presidente. En el mismo sentido que el coordinador del PRI, desearles éxito al diputado Víctor Sánchez, a Salvador Zamora, a Verónica Delgadillo, a mi amigo el diputado Clemente Castañeda; sobre todo… que se fue muy rápido esta Legislatura, estos años en que sin duda pudimos, aun con el debate intenso —con estar en muchos puntos a favor, en otros no tanto—... pudimos generar las condiciones para que esta Legislatura diera la cara, repusiera algunos procedimientos, que renovara la forma de hacer política, y en que pudimos sacar adelante leyes muy importantes para la vida de los jaliscienses; y que, sin duda, la experiencia que ellos tienen en esta LX Legislatura va a ser muy útil para el trabajo que van a desempeñar en el Congreso federal. Y no me resta más que brindarles siempre a estos compañeros diputados mi amistad, mi respeto y desearles mucho éxito, a nombre de la fracción del PRD. Muchas gracias. El C. Presidente: Doy cuenta de la asistencia del diputado J. Jesús Palos Vaca. En uso de la voz, el diputado José Luis Munguía Cardona. El C. Diputado José Luis Munguía Cardona: Gracias. Hemos sentido... desearles el mejor de los éxitos a los compañeros que el día de hoy se separan de este Poder Legislativo. Sé que van a representar a Jalisco no solamente viendo con las encomiendas partidistas, sino viendo con lo que a Jalisco le pueda beneficiar en el día a día del énfasis político y el énfasis administrativo. Agradecerles el compañerismo, agradecerles cada uno de los conocimientos que mutuamente se pudieron trabajar. Y, de igual forma, ¡mu-


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chas felicidades! Muchas gracias. El C. Presidente: En uso de la voz, el diputado Luis Guillermo Martínez Mora. Sonido en la curul del diputado Martínez Mora. El C. Diputado Luis Guillermo Martínez Mora: A nombre personal, yo quiero agradecer a mis compañeros Clemente Castañeda, a Vero, a Zamora y a Víctor el trabajo que hemos logrado hacer en beneficio de los jaliscienses, así como me honra —y seguramente será para el resto de mi vida— la amistad de todos ustedes. En este momento en que ellos se van a representar a Jalisco, en un momento histórico tan importante como el que ellos van a vivir, desearles el mayor de los éxitos; decirles que la amistad que hemos sembrado está por encima de las discusiones, los desacuerdos y los muchos acuerdos que pudimos tener, y que vean por México, que vean por Jalisco. En manos de ustedes… como en manos —también— de mis compañeros Elías, Hernán y Mariana… que seguramente estarán luchando por que Jalisco sea un mejor Jalisco y México. Un fuerte abrazo y mi amistad para el resto… El C. Presidente: En uso de la voz, el diputado Ricardo Rodríguez Jiménez.

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que estuvieron realizando. Muchos de nosotros estamos convencidos de que, aunque tenemos puntos negativos en esta Legislatura, pero muchos puntos positivos, muchos de ellos no se entenderían sin la clara agenda que puso y encabezó la fracción de Movimiento Ciudadano, encabezada por Clemente Castañeda. Nosotros, en verdad, hacemos un reconocimiento, porque gracias al esfuerzo que se realizó, a los planteamientos claros, transparentes y abiertos que se hicieron, de cara a las distintas fracciones parlamentarias, de cara a los jaliscienses en general, se pudo avanzar en distintos temas durante esta Legislatura. Por eso hacemos ese reconocimiento, y en particular permítanme hacer el reconocimiento a quien fue nuestro coordinador durante este periodo, al diputado Clemente Castañeda: además de todo eso, tuvo la habilidad de —con una agenda que veía por los intereses de Jalisco— configurar un grupo más amplio que solamente los diputados de Movimiento Ciudadano, que pudiera desarrollar una agenda y llevarla a cabo, una agenda con los claros fines de beneficiar al estado de Jalisco. De verdad, una felicitación y un reconocimiento, y el mayor de los éxitos en el próximo trabajo que van a desempeñar. Es cuanto, diputado Presidente.

El C. Diputado Ricardo Rodríguez Jiménez: Gracias, Presidente.

El C. Presidente: En uso de la voz, el diputado José Clemente Castañeda.

Quiero, a nombre propio y a nombre de los diputados que no tuvimos la suerte de ser diputados federales, que nos quedaremos aquí todavía en el grupo de Movimiento Ciudadano… quiero hacer, en primer término, una felicitación a mis compañeros Clemente Castañeda, Salvador Zamora, Verónica Delgadillo y Víctor Sánchez por la posibilidad que tendrán de estar representando a los jaliscienses en el Congreso federal, pero sobre todo por la herencia que le dejaron a este Congreso en el trabajo

El C. Diputado José Clemente Castañeda Hoeflich: Muchas gracias, diputado Presidente. En primer término, quiero agradecer profundamente las muestras de solidaridad, de amistad y de compañerismo de todas mis compañeras diputadas y de todos mis compañeros diputados, particularmente con quienes tuve la oportunidad de coincidir en la Junta de Coordinación Política, los coordinadores parlamentarios, y decirles que me da mucho


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gusto y es un honor poder haber sido parte de una Legislatura que de alguna forma frenó las inercias del pasado en términos de corrupción de este Poder Legislativo, de despilfarro del dinero público y de un desorden administrativo y financiero que a todos nos tocó heredar.

formas y estilos de decir las cosas: es parte de utilizar la tribuna, es parte de legislar, de establecer lo mejor para nuestro estado— en lo personal, quisiera, de veras, de corazón, agradecerles a cada uno de ustedes; creo que conformamos una gran Legislatura.

Y me da mucho gusto haber sido parte de una Legislatura que se decidió a apretarse el cinturón, a hacerlo con mucha determinación y con mucha valentía y a tratar de dejar un mejor Congreso para todas y todos los jaliscienses. Creo que es una Legislatura que en términos de su productividad estrictamente legislativa rinde buenas cuentas, no sin algunos temas en los que por una cuestión de desacuerdo no pudimos sacarlos adelante; sin embargo, el balance no deja de ser —a mi juicio— positivo.

Y en lo personal, también le pediría disculpas a cada uno de ustedes si en el fondo... —algunos somos más estridentes, más fuertes para hablar— si en algún momento a alguien ofendí en la tribuna, en el debate, quiero decirles que, en el fondo, me los llevo como compañeros, como amigos, y que no guardo absolutamente —como hombre de fe— ningún rencor ni ningún pendiente ni cuenta contra nadie; al contrario, no se trata de colgarse medallas personales… al final de cuentas reconocer que cada uno de los que conformamos esta Legislatura hicimos nuestro trabajo, unos de manera silenciosa pero trabajando para impulsar las leyes, otros impulsando el tema administrativo, otros los asuntos legales: creo que el mérito es de toda la Legislatura. Yo les hago un reconocimiento de frente a cada unos de ustedes.

Creo que en la vida legislativa, y particularmente en esta Legislatura, todos demostramos que sí es posible construir en la diferencia, que eso es un baluarte de la vida democrática que todos, seguramente, estamos interesados en preservar. Muchas felicidades a mis compañeros diputados que habrán de asumir también el cargo en la Legislatura federal, y muchas felicidades a todos por ser parte de una Legislatura que —no tengo la menor duda— marcará un parteaguas en la historia política de Jalisco. En hora buena. ¡Y muchas felicidades! El C. Presidente: En uso de la voz, el diputado Víctor Sánchez Orozco. El C. Diputado Víctor Manuel Sánchez Orozco: Gracias, Presidente. Compañeras, compañeros diputados, al igual que el primer día, en que tomamos protesta, yo estoy muy emocionado, contento y agradecido con todos ustedes, que se han portado —y nos hemos portado— a la altura de las circunstancias. Yo quisiera señalar que en todo este tiempo… —es un tiempo donde tal vez tuvimos muchas discusiones, tuvimos muchas

Existe una frase —cuando se entra a la Legislatura— que dice que ser diputado dura tres años y que la vergüenza nunca se le va a acabar a uno una vez que es diputado. Yo creo que nosotros hemos roto ese maleficio; yo creo que hoy todos los que somos diputados podemos andar en la calle con la frente en alto, con plena dignidad, diciéndoles a los ciudadanos que logramos romper ese esquema que tenía el Congreso de escándalos, de poca productividad legislativa. El avance en el tema administrativo y financiero es incuestionable, y eso no se pudo lograr en un parlamento como este solo por la voluntad de uno solo, creo que fue el trabajo decidido en conjunto que hicimos todos, y hoy me sumo a ese reconocimiento. Creo que el trabajo que se hizo redunda y va a redundar para el bien común. Y hay que reconocer a los mismos ciudadanos, que han sido críticos, a los medios de


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comunicación, a la gente y a todos los compañeros servidores públicos de este Congreso, desde quien tiene el más modesto puesto hasta quien tiene el más alto cargo: creo que todos han hecho y han puesto su granito de arena para que nosotros también logremos este tema y este trabajo. Yo creo que nos vamos con dignidad, con la frente en alto, y creo que quienes se quedan por este pequeño tiempo a concluir la Legislatura lo harán de la mejor manera. En mí siguen contando con una persona que seguirá trabajando en los temas en que ustedes también de alguna u otra manera coinciden, y al final de cuentas... créanme que estoy agradecido, porque de una u otra manera pudimos coincidir y logramos que como parlamento nos pusiéramos de acuerdo en temas que al principio parecían imposibles. A los coordinadores parlamentarios, a mi coordinador parlamentario actualmente —a Clemente Castañeda—, a todos los coordinadores, les reconozco esa habilidad para poder dialogar, para poder ponerse de acuerdo y para poder llevar adelante los trabajos de este Congreso. Creo que si hacemos un balance a profundidad, este Congreso va a pasar a la historia como una de las legislaturas que pudo hacerles frente a los problemas históricos, y hoy podemos decirlo: nos vamos con el deber cumplido. Gracias, compañeras, compañeros. ¡Enhorabuena!

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con quienes inicié un gran proyecto hace tres años; a mi coordinador Clemente Castañeda, del que me enorgullece siga siendo mi coordinador de trabajo los próximos tres años; a los compañeros del G-9 y a todos los miembros de esta Legislatura. Creo que, como ya lo han comentado mis compañeros, hace tres años dejamos en claro que queríamos transformar la vida del Congreso y emprendimos una serie de esfuerzos para lograrlo. Me tocó encabezar el proceso de elección de la consejera presidenta del ITEI, y ahí quiero dar mi reconocimiento a todas las fuerzas políticas que forman parte de esta Legislatura, que logramos dejar huella y demostramos que podemos poner por encima de los intereses de los partidos y las cuotas de poder a los ciudadanos, dejamos historia, y también invitar a que se sigan haciendo este tipo de ejercicios de esa manera. Quiero también agradecer a todos los equipos que laboran dentro del Congreso, los equipos personales de los diputados, a mi equipo, y también a todos los que han hecho posible, desde sus espacios, nuestra gestión legislativa y nuestro trabajo legislativo. Después de tres años, sigo convencida de que podemos hacer mucho por transformar la vida democrática de nuestro país y de nuestro estado. Ha sido un honor alzar la voz a nombre de los ciudadanos y llevar sus causas a esta tribuna.

La C. Diputada Verónica Delgadillo García: Muchísimas gracias, diputado Presidente.

Hoy tengo la oportunidad de llevar nuevas causas a la máxima tribuna de nuestro país y eso me enorgullece. Y quisiera también aprovechar el espacio para decirles a todos mis compañeros que estoy segura de que todos los que amamos nuestro país y todos los que anhelamos un mejor México nos vamos a encontrar nuevamente, ya sea en el espacio del Congreso de Unión —algunos de ellos—, y posteriormente seguiremos construyendo en este camino.

Solo quiero aprovechar este espacio para agradecer el apoyo recibido por todos ustedes, por mis compañeros de bancada especialmente,

Sepan que tendrán siempre una aliada en la búsqueda de esta transformación del país, y me interesará poder construir con todos aque-

El C. Presidente: Doy cuenta de la asistencia de la diputada Mariana Arámbula Meléndez y del diputado Jaime Ismael Díaz Brambila. En uso de la voz, la diputada Verónica Delgadillo García.


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llos que como yo quieren que la vida democrática de México sea distinta, sea más justa, sea más equitativa y llena de oportunidades para todos los mexicanos. Agradezco el apoyo brindado —nuevamente— por todos ustedes; les tiendo un puente para la construcción de nuestro país, y cuenten con su servidora. Y nuevamente, gracias a todos los ciudadanos con los que pude construir durante estos tres años, alzando su voz, haciendo iniciativas y también sacando adelante temas tan importantes de la agenda pública, como el de participación ciudadana; me gustaría solo mencionar que es una deuda que aún tenemos, invitar a los compañeros a que no lo dejemos olvidado y que pueda avanzar en los próximos meses, para poder saldar esa deuda con los ciudadanos. Muchísimas gracias, nuevamente. Enhorabuena para todos los que emprenden en diferentes trincheras, ya sea en los municipios, en el Congreso federal, una nueva tarea en nombre de los ciudadanos. Muchas gracias. El C. Presidente: Esta Presidencia pone a su consideración la dispensa de lectura de los acuerdos legislativos marcados con los números del 5.1 al 5.4, en virtud de que obran en poder de cada uno de ustedes las copias respectivas… Para antes, la diputada Mariana Arámbula Meléndez. Sonido en la curul de la diputada Mariana Arámbula. La C. Diputada Mariana Arámbula Meléndez: Gracias, Presidente. También voy a decir unas líneas en este último día, en que culmino mi responsabilidad que me otorgó la sociedad jalisciense para representar a esta LX Legislatura del Congreso del estado de Jalisco. Han sido tres años de aprendizaje, de trabajo, de rendición de cuentas, de responsabilidades compartidas con todos aquellos que han ocupado una curul en el órgano legislativo. Hasta este último día hemos trabajado pensando en los jaliscienses en temas importantes:

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migrantes en tránsito, derechos de la niñez, madres trabajadoras; prohibición en cuotas escolares obligatorias; innovación, ciencia y tecnología; protección del patrimonio cultural, centros culturales, responsabilidad del deporte, lactarios, beneméritos, turismo rural, entre otros temas, conscientes de que así los construimos en una verdadera democracia y fomentamos la verdadera participación ciudadana. Hago votos para que las iniciativas que quedan todavía pendientes por dictaminar sean finalmente aprobadas, en beneficio de Jalisco, en especial las que tienen que ver con la prohibición definitiva de cuotas escolares obligatorias, en estos momentos en que los niños y jóvenes regresan a las aulas escolares. No me queda más que agradecer el apoyo de todos ustedes, diputados, a lo largo de esta Legislatura —de todos ustedes he aprendido y me llevo un excelente recuerdo— y el honor de haber pertenecido a la LX Legislatura. Agradezco también a mi equipo de trabajo y a los equipos de trabajo de todos: sus colaboradores son muestra de que el Congreso del Estado cuenta con excelentes servidores públicos que vale la pena seguir apoyando y capacitando; de igual forma, al personal de la Secretaría General y a los medios de comunicación, que dan cuenta de nuestras actividades e informan a la ciudadanía del acontecer diario del Poder Legislativo. Quedo a las órdenes de todos ustedes en la Cámara de Diputados, donde más allá de colores, trabajaré por Jalisco. Nuevamente, muchas gracias a todos ustedes, y me siento orgullosa de haber pertenecido a esta Legislatura. Gracias. Es cuanto. El C. Presidente: En votación económica, se pregunta si es de aprobarse la dispensa de lectura de los acuerdos legislativos marcados con los números del 5.1 al 5.5… Aprobado. En consecuencia, se pide al diputado secretario Gustavo González Villaseñor lea solo las síntesis de los mismos… Ha llegado a esta mesa la solicitud de dispensa de lectura de los


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indicadores de los acuerdos legislativos marcados con los números del 5.1 al 5.5. En votación económica, se pregunta… Para antes, el diputado Juan José Cuevas García. El C. Diputado Juan José Cuevas García: Gracias, diputado Presidente. Nada más para ver si nos hacen llegar el 5.5, porque nada más tenemos hasta el 5.4 de información, por favor. El C. Presidente: Se le ordena a la Dirección de Procesos Legislativos envíe la información en referencia a las computadoras. Se pregunta a la asamblea si se aprueba la dispensa de lectura de los indicadores de los acuerdos legislativos marcados con los números del 5.1 al 5.5; en votación económica se pregunta… Aprobado. En consecuencia, se pide al Secretario General que se integren en el contenido del acta de esta sesión las síntesis de los acuerdos legislativos cuya lectura fue dispensada, del 5.1 al 5.5. (Se anexa documento al final de este diario, con el número 9. Conforme a lo acordado no fueron leídas las síntesis de los acuerdos legislativos agendados, las cuales se refieren a continuación) 5.1. Acuerdo legislativo por el que se solicita a la Secretaría de Turismo estatal y a los ayuntamientos de Mazamitla, Tapalpa, Tequila, San Sebastián del Oeste y Lagos de Moreno, todos de Jalisco, que de manera conjunta o coordinada establezcan acciones para brindar prevención y protección a los ciudadanos, comerciantes y turistas contra las conductas de estafa y fraude señaladas en la exposición de motivos de este acuerdo, que incluyan la creación de filtros de control en los que se establezca una lista de ligas oficiales que anuncien servicios de renta o venta de cualquier actividad o producto propio del pueblo mágico o destino turístico de que se trate. (AL-1522-LX-15; Infolej, 9050) 5.2. Acuerdo legislativo por el que se

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aprueba devolver a la Auditoría Superior del Estado el informe final de la cuenta pública y los estados financieros del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF) del municipio de Lagos de Moreno, Jalisco, por el ejercicio fiscal de 2009. (AL-1523-LX-15; Infolej, 9077) 5.3. Acuerdo legislativo por el que se exhorta a los 125 ayuntamientos del estado, a la Delegación Jalisco de la Comisión Nacional del Agua y a la Secretaría de Salud estatal a que de forma coordinada atiendan y realicen una revisión, limpieza y fumigación en los cuerpos de agua que tengan en su territorio, para eliminar cualquier tipo de contaminación en dichos lugares y mantenerlos acordes con la naturaleza propia del lugar y en buen estado, y consideren implementar campañas de concientización dirigidas a la población. (AL-1524-LX-15; Infolej, 9092) 5.4. Acuerdo legislativo por el que se aprueba devolver a la Auditoría Superior del Estado el informe final de la cuenta pública del ayuntamiento de San Cristóbal de la Barranca, Jalisco, por el ejercicio fiscal de 2012. (AL1525-LX-15; Infolej, 9078) 5.5. Acuerdo legislativo por el que se autoriza la compra extraordinaria, de conformidad con lo establecido en los artículos 158, 160 y 164 del Reglamento de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, del licenciamiento de productos de software Microsoft, bajo esquema enterprise agreement, a la empresa Microsoft. (AL-1526-LX-15; Infolej, 9250) El C. Presidente: En uso de la voz, el diputado Luis Guillermo Martínez Mora. A ver… Sonido en la curul del diputado Luis Guillermo Martínez Mora. El C. Diputado Luis Guillermo Martínez Mora: Perdón, ya está aclarado el punto. El C. Presidente: Conforme al artículo 36, fracciones V y VI, de la Ley Orgánica del


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Poder Legislativo, esta Presidencia pone a su consideración, para su discusión en conjunto, los acuerdos legislativos marcados con los números del 5.1 al 5.5. Para tal efecto, se abre el registro de oradores…

las síntesis de los dictámenes de decreto marcados con los números del 6.1 al 6.18.

Dado que no hubo registro de oradores, se abre el sistema electrónico de votación hasta por un minuto para que los diputados emitan su voto, y se solicita a la Secretaría a cargo de la diputada Bertha Yolanda Rodríguez Ramírez informe el resultado de la votación y lo valide con su firma, una vez impreso el documento que lo haga constar.

6.1. Dictamen de decreto que aprueba la cuenta pública del ayuntamiento de Ixtlahuacán de los Membrillos, Jalisco, por el ejercicio fiscal de 2010.

(Se realiza lo indicado) La C. Secretaria Bertha Yolanda Rodríguez Ramírez: Diputada Fabiola Loya, el sentido de su voto… Diputado Víctor Sánchez… Le informo a usted, diputado Presidente, que se han emitido 31 votos a favor, cero abstenciones, cero en contra, de un total de 31 votos emitidos, de los acuerdos legislativos del 5.1 al 5.5. Es cuanto. El C. Presidente: Aprobados los acuerdos legislativos marcados con los números del 5.1 al 5.5, por 31 votos, los que constituyen la mayoría legal requerida para su aprobación.

DICTÁMENES DE DECRETO DE PRIMERA LECTURA El C. Presidente: Para continuar con el siguiente punto del orden del día, y de conformidad con lo facultado por los artículos 164 y 165 de nuestra Ley Orgánica, esta Presidencia pone a su consideración la dispensa de lectura de los dictámenes de decreto de primera lectura, en virtud de que obran en poder de cada uno de ustedes las copias respectivas, por lo que en votación económica se pregunta si es de aprobarse la dispensa en referencia… Aprobada. En consecuencia, se pide al diputado secretario Gustavo González Villaseñor lea solo

El C. Secretario Gustavo González Villaseñor: Como indica, Presidente.

6.2. Dictamen de decreto que aprueba la cuenta pública del ayuntamiento de Atoyac, Jalisco, por el ejercicio fiscal de 2013. 6.3. Dictamen de decreto que aprueba la cuenta pública del ayuntamiento de Tepatitlán de Morelos, Jalisco, por el ejercicio fiscal de 2013. 6.4. Dictamen de decreto que aprueba la cuenta pública del ayuntamiento de Chimaltitán, Jalisco, por el ejercicio fiscal de 2012. 6.5. Dictamen de decreto que aprueba la cuenta pública del ayuntamiento de Ixtlahuacán de los Membrillos, Jalisco, por el ejercicio fiscal de 2013. 6.6. Dictamen de decreto que aprueba la cuenta pública del ayuntamiento de Tequila, Jalisco, por el ejercicio fiscal de 2011. 6.7. Dictamen de decreto que aprueba la cuenta pública del ayuntamiento de Valle de Guadalupe, Jalisco, por el ejercicio fiscal de 2012. 6.8. Dictamen de decreto que aprueba la cuenta pública del ayuntamiento de Pihuamo, Jalisco, por el ejercicio fiscal de 2013. 6.9. Dictamen de decreto que aprueba la cuenta pública del ayuntamiento de San Ignacio Cerro Gordo, Jalisco, por el ejercicio fiscal de 2011. 6.10. Dictamen de decreto que aprueba la cuenta pública del ayuntamiento de Sayula,


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Jalisco, por el ejercicio fiscal de 2011. 6.11. Dictamen de decreto que aprueba la cuenta pública del ayuntamiento de Villa Guerrero, Jalisco, por el ejercicio fiscal de 2011. 6.12. Dictamen de decreto que aprueba la cuenta pública del ayuntamiento de Tequila, Jalisco, por el ejercicio fiscal de 2009. 6.13. Dictamen de decreto que aprueba la cuenta pública del ayuntamiento de Cañadas de Obregón, Jalisco, por el ejercicio fiscal de 2011. 6.14. Dictamen de decreto que aprueba la cuenta pública del ayuntamiento de Arandas, Jalisco, por el ejercicio fiscal de 2012. 6.15. Dictamen de decreto que aprueba la cuenta pública del ayuntamiento de Ixtlahuacán del Río, Jalisco, por el ejercicio fiscal de 2009. 6.16. Dictamen de decreto que aprueba la cuenta pública del ayuntamiento de San Julián, Jalisco, por el ejercicio fiscal de 2009. 6.17. Dictamen de decreto por el que se reforman los artículos 27 y 32, fracciones VI y VII, y se adiciona una fracción VIII al artículo 32 del Código de Asistencia Social del estado de Jalisco. 6.18. Dictamen de decreto por el que se resuelve que no es de aprobarse la cuenta pública del ayuntamiento de Talpa de Allende, Jalisco, por el ejercicio fiscal de 2011. Es cuanto, Presidente. (Se anexa documento al final de este diario, con el número 10) El C. Presidente: Ha llegado a esta Presidencia la solicitud para que sea retirado del orden del día y regresado a su comisión de origen el dictamen de decreto marcado con el número 6.18, para efectos de que la Unidad de Vigilancia emita opinión técnica en torno a la evidencia

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documental que los sujetos obligados presentaron para demostrar la ausencia de daño al erario público, por lo que en votación económica se pregunta si es de aprobarse el regreso a la Comisión de Vigilancia del dictamen antes mencionado, marcado con el número 6.18… Aprobado. Se tiene por satisfecha la primera lectura de los anteriores dictámenes de decreto y se fija su segunda lectura y discusión en los términos y plazos establecidos en los artículos 161 y 162 de nuestra Ley Orgánica, a excepción del dictamen marcado con el número 6.18, que fue retirado del orden del día.

DICTÁMENES DE DECRETO DE SEGUNDA LECTURA Y DISCUSIÓN El C. Presidente: Para continuar con el siguiente punto del orden del día, y de conformidad con lo facultado por los artículos 164 y 165 de nuestra Ley Orgánica, esta Presidencia pone a su consideración la dispensa de lectura de los dictámenes de decreto marcados con los números del 7.1 al 7.26, en virtud de que obran en poder de cada uno de ustedes las copias respectivas, y se lea solo la síntesis de los mismos, por lo que en votación económica se pregunta si es de aprobarse la dispensa en referencia… Aprobada. Ha llegado a esta mesa la solicitud de dispensa de lectura de las síntesis de los dictámenes de decreto marcados con los números del 7.1 al 7.26, por lo que en votación económica se pregunta si es de aprobarse la dispensa en referencia… Aprobada. Por consiguiente, se ordena al Secretario General que se integre en el contenido del acta de esta sesión la síntesis cuya lectura ha sido dispensada. (Se anexa documento al final de este diario, con el número 11. Conforme a lo acordado no fueron leídas las síntesis de los dictámenes de decreto de segunda lectura y discusión, las


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cuales se refieren a continuación)

ficación, Jalisco, por el ejercicio fiscal de 2011.

7.1. Dictamen de decreto que aprueba la cuenta pública del ayuntamiento de Mazamitla, Jalisco, por el ejercicio fiscal de 2011.

7.12. Dictamen de decreto por el que se resuelve que no es de aprobarse la cuenta pública del ayuntamiento de Tuxcacuesco, Jalisco, por el ejercicio fiscal de 2011.

7.2. Dictamen de decreto que aprueba la cuenta pública del ayuntamiento de Totatiche, Jalisco, por el ejercicio fiscal de 2012. 7.3. Dictamen de decreto que aprueba la cuenta pública del ayuntamiento de El Arenal, Jalisco, por el ejercicio fiscal de 2010. 7.4. Dictamen de decreto que aprueba la cuenta pública y los estados financieros del Tribunal Electoral del Poder Judicial del estado de Jalisco, por el ejercicio fiscal de 2012. 7.5. Dictamen de decreto por el que se resuelve que no es de aprobarse la cuenta pública del ayuntamiento de Tapalpa, Jalisco, por el ejercicio fiscal de 2010. 7.6. Dictamen de decreto que aprueba la cuenta pública del ayuntamiento de Concepción de Buenos Aires, Jalisco, por el ejercicio fiscal de 2011. 7.7. Dictamen de decreto por el que se resuelve que no es de aprobarse la cuenta pública del ayuntamiento de Teocuitatlán de Corona, Jalisco, por el ejercicio fiscal de 2011. 7.8. Dictamen de decreto por el que se resuelve que no es de aprobarse la cuenta pública del ayuntamiento de San Marcos, Jalisco, por el ejercicio fiscal de 2012. 7.9. Dictamen de decreto que aprueba la cuenta pública del ayuntamiento de Amatitán, Jalisco, por el ejercicio fiscal de 2012. 7.10. Dictamen de decreto que aprueba la cuenta pública del ayuntamiento de Ejutla, Jalisco, por el ejercicio fiscal de 2012. 7.11. Dictamen de decreto que aprueba la cuenta pública del ayuntamiento de Villa Puri-

7.13. Dictamen de decreto que reforma la Ley de Salud del estado de Jalisco. 7.14. Dictamen de decreto por el que se reforman los artículos 62, fracción II, adicionando las fracciones VI y VII, 66 adicionando una fracción V y recorriendo las siguientes a partir de la actual en su orden y número, y se adicionan los artículos 67-Bis y 67-Ter, todos de la Ley de Salud del estado de Jalisco. 7.15. Dictamen de decreto por el que se resuelve que no es de aprobarse la cuenta pública del ayuntamiento de Etzatlán, Jalisco, por el ejercicio fiscal de 2011. 7.16. Dictamen de decreto por el que se resuelve que no es de aprobarse la cuenta pública del ayuntamiento de Teocaltiche, Jalisco, por el ejercicio fiscal de 2010. 7.17. Dictamen de decreto por el que se resuelve que no es de aprobarse la cuenta pública del ayuntamiento de Tecolotlán, Jalisco, por el ejercicio fiscal de 2012. 7.18. Dictamen de decreto que reforma el artículo 74, fracción II, de la Ley de Ingresos del municipio de Tonalá, Jalisco, para el ejercicio fiscal de 2015. 7.19. Dictamen de decreto que reforma, adiciona y deroga diversos artículos de la Ley para la Atención y Desarrollo Integral de las Personas con Discapacidad, y reforma su denominación para quedar como Ley para la Inclusión y Desarrollo Integral de las Personas con Discapacidad, y reforma los artículos 27Bis, 80-Bis y adiciona el artículo 80 Quáter de la Ley de Salud, ambas del estado de Jalisco. 7.20. Dictamen de decreto que reforma la


