DR. GONZALO CAPRILES Consultor de Hoet Pelรกez Castillo & Duque Abogados
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ASPECTOS FUNDAMENTALES
Creación de un mercado común (Libre circulación de bienes, servicios y factores productivos entre los Estados Partes, mediante eliminación de derechos aduaneros y restricciones no arancelarias; arancel externo común y política comercial común. Coordinación de políticas macroeconómicas y sectoriales y compromisos de armonización de legislaciones).
Organismo intergubernamental. No supranacionalidad
MIEMBROS
ASOCIADOS
EN PROCESO
INSTRUMENTOS FUNDACIONALES
TRATADO DE ASUNCIÓN
1991
INSTRUMENTOS FUNDACIONALES
PROTOCOLO DE USHUAHIA
TRATADO DE ASUNCIÓN
PROTOCOLO DE OURO PRETO
1991
1994
INSTRUMENTOS FUNDACIONALES
PROTOCOLO DE USHUAHIA
TRATADO DE ASUNCIÓN
PROTOCOLO DE OURO PRETO
PROTOCOLO DE OLIVOS
1991
1994
2002
Instrumentos Fundacionales
TRATADO DE ASUNCIÓN
PROTOCOLO DE OURO PRETO
PROTOCOLO DE OLIVOS
1991
1994
2002
Instrumentos Fundacionales
TRATADO DE ASUNCIÓN
PROTOCOLO DE OURO PRETO
PROTOCOLO DE OLIVOS
1991
1994
2002
PROTOCOLO CONSTITUTIVO PARLAMENTO 2005
ORGANOS DECISORIOS E INSTRUMENTOS JURテ好ICOS Consejo del Mercado Comテコn (CMC)
Grupo del Mercado Comテコn (GMC)
Comisiテウn de Comercio del Mercosur ( CCM)
DECISIONES
RESOLUCIONES
DIRECTIVAS
OTROS ORGANOS
ORGANIGRAMA Consejo del Mercado Común
Reunión de Ministros
Grupo Mercado Común
Subgrupos de Trabajo
Comisión de Comercio del MERCOSUR
Parlamento del Mercosur Foro Consultivo Económico-Social
Secretaria del MERCOSUR
Comités Técnicos
Grupos
Reuniones Especializadas
Com. de Representantes Permanentes del MERCOSUR
Grupos Ad Hoc
Instituto MERCOSUR de Formación Observatorio de la Democracia del MERCOSUR Observatorio del Mercado de Trabajo del MERCOSUR
Foro Consultivo de Mun. Edos. Federados Prov. Y Dptos. Grupos
Tribunal Permanente de Revisión del MERCOSUR
Com. Socio-Laboral del MERCOSUR
Tribunal AdministrativoLaboral del MERCOSUR
Comités
Centro MERCOSUR de Promoción de Estado de Derecho
Reunión Técnica de Incorporación de la Normativa
Com. De Coordinación de Ministros de Asuntos Sociales
Foro de Consulta y de Concertación Política
Reunión de Altas Autoridades en el Area de DDHH
ACUERDOS COMERCIALES CON TERCEROS
INDIA
ISRAEL
AFRICA AUSTRAL
Acuerdo de Preferencias Fijas
Tratado de Libre Comercio
Acuerdo de Preferencias fijas
2006
2009
2004
EGIPTO
PALESTINA
Tratado de Libre Tratado de Libre Comercio Comercio 2010
2011
ADHESIÓN DE VENEZUELA
ACUERDO MARCO
2005
PROTOCOLO DE ADHESIÓN
APROBACIONES LEGISLATIVAS
2006
2012
OBLIGACIONES DERIVADAS DE LA ADHESIÓN DE VENEZUELA •
Libre comercio con todos los miembros fundadores desde el 1° de enero de 2012, excepto para: -
Productos sensibles, con Argentina y Brasil, en los que el plazo podrá extenderse hasta enero 2014.