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denominación de la Ley para la Atención y Desarrollo Integral de las Personas con Discapacidad, para quedar como Ley para la Inclusión y Desarrollo Integral de las Personas con Discapacidad; y reforma, adiciona y deroga diversos artículos de la Ley para la Atención y Desarrollo Integral de las Personas con Discapacidad y de la Ley de Salud, ambas del estado de Jalisco. 7.21. Dictamen de decreto que adiciona el Título Séptimo-Bis, Capítulo Único, y el artículo 154-Bis al Código Penal para el estado de Jalisco. 7.22. Dictamen de decreto por el que se expide la Ley de Extinción de Dominio, se reforma el artículo 860, fracción VII, y se adiciona un párrafo segundo al artículo 911 del Código de Procedimientos Civiles, y se reforma el inciso b) de la fracción II del artículo 23 de la Ley del Registro Público de la Propiedad, todos ordenamientos del estado de Jalisco. 7.23. Dictamen de decreto que reforma los artículos 9.º, 35, 97, 100 y 111 de la Constitución Política del estado de Jalisco. 7.24. Dictamen de decreto mediante el cual se reforman, adicionan y derogan diversos artículos de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios y de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del estado de Jalisco. 7.25. Dictamen de decreto que reforma la fracción V del artículo 59 de la Constitución Política del estado de Jalisco. 7.26. Dictamen de decreto que reforma los artículos 18, fracción V, y 62, fracción V, de la Ley Orgánica del Poder Judicial del estado de Jalisco. El C. Presidente: Con fundamento en lo facultado por el artículo 36, fracción VI, de nuestra Ley Orgánica, se pone a su consideración el siguiente mecanismo de votación para el desa-

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rrollo del presente punto del orden del día: dictámenes por retirar, dictámenes para regresar a comisiones, dictámenes con modificaciones, dictámenes en votación conjunta y dictámenes en votación por separado, por lo que en votación económica se pregunta si es de aprobarse el mecanismo de votación sugerido… Aprobado. Esta Presidencia pone a consideración de la asamblea, para retirar del orden del día, los dictámenes de decreto marcados con los números 7.7, 7.19, 7.20 y 7.24, por lo que en votación económica se pregunta si se aprueba el retiro propuesto… Aprobado. Ha llegado a esta Presidencia la solicitud para que sean retirados del orden del día y regresados a su comisión de origen los dictámenes de decreto marcados con los números 7.5, 7.12, 7.15 y 7.16, para efectos de que la Unidad de Vigilancia emita opinión técnica en torno a la evidencia documental que los sujetos obligados presentaron para demostrar la ausencia de daño al erario público, por lo que en votación económica se pregunta si es de aprobarse el regreso a la Comisión de Vigilancia de los dictámenes antes mencionados… Aprobado. Ha llegado a esta Presidencia la solicitud para que sean retirados del orden del día y regresados a su comisión de origen los dictámenes de decreto marcados con los números 7.8 y 7.17, lo anterior dado que el sujeto obligado entregó documentación aclaratoria en la comisión respectiva y se requiere un nuevo análisis, por lo que en votación económica se pregunta si es de aprobarse el regreso a la Comisión de Vigilancia de los dictámenes antes mencionados… Aprobado. Ha llegado a esta Presidencia una propuesta de modificación para el dictamen de decreto marcado con el número 7.21, por lo que le solicito a la Secretaría a cargo de la diputada Bertha Yolanda Rodríguez Ramírez dé lectura a la propuesta en referencia e informe el nombre del diputado proponente.


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La C. Secretaria Bertha Yolanda Rodríguez Ramírez: Tal como indica, diputado Presidente, doy lectura a las modificaciones del dictamen de segunda lectura 7.21, de la segunda sesión extraordinaria. “Debe decir:/ Antecedentes:/ I. Con fecha 11 de julio de 2013, el diputado J. Jesús Palos Vaca presentó la iniciativa de ley que tiene por objeto adicionar al Libro Segundo el Título Vigésimo Tercero con Capítulo Único, denominado ‘De los delitos contra los derechos laborales’, con lo que adiciona los artículos 299 y 300 al Código Penal para el estado libre y soberano de Jalisco./ Con fecha 24 de octubre de 2013, en la asamblea del Congreso del Estado se dio turno a la iniciativa que presentan los diputados Clara Gómez Caro, Martín López Cedillo, Joaquín Antonio Portilla Wolff y Elías Octavio Íñiguez Mejía, que propone adicionar el Título Séptimo-Bis, Capítulo Único, y el artículo 154-Bis al Código Penal para el estado libre y soberano del estado de Jalisco.” Firma: diputado Esteban García Álvarez. “Modificaciones al dictamen de segunda lectura 7.21de la segunda sesión extraordinaria del 25 de agosto de 2015/ Debe decir:/ Título Séptimo-Bis/ Delitos cometidos por particulares en contra de la administración de justicia y en otros ramos del poder público/ Capítulo Único/ Fraude procesal/ Artículo 154-Bis. Al que para obtener un beneficio indebido para sí o para otro, simule un acto jurídico, un acto o escrito judicial, o altere y presente elementos de prueba, u ofrezca y presente testigos o documentos falsos, o induzca a testigos, peritos, intérpretes o traductores a faltar a la verdad, o realice cualquier otro acto tendiente a inducir a error a la autoridad jurisdiccional o administrativa, con el fin de obtener sentencia, resolución, laudo o acto administrativo contrario a la ley, se le impondrán de tres años a seis años de prisión y multa de cien a quinientos días de salario mínimo./ Si el beneficio es de carácter económico, se impondrán las penas previstas para el delito de fraude./ Artículo 155. […]/ I a IV. […]/ V. Se deroga/ Artículo 156. […]/ I a III. […]/ IV. Se deroga/ Artículo 165. […]/ I a

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VIII. […]/ IX. Se deroga/ X. Se deroga/ XI. Se deroga/ TRANSITORIOS/ PRIMERO. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el periódico oficial El Estado de Jalisco./ SEGUNDO. Los procedimientos penales iniciados antes de la entrada en vigor del presente decreto en materia de delitos de responsabilidad profesional y de falsedad, se seguirán tramitando hasta su conclusión conforme a las disposiciones vigentes al momento de la comisión de los hechos que les dieron origen. Lo mismo se observará respecto de la ejecución de las penas correspondientes.” Firma: diputado Esteban García Álvarez. Es cuanto, diputado Presidente. El C. Presidente: Ya que la propuesta de modificación proviene del propio diputado proponente del dictamen, se tiene por integrada en el cuerpo del mismo. En consecuencia, conforme al artículo 36, fracciones V y VI, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, está a discusión en lo general y en lo particular, por contener un artículo único, el dictamen marcado con el número 7.21. Para tal efecto, se abre el registro de oradores… Dado que no hubo registro de oradores, se abre el sistema electrónico de votación hasta por un minuto para que los diputados emitan su voto en lo general y en lo particular, por contener un solo artículo, y se solicita a la Secretaría a cargo de la diputada Bertha Yolanda Rodríguez Ramírez informe el resultado de la votación y lo valide con su firma, una vez impreso el documento que lo haga constar. (Se realiza lo indicado) La C. Secretaria Bertha Yolanda Rodríguez Ramírez: Le informo, diputado Presidente, que se han emitido 29 votos a favor, 1 abstención, cero en contra, de un total de 30 votos emitidos, del dictamen de decreto de segunda lectura con modificaciones 7.21. Es cuanto, diputado Presidente.


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El C. Presidente: Aprobado en lo general y en lo particular, por tratarse de un artículo único, el dictamen marcado con el número 7.21, por 29 votos, los que constituyen la mayoría legal requerida para su aprobación. Ha llegado a esta Presidencia una propuesta de modificación del dictamen marcado con el número 7.22, y en virtud de que ya se tiene conocimiento de la misma, se somete a la consideración de la asamblea sea dispensada su lectura, por lo que en votación económica se pregunta si se aprueba… Aprobado. Por consiguiente, se ordena al Secretario General que se integre en el contenido del acta de esta sesión la lectura que ha sido dispensada. (Conforme a lo acordado no fue leída la propuesta de modificación del dictamen marcado con el número 7.22, la cual se refiere a continuación) “PROPUESTA DE MODIFICACIÓN AL DICTAMEN DE SEGUNDA LECTURA MARCADO CON EL PUNTO 7.22 DE LA SEGUNDA SESIÓN EXTRAORDINARIA DEL 25 DE AGOSTO DE 2015./ DECRETO/ QUE EXPIDE LA LEY DE EXTINCIÓN DE DOMINIO DEL ESTADO DE JALISCO; Y REFORMA LOS ARTÍCULOS 860 Y 971 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES DEL ESTADO DE JALISCO, Y LOS ARTÍCULOS 23 Y 40 DE LA LEY DEL REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD DEL ESTADO DE JALISCO/ ARTÍCULO PRIMERO. Se expide la Ley de Extinción de Dominio del Estado de Jalisco, para quedar como sigue:/ LEY DE EXTINCIÓN DE DOMINIO DEL ESTADO DE JALISCO/ Capítulo I/ Disposiciones Generales/ Artículo 1. La presente Ley es de orden público y de interés general, la cual tiene por objeto reglamentar el procedimiento de extinción de dominio sobre bienes establecidos en el artículo 22 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y procederá en los casos de los delitos señalados en el artículo antes mencionado, con excepción de los delitos

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que sean de competencia exclusiva de la Federación./ Artículo 2. Para efectos de esta Ley se entenderá por:/ I. Código Nacional: El Código Nacional de Procedimientos Penales;/ II. Extinción de dominio: pérdida de los derechos sobre los bienes muebles e inmuebles en favor del Estado, sin contraprestación ni compensación alguna en los términos de la presente Ley;/ III. Hecho ilícito: elementos objetivos o externos y, en su caso, normativos de la descripción típica de hechos considerados como delitos a que se refiere esta Ley y el Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Jalisco, aun cuando no se haya determinado quién o quiénes participaron en él o el carácter de su participación;/ IV. Instrumento del delito: bienes de cualquier índole, utilizados para la comisión de un hecho ilícito;/ V. Ley: la presente Ley de Extinción de Dominio del Estado de Jalisco;/ VI. Mezcla de bienes: combinación de dos o más bienes lícitos e ilícitos pertenecientes a una o más personas;/ VII. Objeto del hecho ilícito: persona o bien sobre el que se realiza el hecho ilícito;/ VIII. Producto del hecho ilícito: bienes de cualquier índole derivados u obtenidos directa o indirectamente de la comisión de un hecho ilícito; y/ IX. Secretaría: la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas./ Cuando se haga mención a algún artículo, deberá entenderse que es de esta Ley, salvo señalamiento en contrario./ Artículo 3. La acción de extinción de dominio es jurisdiccional y autónoma, distinta e independiente de cualquier otra de naturaleza penal de la que se haya desprendido o de la que tuvo origen, sin perjuicio de terceros de buena fe./ Cualquiera que sea la resolución que se adopte en el procedimiento penal, no será vinculante respecto de la sentencia que se emita en el procedimiento de extinción de dominio./ Artículo 4. La declaración judicial de extinción de dominio tendrá por efecto que los bienes se apliquen a favor del Estado, sin contra prestación ni compensación de ninguna especie para su dueño, ni para quien se ostente o se comporte como tal, previo procedimiento conforme a la presente Ley./ Artículo 5. La extinción de dominio se aplicará a los bienes que se encuentren en el Estado, o en las diversas entidades federativas de la república, siempre y cuando el delito


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se produzca o surta efectos en el territorio de Jalisco y no se haya pronunciado sentencia ejecutoriada de extinción de dominio en cualquier otro lugar, en los términos del artículo 8 del Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Jalisco./ Cuando los bienes se encuentren en el extranjero o sujetos a la jurisdicción de un estado extranjero, las medidas cautelares y la ejecución de la sentencia que se dicte con motivo del procedimiento de extinción de dominio, se sustanciarán en términos de los tratados internacionales de los que los Estados Unidos Mexicanos sean parte o, en su defecto, con base en la reciprocidad internacional./ Artículo 6. En los casos no previstos en esta Ley, se estará a las siguientes reglas de supletoriedad:/ I. En la preparación del ejercicio de la acción de extinción de dominio, a lo previsto en el Código Nacional;/ II. En cuanto al hecho ilícito, al Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Jalisco;/ III. En el procedimiento de extinción de dominio, a lo previsto en esta Ley y en el Código de Procedimientos Civiles del Estado de Jalisco; y/ IV. En los aspectos relativos a la regulación de bienes, derechos y obligaciones, a lo previsto en el Código Civil del Estado de Jalisco./ Artículo 7. El no ejercicio, desistimiento o extinción de la acción penal, así como la absolución del imputado o procesado en el proceso penal por no haberse establecido su responsabilidad, o la no aplicación de la pena de decomiso de bienes, no prejuzga respecto de la legitimidad o ilegitimidad de ningún bien./ Artículo 8. El Poder Judicial del Estado de Jalisco y la Fiscalía General contarán, respectivamente, con Jueces y Ministerios Públicos especializados en extinción de dominio./ Artículo 9. El ejercicio de la acción de extinción de dominio no excluye que el Ministerio Público solicite el decomiso de los mismos bienes con motivo del ejercicio de la acción penal, en los casos que resulte procedente./ Artículo 10. El Ministerio Público durante la preparación del ejercicio de la acción de extinción de dominio y el Juez durante el procedimiento, podrán imponer medidas de apremio en los términos del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Jalisco. / Capítulo II/ De los Bienes/ Artículo 11. Para los efectos de esta

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Ley se entenderá por bienes susceptibles de extinción de dominio, todo bien mueble, inmueble o derecho relacionado o vinculado con los hechos ilícitos que señala esta Ley, que pueda ser objeto de apropiación o enajenación y sobre los recursos provenientes de éstos, así como sus accesorios, frutos y productos./ Artículo 12. Procederá la extinción de dominio de los bienes relacionados o vinculados con los hechos ilícitos a que se refiere esta Ley o de los recursos provenientes de la enajenación de dichos bienes, en cualquiera de los supuestos siguientes:/ I. Aquéllos que sean instrumento, objeto o producto del delito, aun cuando no se haya dictado la sentencia que determine la responsabilidad penal pero existan elementos suficientes para determinar que el hecho ilícito sucedió;/ II. Aquéllos que no sean instrumento, objeto o producto del delito, pero que hayan sido utilizados o destinados a ocultar o mezclar bienes producto del delito, siempre y cuando se reúnan los extremos de la fracción anterior;/ III. Aquéllos que sean utilizados para la comisión de delitos por un tercero si su dueño tuvo conocimiento de ello y no lo notificó a la autoridad o hizo algo para impedirlo;/ IV. Aquéllos que estén intitulados a nombre de terceros o sean transferidos por acto entre vivos, pero existan suficientes elementos para determinar que son producto de los delitos señalados en el artículo 22 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y el imputado por estos delitos se comporte como dueño; y/ V. Todos aquéllos en los que el imputado por alguno de los delitos señalados en la presente Ley, o sus causahabientes, aparezcan como propietarios, siempre y cuando se reúnan los extremos que se establecen en la fracción I del presente artículo./ También procederá la extinción de dominio respecto de los bienes objeto de sucesión, cuando dichos bienes correspondan al autor de la sucesión y se encuentren en cualquiera de las circunstancias previstas en este artículo./ Artículo 13. Se exceptúa de la acción de extinción de dominio:/ I. Las armas de fuego, municiones y explosivos, respecto de los cuales, en todo caso, deberá observarse lo dispuesto en la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos;/ II. Los narcóticos, en cuyo caso se procederá en


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los términos de la legislación federal aplicable;/ III. Los bienes asegurados que resulten del dominio público o privado de la Federación, entidades federativas o municipios, los cuales serán restituidos a la dependencia o entidad correspondiente, de acuerdo con su naturaleza y a lo que dispongan las normas aplicables;/ IV. La flora y fauna protegida, materiales peligrosos y demás bienes cuya propiedad o posesión se encuentre prohibida, restringida o especialmente regulada, en cuyo caso se procederá conforme a las normas aplicables; y/ V. Los bienes en los que la autoridad judicial correspondiente resuelva su decomiso, con carácter de cosa juzgada./ Artículo 14. Cuando se mezclen bienes de procedencia ilícita con bienes adquiridos lícitamente, la extinción del dominio procederá sólo hasta el monto del provecho ilícito, incluyendo sus frutos, rendimientos y accesorios./ Artículo 15. Se restituirán a la víctima u ofendido los bienes de su propiedad que sean materia de la acción, cuando acredite dicha circunstancia en el procedimiento previsto en esta Ley./ Artículo 16. El derecho a la reparación del daño, para la víctima u ofendido el delito, será procedente de conformidad con la legislación vigente, cuando obren suficientes medios de prueba en el procedimiento y no se haya dictado sentencia ejecutoriada al respecto./ Cuando la víctima u ofendido obtengan la reparación del daño en el procedimiento de extinción de dominio, no podrán solicitarlo por ninguna de otra vía legal./ Capítulo III/ De las Medidas Provisionales./ Artículo 17. El Ministerio Público, desde la preparación de la acción de extinción de dominio, podrá decretar medidas provisionales por una sola ocasión, para garantizar la conservación de los bienes materia de la acción, así como aquéllas tendientes a evitar que puedan sufrir menoscabo, extravío, destrucción, transformación o dilapidación; o sean ocultados o mezclados; o se realice acto traslativo de dominio o imposición de gravámenes a los bienes objeto de extinción de dominio./ Artículo 18. Las medidas provisionales serán decretadas por el Ministerio Público y, en su caso, por el juez en el auto de admisión de la demanda, las cuales subsistirán hasta que sean modificadas, revocadas o sustituidas por

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providencias definitivas./ Artículo 19. Las medidas provisionales se impondrán cuando existan indicios suficientes que hagan presumir fundadamente que se ejecutará alguno de los actos a que se refiere el artículo 12 y que el bien de que se trate es alguno de los señalados por esta Ley./ Artículo 20. Las medidas provisionales o cautelares podrán consistir en:/ I. La prohibición para enajenarlos o gravarlos;/ II. La suspensión del ejercicio de dominio;/ III. La suspensión del poder de disposición;/ IV. La retención;/ V. El aseguramiento;/ VI. El embargo precautorio;/ VII. La intervención de la administración o de la caja de las empresas; y/ VIII. Las demás contenidas en la legislación vigente./ Artículo 21. El Ministerio Público al imponer las medidas provisionales y, en su caso el juez, al imponer las medidas cautelares, deberán precisar los alcances de la medida y ordenar las providencias necesarias para que las mismas se ejecuten./ Artículo 22. Las medidas provisionales se notificarán a las autoridades que corresponda mediante oficio dentro de las veinticuatro horas siguientes a que fueron decretadas. Cuando se trate de bienes inmuebles se inscribirán en el Registro Público de la Propiedad y en caso de bienes muebles en los registros de las instancias correspondientes./ Artículo 23. Las medidas provisionales ordenadas por el Ministerio Público deberán levantarse dentro de los treinta días hábiles contados a partir de la ejecución de las mismas, si no se presenta la demanda de extinción de dominio./ Artículo 24. Los bienes materia de las medidas cautelares quedarán en resguardo y administración en los términos de la Ley para la Administración de Bienes Asegurados, Decomisados o Abandonados para el Estado de Jalisco, salvo las excepciones establecidas en los artículos siguientes./ Artículo 25. Las medidas provisionales no implican modificación alguna a los gravámenes existentes sobre los bienes, no obstante obligan a toda persona que tenga algún derecho sobre dichos bienes, por lo que no se podrá transmitir la posesión de dichos bienes, ni enajenarlos, gravarlos o constituir cualquier derecho sobre ellos ni permitir que un tercero lo haga./ Artículo 26. El Juez ordenará que la medida provisional adquiera el carácter de cau-


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telar sobre los bienes materia de extinción de dominio, con independencia de que éstos hayan sido sujetos de otra medida provisional o cautelar por parte de alguna otra autoridad./ Artículo 27. Cuando los bienes objeto de medida cautelar en el procedimiento de extinción de dominio hayan sido sujetos de otra medida provisional o cautelar previa en procedimientos judiciales o administrativos distintos al de extinción de dominio, o bien embargados, intervenidos, secuestrados o asegurados, continuarán en custodia de quien haya sido designado para ese fin y a disposición del juez o Ministerio Público que hubiese sido primero en intervenir./ No obstante, las providencias provisionales o cautelares impuestas con base en esta Ley se notificarán a las autoridades que deban intervenir en su ejecución, así como a las personas que ejerzan actos sobre los bienes respecto a las medidas referidas en el artículo 20./ Artículo 28. De levantarse las medidas provisionales o cautelares, previstas en el artículo 20 de esta Ley, subsistirán los efectos jurídicos de las medidas que se hayan impuesto en el procedimiento de extinción de dominio, por lo que toca a quien tenga en custodia los bienes, bajo su absoluta responsabilidad que deberá ponerlos a disposición del Ministerio Público o Juez que conozca de la extinción de dominio, para los efectos del artículo 24 de esta Ley./ Artículo 29. Durante la sustanciación del procedimiento, se podrá solicitar la modificación de medidas cautelares respecto de los bienes sobre los que se haya ejercitado acción. También se podrán solicitar medidas cautelares con relación a otros bienes sobre los que no se hayan solicitado en un principio, pero que formen parte del procedimiento./ Artículo 30. Los fedatarios públicos y servidores públicos que intervengan en la celebración o inscripción de actos jurídicos que tengan como objeto bienes susceptibles de extinción de dominio, están obligados a informar al Ministerio Público cuando tengan conocimiento o indicios de ello; en caso contrario serán responsables en términos de la legislación civil, penal o administrativa./ Artículo 31. El demandado o tercero afectado no podrá ofrecer garantía para obtener el levantamiento de la medida provisional o cautelar. Contra el auto

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que ordene las medidas no procede recurso alguno./ Artículo 32. En caso de mezcla de bienes, cuando se trate de bienes indivisibles, el embargo precautorio se hará sobre el total de los mismos./ Capítulo IV/ De la Preparación de la Acción de Extinción de Dominio/ Artículo 33. El ejercicio de la acción de extinción de dominio se sustentará en las actuaciones del Ministerio Público o, en su caso, del procedimiento penal por los delitos a que se refiere el artículo 22 de la Constitución Federal, cuando de la investigación realizada por el Ministerio Público se desprenda que el hecho ilícito sucedió y que los bienes se ubican en los supuestos contemplados en la presente Ley./ Artículo 34. En la preparación de la acción de extinción de dominio el Ministerio Público tendrá las siguientes atribuciones:/ I. Recabar copia de las constancias, diligencias y actuaciones que se hayan realizado con motivo de la investigación de los hechos delictivos a que se refiere esta Ley; / II. Solicitar al Ministerio Público Federal, local o de otras entidades federativas, así como de las demás instancias federales, estatales y municipales, copia de los expedientes, registros, actuaciones, constancias y demás información que tengan, que sea útil para acreditar los hechos delictivos y supuestos de extinción de dominio;/ III. Obtener de los órganos jurisdiccionales copia de los registros y expedientes en los procedimientos penales en que intervengan con motivos de los hechos ilícitos relacionados con la acción de extinción de dominio;/ IV. Reunir los elementos que permitan identificar y localizar los bienes a que se refiere la presente Ley;/ V. Practicar las diligencias necesarias para la identificación del dueño, de quien se ostente se comporte como tal o de ambos y, de ser el caso, de terceros interesados;/ VI. Recabar los medios de prueba necesarios para sustentar la extinción de dominio;/ VII. Ordenar medidas provisionales respecto de los bienes materia de la acción, en los casos a que se refiere el artículo 12;/ VII. Requerir información o documentación financiera, fiscal o de otra índole a las autoridades competentes en tos términos de esta Ley; y/ IX. Aquéllas que le otorga la presente Ley y demás ordenamientos aplicables./ Artículo 35. El Fiscal


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General del Estado y los servidores públicos en que delegue esta facultad, sujetándose a las disposiciones aplicables, podrán solicitar información y documentos sobre las operaciones bancarias que las instituciones del sistema financiero celebren con sus clientes, por conducto de Comisión Nacional Bancaria y de Valores, la Comisión Nacional de Seguros Fianzas, así como de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro./ En el caso de información fiscal o administrativa, se hará por conducto del servicio de Administración Tributaria, de la Secretaría y demás autoridades competentes en términos de la legislación aplicable./ Artículo 36. Para efectos del artículo anterior, el Ministerio Público deberá formular la petición respectiva, exponiendo los razonamientos por los cuales requiera la información y documentos correspondientes, para ponerla a consideración del Fiscal General o del servidor público facultado para ello./ Artículo 37. En caso de tener elementos suficientes y una vez integrado el expediente, presentará la demanda dentro de los treinta días siguientes a la integración, acompañando las constancias y elementos de convicción aportados por el denunciante y aquéllos que él mismo se haya allegado./ Artículo 38. En caso de que el Agente del Ministerio Público estime improcedente la acción, deberá someter a consideración del Fiscal General su resolución para que éste, analizando los argumentos, decida en definitiva si debe ejercitarse o no la acción de extinción de dominio./ Capítulo V/ De la Acción de Extinción de Dominio/ Artículo 39. La acción de extinción de dominio es de naturaleza jurisdiccional, de carácter real y de contenido patrimonial, y procederá contra el dueño o presunto dueño o los beneficiarios de los bienes, independientemente de quién los tenga en su poder o lo haya adquirido, y sin perjuicio de los derechos de los terceros de buena fe./ Artículo 40. El ejercicio de la acción de extinción de dominio corresponde al Ministerio Público, quien además estará legitimado para recurrir las resoluciones que se dicten en el procedimiento./ Cualquier persona que tenga conocimiento sobre la existencia de bienes que puedan ser objeto de extinción de dominio podrá presentar denuncia anó-

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nima o por comparecencia ante el Ministerio Público./ Toda persona que presente una denuncia en términos del párrafo anterior, tendrá derecho a que se guarde absoluta secrecía respecto de sus datos personales./ Artículo 41. El Ministerio Público podrá actuar de oficio o mediante denuncia, y podrá desistirse de la demanda en cualquier momento, así como respecto de ciertos bienes objeto de la acción de extinción de dominio, antes de que se dicte sentencia definitiva, previo acuerdo del Fiscal General./ Artículo 42. Son partes en el procedimiento de extinción de dominio:/ I. El actor, que será el Ministerio Público designado por acuerdo del Fiscal General, publicado en el Periódico Oficial ‘El Estado de Jalisco’;/ II. El demandado, que será el dueño o titular de los derechos reales o personales objeto de extinción de dominio o quien se ostente o comporte como tal o ambos;/ III. El tercero interesado, que será todo aquél que, sin ser el demandado en el procedimiento de extinción de dominio, se considere afectado por la acción de extinción de dominio y acredite tener un interés jurídico sobre los bienes materia de la acción; y/ IV. La víctima o el ofendido de los delitos a que se refiere el artículo 22 de la Constitución Federal, por los que se siguió la acción de extinción de dominio, para los efectos de la reparación del daño./ El demandado, el tercero interesado y la víctima u ofendido podrán actuar por sí o a través de sus representantes o apoderados, en los términos de la ley./ Artículo 43. El tercero interesado podrá interponer las excepciones y recursos previstos en esta Ley para demostrar la procedencia lícita de los bienes y su actuación de buena fe, así como que estaba impedida para conocer la utilización ilícita de sus bienes, en su caso./ Artículo 44. En los procedimientos de extinción de dominio se estará a lo siguiente:/ I. Los demandados y los terceros tendrán derecho a la defensoría pública en términos de las disposiciones aplicables;/ II. La víctima u ofendido tendrán derecho a que intervenga su asesor jurídico gratuito de conformidad con el Código Nacional;/ III. No habrá lugar a condena de gastos y costas, por lo que cada parte es responsable de sus propios gastos y los que originen las diligencias que promuevan; / IV. Las excep-


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ciones e incidentes interpuestos no suspenderán el procedimiento; y/ V. Contra la acción de extinción de dominio no procede la reconvención./ Artículo 45. La extinción de dominio procede aún en el caso del fallecimiento del probable responsable del hecho ilícito, de los propietarios del bien, de quienes lo posean a título de dueño, o de quienes se ostente o comporten como tales./ En estos casos, la acción procederá respecto de los bienes objeto de sucesión que se encuentren en los supuestos previstos en esta Ley, siempre y cuando se ejercite la acción antes de la partición y adjudicación de la herencia./ Artículo 46. La demanda de extinción de dominio deberá contener los siguientes requisitos:/ I. El órgano jurisdiccional ante el que se promueve;/ II. El nombre y domicilio del dueño, de quien se ostente o comporte como tal o de ambos, y en su caso del tercero interesado, si estuvieran identificados;/ III. La relación de los hechos en que el actor funde su acción en los que se establezca que el hecho ilícito sucedió y que los bienes se encuentran dentro de los casos a que se refiere esta Ley;/ IV. La petición de extinción de dominio sobre los bienes y demás pretensiones./ V. La descripción de los bienes respecto de los cuales se solicita la extinción de dominio, señalando los datos para su identificación, ubicación y localización, así como de inscripción en el Registro Público de la Propiedad o algún otro a cargo de las autoridades. En caso de mezcla de bienes, la extinción de dominio se solicitará sobre la totalidad de los mismos;/ VI. Si se hubieren decretado medidas cautelares provisionales, el acta en que conste el inventario y su estado físico, la constancia de inscripción en los registros públicos que correspondan y el certificado de gravámenes de los inmuebles y demás constancias que se hubieren practicado;/ VII. Las constancias respecto de la investigación de los hechos ilícitos, así como de otras investigaciones o procesos penales en curso o concluidos relacionados con los bienes materia de la acción; y/ VIII. Las pruebas que ofrezca./ A la demando se deberán acompañar los documentos que acrediten la procedencia de la acción y demás pruebas que se ofrezcan o señalar el archivo en que se encuentren, precisando los elementos necesarios