-
Principales productos de oferta exportable de Paraguay y Uruguay (desgravación total e inmediata)
•
Adopción Nomenclatura Común del Mercosur (4 años)
•
Adopción Arancel Externo Común (4 años)
•
Adopción Acervo Normativo vigente Mercosur (4 años)
CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES DERIVADAS DE ADHESIÓN DE VENEZUELA I Adopción de la Nomenclatura Común del Mercosur
•
Resolución GMC 51/12, del 05 de diciembre de 2012
•
Ajustada a la V Enmienda del Sistema Armonizado
•
Vigente desde el 05 de abril de 2013
CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES DERIVADAS DE ADHESIÓN DE VENEZUELA II Adopción del Arancel Externo Común •
Decisión CMC 31/12 del 06 de diciembre de 2012
•
Convergencia entre AEC MERCOSUR y Arancel Venezuela en 4 etapas, indicadas en los Anexos de la Decisión.
•
Primera etapa a partir del 05 de abril de 2013. Convergencias sucesivas en la misma fecha de los años 2014, 2015 y 2016
•
Desde el 06 de abril de 2013, posibilidad de aplicar alícuotas distintas al AEC, según Arancel Venezuela, a 260 códigos NCM hasta el 31/12/2016; y 160 códigos NCM hasta el 31/12/2017.
•
Vigencia desde 05 de abril de 2013
CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES DERIVADAS DE ADHESIÓN DE VENEZUELA III Otros Mecanismos Arancelarios •
CMC/DEC. N° 25/12 - Acciones Puntuales por Desequilibrios Comerciales derivados de la Coyuntura Económica Internacional
•
CMC/DEC. N°° 49/12 - Listas Nacionales de Excepciones al AEC (Venezuela: 255 códigos NCM hasta el 31/12/2017)
•
CMC/DEC. N° 65/12 - Mantenimiento de regímenes nacionales de importación de bienes de capital y sistemas integrados hasta el 31/12/2013. (Venezuela: Alícuota de 2% para bienes de capital originarios de extrazona, hasta el 31/12/2019 / Alícuota distinta del AEC, inclusive de 0%, para bienes de informática y telecomunicaciones, de extrazona, hasta el 31/12/2018).
•
Vigencia desde el 01/01/2013
CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES DERIVADAS DE ADHESIÓN DE VENEZUELA IV Libre comercio con los Estados Parte fundadores •
Acuerdos de Complementación Económica con Argentina, Brasil y Uruguay hasta incorporación a ACE N° 18 (MERCOSUR)
•
Cronogramas de liberación comercial
•
Aplicación supletoria del ACE N° 59
CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES DERIVADAS DE ADHESIÓN DE VENEZUELA V Adopción del Acervo Normativo de MERCOSUR •
CMC/DEC.N° 66/12 del 06 de diciembre de 2012
•
Normas ya adoptadas por Venezuela.
•
Normas que deberán ser adoptadas antes del 31 de marzo de 2013.
•
Normas que deberán ser adoptadas según cronograma aprobado por Grupo de Trabajo.
•
Cronograma para normas restantes.
CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES DERIVADAS DE ADHESIÓN DE VENEZUELA VI Adopción del Acervo Normativo de MERCOSUR Principales normas a ser adoptadas antes del 31 de marzo de 2013: Valoración y Despacho Aduaneros; Dumping de países extrazona; Subvenciones; Obstáculos Técnicos al Comercio; Control del Tabaco; Ejercicio Profesional Temporario; Fondos del Mercosur; Prácticas sobre Calidad de Medicamentos; Marco Regulatorio
para
Productos
Fitosanitario Unico, etc.
Veterinarios;
Certificado
CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES DERIVADAS DE ADHESIÓN DE VENEZUELA VII •
"Artículo 153. (…) La República podrá suscribir tratados
internacionales
que
conjuguen
y
coordinen esfuerzos para promover el desarrollo común de nuestras naciones y que aseguren el bienestar de los pueblos y la seguridad colectiva de sus habitantes. Para estos fines, la República podrá atribuir a organizaciones supranacionales, mediante
tratados,
el
ejercicio
de
las
competencias necesarias para llevar a cabo estos procesos de integración. (…) Las normas que se adopten en el marco de los acuerdos de integración serán consideradas parte integrante del ordenamiento legal vigente y de aplicación directa y preferente a la legislación interna.“
DR. GONZALO CAPRILES Consultor de Hoet Pelรกez Castillo & Duque Abogados
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