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para su desahogo./ La inscripción de las medidas provisionales o cautelares que se lleguen a dictar, no causaran impuesto o derecho alguno./ Artículo 47. Para la prescripción de la acción de extinción de dominio, se aplicarán las reglas de prescripción previstas para los hechos ilícitos a que se refiere esta Ley, de conformidad con los plazos establecidos en el Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Jalisco. / Capítulo VI/ De la Sustanciación del Procedimiento/ Artículo 48. En el procedimiento de la acción de extinción de dominio se garantizará el respeto a las garantías de audiencia y debido proceso, permitiendo al demandado, el tercero y a la víctima del delito presentar pruebas e intervenir en su preparación y desahogo, así como oponer las excepciones, defensas y el incidente a que se refiere esta Ley./ Artículo 49. Durante el procedimiento, el Juez deberá dictar de oficio los trámites y providencias encaminados a que la justicia sea pronta y expedita./ Artículo 50. El Juez deberá resolver sobre la admisión de la demanda y el otorgamiento de las medidas precautorias dentro de los cinco días hábiles contados a partir de su presentación./ Artículo 51. Sí la demanda fuera oscura o irregular, el juez deberá prevenir por una sola vez al Ministerio Público para que la aclare, corrija o complete, otorgándole un término de tres días contados a partir de que surta efectos la notificación./ Aclarada la demanda dentro del plazo concedido, se seguirán las reglas para su admisión, en caso contrario se desechará de plano./ Artículo 52. En el auto de admisión, si el Juez considera que existen elementos para determinar que los bienes materia de extinción de dominio pueden ser objeto de los actos a que se refiere el artículo 15, impondrá cualquiera de las medidas cautelares para preservarlos y evitar su menoscabo, pérdida, sustitución, sustracción o destrucción./ Cuando el Ministerio Público haya solicitado el embargo precautorio de los bienes, no estará obligado a otorgar garantía respecto de los bienes./ Artículo 53. En el auto de admisión se ordenará emplazar de oficio al demandado, así como a los terceros y a la víctima del delito si están plenamente identificados, para que den contestación y manifiesten lo que a su derecho corresponda, respecti-


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vamente, dentro del término de diez días hábiles contados a partir de que surta efectos la notificación, con el apercibimiento de que en caso de no hacerlo prescribirá su derecho para hacerlo, se tendrá contestados los hechos en sentido afirmativo y se seguirá el juicio en rebeldía./ El emplazamiento se realizará conforme a lo dispuesto en el Código de Procedimientos Civiles del Estado./ Artículo 54. Para el caso de que se desconozca al dueño de estos bienes materia de la acción de extinción de dominio o persona que se ostente como tal, o su domicilio el Juez ordenará girar oficios a las autoridades correspondientes, con la descripción de los bienes motivo de dicha acción, para que informen a nombre de quién se encuentran registrados./ Artículo 55. También se ordenará publicar, por una sola ocasión, un edicto en el Boletín Judicial del Estado de Jalisco si el bien se encuentra en el Primer Partido Judicial, o en el periódico de mayor circulación en Jalisco, en caso de encontrarse en el interior del Estado, así como en los estrados del juzgado que conozca del procedimiento de extinción de dominio, para que comparezcan las personas que se consideren afectados, terceros, víctimas u ofendidos a manifestar lo que a su derecho convenga./ Dicha publicación que deberá contener un resumen de la demanda, la identificación de los bienes materia del procedimiento, así como del auto de admisión, precisando el plazo para apersonarse y para contestarla demanda./ Artículo 56. El Juez otorgará un plazo de diez días hábiles, a partir de la fecha en que surta efectos la notificación por edictos, para que comparezca en el procedimiento todo aquel tercero afectado que tenga interés jurídico sobre la acción de extinción de dominio, a fin de que se bienes materia de que se apersone y conteste la demanda./ Artículo 57. El Juez resolverá en un plazo de tres días hábiles, contados a partir e la comparecencia, sobre la acreditación respectiva y, en su caso, autorizará el conocimiento sobre el contenido del procedimiento. Dentro de los diez días hábiles posteriores a la notificación de la autorización el tercero interesado podrá imponerse de los autos y deberá contestar la demanda./ Artículo 58. El escrito de contestación de demanda, el interesado y en su caso el tercero

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interesado, se deberá contestar las pretensiones y los hechos planteados por el Ministerio Público, afirmándolos o negándolos, oponer las excepciones y defensas, plantear las demás hipótesis de derecho que a su interés convenga, y ofrecer las pruebas, debiendo aportar las que estén a su disposición, y señalar aquellas que deba recabar la autoridad que conozca del juicio./ En el escrito de contestación el demandado o tercero interesado podrán llamar a comparecer al procedimiento a cualquier persona que consideren tiene interés jurídico en el mismo./ Artículo 59. El demandado y el tercero afectado deberán señalar en el escrito de contestación de demanda o en el primer acto procesal, domicilio en el lugar de residencia del Juez que conozca de la acción de extinción de dominio, para recibir notificaciones y documentos, así como autorizado para recibirlas, quien deberá contar con Cédula Profesional que le autorice el ejercicio de la profesión de abogado o licenciado en derecho./ La designación aceptada faculta al autorizado para recabar, ofrecer, desahogar y objetar pruebas; interponer y continuar los recursos e incidentes, formular alegatos y en general, realizar todos los actos procesales que le correspondan a quien lo designó exceptuando los actos personalísimos que la ley o el juez señalen. Cuando hubiere varios designados, podrán actuar conjunta o separadamente, pero en la práctica de diligencias o audiencias sólo uno de ellos podrá llevar la voz./ El designado en los términos de éste artículo tendrá las mismas obligaciones que un mandatario especial con respecto a su patrocinado./ Artículo 60. Si el demandado y los terceros afectados no contestan la demanda en el término establecido en esta Ley, se seguirá el juicio en rebeldía sin menoscabo de que el Ministerio Público deba acreditar los extremos necesarios para la procedencia de su acción./ Capítulo VII/ De las Notificaciones/ Artículo 61. Además del emplazamiento, únicamente deberá notificarse personalmente a las partes la admisión de la demanda y su contestación./ Artículo 62. Las demás notificaciones se realizarán a través del Boletín Judicial./ Artículo 63. Bastará la manifestación del Ministerio Público de que se desconoce el domicilio de las personas a notificar personal-


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mente, lo cual se acreditará con los informes de investigación respectivos, para que se ordene a través de edictos./ Capítulo VIII/ De las Pruebas/ Artículo 64. Las partes podrán ofrecer todo tipo de pruebas siempre que tengan relación con la controversia y no sean contrarias a derecho, en Sm [sic] términos del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Jalisco, excepto la confesional a cargo de la autoridad./ Artículo 65. Las pruebas que ofrezca el demandado deberán ser conducentes para acreditar:/ I. La no existencia del hecho ilícito;/ II. La procedencia lícita de los bienes sobre los que se ejercitó la acción, su actuación de buena fe, así como que estaba impedido para conocer la utilización ilícita de dichos bienes; y/ III. Que los bienes no se encuentran en ninguno de los supuestos previstos en esta Ley./ Los terceros ofrecerán pruebas conducentes para que se reconozcan sus derechos sobre los bienes materia de la acción, en tanto que la víctima u ofendido únicamente en lo relativo a la reparación del daño./ Artículo 66. Una vez contestada la demanda, el Juez se pronunciará, dentro de los siguientes cinco días hábiles, sobre la admisión o desechamiento de las pruebas ofrecidas por las partes, y abrirá la etapa de desahogo de pruebas, hasta por un término de quince días hábiles, dentro de los cuales deberán realizarse todas las diligencias necesarias./ La ausencia de cualquiera de las partes a las audiencias no impedirá la celebración de las mismas./ Artículo 67. En caso de que ofrezca constancias de una averiguación previa, de algún proceso penal, haya o no concluido, deberá solicitar las estrictamente necesarias por conducto del Juez, el cual las requerirá a la autoridad competente para que las remita en el plazo de cinco días hábiles. En cualquier caso, deberá salvaguardarse la discreción de las investigaciones relacionadas con la posible comisión de hechos ilícitos distintos a los que dieron origen al juicio de extinción de dominio./ Artículo 68. Las actuaciones del Ministerio Público que tengan relación directa con la controversia, que se adjunten a la demanda, por motivo de una causa penal, se considerarán como documentos públicos y tendrán valor probatorio pleno, sin perjuicio de las pruebas que ofrezcan el demandado y

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los terceros afectados para desvirtuar lo asentado en éstas./ Artículo 69. El Juez requerirá a cualquier dependencia o ente público la entrega de información pública protegida, cuando ésta haya sido admitida como prueba en el procedimiento de extinción de dominio./ Artículo 70. El Juez podrá decretar desierta una prueba admitida cuando:/ Materialmente sea imposible su desahogo;/ I. Materialmente sea imposible su desahogo;/ II. El oferente no haya cumplido los requisitos impuestos a su cargo en la del congreso admisión de la prueba; o/ III. De otras pruebas desahogadas se advierta notoriamente que es inconducente el desahogo de las mismas./ Artículo 71. Contra el auto que admita pruebas no procede recurso alguno./ Artículo 72. Las pruebas supervinientes podrán presentarse hasta antes del cierre del periodo de desahogo de pruebas./ Capítulo IX/ De la Sentencia/ Artículo 73. En la resolución en que se dé por concluido el desahogo de las pruebas ofrecidas, se mandarán poner los autos a disposición de las partes para que dentro de los tres días hábiles siguientes a aquel en que se les notifique tal proveído, aleguen lo que en su derecho corresponda. Dicho acuerdo surtirá efectos de citación para sentencia, la que se pronunciará dentro de los quince días hábiles siguientes./ Artículo 74. Cuando el proceso penal correspondiente esté suspendido o haya concluido por muerte del inculpado o prescripción, el Ministerio Público podrá solicitar ante el Juez de Extinción de Dominio el reconocimiento de víctima u ofendido de quien reúna dicha cualidad, por los delitos a que se refiere el artículo 22 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como acreditar los daños que haya sufrido la misma, para efectos de ser considerada en la sentencia del procedimiento de extinción de dominio./ Artículo 75. La sentencia de extinción de dominio será conforme a la letra o la interpretación jurídica de la ley, y a falta de ésta se fundará en los principios generales de derecho, debiendo contener:/ I. El lugar en que se pronuncie;/ II. Nombre y firma del Juez que la dicte;/ III. El nombre del demandado y del tercero que compareció a juicio; / IV. Un extracto claro y sucinto de las cuestiones planteadas y de las pruebas


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rendidas;/ V. La fundamentación y motivación;/ VI. La declaratoria sobre si procede o no la acción de extinción de dominio, resolviendo con precisión y congruencia los puntos en controversia; y/ VI. La orden de que, en su caso, se notifique al Registro Público de la Propiedad y demás registros a cargo de las autoridades, la resolución para los efectos legales conducentes./ Artículo 76. En la sentencia de extinción de dominio se resolverá sobre la procedencia de la acción, las excepciones planteadas, las demás pretensiones deducidas oportunamente, y en su caso, declarará la extinción de dominio de los bienes materia del procedimiento./ Si fueran varios los puntos litigiosos se hará el pronunciamiento correspondiente sobre cada uno de ellos./ Artículo 77. Cuando se decreta la procedencia de la acción de extinción de dominio y sean varios los bienes objeto de la acción, se hará la declaración correspondiente a cada uno de ellos a favor del Estado./ Artículo 78. Cuando haya contradicción entre dos o más sentencias de distinta naturaleza, prevalecerá la sentencia que cause estado en primer tiempo./ Artículo 79. En caso de que se dicte sentencia que declare la extinción de dominio de los bienes, el Juez también deberá pronunciarse sobre la extinción de otros derechos reales, principales o accesorios, o personales sobre éstos./ En caso de garantías, su titular deberá demostrar la preexistencia del crédito garantizado y, en su caso, que se tomaron las medidas que la normatividad establece para el otorgamiento y destino del crédito, de lo contrario, el Juez declarará extinta la garantía./ Artículo 80. En caso de que el Juez declare improcedente la extinción de dominio, respecto de todos o de algunos de los bienes, ordenará el levantamiento de las providencias cautelares permanentes que haya impuesto, especificando las personas a las que serán devueltos junto con sus frutos, y si esto no fuera posible decretará la indemnización correspondiente./ Artículo 81. La sentencia que declare improcedente la acción de extinción de dominio no prejuzga las providencias cautelares que se hayan impuesto./ Artículo 82. De oficio o a petición de parte, el juez podrá aclarar los aspectos oscuros, ambiguos o contradictorios de la sentencia, sin que pueda variar su sentido o

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alterar su parte sustancial./ La petición podrá hacerse una sola vez, dentro de los fres días siguientes a aquél en que surta efectos la notificación./ Artículo 83. El auto en que se aclare la sentencia de extinción de dominio es parte integrante de ésta./ Artículo 84. No se podrá disponer de los bienes aun cuando sea decretada la extinción de dominio, si existe alguna causa penal en la que se ordenó la conservación de éstos por sus efectos probatorios./ Artículo 85. Si existe una sentencia en un proceso distinto al de extinción de dominio que determine la devolución de los bienes o el pago de daños y perjuicios o cualquier otro resarcimiento, y no se ha dictado sentencia en el procedimiento de extinción de dominio, no se podrá ejecutar la primera sentencia hasta en tanto se resuelva el procedimiento de extinción de dominio./ Artículo 86. Los bienes sobre los que se declare la extinción de dominio por sentencia ejecutoriada, pasarán a dominio del Estado, previo avaluó de ellos, sin contra prestación al dueño o persona que se ostente como tal y se destinarán a:/ I. La reparación del daño a la víctima u ofendido de los delitos por los que se siguió la acción de extinción de dominio;/ II. La constitución de un fideicomiso en beneficio de las familias de los elementos operativos de las áreas de seguridad pública fallecidos en el cumplimiento de su deber;/ III. Las reclamaciones procedentes por créditos garantizados y cumplimiento Je otras obligaciones; y/ IV. Transmisión a favor del Gobierno estatal, para fines de seguridad pública, lucha contra las adicciones y apoyo a víctimas del delito./ Para efectos de las fracciones I y II, el Juez deberá especificar en la sentencia, de oficio o a petición del Ministerio Público, los montos a liquidar, la identidad de los acreedores y el orden de preferencia entre los mismos./ Para efectos de la fracción III, el Estado procederá a su enajenación, que se realizará de conformidad con lo que establece la Ley de Adquisiciones y Enajenaciones del Estado de Jalisco tratándose de inmuebles, se requerirá autorización del Congreso del Estado. El producto de dicha venta se incluirá en la Ley de Ingresos y en el Presupuesto de Egresos, ambos del Estado, para el año siguiente al en que se haya realizado la venta./ Artículo 87. En caso


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de declaración de extinción de dominio, de ser necesario y previo acuerdo del titular del Poder Ejecutivo, los bienes podrán quedar en propiedad del Estado para su utilización, de lo cual se informará al Congreso del Estado./ En el caso anterior, cuando los bienes representen una parte alícuota del capital social o patrimonio de una persona jurídica, no se computarán para considerar a dicha persona jurídica como entidad paraestatal./ Capítulo X/ Del Incidente Preferente de Buena Fe/ Artículo 88. En el procedimiento de extinción de dominio no habrá lugar al trámite de excepciones ni de incidentes de previo y especial pronunciamiento, salvo el incidente preferente de buena fe, que tendrá por finalidad que los bienes, motivo de la acción de extinción de dominio, se excluyan del procedimiento, siempre que se acredite la titularidad de los bienes y su legítima procedencia, así como que estaba impedido para conocer de la utilización ilícita de sus bienes./ Artículo 89. No será procedente el incidente si se demuestra que el promovente conocía de los hechos ilícitos que dieron origen al procedimiento y no realizó la denuncia correspondiente./ Artículo 90. El incidente se resolverá por sentencia interlocutoria dentro de los diez días siguientes a su presentación. Todos los demás asuntos serán decididos en la sentencia definitiva./ Artículo 91. Contra el auto que admita, deseche o tenga por no interpuesto el incidente procederá el recurso de apelación, el cual se admitirá en el efecto devolutivo./ Contra la sentencia que lo resuelva procederá el recurso de apelación, el cual se admitirá en ambos efectos./ Capítulo XI/ De los recursos/ Artículo 92. Procede el recurso de apelación:/ I. Contra el auto que niegue la admisión de la demanda;/ II. Contra el auto que niegue la admisión de las medidas cautelares solicitadas, el auto que admite no tiene recurso;/ III. Contra la sentencia definitiva;/ IV. Contra el auto que admita, deseche o tenga por no interpuesto el incidente preferente de buena fe; y/ V. Contra la sentencia que resuelva el incidente preferente de buena fe./ La apelación se sustanciará conforme a las reglas del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Jalisco./ Artículo 93. El recurso de revocación procederá contra los autos de

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primera y segunda instancia, con excepción de los que conforme a esta Ley admitan el recurso de apelación en su contra./ Artículo 94. El recurso de revocación deberá interponerse ante el Juez o Tribuna/ que dicte la resolución que cause agravio, dentro de los fres días hábiles siguientes al en que se le notifique al perjudicado o tenga conocimiento de la misma./ Artículo 95. La revocación se sustanciará y resolverá siempre de plano. La resolución que decida el recurso de revocación es irrecurrible./ ARTÍCULO SEGUNDO. Se reforma el artículo 860 fracción VII y IX; y el artículo 971 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Jalisco, para quedar como sigue:/ Artículo 860.- En el inventario y avalúo se incluirán los bienes señalados con toda precisión y claridad, en el orden siguiente:/ I. a VI. […]/ VII. Bienes inmuebles, determinando su ubicación, extensión superficial, medidas y colindancias, antecedentes de propiedad y del Registro Público de la Propiedad o en su defecto en el Catastro correspondiente, puntualizando todas las características identificatorias existentes de modo que no puedan ser confundidos con otros, agregando un plano o croquis de los mismos, así como certificado expedido por el Registro Público de la Propiedad, de cada inmueble, o certificado catastral en caso de no estar inscritos en el mismo que corresponda, con una fecha expedición mínima de diez días naturales a su presentación;/ VIII. Créditos; y/ IX. Los documentos, escrituras y papeles de importancia que se encuentren. Cuando se refiera a títulos accionarios o títulos valor, certificado expedido por el Registro Público del Comercio./ Artículo 971. En ningún caso se aprobará el proyecto de partición respecto de los bienes que estén afectados por alguna medida provisional o cautelar en términos de la Ley de Extinción de Dominio del Estado de Jalisco./ ARTÍCULO TERCERO. Se reforma el inciso b) de la fracción II del artículo 23 de la Ley del Registro Público de la Propiedad del Estado de Jalisco, y se agrega la fracción XV, recorriendo en su orden las subsecuentes del artículo 40 de la citada ley, para quedar como sigue:/ Artículo 23.- La Institución es Pública, para tal efecto deberá:/ I a II. […]/ a) Inscripción o no inscripción;/ b) Gravamen o libertad de gravamen,


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limitaciones de dominio; y en su caso que contenga las medidas provisionales o cautelares que en materia de extinción de dominio se hayan dictado./ c) a d) […]/ III a IV. […] / [...] / [...] / Artículo 40.- […]/ I. a XIV. […]/ XV. Las medidas provisionales o cautelares que en materia de extinción de dominio se hayan dictado./ XVI. Los actos, que siendo materia de inscripción preventiva o definitiva, no deba ésta realizarse, por existir de acuerdo al orden de prelación un aviso cautelar que lo impida; y/ XVII. Cualquier otro documento relacionado con la propiedad inmueble, que sea anotable preventivamente, de acuerdo con esta Ley y otras leyes aplicables./ Los registros preventivos se realizarán a través de una anotación dentro del folio correspondiente al inmueble de que se trate./ El registro preventivo perjudicará a cualquier adquirente del inmueble o derecho real a que se refiere dicha anotación, cuando la adquisición sea posterior a la fecha de aquella y, en su caso, dará preferencia para el cobro del crédito sobre cualquier otro de fecha posterior a la inscripción./ TRANSITORIOS/ PRIMERO. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial ‘El Estado de Jalisco’./ SEGUNDO. Se abroga la Ley de Extinción de Dominio del Estado de Jalisco, publicada en el Periódico Oficial ‘El Estado de Jalisco’, el 13 de agosto de 2011./ TERCERO. Los procedimientos de extinción de dominio comenzados antes de la entrada en vigor de este Decreto, se sustanciarán y resolverán conforme a las disposiciones vigentes al momento de su iniciación./ CUARTO. Hasta en tanto no inicien sus funciones los jueces especializados en extinción de dominio, los jueces civiles de primera instancia o mixtos serán competentes para conocer de la aplicación de la Ley de Extinción de Dominio del Estado de Jalisco que se expide a través del presente Decreto./ QUINTO. Se autoriza al titular del Poder Ejecutivo del Estado para que, por conducto de la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas, realice las modificaciones y adecuaciones presupuestales y administrativas necesarias para el debido cumplimiento de este Decreto.” Firma: diputado Esteban García Álvarez.

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El C. Presidente: Ya que la propuesta de modificación proviene del propio diputado proponente del dictamen en referencia, se tiene por integrada en el cuerpo del mismo. Conforme al artículo 36, fracciones V y VI, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, está a discusión en lo general, por contener dos o más artículos, el dictamen marcado con el número 7.22. Para tal efecto, se abre el registro de oradores… Dado que no hubo registro de oradores, se abre el sistema electrónico de votación hasta por un minuto para que los diputados emitan su voto en lo general, y se solicita a la Secretaría a cargo de la diputada Bertha Yolanda Rodríguez Ramírez informe el resultado de la votación y lo valide con su firma, una vez impreso el documento que lo haga constar. (Se realiza lo indicado) La C. Secretaria Bertha Yolanda Rodríguez Ramírez: Le informo, diputado Presidente, que se han emitido 29 votos a favor, cero abstenciones, cero en contra, de un total de 29 votos, del dictamen de decreto de segunda lectura con modificaciones 7.22. Es cuanto. El C. Presidente: Aprobado en lo general el dictamen marcado con el número 7.22, por 29 votos, los que constituyen la mayoría requerida para su aprobación. Está a discusión en lo particular, artículo por artículo, el dictamen marcado con el número 7.22. Para tal efecto, se abre el registro de oradores… Dado que no hubo registro de oradores que quieran reservar alguno de los artículos contenidos en el dictamen en referencia, se declara aprobado en lo general y en lo particular el dictamen marcado con el número 7.22, de conformidad con lo establecido en el artículo 184 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado. Conforme al artículo 36, fracciones V y VI, de la Ley Orgánica del Poder Legislati-


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vo, esta Presidencia pone a consideración de la asamblea, para su discusión en conjunto, los dictámenes marcados con los números del 7.1 al 7.4, 7.6, del 7.9 al 7.11, 7.13, 7.14 y 7.18. Para tal efecto, se abre el registro de oradores… Dado que no hubo registro de oradores, se abre el sistema electrónico de votación hasta por un minuto para que los diputados emitan su voto, y se solicita a la Secretaría a cargo de la diputada Bertha Yolanda Rodríguez Ramírez informe el resultado de la votación y lo valide con su firma, una vez impreso el documento que lo haga constar. (Se realiza lo indicado) La C. Secretaria Bertha Yolanda Rodríguez Ramírez: Le informo, diputado Presidente, que se han emitido 29 [30] votos a favor, cero abstenciones, cero en contra, de un total de 29 [30] votos, de los dictámenes de decreto de segunda lectura del 7.1 al 7.4, 7.6, del 7.9 al 7.11, 7.13, 7.14 y 7.18. Es cuanto, diputado Presidente… Sí, con 30 votos. El C. Presidente: Aprobados los dictámenes marcados con los números del 7.1 al 7.4, 7.6, del 7.9 al 7.11, 7.13, 7.14 y 7.18, por 30 votos, los que constituyen la mayoría legal requerida para su aprobación. Ha llegado a esta Presidencia una propuesta de modificación del dictamen marcado con el número 7.23, y en virtud de que ya se tiene conocimiento de la misma, se somete a la consideración de la asamblea sea dispensada su lectura, por lo que en votación económica se pregunta si se aprueba… Aprobado. Por consiguiente, se ordena al Secretario General que se integre en el contenido del acta de esta sesión la lectura que ha sido dispensada. (Conforme a lo acordado no fue leída la propuesta de modificación del dictamen marcado con el número 7.23, la cual se refiere a continuación)

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“PROPUESTA DE MODIFICACIÓN AL DICTAMEN DE SEGUNDA LECTURA MARCADO CON EL PUNTO 7.23 DE LA SEGUNDA SESIÓN EXTRAORDINARIA DEL 25 DE AGOSTO DE 2015./ DECRETO MEDIANTE EL QUE SE REFORMAN LOS ARTÍCULOS 4.º, 9.º, 15, 35, 97, 100 Y 111 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO DE JALISCO EN MATERIA DE TRANSPARENCIA./ ARTÍCULO ÚNICO. Se reforman los artículos 4.º, 9.º, 15, 35, 97, 100 y 111 de la Constitución Política del Estado de Jalisco, para quedar como sigue:/ Artículo 4.º […]/ […]/ […]/ […]/ […]/ El derecho a la información pública y la protección de datos personales será garantizado por el Estado en los términos de lo que establecen la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, esta Constitución y las leyes en la materia./ […]/ […]/ […]/ […]/ […]/ A y B. […]/ Artículo 9.º […]/ I a IV. […]/ V. La protección de datos personales en posesión de sujetos obligados; y/ VI. La promoción de la cultura de transparencia, la garantía del derecho a la información y la resolución de las controversias que se susciten por el ejercicio de este derecho a través del Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco./ El Instituto es un órgano público autónomo, con personalidad jurídica y patrimonio propio, el cual en su funcionamiento se regirá por los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, eficacia, objetividad, profesionalismo, transparencia y máxima publicidad. En el ámbito de sus atribuciones coadyuvará en la implementación de políticas y mecanismos de apertura gubernamental./ El Instituto estará conformado por un Presidente y dos comisionados titulares, así como por los suplentes respectivos; los miembros del Pleno del Instituto serán nombrados mediante el voto de dos terceras partes de los integrantes del Congreso del Estado, o por insaculación, conforme a los requisitos y procedimientos que establezca la ley, procurando la igualdad de género./ El Instituto tendrá las atribuciones


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específicas que la ley le otorgue; sus resoluciones serán definitivas, inatacables, vinculantes y deberán ser cumplidas por los Poderes, entidades y dependencias públicas del Estado, Ayuntamientos, por todo organismo público, así como de cualquier persona física, jurídica o sindicato que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad, en términos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, esta Constitución y demás normatividad en la materia, salvo lo establecido en los siguientes párrafos./ En contra de las resoluciones del Instituto a los recursos de revisión que confirmen o modifiquen la clasificación de la información, o confirmen la inexistencia o negativa de información, los particulares podrán optar por acudir ante el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, de conformidad con la Ley General en materia de transparencia, o ante el Poder Judicial de la Federación./ El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales también conocerá de los recursos de revisión que señale la Ley General en materia de transparencia./ Artículo 15. […]/ I a X. […]/ La ley regulará el ejercicio del derecho a la información pública y el procedimiento para hacerlo efectivo; las obligaciones por parte de los sujetos de aplicación de la ley respecto a la transparencia y el derecho a la información pública, así como las sanciones por su incumplimiento, de conformidad con lo establecido por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, esta Constitución y demás normatividad aplicable en la materia./ Será obligación de las autoridades estatales y municipales, de cualquier otro organismo público, así como de cualquier persona física, jurídica o sindicato que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad, proporcionar la información pública en su posesión, rendir cuentas de sus funciones y permitir el ejercicio del derecho a la información en los términos de la ley./

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Artículo 35. […]/ I a XIV. […]/ XV. Conocer y resolver sobre las renuncias de los diputados, del Gobernador del Estado, de los magistrados del Poder Judicial; de los consejeros integrantes del Consejo de la Judicatura; del Presidente y los consejeros ciudadanos de la Comisión Estatal de Derechos Humanos y del Presidente y comisionados del Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco;/ XVI. […]/ XVII. Conceder o negar las licencias para ausentarse de sus cargos que, por más de dos meses, soliciten los magistrados del Poder Judicial, el Presidente y comisionados del Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco, así como el Presidente y los consejeros ciudadanos de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, en los términos que establezca la ley;/ XVIII a XXXII. […]/ XXXIII. Elegir al Presidente y a los comisionados del Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco, con la aprobación de las dos terceras partes de los diputados integrantes de la legislatura, o por insaculación, en los términos que establezca la ley de la materia./ El Presidente y los comisionados durarán en su encargo cinco años y sólo podrán ser removidos de sus funciones en los términos del Título Octavo de esta Constitución;/ XXXIV a XXXVI. […]/ Artículo 97. […]/ I. Serán sujetos de juicio político los diputados del Congreso del Estado; los magistrados del Poder Judicial y jueces de primera instancia; los titulares de las secretarías dependientes del Poder Ejecutivo del Estado; el Contralor del Estado, el Fiscal General y el Procurador Social; los integrantes del Consejo de la Judicatura; los consejeros electorales del Instituto Electoral del Estado; los magistrados del Tribunal Electoral del Estado; el Presidente y los consejeros de la Comisión Estatal de Derechos Humanos; el Presidente y los comisionados del Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco; el Auditor Superior del Estado; el Presidente de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje; los


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presidentes, regidores, síndicos o concejales; los funcionarios encargados de la Secretaría General de los ayuntamientos; los funcionarios encargados de las haciendas municipales; así como los titulares de organismos públicos descentralizados y empresas de participación estatal y municipal mayoritaria;/ II a IX. […]/ Artículo 100. Para actuar penalmente contra los diputados al Congreso del Estado; los titulares de las secretarías del Poder Ejecutivo; el Fiscal General y el Procurador Social; los magistrados del Poder Judicial del Estado; el Presidente y los consejeros ciudadanos de la Comisión Estatal de Derechos Humanos; el Presidente y consejeros electorales del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado; los magistrados del Tribunal Electoral del Estado; el Presidente y comisionados del Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco; el Auditor Superior del Estado; los presidentes municipales, regidores, síndicos y concejales de los ayuntamientos o concejos municipales, se requerirá establecer la procedencia de acuerdo con las siguientes normas:/ I a VI. […]/ Artículo 111. Los diputados del Congreso del Estado, el Gobernador, los magistrados, consejeros y jueces del Poder Judicial del Estado, los integrantes del Tribunal de Arbitraje y Escalafón, los consejeros electorales del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana, los magistrados del Tribunal Electoral, los integrantes de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, los comisionados del Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco, los presidentes municipales, regidores, síndicos, concejales y demás servidores públicos estatales y municipales, recibirán una remuneración adecuada, equitativa e irrenunciable por el desempeño de su función, empleo, cargo o comisión, que se compone del sueldo y las prestaciones establecidas en la ley, misma que será determinada anualmente en los presupuestos de egresos del Estado, de los municipios o de los organismos públicos descentralizados, según corresponda, debiendo para su validez, cumplir con los principios de

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austeridad, disciplina presupuestal, racionalidad, proporcionalidad, equidad, certeza, motivación y demás requisitos establecidos en la ley./ […]/ […]/ TRANSITORIOS/ PRIMERO. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el periódico oficial ‘El Estado de Jalisco’./ SEGUNDO. Los actuales consejeros del Instituto de Transparencia e Información Pública de Jalisco concluirán el periodo para el que fueron electos y podrán ser electos para un nuevo periodo de conformidad con el párrafo siguiente./ El comisionado Presidente electo durará en el cargo cinco años; un comisionado será electo por un periodo de cinco años y, por única ocasión, se nombrará un comisionado por un periodo de cuatro años.” El C. Presidente: Ya que la propuesta de modificación proviene del propio diputado proponente del dictamen, se tiene por integrada en el cuerpo del mismo. En consecuencia, conforme al artículo 36, fracciones V y VI, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, está a discusión en lo general, por contener dos o más artículos, el dictamen marcado con el número 7.23. Para tal efecto, se abre el registro de oradores… Dado que no hubo registro de oradores, se abre el sistema electrónico de votación hasta por un minuto para que los diputados emitan su voto en lo general, y se solicita a la Secretaría a cargo de la diputada Bertha Yolanda Rodríguez Ramírez informe el resultado de la votación y lo valide con su firma, una vez impreso el documento que lo haga constar. (Se realiza lo indicado) La C. Secretaria Bertha Yolanda Rodríguez Ramírez: Diputado Jaime Díaz, el sentido de su voto… ¿ya? Le informo, diputado Presidente, que se han emitido 30 votos a favor, cero abstenciones, cero en contra, de un total de 30 votos, del dic-


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tamen de decreto de segunda lectura 7.23. Es cuanto.

tiene por rechazado el dictamen marcado con el número 7.25.

El C. Presidente: Aprobado en lo general el dictamen marcado con el número 7.23, por 30 votos, los que constituyen una mayoría calificada para su aprobación. Está a discusión en lo particular, artículo por artículo, el dictamen marcado con el número 7.23. Para tal efecto, se abre el registro de oradores…

En consecuencia, el dictamen marcado con el número 7.26 se tiene también por rechazado.

Dado que no hubo registro de oradores que quieran reservar alguno de los artículos contenidos en el dictamen en referencia, se declara aprobado en lo general y en lo particular el dictamen marcado con el número 7.23, de conformidad con lo establecido en el artículo 184 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado. Conforme al artículo 36, fracciones V y VI, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, está a discusión en lo general, por contener dos o más artículos, el dictamen marcado con el número 7.25. Para tal efecto, se abre el registro de oradores… Dado que no hubo registro de oradores, se abre el sistema electrónico de votación hasta por un minuto para que los diputados emitan su voto en lo general, y se solicita a la Secretaría a cargo de la diputada Bertha Yolanda Rodríguez Ramírez informe el resultado de la votación y lo valide con su firma, una vez impreso el documento que lo haga constar. (Se realiza lo indicado) La C. Secretaria Bertha Yolanda Rodríguez Ramírez: Le informo, diputado Presidente, que se han emitido 18 votos a favor, cero abstenciones, 11 en contra, de un total de 29 votos, del dictamen de decreto de segunda lectura 7.25. Es cuanto. El C. Presidente: Dado que no se alcanzó la mayoría legal requerida para su aprobación, se

MINUTAS DE DECRETO El C. Presidente: Para desahogar el siguiente punto del orden del día, se solicita al diputado secretario Gustavo González Villaseñor dé lectura a las síntesis de las minutas de decreto. El C. Secretario Gustavo González Villaseñor: Como indica, Presidente. 8.1. Minuta de decreto número 25424, que aprueba la cuenta pública del ayuntamiento de Mazamitla, Jalisco, por el ejercicio fiscal de 2011. (Infolej, 8954) 8.2. Minuta de decreto número 25425, que aprueba la cuenta pública del ayuntamiento de Totatiche, Jalisco, por el ejercicio fiscal de 2012. (Infolej, 8955) 8.3. Minuta de decreto número 25426, que aprueba la cuenta pública del ayuntamiento de El Arenal, Jalisco, por el ejercicio fiscal de 2010. (Infolej, 8966) 8.4. Minuta de decreto número 25427, que aprueba la cuenta pública y los estados financieros del Tribunal Electoral del Poder Judicial del estado de Jalisco por el ejercicio fiscal de 2012. (Infolej, 8965) 8.5. Minuta de decreto número 25428, que aprueba la cuenta pública del ayuntamiento de Concepción de Buenos Aires, Jalisco, por el ejercicio fiscal de 2011. (Infolej, 8979) 8.6. Minuta de decreto número 25429, que aprueba la cuenta pública del ayuntamiento de Amatitán, Jalisco, por el ejercicio fiscal de 2012. (Infolej, 9010)


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8.7. Minuta de decreto número 25430, que aprueba la cuenta pública del ayuntamiento de Ejutla, Jalisco, por el ejercicio fiscal de 2012. (Infolej, 9011) 8.8. Minuta de decreto número 25431, que aprueba la cuenta pública del ayuntamiento de Villa Purificación, Jalisco, por el ejercicio fiscal de 2011. (Infolej, 9012) 8.9. Minuta de decreto número 25432, que reforma la Ley de Salud del estado de Jalisco. (Infolej, 8033) 8.10. Minuta de decreto número 25433, que reforma los artículos 62, fracción II, adicionando las fracciones VI y VII, 66 adicionando una fracción V y recorriendo las siguientes a partir de la actual en su orden y número, y adiciona los artículos 67-Bis y 67-Ter, todos de la Ley de Salud del estado de Jalisco. (Infolej, 7058) 8.11. Minuta de decreto número 25434, que reforma el artículo 74, fracción II, de la Ley de Ingresos del municipio de Tonalá, Jalisco, para el ejercicio fiscal de 2015. (Infolej, 8657) 8.12. Minuta de decreto número 25435, que adiciona el Título Séptimo-Bis, Capítulo Único, y el artículo 154-Bis al Código Penal para el estado de Jalisco. (Infolej, 5832) 8.13. Minuta de decreto número 25436, que expide la Ley de Extinción de Dominio, reforma el artículo 860, fracción VII, y adiciona un párrafo segundo al artículo 911 del Código de Procedimientos Civiles, y reforma el inciso b) de la fracción II del artículo 23 de la Ley del Registro Público de la Propiedad, todos ordenamientos del estado de Jalisco. (Infolej, 7731) 8.14. Minuta de decreto número 25437, que reforma los artículos 4.°, 9.°, 15, 35, 97, 100 y 111 de la Constitución Política del estado de Jalisco. (Infolej, 8465)

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Es cuanto, Presidente. (Se anexa documento al final de este diario, con el número 12) El C. Presidente: Gracias, diputado. Están a discusión en lo general y en lo particular las minutas de decreto números del 25424 al 25437; en votación nominal se pregunta si son de aprobarse las minutas en referencia, por lo que se ordena se abra el sistema electrónico de votación hasta por un minuto para que los diputados emitan su voto, y a la Secretaría a cargo de la diputada Bertha Yolanda Rodríguez Ramírez informe el resultado de la votación y lo valide con su firma, una vez impreso el documento que lo acredite. (Se realiza lo indicado) La C. Secretaria Bertha Yolanda Rodríguez Ramírez: Le informo, diputado Presidente, que se han emitido 28 votos a favor, 1 abstención, cero en contra, de un total de 29 votos emitidos, de las minutas de decreto de la 25424 a la 25437. Es cuanto. El C. Presidente: Aprobadas las minutas de decreto antes señaladas, por 28 votos, los que constituyen la mayoría legal requerida para su aprobación.

CONCLUSIÓN El C. Presidente: Han llegado a esta Presidencia las justificaciones de retiro de los diputados Rafael González Pimienta, Salvador Zamora Zamora, Juan Carlos Márquez Rosas y Avelina Martínez Juárez, por lo que en votación económica se pregunta si se aprueban… Aprobadas. No habiendo más asuntos que tratar, se pide al equipo de apoyo técnico de la Dirección de Procesos Legislativos abra el sistema electrónico de registro de asistencia de los diputados, y a la Secretaría a cargo de la diputada Bertha Yolanda Rodríguez Ramírez informe el


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número de diputados presentes y valide con su firma el documento que lo haga constar. (Se realiza lo indicado) La C. Secretaria Bertha Yolanda Rodríguez Ramírez: Le informo, diputado Presidente, que han verificado asistencia 28 diputadas y diputados… 29, con el diputado Clemente

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Castañeda… y la diputada Idolina Cosío… son 30 en total. Es cuanto. El C. Presidente: Se ordena el cierre del sistema electrónico de registro de asistencia. Se declara quórum legal y se levanta la sesión, siendo las 16:52 horas del 25 de agosto de 2015.


ANEXOS


Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 1 / FOJA 1 DE 1

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Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 2 / FOJA 1 DE 40

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Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 2 / FOJA 2 DE 40

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Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 2 / FOJA 3 DE 40

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Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 2 / FOJA 4 DE 40

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Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 2 / FOJA 5 DE 40

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Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 2 / FOJA 6 DE 40

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Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 2 / FOJA 7 DE 40

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Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 2 / FOJA 8 DE 40

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Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 2 / FOJA 9 DE 40

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Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 2 / FOJA 10 DE 40

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Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 2 / FOJA 11 DE 40

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Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 2 / FOJA 12 DE 40

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Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 2 / FOJA 13 DE 40

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Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 2 / FOJA 14 DE 40

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Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 2 / FOJA 15 DE 40

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Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 2 / FOJA 16 DE 40

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Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 2 / FOJA 17 DE 40

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Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 2 / FOJA 19 DE 40

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Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 2 / FOJA 20 DE 40

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Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 2 / FOJA 21 DE 40

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Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 2 / FOJA 22 DE 40

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Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 2 / FOJA 23 DE 40

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Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 2 / FOJA 30 DE 40

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Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 2 / FOJA 31 DE 40

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Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 2 / FOJA 34 DE 40

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Guadalajara, Jalisco, 25 de agosto de 2015


Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 2 / FOJA 35 DE 40

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Guadalajara, Jalisco, 25 de agosto de 2015


Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 2 / FOJA 36 DE 40

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Guadalajara, Jalisco, 25 de agosto de 2015


Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 2 / FOJA 37 DE 40

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Guadalajara, Jalisco, 25 de agosto de 2015


Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 2 / FOJA 38 DE 40

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Guadalajara, Jalisco, 25 de agosto de 2015


Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 2 / FOJA 39 DE 40

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Guadalajara, Jalisco, 25 de agosto de 2015


Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 2 / FOJA 40 DE 40

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Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 3 / FOJA 1 DE 12

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Guadalajara, Jalisco, 25 de agosto de 2015


Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 3 / FOJA 2 DE 12

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Guadalajara, Jalisco, 25 de agosto de 2015


Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 3 / FOJA 3 DE 12

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Guadalajara, Jalisco, 25 de agosto de 2015


Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 3 / FOJA 4 DE 12

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Guadalajara, Jalisco, 25 de agosto de 2015


Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 3 / FOJA 5 DE 12

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Guadalajara, Jalisco, 25 de agosto de 2015


Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 3 / FOJA 6 DE 12

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Guadalajara, Jalisco, 25 de agosto de 2015


Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 3 / FOJA 7 DE 12

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Guadalajara, Jalisco, 25 de agosto de 2015


Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 3 / FOJA 8 DE 12

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Guadalajara, Jalisco, 25 de agosto de 2015


Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 3 / FOJA 9 DE 12

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Guadalajara, Jalisco, 25 de agosto de 2015


Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 3 / FOJA 10 DE 12

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Guadalajara, Jalisco, 25 de agosto de 2015


Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 3 / FOJA 11 DE 12

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Guadalajara, Jalisco, 25 de agosto de 2015


Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 3 / FOJA 12 DE 12

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Guadalajara, Jalisco, 25 de agosto de 2015


Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 4 / FOJA 1 DE 28

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Guadalajara, Jalisco, 25 de agosto de 2015


Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 4 / FOJA 2 DE 28

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Guadalajara, Jalisco, 25 de agosto de 2015


Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 4 / FOJA 3 DE 28

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Guadalajara, Jalisco, 25 de agosto de 2015


Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 4 / FOJA 4 DE 28

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Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 4 / FOJA 5 DE 28

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Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 4 / FOJA 6 DE 28

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Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 4 / FOJA 7 DE 28

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Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 4 / FOJA 8 DE 28

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Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 4 / FOJA 9 DE 28

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Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 4 / FOJA 17 DE 28

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Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 4 / FOJA 18 DE 28

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Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 4 / FOJA 19 DE 28

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Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 4 / FOJA 20 DE 28

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Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 4 / FOJA 21 DE 28

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Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 4 / FOJA 22 DE 28

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Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 4 / FOJA 23 DE 28

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Guadalajara, Jalisco, 25 de agosto de 2015


Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 4 / FOJA 24 DE 28

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Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 4 / FOJA 25 DE 28

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Guadalajara, Jalisco, 25 de agosto de 2015


Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 4 / FOJA 26 DE 28

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Guadalajara, Jalisco, 25 de agosto de 2015


Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 4 / FOJA 27 DE 28

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Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 4 / FOJA 28 DE 28

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Guadalajara, Jalisco, 25 de agosto de 2015


Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 5 / FOJA 1 DE 60

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Guadalajara, Jalisco, 25 de agosto de 2015


Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 5 / FOJA 2 DE 60

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Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 5 / FOJA 3 DE 60

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Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 5 / FOJA 4 DE 60

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Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 5 / FOJA 5 DE 60

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Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 5 / FOJA 9 DE 60

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Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 5 / FOJA 12 DE 60

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Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 5 / FOJA 13 DE 60

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Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 5 / FOJA 14 DE 60

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Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 5 / FOJA 16 DE 60

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Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 5 / FOJA 17 DE 60

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Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 5 / FOJA 18 DE 60

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Guadalajara, Jalisco, 25 de agosto de 2015


Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 5 / FOJA 20 DE 60

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Guadalajara, Jalisco, 25 de agosto de 2015


Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 5 / FOJA 21 DE 60

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Guadalajara, Jalisco, 25 de agosto de 2015


Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 5 / FOJA 22 DE 60

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Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 5 / FOJA 23 DE 60

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Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 5 / FOJA 29 DE 60

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Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 6 / FOJA 1 DE 13

319

Guadalajara, Jalisco, 25 de agosto de 2015


Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 6 / FOJA 2 DE 13

320

Guadalajara, Jalisco, 25 de agosto de 2015


Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 6 / FOJA 3 DE 13

321

Guadalajara, Jalisco, 25 de agosto de 2015


Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 6 / FOJA 4 DE 13

322

Guadalajara, Jalisco, 25 de agosto de 2015


Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 6 / FOJA 5 DE 13

323

Guadalajara, Jalisco, 25 de agosto de 2015


Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 6 / FOJA 6 DE 13

324

Guadalajara, Jalisco, 25 de agosto de 2015


Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 6 / FOJA 7 DE 13

325

Guadalajara, Jalisco, 25 de agosto de 2015


Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 6 / FOJA 8 DE 13

326

Guadalajara, Jalisco, 25 de agosto de 2015


Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 6 / FOJA 9 DE 13

327

Guadalajara, Jalisco, 25 de agosto de 2015


Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 6 / FOJA 10 DE 13

328

Guadalajara, Jalisco, 25 de agosto de 2015


Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 6 / FOJA 11 DE 13

329

Guadalajara, Jalisco, 25 de agosto de 2015


Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 6 / FOJA 12 DE 13

330

Guadalajara, Jalisco, 25 de agosto de 2015


Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 6 / FOJA 13 DE 13

331

Guadalajara, Jalisco, 25 de agosto de 2015


Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 7 / FOJA 1 DE 47

332

Guadalajara, Jalisco, 25 de agosto de 2015


Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 7 / FOJA 2 DE 47

333

Guadalajara, Jalisco, 25 de agosto de 2015


Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 7 / FOJA 3 DE 47

334

Guadalajara, Jalisco, 25 de agosto de 2015


Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 7 / FOJA 4 DE 47

335

Guadalajara, Jalisco, 25 de agosto de 2015


Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 7 / FOJA 5 DE 47

336

Guadalajara, Jalisco, 25 de agosto de 2015


Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 7 / FOJA 6 DE 47

337

Guadalajara, Jalisco, 25 de agosto de 2015


Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 7 / FOJA 7 DE 47

338

Guadalajara, Jalisco, 25 de agosto de 2015


Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 7 / FOJA 8 DE 47

339

Guadalajara, Jalisco, 25 de agosto de 2015


Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 7 / FOJA 9 DE 47

340

Guadalajara, Jalisco, 25 de agosto de 2015


Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 7 / FOJA 10 DE 47

341

Guadalajara, Jalisco, 25 de agosto de 2015


Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 7 / FOJA 11 DE 47

342

Guadalajara, Jalisco, 25 de agosto de 2015


Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 7 / FOJA 12 DE 47

343

Guadalajara, Jalisco, 25 de agosto de 2015


Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 7 / FOJA 13 DE 47

344

Guadalajara, Jalisco, 25 de agosto de 2015


Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 7 / FOJA 14 DE 47

345

Guadalajara, Jalisco, 25 de agosto de 2015


Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 7 / FOJA 15 DE 47

346

Guadalajara, Jalisco, 25 de agosto de 2015


Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 7 / FOJA 16 DE 47

347

Guadalajara, Jalisco, 25 de agosto de 2015


Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 7 / FOJA 17 DE 47

348

Guadalajara, Jalisco, 25 de agosto de 2015


Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 7 / FOJA 18 DE 47

349

Guadalajara, Jalisco, 25 de agosto de 2015


Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 7 / FOJA 19 DE 47

350

Guadalajara, Jalisco, 25 de agosto de 2015


Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 7 / FOJA 20 DE 47

351

Guadalajara, Jalisco, 25 de agosto de 2015


Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 7 / FOJA 21 DE 47

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Guadalajara, Jalisco, 25 de agosto de 2015


Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 7 / FOJA 22 DE 47

353

Guadalajara, Jalisco, 25 de agosto de 2015


Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 7 / FOJA 23 DE 47

354

Guadalajara, Jalisco, 25 de agosto de 2015


Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 7 / FOJA 24 DE 47

355

Guadalajara, Jalisco, 25 de agosto de 2015


Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 7 / FOJA 25 DE 47

356

Guadalajara, Jalisco, 25 de agosto de 2015


Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 7 / FOJA 26 DE 47

357

Guadalajara, Jalisco, 25 de agosto de 2015


Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 7 / FOJA 27 DE 47

358

Guadalajara, Jalisco, 25 de agosto de 2015


Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 7 / FOJA 28 DE 47

359

Guadalajara, Jalisco, 25 de agosto de 2015


Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 7 / FOJA 29 DE 47

360

Guadalajara, Jalisco, 25 de agosto de 2015


Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 7 / FOJA 30 DE 47

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Guadalajara, Jalisco, 25 de agosto de 2015


Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 7 / FOJA 31 DE 47

362

Guadalajara, Jalisco, 25 de agosto de 2015


Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 7 / FOJA 32 DE 47

363

Guadalajara, Jalisco, 25 de agosto de 2015


Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 7 / FOJA 33 DE 47

364

Guadalajara, Jalisco, 25 de agosto de 2015


Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 7 / FOJA 34 DE 47

365

Guadalajara, Jalisco, 25 de agosto de 2015


Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 7 / FOJA 35 DE 47

366

Guadalajara, Jalisco, 25 de agosto de 2015


Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 7 / FOJA 36 DE 47

367

Guadalajara, Jalisco, 25 de agosto de 2015


Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 7 / FOJA 37 DE 47

368

Guadalajara, Jalisco, 25 de agosto de 2015


Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 7 / FOJA 38 DE 47

369

Guadalajara, Jalisco, 25 de agosto de 2015


Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 7 / FOJA 39 DE 47

370

Guadalajara, Jalisco, 25 de agosto de 2015


Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 7 / FOJA 40 DE 47

371

Guadalajara, Jalisco, 25 de agosto de 2015


Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 7 / FOJA 41 DE 47

372

Guadalajara, Jalisco, 25 de agosto de 2015


Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 7 / FOJA 42 DE 47

373

Guadalajara, Jalisco, 25 de agosto de 2015


Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 7 / FOJA 43 DE 47

374

Guadalajara, Jalisco, 25 de agosto de 2015


Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 7 / FOJA 44 DE 47

375

Guadalajara, Jalisco, 25 de agosto de 2015


Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 7 / FOJA 45 DE 47

376

Guadalajara, Jalisco, 25 de agosto de 2015


Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 7 / FOJA 46 DE 47

377

Guadalajara, Jalisco, 25 de agosto de 2015


Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 7 / FOJA 47 DE 47

378

Guadalajara, Jalisco, 25 de agosto de 2015


Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 8 / FOJA 1 DE 21

379

Guadalajara, Jalisco, 25 de agosto de 2015


Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 8 / FOJA 2 DE 21

380

Guadalajara, Jalisco, 25 de agosto de 2015


Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 8 / FOJA 3 DE 21

381

Guadalajara, Jalisco, 25 de agosto de 2015


Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 8 / FOJA 4 DE 21

382

Guadalajara, Jalisco, 25 de agosto de 2015


Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 8 / FOJA 5 DE 21

383

Guadalajara, Jalisco, 25 de agosto de 2015


Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 8 / FOJA 6 DE 21

384

Guadalajara, Jalisco, 25 de agosto de 2015


Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 8 / FOJA 7 DE 21

385

Guadalajara, Jalisco, 25 de agosto de 2015


Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 8 / FOJA 8 DE 21

386

Guadalajara, Jalisco, 25 de agosto de 2015


Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 8 / FOJA 9 DE 21

387

Guadalajara, Jalisco, 25 de agosto de 2015


Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 8 / FOJA 10 DE 21

388

Guadalajara, Jalisco, 25 de agosto de 2015


Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 8 / FOJA 11 DE 21

389

Guadalajara, Jalisco, 25 de agosto de 2015


Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 8 / FOJA 12 DE 21

390

Guadalajara, Jalisco, 25 de agosto de 2015


Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 8 / FOJA 13 DE 21

391

Guadalajara, Jalisco, 25 de agosto de 2015


Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 8 / FOJA 14 DE 21

392

Guadalajara, Jalisco, 25 de agosto de 2015


Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 8 / FOJA 15 DE 21

393

Guadalajara, Jalisco, 25 de agosto de 2015


Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 8 / FOJA 16 DE 21

394

Guadalajara, Jalisco, 25 de agosto de 2015


Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 8 / FOJA 17 DE 21

395

Guadalajara, Jalisco, 25 de agosto de 2015


Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 8 / FOJA 18 DE 21

396

Guadalajara, Jalisco, 25 de agosto de 2015


Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 8 / FOJA 19 DE 21

397

Guadalajara, Jalisco, 25 de agosto de 2015


Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 8 / FOJA 20 DE 21

398

Guadalajara, Jalisco, 25 de agosto de 2015


Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 8 / FOJA 21 DE 21

399

Guadalajara, Jalisco, 25 de agosto de 2015


Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 9 / FOJA 1 DE 1

400

Guadalajara, Jalisco, 25 de agosto de 2015


Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 10 / FOJA 1 DE 4

401

Guadalajara, Jalisco, 25 de agosto de 2015


Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 10 / FOJA 2 DE 4

402

Guadalajara, Jalisco, 25 de agosto de 2015


Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 10 / FOJA 3 DE 4

403

Guadalajara, Jalisco, 25 de agosto de 2015


Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 10 / FOJA 4 DE 4

404

Guadalajara, Jalisco, 25 de agosto de 2015


Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 11 / FOJA 1 DE 5

405

Guadalajara, Jalisco, 25 de agosto de 2015


Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 11 / FOJA 2 DE 5

406

Guadalajara, Jalisco, 25 de agosto de 2015


Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 11 / FOJA 3 DE 5

407

Guadalajara, Jalisco, 25 de agosto de 2015


Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 11 / FOJA 4 DE 5

408

Guadalajara, Jalisco, 25 de agosto de 2015


Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 11 / FOJA 5 DE 5

409

Guadalajara, Jalisco, 25 de agosto de 2015


Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 12 / FOJA 1 DE 2

410

Guadalajara, Jalisco, 25 de agosto de 2015


Año III – Tomo XXXVI – Núm. 192 ANEXO NÚM. 12 / FOJA 2 DE 2

411

Guadalajara, Jalisco, 25 de agosto de 2015



DIPUTADOS INTEGRANTES DE LA “LX” LEGISLATURA APELLIDOS Y NOMBRES:

PARTIDO

ALATORRE FRANCO, JUAN MANUEL ANDALÓN BECERRA, GABRIELA ARÁMBULA MELÉNDEZ, MARIANA CASTAÑEDA HOEFLICH, JOSÉ CLEMENTE CORDERO PRADO, NORMA ANGÉLICA COSÍO GAONA, IDOLINA CUEVAS GARCÍA, JUAN JOSÉ DELGADILLO GARCÍA, VERÓNICA DÍAZ BRAMBILA, JAIME ISMAEL ESQUER GUTIÉRREZ, ALBERTO FAUSTO LIZAOLA, CELIA GARCÍA ÁLVAREZ, ESTEBAN GARCÍA SÁNCHEZ, JULIO NELSON GÓMEZ CARO, CLARA GONZÁLEZ PIMIENTA, RAFAEL GONZÁLEZ VILLASEÑOR, GUSTAVO GUERRERO TORRES, JOSÉ GILDARDO HERNÁNDEZ ANAYA, MIGUEL ÍÑIGUEZ MEJÍA, ELÍAS OCTAVIO LÓPEZ CEDILLO, MARTÍN LOYA HERNÁNDEZ, FABIOLA RAQUEL GPE. MAESTRO LANDEROS, NICOLÁS MÁRQUEZ ROSAS, JUAN CARLOS MARTÍNEZ JUÁREZ, AVELINA MARTÍNEZ MORA, LUIS GUILLERMO MENDOZA CÁRDENAS, ROBERTO MUNGUÍA CARDONA, JOSÉ LUIS OTAL LOBO, SERGIO JAVIER PADILLA LÓPEZ, JOSÉ TRINIDAD PALOS VACA, J. JESÚS PORTILLA WOLFF, JOAQUÍN ANTONIO PRIETO PÉREZ, JAIME RODRÍGUEZ JIMÉNEZ, RICARDO RODRÍGUEZ RAMÍREZ, BERTHA YOLANDA SÁNCHEZ OROZCO, VÍCTOR MANUEL SANDOVAL GONZÁLEZ, RICARDO VELÁZQUEZ GONZÁLEZ, ÉDGAR ENRIQUE VILLASEÑOR LÓPEZ, DULCE MILAGROS ZAMORA ZAMORA, SALVADOR

PRI PAN PAN PMC PAN PRI PAN PMC PAN PMC PRD PRI PRI PRI PRI PRI PAN PRI PAN PRI PMC PRI PAN PRI PAN PRI PAN PRI PRI PVEM PRI PRI PMC PRI PMC PRI PRD PAN PMC

Sustituye a:

Desde:

Héctor Pizano Ramos

Salvador Rizo Castelo

1-Marzo-13

Miguel Castro Reynoso

28-Julio-15

Hugo Daniel Gaeta Esparza

5-Marzo-15

José Hernán Cortés Berumen

25-Agosto-15


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